ACUERDOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES MEDIOAMBIENTALES Y SU RELACI - PowerPoint PPT Presentation

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ACUERDOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES MEDIOAMBIENTALES Y SU RELACI

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Title: IMPORTANCIA DE LA RELACION ENTRE LOS ACUERDOS MULTILATERALES AMBIENTALES, LAS MEDIDAS COMERCIALES Author: c07716 Last modified by: Natasha Despotovic – PowerPoint PPT presentation

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Title: ACUERDOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES MEDIOAMBIENTALES Y SU RELACI


1

FUNDACION GLOBAL PARA DEMOCRACIA Y
DESARROLLO (FUNGLODE) RETOS Y OPORTUNIDADES DEL
MEDIOAMBIENTE EN EL MARCO EN MARCO DEL DR-CAFTA
  • ACUERDOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
    MEDIOAMBIENTALES Y SU RELACIÓN CON EL DR-CAFTA
  • Dra. Yocasta Valenzuela
  • Secretaría de Estado de Medio Ambiente y
  • Recursos Naturales
  • 5/10/ 2006

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IMPACTOS AMBIENTALES GENERALES
  • EN LOS ULTIMOS AÑOS LA DEGRADACION DE LOS
    ECOSISTEMAS, LA PERDIDA DE LA BIODIVERSIDAD Y LA
    DESTRUCCION DE LAS AREAS FORESTALES, EL CAMBIO DE
    USO DE LAS AREAS PROTEGIDAS, EL DAÑO A LA
    ATMOSFERA POR EL EMPLEO DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN
    LA CAPA DE OZONO, EL VOLUMEN DE DESECHOS
    DEPOSITADO EN AREAS VULNERABLES, SE HA
    INCREMENTADO SIGNIFICATIVAMENTE EN EL PAÍS.

3
IMPACTOS AMBIENTALES GENERALES
  • EL INFORME "GEO 3 (2002), DEL PROGRAMA DE LAS
    NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE (PNUMA),
    CONCLUYÓ QUE LATINOAMÉRICA PUEDE SER LA MÁS
    DEVASTADA DEL MUNDO POR EL DETERIORO AMBIENTAL EN
    LOS PRÓXIMOS 30 AÑOS, SI NO SE TOMAN MEDIDAS
    URGENTES.

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RESPUESTA DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL LOS
AMUMAs
  • LOS PROBLEMAS AMBIENTALES CONSTITUYEN UNA
    PREOCUPACION PARA LA COMUNIDAD INTERNACIONAL
  • RESOLVER ESTOS PROBLEMAS AMBIENTALES HA PRECISADO
    FORTALECER LA COOPERACION INTERNACIONAL ENTRE LOS
    ESTADOS.
  • HA SIDO NECESARIO CONCLUIR ACUERDOS
    INTERNACIONALES PARA PROTEGER EL AMBIENTE, QUE
    SON NEGOCIADOS Y APROBADOS POR LOS ESTADOS.

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MEDIDAS RELACIONADAS CON EL COMERCIOS EN LOS
ACUERDOS AMBIENTALES MULTILATERALES
  • CITES
  • REGULA EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES
    IDENTIFICADAS EN TRES APÉNDICES DE ACUERDO A LA
    AMENAZA QUE ENFRENTAN REQUIERE QUE LA
    IMPORTACIÓN EXPORTACIÓN Y REEXPORTACIÓN DE ESAS
    ESPECIES SEAN AUTORIZADAS MEDIANTE UN SISTEMA DE
    PERMISOS Y LICENCIAS.

6
Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
  • PROTOCOLO DE MONTREAL
  • REGULA LA PRODUCCIÓN DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS
    QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO, (SAOs)
  • REQUIERE LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE CONTROL
    EN DETERMINADOS PERIODOS, INCLUYENDO PROGRAMAS DE
    ELIMINACIÓN PARA VARIAS CATEGORÍAS DE SAOS EL
    COMERCIO SOBRE SAOS ESTÁ PROHIBIDO CON ESTADOS NO
    PARTES.

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Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
Convenio de Basilea
  • CONTROLA EL MOVIMIENTO DE PRODUCTOS O BIENES
    AMBIENTALMENTE PELIGROSOS LAS MEDIDAS
    COMERCIALES SON PARTE DE UNA AMPLIA ESTRUCTURA
    DIRIGIDA A MINIMIZAR LA GENERACIÓN DE DESECHOS
    PELIGROSOS, PROMOVIENDO MÉTODOS DE PRODUCCIÓN DE
    TECNOLOGÍA, Y DESARROLLANDO Y APLICANDO UN MANEJO
    AMBIENTALMENTE RACIONAL, MEJORANDO LA CAPACIDAD
    TÉCNICA E INSTITUCIONAL DE LAS PARTES QUE LO
    NECESITAN.
  • ESTABLECE UN MARCO REGULATORIO PARA EL
    COMERCIO EN ESTOS BIENES AMBIENTALMENTE
    PELIGROSOS.

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Cont. Medidas de Comercio Convenio de la
Diversidad Biológica
  • .
  • LAS PARTES IDENTIFICARÁN PROCESOS CON EFECTOS
    PERJUDICIALES IMPORTANTES PARA LA CONSERVACIÓN DE
    LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA.
  • DE ACUERDO A SU LEGISLACIÓN NACIONAL,
    PRESERVARÁN Y MANTENDRÁN LOS CONOCIMIENTOS,
    INNOVACIONES Y PRÁCTICAS DE LAS COMUNIDADES
    LOCALES, QUE ENTRAÑEN ESTILOS TRADICIONALES DE
    VIDA PARA LA CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LA
    DIVERSIDAD BIOLÓGICA. Y PROMOVERÁN SU APLICACIÓN
    CON LA APROBACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS QUE
    POSEEN ESOS CONOCIMIENTOS, Y FOMENTARAN QUE LOS
    BENEFICIOS OBTENIDOS DE LA UTILIZACIÓN DE ESOS
    CONOCIMIENTOS, SE COMPARTAN EQUITATIVAMENTE.

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Continuación medidas relacionadas con el comercio
  • Protocolo de Bioseguridad
  • Regula la Transferencia de Organismos Vivos
    Modificados (OGM) establece un Procedimiento de
    Acuerdo Fundamentado Previo (AFP)
  • Crea Procedimientos Simplificados para los OGMs
    destinados al uso directo como alimento humano,
    animal o para procesamiento
  • Establece requerimientos sobre manejo,
    transporte, empaquetado y la documentación
    pertinente.

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Cont. Medidas de Comercio (ROTTERDAM)
  • REQUIERE LA INFORMACIÓN COMPARTIDA ACERCA DE
    QUÍMICOS PELIGROSOS Y PESTICIDAS OBJETO DE
    COMERCIO
  • ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DEL CONSENTIMIENTO
    FUNDAMENTADO PREVIO PARA ESTOS QUÍMICOS Y
    PESTICIDAS
  • REQUIERE QUE LAS PARTES EXPORTADORAS EXIJAN A SUS
    EXPORTADORES CUMPLIR CON LAS DECISIONES DE LAS
    PARTES IMPORTADORAS
  • REQUIERE QUE LAS PARTES EXPORTADORAS INFORMEN A
    LOS IMPORTADORES SI LOS QUÍMICOS SON PROHIBIDOS O
    RESTRINGIDOS AUNQUE NO FORMEN PARTE DE LA
    CONVENCIÓN.

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Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
  • CONVENIO DE ESTOCOLMO
  • REQUIERE LA ELIMINACIÓN O RESTRICCIÓN DE
    PRODUCCIÓN Y USO DE LOS COPS INTENCIONALMENTE
    PRODUCIDOS
  • PROHÍBE LA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN DE DICHAS
    SUSTANCIAS, EXCEPTO SI ESTÁN DESTINADAS PARA SU
    DISPOSICIÓN AMBIENTALMENTE RAZONABLE O SI ESTÁN
    CUBIERTAS POR UNA EXCEPCIÓN ESPECIFICA
  • REQUIERE LA REDUCCIÓN O ELIMINACIÓN DE EMISIONES
    DE PRODUCCIONES NO INTENCIONAL Y SUS DERIVADOS.

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Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
  • CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE
    CAMBIO CLIMÁTICO
  • ESTA CONVENCIÓN NO RESTRINGE DIRECTAMENTE EL
    COMERCIO, PERO LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LOS
    PAÍSES QUE LAS APLICAN PODRÍAN TENER
    REPERCUSIONES EN ÉSTE.
  • PÁRRAFO 5 DEL ARTÍCULO 3 LAS PARTES DEBERÍAN
    COOPERAR EN LA PROMOCIÓN DE UN SISTEMA ECONÓMICO
    ABIERTO Y PROPICIO, QUE CONDUZCA AL CRECIMIENTO
    ECONÓMICO Y SOSTENIBLE DE TODAS LAS PARTES,
    PARTICULARMENTE DE LAS PARTES QUE SON PAÍSES EN
    DESARROLLO, QUE LE PERMITAN ENFRENTAR MEJOR LOS
    PROBLEMAS DEL CAMBIO CLIMÁTICO, MEDIANTE MEDIDAS
    QUE NO SEAN ARBITRARIAS O INJUSTIFICABLES, NI UNA
    RESTRICCIÓN ENCUBIERTA AL COMERCIO
  • INTERNACIONAL.

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Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
UNFCCC-PROTOCOLO KYOTO
  • ARTÍCULO 21. CON EL FIN DE PROCURAR Y
    PROMOVER EL DESARROLLO SOSTENIBLE, CADA UNA DE
    LAS PARTES INCLUIDAS EN EL ANEXO 1, AL CUMPLIR
    LOS COMPROMISOS CUANTIFICADOS DE LIMITACIÓN Y
    DEDUCCIÓN DE LAS EMISIONES CONTRAÍDAS EN VIRTUD
  • DEL ARTÍCULO 3, APLICARAN POLITICAS Y MEDIDAS
    PERTINENTES
  • LAS PARTES INCLUIDAS EN EL ANEXO 1,
    PROCURARAN LIMITAR O REDUCIR LAS EMISIONES DE
    GASES EFECTO DE INVERNADERO NO CONTROLADOS POR
    EL PROTOCOLO DE MONTREAL, GENERADO POR
    COMBUSTIBLES UTILIZADOS EN EL TRANSPORTE.

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Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
(UNFCCC-PROTOCOLO KYOTO)
  • LAS PARTES INCLUIDAS EN EL ANEXO 1, SE EMPEÑARAN
    EN APLICAR POLÍTICAS Y MEDIDAS QUE REDUZCAN LOS
    EFECTOS ADVERSOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y EL
    COMERCIO INTERNACIONAL Y REPERCUSIONES SOCIALES
    AMBIENTALES Y ECONÓMICAS.
  • ARTÍCULO 6. APLICACIÓN CONJUNTA( PROYECTOS ENTRE
    LOS PAÍSES
  • EN EL ANEXO 1,) PARA AYUDAR A LAS PARTES A
    CUMPLIR CON SUS
  • OBLIGACIONES).
  • ARTÍCULO 12. MECANISMO PARA UN DESARROLLO LIMPIO
    (POR ESTE MECANISMO SE AUTORIZA A LAS PARTES
    INCLUIDAS EN EL ANEXO 1 A INVERTIR EN LOS PAÍSES
    EN DESARROLLO EN PROYECTOS DESTINADOS A ALCANZAR
    UN DESARROLLO SOSTENIBLE).
  • ARTÍCULO 17. COMERCIO DE LOS DERECHOS DE EMISIÓN.

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Cont. Medidas Relacionadas con el Comercio
  • LOS AMUMAS COMPRENDEN UN SISTEMA INTEGRADO DE
    POLÍTICAS Y MEDIDAS QUE HAN SIDO ELABORADAS CON
    EL FIN DE CUMPLIR EFECTIVAMENTE SUS OBJETIVOS
    AMBIENTALES
  • SE REQUIERE FORTALECER EL SOPORTE MUTUO DE LAS
    POLÍTICAS AMBIENTALES Y COMERCIALES PARA LOGRAR
    LA CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO SOSTENIBLE.
  • LA COOPERACION ENTRE LOS ACUERDOS AMBIENTALES Y
    COMERCIALES HA TENIDO UN PAPEL CRUCIAL EN LA
    BUSQUEDA DEL OBJETIVO COMUN DEL DESARROLLO
    SOSTENIBLE

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DISPOSICIONES AMBIENTALES DENTRO DEL ACUERDO
GATT-OMC
  • EL ACUERDO GATT-OMC INCORPORO LA CUESTION
    AMBIENTAL EN EL ART. XX SOBRE LAS EXCEPCIONES
    GENERALES EN LOS PARRAFOS b) MEDIDAS NECESARIAS
    PARA PROTEGER LA SALUD Y LA VIDA DE LAS PERSONAS
    Y DE LOS ANIMALES O PARA PRESERVAR LOS VEGETALES
    y
  • g) MEDIDAS RELATIVAS A LA CONSERVACION DE LOS
    RECURSOS NATURALES AGOTABLES, A CONDICION DE QUE
    TALES MEDIDAS SE APLIQUEN CONJUNTAMENTE CON
    RESTRICCIONES A LA PRODUCCION O AL CONSUMO
    NACIONALES.

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Cont. Disposiciones Ambientales
  • LA DECLARACION MINISTERIAL DE DOHA ESTABLECE EN
    EL PARRAFO 31 PARA POTENCIAR EL APOYO MUTUO
    ENTRE EL COMERCIO Y EL AMBIENTE SE CONVIENE EN
    CELEBRAR NEGOCIACIONES, SOBRE
  • i) LA RELACION ENTRE LAS NORMAS VIGENTES DE LA
    OMC Y LAS OBLIGACIONES COMERCIALES ESPECIFICAS
    ESTABLECIDAS EN LOS AMUMAs
  • ii) PROCEDIMIENTO PARA EL INTERCAMBIO DE
    INFORMACION ENTRE LA SECRETARIA DE LOS AMUMAs Y
    LOS COMITES PERTINENTES DE LA OMC Y LOS CRITERIOS
    PARA CONCEDER EL ESTATUS DE OBSERVADOR, Y
  • iii) LA REDUCCION O LA ELIMINACION DE LOS
    OBTACULOS ARANCELARIOS Y NO ARANCELARIOS A LOS
    BIENES Y SERVICIOS ECOLOGICOS.

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Cont. Disposiciones Ambientales.
  • PARRAFO 32 ENCOMIENDA AL COMITÉ DE COMERCIO Y
    MEDIO AMBIENTE QUE PRESTE ATENCION A
  • i) EL EFECTO DE LAS MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES
    EN EL ACCESO A LOS MERCADOS ESPECIALMENTE EN
    RELACION CON LOS PAISES EN DESARROLLO, EN
    PARTICULAR LOS MENOS ADELANTADOS, Y AQUELLAS
    SITUACIONES EN QUE LA ELIMINACION O REDUCCION DE
    LAS RESTRICCIONES Y DISTORSIONES DEL COMERCIO
    PUEDA BENEFICIAR AL COMERCIO, AL MEDIO AMBIENTE Y
    AL DESARROLLO ii) LAS DISPOSICIONES PERTINENTES
    DEL ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE
    PROPIEDAD INTELECTUAL RELACIONADOS CON EL
    COMERCIO

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Cont. DISPOSICIONES AMBIENTALES
  • iii) LAS PRESCRIPCIONES RELATIVAS AL ETIQUETADO
    PARA FINES MEDIOAMBIENTALES.
  • PARRAFO 33 RECONOCE LA IMPORTANCIA DE LA
    ASISTENCIA TECNICA Y LA CREACION DE CAPACIDAD EN
    LA ESFERA DEL COMERCIO Y EL MEDIO AMBIENTE PARA
    LOS PAISES EN DESARROLLO, EN PARTICULAR LOS MENOS
    ADELANTADOS. TAMBIEN PROPUGNA QUE SE COMPARTAN
    LOS CONOCIMIENTOS TECNICOS Y LA EXPERIENCIA CON
    LOS MIEMBROS QUE DESEEN LLEVAR A CABO EXAMENES
    MEDIOAMBIENTALES A NIVEL NACIONAL.

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TRATADO DE LIBRE COMERCIO CA-EU-RD RD-CAFTA
  • RD-CAFTA
  • EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO PRETENDE ASEGURAR
    QUE LAS POLÍTICAS COMERCIALES Y AMBIENTALES, SE
    RELACIONEN DE MANERA ARMÓNICA Y PUEDAN CONTRIBUIR
    AL DESARROLLO SOSTENIBLE, A LA VEZ QUE FORTALECE
    LOS VÍNCULOS ENTRE LAS POLÍTICAS Y LAS PRÁCTICAS
    COMERCIALES Y AMBIENTALES.
  • AL EFECTO, EL CAPITULO 17 DEL TRATADO RECONOCE EL
    DERECHO DE CADA PARTE PARA ESTABLECER SUS NIVELES
    DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y SUS POLÍTICAS Y
    PRIORIDADES DE DESARROLLO AMBIENTAL,

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CONTINUACION RD-CAFTA
  • GARANTIZANDO QUE TANTO SUS LEYES COMO SUS
    POLÍTICAS PROPORCIONEN ALTOS NIVELES DE
    PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LO CUAL PROMETEN
    ESFORZARSE EN MEJORAR SUS LEYES Y SUS POLÍTICAS.
  • EL TRATADO ESTABLECE UN ACUERDO DE COOPERACIÓN
    AMBIENTAL QUE TIENE POR OBJETIVO COOPERAR PARA
    PROTEGER, MEJORAR Y CONSERVAR EL AMBIENTE Y LOS
    RECURSOS NATURALES, ESTABLECIENDO UN MARCO PARA
    GARANTIZAR LA COOPERACIÓN. LAS PARTES ASUMEN ASÍ,
    LA IMPORTANCIA DE LA COOPERACIÓN BILATERAL Y
    REGIONAL PARA LOGRAR DICHA PROTECCIÓN.

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ASPECTOS RELEVANTES DEL CAPITULO 17 DEL DR-CAFTA
  • IMPARCIALIDAD DE LA JUSTICIA AMBIENTAL
  • LAS PARTES RECONOCEN QUE LOS ACUERDOS AMBIENTALES
    MULTILATERALES DE LOS CUALES TODOS SON PARTES,
    JUEGAN UN PAPEL IMPORTANTE EN LA PROTECCIÓN DEL
    AMBIENTE A NIVEL GLOBAL Y NACIONAL, Y QUE LA
    IMPLEMENTACIÓN RESPECTIVA DE ESTOS ACUERDOS ES
    FUNDAMENTAL PARA LOGRAR LOS OBJETIVOS AMBIENTALES
    DE ÉSTOS.
  • EL TRATADO DEFINE LA LEGISLACIÓN NACIONAL COMO
    CUALQUIER LEY O REGULACIÓN DE UNA PARTE O
    DISPOSICIÓN DE LA MISMA, CUYO PROPÓSITO
    PRINCIPAL SEA LA PROTECCIÓN O LA PREVENCIÓN DE
    ALGÚN PELIGRO CONTRA LA VIDA O SALUD HUMANA,
  • ANIMAL O VEGETAL.

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Cont. Aspectos relevantes DR-CAFTA
  • LA DEFINICIÓN NO INCLUYE NINGUNA LEY O REGULACIÓN
    O NINGUNA DISPOSICIÓN EN LAS MISMAS RELACIONADAS
    DIRECTAMENTE CON LA SALUD O SEGURIDAD DE LOS
    TRABAJADORES ASÍ COMO TAMBIÉN NO INCLUYE NINGUNA
    LEY, REGULACIÓN O DISPOSICIÓN DE LO MISMOS CUYO
    PROPÓSITO PRINCIPAL SEA LA ADMINISTRACIÓN DE LA
    RECOLECCION O EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE LOS
    RECURSOS NATURALES, O LA RECOLECCIÓN
  • CON PROPÓSITO DE SUBSISTENCIA.

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Cont. Aspectos Relevantes del DR-CAFTA.
  • EL ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL (ACA) DEL
    DR-CAFTA ESTÁ MARCADAMENTE ORIENTADO HACIA EL
    ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE
    CALIDAD AMBIENTAL, (AGENDA MARRÓN), CONSIDERANDO
    SOLAMENTE LA CONSERVACIÓN Y MANEJO DE ESPECIES
    MIGRATORIAS COMPARTIDAS, EN PELIGRO DE EXTINCIÓN
    Y OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL, ASÍ COMO EL
    MANEJO DE PARQUES MARINOS Y OTRAS
  • ÁREAS PROTEGIDAS.

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Cont. Aspectos relevantes ACA-DR-CAFTA.
  • EN EL ACUERDO NO SE ASEGURAN RECURSOS ECONÓMICOS
    PARA SU IMPLEMENTACIÓN. EL TIPO DE COOPERACIÓN
    CONTEMPLADA TIENE LAS MODALIDADES DE
  • A) FINANCIAMIENTO DE MANERA CONJUNTA DE LAS
    ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN SELECCIONADAS COMO
    PRIORITARIAS.
  • B) FINANCIAMIENTO CON RECURSOS PROPIOS DE LAS
    ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN SELECCIONADAS COMO
    PRIORITARIAS.
  • C) FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DE INSTITUCIONES
    PRIVADAS, FUNDACIONES U ORGANIZACIONES PÚBLICAS,
    INTERNACIONALES, INCLUYENDO PROGRAMAS EN CURSO.

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ALGUNAS OBSERVACIONES
  • LA LEY AMBIENTAL DOMINICANA 64-00 ES DE RECIENTE
    PROMULGACION Y AUN NO SE HA COMPLETADO EL
    PROGRAMA DE ARMONIZACION Y MODERNIZACION DE LAS
    LEGISLACIONES SECTORIALES COMPLEMENTARIAS. SE
    PRECISA DE LA FORMULACION E IMPLEMENTACION DE UNA
    AGENDA LEGISLATIVA AMBIENTAL NACIONAL, AGENDA
    QUE DE ALGUNA MANERA PODRIA ESTAR EN CONFLICTO
    CON EL TRATADO.

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CONT. DE OBSERVACIONES
  • ESTA PENDIENTE LA INCORPORACION DE FORMA
    SISTEMICA DE LA DIMENSION AMBIENTAL POR PARTE DEL
    EMPRESARIADO DOMINICANO.
  • LA SITUACION ACTUAL PODRIA GENERAR UNA ASIMETRIA
    CON PAISES COMO ESTADOS UNIDOS Y COSTA RICA, POR
    CUANTO SE PUEDE ESPERAR QUE EL TEMA DE LA GESTION
    AMBIENTAL DE LAS INDUSTRIAS DOMINICANAS SE
    CONVIERTA EN UNA BARRERA COMERCIAL PARA
    IMPORTANTES BIENES PRODUCIDOS EN EL PAIS,
    INCLUYENDO LO DE ORIGEN AGRICOLA QUE SE EXPORTAN.

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Cont. observaciones
  • EL ACUERDO DE COOPERACIÓN (ACA) ESTABLECE UNA
    REDUCCIÓN EN EL MANEJO DE LOS AMUMAS, YA QUE DICE
    QUE SE VA A REALIZAR UNA IMPLEMENTACIÓN DE LOS
    AMUMAS QUE HAN SIDO RATIFICADOS POR TODAS LAS
    PARTES EN SU CONJUNTO.
  • DOHA ABRIÓ LA POSIBILIDAD DE QUE LOS MECANISMOS
    DE APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL DEL MEDIO
    AMBIENTE SE TOMARAN EN CUENTA EN LA APLICACIÓN DE
    LOS ACUERDOS COMERCIALES. SE ACEPTÓ QUE HAY UN
    VÍNCULO ENTRE EL COMERCIO Y MEDIO
  • AMBIENTE.

29
.CONT. DE observaciones
  • HAY QUE PREGUNTARSE SI DOHA QUE ES DE APLICACIÓN
    UNIVERSAL Y SI EN LAS CONVENCIONES REGIONALES QUE
    SE ADOPTAN NORMAS VAN A ENTRAR EN CONFLICTO CON
    DOHA, YA QUE TODAS LAS PARTES SON MIEMBROS DE LA
    OMC.
  • COMO EN TÉRMINOS PRÁCTICOS SE PUEDE MANEJAR EL
    CONFLICTO QUE SE GENERA?
  • EX. LA RD APLICA LOS AMUMAS, PRIORIZANDO LA
    PROTECCIÓN DEL RECURSO, SE VIOLARÍA EL ACUERDO SI
    NO SE OFRECEN LOS BIENES Y SERVICIOS QUE EN
    MUCHOS CASOS SON DECLARADOS BIENES PÚBLICOS SEGÚN
    LA LEGISLACIÓN DE R.D. COMO AGUA, BOSQUES O
    SERVICIOS EN ÁREAS PROTEGIDAS.

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REFLEXIONES SOBRE LA RELACION COMERCIO Y MEDIO
AMBIENTE
  • CUAL ES EL VALOR DE LA BIODIVERSIDAD?
  • CUAL ES LA UTILIDAD DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES?
  • SE CONSIDERAN LOS DESECHOS PELIGROSOS PRODUCTOS,
    BIENES O SERVICIOS?
  • ES EL MANEJO DE LOS DESECHOS UN SERVICIO?
  • PORQUE NO CONSIDERAR LOS CONOCIMIENTOS
    TRADICIONALES DE LAS COMUNIDADES, BIENES
    PATENTABLES COMO LOS CONOCIMIENTOS TECNOLÓGICOS?

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Continuación
  • Conviene incorporar los servicios que brindan
    los ecosistemas a las negociaciones comerciales?
  • Que nichos de mercado existen para los servicios
    ambientales?
  • Serán considerados la asistencia técnica, la
    transferencia de tecnología y la capacitación
    establecidos en los AMUMAs como parte de la
    cooperación, bienes y servicios de mercado?

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CONCLUSION
  • SE RECONOCE QUE EXISTE UNA RELACIÓN DE CONFLICTO
    ENTRE LOS MARCOS LEGALES INTERNACIONALES QUE HAN
    SIDO CONSIDERADOS Y QUE DEBE SER RESUELTA,
    ASUMIENDO FORMAS DE ENTENDIMIENTO AL MOMENTO DE
    APLICAR LAS DISPOSICIONES DE LAS PARTES,
    CONSIDERANDO EN SU JUSTA DIMENSIÓN LA SEGURIDAD
    DE LA SALUD Y LA PROTECCIÓN AMBIENTAL COMO FORMA
    DE CONTRIBUIR AL DESARROLLO SOSTENIBLE.

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Cont. Conclusión
  • SINO SE DEFINEN Y ELABORAN LINEAS DE
    ENTENDIMIENTO QUE PROMUEVAN LA ELIMINACION DE LA
    CONTAMINACION, DAÑOS A LOS ECOSISTEMAS Y
    REDUCCION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA,
    DIFICILMENTE SE LOGRARIA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
    DE NUESTROS PAISES.

34
  • MUCHAS GRACIAS
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