Title: CONCURSO Y QUIEBRA DE LA SOCIEDAD
1CONCURSO Y QUIEBRA DE LA SOCIEDAD
2PUNTOS DE CONEXIÓN Y ANÁLISIS
- Efectos que la naturaleza societaria del sujeto
concursado o quebrado produce en el trámite
respectivo
- Efectos que el proceso concursal y falencial
producen en la estructura societaria
3ORGANIZACIÓN SOCIETARIATEORÍA DEL ÓRGANO
- Adopción por la ley 19.550
- Ámbitos
- Representación de la sociedad (discusión)
- Organización interna
- Distribución de competencias y funciones
- Sistema armónico de controles
- Órganos
- Administración
- Gobierno (disposición)
- Control
- Funcionamiento S.A. colegiado (método formal)
4TOMA DE DECISIÓN DE LAPRESENTACIÓN EN CONCURSO
- Art. 6 LCQ
- Tratándose de personas de existencia ideal lo
solicita el representante legal, previa
resolución, en su caso, del órgano de
administración. - Dentro de los treinta días de la fecha de la
presentación, deben acompañar constancia de la
resolución de continuar el tramite, adoptada por
la asamblea, reunión de socios u órgano de
gobierno correspondiente, con las mayorías
necesarias para la resolución de asuntos
ordinarios.
5CONSECUENCIAS
- Representante Inscripto ante el RPC?
- Inmobiliaria del Noroeste S.A. P/Quiebra C.Civ.
y Com. Tucumán, sala III, 13.11.07 - Administración
- Tipo de sociedad, organización del órgano
- Gobierno
- Acreditación de la decisión
- Acta, asistencia, publicación
- Sociedad de dos socios
- Oportunidad de la toma de decisión sólo
posterior? - Pedido de nulidad o impugnación
6NULIDAD DE LA DECISIÓN DE CONTINUAR EL TRÁMITE
- Juez competente - Acción
- Contra el concursado
- De causa o título posterior
- No tiene carácter patrimonial
- Taricco, Constante S. Y Ots c/ Maderas
Ecologicas del Litoral (CNCom, D, DJ
2001-2-144) - Atracción al Juez del concurso necesidad de
unidad intelectual de apreciación - Conexidad procesal y conveniencia judicial
siempre que la materia debatida alcance
trascendencia suficiente como para suponer que
sus consecuencias sean susceptibles de ejercer
influencia sobre el normal desarrollo del trámite
concursal (Heredia) - Mendoza falta de competencia específica. Aruani
Camardella c/Banco de Mendoza p/ Nul
7ESTADOS CONTABLES DE EJERCICIO
- Art. 11 inc. 4 LCQ
- Aprobados?
- La norma no lo exige expresamente (CNCom, sala D,
Lamitrafil S.A. S/Concurso) - Guillermo Mosso (ONLY S.A. P/QUIEBRA 3er. Juz.
Conc. Mza.) - sin aprobación no queda claro la certeza de tal
instrumento contable - recién con la consideración y aceptación del
órgano de gobierno de la sociedad, será un
balance desde el punto de vista jurídico. Si no,
es inexistente.
8ESTADOS CONTABLES DE EJERCICIO
- Problema de imputabilidad, no de existencia
(Delito de Balance falso, art. 300 inc. 3 Cod.
Penal) - IMPORTANCIA
- Confesión de la sociedad? (BNL en Pedro López e
Hijos p/Rev.. En contra CSJMza. Bco. Cred. Cuyo
S.A. en Transporte Lizana SCA p/Conc. s/Rev. - el cumplimiento de la carga de acompañar los
balances no impide impugnar el privilegio en los
términos del art. 34 LCQ - Consecuencias de la aprobación Kleio (CNCom)
- Prueba de libros - art. 63 c.com.
9Prueba de libros
- Asimismo, cabe poner de relieve que la decisión,
claramente contradictoria con las constancias
comprobadas de la causa, se aparta sin
justificación alguna de la disposición normativa
que regula el valor probatorio de los libros de
comercio de quien pretende acreditar la
existencia de una obligación, cual es el artículo
63 del Código de Comercio, sin haber alegado
razón alguna que la descalifique como prueba
suficiente, ni haber invocado la existencia de
otras medidas supletorias que permitan apreciarla
de modo diverso al previsto por la ley. (CSJN
2002, De Maio Alberto s/ incidente de revisión
promovido por la fallida al crédito de Forrajera
Canals S.R.L.)
10Prueba de libros
- La postura omisiva o renuente de la concursada
en el incidente de revisión respecto de las
pruebas de sus propios libros de comercio importa
un claro apartamiento del principio de las cargas
probatorias dinámicas, que coloca en cabeza de la
parte que se encuentre en mejores condiciones de
producir la prueba respectiva la carga
respectiva, y ello sólo puede redundar en
desmedro de su pretensión, en tanto genera una
presunción en su contra. (C. Nac. Com., sala C,
8/6/2007 - Automotores San José de Flores S.A.).
11CONCURSO DE LA SOCIEDAD EN LIQUIDACIÓN
- Ordenamiento Concursal
- Art. 5 LCQ previsión expresa
- Finalidad del Concurso conservación de la
empresa - Actividad del concursado actos ordinarios de
administración - Ordenamiento Societario
- Art. 101 LS, la sociedad en liquidación conserva
su personalidad a ese efecto. - Art. 105 LS realización del activo y
cancelación del pasivo. - Art. 99 LS responsabilidad solidaria de los
administradores, frente a terceros y socios,
cuando habiendo operado la causal disolutoria, no
desarrolla los actos tendientes a la
liquidación
12CONCURSO DE LA SOCIEDAD EN LIQUIDACIÓN
- Proceso de quiebra
- Art. 203 LCQ tarea del síndico
- Art. 239 ss. LCQ Orden de privilegios
- Art. 204 ss. LCQ Control del Juez
- Inventario y Balance de liquidación
- Art. 103 LS
- Saldo negativo
- Obligación de presentar en quiebra o reconducir y
concursar
13EFECTOS DEL RÉGIMEN CONCURSAL EN LA SOCIEDAD
- Falta de una clara política legislativa
- Extralimitación respecto de la propia
organización societaria (ej. ratificación del
art. 6 LCQ) - Falta de previsión de facultades suficientes para
ciertas propuestas del art. 43 LCQ - Reorganización de la sociedad deudora emisión de
obligaciones negociables, debentures o bonos
convertibles - Conformidad órgano de gobierno
- Régimen de oposición de los terceros (art. 83.3
LSC)
14CONCURSO DE AGRUPAMIENTO
- Art. 65 LCQ conjunto económico
- Ley de Sociedades no legisla grupos de Derecho
(sólo control) - Art. 66 LCQ requiere sólo un integrante en
cesación de pagos - socios minoritarios?
- Planteo nulidad de asamblea
- Interés social interés grupal
- Fracaso del concurso grupal
- Responsabilidad socio mayoritario (art. 248 LS)
15LA QUIEBRA COMO CAUSAL DE DISOLUCIÓN
- Desplaza a la Ley de Sociedades en el régimen
liquidatorio de la EMPRESA (se rige por LCQ) - Lo hace el Síndico (art. 203 LCQ)
- Permite la continuación de la empresa en marcha
- Art. 190 LCQ Art. 99 LSC
16LA QUIEBRA COMO CAUSAL DE DISOLUCIÓN
- Continuidad de los órganos de administración,
gobierno y fiscalización - Desplazamiento por el Síndico respecto de los
bienes desapoderados (art. 110 LCQ) - Inhabilitación de la sociedad e integrantes del
órgano de administración (arts. 234 y 235 LCQ) - Desapoderamiento de libros (art. 88 LCQ)
- Pero existen variadas posibilidades de actuación
de los órganos, durante el proceso de quiebra - Proceso de verificación incidentes medidas
conservatorias fijación fecha de cesación de
pagos apelación sentencia de quiebra
restitución de bienes de terceros colaboración
para esclarecer la situación patrimonial
avenimiento o conclusión de la quiebra pedir la
conversión de la quiebra en concurso