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Title: Factura Cambiaria


1
Factura Cambiaria
  • www.jjmoralex.com

2
Concepto Legal (591)
  • título de crédito que en la compraventa de
    mercaderías el vendedor podrá librar y entregar o
    remitir al comprador y que incorpora un derecho
    de crédito sobre la totalidad o la parte insoluta
    de la compraventa.
  • El comprador estará obligado a devolver al
    vendedor, debidamente aceptada, la factura
    cambiaria original.
  • No se podrá librar factura cambiaria que no
    corresponda a una venta efectiva de mercaderías
    entregadas, real o simbólicamente.

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Factura Cambiaria (591 604)
  • Título de Crédito causal, que incorpora la
    obligación de pagar una suma cierta de dinero
    dentro de un plazo determinado, derivada del
    saldo insoluto de la compraventa de bienes.
  • Ventas deben ser reales (592) aceptada la
    factura cambiaria por el comprador, se
    considerará, frente a terceros de buena fe, que
    el contrato de compraventa ha sido debidamente
    ejecutado en la forma expuesta en la misma.

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Requisitos (386 594)
  • Indicación Factura Cambiaria
  • Lugar y Fecha de su documentación
  • número de orden de título
  • nombre y domicilio del comprador (NIT x LEY DEL
    IVA)
  • Denominación y características de la mercadería
    vendida.
  • Precio por unidad y precio total, si el pago se
    hace por abonos, debe indicarse el número de
    abonos, fecha y monto.
  • debe nominarse con el nombre del tomador o
    beneficiario

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Factura Cambiaria Vrs. Fiscal
  • Factura Documento Fiscal de Ley de IVA
  • Cambiaria Título de Crédito
  • La factura cambiaria es el título de crédito que
    en la compraventa de mercaderías el vendedor
    podrá librar y entregar o remitir al comprador y
    que incorpora un derecho de crédito sobre la
    totalidad o la parte insoluta de la compraventa.
  • Si se omite algún requisito la factura no podrá
    hacerse valer como título de crédito pero se
    tiene como documento probatorio de la compraventa

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Saldo Insoluto
  • Parte del Precio No Cubierta en el momento de
    realizarse la Compraventa.
  • OJO Derecho Real de Hipoteca No tiene saldo
    Insoluto.

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Requisitos de la Factura Cambiaria
  • 386 594 595
  • 1o. El número de orden del título librado.
  • 2o. El nombre y domicilio del comprador.
  • 3o. La denominación y características principales
    de las mercaderías vendidas.
  • 4o. El precio unitario y el precio total de las
    mismas.

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Requisitos en Pago por Abonos
  • 1o. El número de abonos.
  • 2o. La fecha de vencimiento de los mismos.
  • 3o. El monto de cada uno.

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Doble Función de la Factura Cambiaria
  • prueba la existencia de un contrato de
    compraventa de mercaderías
  • título de crédito constitutivo de la obligación
    que contrae el comprador equivalente a todo o
    parte del precio dejado de pagar.

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Sujetos de la Factura Cambiaria
  • VENDEDOR
  • COMPRADOR ACEPTANTE
  • quien está obligado a aceptar la factura que
    libra el vendedor. Aunque la obligación de
    aceptar la factura se exceptúa en los siguientes
    casos
  • Mercadería averiada, extraviada o no recibida,
    siempre que no sean transportadas por su cuenta y
    riesgo.
  • Defectos o vicios en la cantidad y calidad de las
    mercaderías.
  • Si la factura no contiene el negocio jurídico
    convenido
  • Por omisión de requisitos de forma que dan a la
    factura la calidad de título de crédito.

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Envío y Devolución
  • Vía Directa
  • Vía de Tercero Intermediario
  • Vía de Correo correo certificado con aviso de
    recepción.
  • Otros Medios

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Negativa de Aceptación
  • 1o. En caso de avería, extravío o no recibo de
    las mercaderías, cuando no son transportadas por
    su cuenta y riesgo.
  • 2o. Si hay defectos o vicios en la cantidad o
    calidad de las mercaderías.
  • 3o. Si no contiene el negocio jurídico convenido.
  • 4o. Por omisión de cualquiera de los requisitos
    que dan a la factura cambiaria su calidad de
    título de crédito.

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Protesto
  • Falta de Aceptación y de Pago
  • El protesto por falta de aceptación deberá
    levantarse dentro de los dos días hábiles
    siguientes al vencimiento del plazo estipulado en
    el Artículo 599 de este Código.
  • El protesto por falta de aceptación, deberá
    levantarse en la propia factura o en hoja
    adherida a ella, acompañando el aviso de
    recepción postal o cualquier otro documento
    comprobatorio de su entrega al comprador o de su
    devolución por éste.
  • A falta de factura, el protesto se levantará por
    declaración del protestante o a vista de una
    copia de la factura fechada y firmada por el
    vendedor, siempre que adjunte el aviso de
    recepción o cualquier otro documento que pruebe
    que la factura original fue enviada al comprador.

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Conservación
  • 5 Años (604)
  • Obligaciones de los Comerciantes
  • ARTICULO 382.- Documentación y correspondencia.
    Todo comerciante debe conservar, en forma
    ordenada y organizada, durante no menos de cinco
    años, los documentos de su empresa, salvo lo que
    dispongan otras leyes especiales.
  • ARTICULO 383.- Término para destruir
    documentación. Los documentos que conciernan
    especialmente a actos o negociaciones
    determinadas, podrán ser inutilizados o
    destruidos, pasado el tiempo de prescripción de
    las acciones que de ellos se deriven.
  • Si hubiere pendiente alguna cuestión que se
    refiera a ellos directa o indirectamente, deberán
    conservarse hasta la terminación de la misma.

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Impuesto al Valor Agregado
  • Impuesto generado por la venta o permuta de
    bienes muebles o de derechos reales constituidos
    sobre ellos
  • Por la venta o permuta de bienes muebles, en la
    fecha de la emisión de la factura. Cuando la
    entrega de los bienes muebles sea anterior a la
    emisión de la factura, el impuesto debe pagarse
    en la fecha de la entrega real del bien.
  • La emisión de títulos de crédito no genera
    impuestos ni IVA, pero se exceptúa la factura
    cambiaria, cuando la emisión, aceptación o
    negociación corresponda a actos gravados por la
    presente ley.
  • En la venta de bienes muebles, las facturas,
    deberán ser emitidas y proporcionadas al
    adquirente o comprador, en el momento de la
    entrega real de los bienes.

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Circulación - Descuento
  • contrato por medio del cual se realiza una
    operación mercantil por medio de la cual una
    persona llamada descontatario, transfiere a otra
    llamada, descontador, un crédito de vencimiento
    futuro, y éste pone a su disposición el crédito
    previa deducción de una suma fijada de común
    acuerdo

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Otros títulos de crédito
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Vale (607)
  • título de crédito, por el cual la persona que lo
    firma se reconoce deudora de la otra, por el
    valor de bienes entregados o servicios prestados
    y se obliga a pagarlos.
  • Título de Crédito causal
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