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LA PERSPECTIVA FILOS

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LA PERSPECTIVA FILOS FICA DEL TESTAMENTO VITAL Congreso Multidisciplinar sobre el Testamento Vital : Decisiones al final de la vida – PowerPoint PPT presentation

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Title: LA PERSPECTIVA FILOS


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LA PERSPECTIVA FILOSÓFICA DEL TESTAMENTO
VITAL Congreso Multidisciplinar sobre el
Testamento Vital Decisiones al final de la
vidaLas Palmas de Gran Canaria18-20 octubre de
2012Prof. Graciano González R.
ArnaizCatedrático de Ética. UCM
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  • 1.- Bioética médica y Testamento Vital
  • Para la Bioética, el TV es un caso de
    consentimiento informado diferido
  • En él intervienen varios aspectos
  • - derecho a la información
  • - superación del paternalismo
  • - derecho a decidir
  • - referencia al principio de autonomía como
    principio de legitimación de un comportamiento
    moral

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  • 2.- Bioética médica y autonomía una alternativa
    de comprensión
  • 2.1.- La autonomía en Bioética tiene una
    intrahistoria
  • . principio del respeto a la persona obligación
    de respetar su valores individuales siempre que
    no dañe a otras personas (valores y no hacer
    daño) respeto al paciente
  • . el concepto del respeto de la autonomía la
    autonomía de una persona es respetada cuando se
    le reconoce el derecho a mantener puntos de
    vista, a hacer elecciones y a realizar acciones,
    basadas en valores y creencias que le son
    propias1.
  • 1 G. González R. Arnaiz, Bioética saber y
    preocupación en R. Junquera (dir.), Bioética y
    Bioderecho. Comares, Granada 2008. 20 y ss.

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2.2.- El concepto autonomía ideal de la
autorrealización principio de autonomía
individuo que actúa libremente de acuerdo con un
plan autoescogido Claves de lectura libertad
de la voluntad y agencia. i.e., capacidad del
individuo para la acción intencional). Así un ser
autónomo no es el que sigue, sin más, sus
inclinaciones y/o deseos, sino más bien aquel
que tiene capacidad para proponerse algo y
llevarlo a cabo. Es decir, autonomía es también
autodeterminación (I. Kant).
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  • 2.3.- del concepto de autonomía a la acción
    autónoma
  • la acción autónoma es aquella que quien la lleva
    a cabo, la ejecuta 1/intencionadamente 2/ con
    comprensión y 3/ ausencia de coacciones externas
    o internas que determinen su acción
  • - intencionalidad
  • - umbral de comprensión
  • - y ausencia total (sic) de influencias.

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  • 3.- conceptos relacionados
  • 3.1.- autonomía/heteronomía
  • - nivel conceptual son conceptos antitéticos
  • - nivel ontogenético son conceptos relativos el
    uno con el otro
  • 3.2.- autonomía/libre albedrío
  • 3.3.- autonomía/autenticidad (Taylor-Dworkin)
  • 3.4.- autonomía/libertad
  • 3.5.- autonomía ética (I. Kant)- la mayoría de
    edad

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  • 4.- La problematización filosófica
  • 4.1.- las insuficiencias teórico/prácticas de
    la autonomía
  • a.- su carácter de ideal moral
  • b.-su relación con la perspectiva psicológica
    por ejemplo A. Cortina entiende por autonomía
    madurez psicológica y ausencia de presiones
    externas (sociales) o internas (el dolor mismo)
    suficientes como para decidir de acuerdo consigo
    mismo 11 Cf. A. Cortina, Un
    conceptotransformado de persona para la
    bioética en Ética Aplicada y democracia radical.
    Tecnos, Madrid 1993, 237. La expresión consigo
    mismo debe interpretarse referida a sus
    proyectos de autorrealización que son privados
    pero que lo que se representa es el derecho del
    paciente a ser escuchado en lo que le afecta. Y
    esto es lo que debe ser universalizado.

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  • 4.2.-una alternativa entender la autonomía en
    perspectiva dinámica por qué?
  • . metafísica y empírica (D. Gracia)
  • . nadie nace siendo autónomo
  • . a veces, la autonomía es más cuestión de
    grado que de condición
  • . y muchas veces, habrá que recurrir a analizar
    el grado para determinar la competencia o
    incompetencia del sujeto en su toma de
    decisiones.
  • . La colonización jurídica de la autonomía

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  • 4.3.- Qué significa convertir la autonomía en
    valor moral?Características del valor moral
  • - carácter de ex - posición
  • - dimensión de apertura
  • - dimensión práctica sentido -
  • - capacidad para ser reivindicado

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  • 5.- La opción por la responsabilidad
  • 5.1.- Paso previo la acción relacional como
    objeto de la ética
  • Qué es? Es una acción en la que se dan cita un
    espacio personal/social un tiempo mío y de
    los otros , una relación constituyente y
    constituida -, y un ejercicio de razón como
    respuesta a una demanda -.
  • El TV como referencia de una acción relacional
    a cuatro paciente, representante, personal
    sanitario, institución

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  • 5.2.- De una ética de la intención Yo - a una
    ética de la responsabilidad
  • - perspectiva externa la consideración de las
    consecuencias (Max Weber y H. Jonas)
  • - perspectiva interna la dinámica propia de la
    responsabilidad como ejercicio de razón práctica
  • . dar cuenta de sí mismo (J. Butler)
    --referencialidad -,
  • . tener que responder a -relacionalidad -,
    (E. Levinas- P. Ricoeur)
  • . hacerse cargo de compromiso responsable
    -respons. universal - (Levinas)

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  • 5.3.- De la responsabilidad en el principio de
    la ética, a la responsabilidad como criterio
    moral de la nueva bioética
  • - principialismo, bioética y su crisis
  • - la bioética es un nuevo enfoque de la ética
    en general, un modo de pensar la ética partiendo
    del fenómeno de la vida. () En la época de la
    globalización, la Ética tiene que pensarse tb con
    categorías globales, y ninguna tan abarcante como
    la de la vida
  • Cf. D. Gracia, Bioética (ético) en C.M. Romeo
    Casabona, Enciclopedia de Bioderecho y Bioética.
    T.I. Comares, Granada 2011, 211 ss.

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  • 6.- El marco moral de una ética normativa para el
    Testamento Vital cómo aplicar la
    responsabilidad al T V?
  • CRITERIOS
  • - recurso al valor de la autonomía,
  • - el respeto activo/ hacerse cargo
  • - y el compromiso/ reconocimiento

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  • La superación del principio de autonomía
  • Clave convertir la autonomía en valor moral
  • - carácter de ex - posición
  • - dimensión de apertura
  • - dimensión práctica sentido -
  • - capacidad para ser reivindicado

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  • 6.1.- Las condiciones para el significado moral
    del Testamento Vital
  • a.- Por parte del paciente que tiene que
    responder de lo dicho/escrito desde el
    reconocimiento de su dignidad, de su humanización
    señalamos
  • 1.- el derecho a una información clara sobre
    los contenidos del documento y a una información
    adecuada sobre estados de salud previsibles,
    tratamientos y sus posibles consecuencias y de
    las situaciones de incompetencia que pueden
    generar o de su llegada a un estado de
    inconsciencia irreversible1. De ahí que
    podamos hablar de una tendencia y exigencia de
    personalización del Testamento Vital. Saber lo
    que va a hacer -
  • 2.- el deber del paciente de conocer y asumir
    los tratamientos adecuados dentro de las
    posibilidades institucionales en las que se
    enmarca la declaración. Siempre revisables en
    virtud de la propia voluntad del paciente Asumir
    lo que va a suscribir- -
  • 3.- el derecho del paciente a manifestar sus
    valores, sus deseos o sus preferencias, sobre su
    concepción de calidad de vida para conocimiento
    de los otros protagonistas del Testamento Vital y
    como marco adecuado para una posible toma de
    decisiones delegada, en un marco institucional.
    Dar cuenta de su proyecto vital para general
    conocimiento -
  • 1 Autores como Sass y Kielstein hacen un
    llamamiento a esta claridad, pues términos como
    Testamento Vital o representante para cuidados de
    la salud son términos complejos. Pero también lo
    son qumioterapia, demencia, estadio final, muerte
    cerebral, estado de coma, respiración artificial,
    alimentación artificial, paro cardíaco, ictus
    cerebral, administración de fluidos, calidad de
    vida, medicina paliativa, acompañamiento en el
    morir, eutanasia o técnicas de sostenimiento
    vital

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  • b.- Por parte del representante propuesto y desde
    la categoría del hacerse cargo de , la
    condición moral del Testamento Vital asume el
    valor del respeto activo, por el que el
    representante
  • 4.- asume, desde la responsabilidad asumida, su
    propuesta como representante de las voluntades
    anticipadas del paciente con respecto a
    tratamientos dada una situación de incompetencia
    por parte de su proponente (en algunas propuestas
    de TV se propone un suplente1).
  • 5.- responde de que se cumplan las voluntades
    expresadas por el paciente incompetente en virtud
    de la fuerza moral del hacerse cargo de él
  • 6.- participa en la toma de decisiones en todo
    lo concerniente a dicho paciente en todo lo que
    atañe a su salud y a su calidad de vida en la
    susodicha situación de incompetencia del
    paciente. 1 Por ejemplo en la guía de la
    Consejería de Salud de Andalucía de 2012.

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  • c.- Por parte del personal sanitario la
    significación moral del Testamento Vital aparece
    relacionada con el valor del compromiso
    institucional y personal de atender las
    demandas propuestas por el paciente en la
    declaración firmada por él, una vez que ha
    entrado en una situación de incompetencia. A este
    respecto
  • 7.- Es deber del médico o personal sanitario de
    referencia, propiciar un diálogo simétrico sobre
    las implicaciones físicas y éticas de retirar o
    no aplicar tratamientos de soporte vital u otros
    tratamientos como respuesta al derecho del
    paciente a conocer.
  • 8.- Es deber del médico respetar y no desafiar
    la voluntad del paciente el valor aquí es el
    del respeto a la autonomía como compromiso de
    responsabilidad sin ampararse en otros
    principios de la ética biomédica, por más que
    pueda considerarles más oportunos. En un caso de
    conflicto de interpretaciones,al representante se
    le considera capacitado para asumir el juicio
    final sobre este tipo de situaciones con vistas
    a una toma de decisiones, en virtud de la
    primacía de la responsabilidad por encargo.
  • 9.- Es derecho del médico, en virtud del
    compromiso, no acceder a tratamientos que
    supongan ir en contra de una buena práctica
    médica, estén legalmente sancionados o de su
    propia conciencia1, por más que vengan avalados
    por la interpretación del representante del
    paciente. La consulta al Comité de Ética
    Asistencial puede ser pertinente para casos de
    conflicto.
  • 1 Este tema de la objeción de conciencia es
    una cuestión de permanente actualidad en el
    terreno de la asistencia sanitaria. Un
    planteamiento del mismo puede verse en Varios,
    La Libertad religiosa y la objeción de conciencia
    sanitaria. Comares, Granada 2008.

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  • 10.- Por eso, desde la visibilidad que supone el
    Testamento Vital/Voluntad Vital Anticipada, la
    ética urge su traducción legal y avala la
    formalización legal de este documento escrito,
    por mor del valor de la seguridad jurídica,
    tratándose de una acción institucional.
  • - no confundir con una versión más de medicina
    defensiva
  • - considerar esta legalización/juridificación
    como herramienta útil desde requerimiento de
    significado moral y de legitimación de una acción
    institucional.

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  • A modo de conclusión unir/relacionar
    autonomía/convicción y responsabilidad?
  • Este sería el reto. Pero ya no hablamos tanto de
    autonomía, sino de convicciones. Por eso, la
    alternativa sería hablar de
  • - convicción responsable para señalar el
    momento interior primero, y formal despúes, de
    una ética de la responsabilidad
  • - y de una responsabilidad convencida para dar
    salida al significado y al sentido de una acción
    relacional en la que están implicados tres
    valores morales, a saber recurso al valor de la
    autonomía, el respecto activo y el compromiso y
    varios referentes sujetos, modelo deliberativo,
    praxis prudencial.

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De esta manera, la Ética reflexión moral -
avala una formalización legal con el objetivo de
garantizar valor de la seguridad jurídica de un
bien protegible que la fuerza jurídica que
ampara un documento como el Testamento
Vital/Voluntad Vital Anticipada no pierda de
vista los valores morales que la responsabilidad
ha puesto de relieve.Son estos valores los que
otorgan legitimidad al derecho y, por tanto,
hacen viable y urgente un desarrollo legal
adecuado que les ampare.
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