Title: Disciplina can
1Disciplina canónica del culto
divino(Cuestiones generales)
P. Juan María Gallardo www.oracionesydevociones.in
fo
2Lugar que ocupa el culto divino en el sistema
codicial
- Libro IV del CIC De la función de santificar de
la Iglesia, con excepción del matrimonio. - Profundización de los munera Ecclesiae reflejo y
participación de los munera Christi. - Munus docendi y munus santificandi las grandes
misiones a cuyo servicio está el munus regendi
(realizar la salvación que proclama mediante el
sacrificio y las sacramentos en torno a los
cuales gira toda la vida litúrgica)
3- Presupuesto de la regulación canónica
- La liturgia, en cuyo centro están los
sacramentos, es a la vez un acto de culto y de
santificación por ella Dios es perfectamente
glorificado y los hombres santificados
4Perspectiva adoptada en el tratamiento del
derecho litúrgico-sacramental
- Distinta perspectiva a la teología sacramentaria
o la teología moral - Distinto a derecho litúrgico regula ritos y
ceremonias con que se celebra, utensilios
sagrados, etc. - Las normas litúrgicas anteriores al CIC
permanecen, pero si se contradicen, prevalece el
CIC.
5- Sacramentos instituidos por Voluntad fundacional
de Cristo. Son causa de efectos jurídicos. La
Iglesia es una sociedad que se estructura y
organiza en torno a los sacramentos. Son
elementos preciosos del bien común de la Iglesia,
por eso objetos de regulación canónica. - Conocer las exigencias de validez, licitud, y
fructuosidad. Requeridas para la confección,
administración y recepción. Relaciones de
justicia en la relación ministro sagrado-fieles
6Importancia de la liturgia en la obra de la
santificación
- La liturgia es la cumbre a la cual tiende la
actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la
fuente de donde mana toda su fuerza (Sacrosantum
Concilium, 10). - Liturgia Ejercicio de la función sacerdotal de
JC. Ministro actúa in persona Christi. - Signos sensibles por medio de los cuales se
significa y se realiza la santificación según el
modo propio de cada uno de estos signos.
7- Exigencias canónicas de la Liturgia
- Que se ofrezca en nombre de la I
- Por personas legítimamente designadas
- Por medio de actos aprobados por la autoridad de
la I - Sacrosantum Concilium 7 Toda celebración
litúrgica, por ser obra de Cristo Sacerdote y de
su Cuerpo, que es la Iglesia, es acción sagrada
por excelencia, cuya eficacia, con el mismo
título y en el mismo grado, no la iguala ninguna
otra acción de la Iglesia.
8La participación en la función santificadora
- La función de santificar y tributar culto a Dios
correspone a toda la Iglesia. - Todo el Cuerpo Místico está implicado en la
función santificadora, pero cada miembro según la
misión que está llamado a desempeñar. Unos como
Cristo-cabeza, otros participando activamente. - Diversidad de participación, en esencia en unos
casos y diversidad de grado en otros.
9- Distinción esencial entre los que participan del
orden jerárquico y los demás fieles. - Distinción gradual entre Obispos y demás
ministros en el Sacerdocio de Cristo. Sacerdotes
son ministros, pero bajo la autoridad del Obispo.
Diaconos se les impone las manos no orden al
sacerdocio sino al ministerio. - Otros ministerios menores acolitado, lectorado.
No es esencial para la participación de los
laicos en la función santificadora ofrecer el
mundo a Dios (LG, 34).
10Relación entre fe y culto cristiano
- La sagrada liturgia no agota toda la actividad de
la Iglesia, pues para que los hombres puedan
llegar al liturgia es necesario que antes sean
llamados a la fe y a la conversión. SC, 9 - Liturgia también fin pedagógico, además de dar
gloria y culto a Dios. Suponen la fe, la
alimentan, la robustecen y la expresan por medio
de palabras y de cosas. - El culto cristiano, es una obra que procede de la
fe y en ella se apoya, ministros deben suscitar e
ilustrar la fe, especialmente con la palabra, por
la que nace y se alimenta la fe.
11- Obligación de preparar convenientemente a los que
han de recibir el bautismo, la confirmación,
etc. (C 851, 889, 890, 914, 1063) - Es necesaria siempre la fe del ministro?
Distinguir entre validez, licitud y fructuosidad.
Tanto del ministro sagrado como de quien
participa de ella. Para el ministro la fe no es
exigencia de validez. Para el que recibe, está
implicada la validez en la penitencia. Pero
siempre es necesaria para mayor fruto,
exceptuándose el bautismo de los niños.
12Ordenación de la sagrada liturgia
- Acciones litúrgicas no son acciones privadas,
sino celebraciones de la misma Iglesia, que es el
Pueblo santo, reunido y ordenado bajo la guía de
los obispos. - El carácter público, como su conexión con la fe,
dan la ratio legis en que se fundan las
competencias exclusivas de la autoridad de la
Iglesia en la regulación de toda la materia
litúrgico-sacramental.
13La sagrada liturgia en general
- Autoridad Sede apostólica y obispo diocesano. C
838 establece distintas competencias. - No impone uniformidad. Adaptación a la mentalidad
de los pueblos a través de las conferencias
episcopales.
14Sacramentos y sacramentales
- Sacramentos instituidos por JC y la norma es el
propio ius divinum. Pero compete a la a la
autoridad de la I la determinación de los
elementos requeridos para su validez. - Esos requisitos de validez sólo a cargo de la
autoridad suprema de la I por ser universales, es
decir Romano Pontífice o Concilio Ecuménico. C
841. No hay descentralizaciones. - Pero para la celebración, administración, y
recepción lícita, así como al ritual que debe
observarse en su celebración son también
competentes la Conferencia Episcopal y el obispo.
15Sacramentales
- Instituidos por la I, signos sagrados por medio
de los cuales, a imitación de los sacramentos, se
significan y se obtienen por intercesión de la I
unos efectos sobre todo de carácter espiritual. - Sólo la Sede Apostólica puede
- instituir nuevos sacramentales
- interpretar auténticamente los que existen
- suprimir o modificar algo.
- En cambio ritos y fórmulas pueden acomodarse
(Conferencias episcopales)
16Deber de los ministros sagrados
- Sólo la autoridad regula. Ministros y fieles,
observar las normas. C 846 (leer) Liturgia es
patrimonio público de la I, no patrimonio privado
del celebrante. - Es el principal factor de comunión eclesial. Toda
arbitrariedad litúrgica entraña ruptura de la
comunión eclesial, más o menos intensa. - Arbitrariedades en la eucaristía son las que
entrañan mayor peligro de pérdida de la unidad. - En estrecha relación con el depósito de la fe
lex orandi, lex credendi. Relajación de la
disciplina litúrgica es efecto y causa de
17Las exigencias de justicia en la administración
de los sacramentosRelaciones Jerarquía-fieles en
la administración de los sacramentos
- importantes desenfoques dogmáticos.
- Hay discrecionalidad en los ámbitos de
creatividad. - Sacramentos son signos visibles por medio de los
cuales se significa y realiza la santificación de
los hombres. Acciones de Cto y de la I.
18- Disciplina en orden a la válida y lícita
confección y administración por parte de los
ministros sagrados y válida, lícita y fructuosa
recepción por parte de los fieles. - Relaciones de justicia, y derechos y deberes
fundamentales derecho de los fieles a
recibirlos. - Presupuesto a toda acción pastoral ministros
para servir a los hombres, la palabra de Dios y
los sacramentos. - Abuso contra los fieles que no puedan recibir los
sacramentos, o que los retrasan. O que los
transforman en obligatorios cuando no lo son.
19Reconocimiento canónico del derecho a recibir los
sacramentos
- Derecho a recibir el bautismo y demás sacramentos
por ser necesarios para la salvación no requiere
estar expresamente reconocido. - LG, 37 Los laicos, como todos los fieles,
tienen derecho a recibir abundantemente de los
Pastores sagrados, de entre los bienes
espirituales de la Iglesia, de manera principal,
la ayuda de la palabra de Dios y de los
sacramentos. Principio de igualdad. C 213
(estaba en el proyecto de Ley Fundamental) - C 843, deber correlativo de los ministros.
20- No se puede denegar los sacramentos, siempre que
- Oportunidad en la petición
- La disposición debida del sujeto
- Legitimidad
- Algunas no solo derecho positivo, sino derecho
divino, como el estar bien dispuesto. O el
propósito de enmienda. No es negación del
sacramento sino constatación de que el propio
penitente se niega a realizar la parte que le
corresponde del signo sacramental. O negar la
comunión si hubiera escándalo público ni niega
el derecho sino constatación que el
21Peculiaridades de algunos sacramentos
- pecado grave es incompatible con la Eucaristía.
- Aunque el pecado grave es indemostrable.
- Esto para penitencia, eucaristía, confirmación y
unción de los enfermos. - Bautismo, matrimonio y orden sagrado tienen sus
peculiaridades.
22- Bautismo no es derecho de los fieles sino de
todos los hombres que se les predique y se les
administre el bautismo. - Matrimonio también está en la naturaleza humana,
pero para los bautizados es derecho de la
condición de fiel, por la inseparabilidad entre
realidad natural y sacramento ius connubii. No
se ejerce el derecho si se impide el matrimonio
sacramental - En el orden sagrado, no hay derecho sino vocación
divina y llamamiento jerárquico. Graciosamente,
no por derecho.
23La communicatio in sacris
- Antes del Concilio Vat II se prohibía la
comunicación en los sacramentos con hermanos
separados. Ahora, por el movimiento ecuménico, se
favorece c 844. - Incluye las oraciones en común y el uso común de
cosas y lugares sagrados. - Distinguir
- liturgia no sacramental
- los sacramentos de los católicos en iglesias
separadas - viceversa.
24- Decreto Orientalium Ecclesiarum, 26 está
prohibida por ley divina la communicatio in
sacris que ofenda la unidad de la Iglesia o
incluya adhesión formal al error, o bien peligro
de perder la fe, de escándalo o de
indiferentismo. - No es un medio que se puede utilizar
indiscriminadamente para promover la unidad de
los cristianos. Conjugar 2 principios a) la
necesaria significación de la unidad de la I, y
b) la participación en los medios de la gracia.
La unidad puede prohibirla, la necesidad de la
gracia recomendarla.
25Uso común de lugares sagrados
- No se refiere a la oración en común sino para
actos de culto. C 933 permite al sacerdote
católico, con justa causa, con licencia expresa
del obispo, y evitando escándalo, celebrar en
templo no católico. No dice nada de la situación
inversa. Directorio Ecuménico permite
explícitamente celebrar a las iglesias orientales
en templos católicos. Esto se extiende a todo
hermano separado.
26Comunicación del culto litúrgico no sacramental
- Permisión de exequias eclesiásticas a los
bautizados no católicos, siempre que no conste la
voluntad contraria y no pueda hacerlas su propio
ministro. - Bendiciones (sacramentales) pueden impartirse a
los no católicos. - Caso de celebración ecuménica del bautismo
riesgo de la unidad de la fe y de la Iglesia, por
más que se aducen beneficios pastorales. No es lo
mismo que el caso de necesidad.
27La comunicación en los sacramentos
- Puede un no católico ser admitido como testigo,
no como padrino de bautismo c 874, 2 - No es communicatio los matrimonios mixtos, aunque
la celebración si lo sea.
C 844 regla general Los ministros católicos
administran los sacramentos lícitamente sólo a
los fieles católicos. Y éstos los reciben
lícitamente sólo de los ministros católicos.
Excepciones hay circunstancias que pueden hacer
legítima la comunicación en algunos sacramentos
eucaristía, penitencia, unción de los enfermos.
28- Sujetos fieles católicos o ministros. Deben
darse las siguientes condiciones - Necesidad o utilidad espiritual
- Imposibilidad física o moral de acudir a ministro
católico - Que en la I del ministro no católico sean válidos
esos sacramentos - Que se evite el peligro de error o indiferentismo
Para los separados de la I católica
29- Orientales o equiparados más flexibles. Deben
pedirlo espontáneamente y bien dispuestos - Otros hermanos separados más difícil
salvaguardar la unidad de la I. Requisitos c 844 - peligro de muerte o a juicio del Obispo o la
conferencia episcopal, urja otra grave necesidad - que los hermanos separados no puedan acudir a
ministro propio - que lo pidan de forma espontánea
- que manifiesten la fe católica respecto de esos
sacramentos y estén bien dispuestos - Modo concreto de obrar resuelve la autoridad
episcopal.
30La comunicación en la Eucaristía
- Inadecuadamente llamada intercomunión u
hospitalidad eucarística. No se debe confundir
con los medios para lograr la unidad, sino que es
la meta. - Documentos de la Santa Sede para lograr recta
interpretación del Directorio ecuménico. No se
utiliza el término conforme a la fe católica,
en el nuevo c844. - C908 prohibe a los sacerdotes la concelebración
si no están en plena comunión con la I católica.
La misma fe que la I católica. Esto implica
Sacramento sacrificio, sacramento comunión,
sacramento presencia. Recapitula todo el misterio
de la I. Estrechas relaciones de la Eucaristía y
unidad de la Iglesia. Juan Pablo II No
analgésicos sino atacar las causas de la
desunión. Leer pág. 478 del Manual.