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SEMINARIO DE COOPERACI

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seminario de cooperaci n internacional para la prevenci n del blanqueo de capitales y contra el financiamiento del terrorismo las normas de conducta y su ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: SEMINARIO DE COOPERACI


1
SEMINARIO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y CONTRA EL
FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
  • LAS NORMAS DE CONDUCTA Y SU IMPORTANCIA EN LA
    PREVENCIÓN ALD CFT
  • EXPERIENCIA DE LA CNV
  • Por Carlos A. Barsallo P.
  • Comisionado Vicepresidente
  • Comisión Nacional de Valores de Panamá
  • Organizado por
  • Unidad de Análisis Financiero UAF Panamá.
  • Panamá, 18 de septiembre de 2006

2
PLAN
  • I. ASPECTOS GENERALES LA CNV Y EL MERCADO DE
    VALORES DE PANAMÁ
  • II. LAS NORMAS DE CONDUCTA EN EL MERCADO DE
    VALORES PANAMEÑO

3
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORESCNV
ENTE AUTÓNOMO DEL ESTADO DECRETO LEY 1 /7/1999
PATRIMONIO PROPIO SEPARADO E INDEPENDIENTE Y
DERECHO A ADMINISTRARLO
PERSONERÍA JURÍDICA
4
ALGUNAS ATRIBUCIONES DE LA CNV
FOMENTAR Y FORTALECER LAS CONDICIONES PROPICIAS
PARA EL DESARROLLO DEL MERCADO DE VALORES
RESOLVER SOBRE SOLICITUDES DE REGISTRO DE
VALORES PARA OFERTA PÚBLICA
EXAMINAR, SUPERVISAR Y FISCALIZAR LAS
ACTIVIDADES DE LOS SUJETOS REGULADOS
ESTABLECER REGLAS DE BUENA CONDUCTA A LOS
SUJETOS CON LICENCIA EXPEDIDA POR LA CNV
5
ALGUNAS ATRIBUCIONES DE LA CNV
EXPEDIR, SUSPENDER, REVOCAR LICENCIAS.
PRESCRIBIR LA FORMA Y CONTENIDO DE
LA INFORMACIÓN FINANCIERA A PRESENTAR
REGULAR Y FISCALIZAR LOS PLANES DE JUBILACIÓN Y
PENSIONES PRIVADAS
REALIZAR INSPECIONES E INVESTIGACIONES.
6
SUJETOS REGULADOS POR LA CNV
  • GENERAL
  • LOS EMISORES
  • SOCIEDADES DE INVERSIÓN
  • ANALISTAS
  • EJECUTIVOS PRINCIPALES.
  • CALIFICADORAS DE RIESGO
  • ALD/CFT
  • LAS ORGANIZACIONES AUTORREGULADAS (BOLSAS DE
    VALORES Y CENTRALES DE VALORES). (ART. 68 D.L.
    1/99)
  • CASAS DE VALORES (ART. 43 D.L. 1/99)
  • CORREDORES DE VALORES (ART. 43 D.L. 1/99)
  • ADMINISTRADORES DE INVERSIÓN (ART. 145 D.L. 145)
  • ASESORES DE INVERSIÓN (ART. 46 D.L. 1/99)
  • PERSONAS QUE EJERZAN ESTAS ACTIVIDADES SIN
    LICENCIA (Acuerdo 5- 2006)

7
MERCADO DE VALORES PANAMEÑO EN CIFRAS2005
TOTAL DE EMISORES REGISTRADOS EN LA CNV 95
TOTAL DE EMISORES REGISTRADOS EN LA CNV CON ACCIONES COMUNES 33
SOCIEDADES DE INVERSIÓN REGISTRADAS 26
TRANSACCIONES LOCALES US3,283,068,979.60
TRANSACCIONES INTERNACIONALES US9,770,641,148.50
VALORES REGISTRADOS EN LA CNV EN EL AÑO 2005 (a 18 de septiembre 2006) US699,000.000.00 (US969,000.000.00)
NÚMERO DE EMISIONES REGISTRADAS EN LA CNV EN EL AÑO 2005 (a 18 de septiembre 2006) 20 (30)
8
CAPITALIZACIÓN DE MERCADO VS PIB
CAPITALIZACIÓN DE MERCADO ACCIONES US7,127,258,18
1
PORCENTAJE CON RELACIÓN AL PRODUCTO INTERNO
BRUTO (PIB) PANAMÁ US15,466,700.000 64.2
CAPITALIZACIÓN DE MERCADO (SIN INCLUIR
ACCIONES) US2,807,869.74
TOTAL CAPITALIZACIÓN DE MERCADO US9,935,382,050
9
OBJETIVO Y RAZÓN DE SER DE LAS NORMAS DE CONDUCTA
  • OBJETIVO
  • PRESERVAR LA CONFIANZA DE LOS INVERSIONISTAS Y LA
    INTEGRIDAD DEL MERCADO DE VALORES ESTABLECIENDO
    NORMAS PARA EL EJERCICIO DE LAS ACTIVIDADES DE
    LOS QUE PRESTAN SERVICIOS EN EL MERCADO DE
    VALORES.
  • RAZÓN DE SER
  • EN LAS RELACIONES ENTRE LOS INVERSIONISTAS Y LOS
    PROVEEDORES DE SERVICIOS EXISTE ASIMETRÍA
    INFORMATIVA LO QUE PUEDE PERJUDICAR A LOS
    INVERSIONISTAS. NO ES SUFICIENTE LA
    AUTORREGULACIÓN.

10
CLASES DE NORMAS DE CONDUCTA
DE PROTECCIÓN AL INVERSIONISTA
NORMAS DE CONDUCTA
DE PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD DEL MERCADO
11
RÉGIMEN JURÍDICO
  • ARTÍCULOS 8 Y 43 DECRETO LEY 1 DE 1999
  • NUMERALES 4 (REGLAS DE BUENA CONDUCTA COMERCIAL)
    Y 12 (FACULTAD CNV PARA DICTAR ACUERDOS) ARTÍCULO
    8
  • ARTÍCULO 43 FACULTAD CNV PARA DICTAR NORMAS DE
    CONDUCTA A SUS REGULADOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN
    DE BLANQUEO
  • ACUERDO CNV 5-2003
  • NORMAS DE CONDUCTA, REGISTRO DE OPERACIONES E
    INFORMACIÓN DE TARIFAS
  • ACUERDO CNV 5-2006
  • NORMAS DE CONDUCTA PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO
    DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO DEL
    TERRORISMO (ANTECEDENTES ACUERDO 4-2001 Y 1-2005)

12
NORMAS DE CONDUCTA Y OBTENCIÓN DE LICENCIA PARA
EJERCICIO DE ACTIVIDADES
  • LA NECESIDAD DE LICENCIA PARA EJERCER ACTIVIDADES
    PERMITE EL CONTROL Y SUPERVISIÓN.
  • REQUISITOS DE HONORABILIDAD EMPRESARIAL Y
    PROFESIONAL
  • OFICIAL DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO
  • CÓDIGO DE CONDUCTA Y MANUAL DE PREVENCIÓN DEL
    DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES
  • REQUIERE PRESENTACIÓN CON LA SOLICITUD PARA
    REVISIÓN APROBACIÓN PREVIA POR LA CNV.

13
CÓDIGOS DE CONDUCTA ACUERDO 5-2003
  • 1. DILIGENCIA Y TRANSPARENCIA
  • CUIDADO Y DILIGENCIA
  • 2. CONFLICTOS DE INTERÉS
  • OPERACIÓN DE LOS PROPIOS EMPLEADOS CONTROLES Y
    AUTORIZACIONES.
  • 3. GESTIÓN ORDENADA Y PRUDENTE
  • MEDIOS Y CAPACIDADES
  • IMPARCIALIDAD Y BUENA FE
  • 4. MEDIOS ADECUADOS
  • NEGATIVA A CONTRATAR Y DEBERES DE ABSTENCIÓN
    (REGLA OCTAVA DEL CÓDIGO DE CONDUCTA MODELO
    RECHAZAR OPERACIONES CON INTERMEDIARIOS NO
    AUTORIZADOS O QUE PUEDEN INFRINGIR LA NORMATIVA
    DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES)
  • 5. INFORMACIÓN
  • INFORMACIÓN SOBRE LA CLIENTELA
  • INFORMACIÓN A LOS CLIENTES

14
CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DE LAS NORMAS DE
CONDUCTA EN EL MERCADO DE VALORES PANAMEÑO
  • MECANISMOS DE ADOPCIÓN PROCESO OBLIGATORIO DE
    CONSULTA PÚBLICA PARA ADOPCIÓN DE ACUERDOS.
  • NO SE LAS DICTA EL PROPIO REGULADO, PERO
    PARTICIPA FORMALMENTE EN SU ELABORACIÓN. (LÓGICA
    ES QUIEN CONOCE EL NEGOCIO).
  • SIGUE ESTÁNDARES INTERNACIONALES ACEPTADOS POR LA
    ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE COMISIONES DE
    VALORES (IOSCO) Y GRUPO ACCIÓN FINANCIERA (GAFI)
  • EVITA EL ARBITRAJE REGULATORIO
  • PERMITE EVALUACIONES INTERNACIONALES CONTRA
    DICHOS ESTÁNDARES Y DETERMINAR SU GRADO DE
    IMPLEMENTACIÓN.
  • NO BASTA TENER LAS NORMAS DE CONDUCTA. HAY QUE
    USARLAS Y USARLAS BIEN EN TODOS LOS SECTORES DEL
    SISTEMA FINANCIERO PARA QUE NO EXISTAN
    DISTORSIONES.

15
NATURALEZA JURÍDICA
  • SON NORMAS JURÍDICAS. NO SON MERAS NORMAS ÉTICAS.
  • EVOLUCIÓN DEL SER (ÉTICA) Y LA MANERA DE VIVIR
    (MORAL) AL DEBER SER DEL DERECHO
  • NO BASTA LA AUTORREGULACIÓN
  • SON NORMAS IMPERATIVAS, NO SON NORMAS
    DISPOSITIVAS
  • SON NORMAS DE DERECHO PÚBLICO, CUYA VIOLACIÓN
    SERÁ SANCIONADA COMO INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA
  • ARTÍCULOS 25 Y 208 DECRETO LEY 1 DE 1999

16
RESPONSABILIDAD CIVIL, MULTAS ADMINISTRATIVAS Y
OTRAS SANCIONES
  • EN CASO DE
  • PRESENTACIÓN DE INFORMES O DOCUMENTOS CON
    INFORMACIÓN FALSA,
  • PRÁCTICAS DESHONESTAS O CONTRARIAS A LA ÉTICA EN
    LA INDUSTRIA BURSÁTIL,
  • DEJAR DE FISCALIZAR ADECUADAMENTE A SUS
    DIRECTORES, DIGNATARIOS O EMPLEADOS,
  • VIOLAR O INCUMPLIR EL DECRETO LEY O SUS
    REGLAMENTOS
  • LA CNV PUEDE
  • 1. SUSPENDER O REVOCAR LICENCIA
  • 2. RESTRINGIR TRANSACCIONES EN VALORES
  • 3. PROHIBIR ASOCIACIONES
  • 4. AMONESTAR
  • ART 208 MULTAS ADMINISTRATIVAS DE HASTA
    B/.1.000,000.00
  • ART 204 CONSAGRA LA RESPONSABILIDAD CIVIL.

17
OBJETIVOS DE LA REGULACIÓNALD/CFT EN EL MERCADO
DE VALORES
  • ESTABLECER PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN Y
    CONTROL.
  • DETECCIÓN DE OPERACIONES SOSPECHOSAS.
  • COMUNICACIÓN A LAS AUTORIDADES.
  • RESPUESTA A REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN.
  • FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN DEL PERSONAL.
  • CONSERVACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

18
ALGUNAS OBLIGACIONES DE LOS REGULADOS
  • EXAMEN DE LAS TRANSACCIONES.
  • CONOCER EL PATRÓN NORMAL DE ACTIVIDADES.
  • LLEVAR UN REGISTRO DE TRANSACCIONES POR CLIENTE.
  • ANALIZAR PERIÓDICAMENTE LAS OPERACIONES DEL
    CLIENTE CON INDENPENDENCIA DE LA CUANTÍA.
  • COMUNICACIÓN DE TRANSACCIONES SOSPECHOSAS A LA
    UAF.
  • POR CONDUCTO DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO. DENTRO
    DE LOS 60 DÍAS A SU REGISTRO.

19
FACULTADES ESPECÍFICAS DE LA CNV EN MATERIA DE
ALD/CFT
  • FUENTE LEGAL D.E. 1 DE 3 DE ENERO DE 2001.
  • VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS ENVÍOS DE LAS
    DECLARACIONES.
  • REALIZAR INSPECCIONES PERIÓDICAS A LAS ENTIDADES
    DECLARANTES.
  • APLICAR LAS MEDIDAS QUE SEAN NECESARIAS PARA EL
    CUMPLIMIENTO DE LA LEY 42 DE 2000.
  • TAREA ASIGNADA A LA DIRECCIÓN DE ASESORIA LEGAL
    DE LA CNV.
  • RECEPCIÓN DE REPORTES PARA SER REMITIDOS A LA
    UAF.
  • INSPECCIONES PERIÓDICAS. INSPECCIONES
    EXTRAORDINARIAS.

20
PERSONAL CLAVE EN EL REGULADOEL OFICIAL DE
CUMPLIMIENTO
  • EJECUTIVO CLAVE
  • REQUIERE LICENCIA DE EJECUTIVO PRINCIPAL PARA LO
    CUAL DEBE PASAR EXAMEN.
  • EXPERIENCIA LABORAL COMPROBADA EN EL MERCADO DE
    VALORES. (2 AÑOS)
  • CONOCIMIENTOS BÁSICOS EN EL ÁREA DE
  • ANÁLISIS DE RIESGOS
  • GESTIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
  • FORMULACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE POLÍTICAS DE
    PREVENCIÓN DE DELITOS DE BLANQUEO DE CAPITALES.
  • INCAPACIDAD PARA OCUPAR EL CARGO
  • QUIEN HAYA SIDO CONDENADO EN LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS
    DELITOS QUE INCLUYE EL BLANQUEO DE CAPITALES O
    CUALQUIER DELITO CON PENA DE PRISIÓN SUPERIOR A
    UN AÑO.
  • A QUIEN EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS SE LE HUBIESE
    REVOCADO EN PANAMÁ O EN UNA JURISDICCIÓN
    EXTRANJERA SU LICENCIA.

21
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
  • NECESIDAD DE OCUPAR EL CARGO O DESEMPEÑAR LAS
    FUCIONES
  • LA LICENCIA DE EJECUTIVO PRINCIPAL EXPIRA A LOS 2
    AÑOS DE LA FECHA EN QUE SU TITULAR HUBIESE DEJADO
    DE OCUPAR DICHO CARGO O DESEMPEÑAR DICHAS
    FUNCIONES, PERO PODRÁN SER RENOVADAS.
  • INCOMPATIBILIDADES
  • 1. AUDITOR INTERNO, CORREDOR, ANALISTA, ASESOR DE
    INVERSIONES O ADMINISTRADOR DE INVERSIONES.
  • 2. AUDITOR EXTERNO, CUSTODIO, AGENTE DE PAGO O
    REGISTRO
  • 3. PROPIETARIO DE MÁS DEL 5 DE LAS ACCIONES.
  • 4. EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO DE UNA ENTIDAD
    BANCARIA QUE SEA AFILIADA, CONTROLADA O
    CONTROLADORA O SEAN LA MISMA PERSONA JURÍDICA.

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OFICIAL DE CUMPLIMIENTOFUNCIONES
  • VELAR POR EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE
    DISPOSICIONES LEGALES.
  • VELAR PORQUE TODOS LOS FUNCIONARIOS DE LA ENTIDAD
    POSEAN, DE SER ASÍ REQUERIDO PARA EL EJERCICIO DE
    SUS FUNCIONES, LA LICENCIAS DEBIDAMENTE EXPEDIDAS
    POR LA CNV.
  • ELABORAR, DESARROLLAR Y VELAR POR EL CUMPLIMIENTO
    DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU CLIENTE.
  • ELABORAR POLÍTICAS O PROGRAMAS PARA LA DETECCIÓN
    Y REPORTE DE ACTIVIDADES PROPIAS DEL DELITO DE
    BLANQUEO DE CAPITALES.

23
POLITICA CONOZCA A SU CLIENTEIMPORTANCIA
PARTICULAR EN EL MERCADO DE VALORES
  • EXISTE LA OBLIGACIÓN LEGAL DE LAS CASAS DE
    VALORES, CORREDORES DE VALORES, ASESORES DE
    INVERSIÓN, ADMINISTRADORES DE INVERSIÓN DE DAR
    RECOMENDACIÓN ADECUADA A SUS CLIENTES. ARTÍCULOS
    40,46 Y 145 DL.L 1/99.

24
POLITICA CONOZCA A SU CLIENTE
  • A. COMPROBACIÓN DE IDENTIDAD DEL CLIENTE.
    IDENTIFICAR AL VERDADERO BENEFICIARIO DE LAS
    OPERACIONES.
  • B. IDENTIFICACIÓN DEL PERFIL DEL INVERSIONISTA.
  • FUENTES DE INGRESOS, EXPERIENCIA INVERSORA,
    OBJETIVOS, CAPACIDAD FINANCIERA Y PREFERENCIA DE
    RIESGO, ANÁLISIS DE PATRIMONIO (2 ÚLTIMOS AÑOS),
    DECLARACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DIRECTOS E
    INDIRECTOS.

25
LAS NORMAS DE CONDUCTA Y SUS VENTAJAS EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN
  • RECEPCIÓN DE REPORTES DE LOS REGULADOS.
  • REPORTES ORDINARIOS
  • REPORTES DE CAPACITACIÓN ANUAL
  • REVISIÓN DE MANUALES QUE DESARROLLAN LA POLÍTICA
    CONOZCA A SU CLIENTE
  • PROGRAMA ANUAL DE SUPERVISIÓN IN SITU.

26
MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A
SU CLIENTE
  • I. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.
  • DETALLE U ORGANIGRAMA QUE DESCRIBA CÓMO ESTÁ
    INTEGRADA Y ADMINISTRADA LA SOCIEDAD. (JUNTA
    DIRECTIVA, GERENTE GENERAL, OFICIAL DE
    CUMPLIMIENTO, CORREDORES, PERSONAL
    ADMINISTRATIVO...)
  • EN CASO DE QUE EL REGULADO SEA UNA AFILIADA,
    DEBERÁ MENCIONAR A LA SOCIEDAD QUE FUNGE COMO
    CONTROLADORA.

27
MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • DESCRIPCIÓN DE TODOS LOS SERVICIOS QUE OFRECE.
  • INCLUYE TANTO EL NEGOCIO PRINCIPAL O SERVICIOS
    BÁSICOS, COMO LOS SERVICIOS INCIDENTALES O
    COMPLEMENTARIOS, CON FUNDAMENTO EN LA LICENCIA
    EXPEDIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.

28
MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • III. DECLARACIÓN DEL COMPROMISO ORGANIZACIONAL
    RESPECTO A LA PREVENCIÓN DEL DELITO DE BLANQUEO
    DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO.
  • LA MANIFESTACIÓN DE QUE TODOS LOS MIEMBROS, TANTO
    TRABAJADORES COMO DIRECTIVOS, CUMPLIRÁN CON LAS
    OBLIGACIONES LEGALES Y LAS NORMAS DE CONDUCTA Y
    LAS DISPOSICIONES DEL MANUAL CONOZCA A SU
    CLIENTE.

29
MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A
SU CLIENTE
  • IV. PROCEDIMIENTO OPERATIVO QUE PONDRÁ EN
    EJECUCIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS
    CONTEMPLADAS EN LA LEY 42 DE 2000, LEY 22 DE 9
    DE MAYO DE 2002, LEY 50 DE 2 DE JULIO DE 2003 Y
    EL ACUERDO 1 DE 3 DE FEBRERO DE DE 2005.
  • CASAS DE VALORES Y ADMINISTRADORES DE INVERSIÓN
    DEBIDA IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE, REGISTRO Y
    MANTENIMIENTO DE INFORMACIÓN, ARCHIVOS DE
    CUENTAS, Y OTROS DATOS DESARROLLADOS EN LA
    DESCRIPCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU CLIENTE
    (NUMERAL VI).
  • BOLSA DE VALORES APLICA EL PROCEDIMIENTO A LOS
    MIEMBROS UNA VEZ SE LE HAYA ADJUDICADO UN PUESTO
    DE BOLSA. SUPERVISIÓN DE SUS MIEMBROS MEDIANTE
    INSPECCIONES IN SITU, BASADAS EN SU REGLAMENTO
    INTERNO Y ACUERDO 5-2006.
  • CENTRAL DE VALORES IDENTIFICACIÓN DE LOS
    PARTICIPANTES (ÚNICOS CLIENTES DE LA CENTRAL).

30

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A
SU CLIENTE
  • INDICACIÓN DEL FUNCIONARIO Y CARGO QUE EJERCE EN
    LA ORGANIZACIÓN RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN Y
    EJECUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO A QUE ALUDE ESTE
    ARTÍCULO.
  • NOMBRE, CARGO Y FUNCIONES DEL OFICIAL DE
    CUMPLIMIENTO EJECUTIVO CLAVE, RESPONSABLE DE
    VELAR POR QUE EL REGULADO, ASÍ COMO SUS
    DIRECTORES, DIGNATARIOS Y DEMÁS EMPLEADOS CUMPLAN
    CON SUS OBLIGACIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS.
    (ART. 44 DEL D. L. 1 DE 1999 Y ART. 7 DEL ACUERDO
    9-2001).

31

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A
SU CLIENTE
  • DESCRIPCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
    CLIENTE.
  • COMPROBACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL CLIENTE-PERSONA
    NATURAL.
  • COMPROBACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL CLIENTE-PERSONA
    JURÍDICA.
  • IDENTIFICACIÓN DEL PERFIL DEL INVERSIONISTA.

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MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A
SU CLIENTE
  • ASPECTOS DE RIESGO VINCULADOS AL DELITO DE
    BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO DEL
    TERRORISMO EN LAS OPERACIONES QUE EJECUTA.
  • RIESGO DE REPUTACIÓN.
  • RIESGO ADMINISTRATIVO.
  • RIESGO LEGAL.
  • RIESGO DE RECURSOS HUMANOS.
  • RIESGO OPERATIVO-ECONÓMICO.
  • OPERACIONES SOSPECHOSAS.
  • OPERACIONES POCO USUALES.

33

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • REGISTRO DE TRANSACCIONES.
  • DESCRIPCIÓN DEL MÉTODO Y LOS SISTEMAS
    INFORMÁTICOS IMPLEMENTADOS PARA LA CREACIÓN DE
    CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS CLIENTES, EN LOS QUE
    SE REGISTREN CADA UNA DE LAS TRANSACCIONES
    EFECTUADAS.

34

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • ARCHIVO DE TRANSACCIONES.
  • LOS SUJETOS REGULADOS ESTÁN OBLIGADOS A CONSERVAR
    POR UN PERÍODO DE CINCO (5) AÑOS, LOS DOCUMENTOS
    QUE ACREDITEN ADECUADAMENTE LA REALIZACIÓN DE LAS
    OPERACIONES Y LA IDENTIDAD DE LOS SUJETOS QUE
    LAS HUBIERAN EJECUTADO, CUANDO LA OBTENCIÓN DE
    DICHA IDENTIFICACIÓN HUBIESE SIDO OBLIGATORIA.

35

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • PROCEDIMIENTOS PARA INFORMES SOBRE TRANSACCIONES
    CON DINERO EN EFECTIVO O CUASI EFECTIVO A LAS
    AUTORIDADES DE SUPERVISIÓN Y CONTROL.
  • OBLIGACIÓN DE RENDIR DECLARACIONES MENSUALMENTE,
    DENTRO DE LOS CINCO (5) PRIMEROS DÍAS DE CADA
    MES, A LA UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO, A TRAVÉS
    DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, EN BASE A LA
    DEFINICIÓN QUE DE OPERACIONES EN EFECTIVO Y
    CUASI-EFECTIVO SEÑALA ACUERDO 5-2006.

36

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • PROCEDIMIENTO PARA REMITIR LOS INFORMES A LA
    UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO.
  • LOS SUJETOS REGULADOS A TRAVÉS DE SU OFICIAL DE
    CUMPLIMIENTO DEBERÁN CUMPLIR CON LAS DILIGENCIAS
    QUE ESTABLECE EL ACUERDO 5-2006, CUANDO, EN EL
    CURSO DE SUS ACTIVIDADES TENGAN CONOCIMIENTO DE
    OPERACIONES LLEVADAS A CABO EN SUS
    ESTABLECIMIENTOS QUE CALIFIQUEN COMO SOSPECHOSAS
    ORIGINADAS EN O VINCULADAS CON EL DELITO DE
    BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO DEL
    TERRORISMO.

37

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • XII. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE SU PERSONAL.
  • TODOS LOS SUJETOS REGULADOS DEBERÁN
    PRESENTAR AL MENOS
  • 1 CURSO, TALLER, SEMINARIO O CONFERENCIA AL
    AÑO PARA TODOS LOS MIEMBROS DE LA
    ORGANIZACIÓN.
  • 2 CURSOS, TALLERES, SEMINARIOS O CONFERENCIAS
    PARA EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO.
  • UN INFORME RELATIVO A LAS CAPACITACIONES DE LA
    ORGANIZACIÓN DEBE SER REMITIDO A LA CNV DURANTE
    LOS PRIMEROS 5 DÍAS DEL MES DE ENERO.

38
MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES
    DE LAS AUTORIDADES Y CONSULTAS POR ESTA A LAS
    PERSONAS OBLIGADAS.
  • TRATAMIENTO OTORGADO A LAS SOLICITUDES DE
    INFORMACIÓN O COLABORACIÓN PROCEDENTES DE LOS
    ORGANISMOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL.
  • RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD.
  • PERSONAL ENCARGADO DE ATENDER EL ASUNTO (OFICIAL
    DE CUMPLIMIENTO).
  • PLAZO DE ATENCIÓN Y RESPUESTA A LA MISMA.

39

MANUALES DE EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA CONOZCA A SU
CLIENTE
  • PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN PERIÓDICA DEL
    CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE DILIGENCIA DEBIDA.
  • FRECUENCIA CON LA QUE EL SUJETO REGULADO
    REALIZARÁ REVISIONES INTERNAS PARA EVALUAR LA
    APLICACIÓN DE LAS LEYES, ACUERDOS, POLÍTICAS Y
    PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS PARA PREVENIR EL
    BLANQUEO DE CAPITALES Y EL FINANCIAMIENTO DE
    TERRORISMO.

40
SITUACIÓN ALD/CFT EN EL MERCADO DE VALORES
PANAMEÑO HACE 10 AÑOS Y HOY
  • GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DEL CARIBEINFORME
    ANUAL1996 - 1997
  • NI LA CNV NI LA ASOCIACIÓN HAN PUBLICADO NORMAS
    O PAUTAS PARA DETECTAR O EVITAR EL LAVADO DE
    DINERO. TAMPOCO HAN PUBLICADO NORMAS QUE RIGEN LA
    IDENTIFICACIÓN DE CLIENTES.
  • LOS EXAMINADORES QUEDARON IMPRESIONADOS CON LO
    QUE PARECÍA SER UNA FALTA TOTAL EN ESTE SECTOR DE
    UNA CONCIENCIA DEL PROBLEMA DEL LAVADO DE DINERO
    Y LA POSIBILIDAD DE QUE ESTE PROBLEMA PUDIERA
    AFECTAR LA BOLSA PANAMEÑA.
  • ROSC FMI/GAFI 2005/2006
  • EXISTE UN REGULADOR DE VALORES CON FUNCIONES
    CONCRETAS SEÑALADAS EN LA LEY Y EN CONSTANTE
    CAPACITACIÓN Y PLENA CONCIENCIA DE LA IMPORTANCIA
    DEL TEMA.
  • EXISTEN REGLAS CONCRETAS, MANUALES Y SE SUPERVISA
    EL CUMPLIMIENTO DE LOS MISMOS.
  • SE HA IMPLEMENTADO LA POLÍTICA DE CONOZCA A SU
    CLIENTE ASÍ COMO LA EXIGENCIA DE CAPACITACIÓN DEL
    PERSONAL DE LOS SUJETOS REGULADOS.

41
BLANQUEO DE CAPITALES MUCHO MÁS QUE
NARCOTRÁFICONECESIDAD DE INCLUIR INSIDER
TRADING, MANIPULACIÓN
  • EN EL MERCADO DE VALORES INTERESA LA FIGURA DE LA
    ESTAFA CALIFICADA (RELACIÓN CON EL USO INDEBIDO
    DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA - INSIDER TRADING-
    (ART. 393-E CÓDIGO PENAL) Y LA MANIPULACIÓN (ART.
    393-G CÓDIGO PENAL)
  • EL QUE MEDIANTE ENGAÑO SE PROCURE A SÍ O A UN
    TERCERO UN PROVECHO ILÍCITO EN PERJUICIO DE OTRO,
    SERÁ SANCIONADO CON PRISIÓN DE 1 A 4 AÑOS Y DE 50
    A 200 DÍAS-MULTA.
  • LA SANCIÓN SERÁ DE 5 A 10 AÑOS DE PRISIÓN SI LA
    LESIÓN PATRIMONIAL EXCEDE DE B/.100,000 O LA
    COMETEN APODERADOS, GERENTES, O ADMINISTRADORES
    EN EJERCICIOS DE SUS FUNCIONES, O SI SE SOMETE EN
    DETRIMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA O DE UN
    ESTABLECIMIENTO DE BENEFICENCIA. ART. 190 CÓDIGO
    PENAL

42
EJEMPLO DE UN CASO PRÁCTICOPUMP DUMP
(MANIPULACIÓN)
SOCIEDAD DE ESTADOS UNIDOS PENNY STOCK
OBLIGACIÓN DE REVELAR TENENCIA ACCIONES CONTROLAD
ORES
INFORMA AL SEC SOBRE EMISIONES DE ACCIONES EN
PAGO A CONSULTORIAS
43
EJEMPLO DE UN CASO PRÁCTICOPUMP DUMP
(MANIPULACIÓN)
EMITE COMUNICADOS DE PRENSA CON
INFORMACIÓN ENGAÑOSA
CONSULTOR S.A. PANAMEÑA ABRE CUENTA DE
INVERSIÓN EN CASA DE VALORES PANAMÁ
INFORMACIÓN NO CREIBLE SIN LÓGICA
COMERCIAL NO VERIFICADA
44
EJEMPLO DE UN CASO PRÁCTICOPUMP DUMP
(MANIPULACIÓN)
USO DE TESTAFERRO PANAMEÑO
CONTRATO DE CONSULTORIA FALSO
VENTAS DE ACCIONES CON INFORMACIÓN FALSA Y
BLANQUEO DE DINERO EN BANCOS LOCALES
45
EJEMPLO DE UN CASO PRÁCTICOPUMP DUMP
(MANIPULACIÓN)
  • 10 DE FEBRERO DE 2006 UNITED STATES DICTRICT
    COURT (NORTHERN DISTRICT OF TEXAS)
  • FALLO PROHIBE A ACCIONISTA Y DIRECTOR DE LA
    EMPRESA DE ACTUAR COMO DIRECTOR O DIGNATARIO DE
    UNA COMPAÑÍA PÚBLICA O PARTICIPAR EN LA OFERTA DE
    ACCIONES POR 5 AÑOS
  • LE ORDENA PAGAR LA SUMA DE US840,000 MÁS
    INTERESES COMO PAGO POR LAS GANANCIAS OBTENIDAS
    ILEGALMENTE CON EL ESQUEMA DE MANIPULACIÓN.

46
CONCLUSIONES
  • EL MERCADO DE VALORES ES UNA PIEZA CADA VEZ MÁS
    IMPORTANTE DEL SISTEMA FINANCIERO PANAMEÑO
  • LA CNV REGULA Y SUPERVISA EL MERCADO DE VALORES
    PARA LO CUAL SE ENCUENTRA FACULTADA PARA DICTAR
    NORMAS DE CONDUCTA.
  • EN EL MERCADO DE VALORES HAY NORMAS DE CONDUCTA
    GENERALES PARA LOS INTERMEDIARIOS Y ESPECIALES EN
    MATERIA DE ALD/CFT
  • LAS NORMAS DE CONDUCTA TIENEN UN EFECTO
    PREVENTIVO, ASISTEN EN LA SUPERVISIÓN PERMANENTE
    DE LOS REGULADOS Y FACILITAN LAS INVESTIGACIONES
    DE POSIBLES VIOLACIONES A LA NORMATIVA

47
CONCLUSIONES
  • EN MATERIA DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE ALD/CFT
    EN MERCADO DE VALORES PANAMEÑO SE HA AVANZADO
    SUSTANCIALMENTE EN LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS COMO LO
    REFLEJAN LAS EVALUACIONES INTERNACIONALES.
  • EXISTEN ACTIVIDADES TALES COMO EL USO INDEBIDO DE
    INFORMACIÓN PRIVILEGIADA (INSIDER TRADING) Y LA
    MANIPULACIÓN QUE REQUIEREN SER CONSDIERADOS
    DELITOS QUE DAN LUGAR A BLANQUEO DE CAPITALES AL
    TENOR DE ARTÍCULO 389 DEL CÓDIGO PENAL PANAMEÑO.
  • ESTAS ACTIVIDADES SON COMPLEJAS Y POCO CONOCIDAS.
    TIENEN COMPONENTE INTERNACIONAL QUE REQUIERE DE
    MUCHA COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y ENTRE
    PAISES.

48
COMISIÓN NACIONAL DE VALORESWWW.CONAVAL.GOB.PATE
LÉFONO 501-1700 FAX501-1709 APARTADO POSTAL
0832-2281 WTC PANAMA, REP. DE PANAMA
DIRECCIÓN AVENIDA BALBOA, EDIFICIO BAY MALL,
2DO. PISO
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