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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL

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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL MUNICIPIOS: Ley Org. N 18.695 a) Son Corporaciones aut nomas de Derecho P blico, con personalidad jur dica y ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL


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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL
  • MUNICIPIOS Ley Org. Nº 18.695
  • a) Son Corporaciones autónomas de Derecho
    Público, con personalidad jurídica y patrimonio
    propio.
  • b) Como funciones privativas de Municipios dentro
    de su territorio está La promoción del
    desarrollo comunitario (art.3º) y pueden
    directamente o con otros órganos del
    Administración del Estado, realizar funciones
    referidas a La educación y la cultura (art.4º)
  • c) Según la Ley Orgánica de Municipalidades, no
    están obligados a crear Departamento de Cultura.
    No están obligados a otorgar un determinado
    porcentaje de presupuesto municipal a cultura.

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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL
  • MUNICIPIOS Ley Org. Nº 18.695
  • d) Pueden otorgar subvenciones y aportes para
    fines específicos a personas jurídicas privadas o
    públicas, sin fines de lucro, para colaborar en
    cumplimiento de sus funciones (entre otras
    cultura)Art. 5º.(Estas subvenciones en conjunto
    no pueden exceder de un 7 Presupuesto
    Municipal.)FONDEVE.

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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL
  • CORPORACIONES O FUNDACIONES CULTURALES
    MUNICIPALES
  • Uno o más municipios pueden constituir o
    participar en una Corporación o Fundación, sin
    fines de lucro, de derecho privado, destinadas a
    la promoción y difusión cultural (art. 127).
  • Participación debe ser aprobada por el Concejo M.
    Pueden recibir aportes de municipios que forman
    parte de ella.
  • Tienen fiscalización de Contraloría General de la
    Rep.
  • Deben rendir semestralmente cuenta a municipios
    socios.

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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL
  • GOBIERNOS REGIONALESLa administración superior
    de cada región radicará en un gobierno regional
    que tendrá por objeto el desarrollo social,
    cultural y económico de la región Art. 100
    Constitución Política de la R. deChile.
  • El Gobierno Regional estará constituído por el
    Intendente y el Consejo Regional.
  • Para el ejercicio de sus funciones, el Gobierno
    Regional gozará de personalidad jurídica de
    derecho público y tendrá patrimonio propio.
  • Intendente preside Consejo Regional.

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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL
  • Consejo Regional cuerpo normativo,resolutivo y
    fiscalizador.
  • Aprueba planes de desarrollo regional y proyecto
    de presupuesto del gobierno regional , ajustados
    a política nacional de desarrollo y Presupuesto
    de la Nación
  • Resuelve inversión de FNDR, según propuesta de
    Intendente.

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INSTITUCIONALIDAD CULTURAL REGIONAL Y LOCAL
  • Ley 19.175 Orgánica de Gobiernos Regionales,
    Decreto Supremo 295 aprueba texto refundido.
  • GOBIERNO INTERIOR Corresponde a Intendente.
  • Administración Superior de Región Gobierno
    Regional, integrado por Intendente y Consejo
    Regional que tiene por objeto el desarrollo
    social, cultural y económico de ella.(art.13º).
  • Art. 19 º letra f) corresponderá al Gobierno
    Regional Fomentar las expresiones culturales,
    cautelar el patrimonio histórico, artístico y
    cultural de la región, incluidos los monumentos
    nacionales, y velar por la protección y el
    desarrollo de las etnias originarias.

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FNDR
  • El Fondo Nacional de Desarrollo Regional es un
    programa de inversiones públicas, con finalidades
    de compensación territorial.
  • Está destinado al financiamiento de acciones en
    los distintos ámbitos de infraestructura social y
    económica de la región.
  • Está constituido por un porcentaje del monto
    total de gastos en inversiones públicas que
    establezca Ley de Presupuesto.
  • Proyectos de inversión, programas y estudios
    deberán tener evaluación técnico -económica
    favorable de MIDEPLAN o SERPLAC.

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POSTULACION
  • Período Marzo a Abril (para el año siguiente).
  • Quiénes organismos públicos municipios,
    servicios públicos, Secretarías Regionales
    Ministeriales, Direcciones Regionales, etc.
  • Excepciones mecanismos para cultura
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