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Teor a de la Separaci n de los poderes PRESENTADO POR: LICDO. OMAR A. TREJOS A. Teor a de la Separaci n de los poderes La separaci n de poderes o divisi n de ... – PowerPoint PPT presentation

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1
Teoría de la Separación de los poderes
  • PRESENTADO POR
  • LICDO. OMAR A. TREJOS A.

2
Teoría de la Separación de los poderes
  • La separación de poderes o división de poderes
    (en latín trias política) es una ordenación y
    distribución de las funciones del Estado, en la
    cual la titularidad de cada una de ellas es
    confiada a un órgano u organismo público
    distinto. Junto a la consagración constitucional
    de los derechos fundamentales, es uno de los
    principios que caracterizan el Estado de Derecho
    moderno.

3
  • Adopción
  • Los principios ilustrados fueron adoptados por
    las corrientes del liberalismo político.
    Conjuntamente con el respeto a los derechos
    fundamentales de las personas, la división o
    separación de poderes se convierte en elemento
    fundamental de lo que se dio en llamar Estado
    Liberal y que, a la vez, configura el elemento
    base del Constitucionalismo Moderno.

4
Órgano Ejecutivo El poder ejecutivo
es una de las tres facultades y funciones
primordiales del Estado (junto con la legislativa
y la judicial) consiste en dictar y hacer cumplir
las leyes que suele aprobar el gobierno o el
propio jefe del Estado. En la ciencia política y
el derecho constitucional, el ejecutivo es la
rama de gobierno responsable de la gestión diaria
del Estado. En muchos países, se utiliza la
palabra gobierno para referirse al poder
ejecutivo, pero este uso puede resultar confuso
en un contexto internacional. Según la doctrina
de la separación de poderes, redactar las leyes
es tarea del poder legislativo, interpretarlas y
normatizarlas es tarea del poder ejecutivo, y
hacerlas cumplir es tarea del poder judicial.

5
  • CAPITULO 2º
  • Los Ministros de Estado
  • Artículo 194- Los Ministros de Estado son los
    Jefes de sus respectivos ramos y participan con
    el Presidente de la República en el ejercicio de
    sus funciones, de acuerdo con esta Constitución y
    la Ley.
  • Artículo 195- La distribución de los negocios
    entre los Ministros de Estado se efectuará de
    conformidad con la Ley, según sus afinidades.

6
  • CAPITULO 3º
  • EL CONSEJO DE GABINETE
  •  
  • Artículo 199- El Consejo de Gabinete es la
    reunión del Presidente de la República, quien lo
    presidirá, o del encargado de la Presidencia, con
    el Vicepresidente de la República y los Ministros
    de Estado.

7
  • Órgano Legislativo
  • Está constituido por una corporación denominada
    Asamblea Nacional (anteriormente llamada Asamblea
    Legislativa) y tiene como actividad principal la
    expedición de leyes.
  • La Asamblea Nacional estará conformada por los
    Diputados (anteriormente llamados legisladores),
    escogidos mediante postulación partidista y
    votación popular directa para ocupar el cargo por
    un período de 5 años (Título V, Capítulo 1,
    Constitución Política de la República de Panamá.)

8
  • ORGANO JUDICIAL
  •  
  • El Poder Judicial es aquel poder del Estado que,
    de conformidad al ordenamiento jurídico, es el
    encargado de administrar justicia en la sociedad,
    mediante la aplicación de las normas jurídicas,
    en la resolución de conflictos.

9
  • CAPITULO 2º
  • EL MINISTERIO PÚBLICO
  •  
  • ARTICULO 219. El Ministerio Público será ejercido
    por el Procurador General de la Nación, el
    Procurador de la Administración, los Fiscales y
    Personeros y por los demás funcionarios que
    establezca la Ley. Los agentes del Ministerio
    Público podrán ejercer por delegación, conforme
    lo determine la Ley, las funciones del Procurador
    General de la Nación.
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