Title: Aspectos Pr
1Aspectos Prácticos de la implementación de la Ley
de Apelación de la Sentencia en materia Penal
Juvenil en Costa Rica
2COMPETENCIA ACTUAL TSPJArt. 30 LJPJ
- Resolver las excusas y recusaciones que se
presenten por la aplicación de esta ley - Controlar el cumplimiento de los plazos fijados
por la presente ley - Conocer las apelaciones procedentes que se
interpongan dentro del proceso penal juvenil - Resolver los conflictos de competencia que se
presenten entre los Juzgados Penales Juveniles - Las demás funciones que esta u otras leyes le
asignen
3COMPETENCIA ADICIONAL QUE SE AÑADE A LAS
ANTERIORES TSPJModificación del Art. 30 LJPJ
- d) Conocer del recurso de apelación de la
sentencia penal juvenil y contra las fijaciones
ulteriores de la pena
4APELACIONESDerivadas de la LJPJante el
TSPJ(art. 112)
- Conflictos de competencia
- Autos que ordenen restricción provisional a un
derecho fundamental - Resoluciones que ordenen o revoquen la suspensión
del proceso a prueba - Las que terminen el proceso en contravenciones
- Las que modifiquen o sustituyan cualquier sanción
en ejecución, si se trata de contravenciones - Las que causen gravamen irreparable
5APELACIONESDerivadas de la LESPJante el
TSPJ(art. 20)
- Las que resuelvan incidentes de ejecución
- Las que aprueben o rechacen el plan individual de
ejecución - Las que resuelvan, en fase de ejecución,
modificaciones al cómputo de la sanción - Las que constituyan ulterior fijación de pena
- Las que ordenen un cese de sanción
- Cualesquiera otras que causen gravámenes
irreparables
6APELACIONESDerivadas de la LESPJante el
TSPJ(art. 20)
- El recurso de casación procede ante el Tribunal
de Casación Penal, solo contra las resoluciones
que constituyan ulteriores modificaciones a la
pena...
7 RECURSOS DE CASACIÓN Y REVISIÓN
- Anteriormente ante el Tribunal de Casación Penal
- A partir de la entrada en vigencia de la nueva
ley ante la Sala III
8 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- No crea en igualdad a lo dispuesto para le
materia Penal de Adultos un Tribunal de Apelación
de la Sentencia con las mismas competencias que
el de adultos, sino que recarga las competencias
del actual Tribunal Superior Penal Juvenil.
9 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- Además de seguir conociendo lo interlocutorio a
nivel nacional en el campo Penal Juvenil en CR,
el actual Tribunal Superior Penal Juvenil, al
convertirse en Tribunal de Apelación de la
Sentencia Penal Juvenil asumiría el recargo de
las Apelaciones de las Sentencias de todo el país
en materia Penal Juvenil, además de las
Apelaciones de la Fase de Ejecución PJ
10 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- Esto provocaría indudablemente la inhibitoria y/o
recusación de los jueces que ya hubieren conocido
asuntos interlocutorios, los cuales no podrían
conocer de la Apelación de la Sentencia Penal
Juvenil
11 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- Además provocaría la necesaria creación de por lo
menos otra Sección más que coadyudara con la
labor del TSPJ y con la que actualmente realiza
colaborando con el Tribunal de Juicio de
Adultos del II Circuito Judicial de San José
12 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- El transitorio I y el III parecieran
contradictorios en cuanto al momento de entrada
en vigencia de la ley, lo cual podría plantear
problemas prácticos por ejemplo en relación con
los reos presos, etc.
13 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- El transitorio II obligaría a la realización de
un estudio técnico que proyecte la necesidad de
recursos de previo a la recepción de los nuevos
expedientes, pero el TAPJ requeriría de por los
menos otra sección, y de 1 Juez tramitador
especializados, 2 auxiliares más, equipo, etc.,
para dar cumplimiento al mandato de ley
14 PREOCUPACIONES PRÁCTICAS en relación a la
entrada en vigencia de la Ley de Apelación de la
Sentencia en el campo Penal Juvenil en CR
- El plazo de resolución de los asuntos penales
juveniles se extiende sin que se haya modificado
en absoluto el plazo de la Detención Provisional
15Muchas Gracias por su atención!