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Concepto de maquiladora:El t

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Title: Concepto de maquiladora:El t rmino maquila se origina en Arabia y significa medidas de capacidad, posteriormente se traslada a Espa a con los propietarios de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Concepto de maquiladora:El t


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UNIVERSIDAD DE MATAMOROS Octubre,24 2007
Tema REGIMEN FISCAL DE LA INDUSTRIA MAQUILADORA
SEMANA DE TOPICOS FISCALES EXPOSITOR C.P.C.
Mario Alberto Mata Gallardo
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A N T E C E D E N T E S
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ANTECEDENTES En 1964 despues de 22 años de
operación se cancelo el programa Braceros entre
Mexico y EUA, lo cual provoco el desempleo de
miles de trabajadores, para atender este problema
y darle solucion, se establecio el programa de
industrializacion de la frontera que
consideraba,como aspecto central, la instalacion
de empresas maquiladoras que emplearian mano de
obra nacional para realizar procesos de ensamble
y transformacion de productos importados. En 1966
se establecio la primer maquiladora en ciudad
juarez chihuahua y con ello se manifesto nuestra
necesidad de globalizarnos e internacionalizarnos
aprovechando la ventaja natural de la cercania
con el mercado mas consumidor del mundo, los
Estados Unidos
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CONCEPTO DE MAQUILADORA
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  • Que es una maquiladora?
  • Unidad economica que cuenta con un programa de
    maquila autorizado por la secretaria de economia
    y que desarrolla una actividad productiva en base
    a importaciones temporales y que exporta directa
    o indirectamente su producto o productos
    terminados, manufacturados con los insumos
    extranjeros importados.
  • La maquiladora es la planta que ejecuta, para su
    matriz o afiliada en el extranjero, una o varias
    de las operaciones de la fabricacion de un
    producto, inclusive la terminacion del mismo
    hasta el proceso de empaque y distribucion final.

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ASPECTOS DE COMERCIO EXTERIOR
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  • PROGRAMAS DE FOMENTO A LA EXPORTACION
  • Estan orientados a promover la
    productividad y la calidad de lo procesos que
    elevan la competitividad de las empresas y que
    permiten su incorporacion adecuada al mercado
    mundial. Lo anterior con base en la reduccion de
    cargas arancelarias en la exportacion y la
    simplificacion de tramites administrativos por
    parte del gobierno federal.
  • Estos programas los administra la
    Direccion General de Servicios al Comercio
    Exterior de la SE, y son los siguientes
  • ALTEX
  • IMMEX ( Antes Pitex y Maquiladora)
  • ECEX
  • DRAW BACK
  • PROSEC
  • REGLA OCTAVA

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1-Controladora de empresas
2-Industrial
MODALIDADES DE IMMEX
3-Servicios
4-Albergue
5-Terciarizacion
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  • PARA LA OBTENCION DEL PROGRAMA IMMEX art. 11
  • I. ESPECIFICAR JUNTO CON LA SOLICITUD ANTE LA
    SECRETARIA EN LOS FORMATOS
  • Datos de la empresa
  • Tratandose de Materia Prima. La descripcion del
    proceso productivo, oservicio incluyendo
    capacidad instalada y el porcentaje de esa
    capacidad efectivamente utilizada
  • La fraccion arancelaria de las mercancias
    importadas hasta por 18 meses(materia prima,
    partes y componentes) y la del producto final a
    exportar.
  • Descripcion comercial del capital fijo y
    contenedores a importar temporalmente
  • Sector productivo
  • Compromiso de realizar ventas anuales al exterior
    superiores a 500,000 dolares, o realizar
    exportaciones por un minimo del 10 de su
    facturacion total.
  • Informacion adicional que establezca el formato.

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  • II. SE ANEXARA
  • Copia certificada del acta constitutiva y sus
    modificaciones
  • Documento que acredite la pesesion,arrendamiento
    o comodato del inmueble por un minimo de 1 año
  • Contrato de maquila
  • Informacion adicional que se establezca en el
    fomato.
  • III. SE DEBERA CONTAR CON
  • Firma Electronica Avanzada
  • RFC activo
  • Domicilio fiscal registrado y activado

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  • OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS CON PROGRAMA DE
    MAQUILA
  • Art.24
  • Realizar exportaciones superiores a 500,000
    dolares, facturar exportaciones cuando menos el
    10 de su facturacion total.
  • Destinar las mercancias importadas temporalmente
    al amparo de su programa a los fines que les
    fueron autorizados.
  • Retornar las mercancias en los plazos que
    corresponda conforme a lo establecido en la ley
  • Mantener las mercancias que se hubieren importado
    temporalmente en el o los domicilios registrados
    en el programa
  • Etc, etc,

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Art. 25 .- REPORTE ANUAL E INEGI Presentar un
reporte anual de forma electronica a la SE,
respecto del total de las ventas y de las
exportaciones, correspondientes al ejercicio
fiscal inmediato anterior, a mas tardar el ultimo
dia habil del mes de mayo, conforme lo establezca
la SE mediante acuerdo. Adicionalmente presentar
informacion que requiera el INEGI para su
integracion al sistema nacional estadistico, asi
como aquella que requiera la administracion
publica federal o el Banco de Mexico.
Art. 26.-INFORMES Y DOCUMENTACION EXTRA Las
empresas con programa deberan proporcionar a la
SE Y al SAT la informaicion que les soliciten y
que este relacionada con el programa autorizado.
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  • Art. 27 ES CAUSAL DE CANCELACION DEL PROGRAMA, EL
    QUE LA EMPRESA SE UBIQUE EN CUALQUIERA DE LOS
    SIGUIENTES SUPUESTOS
  • Incumplimiento de alguna de las obligaciones
    previstas en el presente decreto.
  • Presente aviso de suspension o cancelacion de
    RFC o no hubire presentado la declaracion anual
    de impuestos federales.
  • No realice operaciones de comercio exterior en
    los ultimos 12 meses
  • No sea localizada en su domicilio fiscal o que
    esten en el supuesto de no localizados o
    inexistentes

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Art. 29 La secretaria anualmente debera
verificar que las empresas con programa cumplen
con lo previsto en el articulo 11 fraccion III
del presente decreto. 1- FEA 2- RFC ACTIVO 3-
Domicilio fiscal registrado y activado
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ASPECTOS FISCALES
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MAQUILADORA INDUSTRIAL Usualmente se instala
atraves de una subsidaria para lo cual se
requiere la formacion de una entidad legal en
Mexico que pueda arrendar o invertir en
propiedades y equipo. Lo anterior implica un
compromiso de administracion y un conocimiento
del cumplimiento con leyes y reglamentos
mexicanos. A los tecnicos y administradores
extranjeros inmediatamente se les concede permiso
para trabajar(FM3).
Maquiladora Industrial
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OPERACIÓN TRADICIONAL DE MAQUILA La entidad
mexicana importa en forma temporal la materia
prima necesaria para su actividad, la cual es
retornada al extranjero incorporada en los bienes
manufacturados que son exportados. MAQUILADORAS
CON VENTAS DIRECTAS EN EL MERCADO NACIONAL Son
aquellas que enajenan directamente en el mercado
nacional, parte de los productos que ensambla. La
maquiladora debera separar claramente los
ingresos y las deducciones que corresponden a la
mera actividad de maquila de aquellos que
correspondan a la venta de los productos
terminados destinados al mercado nacional.
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OPERACIÓN TRADICIONAL DE MAQUILA Aspectos
fiscales.- Por el servicio de ensamblaje que
proporciona a una parte relacionada extranjera (
su casa matriz) la maquiladora esta obligada en
los terminos del articulo 215 de LISR a
determinar sus ingresos acumulables y deducciones
autorizadas considerando para esas operaciones
los precios y montos de contraprestaciones que
hubieran utilizado con o entre partes
independientes en operaciones comparables.
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  • A este respecto, el articulo 216 bis de la ley,
    señala que se considera que las maquiladoras
    cumplen con lo antes dispuesto si se apegan a
    cualquiera de las siguientes opciones
  • ESTUDIO DE PRECIO DE TRANSFERENCIAS
  • Obtenga y conserven documentacion que demuestre
    que sus operaciones corresponden a valores de
    mercado, obligacion que en la mayoria de los
    casos, se subsana por la maquiladora obteniendo
    de los especialistas, un estudio de precio de
    transferencia o
  • SAFE HARBOR. Obtenga una utilidad fiscal de al
    menos el importe mayor que resulte de aplicar
  • El 6.9 sobre el valor de activos utilizados en
    la actividad de maquila, considerando no solo
    aquellos propiedad de la maquiladora si no
    inclusive la materia prima y maquinaria propiedad
    de la casa matriz y que fueron importados en
    forma temporal y
  • EL 6.5 sobre el total de los costos y gastos
    incurridos en la actividad de maquila

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Sastifechos los requisitos anteriores y en los
terminos de lo dispuesto por el articulo 2
penultimo parrafo de la LISR, se considera que la
maquiladora no constituye un establecimiento
permanente en Mexico de la casa matriz
extranjera, siempre y cuando dicha casa matriz
resida para efectos fiscales en un pais con el
que se haya celebrado un tratado para evitar la
doble imposicion y se cumplan los requisitos de
dicho tratado para que se considere que el
residente en el extranjero no tiene
establecimento permanente en nuestro pais. Es
destacar, que como un impulso a la industria,
ante la competencia que representa otras naciones
que buscan al igual que Mexico, la inversion
extranjera directa, las maquiladoras que cumplan
con los requisitos antes señalados, gozan
actualmente de una exencion parcial en el pago
del ISR corporativo, según decreto presidencial
publicado en el D.O.F. El 30 de Octubre de 2003.
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CASO PRACTICO
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