PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO - PowerPoint PPT Presentation

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO Materiales Formales Pilar Bonet / 2006 Valor normativo de la Constituci n CE = valor normativo inmediato y directo ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO


1
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO
FINANCIERO
  • Materiales
  • Formales

Pilar Bonet / 2006
2
Valor normativo de la Constitución
  • CE valor normativo inmediato y directo (norma
    suprema y parte del ordtº.) / 9 CE y 5.1 LOPJ
  • Aplicabilidad directa por los Tribunales
  • Eficacia derogatoria
  • Jurisprudencia del TC interpretación auténtica
    de la CE, vincula a jueces y legislador
  • Recurso de inconstitucionalidad
    monopolio
  • Cuestión de inconstitucionalidad de rechazo /
    Ley
  • Tribunales ordinarios ? decretos ( positivo
    leyes)

3
Principios financieros en la CE
  • 31.1 CE Todos contribuirán al sostenimiento de
    los GP de acuerdo con su capacidad económica,
    mediante un sistema tributario justo, inspirado
    en los principios de igualdad y progresividad,
    que en ningún caso tendrá alcance confiscatorio.
  • 2 El gasto público realizará una asignación
    equitativa de los recursos públicos, y su
    programación y ejecución responderán a los
    criterios de eficiencia y economía.
  • 3. Solo podrán establecerse prestaciones
    personales o patrimoniales de carácter público
    con arreglo a la Ley.

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Principios financieros CE. Tipos
  • Tributarios
  • Materiales
  • Generalidad
  • Igualdad
  • Progresividad (y no confiscación)
  • Capacidad económica
  • Formales
  • Reserva de ley
  • En el gasto público
  • Asignación
  • Equidad
  • Programación y ejecución
  • Eficiencia
  • Economía

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Principio de generalidad
  • Todos españoles y extranjeros, PF y PJ,
    residentes y no residentes ? 1º de
    territorialidad
  • Vincula al legislador ? definición de HI
    indicativos de capacidad eco.
  • Informa el ordenamiento tributario ? prohibición
    de exenciones y beneficios discriminatorios
  • trato desigual de situaciones iguales
  • desigualdad carente de justificación objetiva y
    razonable, o desproporcionada

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Principio de generalidad (2)
  • Exenciones admisibles ? otros fines protegidos
    constitucionalmente (principios rectores de la
    política social y económica, 39-52 CE)
  • finalidad extrafiscal del ST
  • T instrumento de política económica
  • 2.1 LGT SSTC 37/1987, 197/1992, 186/1993,
    179/2006
  • Interpretación conjunta de los principios 31.1 CE
    (SSTC 27/1981, 193/2004, 10/2005)
  • Extensión al ámbito territorial (CCAA)
    solidaridad

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Principio de igualdad
  • Valor superior y principio gral. del ordtº jco.(1
    CE)
  • 14 CE ? igualdad formal (subjetiva)
  • 9.2 CE ? igualdad material (objetiva)
  • 31.1 CE ? igualdad tributaria
  • Desigual protección jurisdiccional
  • Recurso de amparo (arts. 14 a 29 y 30.2 CE)
  • Recurso de inconstitucionalidad
  • 14 CE no permite la discriminación por
    indiferenciación (SSTC 137/1998, 84/1999)

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Principio de igualdad. Contenido
  • Igualdad ante la ley
  • Supuestos iguales ? consecuencias iguales
  • Sólo se prohíben las desigualdades arbitrarias (
    carentes de justificación)
  • Razonabilidad
  • Proporcionalidad
  • Igualdad en la aplicación de la ley
  • Apartamiento arbitrario de decisiones precedentes
  • Principio de normalidad

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Principio de igualdad tributaria
  • SSTC 27/81, 8/86, 134/96, 46/00, 225/04, 10/05
  • Respeto al 1º de capacidad económica
  • Prohibición de desigualdades discriminatorias
  • Igualdad en la ley y en la aplicación de la ley
  • Igualdad real, no sólo formal (9.2 CE)
  • Conexión con los demás principios tributarios
    (capacidad económica y progresividad)
  • Conexión con la igualdad en el gasto público
  • Compatible con autonomía y suficiencia CCAA/EELL

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Principio de progresividad
  • Manera de ser del sistema T (M. DELGADO)
  • Fines distintos ? redistribución de la renta
    (40.1 CE)
  • Límite no confiscatoriedad (31.1 CE)
  • Reconocimiento del derecho de propiedad (LASARTE
    ALVAREZ)
  • Privación de rentas y propiedades (SSTC 27/1981,
    37/1987, 150/1990, 186/1993, 14/1998)
  • No agotar la riqueza imponible (SSTC 14/1998,
    233/1999)
  • Obliga a gravar riqueza real o potencial (
    capacidad económica)

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Principio de capacidad económica
  • Principio material por excelencia (31.1 CE, 3.1
    LGT
  • Concepción tradicional
  • Proyección exclusiva en el ámbito tributario
  • Presupuesto y límite de la imposición ? HI
    índices de riqueza real o potencial (directos,
    indirectos). SSTC 37/1987, 194/2000, 193/2004
  • Prohíbe gravar riqueza aparente o inexistente
    (SSTC 126/1987, 45/1989, 221/1992, 194/2000)
  • Principio de normalidad (GIARDINA)
  • Excepciones exenciones o bonificaciones
  • Exención del mínimo vital (MARTÍN DELGADO)

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Principio de capacidad eco. (2)
  • Concepción actual ( amplia)
  • Relación con otros principios tributarios
    (igualdad, capacidad, progresividad)
  • Predicable de todo el ordenamiento tributario ?
    deber de contribuir elemento esencial (SSTC
    27/1981, 37/1987, 150/1990, 221/1992, 134/1996,
    182/1997, 108/2004)
  • Relación con los principios de justicia en el
    gasto público
  • Proyección en el ámbito territorial (CCAA, EELL)

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Principios en el gasto público
  • Novedad de la CE/1998
  • Principio de equidad en la asignación del GP
  • Elección de fines a cubrir
  • Importancia de los principios rectores de la
    política social y económica (39-52 CE)
  • Eficiencia y economía en la programación y
    ejecución
  • Procedimientos de gestión (eficacia)
  • Eficacia cede ante igualdad (STC 20/1985)

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Principio de reserva de ley
  • Importancia de Ley como fuente del Derecho
  • Predicable de todo el ordenamiento financiero
  • Tributos, deuda pública, patrimonio, monopolios
  • Conexión con otros principios constitucionales
  • Jerarquía normativa
  • Seguridad jurídica
  • Ámbito tributario 31.3 y 133 CE 8 LGT
  • Finalidad
  • Respeto al 1º de autoimposición
  • Garantía del derecho de propiedad
  • Vehículo de la igualdad ante la ley (PÉREZ ROYO)

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Principio de reserva de ley (2)
  • Caracteres constitucional / Límite al poder
    legislativo y al ejecutivo (control judicial)
  • Alcance relativo (TC)
  • Establecimiento de tributos ( definición de sus
    elementos esenciales HI, SP, cuantificación). 8
    LGT
  • Beneficios fiscales en tributos estatales (133
    CE)
  • Mayor intervención del Rgltº en PPP (cuantías)
  • SSTC 37/1987, 182/1997, 233/1999, 102/2005
  • Afecta a los Parlamentos de CCAA.
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