Title:
1CORRESPONSABILIDAD EN LA REPRODUCCION SOCIAL Y
DERECHOS ASOCIADOS
- DIPLOMADO
- FORTALECIMIENTO SINDICAL
- DIRIGENTES/AS SECTORES COMERCIO Y SERVICIOS
- FACSO-FUNDACION SOL- MINISTERIO DEL TRABAJO
- María Ester Feres N
- Directora CRL
- FACEA/UCEN
- 24 DE OCTUBRE DE 2012.
2UN ANÁLISIS CONCEPTUAL DESDE LA PROBLEMÁTICA
CULTURAL E INSTITUCIONAL DE TRABAJADORAS Y
TRABAJADORES
3ROLES Y ESTEREOTIPOS
- Estereotipos, prescripciones y normas sobre roles
de hombres y mujeres gran arraigo en conciencia
individual y colectiva. - Hombre proveedor, mujer madre y cuidadora
- Adscripción estrictamente diferenciada de
espacios lo público y lo privado, según sexo. - Reproducción social sólo problemas de mujeres.
4ROLES Y ESTEREOTIPOS
- Perpetuación de normas y estereotipos hace que
hombre y mujeres internalicen como legítimo el
sistema actual de desigualdades en las diferentes
esferas, - lo que contribuye a que el orden de género, tal
como se observa, es natural o esencial. - Por tanto, el proceso de cambiar, modificar y
evolucionar estas () es sumamente lento.
5ROLES Y ESTEREOTIPOS
- Normas y expectativas no son fijas
- responden a incentivos existentes y a los
contextos sociolaborales. - Importancia de
- Diseño e implementación de mejores políticas y
programas (también sindicales) - Rol fundamental de políticas públicas estatales
(también, sociales y laborales) que promuevan la
equidad de género
6CORRESPONSABILIDAD SOCIAL
- Definición de corresponsabilidad
- Esfuerzo mancomunado entre hombres y mujeres así
como también entre familias, Estado, mercado y
sociedad, para asumir las responsabilidades
derivadas de la reproducción y de la economía del
cuidado.
7Corresponsabilidad y Conciliación?
- Conciliación de Roles
- Trabajo y Familia?
- Igualdad entre hombres y mujeres, tanto en la
esfera privada como en la esfera pública y
laboral? - Según la OIT
- Diferenciar entre conciliación y
corresponsabilidad no es un capricho lingüístico,
implica un cambio de mentalidad. - Hablar sólo de conciliación reafirma los dobles
roles de las mujeres en el objetivo de
conciliarlos armónicamente. - La corresponsabilidad, y más aún la
corresponsabilidad social, es un concepto
bastante más amplio, en tanto hombres y mujeres,
sociedad, Estado y Mercado deben asumir,
compartiendo equitativamente, las
responsabilidades domésticas y laborales.
8Por qué la responsabilidad del Estado y de la
Sociedad?
- Deber de garantizar el principio de igualdad y el
derecho a la no discriminación, ambos
constitutivos de la democracia. - Reproducción social tasa demográfica y
envejecimiento de la población (Ejemplo de
impacto sistema de pensiones) - Dimensión económica
- De la reproducción de la fuerza de trabajo
- Del aporte de la economía del cuidado al
desarrollo económico nacional.
9MATERNIDAD Y /O PARENTALIDADQué sucede desde
la normativa laboral?
10NECESIDAD DE ELEMENTOS CONTEXTUALIZADORES
- Batería de políticas para eliminar
discriminaciones de género en el trabajo, desde - La promoción de responsabilidades familiares
compartidas - El romper segmentación ocupacional (horizontal y
vertical) - Garantizar la igualdad de remuneraciones por
trabajo de igual valor
11NECESIDAD DE ELEMENTOS CONTEXTUALIZADORES
- Batería de políticas para eliminar
discriminaciones de género en el trabajo, desde - Valoración social del trabajo femenino,
- mezclado con políticas de incentivos para la
procreación (países desarrollados). - Políticas y normas legales específicas para
conciliar responsabilidades laborales y
familiares tanto de hombre como de mujeres.
12MATERNIDAD Y DISCRIMINACIÓN
- La normativa se centra sólo o principalmente en
la madre como titular de derechos - No concibe la condición biológica de la mujer
acotada a su capacidad de procrear - No hacerlo, conduce a políticas equivocadas
reforzando obstáculos estructurales que impiden
avanzar en la paridad de género en los ámbitos
privado y público.
13MATERNIDAD Y DISCRIMINACIÓN
- La normativa se centra sólo o principalmente en
la madre como titular de derechos - No considera la reproducción social, en su
importancia ética y social, ni en una
sustentabilidad económico-social a largo plazo
(problemas demográficos). - Bienes jurídicos protegidos por las normas de
maternidad - Salud y vida de la embarazada y del feto
- Salud, vida y desarrollo del niño nacido vivo.
- Dictámenes DT asociados Pérdida del fuero e
irrenunciabilidad del post natal por
fallecimiento del menor durante, con ocasión o
después del parto. Tiempos de alimentación y
partos múltiples.
14MATERNIDAD Y DISCRIMINACIÓN
- Causas de discriminación
- Enfoques culturales y jurídicos que confunden la
procreación con las responsabilidades de la
sociedad en su conjunto y de ambos progenitores
en el desarrollo y cuidado de los hijos. - Complejidad de los cambios culturales exige una
visión sistémica, con múltiples y activas
políticas públicas así como de mensajes
comunicacionales claros, incluyendo los
fundamentos y contenidos de las reformas
legales.
15MATERNIDAD Y DISCRIMINACIÓN
- Causas de discriminación
- Lo anterior
- No implica limitar la libertad de elección de
las mujeres - Tampoco admite plantear soluciones que refuercen
cultura discriminatoria, por ej. - Políticas centradas en la conciliación de los
roles domésticos y de la economía del cuidado con
el trabajo remunerado de las mujeres o - Presionar a la baja los costos del trabajo de las
mujeres, disminuyendo niveles de protección,
condiciones de trabajo o afectando sus salarios - (ligándolos con la promoción del empleo femenino
o explicar la brecha salarial por los costos
directos e indirectos de la maternidad o de la
economía del cuidado) etc.
16MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL
- CUÁL ES ESTE MARCO?
- Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
- Pactos de Derechos Civiles y Políticos y de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1969) - Convención sobre la Eliminación de todas las
formas de Discriminación en contra de la Mujer
(1971) - Convenio OIT No. 111, 1958 sobre Discriminación
(Empleo y Ocupación) - Convenio OIT No. 100, 1951 sobre Igualdad de
Remuneraciones - Convenio OIT No. 156, 1981 sobre trabajadores/as
con responsabilidades familiares - TODOS VERSAN SOBRE DERECHOS HUMANOS Y SE
ENCUENTRAN RATIFICADOS POR EL GOBIERNO DE
CHILE. Discusión política pendiente Aplicación
directa de los Convenios (según el D
Internacional) o necesidad de homologación de la
legislación nacional?
17MARCO CONSTITUCIONAL
- Artículo 1 Bases de la Institucionalidad
(orienta la interpretación del conjunto de normas
constitucionales) las personas nacen libres e
iguales en dignidad y derechos () Es deber del
Estado resguardar () y asegurar el derecho de
las personas a participar con igualdad de
oportunidades en la vida nacional. - Artículo 19 N 1 El derecho a la vida y a la
integridad física y psíquica de la persona. La
ley protege la vida del que está por nacer. - Artículo 19 N 2 La igualdad ante la ley. En
Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En
Chile no hay esclavos y el que pise su territorio
queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante
la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán
establecer diferencias arbitrarias. - Se reconoce sólo la igualdad en y ante la ley
(condena las diferencias arbitrarias en su texto
y en su aplicación)
18MARCO CONSTITUCIONAL
- NECESIDAD DE CONTINUAR PERFECCIONANDO EL MARCO
JURÍDICO INTERNO, por ejemplo - SOBRE RESPONSABILIDAD SOCIAL COMPARTIDA EN LA
REPRODUCCIÓN - SOBRE IGUALDAD SUSTANTIVA O MATERIAL DE GÉNERO
(Igualdad en la aplicación en cuanto a los
efectos de la ley) - RECONOCIMIENTO EXPRESO DE LA DISCRIMINACIÓN
POSITIVA - MEJORAR LA LEY ANTIDISCRIMINACIÓN RECIEN
APROBADA, etc.
19REFLEXIONES SOBRE ALGUNAS DE LAS REFORMAS LEGALES
20CONTEXTO Y OBJETIVOS DECLARADOS
- CONTEXTO
- Creación del SERNAM (1991)
- Ratificación de los Convenios 156 y 103 de OIT
(1996) - Eliminación de normas sesudo-protectoras y
discriminatorias (EFECTO BOOMERANG), por ejemplo,
prohibición de trabajo en faenas subterráneas
(1992) - OBJETIVOS DECLARADOS
- Proteger maternidad conjuntamente con excluirla
como factor discriminatorio - Tímida política progresiva por compartir
responsabilidades (parentales) entre ambos padres - Todos los derechos son irrenunciables y no
compensables en dinero (si bien, en algunos casos
se utiliza la compensación como los bonos de sala
cuna, éstos no extinguen la posibilidad de
exigir el cumplimiento del derecho conforme a la
ley)
21OBSTACULOS CULTURALES
- OBSTÁCULOS CULTURALES
- Desconfianza de las propias mujeres (por ej.
permisos parentales para el cuidado del hijo/a
menor de un año) - Legítimo temor sindical a mayores desregulaciones
(flexibilización del pre y postnatal) - Aseveraciones incorrectas y extendidas sobre un
mayor costo de la contratación de mujeres - Baja utilización del sistema judicial para hacer
valer el derecho a la no discriminación (a pesar
de sus limitantes) - Existencia de un proceso progresivo, incesante y
continuo de reformas legales, sin un enfoque
explícito, integral e integrador inserto en un
necesario y nuevo proyecto de relaciones
laborales y de género (las carencias del modelo
socio-económico ralentizan la remoción de las
discriminaciones de género)
22BIEN, POR LA PROTECCION A LA MATERNIDAD
- Principales reformas legales
- Prohibición expresa de discriminar (1998)
- Prohíbe la exigencia de exámenes o certificados
de embarazo de parte del empleador para conocer
la falta o el estado de gravidez de una
trabajadora (sin tutela como DD.FF). - Prohíbe condicionar la contratación de
trabajadoras, su permanencia o renovación de
contrato o la promoción o movilidad en su empleo
a la ausencia o existencia de embarazo.
23BIEN, POR LA PROTECCION A LA MATERNIDAD
- Principales reformas legales
- Mejora de requisitos para acceso a licencias y
permisos, no obstante - Se mantiene el principio de legislar con el
objetivo de evitar un uso de mala fe de las
normas, más que la importancia del bien o derecho
a proteger legalmente. - Permanece el criterio de exigir densidad
previsional previa de la Ley Büchi - Habría que revisar su modificación, vistos los
antecedentes empíricos sobre discontinuidad de
trayectorias laborales de las mujeres su sobre
representación en contratos a tiempo y en
jornadas parciales, en formas precarias y
atípicas de empleo, la altísima rotación laboral,
etc.
24MODIFICACIONES AL FUERO
- ALGUNAS BUENAS, OTRAS NO TANTO
- Extensión del derecho a las trabajadoras de casa
particular (1998) - Atenuación del derecho para trabajadoras
embarazadas a plazo fijo y por obra o faena
determinada (1993) junto con el incremento de
tendencia judicial a otorgar el desafuero en
estos casos - Exclusión legal de las trabajadoras de servicios
transitorios (2006) - Incremento de las multas por violación al fuero
maternal (2001) - Extensión del derecho a fuero al padre en caso de
fallecimiento de la madre, durante o con ocasión
del parto (1993) en el parto y durante el
período posterior a éste (2000)
25FUEROS PARENTALES?
- SE DENOMINAN MODIFICACIONES AL FUERO MATERNAL
PORQUÉ? - Otorgamiento de fuero a mujeres y hombres
solteros o viudos que soliciten la adopción de un
menor, desde la fecha de la resolución judicial
que le confíe su cuidado personal, en conformidad
a la Ley de Adopción, o que le otorgue la tuición
conforme al Art. 24 inc. 3 de la misma ley
(1993) - Fuero de un mes para ambos padres trabajadores
por muerte de un hijo, o por fallecimiento del
cónyuge (para los/as trabajadores/as
contratados/as por tiempo determinado, el fuero
dura hasta el término del contrato si este fuese
menor)(2007) - Con las sucesivas modificaciones no
correspondería cambiar el nombre por fuero
parental, familiar u otro que no sólo
remitiera a la mujer madre?
26LEGISLACIÓN QUE REFUERZA ROL TRADICIONAL DE LA
MUJER TRABAJADORADONDE ESTAN LOS DERECHOS DEL
PADRE?
27EL REFORZAMIENTO DEL ROL TRADICIONAL DE LA MUJER
- EN TODOS LOS DERECHOS POSTPARTO LA TITULARIDAD ES
DE LA MUJER . - Denominación impropia Derechos Parentales
- Postnatal regular, postnatal ampliado, y
postnatal parental? - Licencias por cuidado de hijos (hasta un año y
por enfermedad de hijos menores de 18 años) - Característica, si la madre quiere, los cede al
padre.
28EL REFORZAMIENTO DEL ROL TRADICIONAL DE LA MUJER
- EXCEPCIONES
- Titularidad propia
- Permiso al padre natural y adoptivo por
nacimiento de un hijo - Titularidad derivada
- En caso de muerte o ausencia de la madre natural
29EL REFORZAMIENTO DEL ROL TRADICIONAL DE LA MUJER
- Y LOS DERECHOS DE ALIMENTACIÓN?
- Bien en caso de lactancia
- Mal, con el permiso de alimentación de dos años
- No sólo excluye arbitrariamente de un derecho
natural del padre, sino también incrementa costos
en la contratación de mujeres - Mal también, con las nuevas normas que extienden
el postnatal
30Y LA VISIÓN Y LAS PROPUESTAS SINDICALES?
- Qué PROPONE EL SINDICALISMO RESPECTO AL ACTUAL
DEBATE SOBRE MODIFICACIONES A LA NORMATIVA SOBRE
SALAS CUNAS? - EL DERECHO A SALA CUNA Y A JARDINES INFANTILES
SE CONCIBE COMO UN DERECHO DE LOS HIJOS E HIJAS
DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS? O - DEBE MANTENERSE COMO UN DERECHO LIGADO PRINCIPAL
O UNICAMENTE A LA MUJER TRABAJADORA?
31Y LA VISIÓN Y LAS PROPUESTAS SINDICALES?
- VAN A IMPONERSE PROPUESTAS DE CAMBIOS EN FUNCIÓN
O CON EL PRINCIPAL ARGUMENTO DE PROMOVER EL
EMPLEO FEMENINO? - O DE DARLE ACCESO AL DERECHO A LAS MADRES
TRABAJADORAS DE PEQUEÑAS EMPRESAS Y/O DEL SECTOR
INFORMAL? - o, se va a imponer la visión correcta de
concebirlo como un derecho de todos los hijos e
hijas de trabajadores y trabajadoras?
32CORRESPONSABILIDAD SOCIAL Y CONCILIACIÓN DE
ROLES ENTRE HOMBRES Y MUJERESY ENTRE VIDA
LABORAL Y FAMILIAR PARA QUE?
33EN POS DE UN OBJETIVO ESTRATÉGICO DEL
SINDICALISMO
- NO HAY DEMOCRACIA REAL
- SIN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO, PARA
TODAS LAS PERSONAS, DESDE LA CUNA HASTA SU
MUERTE - SIN DERECHOS DE CIUDADANÍA SOCIAL, INDIVIDUAL Y
COLECTIVA - SIN CANALES ESTRUCTURADOS Y FUIDOS DE
PARTICIPACIÓN SOCIAL - NI SIN LA GARANTIZACIÓN DE TODOS LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES, INCLUIDA LA IGUALDAD DE GÉNERO Y
LA LIBERTAD SINDICAL (CON TODOS SUS COMPETENTES
DE ORGANIZACIÓN, NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y HUELGA)
34EN POS DE UN OBJETIVO ESTRATÉGICO DEL
SINDICALISMO
- NO ES POSIBLE QUE SE FORTALEZCA AL ACTOR SOCIAL
SINDICAL - sin demandas ni propuestas (o sea, sin un
proyecto) que logre dar cuenta del conjunto de
las aspiraciones de la sociedad y en particular
del, cada vez mas heterogéneo- mundo del trabajo. - La correcta comprensión del concepto de
corresponsabilidad social en la reproducción de
la fuerza de trabajo es uno de los elementos
esenciales para avanzar en la construcción de una
sociedad mas igualitaria.
35MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION Y PARTICIPACION