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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO

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* * DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO CPEUM-Articulo 123 fracci n XIV Los empresarios ser n responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO


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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FEBRERO 2009

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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • ANTECEDENTES

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ANTECEDENTES
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • CPEUM-Articulo 123 fracción XIV
  • Los empresarios serán responsables de los
    accidentes del trabajo y de las enfermedades
    profesionales de los trabajadores, sufridas con
    motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo
    que ejecuten.
  • CPEUM-Articulo 123 fracción XV
  • El patrón estará obligado a observar, de acuerdo
    con la naturaleza de su negociación, los
    preceptos legales sobre higiene y seguridad en
    las instalaciones de su establecimiento, y a
    adoptar las medidas adecuadas para prevenir
    accidentes.
  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO
  • Artículos del 472 al 515
  • Regulan las obligaciones patronales para
  • Prevención de riesgos de trabajo
  • Implementación de medidas de seguridad e higiene.
  • Artículo 513
  • Tabla de enfermedades de trabajo
  • Artículo 514

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ANTECEDENTES
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 53
  • El patrón que haya asegurado a los
    trabajadores a su servicio contra riesgos de
    trabajo, quedará relevado en los términos que
    señala esta Ley, del cumplimiento de las
    obligaciones que sobre responsabilidad por esta
    clase de riesgos establece la Ley Federal del
    Trabajo.
  • LEY DEL SEGURO SOCIAL.- Artículo 72
  • Al inscribirse por primera vez en el
    Instituto o al cambiar de actividad, las empresas
    cubrirán, en la clase que les corresponda
    conforme al reglamento, la prima media. Una vez
    ubicada la empresa en la prima a pagar, los
    siguientes aumentos o disminuciones de la misma
    se harán conforme al párrafo primero de este
    artículo.
  • Artículo 73 Valores de la Prima Media.

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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • RIESGOS DE TRABAJO

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RIESGOS DE TRABAJO
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • RIESGOS DE TRABAJO
  • Incapacidad Temporal
  • Incapacidad permanente parcial
  • Valuada hasta un 25
  • Valuada entre 25 y 50
  • Valudada mas del 50
  • Incapacidad permanente total
  • Valuada más del 50 y hasta el 100
  • Muerte
  • Art. 58 LSS

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  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO

CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO CONSECUENCIAS POR RIESGOS DE TRABAJO
INCAPACIDAD TEMPORAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL MUERTE
  Valuación de Valuación de Valuación de Valuación de Valuación de  
Hasta 52 semanas Hasta 25 Entre 25 y 50 Mas de 50 Mas de 50 Mas de 50  
PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO PRESTACIONES EN DINERO
Subsidios al 100 hasta por 52 semanas. Indemnización global equivalente a 3 anualidades de la pensión Opcional Indemnización global y pensión mensual Pensión mensual calculada conforme a la tabla de valuaciones Pensión mensual definitiva 70 del SBC en que se estuviese cotizando Pensión mensual definitiva, calculado con el promedio del SBC de las 52 ultimas semanas. ( o las que tenga si es que no completa las 52 semanas) Pensión a beneficiarios y ayuda para gastos de funeral
Art. 58 Fracc. I LSS Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. III LSS, Art. 514 LFT Art. 58 Fracc. II y 159 Fracc IV LSS Art. 58 Fracc. II y 159 Fracc IV LSS Art. 64 LSS
Opcion de renta vitalicia o retiro programado Opcion de renta vitalicia o retiro programado
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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • PATRONES OBLIGADOS

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PATRONES OBLIGADOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • SUPUESTO GENERAL
  • La siniestralidad se obtendrá con base en
    los casos de riesgos de trabajo terminados
    durante el periodo comprendido entre el primero
    de enero y el treinta y uno de diciembre del año
    de que se trate, atendiendo para tal efecto a lo
    establecido en el artículo 72 de la Ley
  • Art. 32 RLSS Fracc. I

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PATRONES OBLIGADOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • NO ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACION
    ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • Los que hayan iniciado operaciones después del
    1o. de enero
  • Cuando el resultado sea una prima igual a la que
    venía utilizando
  • Alta y baja de actividades por más de seis meses
    en un mismo ejercicio
  • Sin trabajdores por más de seis meses y no haya
    presentado baja patronal
  • Art. 32 RLSS

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PATRONES OBLIGADOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • CASO ESPECIAL
  • Los patrones de menos de 10 trabajadores (y
    que hayan tenido un ejércicio completo)
  • Es opcional presentar la Declaración anual
  • O cubrir sus cuotas con la prima media de
    acuerdo a su clase.

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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • ASPECTOS ESPECIFICOS

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • REGISTRO DE SINIESTRALIDAD POR EL PATRON
  • Para que el patrón determine su prima deberá
    llevar un registro pormenorizado de su
    siniestralidad.desde el inicio de cada uno de los
    casos hasta su terminación, estableciendo y
    operando controles de documentación e información
    que él genere, así como de la que elabore el
    Instituto, esta última información será entregada
    al trabajador o a sus familiares para que la
    hagan llegar al patrón, con el fin de justificar
    sus ausencias al trabajo o al momento de
    reincorporarse al mismo.
  • El patrón estará obligado a recabar la
    documentación correspondiente del trabajador o
    sus familiares y si éstos omiten la entrega, el
    propio patrón deberá obtenerla del Instituto.
  • Art. 34 RLSS

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • DOCUMENTACION
  • La que corresponda a los riesgos de trabajo
    terminados y sus consecuencias
  • a) NSS
  • b) CURP
  • c) Nombre del asegurado
  • d) Recaida o revaluacion
  • e) Fecha del riesgo de trabajo
  • f) Tipo de riesgo

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • DOCUMENTACION
  • g) Días subsidiados por incacidad
  • temporal
  • h) Porcentaje de valuación por
  • incapacidad permanente parcial o
  • total
  • i) Defunción
  • j) Fecha del alta médica

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable S
  • Total de dias subsidiados a causa de una
  • incapacidad temporal
  • No se consideraran accidentes del trabajo al
    domicilio y viceversa
  • En éste renglón se incluiran, también, los días
    subsidiados por recaidas que sufrán los
    trabajadores.
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FÓRMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D)) (F/N)M
  • Variable V
  • Tiene un valor de 28 años, que es la
  • duración promedio de vida activa de un
  • individuo que no haya sido victima de un
  • accidente mortal o de un accidente.
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable 365
  • Son los días naturales del año.
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable I
  • Suma de los porcentajes de las
  • incapacidades permanentes, parciales
  • y totales, divididos entre 100.
  • Cuando por la evolución del padecimiento
  • se incremente el porcentaje de valuación
  • de una incapacidad permanente parcial
  • del trabajador se considera la suma de los
  • porcentajes de ambas
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS, Art. 514 LFT

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable D
  • Numero total de defunciones
  • originadas por accidentes y
  • enfermedades de trabajo.
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS, Art. 514 LFT

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable F
  • Factor de prima 2.3
  • Si tiene acreditación del la ST y PS anote
  • un factor de prima de 2.2
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS.

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable N
  • Numero de trabajadores promedio
  • expuestos al riesgo.
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS.

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • FORMULA
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Variable M
  • Prima mínima de riesgo
  • .005 Formula actuarial
  • Arts. 72 LSS y 35 al 39 RLSS.

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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • CASO PRACTICO

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CASO PRACTICO
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • DATOS BASICOS
  • Prima de riesgo actual 1.44587
  • El accidente esta valuado en la LFT Art.

RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS RELACION DE CASOS
NOMBRE TIPO DE INCAPACIDAD TIPO DE INCAPACIDAD FECHA DE INICIO FECHA TERMINACION DIAS SUBSIDIADOS DIAS PARA RT
Carlos Mario Pérez Robles Enfermedades de Trabajo   12/05/2007 30/05/2007 19 19
Raquéenle García Martínez Accidente de Trabajo   12/02/2007 17/03/2007 34 34
Arturo Sifuentes Lopez Accidente de Trabajo I.P.P. 22 13/07/2007 28/09/2007 78 78
Jesús Javier Estrada Ibarra Accidente de Trabajo   12/12/2007 NO TERMINA    
Gerardo Martín Cáceres Mondragón Accidente de Trayecto   05/08/2007 06/08/2007 2  
Maria de Guadalue Perez Perez Maternidad   04/10/2007 26/12/2007 84  
        SUMA 217 131
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CASO PRACTICO
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • DATOS PARA LA FORMULA

CONCEPTOS VARIABLES CIFRAS
Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal. S 131
Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100 I 0.22
Número de defunciones. D 0
Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo. N 650
Años promedio de vida activa V 28
Factor de prima F 2.3
Prima mínima de riesgo. M 0.005
Numero de dias naturales del año   365
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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • PRIMA (S/365)V( I D) (F/N)M
  • Ejemplo sin acreditación de la STyPS
  • PRIMA (131 / 365)28 ( 0.00 0 ) ( 2.3 /
    650 ) 0.005
  • PRIMA 0.00626996
  • PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE 00.62699
  • Ejemplo con acreditación de la STyPS
  • PRIMA (131 / 365)28 ( 0.00 0 ) ( 2.2/
    650 ) 0.005
  • PRIMA 0.006214752
  • PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE 00.62147

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ASPECTOS ESPECIFICOS
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • VIGENCIA DE LA PRIMA
  • Desde el 1 de marzo de 2009 y hasta el
  • ultimo día de febrero de 2010
  • FECHA DE PRESENTACION
  • En el mes de febrero.
  • Art. 32 RLSS

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DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • OTRAS CONSIDERACIONES

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OTRAS CONSIDERACIONES
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • SANCIONES
  • POR NO PRESENTAR LA DECLARACIÓN
  • Por presentarla extemporáneamente o con datos
  • falsos o incompletos.
  • Sanción 20 a 210 VSMG
  • OCULTAR RIESGOS DE TRABAJO
  • El patrón que oculte la realización de un
    accidente sufrido por alguno de sus trabajadores
    durante su trabajo o lo reporte indebidamente
    como accidente en trayecto, se hará acreedor a
    las sanciones que determine esta Ley y el
    reglamento respectivo.
  • Sanción 20 a 350 VSMG

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OTRAS CONSIDERACIONES
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • VERIFICACION POR PARTE DEL INSTITUTO
  • El Instituto verificará la información
    proporcionada por las empresas contra sus
    registros y si determina que la prima manifestada
    no es congruente con la obtenida por el propio
    Instituto, hará la rectificación correspondiente,
    la cual surtirá efectos a partir del primero de
    marzo del año posterior a que se refiere el
    cómputo, debiendo ser notificada al patrón
  • Arts. 32 Fracc. VI

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OTRAS CONSIDERACIONES
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • RECTIFICACION POR PARTE DEL INSTITUTO
  • El Instituto podrá rectificar o determinar la
    prima
  • de un patrón, mediante resolución, que se
  • notificará a éste o a su representante legal,
  • cuando
  • I. La prima manifestada por el patrón no esté
    determinada conforme a lo dispuesto en este
    Reglamento
  • II. El patrón en su declaración no manifieste su
    prima
  • III. El patrón no presente declaración alguna, y
  • IV. Exista escrito patronal manifestando
    desacuerdo con su prima y ésta sea procedente.
  • Arts. 33 RLSS

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OTRAS CONSIDERACIONES
  • DECLARACION ANUAL DE PRIMA DE RIESGO
  • ESCRITO DE DESACUERDO
  • El patrón podrá presentar el escrito a que
    se
  • refiere la fracción IV del artículo 33 de este
  • Reglamento, respecto de la resolución que
  • rectifique su clasificación, su prima o bien
  • determine esta última, dentro de los quince días
  • hábiles siguientes a la fecha en que surta
  • efectos la notificación respectiva, siempre y
  • cuando no haya interpuesto algún medio de
  • defensa contra la mencionada resolución.
  • Arts. 41 RLSS
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