Title: Regulaci
1Regulación y Competencia en el sector portuario
chileno
- V Curso-Seminario Internacional
- Provisión y Regulación de Servicios de
Infraestructura - ILPES - CEPAL
- Carmen G. Vega Cancino
- 10 de septiembre de 2003
2Presentación
- Contexto
- Geográfico
- Económico
- Legislación
- Regulación y Competencia
- Jurisprudencia
3I. Contexto
- Chile
- 10 Puertos Estatales y 22 Puertos Privados
- Ptos. Estatales 18 frentes de atraque y 51 sitios
4Contexto
5...Contexto
Fuente Elaboración propia con datos del S. N. de
Aduanas
6II. Legislación
- Mediados 90s Modernización del Sistema
Portuario Estatal. - Mediante la Ley Nº 19.542, promulgada en
diciembre de 1997. - Hasta 1997 EMPORCHI
- Se crean 10 Empresas Portuarias (EP), una por
cada puerto estatal.
7...Legislación
- Todas las EP son personas jurídicas de derecho
público y constituyen una empresa del Estado con
patrimonio propio, de duración indefinida y se
relacionan con el Gobierno por intermedio del
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. - Los puertos y terminales administrados por las
empresas son de uso público y prestarán servicio
en forma continua y permanente.
8...Legislación
- Las EP tienen la facultad de entregar en
concesión a privados la administración y
explotación de la infraestructura privada. -
Concesión Negocio jurídico por el cual la
Administración cede a una persona facultades de
uso privativo de una pertenencia del dominio
público, o la gestión de un servicio.
9...Legislación
- Modalidades de concesión
- 1.- Concesión integrada concesionario administra
la infraestructura portuaria, realiza las tareas
de estiba, desestiba y porteo de la carga --gt
Monooperador. - 2.-Concesionario sólo administra la
infraestructura --gt Multioperadores.
10III. Regulación y Competencia
- Puertos
- Facilidad esencial en el transporte de carga
marítima. - Actividad esencial, dada la relevancia del
Comercio Exterior en nuestra economía. - Posible discriminación
- asignación de espacios de acopio
- uso de información privilegiada
- manipulación en la reserva de sitios
11...Regulación y Competencia
- Ley 19.542 incluyó cláusulas que protegen e
incentivan la competencia - Concesiones mediante licitación pública y hasta
por un máximo de 30 años. - Concesionarios S.A. de giro exclusivo.
- Tarifas públicas y no discriminatorias
- Reglamento público de uso de los frentes de
atraque asignación y reserva de capacidad (en
bases de licitación).
12...Regulación y Competencia
- La ley establece situaciones en que las EP
deberán contar con informe de la Comisión
Preventiva Central - Art.14º De no existir otro frente de atraque
capaz de atender la nave de diseño de aquel
frente objeto de la concesión portuaria. - Art. 14º Si los concesionarios de frentes de
atraque de un mismo puerto están relacionados
entre si.
13...Regulación y Competencia
- Art. 23º Si se decide concesionar bajo la
modalidad de monooperador y no existe en los
puertos estatales de la región otro frente de
atraque, capaz de atender la nave de diseño,
operado bajo un esquema multioperador.
14...Regulación y Competencia
- Decreto Nº 104 (abril de 1998)
- Reglamenta el art. 7º de la ley 19.542, que
establece normas y procedimientos que regulan los
procesos de licitación pública de las EP. - Art. 4º las bases de licitación contendrán,
entre otros, Las condiciones en que puede
afectarse o limitarse el ejercicio de los
derechos del arrendatario, concesionario o de la
sociedad en su caso, incluidas, entre otras, las
situaciones que den origen a consultas a la
Comisión Preventiva o Resolutiva, de conformidad
a la ley 19.542
15Jurisprudencia
- Decreto 1045/ 21 de agosto de 1998
- Consulta ante la CP
- Valparaíso, San Antonio (V región) y San Vicente
(VIII región) deciden licitar bajo esquema de
monooperador --gt 50 volumen carga transferida
por el sector portuario estatal. - En la V región no existe otro frente de atraque
capaz de atender la nave de diseño que sea
operado bajo modalidad de multioperador.
16- Fundamentos de las EP
- Objetivo de la ley de puertos es promover la
inversión privada en los puertos estatales,
garantizando un desarrollo sustentable de LP. - Estudios demuestran que las eficiencias se
multiplican bajo operación integrada - ? problemas de coordinación en la faena portuaria
- facilitar inversión en equipos de transferencia
de carga. - Frentes de atraque constituyen la infraestructura
básica de todo recinto portuario. - Externalidades (-) congestión en los accesos y
contaminación ambiental.
17- Los servicios portuarios que ofrecen los frentes
de atraque de los puertos estatales se prestan en
condiciones de competencia - entre puertos, tanto estatales como privados, y
- al interior del puerto, entre sus frentes de
atraque. - Sistema monooperador posee riesgos en materia de
competencia - posibles discriminaciones del concesionario --gt
abuso de posición dominante. - concentraciones de mercado.
- con todo, dichos riesgos, de acuerdo a las EP,
serían regulables.
18- Propuesta de las EP
- Organización Corporativa de acuerdo a la ley.
- Prestación de servicios portuarios ídem.
- Limitación a la Integración Vertical
- Asegurar la transparencia y evitar subsidios
cruzados - El conjunto de usuarios relevantes no podrá
poseer más de un 40 del capital, ni del capital
con derecho a voto, ni derechos por más del 40
de las utilidades de la sociedad concesionaria. -
-
Usuario relevante empresas navieras,
importadores, exportadores, etc., con más de 15
de tonelaje de carga movilizada en la región, o
con más de un 25 del tonelaje de carga
movilizado en el frente en concesión.
19- Limitación a la Integración Horizontal
- Accionistas de la sociedad concesionaria que
participen directamente en más del 25 del
capital, o capital con derecho a voto, o de las
utilidades, no puedan participar, directa o
indirectamente, en más de un 16,7, en los mismo
términos, en otra sociedad concesionaria o en la
sociedad propietaria u operadora de un puerto
privado de la misma región. - Análogo para los accionistas de empresas
propietarias u operadoras de puertos privados en
la región que participen de las licitaciones
estatales. - Sin embargo, la CP disminuyó el 16,7 a un 15.
20- Informe de la Comisión Preventiva
- Señaló que la ley de puertos le da un mandato
amplio para determinar las condiciones de
competencia, y el DL 211 le concede atribuciones
no sólo para prevenir los actos contrarios a la
libre competencia, sino también para pronunciarse
respecto a estructuras de mercado, con el objeto
de evitar la concentración del poder económico y
las distorsiones en los mercados. - El Dictamen fue corroborado por la Resolución Nº
529 de la H. Comisión Resolutiva.
21Efectos en el mercado
- Rebaja tarifaria superior al 10.
- Incremento en los estándares de calidad de
servicio dentro de los primeros 18 meses de
operación (concesión en enero del 2000). - Mardones (2000) los resultados positivos fueron
el fruto de contratos de concesión que incentivan
la inversión sin poner requerimientos fijos, y
que resguardan y promueven la competencia.
22Referencias
- Dictamen Nº 1045/ 1998. Comisión Preventiva
Central. - Ley 19.542. Moderniza el Sector Portuario
Estatal. - Presentación de las Empresa Portuarias ante la
Comisión Preventiva Central (Estudio jurídico
Barros, Court y Correa, 1998) - Serra, Pablo. 2001. Las facilidades esenciales
en la doctrina de los organismos de competencia
chilenos.