Title: Reflexiones sobre la FLEXIBILIDAD LABORAL
1Reflexiones sobre la FLEXIBILIDAD LABORAL
2CONTENIDOS
- La flexibilidad laboral y y principios que con
ella se violan - Tipos de flexibilidad
- Proyecto 15.161 en Costa Rica, la flexibilidad
que promueve - Los impactos especificos para las mujeres
3Qué es la flexibilidad laboral?
- Tendencia de sectores empresariales nacionales e
internacionales a eliminar las regulaciones del
mercado laboral que son vistas como obstáculos
para la competitividad y desarrollo de las
empresas - Busca mayor libertad para la empresas en cuanto a
formas de contratación y disponibilidad de la
fuerza de trabajo, según sus necesidades.
4Los derechos como barreras...
- Lo que las empresas ven como obstáculos, son
precisamente los derechos laborales adquiridos y
plasmados en las leyes nacionales (Constitución
PolÃtica- Código de Trabajo) - Todas las regulaciones que favorecen y protegen
los derechos de las y los trabajadores, son
vistas como obstáculos para las ganancias de las
empresas. Por ello, buscan eliminarlas.
5Pero los derechos de la población trabajadora se
basan en una serie de consideraciones sobre la
relación laboral, que se expresan en los
Principios del Derecho Laboral
- Principio Protector
- Principio de Irrenunciabilidad
- Principio de Continuidad
- Principio de primacÃa de la realidad
- Principio de Buena Fe
6Principio protector
- El más importante de los principios del Derecho
Laboral. - Asume que toda relación laboral implica dos
partes - a)   La persona dueña los medios de producción
- b)Â La persona trabajadora que posee vende su
fuerza de trabajo (fÃsica o intelectual), a
cambio de un salario. - La relación entre esas dos partes es desigual,
pues una parte posee los medios de producción y
la otra parte solamente su fuerza de trabajo. La
relación laboral es una relación desigual, donde
las y los patronos tienen la posibilidad de
imponer a sus trabajadores(as) las condiciones
laborales, precisamente por ser dueños de los
medios de producción y del capital.
Este es el principio más violado por la
flexibilidad laboral ya que considera que ambas
partes negocian entre sÃ, de igual a igual.
7Principio de irrenunciabilidad
- El trabajador y la trabajadora no pueden
voluntariamente renunciar a sus derechos
laborales fundamentales. - Este principio lo encontramos en las
Constituciones y en los Códigos de Trabajo de
Centroamérica y su principal objetivo es prevenir
que los y las trabajadoras se vean presionados a
renunciar a sus derechos para conservar u obtener
un empleo. - La jurisprudencia considera que nadie, por propia
voluntad, renuncia a sus derechos humanos,
solamente bajo presión, amenaza o coacción, por
lo que se establece el principio de
irrenunciabilidad para proteger a las personas de
estas situaciones.
8Principio de continuidad
- Procura que la relación laboral sea de larga
duración en el tiempo para que el trabajador y la
trabajadora tengan estabilidad, tranquilidad y
seguridad economica. - Favorece los contratos de trabajo por tiempo
indefinido, es decir, sin final previsto,
precisamente para que la persona tenga
estabilidad en su trabajo.  - Este principio es uno de los más violados, pues
se estan generalizando los contratos por tiempo
definido (3 meses, 6 meses, un año), para que el
patrono se evite el pago de cesantÃa y
prestaciones laborales. Al no respetarse el
principio de continuidad, también se abren
condiciones para que se violen otros derechos
como el de libertad sindical, la jornada de 8
horas, derechos de maternidad u otros, que la
persona no exige por miedo al desempleo.
9Principio de primacÃa de la realidad
- En caso de discordancia o contradicción entre lo
que ocurre en la realidad y lo que dicen los
documentos o acuerdos (incluso el contrato de
trabajo), debe darse preferencia a lo que ocurre
en la realidad. - Se priorizan los hechos y no las formas, porque
lo realmente importante en la relación laboral es
lo que sucede en la práctica y no tanto lo que
indica el contrato. - El principio de primacÃa de la realidad se
contrapone a lo establecido en el Derecho civil o
comercial, donde solo vale lo que dice el
contrato.
10Principio de buena fe
- Este principio se aplica a todas las ramas del
derecho, incluido el Derecho Laboral. - Se trata del deber de lealtad y de cooperación
que tanto empleadores(as) como trabajadores(as)
deben tener en una relación laboral. Es un
comportamiento laboral esperado, en donde debe
imperar la buena fe y la lealtad de ambas partes.
- Â
- El trabajador o trabajadora actúan de mala fe por
ejemplo, cuando utilizan los materiales, equipos
o instrumentos de la empresa en asuntos
personales. El patrono actúa de mala fe por
ejemplo, cuando obliga a las y los trabajadores a
permanecer horas extras y no cancela lo debido, o
cuando despide a una trabajadora porque está
embarazada.
11Falacia de dos términos
El término tiene un sentido aparentemente
positivo, pero su aplicación en Centroamérica
implica la pérdida de derechos laborales. La
pregunta es flexibilidad para quién?
La palabra libre oculta las serias
consecuencias que este modelo trae para el
desarrollo de las grandes mayorÃas
centroamericanas. La pregunta es libre
comercio para quién?
12La flexibilidad laboral se ha convertido en la
negación de estos principios
13Derechos VS Desarrollo
- La lógica del capitalismo neoliberal y el libre
comercio, se basa en la destrucción de los
derechos humanos y sus principios fundamentales. - Parte de un supuesto falso de igualdad entre
patronos y trabajadores/as, que busca
desligitimar cualquier principio de protección a
la población trabajadora. - Resultado Afianza y profundiza las relaciones de
desigualdad.
14TIPOS DE FLEXIBILIDAD LABORAL EN CENTROAMERICA
- Flexibilidad de Hecho
- Se da en la práctica. Es la aplicación
flexible de lo que está regulado en la ley. Es
una violación permanente y sistemática (en los
sitios de trabajo) de los derechos laborales
reconocidos legalmente.
15Tipos de flexibilidad laboral
- Flexibilidad legal
- Aprobación de leyes que modifican las
existentes, en deterioro de los derechos
laborales. Tendencia a la desregulación laboral. - Flexibilidad jurisprudencial
- Las autoridades administrativas y judiciales
realizan interpretación restrictiva de las normas
laborales.
16Proyecto de Ley 15161 Reforma al Código de
Trabajo en Costa Rica
- Des-regular y flexibilizar la ley laboral en
función de la productividad empresarial?
Este es un ejemplo de cómo se pretenden
desregular las leyes laborales
17Dice el ArtÃculo 58 de la Constitución PolÃtica
de Costa Rica
- La jornada ordinaria de trabajo diurno no podrá
exceder de ocho horas diarias y cuarenta y ocho a
la semana. La jornada ordinaria de trabajo
nocturno no podrá exceder de seis horas diarias y
treinta y seis a la semana. El trabajo en horas
extraordinarias deberá ser remunerado con un
cincuenta por ciento más de los sueldos o
salarios estipulados. Sin embargo, estas
disposiciones no se aplicarán en los casos de
excepción muy calificados, que determine la ley.
18Estado actual del proyecto de ley 15161
- El Proyecto de Ley 15161, fue presentado por el
Ministro de Trabajo y la Presidencia de la
República. Aunque se encuentra en la Asamblea
Legislativa, no está en discusión actualmente. - Se encuentra en la Comisión de Asuntos Sociales,
con dos dÃctamenes de subcomisión uno negativo
de minorÃa, y un texto sustitutivo de mayorÃa.
19Qué plantea el proyecto?
- Su punto de partida es que la ley debe facilitar
una mayor productividad para las empresas. - Busca entonces que la ley laboral sea lo
suficientemente flexible para que las empresas
puedan acomodar con facilidad la cantidad de
horas que necesitan a sus trabajadores/as, según
exija la producción.
20- El proyecto pretende modificar la jornada laboral
actual de 8 horas, utilizando dos modalidades - Jornada anualizada
- Jornada acumulada
21- Jornada acumulada
-
- Concentra las horas de trabajo en cuatro dÃas y
las horas de descanso en tres dÃas. -
- Por eso se le llama Jornada 4 x 3
22- Jornada anualizada
- El máximo de horas ordinarias de trabajo se
calculan anualmente. - En tiempos de baja producción, los patronos
podrán reducir la jornada hasta en 6 horas. - En tiempos de alta producción los patronos
podrán ampliar la jornada hasta en 10 horas
diarias.
23(No Transcript)
24Jornada de 8 horas un derecho convertido en
excepción
- Estas modificaciones que plantea el proyecto de
Ley 15161, convierten en regla la excepción. - Es decir, la Constitución polÃtica establece que
el trabajo más allá de las 8 horas solo puede
darse en casos de excepción. Con la nueva ley, la
jornada de 8 horas será la excepción. - Desde esta perspectiva, cuando una regulación se
orienta hacia mejorar las condiciones de la
población trabajadora, es considerado por
empresarios y gobiernos que son pprivilegios
que no se deben permitir. Por ello, la reducción
de las jornadas de las trabajadoras domésticas
(por poner un ejemplo), se convierte en un sueño
cada vez más lejano.
25Consecuencias para las mujeres
- A la extensión de la jornada laboral remunerada y
de la disminución en los ingresos, se agrega el
trabajo del hogar y en algunos casos, el trabajo
organizativo o comunal. - Jornada 4x3 Puede ayudar a cumplir con ciertas
responsabilidad familiares que recaen en las
mujeres, pero a la vez, reproduce el esquema
patriarcal y la división sexual del trabajo. - Menos tiempo de estudio, menor preparación,
menores oportunidades de acceder a otros empleos. - Menos posibilidad de organización los derechos
de las mujeres siguen estando ausentes.
26Peligros de defender este tipo de
flexibilidades bajo el supuesto beneficio de
las mujeres
- Es cierto que puede en lo inmediato resolver
algunas necesidades prácticas de las mujeres. - Es un acomodamiento empresarial que reproduce el
rol de responsabilidad exclusiva de las mujeres. - No es solución a los conflictos de la doble
jornada, más bien se vale de ella para vender la
idea de la jornada 4x3. - La ilusión del tiempo libre De qué mujeres
hablamos? De qué tiempo y recursos libres
disponen para su propio crecimiento?
27Flexibilidad Vs. Equidad de Género
- Atenta contra las demandas de polÃticas laborales
dirigidas a la redistribución del trabajo
familiar y doméstico en el ámbito familiar y
social. - Nos aleja cada vez mas la posibilidad de subir
los estandares laborales para las mujeres del
sector informal y trabajadoras domésticas. - El contexto neoliberal de privatizaciones y
apertura del mercado de los servicios públicos
imposibilita el fortalecimiento de instituciones
que ofrecen a través de servicios sociales un
alivio a las responsabilidades familiares.