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BIOSEGURIDAD

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1.- Convenci n de Biodiversidad (CDB) y Protocolo de Bioseguridad ... consiste en establecer en el listado de ingredientes de un alimento un asterisco ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: BIOSEGURIDAD


1
BIOSEGURIDAD
  • SITUACION LEGAL EN CHILE
  • LA NECESIDAD DE UN MARCO JURIDICO

Dominique Hervé Espejo Marzo-2002
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Contenido Presentación
  • Chile dentro del contexto internacional
  • Posición País?
  • Marco Jurídico vigente
  • Normativas propuestas
  • Conclusiones

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Contexto Internacional
  • 1.- Convención de Biodiversidad (CDB) y Protocolo
    de Bioseguridad
  • - Ratificación de la CDB en 1994
  • Firma del Protocolo de Bioseguridad en mayo de
    2000.
  • Trámites para la ratificación todavía no se
    inician.

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Contexto Internacional
  • Miembro del Grupo de Miami
  • junto con EEUU, Canadá, Australia, Argentina
    (mayores productores de cultivos transgénicos en
    el mundo) y Uruguay.

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Contexto Internacional
  • Posición de Chile en las negociaciones
  • Movimiento transfronterizo de OVM destinados para
    uso directo como alimento humano o animal o para
    procesamiento.
  • Medidas de manipulación, transporte, envasado e
    identificación.
  • Principio Precautorio.
  • Relación del Protocolo con otros tratados
    internacionales

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Contexto Internacional
  • 2.- Organización Mundial del Comercio (OMC)
  • Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)
  • Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias

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Posición País?
  • 1. SECTOR PUBLICO
  • No existe una política explícita del Gobierno en
    materia de seguridad de la biotecnología moderna.
  • Diversos programas, actividades y lineamientos de
    las instituciones públicas chilenas permiten
    establecer ciertas orientaciones que podrían
    reflejar una opción de país.

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Posición País?
RREE
Promoción biotecnología y comercialización
productos transgénicos
GRUPO DE MIAMI
AGRICULTURA
Agricultura mixta cultivos OGM y no OGM
Objetivo Agricultura limpia y de calidad
ECONOMIA
Desarrollo de la biotecnología en sectores
product.
Programa BID sobre Innovación Tecnológica
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Posición País?
SALUD
Alimentos transgénicos
etiquetado
CONICYT
Comité Nacional de Biotecnología
Normas técnicas de Bioseguridad
CONAMA
Desarrollo de marcos nacionales en bioseguridad
Proyecto GEF
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Posición País?
  • 2. SECTOR PRIVADO Y SOCIEDAD CIVIL
  • Agricultores Orgánicos
  • Productores de Salmón
  • Productores de Semillas
  • Organizaciones Ambientales
  • Organizaciones de Consumidores
  • Fundación Chile

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Posición País?
  • 3. SECTOR ACADEMICO Y CIENTIFICO
  • Investigación en biotecnología en Chile.
  • Principalmente en Universidades.
  • Recursos humanos escasos.
  • Financiamiento proviene fundamentalmente del
    sector público.

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Marco Jurídico Vigente
  • 1. SECTOR AGRICOLA
  • Autorización del SAG para la internación e
    introducción al medio ambiente de organismos
    vegetales vivos modificados de propagación
    (Resolución 1.523/01).
  • Análisis de Riesgos.
  • Informe favorable de la autoridad competente del
    país de origen (si se trata de internación) o del
    SAG (si se trata de OVM desarrollados en Chile)
    en que conste que la introducción al medio no
    causa efectos adversos.

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Marco Jurídico Vigente
  • - etapa de consulta pública.
  • - evaluación caso a caso.
  • - autorización establece las medidas de
    bioseguridad que el organismo tendrá en la
    introducción que se autoriza, así como el destino
    final de éste y sus productos.
  • - autorización sólo permite pruebas de campo o
    multiplicación del material.
  • - Comité Asesor en materia de Introducción
    Deliberada al Medio Ambiente de OVM (ex-CALT)

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Marco Jurídico Vigente
  • 2. SECTOR PESQUERO Y ACUICOLA
  • - según la Ley de Pesca existe la obligación de
    mantener el equilibrio ecológico del área
    concedida para la acuicultura, en la forma que lo
    establezca el reglamento.

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Marco Jurídico Vigente
  • - dicho Reglamento Ambiental para la Acuicultura
    establece con respecto a los OVM, que sólo se
    podrán realizar cultivos de OVM con autorización
    expresa de la Subsecretaría de Pesca.
  • - además, prohibe la liberación de OVM al medio
    acuático natural desde los centros de cultivo.

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Marco Jurídico Vigente
  • 3. SECTOR SALUD
  • - El Reglamento Sanitario sobre los Alimentos
    establece las condiciones sanitarias a que debe
    sujetarse la producción, importación,
    elaboración, envase, almacenamiento, distribución
    y venta de alimentos para uso humano.
  • - en materia de alimentos transgénicos señala que
    para su producción, comercialización y
    distribución se requerirá de autorización del
    Servicio de Salud competente, de acuerdo con las
    normas técnicas que se dicten.

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Marco Jurídico Vigente
  • - a su vez establece que los alimentos para
    lactantes no pueden haber sido modificados por
    medio de la biotecnología.
  • - actualmente no existe normativa en materia de
    etiquetado de alimentos transgénicos, pero sí
    diversos proyectos reglamentarios.

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Marco Jurídico Vigente
  • 4. EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
  • - Si algún proyecto de los contemplados en el
    artículo 10 de la Ley 19.300 (sobre Bases del
    Medio Ambiente) genera dentro de sus efectos o
    consecuencias, la liberación al medio ambiente de
    OVM, deberá presentar un Estudio de Impacto
    Ambiental (y no una Declaración).

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Marco Jurídico Vigente
  • 5. RESPONSABILIDAD
  • No existen normas especiales sobre
    responsabilidad derivada de daños generados por
    OVM.
  • - Ambiental reglas generales de la Ley N19.300.
  • - Civil reglas generales de responsabilidad por
    daño.
  • - Penal delitos relativos a la salud animal y
    vegetal.

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Normativas Propuestas
  • 1. ETIQUETADO
  • -desde 1999, el Ministerio de Salud discute la
    adopción de una normativa aplicable al etiquetado
    de los alimentos transgénicos.
  • - contenidos esenciales
  • límite de tolerancia de material transgénico 2
    (bajo ese porcentaje no se debe etiquetar)
  • peso de la prueba en el productor del alimento
    (debe probar que es inferior a 2).

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Normativas Propuestas
- El sistema de etiquetado propuesto consiste en
establecer en el listado de ingredientes de un
alimento un asterisco frente al ingrediente
modificado genéticamente, que al final de la
lista señale que significa transgénico. - se
autoriza a mencionar en el rótulo las cualidades
o características nutritivas del alimento que
sean consecuencia de la modificación
transgénica. - en el caso de los alimentos
derivados de transgénicos sólo se debe rotular en
la medida que posean características que no sean
sustancialmente equivalentes a las de los
alimentos corrientes de ese tipo.
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Normativas Propuestas
  • 2. EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
  • Proyecto de Ley que propone
  • incorporar una nueva categoría de proyecto o
    actividad que debe someterse al SEIA la
    liberación al medio ambiente de OGM.
  • Agregar, dentro de los efectos, características o
    circunstancias que determinan que un proyecto
    deba presentar un Estudio en vez de una
    Declaración de Impacto Ambiental, la siguiente
    riesgo para áreas de producción limpia, orgánica
    y sin transgénicos y que afecten la
    biodiversidad.
  • Crear un nuevo instrumento de gestión ambiental
    la declaración de zonas de producción limpia o
    zonas sin transgénicos.

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Normativas Propuestas
  • 3. SECTOR PESQUERO
  • Proyecto de ley que propone
  • Prohibir la importación de especies
    hidrobiológicas genéticamente modificadas.
  • Las investigaciones que se realicen con especies
    genéticamente modificadas deberán asegurar el
    evitar su propagación.
  • En materia de acuicultura, prohibir el cultivo de
    especies genéticamente modificadas.

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Normativas Propuestas
  • 3. SECTOR FORESTAL
  • Proyecto de Estándar de Manejo Forestal
    Sustentable para plantaciones forestales en
    Chile establece dentro de sus criterios de
    certificación el no empleo de organismos
    transgénicos en la Unidad de Manejo Forestal.
  • Sistema de Certificación Forestal Chileno
    (CertforChile) modifica la posición anterior y
    permite el uso de la biotecnología moderna en
    materia forestal bajo condiciones de
    bioseguridad.

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Conclusiones
  • Necesidad de elaborar en Chile una política,
    tanto interna como exterior, que establezca
    principios y objetivos que permitan a las
    diversas instituciones actuar en forma coordinada
    y consistente.
  • Existiendo una política clara se podrá definir
    la estructura y contenidos del marco jurídico
    aplicable (si se requiere normativa para todas
    las etapas de desarrollo de un OGM o sólo para
    algunas, como ocurre en la actualidad).
  • Ausencia de normas específicas en materia de
    responsabilidad por daño al medio ambiente
    causados por OGM.

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Conclusiones
  • En materia de Evaluación de Impacto Ambiental, es
    necesario discutir la conveniencia de una
    evaluación intersectorial de estos proyectos de
    liberación de OGM (frente a la actual evaluación
    sectorial del SAG).
  • Necesidad de discutir la factibilidad de un
    instrumento como la declaración de zonas de
    producción limpia o zonas sin transgénicos.
  • Necesidad de abordar el tema de manera integral
    y no sólo desde una perspectiva sectorial
    (agrícola, pesquera, forestal, sanitaria,
    ambiental) con el objeto que exista un marco
    jurídico claro para esta actividad.
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