Title: La Fiscalizaci
1La Fiscalización de SUNAT en el Comercio Exterior
2Valoración Aduanera -Contingencias
Charles Castle
3Valoración Aduanera
Valor en Valor de PRPP
Ajustes Aduana transacción
4Valoración AduaneraAjustes
- Cuál es la lógica de los ajustes?
- Estructura de Gastos Utilidad
Precio - costos
- 1 2 3 4 y
x
5Valoración AduaneraPrincipales Ajustes -
Ingeniería
- Se deberá añadir al PRPP el valor debidamente
repartido de - La ingeniería, creación y perfeccionamiento,
trabajos artísticos, diseños, planos y croquis
realizados fuera del país de importación de las
mercancías importadas
6Valoración AduaneraPrincipales Ajustes -
Ingeniería
- Siempre que
- El comprador, de manera directa o indirecta, los
haya suministrado gratuitamente o a precios
reducidos - Este suministro haya tenido por finalidad que los
bienes o servicios sean utilizados en la
producción y venta para la exportación de las
mercancías importadas y - El valor de los bienes o servicios suministrados
no esté ya incluido en el PRPP.
7Valoración AduaneraPrincipales Ajustes -
Ingeniería
- Industrias de mayor riesgo
- Cualquier industria en la que se desarrollen
proyectos de construcción de plantas nuevas o de
ampliación de las ya existentes (Minería,
Pesquería, Hidrocarburos, Energía Eléctrica,
etc.) - Contingencias por no ajustar ingeniería
- Tributos impagos
- Multas Rebaja del artículo 112 de la LGA
- Intereses
8Valoración AduaneraPrincipales Ajustes -
Ingeniería
- Prevención de la contingencia (previo a la
importación) - 1. Revisión contratos de ingeniería y/o de
producción de bienes (EPC) - Por un no domiciliado en el
exterior - 2. Análisis del lugar de prestación
Por un domiciliado en el país - Figura mixta
- Determinar si la ingeniería es ajustable
9Valoración AduaneraPrincipales Ajustes - Regalías
- Se deberá repartir al PRPP el valor de los
cánones o derechos de licencia, siempre que - Se encuentren relacionados con las mercancías
objeto de valoración - Que el comprador tenga que pagarlos como
condición de venta de dichas mercancías - Que el pago sea efectuado en forma directa o
indirecta y - Que no estén ya incluidos en el PRPP
10Valoración AduaneraPrincipales Ajustes - Regalías
- Industrias de mayor riesgo
- Consumo y retails
- Contingencias por no ajustar regalías
- Tributos impagos
- Multas Rebaja del artículo 112 de la LGA
- Intereses
11Valoración AduaneraPrincipales Ajustes - Regalías
- Prevención de la contingencia (previo a la
importación) -
- Regalías
- Revisión de los contratos condición de la
venta - Productos
- Análisis de la vinculación económica
condición de venta tácita - Determinar si las regalías son ajustables
12Valoración AduaneraVinculación
- Condiciones para la aplicación del Método del
Valor de Transacción - Que no exista vinculación entre vendedor y
comprador y que, en caso de existir, que la
vinculación no afecte el precio. - Análisis de las circunstancias de la venta
- Valores Criterio
13Valoración AduaneraVinculación
- Supuestos de vinculación aduanera son distintos a
supuestos de vinculación para IR. - 5 del valor de las acciones.
- Si una controla directa o indirectamente a la
otra. - Legalmente reconocidas como asociadas en negocio,
etc.
14Valoración AduaneraVinculación
- Qué hacer ante una fiscalización?
- Analizar si los valores criterio utilizados por
la Aduana corresponden a - (i) Mercancías idénticas o similares
- (ii) Si los valores resultan verdaderamente
comparables (Nivel Comercial) - (iii) Mercancías son importadas al Perú
- (iv) Si la operación es en el mismo momento o en
un momento aproximado. - Analizar referencias de mercancías adquiridas de
no vinculados
15Valoración AduaneraVinculación
- Industrias de mayor riesgo
- Todas
- Contingencias por vinculación
- Aplicación de métodos secundarios
- Sustitución del valor
- Mayor pago de tributos
- Fijación de un indicador de referencia en el
sistema de la Aduana
16Valoración AduaneraIntangibles
- Publicidad comercial
- La administración aduanera considera que la
publicidad comercial en el extranjero que ingresa
al país incorporada en medios magnéticos debe
pagar derechos y tributos.
17Valoración AduaneraIntangibles
- Publicidad comercial
- Oficio 56-2006-SUNAT/3A2000.
- El valor en Aduana debe estar determinado por el
valor de la transacción de la mercancía
importada. - No le es aplicable la Decisión 4.1 de la OMC
porque no constituye un software para equipo de
procesos de datos y porque tiene audio e
imágenes. - No forma parte del valor en Aduana el valor de
aquella publicidad comercial que ingrese al país
por medios no físicos (internet, satélite, etc).
18Valoración AduaneraIntangibles
- Software (Decisión 4.1)
- Ligado a mercancía importada necesaria
para que equipo pueda realizar una
determinación función - - Software imponible
- Software de entretenimiento y educativo
- - Software no imponible No ligados a mercancías
- importadas de servicios
19Valoración AduaneraIntangibles
- Software (Decisión 4.1)
- Cuando la factura no discrimine valor del
software y el valor de soporte informático, la
base imponible se determinará tomando como base
de valoración el precio total de ambas.
20Infracciones Administrativas
- Multas por error en la declaración del Formato
B de la DUA (2 a 5 UITs según Ley 27444). - - Vinculación
- - Regalías
- Sólo para aquellas DUAs numeradas antes
- del 27 de enero de 2005.
21IGV en Exportaciones- problemática actual -
Julio Guadalupe
22Exportación Definitiva
- Contexto actual
- Aumento de operaciones de exportación
- Incremento de
- Acciones de fiscalización
- Reparos por parte de SUNAT
- Consecuencias
- Cobro de IGV mas intereses
- Desconocimiento del Drawback
- Desconocimiento de la regularización de regímenes
aduaneros - Imposición de multas
23Exportación Definitiva Caso del Holding
Certificate
- País X
- Comprador (pago /adelantos)
- Banco (financiamiento)
- Perú
- Vendedor
- Almacén (emite HC)
24Exportación Definitiva
- Reparos de SUNAT sustentados en
- Momento de transferencia de propiedad
- Momento de entrega de la mercancía
- Momento de efectuarse el pago
- Pactos contractuales en relación a la
determinación del precio - Documentación operativa o comercial que sustenta
la exportación
25Exportación Definitiva
- RTF 01242-1-2002
- Se revocó la resolución expedida por SUNAT dado
que no se encontraba probado que la transferencia
de propiedad realizada por la recurrente respecto
de los concentrados de zinc, se hubiera efectuado
con anterioridad a la exportación () - RTF 00399-4-2003
- () cuya entrega fue pactada en condiciones FOB
Callao, precisándose que la transferencia de
propiedad tendría lugar al culminar la entrega,
pesaje y muestreo del lote materia de contrato,
lo que ocurriría en el depósito (), supuso la
realización de una venta de bienes en el país()
26Exportación Definitiva
- Artículo 1 de la Ley del IGV
- El Impuesto General a las Ventas grava las
siguientes operaciones - a) La venta en el país de bienes muebles ()
- Artículo 33 de la Ley del IGV.
- La exportación de bienes o servicios, así como
los contratos de construcción ejecutados en el
exterior no están afectos al Impuesto General a
las Ventas
27Exportación Definitiva
- Es necesario inafectar expresamente la
exportación?
28Exportación Definitiva
- Artículo 54 de la LGA
- Es el régimen aduanero aplicable a las
mercancías en libre circulación que salen del
territorio aduanero para su uso o consumo
definitivo en el exterior
29Exportación Definitiva
- Es necesario inafectar expresamente un concepto
per se inafecto?
30Exportación Definitiva
- Ventas subyacentes a la exportación
- Voluntad de las partes expresada en el contrato
- Las mercancías son objeto de exportación
- Consumo en el exterior
- Estos aspectos se mantendrán inalterables en
forma independiente al momento de (i)
transferencia de propiedad, (ii) entrega de la
mercancía, (iii) transferencia del riesgo, (iv)
pago del precio.
31Exportación Definitiva
- Qué es lo que ha hecho el legislador ante esta
problemática?
32Exportación Definitiva
- Modificaciones al Artículo 33 de la Ley del IGV
- Inclusión de nuevos supuestos de exportación de
bienes (parches) - Privilegio de la forma sobre el fondo
- Generación de supuestos particulares de
exportación distintos al supuesto general
contenido en la LGA
33Exportación Definitiva
- Holding Certificates (numeral 7 del artículo 33
LIGV) - Documentos expedidos por Almacén LGA o SBS
- El embarque debe ser efectuado por el propio
vendedor - Mercancías sólo pueden ser consignadas al
comprador - Exportación debe ser realizada dentro de plazos
establecidos - Documentos expedidos deben contener requisitos
formales
34Exportación DefinitivaSugerencias
- Revisar
- Términos contractuales
- Procesos logísticos y documentarios
- Casos que impliquen depósitos temporales antes
del embarque de exportación (almacenes privados) - Cumplimiento de requisitos y formalidades
previstos para documentos expedidos por Almacenes
LGA y SBS - Contar con documentación sustentatoria
35DRAWBACK
Mateo Amico
36- Antes del Decreto Supremo 077-2004-EF
- de 11.06.04
- Todos los insumos importados que forman parte del
producto de exportación han ingresado al país sin
goce de preferencias arancelarias. - Derecho al Drawback Sí
37- Antes del Decreto Supremo 077-2004-EF
- de 11.06.04
- Insumo importado sin preferencia arancelaria que
forma parte de una mercancía adquirida localmente
que se incorpora al producto de exportación. - Derecho al Drawback Sí
- Ejemplo polipropileno (sacos)
38- Antes del Decreto Supremo 077-2004-EF
- de 11.06.04
- Uno o más insumos importados que forman parte del
producto de exportación han ingresado al país con
preferencias arancelarias. - Derecho al Drawback No
39- Después del Decreto Supremo 077-2004-EF
- de 11.06.04
- Presencia de un insumo importado con preferencia
arancelaria - Derecho al Drawback Sí
- Requisitos Deducir del valor FOB de exportación
la incidencia del insumo importado con
preferencia arancelaria y acreditar que forman
parte del producto de exportación otro u otros
insumos importados sin preferencia arancelaria.
40- Precisiones introducidas con normas
complementarias al Decreto Supremo 077-2004-EF - Decreto Supremo 176-2004-EF (6.12.04)
- El insumo importado con preferencia arancelaria
que se deduce del valor FOB para el cálculo del
Drawback debe haber sido comprado a un
comerciante local. No puede haber sido importado
por el exportador.
41- Precisiones introducidas con normas
complementarias al Decreto Supremo 077-2004-EF - Resolución SUNAT-ADUANAS 128-2005 (17.3.05)
- No cabe deducir el valor del insumo importado con
preferencia arancelaria cuando tal insumo forma
parte de un componente del producto de
exportación. - Consecuencia no hay derecho a Drawback si el
insumo que forma parte del componente del
producto de exportación fue importado con
preferencia arancelaria.
42- Arancel Cero
- No se deduce no es una preferencia arancelaria.
Sin embargo, para que se tenga derecho al
Drawback necesariamente debe formar parte del
producto de exportación un insumo importado sin
goce de preferencias arancelarias. - Base legal Oficio 110-2005-SUNAT-ADUANAS
43- Producción destinada al extranjero y al mercado
local - Fabricante que importa partes de sus insumos sin
goce de preferencias arancelarias y otra parte
con tales preferencias en vista que parte de su
producción la destina a la exportación y parte al
mercado interno. - Las proporciones deben coincidir.
44- Fabricación por encargo
- Resoluciones SUNAT-ADUANAS Ns. 000984 de
12.09.99 y 000299 de 9.07.03 - Sección VII, Numeral 3.1, Literal d)
- Requisitos para acceder al Drawback
- Factura de fabricación por encargo
- Acreditación de entrega al productor de uno o más
insumos importados que se emplean en la
elaboración del producto.
45- Fabricación por encargo
- Resolución SUNAT-ADUANAS N 128-2005 de 17.03.05
- Artículo 12 La presentación de factura de
fabricación por encargo es el único requisito con
el que debe cumplir el exportador para solicitar
el Drawback. - Ya no es necesario acreditar la entrega al
productor de uno o más insumos importados que se
emplean en la elaboración del producto.
46- Fabricación por encargo
- Factura fabricación por encargo
- Principio de la Verdad Material
47- Elementos que inciden en el cálculo
- del Drawback
- Comisiones
- Ajustes de valor
48La Fiscalización de SUNAT en el Comercio Exterior