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Materia: Sociedad, familia y educaci

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Title: Tema 1 Author: Jorge M rquez L pez Last modified by: JORGE MARQUEZ Created Date: 3/4/2006 6:33:34 PM Document presentation format: Presentaci n en pantalla – PowerPoint PPT presentation

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Title: Materia: Sociedad, familia y educaci


1
Materia Sociedad, familia y educación.TEMA
2 El derecho a la educación y la libertad de
enseñanza en la Constitución Española.
Principales reformas educativas en el último
tercio del siglo XX Libertad de cátedra,
libertad de elección de centro, libertad de
creación y dirección de centro. Obligatoriedad de
la enseñanza.
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Facultad de
Educación y Formación del Profesorado
MÁSTER DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN
SECUNDARIA
Curso 2010-2011
Prof. Jorge Márquez
2
LA EDUCACIÓN EN EL PERIODO DEMOCRÁTICO
  • Transición democrática
  • CONSTITUCIÓN de 1978
  • LOECE de 1980
  • Administración Socialista
  • LRU de 1983
  • LODE de 1985
  • LOGSE de 1990
  • LOPEG de 1995
  • Gobierno del Partido Popular
  • LOU de 2001
  • LOCFP de 2002
  • LOCE de 2002
  • Gobierno del PSOE
  • LOE de 2006

3
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • 20 noviembre de 1975 muere Franco.
  • 1976 El rey fuerza la dimisión de Arias Navarro
    y logra que el Consejo del Reino proponga como
    presidente del Gobierno a Adolfo Suárez (julio).
  • 1977
  • Ley para la Reforma Política rechazada por la
    izquierda y aprobada por las Cortes franquistas
    (enero).
  • Legalización de partidos y sindicatos (PCE el
    Sábado Santo).
  • Primeras elecciones democráticas (15 de junio)
    desde 1936, a las que se presentan 106 partidos.

4
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • Resultado de las primeras elecciones democráticas
    (15 de junio de 1977)

5
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • 1977 (cont.)
  • Amnistía.
  • Restablecimiento relaciones diplomáticas con
    países del Este y México.
  • Restablecimiento de Generalitat y de legitimidad
    del Gobierno Vasco.
  • Las nuevas Cortes de declaran constituyentes.
  • Pactos de la Moncloa (octubre).
  • Consenso reforma triunfa sobre ruptura.
  • Clave Torcuato Fernández Miranda.
  • Iglesia apuesta por la democracia (cardenal
    Tarancón).
  • Exacerbación de la violencia ETA, GRAPO, extrema
    derecha
  • 1978
  • Se aborta la operación Galaxia (noviembre).
  • Se aprueba la Constitución (diciembre).

6
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • 1979
  • Elecciones generales (marzo), vuelve a triunfar
    UCD.
  • Elecciones municipales (abril), la izquierda se
    hace con las principales alcaldías.
  • El PSOE abandona el marxismo.
  • Se aprueban estatutos de autonomía vasco y
    catalán (diciembre).
  • 1981
  • Crisis económica, división de la UCD
  • Suárez presenta su dimisión (enero).
  • Intento fracasado de golpe de Estado (23 de
    febrero).
  • 1982 Victoria electoral del PSOE en las
    elecciones generales (octubre).

7
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • Educación
  • Transición hereda problemas etapa franquista
    extensión y calidad de la enseñanza, y falta
    democracia instituciones educativas.
  • Nueva organización del Estado (comunidades
    autónomas) consecuencias en la estructura del
    sistema educativo.
  • Autonomías que rápidamente asumen las
    competencias en educación (País Vasco, Cataluña)
    y otras las asumen progresivamente (caso de
    Madrid, curso 1999-2000).
  • Debía solucionarse en primer término el déficit
    estructural
  • Inmigración interna, crecimiento urbano
  • Mayores demandas educativas (Secundaria,
    Universidad).
  • Necesidad de nuevas construcciones escolares.
  • Pactos de la Moncloa, créditos del BM y FMI.

8
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • Educación (cont.)
  • Discusión político-pedagógica, dos frentes
    organización de la escuela pública y concepción
    de la libertad de enseñanza.
  • Programas políticos se centran en
  • Gratuidad de la enseñanza. Escolarización
    obligatoria hasta los 16-18 años. Coeducación.
  • Revalorización de la enseñanza pública sin
    suprimir la privada.
  • Libertad religiosa y neutralismo ideológico.
  • Legalización de asociaciones y sindicatos de la
    enseñanza.
  • Reformas formación del profesorado.
  • Adecuación de los contenidos a la nueva realidad
    político-administrativa

9
TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA (1975-1981)
  • Promulgada la Constitución (1978), la UCD
    intenta elaborar leyes orgánicas que desarrollen
    su art. 27 et al.
  • Ley Orgánica 5/1980, de 19 de junio, que regula
    el Estatuto de Centros Escolares (LOECE, derogada
    por la LODE).
  • Proyecto de Ley de Autonomía Universitaria (LAU,
    retirada del Congreso en 1982 cuando iba a
    debatirse).

10
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • Marco central del ordenamiento jurídico español.
  • Art. 1 España se constituye en un Estado social
    y democrático de Derecho, que propugna como
    valores superiores de su ordenamiento jurídico la
    libertad, la justicia, la igualdad y el
    pluralismo político.
  • Los artículos que en la Constitución se pueden
    relacionar con la educación son
  • Art. 3 Castellano lengua oficial del Estado.
    Cooficialidad otras lenguas españolas en CC.AA.
  • Art. 14 Igualdad ante la ley.
  • Art. 16 Libertad ideológica y religiosa.
  • Art. 20.1.c Libertad de cátedra.

11
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • Art. 39 Protección infancia y familia.
  • Art. 40 Derecho a la formación profesional.
  • Art. 43 Fomento educación sanitaria, física,
    deporte y educación en el ocio.
  • Art. 44 Derecho a cultura, ciencia e
    investigación.
  • Art. 48 Participación jóvenes en desarrollo
    político, social, económico y cultural.
  • Arts. 49 Integración de disminuidos.
  • Art. 50 Derecho de la tercera edad a la cultura.
  • Art. 51 Educación de los consumidores.

12
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • Arts. 148 y 149 Articulación de competencias
    entre Estado y CC.AA. En materia de educación, el
    Estado tiene competencias exclusivas sobre
    Regulación de las condiciones de obtención,
    expedición y homologación de títulos académicos y
    profesionales, y normas básicas para el
    desarrollo del art. 27 de la Constitución
    (art.148.30.).
  • Arts. 10.2, 93 y 96 Integran en el ordenamiento
    jurídico español las declaraciones
    internacionales de derechos humanos, tratados y
    acuerdos internacionales ratificados por España.

13
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • El art. 10.2 lo introdujo la UCD para hallar en
    el derecho internacional interpretaciones más
    favorables a sus ideas sobre libertad de
    educa-ción y creación de centros, que en el
    propio art. 27 de la CE (cuya formulación era
    producto de un consenso incómodo con la
    izquierda). Logró que quienes crean centros
    (concertados o no) puedan definir su ideario
    (Sentencia del TC).

14
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • Art. 27 Es el artículo educativo per se.
    Establece el derecho a la educación, que
    debe ser desarrollado por las pertinentes leyes
    orgánicas.
  • Es el resultado arduo de un consenso
    posibilitador entre UCD y PSOE. Quizás por eso
    posteriormente han surgido dificultades a la hora
    de hacer factibles cuestiones educativas en él
    tratadas.

15
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • Según Puelles Benítez (2004) hubo coincidencia en
    los apar-tados 1º, 2º, 4º, 8º y 10º. La derecha
    incluyó la redacción de los apartados 3º, 6º y
    9º. Y la izquierda los apartados 5º y 7º
  • 1.- Todos tienen el derecho a la educación. Se
    reconoce la libertad de enseñanza.
  • 2.- La educación tendrá por objeto el pleno
    desarrollo de la personalidad humana en el
    respeto a los principios democráticos de
    convivencia y a los derechos y libertades
    fundamentales.
  • 3.- Los poderes públicos garantizan el derecho
    que asiste a los padres para que sus hijos
    reciban la formación religiosa y moral que esté
    de acuerdo con sus propias convicciones.
  • 4.- La enseñanza básica es obligatoria y
    gratuita.

16
CONSTITUCIÓN DE 1978
  • 5.- Los poderes públicos garantizan el derecho de
    todos a la educación, mediante una programación
    general de la enseñanza, con participación
    efectiva de todos los sectores afectados y la
    creación de centros docentes.
  • 6.- Se reconoce a las personas físicas y
    jurídicas la libertad de creación de centros
    docentes, dentro del respeto a los principios
    constitucionales.
  • 7.- Los profesores, los padres y, en su caso, los
    alumnos intervendrán en el control y gestión de
    todos los centros sostenidos por la
    Administración con fondos públicos, en los
    términos que la ley establezca.
  • 8.- Los poderes públicos inspeccionarán y
    homologarán el sistema educativo para garantizar
    el cumplimiento de las leyes.
  • 9.- Los poderes públicos ayudarán a los centros
    docentes que reúnan los requisitos que la ley
    establezca.
  • 10.- Se reconoce la autonomía de las
    Universidades, en los términos que la ley
    establezca.

17
LOECE de 1980 (I)
  • La Ley Orgánica 5/1980, de 19 de junio, por la
    que se regula el Estatuto de Centros Escolares
    (LOECE) resalta la libertad de creación de
    centros escolares y especialmente el derecho sus
    titulares a establecer un ideario que ha de
    aceptarse por los integrantes de la comunidad
    escolar.
  • PSOE recurrió la LOECE ante el TC que la
    declarará en parte inconstitucional (sentencia 13
    de febrero de 1981). Esto, unido al triunfo del
    PSOE en las elecciones de octubre de 1982,
    arrumban definitivamente esta ley. Aunque
    formalmente no sea derogada hasta 1985 por la
    LODE.

18
LOECE de 1980 (II)
  • Ley importante por tres motivos
  • 1) Supuso el fin del "pacto escolar" que
    posibilitó el art. 27 de la CE. Motivo, un
    eterno problema en nuestra historia la
    libertad de enseñanza.
  • 2) Es la primera ley orgánica que desarrolla
    el art. 27.
  • 3) Recurrida por el PSOE al TC. Su sentencia
    (13/02/81) aclaró puntos ambiguos del art. 27 y
    hubo de tenerse en cuenta en la formulación de
    posteriores leyes orgánicas educativas.
  •  

19
LOECE de 1980 (III)
  • Aspectos principales de la LOECE
  • Derecho de padres a elegir tipo de enseñanza y
    centro que quieren para sus hijos.
  • Libertad de crear y dirigir centros educativos.
    Establece dos tipos públicos y privados.
  • Prevé Ley de Financiación que garantice libertad
    de elección y gratuidad de enseñanza obligatoria.
  •  

20
LOECE de 1980 (IV)
  • Aspectos principales de la LOECE (cont.)
  • Titulares de centros derecho a establecer su
    ideario y autonomía de gestión (contratación de
    personal).
  • Docentes libertad de enseñanza dentro del
    respeto a valores constitucionales e ideario del
    Centro (por encima de derechos de los miembros de
    la comunidad escolar, art. 15).
  • Participación de padres a través de APA. Sólo
    puede haber una en cada Centro (art. 18).
  •  

21
LOECE de 1980 (V)
  • Aspectos principales de la LOECE (cont.)
  • Participación comunidad educativa en centros
    privados se regulará en el RRI.
  • Criterios de admisión proximidad domicilio y
    hermanos en el Centro (art. 35).
  • Sentencia del TC de 13/02/81, declara
  • Constitucional el derecho del titular del centro
    privados a establecer su ideario.
  • Inconstitucionales los arts. que limitan la
    participación de la comunidad educativa en los
    centros sostenidos con fondos públicos.
  •  
  •  
  •  

22
LOECE de 1980 (VI)
  • Aspectos principales de la LOECE (cont.)
  • Según el TC, la participación es un derecho que
    ha de regularse por ley aprobada en el
    Parlamento, no por un reglamento elaborado por el
    centro (RRI).
  • Limitar la participación a través de sólo un APA
    va contra el art. 22.1 de la Constitución
    (derecho de asociación).
  • El triunfo electoral del PSOE en octubre de 1982
    supondrá la hibernación de esta Ley, que será
    derogada por la LODE.

23
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • En educación el PSOE accede al poder con un
    triple propósito reforma universitaria
    garantizar principio constitucional del derecho
    de todos a la educación (art. 27) y modificar
    la estructura del SE vigente en España desde la
    LGE de 1970
  • Objetivo mejorar calidad de la enseñanza una vez
    garantizado el acceso universal, obligatorio y
    gratuito a la misma.
  •  Las respuestas a este triple propósito serán,
    respectivamente, la LRU (1983), la LODE (1985) y
    la LOGSE (1990).

24
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
    Universitaria (LRU)
  • Primer Gobierno del PSOE. Ministro de Educación
    José María Maravall.
  • Desarrollar el art. 27.10 de la CE.
  • Adecuación al nuevo Estado
  • democrático y descentralizado.
  • Concreta competencias Estado
  • y CC.AA. en Universidad.
  • Regula creación y funcionamien-
    to universidades privadas.

25
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • LRU (cont.)
  • Principios fundamentales
  • Autonomía universitaria (académica, de gobierno,
    económica y de gestión).
  • Universidad como servicio público, que cumple una
    función social.
  • Objeto de un recurso de inconstitucionalidad por
    el Gobierno Vasco consideraba que la LRU invadía
    competencias de las CC.AA.
  • Derogada por la LOU en diciembre de 2001.

26
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora
    del Derecho a la Educación (LODE)
  • Primer Gobierno del PSOE. Ministro de Educación
    José María Maravall.
  • Regula derecho a la educación y desarrolla art.
    27 de la Constitución.
  • Deroga la LOECE.
  • Tramitación polémica (4.373 enmiendas) y
    contestación en la calle.
  • Se intenta promulgar en 1983, pero un recurso de
    inconstitucionalidad (previo a su publica-ción en
    BOE) paraliza su entrada en vigor hasta 1985.

27
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LODE
  • Educación como servicio público el Estado debe
    promover y garantizar este derecho de los
    ciudadanos (educación privada subsidiaria).
  • Regula y favorece la participación en los centros
    sostenidos con fondos públicos (Consejo Escolar
    de Centro).
  • Establece sistema de financiación de centros
    privados a través de un régimen de conciertos.
  • No habla de ideario (LOECE), si no de carácter
    propio del centro (art. 22).
  • Director centros públicos elige Consejo Escolar.

28
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LODE (cont.)
  • Centros concertados, a cambio de financiación
    pública, deben admitir regulación de la
    Admi-nistración
  • Enseñanza gratuita y actividades extraescolares
    voluntarias.
  • Colegios mixtos.
  • Director acuerdo titular centro y Consejo
    Escolar.
  • Órganos de participación y representación
    (Consejo Escolar, Claustro).
  • Actividades religiosas voluntarias.
  • Criterios de admisión iguales que centros
    públicos.

29
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LODE (cont.)
  • Admisión alumnos en centros sostenidos con fondos
    públicos introduce criterio de renta.
  • Crea Consejo Escolar del Estado (carácter
    consultivo) y regula la creación de Consejos
    Escolares de las CC.AA.
  • Sentencia del TC (27/06/85) al recurso previo de
    inconstitucionalidad sólo anuló la necesidad de
    que los titulares que opten por definir el
    carácter propio de los centros, hayan de
    someterlo a autorización reglada.
  • LODE derogada en parte y modificada por LOGSE,
    LOPEG, LOCE, LOE.

30
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de
    Orde-nación General del Sistema Educativo
    (LOGSE)
  • Ministro de Educación, Javier Solana.
  • Objetivo cambiar y adecuar la estructura del
    sistema educativo vigente en España desde la LGE
    de 1970.
  • Libro Blanco para la reforma
  • del sistema educativo (1989),
  • necesidad de hacer frente a
  •  

31
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Preescolar falta de legislación, inhibición del
    Estado, carácter asistencial y no educativo.
  • EGB alto fracaso escolar y discriminación de la
    doble titulación al término de la misma.
  •  FP devaluada.
  • Bachillerato academicista y propedeútico de la
    Universidad.
  • Vacío legal EGB acaba a los 14 años, la edad
    laboral son los 16.

32
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE
  • Educación Infantil integrada en el SE (no sólo
    asistencial) tanto el tramo 3-6 como el 0-3
    años.
  •  Ampliación de educación obligatoria hasta los 16
    años. Educación Primaria (6 -12 años) y ESO
    (12-16 años).
  • Se pueden permanecer dos años más en la EO.
  • Educación comprensiva tanto en Primaria como en
    ESO no hay itinerarios para los diferentes tipos
    de alumnos, todos estudian lo mismo con
    diversificación interna.

33
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE (cont.)
  • Se suprime doble titulación al final de la EO.
  • Nueva configuración de FP acceso a FP de grado
    medio requiere el Título de GESO.
  • Educación ACNEEs principios constitucionales de
    normalización e integración (deberán educarse
    preferentemente en centros ordinarios).
  • Importancia principio igualdad de oportunida-des.
    Se incide en educación compensatoria.

34
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE (cont.)
  • Integración de enseñanzas de régimen especial
    (artísticas e idiomas) y EPA en sist. educativo.
  • Religión oferta obligatoria en todos los
    centros, pero carácter voluntario para los
    alumnos.
  •  Autonomía pedagógica y organizativa (arts. 57.1
    y 57.4) y en la gestión económica (art. 58.2).
  • Evaluación continua. No sólo se evalúan
    conocimientos, también procedimientos y
    actitudes.

35
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE (cont.)
  •  Evaluación se hace extensiva a todo el SE.
  •  Creación del Instituto Nacional de Calidad y
    Evaluación de la Educación (INCE), et idem. en
    CC.AA.
  • Se incide en la calidad en la educación (Título
    IV, arts. 55-62) y en sus agentes formación del
    profesorado, autonomía de centros, innovación
    educativa, inspección, orientación, evaluación
    del SE

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ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE (cont.)
  • Educación secundaria (arts. 17-29), se divide
    en 
  • 1) ESO (12-16 años) obligatoria, comprensiva,
    cuatro cursos (dos ciclos), materias organizadas
    en áreas de conocimiento. Profesorado
    titula-dos universitarios superiores con
    cualificación pedagógica.
  • 2) Bachillerato dos cursos, modalidades (artes,
    tecnología, ciencias de la naturaleza y de la
    salud, humanidades y ciencias sociales).

37
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE (cont.)
  • FP (cap. IV, arts. 30-35) grados medio (se
    nece-sita el título de GESO o prueba) y superior
    (Titulo de Bachiller o prueba).
  • Educación especial (cap. V, arts. 36-37) en el
    SE ordinario, sólo en casos excepcionales en
    centros específicos.
  • Aunque la LOGSE recoge muchas reivindicacio-nes
    planteadas hasta ese momento, pronto pasará a ser
    una ley muy contestada

38
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOGSE (cont.)
  • No hace obligatoria y gratuita la EI 3-6 años.
  • Carácter comprensivo de la ESO.
  • Corta duración del Bachillerato (dos cursos).
  • No cambiar sistema de formación del profesorado.
  • Centros concertados nuevos requerimientos
    (materiales), pero sin dotación de recursos.
  • Administración local sigue teniendo
    responsabi-lidades, pero no competencias en
    educación.
  • Carece de Ley de Financiación.
  • Etc

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ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOPEG
  • Mayor autonomía pedagógica (cada centro elabora
    su PEC) y de gestión (mayor capacidad de
    gestionar recursos).
  • Modifica sistema de participación y gobierno de
    los centros públicos establecido por la LODE da
    más competencias a Claustro y Consejo Escolar.
  • Institucionaliza el Equipo Directivo director,
    jefe de estudios, secretario o administrador
    (profesionalizar gestión del centro).
  • Cambia sistema elección Director de centros
    públicos le sigue eligiendo el Consejo Escolar,
    pero entre los profesores del centro previamente
    acreditados por la Administración.
  • Director representante del Centro ante la
    Administra-ción o viceversa?

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ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de
    Par-ticipación, Evaluación y Gobierno de los
    Centros Educativos (LOPEG o LOPEGCE)
  • Se la conoce como Ley Pertierra (su origen son
    las 77 Medidas del ministro Suárez Pertierra).
  • Última ley educativa elaborada Gobiernos de
    Felipe González (coalición con CiU).
  • Reforma LODE y desarrolla el Título
  • IV de la LOGSE (medidas fomento
  • calidad de la educación).
  •  

41
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOPEG (cont.)
  • Diferencia actividades complementarias (requieren
    autorización administrativa) y extraescolares
    (fuera del horario escolar, sólo autorización del
    CE).
  • Facilidades a centros concertados actividades
    ex-traescolares remuneradas sin autorización
    previa de la Administración, mayor capacidad del
    Titular para selección del profesorado
  • Centros públicos y concertados uno de los
    repre-sentantes de padres en el CE, designado por
    APA mayoritaria.
  • Evaluación de alumnos, procesos, profesorado,
    centro y SE. Evaluación centros interna (realiza
    el propio centro) y externa (realiza
    Administración).

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Sociedad, familia y educación
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42
ADMINISTRACIÓN SOCIALISTA (1982-1996)
  • Aspectos principales de la LOPEG (cont.)
  • Críticas a la LOPEG de sindicatos docentes
  • Criterios de gestión privada en entidades
    públicas (mercantilización).
  • Evaluación puede acabar estableciendo un
    ranking escolar.
  • Modelo de participación y gobierno sistema más
    jerárquico.
  • Etc
  • Derogada por LOCE (en parte) y LOE (totalmente).

13/06/2021
Sociedad, familia y educación
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43
GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR (1996-2004)
  • PP gana elecciones (marzo 1996) por escasa
    mayoría. Necesidad de pactos de gobernabilidad
    su programa electoral sólo podrá llevarse a
    efecto en su segunda legislatura (2000-2004).
  • Ejes programa electoral calidad y libertad de
    enseñanza.
  • Primera ministra de Educación Esperanza Aguirre
    (critica comprensividad e igualitarismo de
    LOGSE). Apuesta por libertad de elección de
    centros (competencia
  • calidad )
  • Le sucede Mariano Rajoy (1999) idea de culminar
    trans-ferencias en materia educativa a todas las
    CC.AA.
  • 1 de enero de 2000 culmina este proceso, que
    había empezado en España en 1980 (sólo ciudades
    autónomas de Ceuta y Melilla y la UNED dependen
    del ME).

13/06/2021
Sociedad, familia y educación
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44
GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR (1996-2004)
  • Segunda legislatura popular (2000-2004)
    ministra de Educación, Pilar del Castillo.
  • En este periodo se promulgan tres nuevas leyes
    orgánicas en educación
  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
    Universidades (LOU).
  • Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las
  • Cualificaciones y de la Formación
  • Profesional (LOCFP).
  • Ley Orgánica 10/2002, de 23 de di-
  • ciembre, de calidad de la Educación
  • (LOCE).

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GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR (1996-2004)
  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
    Universidades (LOU)
  • Deroga la LRU.
  • Rechazo social y académico (CRUE, profesores,
    alumnos). Se aprueba en Congreso con votos de
    PP, CiU y CC. Los demás partidos (excepto PNV)
    presentan recurso de inconstitucionalidad.
  • Elección del rector mediante sufragio universal
    (ponderado).
  • Profesorado contrato laboral junto a función
    pública docente (mayor flexibilidad de
    Universidad para seleccionar a sus docentes).
  • Habilitación para acceso a función pública
    docente. Creación de la ANECA (Agencia Nacional
    de Evaluación de la Calidad y Acreditación).
  • Universidades privadas mayores competencias a
    sus titulares.
  • Comienza integración sistema universitario
    español en el EEES (Declaración de Bolonia de
    1999).
  • De nuevo se ha aprobado una ley sin financiación.

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GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR (1996-2004)
  • Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las
    Cualificaciones y de la Formación Profesional
    (LOCFP )
  • Ley muy ambiciosa.
  • Pretende integrar diferentes sistemas de FP
    (regla-da, continua y ocupacional) en un único
    sistema integrado de FP, cualificaciones y
    acreditación de competencias laborales
  • Sistema Nacional de Cualificaciones y FP.
  • Catálogo Nacional Cualificaciones Profesionales.
  • Centros Integrados de FP reglada, ocupacional y
    continua.
  • Centros de referencia Nacional en todas las
    CC.AA. (MEC y Mº de Trabajo y Asuntos Sociales).

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  • LOCFP (cont. )
  • Áreas prioritarias en ofertas formativas,
    financiadas con fondos públicos (directrices
    formativas UE, Estrategia Lisboa 2010).
  • Procedimientos para reconocer validez oficial a
    los títulos de FP y a los certificados de
    profesionalidad (RD 1224/2009 reconocimiento de
    competencias profesionales adquiridas por
    experiencia laboral).
  • Críticas que ha recibido la Ley
  • La ley no ha contado con las CC.AA. a pesar de
    tener éstas plenas competencias en educación.
  • Tampoco se acompañó de un marco concreto de
    financiación.

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  • Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de
    Calidad de la Educación (LOCE)
  • Resolver problemas que, a juicio del PP, han
    ocasiona-do las leyes educativas del PSOE
  • Gobierno de centros muy participativo (LODE).
  • Educación comprensiva en la ESO (LOGSE).
  • No se acompaña de Libro Blanco, no hay consenso
    con comunidad educativa ni con CC.AA. Tenso
    debate en CE del Estado y en Consejo de Estado.
    Aprobada con votos de PP y CC (diciembre 2002).
  • Triunfo electoral PSOE (marzo 2004), parón de
    LOCE
  • RD 1318/2004 suspende calendario aplicación
    LOCE.
  • La LOE deroga la LOCE (mayo de 2006).

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  • LOCE (cont. )
  • Preámbulo, 5 ejes de este Ley
  • Cultura del esfuerzo (recae en el alumno).
  • Orientación hacia resultados (pruebas
    diagnós-ticas al final de Primaria y ESO, y
    Prueba General de Bachillerato para obtener
    Título).
  • Establece itinerarios en 2º ciclo ESO (rompe
    prin-cipio comprensividad de LOGSE).
  • Refuerzo consideración social, formación inicial
    y permanente del profesorado (en el articulado,
    todo queda como estaba).
  • Desarrollo autonomía pedagógica, organizativa y
    de gestión de los centros.

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  • LOCE (cont. )
  • Estructura del sistema educativo
  • Desaparece Etapa 0-6 años diferencia entre
    Preesco-lar (0-3 años, educativo-asistencial) y
    E. Infantil (3-6 años, gratuita en centros
    públicos y concertados).
  • E. Primaria sólo modifica algunas áreas de la
    LOGSE.
  • ESO medidas refuerzo en 1º ESO dos itinerarios
    en 3º ESO (científico-humanístico y tecnológico)
    y tres en 4º (científico, humanístico y
    tecnológico) 4º ESO pasa a denominarse Curso de
    orientación académica y profesional
    postobligatoria a partir de los 15 años,
    Programas Iniciación Profesional.

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  • LOCE (cont. )
  • Estructura del sistema educativo (cont.)
  • Bachillerato dos cursos, tres modalidades
    (Artes, Humanidades y CC.SS., y Ciencia y
    Tecnología). Prueba General para obtener Título.
  • FP grado medio acceso desde título de ESO o con
    prueba de acceso.
  • FP grado superior acceso tras superar la PG de
    Bachillerato o examen a los 20 años también se
    puede acceder desde FP de grado medio (examen a
    los 18 años).
  • Enseñanzas de régimen especial Artísticas,
    Idiomas y Deportivas.

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  • LOCE (cont. )
  • Centros pueden hacer especializaciones
    curriculares (v.g., idiomas) que refuercen a
    amplíen el currículo.
  • Centros públicos pueden buscar cauces
    complementarios de financiación (como en LOPEG).
  • Se potencia principio de libertad de elección de
    centro
  • Elección de centro concertado supone aceptación
    de su carácter propio.
  • Admisión de alumnos se autoriza a los centros
    adopción criterios complementarios.
  • Director centros públicos, deja de ser elegido
    por el CE con-curso de méritos, elige una
    Comisión (70 representantes de Administración,
    30 del centro).
  • CE funciones más de apoyo que de gobierno
    (formular propuestas, elaborar informes).

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  • LOCE (cont. )
  • Nueva asignatura obligatoria desde Primaria al
    Bachillerato Sociedad, Cultura y Religión con
    dos opciones confesional o no confesional.
  • Medidas de atención a la diversidad
  • ACNEEs escolarización en aulas ordinarias, aulas
    especiales en colegios ordinarios o colegios
    especiales.
  • Sobredotación intelectual tratamiento
    específico, podrá acelerarse su escolaridad y
    se promoverá su escolarización en centros
    especiales.
  • Alumnos extranjeros programas de apoyo en aulas
    especiales.

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BIBLIOGRAFÍA
  • CAPITÁN DÍAZ, A. (2002). Breve historia de la
    educación en España. Madrid Alianza Editorial.
  • PUELLES BENÍTEZ, M. de (1999). Educación e
    ideología en la España contemporánea. Barcelona
    Tecnos.
  • PUELLES BENÍTEZ, M. de (2004). Política y
    educación en la España contemporánea. Madrid
    U.N.E.D.
  • VIÑAO, A. (2004). Escuela para todos. Educación y
    modernidad en la España del siglo XX. Madrid
    Marcial Pons Historia.
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