Title: El Marco Legal Ambiental de Costa Rica
1El Marco Legal Ambiental de Costa Rica
2Definición de Derecho Ambiental
Definición
Postulados Principales
Marco Legal Costa Rica
Leyes
Reglamentos
SETENA
3El Derecho Ambiental
- Antropocéntrico.
- Derecho humano de la tercera generación.
- Se origina en el entendimiento de la escala
planetaria del deterioro del ambiente.
4Postulados Principales del Derecho Ambiental
5Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Legitimación activa mediante intereses colectivos.
6Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Traslado de la carga de prueba.
7Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio Quien contamina paga y responsabilidad
por el daño ambiental.
8Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio Preventivo, prevenir es mejor que
sancionar, y su derivado Principio de Solución en
la fuente, usando BAT y BEP.
9Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio Precautorio y su derivado
- "In dubio pro natura .
10Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio de Participación Ciudadana informada.
11Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio del Carácter múltiple de los daños
contra el ambiente.
12Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio de igualdad.
- Principio de derecho intergeneracional.
- Principio de responsabilidad compartida pero
diferenciada.
13Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio de subsidiaridad.
14Postulados Principales del Derecho Ambiental
- Principio de soberanía de los Estados.
15Marco Legal Costarricense
Definición
Postulados Principales
Marco Legal Costa Rica
Leyes
Reglamentos
EIA
16La Pirámide de Kelsen
17Constitución Política
- Artículo 50
- ?Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado. Por ello está
legitimada para denunciar los actos que infrinjan
este derecho y para reclamar la reparación del
daño causado?.
18Principales Leyes Costarricenses en el área
Ambiental
Definición
Postulados Principales
Marco Legal Costa Rica
Leyes
Reglamentos
EIA
19Ley General de Salud N 5395 del 30 de Octubre
de 1973
- Establece en el Título III, capítulos 2 al 5
- Regulaciones para las industrias,
- Manejo del agua,
- Manejo de residuos sólidos,
- Manejo de aguas servidas y negras,
- Prohibición de contaminar el ambiente.
20Ley Orgánica del Ambiente N 7554,del 4 de
Octubre de 1995
- Establece
- La figura de la evaluación de impacto ambiental,
- La creación de la Secretaría Técnica Nacional
Ambiental (SETENA), - La creación del Tribunal Ambiental Administrativo
(TAA).
21Ley de Aguas N 276,del 27 de Agosto de 1942
- Establece las reglas para el manejo de las aguas
y los delitos y las faltas aplicables.
22Principales Reglamentos Costarricenses que
aplican en el área Ambiental para los Ingenios
Azucareros
Definición
Postulados Principales
Marco Legal Costa Rica
Leyes
Reglamentos
EIA
23Reglamento Calidad del Agua Potable N 5395-S
- Este reglamento indica la calidad que debe tener
un agua para ser potable y los análisis que se
requieren para certificar su potabilidad.
24Reglamento Calidad del Agua Potable N 5395-S
- Toda industria de alimentos debe asegurar que el
agua que usa en su proceso, en contacto directo
con el producto, debe ser potable, con el fin de
asegurar la inocuidad del alimento producido.
25Reglamento sobre la Emisión de Contaminantes
Atmosféricos provenientes de Calderas N
30222-S-MINAE
- Este reglamento regula las emisiones de las
calderas. - Indica la exigencia de entregar al MINSA un
reporte operacional anual por caldera, que
incluya los análisis de los gases según los
métodos de muestreo y análisis definidos en el
reglamento.
26Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas
de Tratamiento de Aguas Residuales N
31545-S-MINAE
- El objetivo de este reglamento es asegurar una
gestión racional y ambientalmente adecuada de las
aguas residuales.
27Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas
de Tratamiento de Aguas Residuales N
31545-S-MINAE
- Incluye todas las aguas que sean vertidas o
reutilizadas. - Establece la obligación de mantener el efluente
del sistema siempre dentro de los parámetros
establecidos y mantener una bitácora de operación
y mantenimiento del Sistema.
28Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas Residuales
N 33601-S-MINAE
- Su objetivo es lograr una gestión ambientalmente
adecuada de las aguas residuales, ya sean
vertidas o reutilizadas. - Modifica los valores límite para los parámetros
de control obligatorio en el agua de reuso.
29Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas
Residuales N 33601-S-MINAE
- Regula los parámetros de calidad de las aguas en
cuanto a valores, frecuencia y forma de medición.
- Indica la exigencia de presentar al menos tres
reportes operacionales por año, que incluya los
análisis de las aguas según los métodos de
muestreo y análisis definidos en el reglamento y
los datos medidos por el ente generador.
30La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en Costa
Rica
Definición
Postulados Principales
Marco Legal Costa Rica
Leyes
Reglamentos
EIA
31Orígenes
- En Costa Rica, la Ley de Minería de 1982 solicita
realizar una Evaluación de Impacto Ambiental para
proyectos mineros.
32Orígenes
- En 1995, la Ley Orgánica del Ambiente establece
la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
33Orígenes
- Esta Ley establece la figura de la Evaluación de
Impacto Ambiental, como instrumento de
administración del Estado, obligatorio para
proyectos nuevos.
34El Proceso de EIA
- 3 Categorías de Proyectos A, B (B1 y B2) y C.
- 2 Documentos diferentes que se usan según la
categoría del proyecto (D-1 y D-2).
35El Documento D-1
- Su objetivo fundamental es servir como
instrumento técnico para la ejecución de la
Evaluación Ambiental Inicial.
36El Documento D-1
- Permite determinar si la actividad, obra o
proyecto planteado es viable desde el punto de
vista ambiental y si se requiere o no profundizar
el análisis ambiental por medio del uso de un
instrumento más detallado.
37El Documento D-1
- Este instrumento se usa para las actividades,
obras o proyectos de alto y moderado impacto
ambiental, ubicados en zonas que no cuentan con
un plan regulador aprobado por la SETENA.
38El Documento D-2
- Deberá ser presentado por el desarrollador de las
actividades, las obras y los proyectos
categorizados como de bajo impacto ambiental,
categorías C y B2, en zonas donde exista plan
regulador aprobado por la SETENA.
39El Documento D-2
- Este documento es más sencillo y corto que el
D-1, y no requiere ser firmado por un consultor
ambiental.
40Muchas Gracias!