Title: TEMA 9 EL INFORME DE AUDITORIA
1TEMA 9 EL INFORME DE AUDITORIA
2EL INFORME DE AUDITORIA
- 9.1. Introducción.
- 9.2. EL Informe de Auditoria elementos básicos.
- 9.3. Tipos de opinión.
- 9.4. Circunstancias que pueden afectar la opinión
del auditor. - 9.5. La carta de recomendaciones.
3INTRODUCCION OBJETIVO DE LA AUDITORIA
- Emitir una opinión sobre si las CCAA expresan, en
todos sus aspectos significativos, la imagen fiel
del patrimonio y de la situación financiera de la
empresa o entidad auditada, así como del
resultado de sus operaciones, de conformidad con
los principios y normas de contabilidad
generalmente aceptados (PNCGA). - La auditoria permite verificar la veracidad de la
información contenida en las CCAA emitidas por
las empresas objeto de estudio.
4INTRODUCCION EL INFORME DE AUDITORIA
- Producto principal de la auditoría ? Informe de
Auditoría - ?
- Según las Normas Técnicas de Auditoría (NTA)
- ?
- el informe de auditoría de las cuentas anuales
es un documento mercantil en el que se muestra el
alcance del trabajo efectuado por el auditor y su
opinión profesional sobre las mismas, de acuerdo
con lo establecido en la Ley 19/1988 de Auditoría
de Cuentas, disposiciones que se dicten en su
desarrollo y las propias NTA.
5INTRODUCCION FUNCION DEL AUDITOR
- Manifestar si las CCAA, tomadas en su conjunto,
expresan, en todos los aspectos significativos,
la imagen fiel del patrimonio y de la situación
financiera de la entidad, así como de los
resultados de sus operaciones. - Expresar si las CCAA han sido formuladas conforme
a los principios y normas contables generalmente
aceptados y si éstos guardan uniformidad con los
aplicados en el ejercicio anterior. - En su caso, indicar si la información contable
del informe de gestión concuerda con la de las
CCAA auditadas.
6EMPRESAS OBLIGADAS A AUDITARSE (LEY 19/1988 DE 12
DE JULIO DE AUDITORIA DE CUENTAS)
- Eª cotizadas en bolsa.
- Eª que emiten obligaciones en oferta pública.
- Eª de intermediación financiera.
- Entidades financieras obligadas a inscribirse en
los Registros del Ministerio de Economía y del
Banco de España. - Eª aseguradoras.
- Eª que reciban Subvenciones Públicas gt 600.000 .
- Eª que realizan obras para la Administración
Pública gt600.000 .
7EMPRESAS OBLIGADAS A AUDITARSE (LEY 19/1988 DE 12
DE JULIO DE AUDITORIA DE CUENTAS)
- Cualquier Eª que supere
- Cifra de negocios 5.700.000 .
- Volumen de activo 2.850.000 .
- Nº medio de trabajadores 50.
- Deben superar dos de los tres parámetros durante
dos ejercicios consecutivos. - A solicitud de accionistas 5 en los tres meses
posteriores al cierre. - Cuando lo acuerde un juez.
- Sociedades participadas por Fondos de Inversión.
8INFORME DE AUDITORIA ELEMENTOS BÁSICOS
1. Título o identificación del informe
2. Identificación de los destinatarios y de las personas que efectuaron el encargo
3. Identificación de la entidad auditada
4. Párrafo de alcance de la auditoría
5. Párrafo de opinión
6. Párrafo de salvedades
7. Párrafo de "énfasis"
8. Párrafo sobre el Informe de gestión
9. Nombre, dirección y datos registrales del auditor
10. Firma del auditor
11. Fecha de emisión del informe
9ELEMENTOS BASICOS DEL INFORME DE AUDITORIA
- Título o identificación del informe ? Actividades
de auditoria - Auditoria de CCAA ? Informe de auditoría
independiente de las cuentas anuales. - Trabajos de revisión y verificación de otros
estados o documentos contables. - Identificación de los destinatarios y de las
personas que efectuaron el encargo. - Normalmente, el informe de auditoría irá dirigido
a los accionistas o socios de la empresa o
entidad auditada. - Mención de la persona que efectuó el
nombramiento, en el caso de que no coincida con
el destinatario. - Identificación de la entidad auditada.
10INFORME DE AUDITORIA PARRAFO DE ALCANCE
- Describe la amplitud del trabajo de auditoría
realizado - Identificación de los documentos que constituyen
las CCAA objeto de la auditoría. - Referencia sintetizada y general de las NTA
aplicadas en el trabajo realizado. - No aplicación de algunos de los procedimientos
incluidos en las NTA como consecuencia de
limitaciones al alcance del examen del auditor.
11INFORME DE AUDITORIAPARRAFO COMPARATIVO
- Declara que, aunque los administradores presentan
con cada una de las partidas que componen las
CCAA del año que se está auditando las
correspondientes al ejercicio anterior, esto se
hace con fines comparativos y su opinión se
refiere única y exclusivamente al último
ejercicio. Tres circunstancias - La entidad estuvo sometida a auditoría
obligatoria en el ejercicio anterior. - La empresa sometió a auditoría las CCAA del
ejercicio anterior, de forma voluntaria. - La sociedad no sometió a auditoría las CCAA del
ejercicio precedente porque no tenía obligación
de ello.
12INFORME DE AUDITORIAPARRAFO COMPARATIVO
- Auditoría obligatoria en el ejercicio anterior ?
el auditor debe decir si fue él mismo quien
efectuó esta auditoría o indicar que fue
realizada por otro auditor, la fecha de emisión
del informe y el tipo de opinión emitida. - Auditoria voluntaria en el ejercicio anterior ?
las referencias a dicho informe pueden ser
omitidas ? el auditor deberá solicitar a la
entidad auditada que califique como no sometidas
a auditoría obligatoria las cifras
correspondientes al ejercicio anterior. - No auditoria del ejercicio precedente porque no
habia obligación de ello ? identificará las
cifras comparativas como no auditadas. (Si la
empresa ha incumplido la obligación de auditar
sus cuentas del año anterior, el auditor debe
indicarlo en su informe).
13INFORME DE AUDITORIAPARRAFO DE OPINION
- El auditor debe expresar, de forma clara y
precisa, su opinión sobre si las CCAA - contienen la información necesaria y suficiente
para su interpretación y comprensión adecuada. - reflejan, en todos los aspectos significativos,
la imagen fiel del patrimonio y de la situación
financiera de la entidad auditada, así como de
los resultados de sus operaciones durante el
ejercicio, de conformidad con principios y normas
contables generalmente aceptados.
14INFORME DE AUDITORIAPARRAFO DE OPINION
- El auditor también deberá manifestar si los
principios y normas contables generalmente
aceptados han sido aplicados uniformemente ? si
no es así, la redacción será - ... de conformidad con principios y normas
contables generalmente aceptados que, excepto por
el cambio con el que estamos de acuerdo de (breve
descripción del cambio), según se describe en la
Nota X de la Memoria, guardan uniformidad con los
aplicados en el ejercicio anterior.
15INFORME DE AUDITORIAPARRAFO DE OPINION
- Salvedades significativas sobre las CCAA ?
redacción - En nuestra opinión, excepto por los efectos de
la salvedad anterior, las CCAA del ejercicio 20XX
adjuntas expresan, en todos los aspectos
significativos, la imagen fiel del patrimonio y
de la situación financiera de Sociedad XYZ, S.A.
al 31 de diciembre de 20XX, así como de los
resultados de sus operaciones durante el
ejercicio anual terminado en dicha fecha y
contienen la información necesaria y suficiente
para su interpretación y comprensión adecuada, de
conformidad con principios y normas contables
generalmente aceptados que guardan uniformidad
con los aplicados en el ejercicio anterior. - Salvedad/es muy significativas ? opinión denegada
o desfavorable.
16INFORME DE AUDITORIAPARRAFO DE SALVEDADES
- Párrafo/s intermedios entre el de alcance y el de
opinión, en el que - El auditor explica, de forma razonada y
detallada, los motivos que le han llevado a
expresar una opinión con salvedades, desfavorable
o denegada. - Especifica el efecto de las salvedades en las
CCAA cuando éste sea cuantificable o la
naturaleza de las mismas, si este efecto no
pudiese ser estimado razonablemente. - Este párrafo no aparece en los informes que
expresen una opinión favorable.
17INFORME DE AUDITORIAPARRAFO DE ENFASIS
- No es un párrafo obligatorio ? solo aparece
cuando el auditor desea enfatizar algún asunto
relacionado con las CCAA ? finalidad llamar la
atención del lector sobre un hecho concreto que
considera de especial trascendencia para la
sociedad. - Nunca debe confundirse un párrafo de énfasis con
uno de salvedades. - Al no tratarse de una salvedad, el auditor no
deberá hacer referencia a este párrafo de
"énfasis" en su párrafo de "opinión". - Un párrafo de salvedad, en ningún caso, debe ser
sustituido por un párrafo de énfasis.
18INFORME DE AUDITORIA PARRAFO SOBRE EL INFORME DE
GESTION
-
- Informe Gestión no forma parte de las CCAA ?
algunas entidades, obligatoria o voluntariamente
lo formulan - ?
- Párrafo adicional que afirme que dicho informe no
forma parte integrante de las CCAA y que concluya
sobre la concordancia de la información contable
del informe de gestión con la de las CCAA - ?
- Contradicciones o errores significativos no
corregidos por los administradores ? descripción
en el informe de auditoria -
19ELEMENTOS BASICOS DEL INFORME DE AUDITORIA
- Nombre, dirección y datos registrales del auditor
- Firma del auditor ? en el caso de sociedades de
auditoría, el informe debe indicar - Nombre de la sociedad.
- Firma del socio o socios
- Nombre del socio o socios firmantes.
-
20INFORME DE AUDITORIAFECHA DE EMISION DEL INFORME
- La fecha de emisión del informe
- Último día de trabajo en las oficinas de la
entidad auditada. - Nunca puede ser anterior a la fecha de
formulación, por parte de los administradores, de
las CCAA examinadas. - Objetivo de la fecha de emisión determinar
claramente hasta qué momento el auditor es
responsable de realizar procedimientos de
auditoría relativos a hechos posteriores que
pudieran afectar a las cuentas examinadas. - ?
- El auditor no tiene obligación alguna de extender
sus procedimientos para identificar hechos que
pudieran haber ocurrido después de la fecha de
emisión del informe de auditoría.
21INFORME DE AUDITORIAFECHA DE EMISION DEL INFORME
- Hechos posteriores a la fecha de cierre del
ejercicio, pero anteriores a la fecha de emisión
del informe, que tengan, o puedan tener, un
efecto significativo sobre las CCAA y que
requieran - en unos casos, ser incorporados a las CCAA
- en otros casos, ser mencionados en la memoria,
- dependiendo de si suponen o no una evidencia
adicional de circunstancias que existían a la
fecha de cierre del ejercicio. -
22INFORME DE AUDITORIAFECHA DE EMISION DEL INFORME
- Hechos que proporcionan una evidencia adicional
con respecto a condiciones que ya existían a la
fecha de cierre de las CCAA y que, por suponer
diferencias con las estimaciones de los
administradores ? deben suponer una modificación
de las CCAA. - Hechos que evidencian condiciones que no existían
a la fecha de cierre del ejercicio ? no suponen
una modificación de las CCAA ? por su importancia
deben ser comunicados al destinatario de las CCAA
para evitar una interpretación errónea o
incompleta de las mismas. - ?
- Si la entidad auditada no modifica sus CCAA o no
explica el hecho posterior en la memoria ?
salvedad
23INFORME DE AUDITORIAFECHA DE EMISION DEL INFORME
- Si durante el intervalo de tiempo transcurrido
entre la fecha de emisión del informe y la de
entrega al destinatario, llegase a conocimiento
del auditor alguna información significativa y
fiable sobre hechos ocurridos con posterioridad a
la fecha de finalización de su trabajo, que
hubiera analizado de encontrarse aún realizando
la auditoría ? investigación del hecho. - ?
- Si el hecho requiere ajuste o desglose en las
CCAA y éstas no son oportunamente rectificadas ?
salvedad
24INFORME DE AUDITORIAFECHA DE EMISION DEL INFORME
- Usar dos fechas para el informe.
- 1ª fecha fecha de terminación del trabajo de
auditoría - 2ª fecha hace referencia específica al hecho
concreto posterior desglosado en la nota
explicativa de la Memoria o el párrafo de
salvedad donde se explica el hecho y la falta de
ajuste de las cuentas o su desglose en la
Memoria, según fuera procedente. - Fechar su informe en la última de las fechas, es
decir, la que corresponde al hecho posterior. En
este segundo caso, la responsabilidad del auditor
incluye el extender sus procedimientos de
auditoría sobre hechos posteriores ocurridos
hasta esta última fecha.
25TIPOS DE OPINION
261. OPINION FAVORABLE, LIMPIA, POSITIVA O SIN
SALVEDADES
- Las CCAA
- Expresan en todos los aspectos significativos, la
imagen fiel del patrimonio y de la situación
financiera de la empresa o entidad auditada, así
como de los resultados de sus operaciones, - Contienen la información necesaria y suficiente
para su interpretación y comprensión adecuada, - De conformidad con los principios y normas
contables generalmente aceptados, que guardan
uniformidad con los aplicados en el ejercicio
anterior.
272. OPINION CON SALVEDADES, CALIFICADA,
CUALIFICADA, CON RESERVAS O CON EXCEPCIONES
- Se produce cuando el auditor está de acuerdo con
los EEFF, pero con ciertas reservas. - Circunstancias que afectan a las CCAA tomadas en
su conjunto - Si no son significativas ? opinión favorable.
- Si son significativas ? opinión con salvedades.
- Si son tan significativas que impiden que las
CCAA reflejen la imagen fiel de la empresa o no
permiten al auditor formarse una opinión sobre
las mismas ? opinión desfavorable o denegada,
según el tipo de salvedad.
282. OPINION CON SALVEDADES, CALIFICADA,
CUALIFICADA, CON RESERVAS O CON EXCEPCIONES
- Las salvedades ? párrafo de opinión excepto
por. - En otro/s párrafo/s intermedio/s entre el de
alcance y el de opinión ? descripción de la
naturaleza y razones de la salvedad y, cuando
ésta sea cuantificable, el efecto que ejerce
sobre las CCAA. - Salvedad por falta de uniformidad en la
aplicación de principios y normas contables - no será necesario incluir este párrafo
intermedio - bastará con que el auditor exprese si está o no
de acuerdo con el cambio producido y hacer
referencia a la nota explicativa de la Memoria en
la que se explique el citado cambio.
292.a) LIMITACIONES AL ALCANCE DEL TRABAJO REALIZADO
- Se produce cuando el auditor no puede aplicar los
procedimientos de auditoría requeridos por las
NTA, o aquellos que considere necesarios para
poder determinar si las CCAA reflejan o no la
imagen fiel de la entidad auditada. - Pueden ser de dos tipos
- Limitaciones que proceden de la propia entidad
auditada. - Limitaciones que vienen impuestas por las
circunstancias. - En algunos casos, el auditor puede aplicar
métodos alternativos de auditoría ? la entidad
auditada debe facilitar la información
alternativa. - La limitación al alcance tendrá efecto, dentro
del informe de auditoría, en 2 párrafos en el de
alcance y en el de opinión.
30SALVEDAD POR LIMITACION AL ALCANCE EJEMPLO 1
31SALVEDAD POR LIMITACION AL ALCANCE EJEMPLO 2
322.b) ERROR O INCUMPLIMIENTO DE PNCGA (INCLUYENDO
OMISION DE INFORMACION)
- Utilización de principios y normas contables
distintos de los generalmente aceptados. - Errores, intencionados o no, en la elaboración de
las CCAA (errores aritméticos, en la
aplicación práctica de los principios y normas
contables y errores de interpretación de hechos). - Falta de información necesaria y suficiente para
la interpretación y comprensión adecuada de las
CCAA - defectos en desgloses requeridos en la Memoria
- presentación inadecuada de las cuentas
(formato/clasificación). - Hechos posteriores a la fecha de cierre del
ejercicio cuyo efecto no hubiera sido corregido
en las CCAA o adecuadamente desglosados en la
Memoria, según procediera.
33SALVEDAD POR INCUMPLIMIENTO EJEMPLO 1
34SALVEDAD POR INCUMPLIMIENTO EJEMPLO 2
352.c) INCERTIDUMBRES CUYO DESENLACE NO ES
SUSCEPTIBLE DE ESTIMACION RAZONABLE
- Incertidumbre asunto o situación de cuyo
desenlace final no se tiene certeza a la fecha
del balance, porque depende de que ocurra o no
algún otro hecho futuro. - Ni siquiera la entidad puede realizar
estimaciones razonables ni tampoco puede
determinar si las cuentas anuales han de ser
ajustadas, ni por qué importes ? no es función
del auditor estimar las consecuencias de hechos
futuros si la entidad no puede hacerlo. - El auditor no debe calificar como incertidumbres
las estimaciones normales que todas las entidades
realizan, cuando preparan sus CCAA estimaciones
actuariales de los planes de pensiones,
provisiones para clientes incobrables, para
garantías o devoluciones, etc. ? es posible
realizar una estimación razonable, a nivel
específico o global, y recoger su efecto
monetario en las CCAA.
362.c) INCERTIDUMBRES CUYO DESENLACE NO ES
SUSCEPTIBLE DE ESTIMACION RAZONABLE
- Si el auditor estima que el desenlace final de un
asunto o situación puede ser estimado
razonablemente por la entidad, pero ésta no lo
hace o realiza una estimación que, en su opinión,
no es razonable ? salvedad por incumplimiento de
PNCGA. - Si el auditor no puede obtener la evidencia
necesaria para evaluar si el desenlace final
puede ser razonablemente estimado y, por tanto,
para juzgar cualquier estimación de la entidad ?
limitaciones al alcance del trabajo.
37SALVEDAD POR INCERTIDUMBRE EJEMPLO 1
38SALVEDAD POR INCERTIDUMBRE EJEMPLO 2
392.d) CAMBIOS DURANTE EL EJERCICIO DE LOS PNCGA
- El auditor debe determinar si los principios y
normas contables empleados para preparar las CCAA
han sido aplicados de manera uniforme respecto de
los utilizados en el ejercicio anterior. - Si existe uniformidad, deberá mencionarlo en el
párrafo de opinión - ... de conformidad con PNCGA que guardan
uniformidad con los aplicados en el ejercicio
anterior. - Cuando el informe del auditor se refiera a las
CCAA de dos o más ejercicios, la uniformidad se
refiere a los ejercicios presentados ... de
conformidad con principios y normas contables
generalmente aceptados aplicados uniformemente.
402.d) CAMBIOS DURANTE EL EJERCICIO DE LOS PNCGA
- Cambio justificado en los PNCGA o en el método de
su aplicación que afecte de forma significativa
la CCAA ? salvedad a la aplicación uniforme de
principios y normas contables ... de
conformidad con PNCGA que, excepto por el cambio
con el que estamos de acuerdo de (breve
descripción del cambio), según se describe en la
Nota X de la Memoria, guardan uniformidad con los
aplicados en el ejercicio anterior. - Normalmente no será necesario incluir un párrafo
intermedio en el informe ? la referencia a la
nota explicativa de la memoria que detalla el
cambio y cuantifica su efecto es suficiente.
413. OPINION DESFAVORABLE
- Las CCAA, tomadas en su conjunto, no presentan la
imagen fiel del patrimonio, ni de la situación
financiera ni del resultado de las operaciones de
la empresa o entidad auditada, de conformidad con
los PNCGA. - Requisito errores o incumplimiento de PNCGA que,
a juicio del auditor, afectan a las CCAA en una
cuantía o concepto muy significativo o en un
número elevado de capítulos. - Cuando un auditor emite este tipo de opinión,
debe exponer todas las razones que le obligan a
emitirla en un párrafo intermedio de su informe,
describiendo el efecto y los motivos que le han
llevado a este tipo de conclusión. - Si además existen incertidumbres o cambios de
PNCGA, también deberá detallar estas salvedades
en su informe.
42OPINION DESFAVORABLE
434. OPINION DENEGADA
- El auditor no puede opinar sobre las CCAA de la
empresa, tomadas en su conjunto, porque no ha
obtenido la evidencia necesaria para formarse una
opinión sobre las mismas. - Limitaciones al alcance de la auditoría, y/o
incertidumbres, de importancia y magnitud tan
significativas ? impiden al auditor formarse una
opinión. - No obstante, a pesar de que auditor no pueda
expresar una opinión, tendrá que mencionar, en
párrafo distinto al de opinión, cualquier
salvedad que, por error o incumplimiento de los
PNCGA o cambios en los mismos, hubiese observado
durante la realización de su trabajo.
44OPINION DENEGADA
45CIRCUNSTANCIAS QUE PUEDEN AFECTAR LA OPINION DEL
AUDITOR
- Calificación de una circunstancia como no
significativa/ significativa/ muy significativa ?
tipo de opinión a emitir. - Aspectos significativos superan los niveles o
cifras de importancia relativa aplicados en el
trabajo ? estos niveles y las razones que los
justifican deben determinarse en los papeles de
trabajo. - Para poder catalogar una circunstancia como
significativa o muy significativa ? NTA sobre
Importancia Relativa ? tabla orientativa para
ayudar al auditor en este proceso (sólo puede
orientar en la evaluación de aspectos
cuantitativos).
46(No Transcript)
47CARTA DE RECOMENDACIONES
- Informe sobre el control interno que el auditor
emite, normalmente con anterioridad al informe de
auditoría, con el objetivo de informar, de forma
privada, a las personas que encargaron la
auditoría de distintos aspectos sobre la entidad
auditada. - Comentarios sobre el control interno establecido
por la dirección identificando las deficiencias
que hayan sido detectadas. Si se estima oportuno,
también puede incluir sugerencias o
recomendaciones ? un instrumento muy valioso para
la empresa o entidad que está siendo auditada. - Ajustes y reclasificaciones recomendados sobre
las CCAA ? influencia sobre la opinión del
informe de auditoria.
48CARTA DE RECOMENDACIONES VERSUS OPINION DEL
INFORME DE AUDITORIA
49ANEXO PRINCIPIOS Y NORMAS CONTABLES GENERALMENTE
ACEPTADOS (PNCGA)
- Según el Marco Conceptual de la Contabilidad
- El Código de Comercio y la restante legislación
mercantil. - El PGC y sus adaptaciones sectoriales.
- Las normas de desarrollo que, en materia
contable, establezca el Instituto de Contabilidad
y Auditoría de Cuentas (ICAC). - Otra legislación española específicamente
aplicable.
50ANEXO PRINCIPIOS Y NORMAS CONTABLES GENERALMENTE
ACEPTADOS (PNCGA)
- Resolución de 19 de enero de 1991, del Presidente
del ICAC, por la que se publican las NTA ? cuando
existan operaciones o hechos económicos no
contemplados en la normativa anterior ? normas
contables facultativas emitidas por
organizaciones nacionales o internacionales
solventes ? condiciones - No sean contrarias a los principios y normas
contables obligatorios. - Hayan sido aceptadas con generalidad por los
profesionales mediante declaraciones expresas de
las organizaciones en que aquéllas estén
encuadradas. - Su aplicación permita la obtención de la imagen
fiel del patrimonio, de la situación financiera y
de los resultados de la entidad auditada.
51ANEXO NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS
- Las contenidas en la Ley 19/1988, de 12 de julio,
de Auditoría de Cuentas, así como en su
Reglamento de desarrollo aprobado por Real
Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre. - Las NTA publicadas conforme a lo establecido en
el Capítulo II del Real Decreto 1636/1990. - Para lo no establecido en las NTA publicadas ?
los usos o prácticas habituales de los auditores
de cuentas ? actos reiterados, constantes y
generalizados observados en el desarrollo de su
actividad.