Title: V CURSO SEMINARIO INTERNACIONAL
1V CURSO SEMINARIO INTERNACIONAL Provisión y
Regulación de Servicios de Infraestructura
Notas para el estudio de la Regulación en México
Enrique Octavio Ortiz Mendoza
Santiago de Chile, 1 al 12 de septiembre de 2003
2Un vistazo al entorno de la reforma económica en
México
- El modelo de desarrollo económico Basado en la
Sustitución de Importaciones muestra claros
signos de agotamiento en la década de los 70.
- El descubrimiento de importantes reservas
petroleras en los 80 posterga la discusión en
torno si era necesario el cambio estructural o
no, y la forma de realizarlo.
- Esto representa una de las mayores oportunidades
perdidas en México, toda vez que se asumió una
política económica que no recalaba en los costos
intertemporales Preparémonos para administrar
la abundancia.
- En 1982, en el marco de la crisis de la deuda
pública externa y fiscal, asícomo de la crisis
financiera internacional se inician las reformas
estructurales.
- Hacia 1986 se avanza en la apertura comercial,
aunque el objetivo central era el combate a la
inflación y no la reestructuración económica en
sí misma toda vez que la libre importación de
mercancías contribuiría limitar el incremento de
los precios internos de los bienes transables.
3El proceso de privatización de empresas públicas
- Hacia 1988 el gobierno profundiza el cambio
estructural se fortalece la integración
comercial y se privatizan servicios públicos como
ferrocarriles, aeropuertos, telefonía y
carreteras.
- Es necesario advertir que al inicio del proceso,
el gobierno concentraba empresas que iban desde
los hidrocarburos hasta la producción de
refréscos, debido a distintos objetivos de
política económica.
- Empresas por motivos estratégicos (PEMEX y CFE).
- Empresas por motivos de conservación de empleo
(Pascual y BICIMEX).
- Lo anterior parece haber incidido en la
discusión, toda vez que si se vendía una empresa
refresquera o bicicletera en manos del gobierno,
afectaba sólo a los empleados en dicho
establecimiento y por tanto, el asunto se
centraba en el impacto sobre el empleo.
- En contrapartida esto contribuía a mejorar el
déficit público, más por la reducción de los
subsidios y transfrerencias que por los ingresos
derivados de las ventas.
4El debate actual Las preocupaciones por
privatizar y regular los servicios de utilidad
pública
- El debate actual en México se centra en
- Vender o no empresas públicas estratégicas.
- Si la respuesta es positiva, cómo efectuar
dicho proceso orientado a desarrollar las mejores
condiciones de mercado? - Cómo regular las empresas de los sectores ya
privatizados.
- A partir de entonces se pueden plantear el
siguiente esquema de regulación
Energía
Otros Servicios que no son de interés público
Telecomunicaciones
- Electricidad (generación)
- Gas
- Petroquímica Secundaria
COFETEL
CRE
COFECO
Electricidad (Transmisión y Distribución)
Petroquímica Básica
5Comisión Federal de Competencia (Atribuciones)
- Investigar la existencia de monopolios, estancos,
prácticas o concentraciones prohibidas por esta
ley (de oficio o de parte) - Establecer mecanismos de coordinación para el
combate y prevención de monopolios, estancos,
concentraciones y prácticas ilícitas - Resolver casos de su competencia y sancionar
administrativamente denunciar ante el MP las
conductas delictivas en materia de competencia y
libre concurrencia - Opinar sobre ajustes a programas y políticas de
la APF, cuando de éstos resulten efectos que
puedan ser contrarios a la competencia y la libre
concurrencia - Opinar, cuando se lo solicite el Ejecutivo
Federal, sobre las adecuaciones a los proyectos
de leyes y reglamentos, por lo que conciernen a
los aspectos de competencia y libre concurrencia - Cuando lo considere pertinente, emitir opinión en
materia de competencia y libre concurrencia,
respecto de leyes, reglamentos, acuerdos,
circulares y actos administrativos, sin que
tengan efectos jurídicos ni la Comisión pueda ser
obligada a emitir opinión
6Comisión Federal de Competencia (Comisionados)
- La Comisión estará integrada por cinco
comisionados - Deliberará en forma colegiada y decidirá los
casos por mayoría de votos, teniendo su
Presidente voto de calidad. - Tendrá el personal necesario para el despacho
eficaz de sus asuntos, de acuerdo con su
presupuesto autorizado. - Los comisionados serán designados por el titular
del Ejecutivo Federal (civiles y políticos,
profesionales en materias afines al objeto de
esta ley) y haberse desempeñado en forma
destacada en cuestiones profesionales, de
servicio público o académicas sustancialmente
relacionadas. - Los comisionados deberán abstenerse de desempeñar
cualquier otro empleo, trabajo o comisión pública
o privada, con excepción de los cargos docentes.
Asimismo, estarán impedidos para conocer de
asuntos en que tengan interés directo o
indirecto, en los términos del reglamento.
7Comisión Federal de Competencia (Comisionados)
- Serán designados para desempeñar sus puestos
por períodos de diez años, renovables, y sólo
podrán ser removidos de sus cargos por causa
grave, debidamente justificada. - El Presidente de la Comisión será designado por
el Titular del Ejecutivo Federal. - Una facultad destacada del Presidente de la
Comisión es la de solicitar a cualquier autoridad
del país o del extranjero la información que
requiera para indagar sobre posibles violaciones
a esta ley - El Secretario Ejecutivo es designado por el
Presidente de la propia Comisión
8Comisión Federal de Competencia (Funciones como
ente regulador)
- Tiene como objetivo regular y promover el
desarrollo eficiente de las telecomunicaciones. - Funciones
- Elaborar y administrar los planes técnicos
fundamentales. - Realizar estudios, investigaciones y
anteproyectos de las disposiciones legales y
reglamentarias que resulten pertinentes. - Evaluar solicitudes para el otorgamiento,
modificación, prórroga y cesión de concesiones,
asignaciones y permisos. - Proponer a la Secretaría la revocación de
concesiones y permisos. - Autorizar las modificaciones a las
características técnicas, administrativas y
operativas de las concesiones y permisos. - Expedir las convocatorias, bases de licitación y
demás documentos necesarios para las licitaciones
públicas y remitir a la Secretaría la información
necesaria para, en su caso, el otorgamiento de
los respectivos títulosde concesión. - Promover y vigilar la eficiente interconexión de
los equipos y redes públicas, incluyendo redes
extranjeras, y resolver las condiciones que, en
materia de interconexión, no hayan podido
convenirse entre los concesionarios.
9Comisión Federal de Competencia (Funciones como
ente regulador)
- Registrar las tarifas de los servicios de
telecomunicaciones, establecer obligaciones
específicas relacionadas con tarifas, calidad de
servicios e información, a los concesionarios que
tengan poder sustancial en el mercado relevante,
de conformidad con la Ley Federal de Competencia
Económica, así como aprobar tarifas cuando lo
provean los títulos de concesión y permisos. - Acordar con los concesionarios y permisionarios
de servicios de telecomunicaciones los
compromisos que deban ser concertados
periódicamente, de conformidad con los títulos de
concesión y permisos, sin perjuicio de lo
establecido en la fracción XIII del artículo 23
del Reglamento Interior de esta dependencia. - Interpretar, para efectos administrativos, las
disposiciones legales, reglamentarias o
administrativas en el ámbito de competencia de la
Comisión.
10Teléfonos de México (El agente dominante)
El Título de Concesión de Teléfonos de México se
modificó el 10 de agosto de 1990
El Gobierno Federal considera necesario modificar
el Título de Concesión para adecuarlo al avance
tecnológico, asegurar que Telmex cumpla con los
compromisos de cobertura, calidad y precio de los
servicios, así como para promover una competencia
equitativa con otras empresas de
telecomunicaciones, que propicie el mejoramiento
de los servicios en atención a las demandas de
los usuarios.
- Telmex, por medio de la red pública telefónica,
deberá prestar los siguientes servicios - El servicio público de conducción de señales de
voz, sonidos, datos, textos e imágenes, a nivel
local y de larga distancia nacional e
internacional. - El servicio público de telefonía básica.
11Algunos aspectos relevantes del Título de
Concesión orientados a regular la competencia
- No crea derechos reales a favor de Telmex, ni de
terceros, sobre los bienes del dominio público
afectos a los servicios concesionados, por lo que
queda prohibida cualquier práctica de
acaparamiento de dichos bienes en la prestación
por parte de Telmex - La SCT se reserva el derecho de otorgar otra u
otras concesiones a favor de terceras personas
para que exploten en igualdad de circunstancias,
dentro de la misma área geográfica o en otra
diferente, servicios idénticos o similares
sujeto a
- Durante los seis años siguientes a la entrada en
vigor de este título. - La SCT sólo podrá otorgar otras concesiones para
redes de servicio público de telefonía básica de
larga distancia nacional e internacional, cuando
no se haya cumplido con las condiciones de
expansión y eficiencia del servicio público
objeto de esta concesión. - Para otorgar nuevas concesiones para otras redes
públicas de telefonía básica, la SCT tomará en
cuenta la eficiencia del servicio público objeto,
el equilibrio financiero de Telmex y las
condiciones de competencia equitativa.
12Prohibiciones Expresas
Prohibición de Prácticas Monopólicas. En ningún
caso podrá aplicar prácticas monopólicas que
impidan una competencia equitativa con otras
empresas en las actividades que desarrolle
directa o indirectamente a través de sus
filiales. Queda prohibido la realización de
actos, convenios, acuerdos o combinaciones que
tengan por objeto constituir ventaja exclusiva
indebida a su favor o de otras personas, o que
tiendan al monopolio de mercados
complementarios. Prohibición de Subsidios
Cruzados a Filiales o Para Servicios
Concesionados en Competencia. No deberá otorgar
subsidios cruzados de los servicios objeto de
esta concesión hacia los servicios que
proporciona en competencia a través de sus
empresas subsidiarias o filiales, o servicios
concesionarios que preste directamente en
competencia excepto en los casos expresamente
dispuestos.
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