Title: EL CONTROL DISCIPLINARIO EN EL PODER JUDICIAL
1EL CONTROL DISCIPLINARIO EN EL PODER JUDICIAL
- Dr. MartÃn Hurtado Reyes
2ROF-OCMA
- Nuevo ROF para las funciones de control en el PJ
- Resolución Administrativa No. 129-2009-CE-PJ
vigente desde el 01-MAY-09 - Ley de Carrera Judicial Ley No. 29277
- Estructura de OCMA a partir del ROF
3Oficina de Control de la Magistratura del Poder
Judicial Estructura Funcional (Resolución
Administrativa Nro. 129-2009-CE-PJ)
Sub Unidad de Auditoria Informática
Trámite Documentario
Mesa de Partes
Notificaciones
Unidad de Investigación y Anticorrupción
Unidad de DefensorÃa del Usuario Judicial
4Oficina de Control de la Magistratura del Poder
Judicial
Unidad de Investigación y Anticorrupción (UIA)
Unidad de DefensorÃa del Usuario Judicial (UDUJ)
5JEFATURA SUPREMA
- FUNCIONES JEFATURA ORGANO DE DIRECCION
- DIRIGE LAS POLITICAS PREVENTIVAS Y PROPONE LAS
MEJORAS EN LOS ORGANOS JURISDICCIONALES. - COMO ORGANO EMISOR Y PROPONENTE DE SANCIONES.
- IMPONER APERCIBIMIENTO (AMONESTACION), MULTA Y
SUSPENSION EN PRIMERA INSTANCIA. - PROPONER DESTITUCION (ANTES PODIA EN SEPARACION)
ANTE EL CNM DE JUECES. - PROPONER DESTITUCION DE JUECES DE PAZ Y
AUXILIARES JURISDICCIONALES ANTES EL CEPJ.
6REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL
- FUNCIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE LA OCMA
ORGANO DE FISCALIZACION Y VEEDURIA - FISCALIZA LA LABOR DE LOS ORGANOS DE CONTROL
- ACTUA COMO PARTE O TERCERO CON INTERES
- PUEDE OFRECER PRUEBAS, IMPULSO, IMPUGNACION Y
PARTICIPACION EN ACCIONES DE CONTROL.
7UNIDAD DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIO
- FUNCIONES DE UNIDAD DE PROCEDIMIENTOS
DISCIPLINARIOS - ORGANO COLEGIADO DE OCMA (TRES VOCALES SUPERIORES
INTEGRAN CADA COLEGIADO) - SEGUNDA Y ULTIMA INSTANCIA EN APERCIMIENTO
(AMONESTACION) Y MULTA DE RESOLUCIONES DERIVADAS
DE LAS ODECMAS - RESUELVE UNIPERSONAL LAS APELACIONES SIN EFECTO
SUSPENSIVO NO DIFERIDAS
8UNIDAD DE VISITAS Y PREVENCION
- FUNCIONES UNIDAD DE VISITAS Y PREVENCION
- REALIZA LAS VISITAS JUDICIALES A LAS ODECMAS Y
LOS ORGANOS JURISDICCIONALES QUE DISPONGA LA
JEFATURA - CAPACITA Y PROPONE MEJORAS DE LOS ORGANOS
JURISDICCIONALES Y ODICMAS - EJECUTA POLITICAS DE PREVENCION
- RESPONSABLE IMPONE SANCION DE APERCIBIMIENTO
(AMONESTACION) Y MULTA - RESPONSABLE ABSUELVE Y PROPONE MEDIDAS
DISCIPLINARIAS CONTRA PRESIDENTES DE CORTE Y DE
LOS MAGISTRADOS DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS. - RESPONSABLE ACTUA COMO SEGUNDA INSTANCIA
(ABSOLUCION, ARCHIVO, CADUCIDAD Y PRESCRIPCION).
9UNIDAD DE INVESTIGACION Y ANTICORRUPCION
- FUNCIONES UNIDAD DE INVESTIGACION Y
ANTICORRUPCION - OPERATIVOS E INTERVENCIONES EN ACTOS DE
CORRUPCION - INVESTIGACIONES PRELIMINARES Y DEFINITIVAS
- RESPONSABLE IMPONE SANCION DE APERCIBIMIENTO
(AMONESTACION) Y MULTA - RESPONSABLE ABSUELVE Y PROPONE MEDIDAS
DISCIPLINARIAS CONTRA PRESIDENTES DE CORTE Y DE
LOS MAGISTRADOS DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS.
10UNIDAD DE DEFENSORIA DEL USUARIO
- FUNCIONES DE LA UNIDAD DE DEFENSORIA DEL USUARIO
- RECEPCIONAR Y TRAMITAR QUEJAS VERBALES,
COORDINANDO CON LOS MAGISTRADOS PARA SOLUCION
DEL PROBLEMA (NORMALMENTE RETARDO). - DE NO SOLUCIONARSE EL PROBLEMA SE PROCEDE A
INICIAR EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO.
11- ACTO JURISDICCIONAL Y CONDUCTA DISFUNCIONAL
- El acto jurisdiccional es la decisión emitida por
el juez en el ejercicio de sus funciones,
observando la Constitución, la Ley y la realidad
de los actuados, en este sentido la función de
control no ingresa a cuestionar ni el sentido ni
los criterios judiciales. Se respeta la labor del
juez en su función. La decisión es inmutable a
las acciones de control. - La conducta disfuncional es aquella que vulnera
las garantÃas del debido proceso en cualquier de
sus manifestaciones, por la cual el juez puede
responder disciplinariamente, asà como por
responsabilidad civil y/o penal. - Principios independencia judicial y corrección
de conductas disfuncionales Resolución CNM
114-2008-CNM (interdicción de la arbitrariedad
Art. 45 y 146.1 de la Constitución). - Se ha establecido que la independencia judicial
no significa otorgar inmunidad absolutalos
jueces no pueden refugiarse en su libre criterio
jurisdiccional Resolución CNM 117-2008-CNM
12- ACTIVIDAD CONTRALORA FRENTE A QUEJAS POR
VULNERACION AL DEBIDO PROCESO (Interpretación
errónea, incongruencia y motivación) - Premisa general toda afectación al debido
proceso es susceptible de control disciplinario
en el Sistema de Control (indefensión, juez
natural, incongruencia, motivación, entre otros). - El derecho a recibir una decisión motivada,
lógica y congruente forman parte del contenido
constitucionalmente protegido del deber de
motivación (STC 728-2008 Caso Llamoja). - La interpretación errónea e incongruencia en
principio, son controlables en sede
jurisdiccional. Sin embargo, si éstas no
responden a criterios válidos de interpretación
de normas en el primera caso o resuelven
pretensiones con visos de arbitrariedad y se
aprecia adicionalmente que esta conducta está
orientada a favorecer indebidamente a una de las
partes, por otros indicios, éstas son
susceptibles de ser esclarecida en sede
disciplinaria.
13- El juez está sometido al Ordenamiento JurÃdico y
su labor puede ser controlada por un órgano
distinto. Resolución CNM 114-2006-CNM - Si el juez respeta las reglas del debido proceso
y la tutela procesal efectiva y aplica
correctamente la Constitución y la Ley, no puede
ser sancionado sin embargo, si sale de esta
esfera es susceptible de imputarle conducta
disfuncional. - Premisa especÃfica se presentan lÃmites dentro
de los cuales no se puede ingresar, cuando el
juez ha respetado el ordenamiento jurÃdico.
14- CADUCIDAD Y PRESCRIPCION
- Art. 61 LCJ caducidad para quejas 6 MESES de
ocurridos los hechos. - Art. 61 LCJ 2 AÑOS de iniciada la investigación
(concordar con Art.59)
15- NULIDADES PLANTEADAS CONTRA ACTOS DE LA OCMA
- Debe resolverlas el CNM o la OCMA?
- Debe resolver la OCMA en tanto la nulidad sea
deducida antes que el expediente administrativo
sea remitido al CNM (principio de oportunidad). - Los pedidos de nulidad efectuados ante el CNM
por actividades de la OCMA, deben desestimarse
liminarmente, ya que el pedido de destitución
remitido por la Corte Suprema es considerado como
investigación preliminar (Art. III del TP del
Reglamento PD-CNM). El procedimiento ante el CNM
es autónomo y con todas las garantÃas del debido
proceso.
16- DESTITUCION Y SEPARACION
- La LCJ ya no estipula la separación como medida
disciplinaria (Art. 50). - La destitución se debe producir por inconducta
funcional cometida durante el ejercicio de la
función jurisdiccional. Ejm. Es condenado por
delito doloso por sentencia dictada en ejercicio
del cargo. - La separación el magistrado asume el cargo sin
tener los requisitos exigidos para su ejercicio
(Art. 214 LOJP-derogado). Ejm. Es condenado por
delito doloso antes de ser nombrado o reasumir el
cargo.
17- SANCIONES MENORES A CARGO DE LA OCMA O SALA
PLENA DE LA CORTE SUPREMA - DESESTIMADA LA PROPUESTA DE DESTITUCIÓN POR EL
CNM, LA OCMA ES COMPETENTE PARA DICTAR UNA
SANCION MENOR RESPECTO DE LOS JUECES DE TODAS LAS
INSTANCIAS, CON EXCEPCION DE LOS JUECES SUPREMOS. - EN CASO DE REMISION DE PROCESOS CONTRA JUECES
SUPREMOS, DEL CNM A LA CORTE SUPREMA, LA OCMA
CARECE DE COMPETENCIA PARA EMITIR PRONUNCIAMIENTO
ALGUNO.