Title: Diapositiva 1
1 CONTROL GUBERNAMENTAL
Abog. CPCC. Julián Contreras LLallico
2QUÉ ES CONTROL GUBERNAMENTAL?
3CONTROL GUBERNAMENTAL
Consiste en la supervisión, vigilancia y
verificación de los actos y resultados de la
gestión pública, en atención al grado de
eficiencia, eficacia, transparencia y economía en
el uso y destino de los recursos y bienes del
Estado, así como del cumplimiento de las normas
legales y de los lineamientos de política y
planes de acción, evaluando los sistemas de
administración, gerencia y control, con fines de
su mejoramiento a través de la adopción de
acciones preventivas y correctivas pertinentes.
4CONTROL POLÍTICO
ES AQUELLA ATRIBUCIÓN QUE PERMITE AL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA SUPERVISAR LA ACTUACIÓN DE TODOS LOS
ENTES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS.
5CONTROL CIUDADANO
OPINIÓN PÚBLICA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
6EL CONTROL PÚBLICO O GUBERNAMENTAL
Consiste en la
de los actos y resultados de la gestión pública ,
en atención al grado de eficiencia, eficacia,
transparencia y economía en el uso y destino de
los recursos y bienes del Estado.
- Supervisión
- Vigilancia
- Verificación
Asimismo del cumplimiento de
- Normas legales
- Lineamientos de políticas
- Planes de acción
el control gubernamental evalúa los sistemas de
administración, gerencia y control, con fines de
su mejoramiento a través de la adopción de
acciones preventivas y correctivas pertinentes.
7CONTROL INTERNO
Comprende las acciones de cautela previa,
simultanea y de verificación posterior que
realiza la entidad, con la finalidad que la
gestión de sus recursos, bienes y operaciones
se efectúen correcta y eficientemente.
- El Control Interno es
- previo,
- simultáneo y
- posterior.
8Responsables del Control Interno en la entidad.
El control interno es efectuado por diversos
niveles, cada uno con responsabilidades
importantes. Todos los directivos, auditores
internos y otros funcionarios contribuyen a su
efectividad, eficacia y economía.
El Titular de la entidad, es responsable de
fomentar y supervisar el funcionamiento y
confiabilidad del control interno para la
evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio
de la rendición de cuentas, propendiendo a que
éste contribuya con el logro de la misión y
objetivos de la entidad a su cargo (4to. Párrafo
del Art. 7 de la Ley N 27785).
Asimismo, está obligado a definir las políticas
institucionales en los planes y/o programas
anuales que se formulen, los que serán objeto de
las verificaciones a que se refiere la Ley N
27785. (5to. Párrafo del Art. 7 de la referida
Ley)
9CONTROL EXTERNO
Políticas, normas, métodos y procedimientos
técnicos que compete aplicar a la Contraloría
General u otro órgano del Sistema.
la gestión, la captación y el uso de recursos
del Estado
- Supervisar
- Vigilar
- Verificar
Puede ser preventivo o simultáneo.
Es selectiva y posterior
10PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
UNIVERSALIDAD Potestad de controlar todas las actividades de la entidad y a todos los funcionarios. CARÁCTER INTEGRAL Evaluar de manera cabal y completa procesos y operaciones
AUTONOMIA FUNCIONAL Organizarse y ejercer funciones con independencia técnica. CARÁCTER PERMANENTE Naturaleza continua y perdurable del control.
11PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
CARÁCTER TÉCNICO Y ESPECIALIZADO Opera bajo exigencias de calidad, consistencia y razonabilidad en función a entidad. LEGALIDAD Sujeción a normativa constitucional, legal y reglamentaria aplicable a su actuación.
DEBIDO PROCESO DEL CONTROL Observancia de derechos de entidades y personas, y reglas y requisitos establecidos. EFICIENCIA, EFICACIA Y ECONOMIA A través de ellos el proceso de control logra objetivos con calidad y optima utilización de recursos
12PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
OPORTUNIDAD Acciones de control en el momento y circunstancias debidas y pertinentes. OBJETIVIDAD Acciones de control con imparcial evaluación de fundamentos de hecho y de derecho, sin subjetividades
MATERIALIDAD Actuar sobre operaciones de mayor significancia económica o relevancia en la entidad. CARÁCTER SELECTIVO Se ejercen en entidades, órganos o actividades críticas o con mayor riesgo.
13PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
PRESUNCION DE LICITUD Salvo prueba en contrario funcionarios han actuado con arreglo a la ley y normas administrativas. ACCESO A LA INFORMACIÓN Potestad de requerir, conocer y examinar toda la información y documentación aunque sea secreta.
RESERVA Durante ejecución de control no se debe revelar información que pueda causar daño a entidad o personas. CONTINUIDAD De actividades o funcionamiento de la entidad al efectuar acción de control.
14PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
PUBLICIDAD Difusión oportuna de resultados de acciones de control PARTICIPACION CIUDADANA Contribución de la ciudadanía en el control gubernamental
FLEXIBILIDAD Otorgar prioridad al logro de metas, respecto a formalismos que no resulten relevantes.
15CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
- La Contraloría General de la República es una
entidad descentralizada de Derecho Público que
goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es
el órgano superior del Sistema Nacional de
Control. Supervisa la legalidad de la ejecución
del Presupuesto del Estado, de las operaciones de
la deuda pública y de los actos de las
instituciones sujetas a control. - Presentar anualmente el informe de auditoría
practicado a la Cuenta General de la República. - Facultad de iniciativa legislativa en materia de
control. - El principio de no ser privado del derecho de
defensa en ningún estado del proceso. - Fiscalizar la ejecución del presupuesto de las
Regiones y Municipalidades.
Artículo 82º.-
Artículo 81.-
Artículo 107.-
Artículo 139º num. 14)
Artículo 199.-
16LEY Nº 27785
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de
la Contraloría General de la República,
promulgada el 22.JUL.2002
Objetivo Propender al apropiado, oportuno y
efectivo ejercicio del control gubernamental para
prevenir y verificar, mediante la aplicación de
principios, sistemas y procedimientos técnicos,
la correcta, eficiente y transparente utilización
y gestión de los recursos y bienes del
Estado....... Artículo 2º Ley N 27785
17SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
Es el conjunto de
Órganos de Control
Normas
Métodos
Procedimientos
estructurados e integrados funcionalmente,
destinados a conducir y desarrollar el ejercicio
del control gubernamental en forma
descentralizada. (Artículo 12º - Ley Nº 27785)
18ÁMBITO
- Gobierno Central, sus entidades y órganos
- Gobiernos Regionales y Locales
- Unidades Administrativas del Poder
Legislativo, Poder Judicial y Ministerio Público
- Organismos Autónomos
- Organismos reguladores de servicios públicos
- Empresas del Estado
- Entidades privadas, no gubernamentales (por
recursos y bienes del Estado que perciben o
administren)
19ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL (Ministerios.
D.R., UGEL)
SOCIEDADES DE AUDITORÍA (A.F. ANUAL)
20 LA CONTRALORÍA GENERAL
Es el ente técnico rector del Sistema Nacional
de Control dotado de autonomía administrativa,
funcional, económica y financiera, que tiene por
misión dirigir y supervisar con eficiencia y
eficacia el control gubernamental, orientando su
accionar al fortalecimiento y transparencia de la
gestión de las entidades.
21 LA CONTRALORÍA GENERAL
AUTONOMÍA Administrativa Normativa que
regula su función. Estructura
orgánica. Funcional Facultad para ejercer
funciones. Elaborar programas, informes y
puntos a ser auditados. Económica Seguridad
de contar con asignación presupuestal. Financier
a Facultad de solicitar recursos financieros.
22(No Transcript)
23(No Transcript)
24VALORES
25Visión Misión, Valores
Relaciones con el Entorno
Control Gubernamental
Desarrollo Organizacional
Pilares Estratégicos
26Control Gubernamental
27Desarrollo Organizacional
28Relaciones con el Entorno
29MACROREGIONES DE CONTROL PROPUESTAS
Región Norte (Sede Chiclayo)
Región Sierra Central (Sede Huancayo)
Región Costa Centro (Sede Lima)
Región Sur (Sede Arequipa)
30ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
Todas las unidades orgánicas responsables de
la función del control gubernamental, de las
entidades que se mencionan en el Art. 3 de su
Ley Orgánica, sean de carácter sectorial,
regional, institucional o se regulen por
cualquier otro ordenamiento organizacional
Las Sociedades de Auditoría Externa
Independientes, cuando son designadas por la CGR
y contratadas durante un período determinado,
para realizar servicios de auditoría en las
entidades económica, financiera, de sistemas
informáticos, de medio ambiente y otros.
31ATRIBUCIONES DEL SISTEMA
Efectuar supervisión, vigilancia y verificación
de la gestión y utilización de bienes del
Estado
Formular recomendaciones
Impulsar modernización y mejoramiento de
gestión pública
- Exigir a funcionarios y
- servidores Públicos
- responsabilidad
- por sus actos.
Propugnar la capacitación de funcionarios
Brindar apoyo técnico al Procurador público
Emitir informes con sustento Técnico y legal.
32RESPONDABILIDAD
- El Titular, los funcionarios y servidores deben
rendir cuenta ante las autoridades competentes y
ante el público por los fondos o bienes del
Estado a su cargo y/o por una misión u objetivo
encomendado.
Respondabilidad Financiera
Respondabilidad Gerencial
33RESPONDABILIDAD
RESPONSABILIDAD
34EFICIENCIA
- Relación existente entre bienes y servicios
producidos y los recursos utilizados o consumidos
para este fin.
35- Grado en el cual una entidad, programa o proyecto
gubernamental logran sus objetivos y metas u
otros beneficios que pretendían alcanzarse,
previstos en la legislación o fijados por otra
autoridad
36- Términos y condiciones, para adquirir recursos
financieros, humanos, físicos, tecnológicos,
obteniendo - Calidad y cantidad requerida,
- En el momento previsto,
- En el lugar indicado
- Al menor costo posible.
37TRANSPARENCIA
- DEBER DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS DE
PERMITIR QUE SUS ACTOS DE GESTION PUEDAN SER
INFORMADOS Y EVIDENCIADOS.
38MODIFICACIONES A LA LEY N 27785
- LEY Nº 28422 (17.12.2004)
-
- Atribución de la CGR efectuar acciones de
control ambiental y sobre los recursos naturales
y bienes que constituyen el Patrimonio Cultural
de la Nación. - Se debe informar semestralmente resultados de
las mismas y sobre los procesos administrativos y
judiciales, a las comisiones competentes del
Congreso de la República. - LEY Nº 28396 (25.11.2004)
- Modifica Art. 43 de la Ley N 27785
-
- La CGR en el caso de las presuntas infracciones
contra la normatividad legal en procesos de
contrataciones y adquisiciones debe informarse al
CONSUCODE.
39INFRACCIONES
- Omisión o deficiencia de control gubernamental.
- Omisión en presentación de información.
- Incumplimiento de remisión de documentos en
plazos. - Cuando no personas no acudan a requerimientos.
- Obstaculización de acción de control
- Omisión de implantación de OAIs
- Interferencia para ejercer control gubernamental
- Omisión de implantación de mm.cc
40INFRACCIONES
- Incumplimiento de resolución de contrato de SOAs
- Suscripción directa de servicios de auditoría
- Cuando SOAs incurren en incompatibilidad
- Presentación de documentos de procedencia
ilícita. - Contratación de SOAs que están incursas en
incompatibilidad permanente.
- Incumplir con mantener al día documentación.
- Incumplir con requisitos para designación de
SOAs - Personal de SOAs incurre en conflicto de
intereses. - Pérdida de condición de hábil en Colegios
Profesional.
41CONTROL INTERNO
Es un proceso continuo realizado por la
dirección, gerencia y otros empleados de la
entidad, para proporcionar seguridad razonable,
respecto a si están lográndose los objetivos
siguientes
1. Promover la efectividad, eficiencia y
economía en las operaciones y, la calidad en
los servicios
- Proteger y conservar los recursos públicos contra
cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido,
irregularidad o acto ilegal
- Cumplir leyes, reglamentos y normas
gubernamentales.
42CONTROL INTERNO
- Elaborar información financiera válida, confiable
y oportuna.
- Promover una Cultura de Integridad,
Transparencia, y Responsabilidad en la función
pública, cautelando el correcto desempeño de
los funcionarios y servidores.
6. Promover una cultura de protección y
conservación del ambiente, así como coadyuvar
a una mejora de la gestión ambiental.
43NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
Aprobadas por la CGR, mediante R.C. N 162-95-CG,
del 26.SET.95. Modificaciones R.C. Nº
141-99-CG del 25.NOV,.99 R.C. N 259-2000-CG
DEL 07.DIC.2000
son criterios que determinan los requisitos de
orden personal y profesional del auditor,
orientados a uniformar el trabajo de la auditoría
gubernamental y obtener resultados de calidad.
NAGU
son de aplicación y cumplimiento obligatorio por
parte del personal de los Órganos del Sistema
Nacional de Control, incluyendo a profesionales
y/o especialistas que participen en el proceso de
la auditoría gubernamental.
44NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
1.10 Entrenamiento técnico y capacidad
profes. 1.20 Independencia 1.30 Cuidado y esmero
profesional 1.40 Confidencialidad 1.50
Participación de profesionales y/o especial. 1.60
Control de Calidad
NORMAS GENERALES
2.10 Planificación general 2.20 Planificación
especifica 2.30 Programas de Auditoría 2.40
Archivo permanente
NORMAS REFERIDAS A LA PLANIFICACIÓN
NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.10 Estudio y evaluación del control
interno 3.20 Evaluación del cumplimiento de D. L.
y R. 3.30 Supervisión del trabajo de
auditoría 3.40 Evidencia suficiente, competente y
relev. 3.50 Papeles de trabajo 3.60 Comunicación
de hallazgos de auditoría 3.70 Carta de
representación
NORMAS REFERIDAS A LA EJECUCIÓN
4.10 Forma escrita 4.20 Oportunidad del
informe 4.30 Presentación del informe 4.40
Contenido del informe 4.50 Informe especial 4.60
Seguimiento de recomendaciones de Inf.
NORMAS REFERIDAS AL INFORME
45CODIGO DE ETICA DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL DEL PERÚ
- CONJUNTO DE PRINCIPIOS, CRITERIOS Y VALORES
MÍMINOS QUE ORIENTAN EL DESEMPEÑO INDIVIDUAL DEL
AUDITOR GUBERNAMENTAL, EN SU ACTIVIDAD INTERNA
DEL SISTEMA, EN LAS FUNCIONES DE AUDITORÍA Y EN
SU TRATAMIENTO A LAS ÁREAS Y PERSONAS SOBRE LAS
CUALES RECAEN SUS LABORES, CON EL OBJETO QUE
MEDIANTE SUS OBSERVANCIA, LOS AUDITORES
DESEMPEÑEN SUS ACTIVIDADES FUNCIONALES. - RESOLUCION DE CONTRALORIA N 077-99-CG de
07.JUL.99
46PRINCIPIOS
X. Vocación por la verdad y la transparencia
IX. Tecnicismo
VIII. Reserva o confidencialidad
VII. Probidad administrativa
Exigencias éticas mínimas del Auditor
Gubernamental
VI. Independ., Objetividad e Imparcialidad
V. Cuidado y esmero profesional
IV. Cordialidad
III. Compromiso con el país
II. Calidad del Servicio
Es vinculante a todo el personal de la CGR, de
los OAI y para el personal de las SOAs designadas
I. Aptitud de Servicio
Código de Ética del Auditor Gubernamental
47Normas de Transparencia en la Conducta y
Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la
CGR y de los OCI
PRINCIPIOS
- - Objetividad
- Probidad
- Transparencia
- Diligencia
- Reserva
- Legalidad
- Ética
- Respeto
- Honestidad
- -Presunción de licitud.
- Veracidad
- Pulcritud
- Flexibilidad
48Normas de Transparencia en la Conducta y
Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la
CGR y de los OCI
Prohibiciones
- Ejercer actividades para obtener ventajas.
- Utilizar cargos para obtener beneficios.
- Utilizar información para beneficio personal.
- Trasladar información secreta, reservada
- o confidencial.
- Recibir o solicitar agasajos, atenciones.
- Dedicar horas de w a labores distintas.
- Transmitir a terceros información obtenida.
- Desempeñar actividades particulares que
conlleven conflicto de intereses. - Efectuar labores de control previo o asesoría o
actos de gestión. - Participar en acciones de control en entidades
donde ha laborado.
49Normas de Transparencia en la Conducta y
Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la
CGR y de los OCI
Prohibiciones
- Laborar en entidad donde ha participado en
acción - de control en ultimo año.
- Realizar actividad política.
- Participar en acción de control en caso de
parentesco - con auditados.
- Prestar servicios a entidad vinculada con
entidad - sujeta a acción de control.
- Prestar servicios, aceptar representaciones
remuneradas, formar parte de directorio a
entidades donde ha ejercido control. - Intervenir como abogados, apoderados, asesores,
patrocinadores. - Incurrir en exceso de conducta, o a lugares
públicos no acordes a categoría de funcionario
que ostenta. - Aceptar invitaciones o asistir a reuniones
sociales con auditados. - Actuar parcializadamente.
50 ESCALA SANCIONES
Persona Natural Persona Natural Personal Jurídica Personal Jurídica
Infracción UIT S/. 3,400 Importe S/. UIT S/. 3,400 Importe S/.
Leve 0.05 a 1 UIT 170 a 3,400 0.5 a 5 UIT 1,700 a 17,000
Grave 1.5 a 5 UIT 5,100 a 17,000 6 a 15 UIT 20,400 a 51,000
Muy Grave 5.5 a 10 UIT 18,700 a 34,000 16 a 50 UIT 54,400 a 170,000
51RESERVA
- R.C. N 061-2004-CG/SGE DEL 17.FEB.2004
- Directiva N 003-2004-CG/SGE NORMAS SOBRE
DIFUSION Y ACCESO A INFORMES PÚBLICOS - Informes pueden ser solicitados con excepción de
los protegidos por principio de reserva o
clasificado como secreto, reservado o
confidencia. - Cesa la reserva
- - Informes de control responsab. Adm.
Instauración del proceso administrativo
disciplinario o proceso investigatorio. - Informes especiales responsab. Penal Auto
apertorio de - instrucción
- - Informes Especiales Auto admisorio de la
demanda. - Informes sin recomendaciones de deslinde
Con la entrega - del informe al titular de la entidad.
52PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS DE BIENES Y
RENTAS
- Artículos 40 y 41 de la Constitución Política.
- Ley N 27482 de 14.Jun.2001.
- Reglamentada por DS. N 080-2001-PCM, de
08.Jul.2001. Modificada por DS. 003-2002-PCM de
Ene.2002.
Obligados Altos funcionarios del Estado,
(Presidente de la República, Vicepresidentes,
Congresistas, Ministros de Estado, Viceministro,
vocales Supremos, Superiores y jueces
especializados y mixtos, miembros del Ministerio
Público, Tribunal Constitucional, Consejo
Nacional de la Magistratura y del Jurado Nacional
de elecciones, el presidente del Banco Central de
Reserva, Directores, Gerentes Generales
etc. Oportunidad Al inicio, al cumplir un año
en el cargo y al cese
53CORRUPCIÓN
- Es el efecto de corromper
- Significa alterar, echar a perder, viciar,
pervertir, sobornar, cohechar.
54CORRUPCIÓN.
- Otras definiciones
- Abuso de poder en provecho propio (Bco. Mundial)
- Flagelo que amenaza democracia (Venez.)
- Uno de los peores males de la sociedad (Panamá)
- Mayor de los fantasmas que recorre el mundo
(Mex.) - Peor enemigo de sistema democrático
55EFECTOS DE LA CORRUPCIÓN.
- Eleva el costo de la gestión gubernamental.
- Desvía los recursos económicos de programas
sociales. - Pérdida de dinero malversado.
- Genera pobreza y miseria
- Socava la confianza de los ciudadanos.
- Promueve el cinismo y desalienta la honestidad.
56EFECTOS DE LA CORRUPCIÓN.
- Aumenta la pobreza y conduce al estancamiento
económico por que desvía los recursos que, de
otra manera, podrían ser utilizados en el
desarrollo socio-económico de un país.
57CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN.
- Abuso de la discreción administrativa.
- Deterioro de las instituciones independientes de
fiscalización. - Falta de independencia del poder judicial y el
poder legislativo. - Ausencia de una prensa libre.
- Debilitamiento de la ética
58CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN.
- Cuando más monopolio haya en una organización,
cuanto más discrecionalidad tengan los
funcionarios y menos transparencia tenga su
actividad, habrá mayores posibilidades de actos
corruptos.
59CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN.
- Problema de carácter económico
- Problema de carácter administrativo
- Problema de gestión
- Problema de carácter legal
60INDICE DE PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN (IPdC)
- Anualmente la elabora Transparencia
Internacional - El Índice de Percepción (IPdC) es una encuesta
de encuestas, -
- Puntajes del 10 al 1
-
- Basada en encuestas con empresas, expertos y
público en general acerca de sus puntos de vista
sobre la extensión de la corrupción en países
del mundo. - Cubre a más de 158 países
- Llamado de atención a los líderes políticos y
la sociedad a confrontar la abundante corrupción
que pervierte a tantos países. - En el 2004 Perú 67 con 3.5 puntos en el año 2005
65 con 3.5.
61Rango de País País/Territorio Puntuación 2005
65 GHANA 3.5
65 MEXICO 3.5
65 PANAMA 3.5
65 PERÚ 3.5
65 TURQUÍA 3.5
62MUCHAS GRACIAS