Title: Presentaci
1NUEVO PROGRAMA AL QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO
QUINTO TRANSITORIO DE LA LPAB Canje de pagarés
15 de Julio de 2004
2OBJETIVOS DEL NUEVO PROGRAMA
3Objetivos del NUEVO PROGRAMA
- Cumplir con el artículo 5 transitorio de la Ley
del IPAB - Realizar las revisiones de gestión, de legalidad
y de identidad de objeto, existencia y
legitimidad - Atender las recomendaciones de la Auditoría
Superior de la Federación - Recuperar, en beneficio del fisco, un monto de
más de la mitad de las obligaciones de pago
originales del PCCC
4ANTECEDENTES PROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y
COMPRA DE CARTERA (PCCC)
5ANTECEDENTESPROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA
DE CARTERA (PCCC)
Objetivo y Descripción del PCCC
- El objetivo central del programa fue proteger el
patrimonio de los ahorradores e impedir el
colapso del sistema de pagos. - El PCCC se diseñó durante la crisis económica de
1995 para incentivar a los accionistas de los
bancos a capitalizar sus instituciones a cambio,
el Fobaproa adquirió derechos de cobro de cierta
cartera. - En términos generales por cada dos pesos de
cartera los accionistas aportaban 1 peso de
capital. - Como pago por la adquisición de estos flujos el
Fobaproa suscribió documentos con vencimiento a
10 años con garantía del Gobierno Federal. - Desde el origen y con la finalidad de que las
instituciones absorbieran una parte del costo
total del programa se estableció el denominado
Programa de Pérdidas Compartidas en el que las
instituciones participan con un 25.
6ANTECEDENTESPROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN Y COMPRA
DE CARTERA (PCCC)
- Con base en las reglas de elegibilidad definidas
en el programa cada banco seleccionó la cartera
originadora de flujos. - Durante las revisiones de calificación y
provisionamiento de cartera se detectaron
faltantes de reservas que se cubrieron a través
del Esquema de Incentivos. - Para que los objetivos originales del programa se
cumplieran, el Comité Técnico del Fobaproa
modificó sus criterios de elegibilidad de
créditos ante una situación económica en
deterioro. - De los 24 bancos que recibieron apoyo solo 4
permanecieron en el programa (PCCC).
7OBSERVACIONES DE LA ASF
8Observaciones de la ASF al PCCC
Derivado de la Revisión a la Cuenta Pública de
2000, 2001 y 2002, la ASF realizó
observaciones-recomendaciones al PCCC. A la fecha
queda un monto original histórico no solventado
de 27,226.1 millones de pesos
La mayoría de las observaciones de la ASF han
sido solventadas, y la problemática derivada de
las observaciones aún pendientes será atendida
como sigue
9Atención a las Observaciones de la ASF al PCCC
- Créditos en litigio. Se obliga a los bancos a
responder por créditos donde el poder judicial
determine que no tenían la titularidad. - 2. Intereses moratorios. Las observaciones y sus
recomendaciones en algunos casos fueron
solventadas por la ASF y en otros desestimadas
como no procedentes por la SFP. - 3. Créditos relacionados. Los bancos pagaron
(9,477 millones de pesos) el costo de aquellos
créditos otorgados a partes relacionadas cuya
designación en el PCCC no fue aprobada por el
Comité Técnico del Fobaproa. - 4. Créditos menores. El importe que subsiste es
menor a lo observado, el cual fue afectado por
los bancos a un fideicomiso de administración y
ejecución en tanto se solventa la observación de
la ASF, se disminuye su monto o bien la autoridad
competente resuelve lo conducente.
10 NUEVO PROGRAMA
11Procedimiento del NUEVO PROGRAMA
- La mecánica para la realización del Nuevo
Programa debe apegarse a un procedimiento
previamente establecido en el artículo Quinto
Transitorio de la LPAB. - En atención a este artículo, el Fobaproa
permaneció en operación únicamente para
administrar las operaciones del PCCC y dar
cumplimiento a lo establecido en el Artículo
Séptimo Transitorio a fin de que concluyeran las
auditorias ordenadas por la Cámara de Diputados
(Michael W. Mackey). - Concluidas estas auditorías, las Instituciones
podían optar por terminar la relación jurídica
con el Fobaproa, en cuyo caso, el IPAB debería
entregar una obligación de pago que cubriera los
derechos de cobro de la cartera objeto del PCCC. - Estos requisitos ya se cumplieron y los bancos
optaron por terminar los contratos celebrados con
el Fobaproa y celebrar los contratos relativos al
Nuevo Programa con el IPAB.
12Procesos judiciales en torno al NUEVO PROGRAMA
13 PROCESOS JUDICIALES EN TORNO ALNUEVO
PROGRAMA
- Durante 2002 la Junta de Gobierno del IPAB acordó
la formalización del Nuevo Programa y notificó a
los bancos los procedimientos para hacerlo. - Los bancos promovieron demanda de amparo en
contra de las revisiones planteadas por la Junta
de Gobierno del IPAB y de sus Términos de
Referencia. - El 11 de septiembre de 2003 se les concede el
amparo a las Instituciones ante lo cual el IPAB
presenta recurso de revisión. - El 1 de junio de 2004 la Suprema Corte de
Justicia ejerció su facultad de atracción sobre
este caso.
14SE REMUEVEN LOSOBSTÁCULOS
15SE REMUEVEN LOS OBSTÁCULOS
- El IPAB y los bancos celebraron los actos
jurídicos necesarios para dejar sin materia las
demandas.
Pago al vencimiento 2005-06
R E V I S I O N E S
- Contratos del Nuevo Programa
F I R M A D E L N U E V O P R O G R A M A
Instrumentos no relacionados con observaciones
de la ASF.
ó
Prepago en tramos
Ajustes por Revisiones
Fideicomiso de Ejecución y Garantía
Encapsulamiento
Emisión de Instrumentos
- Retiro de las demandas de amparo
- Hasta que la ASF solvente, disminuya su monto, o
la autoridad competente resuelva lo conducente.
- Instrumentos a fideicomitir relativos a créditos
menores
- Fideicomiso relativo a créditos menores (7,010
millones de pesos)
16FORMALIZACIÓN DELNUEVO PROGRAMA
17Revisiones relativas al NUEVO PROGRAMA
Objetivo Revisar y evaluar que el banco haya efectuado la administración, recuperación y cobranza de los créditos. Dictaminar los estados financieros de estos fideicomisos, y Revisar quitas, condonaciones, castigos y quebrantos de estos créditos desde el inicio del programa.
Posibles Consecuencias Sustitución del fiduciario y/o reparación de daños y perjuicios.
18Revisiones relativas al NUEVO PROGRAMA
Objetivo Determinar si en la información contenida o revelada en los papeles de trabajo elaborados durante la auditoría llevada a cabo por Michael W. Mackey (incluyendo los denominados bank reports) se desprende alguna ilegalidad en el otorgamiento de los Créditos.
Posibles Consecuencias Disminución de la obligación de pago en caso de que la ilegalidad sea atribuible a la administración del banco participante. Sustitución del crédito cuando la ilegalidad no sea atribuible a la administración.
19Revisiones relativas al NUEVO PROGRAMA
- Revisión de Identidad de Objeto y de Existencia
- y de Legitimidad
Objetivo Verificar que los créditos objetos del Nuevo Programa Sean los mismos créditos del PCCC (Identidad de Objeto), Existan (Existencia) y Que las Instituciones hayan estado legitimadas para transferirlos al Fobaproa (Legitimidad).
Consecuencias Sustitución En caso de que los créditos no cumplan con las condiciones de Existencia y de Legitimidad. Disminución del monto a cargo del IPAB en caso de que el crédito no cumpla con la condición de Identidad de Objeto.
20SUSTITUCIÓN POR ACTIVOS DE ALTA CALIDAD
21Sustitución por activos de alta calidad
- Dada la fortaleza de las instituciones
financieras los activos sustitutos que deban
designarse serán preferentemente efectivo o
créditos a cargo del propio IPAB.
22- Recuperación de recursos NUEVO PROGRAMA
23RESULTADOS DELNUEVO PROGRAMA
24RESULTADOS DEL NUEVO PROGRAMA
- Se efectuarán las Revisiones de los créditos del
PCCC que serán materia del Nuevo Programa,
dándose por terminados, en consecuencia, los
procesos judiciales involucrados que impedían su
realización. - Se atiende la problemática derivada de las
observaciones-recomendaciones de la ASF
relacionadas con el PCCC. - Se recuperarán 116 mil millones que incluyen la
recuperación de cartera, la compartición de
pérdidas y 9.5 mil millones de pesos que los
bancos abonan por los créditos relacionados no
aprobados por el Comité Técnico del Fobaproa. - Se da cumplimiento a lo estipulado en la Ley de
Protección al Ahorro Bancario. - Podrá haber recuperaciones adicionales de
recursos derivadas de los resultados de las
Revisiones.