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PRESENTACI

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Title: PRESENTACI N VB DEL PROYECTO DE C DIGO Author: Vicent Bermejo Last modified by: cop Created Date: 4/12/2003 4:21:02 PM Document presentation format – PowerPoint PPT presentation

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Title: PRESENTACI


1
(No Transcript)
2
PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE CÓDIGO DEONTOLÓGICO
DE LOS PSICÓLOGOS 2007Vicent
BermejoPresidente CDE-CGCOP
3
METACÓDIGO EFPA (1995-2005)Preambulo Los
Códigos Éticos de las asociaciones miembros
deberán fundamentarse y evitar contradicciones
con los principios éticos que se especifican a
continuación.
4
Existía el deber y, también, el compromiso de
adaptación del Código Deontológico del Psicólogo
al METACÓDIGO EFPA (1995-2005) que hasta el
momento no se había llevado a cabo.
5
Se han celebrado varios encuentros profesionales
en el ámbito de la deontología y de estos
encuentros hay que destacar
6
2001 VALENCIA, VIII JORNADAS PROFESIONALES,
JORNADA SOBRE DEONTOLOGÍA PROFESIONAL El
Código Deontológico del Psicólogo necesita una
actualización y una puesta al día 2007
VALENCIA XIV JORNADAS PRESENTACIÓN NUEVO
PROYECTO
7
Código Deontológico del Psicólogo (19871993),
actualmente vigente, consta de65 artículos en IX
títulos o capítulos.
8
INDICE Código Deontológico Psicólogo, 1987
Título PreliminarI. Principios GeneralesII.
Competencia profesional y relaciones con otros
profesionalesIII. Intervención IV.
Investigación y docenciaV. Obtención y uso
información VI. PublicidadVII. HonorariosVIII.
Garantías procesales
9
Código Deontológico Psicólogo (19871993) núcleo
central artículo 6 principios comunes a toda
deontologíaartículo 5 finalidad humana social
psicología ? bienestar y salud artículo 7 no
contribuir atentados libertad e integridad
persona, tortura o malos tratos
10
En el Código Deontológico del Psicólogo (1987)
hay una clara referencia a la ética sanitaria al
delimitar la finalidad de la profesión hacia el
bienestar y la salud, conceptos sinónimos al
ponerlos en relación con la definición de salud
de la OMS, sin definirse por esa opción ética por
completo.
11
  • Artículo 6º.- La profesión de Psicólogo se rige
    por principios comunes toda deontología
    profesional respeto a la persona, protección de
    los derechos humanos, sello de responsabilidad,
    honestidad, sinceridad para con los clientes,
    prudencia en la aplicación de instrumentos y
    técnicas, competencia profesional, solidez de la
    fundamentación objetiva y científica de sus
    intervenciones profesionales.

12
  • Si ordenamos el contenido del artículo 6º del
    vigente CÓDIGO, lo podemos comparar con los
    principios del METACÓDIGO y con los principios
    que se proponen en el PROYECTO DE CÓDIGO.
  • Una importante y radical diferencia entre
    METACÓDIGO y CÓDIGO vigente, de un lado, con el
    PROYECTO, de otro, es la introducción de los
    principios de BENEFICENCIA (2º) y MALEFICENCIA
    (3º).

13
  • Artículo 6º.- Principios comunes deontología
  • 1. respeto persona,
  • 2. protección derechos humanos,
  • 3. sello responsabilidad,
  • 4. honestidad,
  • 5. sinceridad para con clientes,
  • 6. prudencia aplicación instrumentos y técnicas,
  • 7. competencia profesional,
  • 8. solidez fundamentación objetiva y científica
    de intervenciones profesionales.

14
  • Artículo 5º. El ejercicio de la Psicología se
    ordena a una finalidad humana y social, que puede
    expresarse en objetivos tales como el bienestar,
    la salud, la calidad de vida, la plenitud del
    desarrollo de las personas y de los grupos, en
    los distintos ámbitos de la vida individual y
    social. Puesto que el/la Psicólogo/a no es el
    único profesional que persigue estos objetivos
    humanitarios y sociales, es conveniente y en
    algunos casos es precisa la colaboración
    interdisciplinar con otros profesionales, sin
    perjuicio de las competencias y saber de cada uno
    de ellos.

15
  • Artículo 7º. El/la Psicólogo/a no realizará por
    sí mismo, ni contribuirá a prácticas que atenten
    a la libertad e integridad física y psíquica de
    las personas. La intervención directa o la
    cooperación en la tortura y malos tratos, además
    de delito, constituye la más grave violación de
    la ética profesional de los/las Psicólogos/as.
    Estos no participarán en ningún modo, tampoco
    como investigadores, como asesores o como
    encubridores, en la práctica de la tortura, ni en
    otros procedimientos crueles, inhumanos o
    degradantes cualesquiera que sean las personas
    víctimas de los mismos, las acusaciones, delitos,
    sospechas de que sean objeto, o las informaciones
    que se quiera obtener de ellas, y la situación de
    conflicto armado, guerra civil, revolución,
    terrorismo o cualquier otra, por la que pretendan
    justificarse tales procedimientos.

16
METACÓDIGO EFPA PRINCIPIOS
  • (I) Respeto derechos y dignidad personas
  • (II) Competencia
  • (III) Responsabilidad
  • (IV) Integridad
  • Interdependencia de los Cuatro
    Principios

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  • Los PRINCIPIOS del METACÓDIGO EFPA se organizan
    como una gran síntesis de ética profesional de
    modo que subsumen en ellos todo su contenido
    ético.
  • Parcialmente inspirados en la ética sanitaria
    tradicional y la bioética, dan prioridad al
    respeto y autonomía de la persona y no incluyen
    el principio de beneficencia, tal como se ha
    señalado.

18
PROYECTO CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LOS PSICÓLOGOS
2007
19
El Proyecto opta manifiestamente por la ética
sanitaria al incluir el principio de beneficencia
si bien en relación con los restantes principios
queda matizado por el principio de autonomía de
la persona. Este principio es, pues, el segundo
de ellos después de establecer el respeto por la
persona, seguido a continuación del de
maleficencia.
20
Reconoce la unidad científica de la psicología
en cualesquiera de sus áreas y desarrollos.
Está orientado a promover la formación ética
amplia de los actuales y futuros profesionales
21
Promueve la aplicación práctica, enfrentando al
profesional con la toma de decisiones y la
resolución de los dilemas. Hace necesario el uso
del razonamiento lógico deductivo frente a los
principios. Promueve el respeto de los
usuarios, reconoce su autonomía y su capacidad
de hacer valer sus derechos.
22
En la sociedad de la información, contempla el
poder de la información, la importancia de los
datos personales y, sobre todo, de su protección.
Considera la trascendencia profesional del
Informe psicológico y los riesgos sobre su uso.
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ÍNDICE DEL PROYECTO - Preámbulo? Ámbito de
aplicación? Capítulo I PRINCIPIOS? Capítulo
II Normas deontológicas? Capítulo III
Regulaciones específicas - Anexo I Evaluación
de las quejas y conductas no éticas - Anexo II
Funciones de la CDE del Consejo y de las CD de
los COPs
24
Preámbulo (puntos o contenidos de este
apartado)1. Fundamento legal de la ética
profesional2. Marco de referencia europeo3. La
ética tradicional de los psicólogos4.
Continuidad ética profesional y cumplimiento de
la ley 5. Importancia del uso del razonamiento
aplicado de los principios éticos6.
Consideraciones sobre el proceso de toma de
decisiones éticas.7. Formación y docencia de la
Ética de la psicología.
25
Ámbito de aplicación (apartados)1. Términos y
definiciones.2. Alcance y límites del ámbito de
aplicación.
26
CAPITULO I. PRINCIPIOS1. Respeto dignidad
persona y sus derechos2. Actuar conforme
principio beneficencia3. Evitar causar daño
perjuicio a personas4. Respeto privacidad y
confidencialidad5. Competencia profesional6.
Responsabilidad7. Honestidad e integridad8.
Respeto a la legalidad y a la ley9.
Independencia y autonomía de la psicología y de
su ejercicio profesional10. Prudencia en
aplicación de instrumentos y técnicas, y solidez
del fundamento científico
27
Establecidos los principios, el CAPITULO II está
dedicado a las normas deontológicas, las cuales
se disponen en conexión directa con los
principios, desarrollándose en apartados según
sus contenidos éticos conceptuales. Por tanto,
los principios son los organizadores de las
normas.
28
Se desarrolla el concepto normativo de
consentimiento informado, de importancia radical
en nuestras relaciones profesionales. Se
regula el secreto profesional, y se amplia esa
regulación, desde el enfoque actual privacidad
y confidencialidad. Entre otras novedades,
incluye el apartado sobre la salud mental y la
incapacidad del psicólogo, ya conocido a través
del libro Ética y Deontología para psicólogos.
29
CAPITULO II. NORMAS DEONTOLÓGICAS (ARTÍCULOS 1 AL
72)1. Respeto y beneficencia 2. Privacidad 3.
Confidencialidad 4. Consentimiento informado 5.
Autodeterminación 6. Competencia A.
Conocimientos ética. B. Alcance y límites
competencia profesional. C. Alcance y límites
procedimientos psicológicos. D. De la salud
mental del psicólogo y de la incapacidad
profesional del psicólogo.7. Responsabilidad
A. Responsabilidad profesional. B. Respecto los
profesionales y la profesión.8. Honestidad e
integridad A. Honestidad y precisión. B.
Honestidad y sinceridad. C. Conflicto de
intereses. D. Honestidad e integridad frente a
ambigüedad.9. Prudencia
30
CAPITULO III. REGULACIONES ESPECÍFICAS (ARTÍCULOS
73 AL 113)1. Del uso de la información
profesional de los psicólogos. El Informe
Psicológico (artículos 73-82)2. Normas
complementarias sobre investigación en Psicología
(artículos 83-86) 3. Relaciones con colegas y
otros profesionales. (artículos 87-92)4.
Relaciones duales (artículos 93-94)5. Con
internet (artículos 95-97)6. Presencia en los
medios de comunicación. (artículos 98-103)7.
Publicidad (artículos 104-108)8. Honorarios y
remuneración (artículos 109-113)
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El capítulo III conserva normas ya incluidas en
el Código vigente y se abre hacia espacios que
normativamente son nuevos. Se amplía el
apartado dedicado al Informe Psicológico y,
entre otras regulaciones, pone límites a los
llamados contrainformes. Las regulaciones de
las relaciones duales, de la atención psicológica
on line y de la presencia del psicólogo ante los
medios de comunicación son también novedosas.
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  • El PROYECTO concluye con dos ANEXOS
  • ANEXO I EVALUACIÓN DE LAS QUEJAS POR CONDUCTAS
    NO ÉTICAS
  • Se proponen tres vías tras la evaluación
  • Vía Primera ? Mediación
  • Vía Segunda ? Ofrecimiento de ayuda
    profesional
  • Vía Tercera ? Procedimiento disciplinario

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  • Protocolo Vía Primera ? Acción de Mediación
  • ? siguientes metas
  • Lograr que el supuesto infractor reconozca como
    no ética la conducta denunciada y evitar que
    vuelva a suceder en el futuro.
  • Para ello, se proporcionará información o
    formación deontológica necesaria al profesional
    autor de la conducta no ética.
  • Promover alguna forma de petición de disculpas o
    reparación del daño causado.
  • Ofrecer ayuda (psicológica, de salud, de
    formación complementaria o de supervisión) al
    profesional si la evaluación concluye que esto es
    lo que necesita y procede.

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  • Protocolo Vía Segunda ? Acción de Ofrecimiento de
    ayuda
  • ? finalidad
  • posibilitar al profesional ayuda psicológica (en
    conexión con la Vía Primera), de salud, de
    formación complementaria, de supervisión o una
    ayuda asimilable en el caso que la evaluación
    concluya qué es lo que necesita y procede.
  • ? meta a lograr en este caso
  • alcanzar una remisión de la hipotética causa que
    motivó la queja por el ejercicio profesional del
    colegiado (hipotéticamente causado por
    limitaciones, malestares o incapacidades
    temporales).

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  • Vía Tercera, ?
  • vía de Procedimiento disciplinario de acuerdo a
    su regulación estatutaria propia de procedimiento
    sancionador, reservada para cuando no hay otro
    recurso o para los casos más graves en los está
    en cuestión la misma profesión.
  • Cada vía requerirá su específica reglamentación y
    procedimiento con un Reglamento al efecto.

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  • ANEXO II FUNCIONES DE LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA
    ESTATAL Y DE LAS COMISIONES DEONTOLÓGICAS
  • Principales novedades
  • Ser órgano máximo asesor y de interpretación
  • Asegurar la unidad de aplicación y de
    interpretación en todo el Estado español
  • Asegurar procedimientos homologables y
  • Asegurar formación ética homologable en todo el
    Estado

37
(No Transcript)
38
FIN
  • MUCHAS GRACIAS
  • Para solicitar información
  • secop_at_cop.es
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