Title: MEXICO EXPORTA
1Subsecretaría de Normatividad, Inversión
Extranjera y Prácticas Comerciales
Internacionales Dirección General de Inversión
Extranjera
Marco nacional e internacional de la inversión
extranjera en México Comisión Nacional de
Información y Estadística de la AMSDE, A.C.
Julio, 2005
2Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (1917)
Ley de Inversión Extranjera (1993)
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y
del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
(1998)
Resolución General Número 5 de la Comisión
Nacional de Inversiones Extranjeras (2005)
3Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
- El artículo 73, fracción XXIX-F establece que la
expedición de leyes para la regulación de la
inversión extranjera es facultad del Congreso de
la Unión. Por lo tanto, es materia federal.
4Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión
Extranjera (Art. 2)
John Smith
Juan Pérez
51
49
Sociedad Mexicana
La participación de inversionistas extranjeros,
en cualquier proporción, en el capital social de
sociedades mexicanas.
5Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión
Extranjera (Art. 2)
John Smith
Mary Smith
49
51
Sociedad Mexicana A con mayoría de capital
extranjero
99
Sociedad Mexicana B
La realizada por sociedades mexicanas con mayoría
de capital extranjero.
6Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión
Extranjera (Art. 2)
Lone Star, Inc.
John Smith
La participación de inversionistas extranjeros en
las actividades y actos contemplados por esta Ley.
7Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión Extranjera Regla General de
Apertura Sectorial (Art. 4)
- La inversión extranjera puede
- Participar en cualquier proporción en el capital
social de sociedades mexicanas - Adquirir activos fijos
- Ingresar a nuevos campos de actividad económica o
fabricar nuevas líneas de productos - Abrir y operar establecimientos, y ampliar o
relocalizar los ya existentes - Salvo por las excepciones contenidas en la propia
Ley
8Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Actividades reservadas al Estado (Art. 5), por
ejemplo - Actividades reservadas a mexicanos (Art. 6), por
ejemplo
- Petróleo y demás hidrocarburos.
- Control, supervisión y vigilancia de puertos,
aeropuertos y helipuertos.
- Transporte terrestre nacional de pasajeros,
turismo y carga. - Comercio al por menor de gasolina y distribución
de gas licuado de petróleo.
- Servicios de radiodifusión y otros de radio y
televisión, distintos a los de televisión
restringida.
9Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Actividades sujetas a límites máximos de
participación foránea (Art . 7), por ejemplo
- Hasta el 10
- Sociedades cooperativas de producción.
- Hasta el 25
- Transporte aéreo nacional.
- Hasta el 49
- Acciones serie T de sociedades que tengan en
propiedad tierras agrícolas, ganaderas y
forestales. - Administración portuaria integral.
- Sociedades concesionarias en los términos de los
artículos 11 y 12 de la Ley Federal de
Telecomunicaciones. - Sociedades navieras dedicadas a la explotación
comercial de embarcaciones para la navegación
interior y de cabotaje.
10Actividades y adquisiciones que requieren
resolución de la CNIE para que la IED rebase el
49 (Arts. 8 y 9), por ejemplo
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Servicios portuarios a las embarcaciones para
realizar sus operaciones de navegación interior,
tales como el remolque, amarre de cabos y
lanchaje. - Sociedades navieras dedicadas a la explotación de
embarcaciones exclusivamente en tráfico de
altura. - Servicios legales.
- Telefonía celular.
- Perforación de pozos petroleros y de gas.
- Transporte ferroviario.
- Sociedades mexicanas ya constituidas que realicen
actividades no reguladas, en caso de que el valor
total de sus activos rebase el monto determinado
por la CNIE (actualmente, 1,565895,000 pesos de
acuerdo a la Resolución General número 3 de la
CNIE).
11Autorizaciones reguladas por la Ley de
Inversión Extranjera (LIE)
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Hoy en día, tan sólo subsisten tres clases de
autorizaciones reguladas por la LIE
Autorizaciones para que las personas morales
extranjeras realicen habitualmente actos de
comercio en el país o para su establecimiento en
el mismo (art. 17 de la LIE)
Autorizaciones de inversión neutra (arts. 19, 20
y 22 de la LIE)
12Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras
(CNIE)
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- La CNIE está integrada por los Secretarios de
Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y
Crédito Público, Desarrollo Social, Medio
Ambiente y Recursos Naturales, Energía,
Economía, Comunicaciones y Transportes, Trabajo y
Previsión Social, y Turismo, lo cuales deben
reunirse de forma semestral. - Asimismo, se podrá invitar a participar en las
sesiones de la CNIE a aquellas autoridades y
representantes de los sectores privado y social
que tengan relación con los asuntos a tratar,
quienes tendrán voz pero no voto. - La CNIE es presidida por el Secretario de
Economía y para su funcionamiento cuenta con un
Secretario Ejecutivo y un Comité de
Representantes mismo que deber reunirse al menos
cuatrimestralmente.
13Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Marco Jurídico
- Título Séptimo de la Ley de Inversión Extranjera
(LIE), 27 de diciembre de 1993. - Título Séptimo del Reglamento de la Ley de
Inversión Extranjera y del Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras (RLIE), 7 de septiembre
de 1998.
14Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Objetivos
- Verificar que se cumplan las disposiciones
jurídicas en materia de límites máximos de
participación de la inversión extranjera. - Obtener información sobre el comportamiento de la
inversión extranjera directa en México.
15Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Ubicación
- El Registro depende de la Secretaría de Economía
y que está bajo la dirección del Secretario
Ejecutivo de la Comisión Nacional de Inversiones
Extranjeras. - Físicamente, el Registro se encuentra en la
Dirección General de Inversión Extanjera y en las
51 representaciones federales de la Secretaría de
Economía.
16Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Confidencialidad
- La Secretaría de Economía no podrá proporcionar a
terceros información sobre los sujetos inscritos
en lo particular. - La consulta de los expedientes podrá realizarse
en las instalaciones del Registro, por parte de
quienes acrediten su personalidad o el carácter
de representante legal de los sujetos inscritos.
17Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Sujetos de Inscripción
- El Registro se dividie en tres secciones
- Primera.- Personas físicas y personas morales
extranjeras que realicen habitualmente actos de
comercio en la República Mexicana - Segunda.- Sociedades mexicanas con inversión
extranjera en su capital social y, - Tercera.- Fideicomisos que otorguen derechos a
favor de la inversión extranjera.
18Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Trámites
1a. Personas Extranjeras 2a. Sociedades
mexicanas 3a. Fideicomisos Trámites
Secciones ----------------------------------------
-------------------------------- Inscripción 1
a, 2a y 3a Aviso de Modificación 1a, 2a y
3a Informe de Ingresos y Egresos 1a y 2a Informe
Económico Anual 1a y 2a Cancelación 1a, 2a
y 3a
19Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Avisos de Fedatarios Públicos
En todos los actos y hechos jurídicos donde
intervengan por sí o representadas las personas
obligadas a inscribirse en el Registro, los
notarios públicos exigirán a dichas personas o a
sus representantes que les acrediten su
inscripción en el citado Registro, o en caso de
estar la inscripción en trámite, que les
acrediten la solicitud correspondiente. De no
acreditarlo, el fedatario podrá autorizar el
instrumento público de que se trate, e informará
de tal omisión al Registro, dentro de los diez
días hábiles siguientes a la fecha de
autorización del instrumento.
20Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Presentación de Trámites
- El artículo 33 del Reglamento señala que los
trámites ante el Registro deben realizarse en
formatos y acompañarse de la documentación que en
ellos se precise. - El 4 de diciembre de 2001 se publicó en el DOF la
versión actual de los formatos para trámite ante
el Registro. - Se publicaron cuatro formatos, uno para cada
sección del Registro y otro para avisos de
fedatarios .
21Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Formatos para Trámite
- Se divide en módulos que deben llenarse de
acuerdo al trámite que se presentará. - Asimismo, contienen la siguiente información
- Quien está obligado a presentarlo
- Donde puede presentarse y quien lo resolverá
- Los módulo que debe requisitar, según el asunto.
- Plazos para cumplir cada trámite.
- Fundamento jurídico de cada trámite.
- Documentos que deben anexarse en cada trámite.
- Plazo de la autoridad para dar respuesta
- Teléfonos para consultas y quejas.
22Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca
de las Inversiones (APPRIs)?
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
- Los APPRIs son tratados internacionales en
materia de inversión extranjera directa que,
sobre bases de reciprocidad, son diseñados para
el fomento y la protección jurídica de los flujos
de capital productivo. - Desde 1959 a la fecha, a nivel internacional se
han concluido alrededor de 2,300 Acuerdos
Bilaterales sobre Inversión. La mayoría de ellos
en la década de los 90s.
23Por qué Negociar APPRIs?
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
- Para Negociar los APPRIs se toman en cuenta dos
elementos - Cuantitativos se analizan flujos de inversión
entre México y el país de que se trate y/o - Cualitativos atendiendo a las circunstancias
económicas o geopolíticas particulares del país
de que se trate. - Los APPRIs se reconocen como instrumentos
generadores de confianza para los inversionistas
extranjeros, ya que disminuyen los riesgos
perceptibles de tipo no comercial, envían una
señal positiva y, en general, coadyuvan a crear
un clima más favorable a la inversión.
24Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
- Por qué Negociar Capítulos de Inversión dentro
de los Tratados de Libre Comercio?
- Complementan las disposiciones en materia de
comercio, dada la estrecha relación entre
inversión y comercio, pues - Una tercera parte del comercio internacional de
bienes y servicios se da entre empresas
relacionadas y la inversión contribuye al
aumento de las exportaciones de los países en
desarrollo a través de las actividades de
exportación de las empresas multinacionales. - De allí que una apertura comercial exitosa es
posible si va acompañada de una apertura a los
flujos de capital productivos que generen
recursos frescos.
25Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
- APPRIs y TLCs Firmados por México
- A la fecha contamos con
- 18 APPRIs en vigor con España, Suiza, Argentina,
Alemania, Paises Bajos, Austria, Unión
Belgo-Luxemburguesa, Francia, Finlandia, Uruguay,
Portugal, Italia, Dinamarca, Suecia, Grecia,
Corea, Cuba, y la República Checa. - 12 TLCs en vigor, con una cobertura de 42 países
TLCAN, Costa Rica, Grupo de los Tres, Bolivia,
Nicaragua, Chile, Triangulo del Norte, Unión
Europea, EFTA, Uruguay, Japón e Israel a
excepción de este último, todos contemplan
disciplinas en materia de inversión.
26Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Contenido de los acuerdos de inversión
Definición de Inversión Abarca empresas,
participación accionaria, deudas entre empresas
matriz-subsidiaria o de largo plazo, bienes
inmuebles adquiridos con propósito de lucro,
derechos de propiedad intelectual y otros bienes
y derechos intangibles. Trato Nacional y Trato
de Nación Más Favorecida El Estado parte deben
otorgar a las inversiones e inversionistas del
otro Estado parte, el mismo trato que el que
otorga, en circunstancias similares, a sus
propias inversiones e inversionistas o a los de
un tercer Estado. Nivel Mínimo de Trato
(NMT). Se otorga trato acorde con el derecho
internacional, incluido trato justo y equitativo
y protección y seguridad plenas, conforme a los
estándares mínimos del derecho internacional
consuetudinario (i.e. práctica generalizada que
los Estados siguen en función de su
obligatoriedad).
27Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Contenido de los acuerdos de inversión
- Transferencias.
- Los gobiernos deben permitir la libre
transferencia de recursos, tales como utilidades,
dividendos, ganancias de capital, intereses,
regalías, etc. - Expropiación.
- Se prohíbe la expropiación o nacionalización
directa o indirecta de las inversiones, a menos
que sean por causa de utilidad pública, sobre
bases no discriminatorias, con estricto apego al
principio de legalidad y mediante pago de una
indemnización a valor justo de mercado. - Requisitos de Desempeño (TLCs).
- Los gobiernos no pueden imponer a las
inversiones e inversionistas de los otros países
medidas que distorsionen el comercio o la
inversión tales como obligar a exportar cierto
volumen de productos, obligar a producir bienes
con cierto porcentaje de contenido nacional o
mantener cierta balanza de divisas.
28Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Contenido de los acuerdos de inversión
- Reservas (TLCs).
- Se establecen excepciones a la aplicación de
ciertas disposiciones (e.g. sectores con
restricciones a la inversión extranjera). - Estado - Estado.
- Establece un sistema imparcial y equitativo para
resolver dificultades que surjan por la
interpretación de las disposiciones de los TLCs
(TLCAN, cap. XX) y APPRIs. - Inversionista - Estado.
- Los TLCs y APPRIs establecen un mecanismo
arbitral para la solución de controversias
suscitadas por la presunta violación del Acuerdo
en detrimento económico del inversionista.
29Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Otros Instrumentos
- El 14 de junio de 2004, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el Acuerdo para el
Fomento de las Inversiones entre el Gobierno de
Estados Unidos de América y México Acuerdo
OPIC. - Su objetivo principal es incentivar los flujos de
inversión privada estadounidense hacia México
OPIC ofrece seguros, garantías y reaseguros
contra riesgos no comerciales, así como
financiamiento directo, respecto de proyectos de
inversión ubicados en México. - Se estudia la posible adhesión de México a MIGA,
entidad de naturaleza similar, pero de carácter
multilateral (Banco Mundial).
30Evolución de la IED en México
La IED acumulada en México entre 1994 y 2004
asciende a 163.0 miles de millones de dólares.
Fuente Secretaría de Economía
31Evolución de la IED en México
Otros Agropecuario Extractivo Electricidad y
agua y Construcción. Otros Servicios Servicios
comunales y sociales Hoteles y restaurantes
Profesionales, técnicos y personales.
Fuente Secretaría de Economía
32Evolución de la IED en México
Región de origen de la IED entre enero de 1994
marzo de 2005 (porcentajes)
33Evolución de la IED en México
Distribución Regional de la IED entre enero de
1994 marzo de 2005 (porcentajes)
34Evolución de la IED en México
Fuente Secretaría de Economía
35Evolución de la IED en México
Destino geográfico de la IED entre enero de 1994
marzo de 2005 (porcentajes)
36 Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
37Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Antecedentes
- La Secretaría de Economía difunde trimestralmente
un informe sobre el comportamiento de la
inversión extranjera directa (IED) en México. - El informe mencionado, incluye una desagregación
de los flujos de IED por Entidad Federativa. - Además, cada tres meses la Secretaría de Economía
difunde un estudio específico por Entidad
Federativa sobre los flujos de IED y el número de
empresas con IED.
38Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Problemática
- La clasificación geográfica de los flujos y
empresas se realiza con base en el domicilio de
la planta que es reportado al RNIE no obstante,
la mayoría de los particulares no reportan este
dato y únicamente informan el domicilio del
representante legal o de la oficina
administrativa de cada empresa. - Por lo expuesto, los montos no siempre son
clasificados en la Entidad Federativa donde se
realizan las inversiones. - El sesgo mencionado incrementa la brecha entre
las estadísticas elaboradas a nivel estatal con
las que difunde la Secretaría de Economía.
39Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Objetivo
- Depurar y compartir el padrón de sociedades
mexicanas con inversión extranjera en los
Estados, a efecto de - Disminuir las diferencias entre las estadísticas
sobre IED que elaboran los Gobiernos Estatales y
la Secretaría de Economía. - Contar con mejores instrumentos para la promoción
de la IED.
40Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Instrumento Propuesto El artículo 31 de la Ley de
Inversión Extranjera (LIE) establece que el
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras no
es público por ello, la Secretaría de Economía
no puede proporcionar datos a nivel de empresa a
los Gobiernos Estatales. Por otra parte, el
artículo 36 de la LIE establece que "las
autoridades federales, estatales y municipales
están obligadas a proporcionar a la Secretaría,
los informes y las certificaciones necesarias
para el cumplimiento de sus funciones. Por lo
antes expuesto, se propone la firma de un
Convenio de Coordinación entre la Secretaría de
Economía y los Gobiernos Estatales con el fin de
proporcionar información en materia de inversión
extranjera a la Secretaría de Economía, en los
términos de artículo 36 de la LIE.
41Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Convenio de Coordinación Objetivo Establecer
las bases y procedimientos de coordinación para
que los Gobiernos Estatales proporcionen a la
Secretaría de Economía, la información sobre
ubicación y situación operativa de los sujetos
inscritos en el Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras. Fundamento Jurídico La solicitud de
la Secretaría de Economía se fundamenta en el
artículo 36 de la Ley de Inversión Extranjera.
42Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Convenio de Coordinación
- Información que entregará la Secretaría de
Economía a los Gobiernos Estatales, por cada
empresa con inversión extranjera - Nombre, denominación o razón social.
- Registro Federal de Contribuyentes.
- Domicilio en el Estado (calle y número, colonia o
fraccionamiento, municipio y Código Postal). - Clase de actividad, de conformidad con la
Clasificación Mexicana de Actividades y Productos - Los Gobiernos Estatales cotejarán la información
con los archivos de su Secretaría de Finanzas, a
fin de comunicar a la Secretaría de Economía la
situación operativa de cada uno de los sujetos,
así como las inconsistencias relativas a tales
datos.
43Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Convenio de Coordinación
- Ventajas
- La Secretaría de Economía tendrá mejores
elementos para clasificar las inversiones que se
le reporten, lo cual disminuirá el sesgo de la
distribución estatal de los flujos de IED. - Los Gobiernos Estatales y la Secretaría de
Economía contarán con el mismo padrón de empresas
con inversión extranjera.
44Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Se envió En proceso En
proceso Firmado el convenio de
revisión de revisión y Publicado con
el Gobierno en el área
Estatal jurídica ---------------------
---------------------- -----------------
----------------- Baja California Durango Hid
algo Jalisco Michoacán Morelos Nuevo
León Querétaro San Luis Potosí Sonora Tamaulipas Y
ucatán Zacatecas
45Muchas gracias por su atención