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MEXICO EXPORTA

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Title: MEXICO EXPORTA


1
Subsecretaría de Normatividad, Inversión
Extranjera y Prácticas Comerciales
Internacionales Dirección General de Inversión
Extranjera
Marco nacional e internacional de la inversión
extranjera en México Comisión Nacional de
Información y Estadística de la AMSDE, A.C.
Julio, 2005
2
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (1917)
Ley de Inversión Extranjera (1993)
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y
del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
(1998)
Resolución General Número 5 de la Comisión
Nacional de Inversiones Extranjeras (2005)
3
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
  • El artículo 73, fracción XXIX-F establece que la
    expedición de leyes para la regulación de la
    inversión extranjera es facultad del Congreso de
    la Unión. Por lo tanto, es materia federal.

4
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión
Extranjera (Art. 2)
John Smith
Juan Pérez
51
49
Sociedad Mexicana
La participación de inversionistas extranjeros,
en cualquier proporción, en el capital social de
sociedades mexicanas.
5
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión
Extranjera (Art. 2)
John Smith
Mary Smith
49
51
Sociedad Mexicana A con mayoría de capital
extranjero
99
Sociedad Mexicana B
La realizada por sociedades mexicanas con mayoría
de capital extranjero.
6
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión
Extranjera (Art. 2)
Lone Star, Inc.
John Smith
La participación de inversionistas extranjeros en
las actividades y actos contemplados por esta Ley.
7
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión Extranjera Regla General de
Apertura Sectorial (Art. 4)
  • La inversión extranjera puede
  • Participar en cualquier proporción en el capital
    social de sociedades mexicanas
  • Adquirir activos fijos
  • Ingresar a nuevos campos de actividad económica o
    fabricar nuevas líneas de productos
  • Abrir y operar establecimientos, y ampliar o
    relocalizar los ya existentes
  • Salvo por las excepciones contenidas en la propia
    Ley

8
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
  • Actividades reservadas al Estado (Art. 5), por
    ejemplo
  • Actividades reservadas a mexicanos (Art. 6), por
    ejemplo
  • Telégrafos.
  • Correos.
  • Petróleo y demás hidrocarburos.
  • Control, supervisión y vigilancia de puertos,
    aeropuertos y helipuertos.
  • Transporte terrestre nacional de pasajeros,
    turismo y carga.
  • Comercio al por menor de gasolina y distribución
    de gas licuado de petróleo.
  • Servicios de radiodifusión y otros de radio y
    televisión, distintos a los de televisión
    restringida.

9
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
  • Actividades sujetas a límites máximos de
    participación foránea (Art . 7), por ejemplo
  • Hasta el 10
  • Sociedades cooperativas de producción.
  • Hasta el 25
  • Transporte aéreo nacional.
  • Hasta el 49
  • Acciones serie T de sociedades que tengan en
    propiedad tierras agrícolas, ganaderas y
    forestales.
  • Administración portuaria integral.
  • Sociedades concesionarias en los términos de los
    artículos 11 y 12 de la Ley Federal de
    Telecomunicaciones.
  • Sociedades navieras dedicadas a la explotación
    comercial de embarcaciones para la navegación
    interior y de cabotaje.

10
Actividades y adquisiciones que requieren
resolución de la CNIE para que la IED rebase el
49 (Arts. 8 y 9), por ejemplo
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
  • Servicios portuarios a las embarcaciones para
    realizar sus operaciones de navegación interior,
    tales como el remolque, amarre de cabos y
    lanchaje.
  • Sociedades navieras dedicadas a la explotación de
    embarcaciones exclusivamente en tráfico de
    altura.
  • Servicios legales.
  • Telefonía celular.
  • Perforación de pozos petroleros y de gas.
  • Transporte ferroviario.
  • Sociedades mexicanas ya constituidas que realicen
    actividades no reguladas, en caso de que el valor
    total de sus activos rebase el monto determinado
    por la CNIE (actualmente, 1,565895,000 pesos de
    acuerdo a la Resolución General número 3 de la
    CNIE).

11
Autorizaciones reguladas por la Ley de
Inversión Extranjera (LIE)
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
  • Hoy en día, tan sólo subsisten tres clases de
    autorizaciones reguladas por la LIE

Autorizaciones para que las personas morales
extranjeras realicen habitualmente actos de
comercio en el país o para su establecimiento en
el mismo (art. 17 de la LIE)
Autorizaciones de inversión neutra (arts. 19, 20
y 22 de la LIE)
12
Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras
(CNIE)
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
  • La CNIE está integrada por los Secretarios de
    Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y
    Crédito Público, Desarrollo Social, Medio
    Ambiente y Recursos Naturales, Energía,
    Economía, Comunicaciones y Transportes, Trabajo y
    Previsión Social, y Turismo, lo cuales deben
    reunirse de forma semestral.
  • Asimismo, se podrá invitar a participar en las
    sesiones de la CNIE a aquellas autoridades y
    representantes de los sectores privado y social
    que tengan relación con los asuntos a tratar,
    quienes tendrán voz pero no voto.
  • La CNIE es presidida por el Secretario de
    Economía y para su funcionamiento cuenta con un
    Secretario Ejecutivo y un Comité de
    Representantes mismo que deber reunirse al menos
    cuatrimestralmente.

13
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Marco Jurídico
  • Título Séptimo de la Ley de Inversión Extranjera
    (LIE), 27 de diciembre de 1993.
  • Título Séptimo del Reglamento de la Ley de
    Inversión Extranjera y del Registro Nacional de
    Inversiones Extranjeras (RLIE), 7 de septiembre
    de 1998.

14
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Objetivos
  • Verificar que se cumplan las disposiciones
    jurídicas en materia de límites máximos de
    participación de la inversión extranjera.
  • Obtener información sobre el comportamiento de la
    inversión extranjera directa en México.

15
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Ubicación
  • El Registro depende de la Secretaría de Economía
    y que está bajo la dirección del Secretario
    Ejecutivo de la Comisión Nacional de Inversiones
    Extranjeras.
  • Físicamente, el Registro se encuentra en la
    Dirección General de Inversión Extanjera y en las
    51 representaciones federales de la Secretaría de
    Economía.

16
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Confidencialidad
  • La Secretaría de Economía no podrá proporcionar a
    terceros información sobre los sujetos inscritos
    en lo particular.
  • La consulta de los expedientes podrá realizarse
    en las instalaciones del Registro, por parte de
    quienes acrediten su personalidad o el carácter
    de representante legal de los sujetos inscritos.

17
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Sujetos de Inscripción
  • El Registro se dividie en tres secciones
  • Primera.- Personas físicas y personas morales
    extranjeras que realicen habitualmente actos de
    comercio en la República Mexicana
  • Segunda.- Sociedades mexicanas con inversión
    extranjera en su capital social y,
  • Tercera.- Fideicomisos que otorguen derechos a
    favor de la inversión extranjera.

18
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Trámites
1a. Personas Extranjeras 2a. Sociedades
mexicanas 3a. Fideicomisos Trámites
Secciones ----------------------------------------
-------------------------------- Inscripción 1
a, 2a y 3a Aviso de Modificación 1a, 2a y
3a Informe de Ingresos y Egresos 1a y 2a Informe
Económico Anual 1a y 2a Cancelación 1a, 2a
y 3a
19
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Avisos de Fedatarios Públicos
En todos los actos y hechos jurídicos donde
intervengan por sí o representadas las personas
obligadas a inscribirse en el Registro, los
notarios públicos exigirán a dichas personas o a
sus representantes que les acrediten su
inscripción en el citado Registro, o en caso de
estar la inscripción en trámite, que les
acrediten la solicitud correspondiente. De no
acreditarlo, el fedatario podrá autorizar el
instrumento público de que se trate, e informará
de tal omisión al Registro, dentro de los diez
días hábiles siguientes a la fecha de
autorización del instrumento.
20
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Presentación de Trámites
  • El artículo 33 del Reglamento señala que los
    trámites ante el Registro deben realizarse en
    formatos y acompañarse de la documentación que en
    ellos se precise.
  • El 4 de diciembre de 2001 se publicó en el DOF la
    versión actual de los formatos para trámite ante
    el Registro.
  • Se publicaron cuatro formatos, uno para cada
    sección del Registro y otro para avisos de
    fedatarios .

21
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Formatos para Trámite
  • Se divide en módulos que deben llenarse de
    acuerdo al trámite que se presentará.
  • Asimismo, contienen la siguiente información
  • Quien está obligado a presentarlo
  • Donde puede presentarse y quien lo resolverá
  • Los módulo que debe requisitar, según el asunto.
  • Plazos para cumplir cada trámite.
  • Fundamento jurídico de cada trámite.
  • Documentos que deben anexarse en cada trámite.
  • Plazo de la autoridad para dar respuesta
  • Teléfonos para consultas y quejas.

22
Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca
de las Inversiones (APPRIs)?
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
  • Los APPRIs son tratados internacionales en
    materia de inversión extranjera directa que,
    sobre bases de reciprocidad, son diseñados para
    el fomento y la protección jurídica de los flujos
    de capital productivo.
  • Desde 1959 a la fecha, a nivel internacional se
    han concluido alrededor de 2,300 Acuerdos
    Bilaterales sobre Inversión. La mayoría de ellos
    en la década de los 90s.

23
Por qué Negociar APPRIs?
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
  • Para Negociar los APPRIs se toman en cuenta dos
    elementos
  • Cuantitativos se analizan flujos de inversión
    entre México y el país de que se trate y/o
  • Cualitativos atendiendo a las circunstancias
    económicas o geopolíticas particulares del país
    de que se trate.
  • Los APPRIs se reconocen como instrumentos
    generadores de confianza para los inversionistas
    extranjeros, ya que disminuyen los riesgos
    perceptibles de tipo no comercial, envían una
    señal positiva y, en general, coadyuvan a crear
    un clima más favorable a la inversión.

24
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
  • Por qué Negociar Capítulos de Inversión dentro
    de los Tratados de Libre Comercio?
  • Complementan las disposiciones en materia de
    comercio, dada la estrecha relación entre
    inversión y comercio, pues
  • Una tercera parte del comercio internacional de
    bienes y servicios se da entre empresas
    relacionadas y la inversión contribuye al
    aumento de las exportaciones de los países en
    desarrollo a través de las actividades de
    exportación de las empresas multinacionales.
  • De allí que una apertura comercial exitosa es
    posible si va acompañada de una apertura a los
    flujos de capital productivos que generen
    recursos frescos.

25
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
  • APPRIs y TLCs Firmados por México
  • A la fecha contamos con
  • 18 APPRIs en vigor con España, Suiza, Argentina,
    Alemania, Paises Bajos, Austria, Unión
    Belgo-Luxemburguesa, Francia, Finlandia, Uruguay,
    Portugal, Italia, Dinamarca, Suecia, Grecia,
    Corea, Cuba, y la República Checa.
  • 12 TLCs en vigor, con una cobertura de 42 países
    TLCAN, Costa Rica, Grupo de los Tres, Bolivia,
    Nicaragua, Chile, Triangulo del Norte, Unión
    Europea, EFTA, Uruguay, Japón e Israel a
    excepción de este último, todos contemplan
    disciplinas en materia de inversión.

26
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Contenido de los acuerdos de inversión
Definición de Inversión Abarca empresas,
participación accionaria, deudas entre empresas
matriz-subsidiaria o de largo plazo, bienes
inmuebles adquiridos con propósito de lucro,
derechos de propiedad intelectual y otros bienes
y derechos intangibles. Trato Nacional y Trato
de Nación Más Favorecida El Estado parte deben
otorgar a las inversiones e inversionistas del
otro Estado parte, el mismo trato que el que
otorga, en circunstancias similares, a sus
propias inversiones e inversionistas o a los de
un tercer Estado. Nivel Mínimo de Trato
(NMT). Se otorga trato acorde con el derecho
internacional, incluido trato justo y equitativo
y protección y seguridad plenas, conforme a los
estándares mínimos del derecho internacional
consuetudinario (i.e. práctica generalizada que
los Estados siguen en función de su
obligatoriedad).
27
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Contenido de los acuerdos de inversión
  • Transferencias.
  • Los gobiernos deben permitir la libre
    transferencia de recursos, tales como utilidades,
    dividendos, ganancias de capital, intereses,
    regalías, etc.
  • Expropiación.
  • Se prohíbe la expropiación o nacionalización
    directa o indirecta de las inversiones, a menos
    que sean por causa de utilidad pública, sobre
    bases no discriminatorias, con estricto apego al
    principio de legalidad y mediante pago de una
    indemnización a valor justo de mercado.
  • Requisitos de Desempeño (TLCs).
  • Los gobiernos no pueden imponer a las
    inversiones e inversionistas de los otros países
    medidas que distorsionen el comercio o la
    inversión tales como obligar a exportar cierto
    volumen de productos, obligar a producir bienes
    con cierto porcentaje de contenido nacional o
    mantener cierta balanza de divisas.

28
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Contenido de los acuerdos de inversión
  • Reservas (TLCs).
  • Se establecen excepciones a la aplicación de
    ciertas disposiciones (e.g. sectores con
    restricciones a la inversión extranjera).
  • Estado - Estado.
  • Establece un sistema imparcial y equitativo para
    resolver dificultades que surjan por la
    interpretación de las disposiciones de los TLCs
    (TLCAN, cap. XX) y APPRIs.
  • Inversionista - Estado.
  • Los TLCs y APPRIs establecen un mecanismo
    arbitral para la solución de controversias
    suscitadas por la presunta violación del Acuerdo
    en detrimento económico del inversionista.

29
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
Otros Instrumentos
  • El 14 de junio de 2004, se publicó en el Diario
    Oficial de la Federación el Acuerdo para el
    Fomento de las Inversiones entre el Gobierno de
    Estados Unidos de América y México Acuerdo
    OPIC.
  • Su objetivo principal es incentivar los flujos de
    inversión privada estadounidense hacia México
    OPIC ofrece seguros, garantías y reaseguros
    contra riesgos no comerciales, así como
    financiamiento directo, respecto de proyectos de
    inversión ubicados en México.
  • Se estudia la posible adhesión de México a MIGA,
    entidad de naturaleza similar, pero de carácter
    multilateral (Banco Mundial).

30
Evolución de la IED en México
La IED acumulada en México entre 1994 y 2004
asciende a 163.0 miles de millones de dólares.
Fuente Secretaría de Economía
31
Evolución de la IED en México
Otros Agropecuario Extractivo Electricidad y
agua y Construcción. Otros Servicios Servicios
comunales y sociales Hoteles y restaurantes
Profesionales, técnicos y personales.
Fuente Secretaría de Economía
32
Evolución de la IED en México
Región de origen de la IED entre enero de 1994
marzo de 2005 (porcentajes)
33
Evolución de la IED en México
Distribución Regional de la IED entre enero de
1994 marzo de 2005 (porcentajes)
34
Evolución de la IED en México
Fuente Secretaría de Economía
35
Evolución de la IED en México
Destino geográfico de la IED entre enero de 1994
marzo de 2005 (porcentajes)
36
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
37
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
  • Antecedentes
  • La Secretaría de Economía difunde trimestralmente
    un informe sobre el comportamiento de la
    inversión extranjera directa (IED) en México.
  • El informe mencionado, incluye una desagregación
    de los flujos de IED por Entidad Federativa.
  • Además, cada tres meses la Secretaría de Economía
    difunde un estudio específico por Entidad
    Federativa sobre los flujos de IED y el número de
    empresas con IED.

38
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
  • Problemática
  • La clasificación geográfica de los flujos y
    empresas se realiza con base en el domicilio de
    la planta que es reportado al RNIE no obstante,
    la mayoría de los particulares no reportan este
    dato y únicamente informan el domicilio del
    representante legal o de la oficina
    administrativa de cada empresa.
  • Por lo expuesto, los montos no siempre son
    clasificados en la Entidad Federativa donde se
    realizan las inversiones.
  • El sesgo mencionado incrementa la brecha entre
    las estadísticas elaboradas a nivel estatal con
    las que difunde la Secretaría de Economía.

39
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
  • Objetivo
  • Depurar y compartir el padrón de sociedades
    mexicanas con inversión extranjera en los
    Estados, a efecto de
  • Disminuir las diferencias entre las estadísticas
    sobre IED que elaboran los Gobiernos Estatales y
    la Secretaría de Economía.
  • Contar con mejores instrumentos para la promoción
    de la IED.

40
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Instrumento Propuesto El artículo 31 de la Ley de
Inversión Extranjera (LIE) establece que el
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras no
es público por ello, la Secretaría de Economía
no puede proporcionar datos a nivel de empresa a
los Gobiernos Estatales. Por otra parte, el
artículo 36 de la LIE establece que "las
autoridades federales, estatales y municipales
están obligadas a proporcionar a la Secretaría,
los informes y las certificaciones necesarias
para el cumplimiento de sus funciones. Por lo
antes expuesto, se propone la firma de un
Convenio de Coordinación entre la Secretaría de
Economía y los Gobiernos Estatales con el fin de
proporcionar información en materia de inversión
extranjera a la Secretaría de Economía, en los
términos de artículo 36 de la LIE.
41
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Convenio de Coordinación Objetivo Establecer
las bases y procedimientos de coordinación para
que los Gobiernos Estatales proporcionen a la
Secretaría de Economía, la información sobre
ubicación y situación operativa de los sujetos
inscritos en el Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras. Fundamento Jurídico La solicitud de
la Secretaría de Economía se fundamenta en el
artículo 36 de la Ley de Inversión Extranjera.
42
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
  • Convenio de Coordinación
  • Información que entregará la Secretaría de
    Economía a los Gobiernos Estatales, por cada
    empresa con inversión extranjera
  • Nombre, denominación o razón social.
  • Registro Federal de Contribuyentes.
  • Domicilio en el Estado (calle y número, colonia o
    fraccionamiento, municipio y Código Postal).
  • Clase de actividad, de conformidad con la
    Clasificación Mexicana de Actividades y Productos
  • Los Gobiernos Estatales cotejarán la información
    con los archivos de su Secretaría de Finanzas, a
    fin de comunicar a la Secretaría de Economía la
    situación operativa de cada uno de los sujetos,
    así como las inconsistencias relativas a tales
    datos.

43
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
  • Convenio de Coordinación
  • Ventajas
  • La Secretaría de Economía tendrá mejores
    elementos para clasificar las inversiones que se
    le reporten, lo cual disminuirá el sesgo de la
    distribución estatal de los flujos de IED.
  • Los Gobiernos Estatales y la Secretaría de
    Economía contarán con el mismo padrón de empresas
    con inversión extranjera.

44
Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Se envió En proceso En
proceso Firmado el convenio de
revisión de revisión y Publicado con
el Gobierno en el área
Estatal jurídica ---------------------
---------------------- -----------------
----------------- Baja California Durango Hid
algo Jalisco Michoacán Morelos Nuevo
León Querétaro San Luis Potosí Sonora Tamaulipas Y
ucatán Zacatecas
45
Muchas gracias por su atención
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