Title: MEXICO EXPORTA
1Subsecretaría de Normatividad, Inversión
Extranjera y Prácticas Comerciales
Internacionales Dirección General de Inversión
Extranjera
Inversión extranjera en México
Agosto, 2006
2Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos (1917)
Ley de Inversión Extranjera (1993)
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y
del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
(1998)
Resoluciones Generales 6 y 7 de la Comisión
Nacional de Inversiones Extranjeras (2006)
3Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
Ley de Inversión Extranjera Regla General de
Apertura Sectorial (Art. 4)
- La inversión extranjera puede
- Participar en cualquier proporción en el capital
social de sociedades mexicanas - Adquirir activos fijos
- Ingresar a nuevos campos de actividad económica o
fabricar nuevas líneas de productos - Abrir y operar establecimientos, y ampliar o
relocalizar los ya existentes - Salvo por las excepciones contenidas en la propia
Ley
4Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Actividades reservadas al Estado (Art. 5), por
ejemplo - Actividades reservadas a mexicanos (Art. 6), por
ejemplo
- Petróleo y demás hidrocarburos.
- Control, supervisión y vigilancia de puertos,
aeropuertos y helipuertos.
- Transporte terrestre nacional de pasajeros,
turismo y carga. - Comercio al por menor de gasolina y distribución
de gas licuado de petróleo.
- Servicios de radiodifusión y otros de radio y
televisión, distintos a los de televisión
restringida.
5Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Actividades sujetas a límites máximos de
participación foránea (Art . 7), por ejemplo
- Hasta el 10
- Sociedades cooperativas de producción.
- Hasta el 25
- Transporte aéreo nacional.
- Hasta el 49
- Acciones serie T de sociedades que tengan en
propiedad tierras agrícolas, ganaderas y
forestales. - Administración portuaria integral.
- Sociedades concesionarias en los términos de los
artículos 11 y 12 de la Ley Federal de
Telecomunicaciones. - Sociedades navieras dedicadas a la explotación
comercial de embarcaciones para la navegación
interior y de cabotaje.
6Actividades y adquisiciones que requieren
resolución de la CNIE para que la IED rebase el
49 (Arts. 8 y 9), por ejemplo
Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México
- Servicios portuarios a las embarcaciones para
realizar sus operaciones de navegación interior,
tales como el remolque, amarre de cabos y
lanchaje. - Sociedades navieras dedicadas a la explotación de
embarcaciones exclusivamente en tráfico de
altura. - Servicios legales.
- Telefonía celular.
- Perforación de pozos petroleros y de gas.
- Transporte ferroviario.
- Sociedades mexicanas ya constituidas que realicen
actividades no reguladas, en caso de que el valor
total de sus activos rebase el monto determinado
por la CNIE (actualmente, 2185,876,000 pesos de
acuerdo a la Resolución General número 7 de la
CNIE).
7Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Objetivo
Ser una fuente de estadísticas y cifras
confiables sobre los flujos de inversión
extranjera directa (IED) de los sectores
económicos así como de las regiones en las que
ésta se localiza, vigilando el cumplimiento de
los límites máximos de participación de la
inversión extranjera.
8Contexto doméstico de la inversión extranjera
directa en México Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras
Confidencialidad
- La Secretaría de Economía no podrá proporcionar a
terceros información sobre los sujetos inscritos
en lo particular debido a que es un registro no
público. - La consulta de los expedientes podrá realizarse
en las instalaciones del Registro, por parte de
quienes acrediten su personalidad o el carácter
de representante legal de los sujetos inscritos,
o en su defecto, vía internet a través del
Sistema de Información (SI-RNIE), siempre y
cuando el fedatario o particular, obtengan su
clave de acceso y password correspondiente.
9Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca
de las Inversiones (APPRIs)?
Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
- Los APPRIs son tratados internacionales en
materia de inversión extranjera directa que,
sobre bases de reciprocidad, son diseñados para
el fomento y la protección jurídica de los flujos
de capital productivo. - Desde 1959 a la fecha, a nivel internacional se
han concluido alrededor de 2,400 Acuerdos
Bilaterales sobre Inversión. La mayoría de ellos
en la década de los 90s.
10Marco internacional de la inversión extranjera
directa en México
- APPRIs y TLCs Firmados por México
- A la fecha contamos con
- 19 APPRIs en vigor con España, Suiza, Argentina,
Alemania, Paises Bajos, Austria, Unión
Belgo-Luxemburguesa, Francia, Finlandia, Uruguay,
Portugal, Italia, Dinamarca, Suecia, Grecia,
Corea, Cuba, República Checa, e Islandia. - 12 TLCs en vigor, con una cobertura de 42 países
TLCAN, Costa Rica, Grupo de los Tres, Bolivia,
Nicaragua, Chile, Triangulo del Norte, Unión
Europea, EFTA, Uruguay, Japón e Israel a
excepción de este último, todos contemplan
disciplinas en materia de inversión.
11Estadísticas al 2o. Trimestre 2006
12(No Transcript)
13Evolución de la IED en México
La IED acumulada en México entre enero de 1994 y
junio de 2006 asciende a 200.8 miles de millones
de dólares.
Fuente Secretaría de Economía
14Evolución de la IED en México
Otros Agropecuario Extractivo Electricidad y
agua y Construcción. Otros Servicios Servicios
comunales y sociales Hoteles y restaurantes
Profesionales, técnicos y personales.
Fuente Secretaría de Economía
15Evolución de la IED en México
Región de origen de la IED entre enero de 1994
junio de 2006 (porcentajes)
16Evolución de la IED en México
Fuente Secretaría de Economía
17Evolución de la IED en México
Destino geográfico de la IED en enero de 1994
junio de 2006 (porcentajes)
Fuente Secretaría de Economía
18 Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
19Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Antecedentes
- La Secretaría de Economía difunde trimestralmente
un informe sobre el comportamiento de la
inversión extranjera directa (IED) en México. - El informe mencionado, incluye una desagregación
de los flujos de IED por Entidad Federativa. - Además, cada tres meses la Secretaría de Economía
difunde un estudio específico por Entidad
Federativa sobre los flujos de IED y el número de
empresas con IED.
20Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Problemática
- La clasificación geográfica de los flujos y
empresas se realiza con base en el domicilio de
la planta que es reportado al RNIE no obstante,
la mayoría de los particulares no reportan este
dato y únicamente informan el domicilio del
representante legal o de la oficina
administrativa de cada empresa. - Por lo expuesto, los montos no siempre son
clasificados en la Entidad Federativa donde se
realizan las inversiones. - El sesgo mencionado incrementa la brecha entre
las estadísticas elaboradas a nivel estatal con
las que difunde la Secretaría de Economía.
21Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Objetivo
- Depurar y compartir el padrón de sociedades
mexicanas con inversión extranjera en los
Estados, a efecto de - Disminuir las diferencias entre las estadísticas
sobre IED que elaboran los Gobiernos Estatales y
la Secretaría de Economía. - Contar con mejores instrumentos para la promoción
de la IED.
22Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Instrumento Propuesto El artículo 31 de la Ley de
Inversión Extranjera (LIE) establece que el
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras no
es público por ello, la Secretaría de Economía
no puede proporcionar datos a nivel de empresa a
los Gobiernos Estatales. Por otra parte, el
artículo 36 de la LIE establece que "las
autoridades federales, estatales y municipales
están obligadas a proporcionar a la Secretaría,
los informes y las certificaciones necesarias
para el cumplimiento de sus funciones. Por lo
antes expuesto, se propone la firma de un
Convenio de Coordinación entre la Secretaría de
Economía y los Gobiernos Estatales con el fin de
proporcionar información en materia de inversión
extranjera a la Secretaría de Economía, en los
términos de artículo 36 de la LIE.
23Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
Convenio de Coordinación Objetivo Establecer
las bases y procedimientos de coordinación para
que los Gobiernos Estatales proporcionen a la
Secretaría de Economía, la información sobre
ubicación y situación operativa de los sujetos
inscritos en el Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras. Fundamento Jurídico La solicitud de
la Secretaría de Economía se fundamenta en el
artículo 36 de la Ley de Inversión Extranjera.
24Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Convenio de Coordinación
- Información que entregará la Secretaría de
Economía a los Gobiernos Estatales, por cada
empresa con inversión extranjera - Nombre, denominación o razón social.
- Registro Federal de Contribuyentes.
- Domicilio en el Estado (calle y número, colonia o
fraccionamiento, municipio y Código Postal). - Clase de actividad, de conformidad con la
Clasificación Mexicana de Actividades y Productos - Los Gobiernos Estatales cotejarán la información
con los archivos de su Secretaría de Finanzas, a
fin de comunicar a la Secretaría de Economía la
situación operativa de cada uno de los sujetos,
así como las inconsistencias relativas a tales
datos.
25Convenio de Coordinación con los Gobiernos
Estatales para depurar el Padrón de Sociedades
con Inversión Extranjera
- Convenio de Coordinación
- Ventajas
- La Secretaría de Economía tendrá mejores
elementos para clasificar las inversiones que se
le reporten, lo cual disminuirá el sesgo de la
distribución estatal de los flujos de IED. - Los Gobiernos Estatales y la Secretaría de
Economía contarán con el mismo padrón de empresas
con inversión extranjera.
26Muchas gracias por su atención
27Lic. Alejandro Tagle Robles Director General
Adjunto del Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras Tel 52 29 61 68 atagle_at_economia.gob.m
x