Title: Presentaci
1EL EMPLEO IRREGULAR hechos, causas y soluciones
El Plan de Lucha contra el empleo irregular y el
fraude a la Seguridad Social balance y
perspectivas. DIEGO MARTÍNEZ RAFECAS
Murcia 13 de febrero de 2014
2Qué es el empleo irregular?
Definiciones
- Organización Internacional del Trabajo toda
actividad económica realizada por el trabajador y
una unidad económica que por la ley o en la
práctica no está cubierta, o está
insuficientemente cubierta por un régimen de
protección formal. - Unión Europea (Comunicación de la Comisión de 7
abril 1998 sobre el trabajo no declarado)
cualquier actividad retribuida que es legal en
cuanto a su naturaleza pero que no se declara a
las autoridades públicas. - O.C.D.E. trabajo que a pesar de no ser ilegal
en sí, no ha sido declarado ante una o más
autoridades administrativas. - ESPAÑA Nuestro país no cuenta con una
definición de trabajo sumergido. La falta de una
definición legal puede deberse a una voluntad de
evitar potenciales vacíos en la aplicación de la
ley
3Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno
- Se desconoce su dimensión. No existen estudios o
cálculos unánimes. Las cifras difieren según la
metodología empleada o el interés de quien
realiza el estudio. - La actividad económica y profesional no sujeta a
control de las autoridades (laborales y de
Seguridad Social) varía ostensiblemente en
función de si se examina el universo de la OIT,
el espacio de la Unión Europea, el territorio
nacional o una parte del mismo ya se trate de
una Comunidad Autónoma, una provincia, una región
o comarca o un municipio concreto, por lo que es
necesario parcelar geográficamente el objeto del
análisis. - Hay sectores más proclives al trabajo clandestino
y trabajadores (no cualificados, extranjeros,
estudiantes, mujeres) que lo sufren o promueven
(en caso, por ejemplo de pluriactividad o de
desempleo) con mayor intensidad, ya sea - por la falta o dificultad de los controles
públicos, - por la escasez o ausencia de órganos de
representación de los trabajadores, - por la falta de concienciación.
4Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno
- (Informe Schneider) la estructura socioeconómica
de un país determina de forma radical su nivel de
economía sumergida, cuyo volumen no depende sólo
de la capacidad de lucha contra el fraude fiscal,
como a veces y de forma errada se dice, sino de
la propia estructura productiva y social. Un país
con más paro, indefectiblemente, tendrá mayores
probabilidades de tener economía sumergida que
otro con menos desempleo. Y eso explica que sean,
precisamente, los países del centro y del norte
de Europa los que menos economía sumergida
soportan. - Como han puesto de relieve trabajos como el del
profesor Santos M. Ruesga las comunidades
autónomas en las que la economía irregular tiene
mayor presencia son aquellas - Donde se observan menores tasas de actividad y
mayor nivel de paro (Andalucía, Canarias y
Extremadura). - En otras con un peso relativo importante de la
agricultura (Castilla-La Mancha). - En otras donde este sector mantiene una fuerte
interrelación con la industria de bienes de
consumo agroalimentaria- (Murcia). - Y, en general, con una economía basada en los
servicios de bajo valor añadido (turismo,
hostelería o comercio) y de la industria ligera y
fuertemente atomizada (Comunidad Valenciana).
5Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno (Fuente Informe
Gestha de 29/1/2014) de economía irregular por
CC.AA
6Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno (Fuente Informe
Gestha de 29/1/2014) de economía irregular por
CC.AA (2012)
7Qué es el empleo irregular?
Valoración del fenómeno
- No existe unanimidad sobre la importancia y la
repercusión económica del empleo irregular en
España, pero hay un hecho cierto el afloramiento
del empleo irregular supone mas ingresos para el
Estado. - Informe de la Fundación de Estudios Financieros
de 2013 La conclusión que alcanza el informe es
que si el nivel de la economía sumergida en
España convergiera con el que existe en los
principales países de Europa (Francia, Alemania o
Reino Unido entre 10 y 13-), sólo en el ámbito
laboral, es decir, con la recuperación de los
ingresos por rentas no declaradas en el IRPF,
cotizaciones sociales y fraude en prestaciones
por desempleo se recaudarían 21.000 millones de
euros más. - Como se verá mas adelante, el problema de la
infracotización a la Seguridad Social genera
prestaciones públicas (IT, desempleo, invalidez)
de escaso valor económico, lo que obliga a los
beneficiarios a complementarlas con actividad
irregular.
8Qué es el empleo irregular?
Causas (la doctrina suele citar las siguientes)
- Muchas veces las cargas fiscales y sociales
son desproporcionadas atendiendo al coste final
del producto elaborado, buscando en su ignorancia
el modo más grosero de hacerles frente. - La competencia frente a las importaciones de
productos manufacturados en países donde los
costes sociales resultan notoriamente más bajos. - La magnitud de los gastos generales que
soportan ciertas estructuras productivas
anquilosadas les incita a ocultar una parte de su
actividad, para de ese modo disminuir la
repercusión de esos costes. - En alguna ocasión se apunta a la lentitud de
los procedimientos administrativos ,de modo que
la actividad sumergida surge como contrapeso a la
burocratización. - Tampoco cabe descartar la inadaptación de la
legislación a las nuevas formas de trabajo. - La baja competitividad de empresas de sectores
en declive con fuerte intensidad de mano de obra
poco cualificada. - Cierto peso posee asimismo la aceptación
cultural de la economía sumergida en determinados
territorios o ámbitos geográficos y funcionales. - La rentabilidad social de esa forma de operar,
cuyos inconvenientes son en buena parte
contrarrestados por la generosa cobertura que el
sistema ofrece (Fondo de Garantía Salarial,
sistema de Seguridad Social). - La onerosidad de determinadas exigencias
(formales o materiales) desde la perspectiva de
la Seguridad Social o el sistema impositivo, bien
sea ello una realidad o una percepción subjetiva.
- La marginalidad o ilegalidad de ciertas
actividades (prostitución, OID, etc.). - La necesidad de ocultar ciertas actividades,
por resultar incompatibles con determinadas
prestaciones sociales o generar obligaciones
alternativas (abono de alimentos, cancelación de
deudas, etc.) que se desea soslayar. -
9Qué es el empleo irregular?
Manifestaciones mas comunes
- Trabajador contratado pero no dado de alta en
Seguridad Social. - Trabajador autónomo no dado de alta en Seguridad
Social. - Trabajador perceptor de prestaciones
(incompatibles con el trabajo) no dado de alta en
Seguridad Social. - Trabajador extranjero sin permiso de trabajo
contratado al que se le paga menos que al resto
de trabajadores.
10Qué es el empleo irregular?
Consecuencias de dichas manifestaciones
- Graves perjuicios para las empresas
- Competencia desleal entre las empresas
cumplidoras y las que no lo son. - Perdida de clientes y, por consiguiente,
reducción de producción de las empresas
cumplidoras. - Graves perjuicios para la sociedad
- Disminuyen los recursos del Estado para el pago
de pensiones, como consecuencia de - La ausencia de cotizaciones en los casos de falta
de alta. - Los supuestos de infracotización.
- Graves perjuicios para el trabajador (se atenta
contra sus derechos básicos como tal) - No le es de aplicación las normas legales o
convencionales sobre - Salarios
- Jornadas
- Prevención de Riesgos Laborales
- Vacaciones, descansos, etc.
- Quedan fuera del sistema de protección de la
Seguridad Social - Contingencias comunes
- AT y EP
- Prestaciones
11Qué es el empleo irregular?
Otras manifestaciones de empleo irregular
- Trabajadores de empresas ficticias.
- Simulación de la relación laboral para la
obtención indebida de prestaciones (o incrementos
de bases para mejorar prestaciones). - Trabajadores dependientes dados de alta como
trabajadores autónomos (Falsos autónomos). - Trabajadores autónomos dados de alta como
trabajadores por cuenta ajena. - Trabajadores dependientes/autónomos dados de alta
pero que no cotizan. - Trabajador contratado respecto del que no se
declaran a la Seguridad Social el total de horas
realmente trabajadas (contratos a tiempo parcial
fraudulentos). - Perceptores de complementos salariales en B y,
por tanto, no cotizados. - Perceptores de presuntos complementos
extrasalariales (dietas, etc.) que no se
corresponden con la realidad del trabajo
realizado y que no cotizan a la Seguridad Social. - Vacaciones no cotizadas, y Bajas en vacaciones.
- Horas extraordinarias retribuidas y no cotizadas.
- Bajas retroactivas de los viernes.
- Falsos becarios, etc.
12Qué es el empleo irregular?
Consecuencias de dichas manifestaciones
- Graves perjuicios para el trabajador
- Al excluir (de forma voluntaria o forzosa)
elementos integrantes de su base de cotización,
perciben a posteriori prestaciones de Seguridad
Social en cuantías inferiores a las que le
corresponderían por el salario real devengado. - Graves perjuicios para las empresas
- Competencia desleal entre las empresas
cumplidoras y las que no lo son. - Perdida de clientes y, por consiguiente,
reducción de producción de las empresas
cumplidoras. - Graves perjuicios para la sociedad
- Disminuyen los recursos del Estado para el pago
de pensiones, como consecuencia de - La ausencia de cotizaciones en los casos de falta
de alta. - Los supuestos de infracotización ya señalados.
13Qué es el empleo irregular?
- Otras consecuencias (Fuente Informe CES)
- Favorece la desregulación del mercado de trabajo
(ningún sentido tiene la la legislación laboral
en unas empresas que no son tales o que no
cumplen con la primera de las obligaciones el
aseguramiento de sus trabajadores total o
parcialmente). - Favorece la existencia de empresas sin
continuidad. - Implica el diseño de políticas públicas erróneas
(al no tener en cuenta este tipo de empresas). - Aumenta el nivel de consumo (las rentas no
sometidas a tributación permiten una mayor
alegría en el gasto). - Dificulta el ahorro de las empresas, lo que
aumenta su dependencia de los fondos ajenos e
incrementa el coste de gestión. - Amortigua la generación de conflictos sociales
(en la medida en que hay participación económica)
14Qué es el empleo irregular?
- Características diferenciales del trabajo
irregular frente al trabajo declarado (Fuente
Informe Ministerio Hacienda 1983 e Informe FOESSA
1995) - Mayor proporción del empleo juvenil.
- Menor nivel educativo y cualificación
profesional. - Mayor rotación de mano de obra.
- Mayor proporción de trabajadores a domicilio.
- Menores salarios.
- Los puestos de trabajo requieren preparación
menor. - Relación inversa entre cualificación poseída y
requerida por puesto de trabajo en el mercado
regular e irregular. - Mayor índice de irregularidad entre mujeres que
entre hombres. - Fuerte peso de la población inmigrante.
- Mayor peso en el sector servicios que en el
industrial.
15El Plan de Lucha contra el empleo irregular y el
fraude a la Seguridad Social
Murcia 13 de febrero de 2014
16Plan de Lucha contra el Empleo Irregular y el
Fraude a la Seguridad Social
- Se aprueba por el Consejo de Ministros de 27 de
abril de 2012, un Plan de lucha contra el empleo
irregular y el fraude a la Seguridad Social para
el periodo 2012-2013. - El Plan de medidas de lucha contra el fraude
tiene como principal objetivo la acción contra
comportamientos que atentan contra los derechos
de los trabajadores y que afectan negativamente a
la competitividad de las empresas que cumplen con
sus obligaciones legales. - Es la respuesta a la necesidad de intensificar
las actuaciones tendentes a afrontar determinadas
conductas insolidarias e injustas que generan
efectos muy negativos para la sociedad en
general - el deterioro de los derechos laborales y sociales
de los trabajadores - la reducción de los ingresos en los recursos
económicos del sistema de la Seguridad Social - una injusta competencia desleal con respecto a
las empresas, emprendedores y trabajadores
autónomos, cumplidores de sus obligaciones
legales.
17Plan de Lucha contra el Empleo Irregular y el
Fraude a la Seguridad Social
- Objetivos del Plan
- Garantizar los derechos sociales y laborales de
los trabajadores. - Impulsar el afloramiento de la economía
sumergida, con un efecto regularizador de las
condiciones de trabajo y de generación de
recursos económicos al Sistema de la Seguridad
Social por el pago de cotizaciones sociales. - Corregir la obtención y el disfrute en fraude de
ley de las prestaciones, particularmente en
aquellos supuestos en los que se constituyen
empresas ficticias para poder acceder a las
prestaciones o en los casos donde se
compatibiliza de manera irregular su percepción
con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta
propia. - Evitar la competencia desleal derivada de la
ventaja competitiva que puede otorgar la
actividad económica realizada al margen del
ordenamiento jurídico.
18P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
19P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
20P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
- Mas medios para la ITSS
- Desde la aprobación del Plan de lucha contra el
empleo irregular y el fraude a la Seguridad
Social en Abril de 2012, se ha incrementado en
150 nuevos efectivos el número de Inspectores de
Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores de
Empleo. - En Murcia 4 Inspectores y 2 Subinspectores.
- Control y seguimiento del empleo aflorado
- Se realizan controles periódicos para comprobar
que el empleo aflorado se mantiene a lo largo del
tiempo. - Control en las altas de posibles trabajadores
autónomos - Cruce de datos fiscales con los de la Seguridad
Social para aflorar este tipo de economía
sumergida. - Periódicamente cobran de sus clientes y estos
ingresos figuran en su declaración de la Renta,
porque son declarados por las empresas para las
que trabaja para poder practicar la
correspondiente deducción. - Control sobre el fraude en la percepción de
prestaciones por desempleo con ocasión de
despidos colectivos o suspensiones de contratos y
reducciones de jornada - Cuando no se corresponden con la existencia real
de las situaciones que lo motivan o no se cumplen
los trámites. - Se incrementarán los controles coordinados por
todos los órganos del Ministerio sobre este
aspecto y se crean nuevas sanciones para
perseguir estas situaciones
21P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
22P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
- Incremento de las campañas contra la economía
irregular en todos los sectores - Especialmente en aquellos sectores en los que
tiene mayor importancia hostelería,
construcción, agricultura y servicios. - En Murcia se ha pasado de planificar 7.515
actuaciones en 2012, a 9.236 actuaciones en 2014. - Plan integral de control de subcontratistas
- Controlar el exceso de subcontratas, como caldo
de cultivo del empleo irregular
23P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
- Mejora de la cooperación institucional
- Se han firmado Convenios o Instrucciones
Conjuntas con estos organismos del Estado - Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Tesorería General de la Seguridad Social.
- Servicio Público de Empleo Estatal.
- Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Instituto Social de la Marina.
- Consejo General del Notariado.
- Colegio de Registradores de España
- Fondo de Garantía Salarial.
- Ministerio del Interior.
- También se han firmado convenios con las
Comunidades Autónomas para luchar contra el
fraude. - En Murcia Plan contra la Economía Irregular de
la Región de Murcia, presentado el día 31 de
Julio de 2012 (ya se han adherido 25 municipios).
24P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
- Modificaciones legislativas
25P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
- Modificaciones en el Código Penal (Ley Orgánica
7/2012, de 27 de diciembre) - Endurecimiento de las sanciones penales, que
conllevarán pena de 1 a 5 años de pena de prisión
para aquellos que defrauden a la Seguridad Social
a partir de 50.000 euros (antes 120.000), lo que
incrementa de forma relevante el carácter
disuasorio de la sanción. - La introducción de un tipo penal agravado cuando
la cuantía defraudada a la Seguridad Social
supere los 120.000 euros o se realice la
actividad delictiva a través de grupos o
entramados empresariales o personas interpuestas.
En estos casos la pena sería de 2 a 6 años de
prisión y la prescripción se extendería a los 10
años. - Tipificar como delito la obtención de
prestaciones de Seguridad Social mediando
simulación u ocultación de los hechos causando
perjuicio con esta actitud fraudulenta a la
Administración (pena de 6 meses a 3 años de
prisión). Cuando la cantidad defraudada sea
superior a 50.000 euros la pena pasará de 3 a 6
años de prisión. Ello está permitiendo combatir
penalmente de forma más eficaz el fenómeno de las
empresas ficticias - Tipificación como delito contra los derechos de
los trabajadores del empleo simultáneo de una
pluralidad de trabajadores en situación irregular
(Se aumentan las penas de prisión a 6 años,
cuando hasta ahora el máximo es de 3 años). - La exigencia del pago de las cuotas defraudadas
para la exención de la responsabilidad penal,
incluso en los casos en que ésta haya prescrito. - Modificaciones de calado en el procedimiento, de
forma que la existencia de un procedimiento penal
por delito contra la Seguridad Social no
paralizará el procedimiento administrativo para
la liquidación y cobro de la deuda.
26P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
- Modificaciones, entre otras normas, en el ET, la
LGSS, la LOIT, y la LISOS (Ley 13/2012, de 26 de
diciembre, de lucha contra el empleo irregular y
el fraude a la Seguridad Social) - Se aumenta de 1 a 3 años el plazo para exigir
responsabilidad solidaria al empresario principal
por las obligaciones de Seguridad Social
contraídas por la subcontratista. - Se refuerza el deber de colaboración entre
Administraciones Públicas (Por ejemplo CC.AA, la
AEAT, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado, los Colegios de Registradores y
Notarios). - Se amplia el plazo máximo de las actuaciones de
comprobación en la labor inspectora en casos de
especial complejidad (de un máximo de 9 meses
actualmente a otro de 18). - La tipificación como conducta muy grave a dar
ocupación a los trabajadores afectados por la
suspensión de contrato o reducción de jornada
(sanción de 6.251 a 187.515 euros). - El incremento de la cuantía de las sanciones en
situaciones de economía irregular o por dar
ocupación como trabajadores a beneficiarios o
solicitantes de prestaciones incompatibles con el
trabajo, en proporción al número de trabajadores
afectados (incremento de hasta el 50 cuando son
5 o mas los afectados).
27Otras medidas de lucha contra el fraude
- El buzón de lucha contra el fraude
- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a
través de la Dirección General de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, pone a disposición
de todos los ciudadanos un "BUZÓN DE LUCHA CONTRA
EL FRAUDE LABORAL" donde todo aquel conocedor de
algún incumplimiento de la normativa ya
sea laboral, de Seguridad Social o de Prevención
de Riesgos, puede ponerlo en conocimiento de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS),
de forma anónima. - El conocimiento de tales datos sirve de base para
la planificación de la actuación de la ITSS. - La creación de la Unidad Especial
- La Orden ESS/78/2014, de 20 de enero (BOE 30 de
enero), por la que se crea la Unidad Especial de
Colaboración y Apoyo a los Juzgados y Tribunales
y a la Fiscalía General del Estado para la lucha
contra el empleo irregular y el fraude a la
Seguridad Social. - Remitirá a los Juzgados, a los Tribunales y al
Ministerio Fiscal los informes que sean precisos,
recabando e integrando, en su caso, la
información obrante en el resto de las unidades
que integran el Sistema de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social. - Cuando se realicen por esta Unidad actuaciones de
inspección directa sobre situaciones concretas,
coincidentes con otras que se lleven a cabo sobre
los mismos hechos y sujetos por otras unidades
del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad
Social, la Unidad Especial podrá ordenar el
desarrollo de las mismas, atribuyéndose, si fuese
necesario, su práctica en exclusiva.
28Resultados de las actuaciones
EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA
TOTALES TOTALES INSPECCIONES 2012 INSPECCIONES 2013 EMPLEO AFLORADO 2012 EMPLEO AFLORADO 2013 INCREMENTO DEL EMPLEO AFLORADO2012/2013 INCREMENTO DEL EMPLEO AFLORADO2012/2013
TOTALES TOTALES 220.226 218.613 77.688 79.471 2,30 2,30
EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA
TOTALES TOTALES INSPECCIONES 2012 INSPECCIONES 2013 EMPLEO AFLORADO 2012 EMPLEO AFLORADO 2013 DE INSPECCIONES CON IRREGULARIDAD2013 VARIACIÓN EMPLEO AFLORADO 2012-2013
TOTALES TOTALES 7.063 8.079 2.293 3.081 25,10 34,37
29Resultados de las actuaciones
PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA
TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2012 20.526 6.478
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2013 21.194 8.536
TOTALES TOTALES Variación 2012 - 2013 3,25 31,77
PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA
TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2012 605 176 176
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2013 581 364 364
TOTALES TOTALES Variación 2012-2013 -3,97 106,82 106,82
30Resultados de las actuaciones
PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA
TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2012 18.816 9.452
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2013 33.200 11.689
TOTALES TOTALES Variación 2012 - 2013 76,45 23,67
PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA
TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2012 253 196 196
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2013 465 392 392
TOTALES TOTALES Variación 2012- 2013 83,69 100,00 100,00
31Resultados de las actuaciones
EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA
TOTALES TOTALES Período Actuaciones Nº Infracciones Altas ficticias anuladas
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2012 20.919 1.559 23.607
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2013 27.410 3.937 24.607
TOTALES TOTALES Variación 2012 - 2013 31,03 152,53 4,24
EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA
TOTALES TOTALES Período Actuaciones Nº Infracciones Altas ficticias anuladas
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2012 2.976 7 2.586
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2013 3.092 213 2.528
TOTALES TOTALES Variación 2012 -2013 3,90 2942,86 -2,24
32Resultados de las actuaciones
EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA
TOTALES TOTALES NATURALEZA DEL EXPEDIENTE NATURALEZA DEL EXPEDIENTE Enero - Diciembre2012 Enero - Diciembre2013
TOTALES TOTALES Derivación Responsabilidad Derivación Responsabilidad 487.047.811,04 450.386.942,33
TOTALES TOTALES Recaudación Inducida Recaudación Inducida 280.430.496,10 293.279.635,58
TOTALES TOTALES Total Actas de Liquidación Total Actas de Liquidación 219.252.019,71 264.103.506,47
TOTALES TOTALES Otros (propuestas de liquidación y minoración de morosidad,dev prestaciones S.S., estatales y autonomicas.) Otros (propuestas de liquidación y minoración de morosidad,dev prestaciones S.S., estatales y autonomicas.) 40.634.673,57 28.947.145,74
TOTALES TOTALES TOTAL TOTAL 1.027.365.000,42 1.036.717.230,12
EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA
TOTALES TOTALES NATURALEZA DEL EXPEDIENTE NATURALEZA DEL EXPEDIENTE Enero - Diciembre 2012 Enero - Diciembre 2013
TOTALES TOTALES Derivación Responsabilidad Derivación Responsabilidad 25.554.785,05 17.922.733,12
TOTALES TOTALES Recaudación Inducida Recaudación Inducida 7.408.924,60 7.149.567,05
TOTALES TOTALES Total Actas de Liquidación Total Actas de Liquidación 4.128.663,33 2.685.420,25
TOTALES TOTALES Otros (propuestas de liquidación, minoración de morosidad, dev. prestaciones SS, estatales y autonómicas) Otros (propuestas de liquidación, minoración de morosidad, dev. prestaciones SS, estatales y autonómicas) 4.597.250,35 8.214.749,53
TOTALES TOTALES TOTAL TOTAL 41.689.623,33 35.972.469,95
33Porcentaje de actuaciones con irregularidades
comprobadas por sectores (MURCIA)
34Hay soluciones?
Murcia 13 de febrero de 2014
35Medidas adoptadas en la UE tras el inicio de la
crisis
Incrementar la efectividad de las inspecciones
- Las principales decisiones han consistido en
focalizar las inspecciones en aquellos sectores
más presentes en la economía sumergida
(construcción e industria textil en Rumania
hoteles y catering en Letonia y Portugal taxis,
peluquería y construcción en Suecia autoescuelas
en Eslovenia y limpieza en Noruega). - Los anuncios públicos de inspecciones también se
han utilizado frecuentemente. Por ejemplo en
Italia se lanzó en 2010 una plan de inspección
coordinada en agricultura y construcción para la
zona sur del país (Calabria, Campania, Puglia y
Sicilia) en el que se detectaron 20.300
trabajadores irregulares. En Estonia, se realizó
una campaña entre marzo y abril de 2012 sobre 278
compañías del sector de la construcción con 132
inspecciones. Como resultado de estas
actuaciones, se identificaron 780 mil euros de
impuestos no declarados. - Otros dos tipos de medidas dirigidas a mejorar la
efectividad de las inspecciones han consistido en
- la obligación de informar de la contratación de
nuevos trabajadores antes de que comiencen a
trabajar (ya implantada en casi todos los países
de la UE). - el uso de tarjetas de identidad por los
trabajadores, con sus datos personales y los de
su relación laboral -empresa, fecha de comienzo,
tipo de contrato- que se ha introducido en
Italia, Luxemburgo, Noruega, Suecia y República
Checa, por ejemplo.
36Medidas adoptadas en la UE tras el inicio de la
crisis
Cooperación y sanciones
- Comprobación, cooperación e intercambio de datos
- Muchos países europeos han incrementado sus
políticas de comprobación e intercambio de
información entre instituciones internas y con
otras jurisdicciones. Por ejemplo, Finlandia a
partir del 1 de enero de 2011 ha creado un ente
especializado dentro del Ministerio de Finanzas
(Unidad de información de economía gris, Harmaan
talouden selvitysyksikkö) para investigar
organizaciones y personas sospechosas de
participar en trabajos no declarados. Los
trabajos de esta unidad especializada se centran
en la recopilación de información y la vigilancia
del cumplimiento. Después de 1,5 años de
funcionamiento y aunque cuenta con medios
limitados, han realizado un total de 732
auditoría e identificado 42 millones de
salarios no declarados y 65 millones en ventas
no declaradas. - Sanciones
- Con carácter general se han endurecido las
sanciones por incumplimientos. En Eslovaquia, en
2010 por ejemplo, la sanción por no registrar un
empleado se ha aumentado desde un máximo del
equivalente a 16.600 euros hasta los 200.000
euros. - Asimismo las sanciones se han endurecido de forma
notable en la República Checa, Francia,
Dinamarca, Holanda y Reino Unido.
37Conclusiones
Posibles medidas de solución
- El fracaso de medidas de amnistía laboral. El
Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de
medidas para la regularización y control del
empleo sumergido estableció - Un plazo (hasta el 31/7/2011) durante el cual los
empresarios podían voluntariamente regularizar la
situación de los trabajadores que se encontraran
ocupados por los mismos de manera irregular.
Estas situaciones no podían ser objeto de
sanciones administrativas por el incumplimiento
de las obligaciones en relación con la
declaración y el reconocimiento de los derechos
de los trabajadores afectados, así como en
materia de Seguridad Social, estableciéndose la
posibilidad de aplazamiento de las deudas con la
Seguridad Social en determinadas condiciones. - La posibilidad de utilizar cualquier modalidad
contractual. - Transcurrido el plazo, endureció notablemente las
sanciones en materia de economía irregular y
amplió el plazo de exclusión (hasta dos años) en
determinadas sanciones accesorias (ayudas de
fomento del empleo, formación para el empleo y
protección por desempleo). - Estableció nuevas obligaciones de control para
los contratistas en los procesos de
subcontratación de obras o servicios
correspondientes a la propia actividad o que se
presten de forma continuada en sus propios
centros de trabajo. - Modificó el art. 49 de la Ley de Contratos del
Sector Público extendiéndose la prohibición de
contratar con las Administraciones Públicas a
aquellas empresas que hayan incurrido en el
incumplimiento tipificado como infracción grave,
previsto en el artículo 22.2 LISOS (falta de alta
en Seguridad Social).
38Conclusiones
Posibles medidas de solución
- MAYOR CONCIENCIA SOCIAL sobre el problema (que
unos pocos defrauden mucho no justifica que
muchos defrauden un poco). - Si la utilización de sistemas de empleo irregular
no crea valor añadido dejará de ser utilizada. Es
necesario encontrar soluciones que no hagan
atractivo desde ninguno de sus aspectos al uso
de medidas de empleo irregular. - Algunos estudios (Fundación Estudios Financieros)
proponen que - Las medidas deberían basarse, por un lado, en la
continuación de las reformas del mercado de
trabajo, especialmente en lo que se refiere al
emprendimiento, al uso de los contratos
indefinidos y a la introducción de una mayor
flexibilidad en la contratación. - Asimismo, habría que reforzar las figuras del
empleo a tiempo parcial (para evitar los ajustes
en número de trabajadores en lugar de en horas
trabajadas) y la de aprendiz para reducir el
elevado paro juvenil, además de focalizarse en
minorar el elevado abandono escolar y potenciar
el papel de la formación profesional como
solución al desempleo entre los jóvenes. - También se debería revisar la regulación sobre
salarios mínimos y las políticas activas de
empleo.
39Muchas gracias por su atención
Murcia, 13 de febrero de 2014 Facultad de
Ciencias del Trabajo Universidad de Murcia