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... convergiera con el que existe en los principales pa ses de Europa ... el fraude en la percepci n de prestaciones por ... Fiscal los informes que sean ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Presentaci


1
EL EMPLEO IRREGULAR hechos, causas y soluciones
El Plan de Lucha contra el empleo irregular y el
fraude a la Seguridad Social balance y
perspectivas. DIEGO MARTÍNEZ RAFECAS
Murcia 13 de febrero de 2014
2
Qué es el empleo irregular?
Definiciones
  • Organización Internacional del Trabajo toda
    actividad económica realizada por el trabajador y
    una unidad económica que por la ley o en la
    práctica no está cubierta, o está
    insuficientemente cubierta por un régimen de
    protección formal.
  • Unión Europea (Comunicación de la Comisión de 7
    abril 1998 sobre el trabajo no declarado)
    cualquier actividad retribuida que es legal en
    cuanto a su naturaleza pero que no se declara a
    las autoridades públicas.
  • O.C.D.E. trabajo que a pesar de no ser ilegal
    en sí, no ha sido declarado ante una o más
    autoridades administrativas.
  • ESPAÑA Nuestro país no cuenta con una
    definición de trabajo sumergido. La falta de una
    definición legal puede deberse a una voluntad de
    evitar potenciales vacíos en la aplicación de la
    ley

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Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno
  • Se desconoce su dimensión. No existen estudios o
    cálculos unánimes. Las cifras difieren según la
    metodología empleada o el interés de quien
    realiza el estudio.
  • La actividad económica y profesional no sujeta a
    control de las autoridades (laborales y de
    Seguridad Social) varía ostensiblemente en
    función de si se examina el universo de la OIT,
    el espacio de la Unión Europea, el territorio
    nacional o una parte del mismo ya se trate de
    una Comunidad Autónoma, una provincia, una región
    o comarca o un municipio concreto, por lo que es
    necesario parcelar geográficamente el objeto del
    análisis.
  • Hay sectores más proclives al trabajo clandestino
    y trabajadores (no cualificados, extranjeros,
    estudiantes, mujeres) que lo sufren o promueven
    (en caso, por ejemplo de pluriactividad o de
    desempleo) con mayor intensidad, ya sea
  • por la falta o dificultad de los controles
    públicos,
  • por la escasez o ausencia de órganos de
    representación de los trabajadores,
  • por la falta de concienciación.

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Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno
  • (Informe Schneider) la estructura socioeconómica
    de un país determina de forma radical su nivel de
    economía sumergida, cuyo volumen no depende sólo
    de la capacidad de lucha contra el fraude fiscal,
    como a veces y de forma errada se dice, sino de
    la propia estructura productiva y social. Un país
    con más paro, indefectiblemente, tendrá mayores
    probabilidades de tener economía sumergida que
    otro con menos desempleo. Y eso explica que sean,
    precisamente, los países del centro y del norte
    de Europa los que menos economía sumergida
    soportan.
  • Como han puesto de relieve trabajos como el del
    profesor Santos M. Ruesga las comunidades
    autónomas en las que la economía irregular tiene
    mayor presencia son aquellas
  • Donde se observan menores tasas de actividad y
    mayor nivel de paro (Andalucía, Canarias y
    Extremadura).
  • En otras con un peso relativo importante de la
    agricultura (Castilla-La Mancha).
  • En otras donde este sector mantiene una fuerte
    interrelación con la industria de bienes de
    consumo agroalimentaria- (Murcia).
  • Y, en general, con una economía basada en los
    servicios de bajo valor añadido (turismo,
    hostelería o comercio) y de la industria ligera y
    fuertemente atomizada (Comunidad Valenciana).

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Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno (Fuente Informe
Gestha de 29/1/2014) de economía irregular por
CC.AA
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Qué es el empleo irregular?
Características del fenómeno (Fuente Informe
Gestha de 29/1/2014) de economía irregular por
CC.AA (2012)
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Qué es el empleo irregular?
Valoración del fenómeno
  • No existe unanimidad sobre la importancia y la
    repercusión económica del empleo irregular en
    España, pero hay un hecho cierto el afloramiento
    del empleo irregular supone mas ingresos para el
    Estado.
  • Informe de la Fundación de Estudios Financieros
    de 2013 La conclusión que alcanza el informe es
    que si el nivel de la economía sumergida en
    España convergiera con el que existe en los
    principales países de Europa (Francia, Alemania o
    Reino Unido entre 10 y 13-), sólo en el ámbito
    laboral, es decir, con la recuperación de los
    ingresos por rentas no declaradas en el IRPF,
    cotizaciones sociales y fraude en prestaciones
    por desempleo se recaudarían 21.000 millones de
    euros más.
  • Como se verá mas adelante, el problema de la
    infracotización a la Seguridad Social genera
    prestaciones públicas (IT, desempleo, invalidez)
    de escaso valor económico, lo que obliga a los
    beneficiarios a complementarlas con actividad
    irregular.

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Qué es el empleo irregular?
Causas (la doctrina suele citar las siguientes)
  • Muchas veces las cargas fiscales y sociales
    son desproporcionadas atendiendo al coste final
    del producto elaborado, buscando en su ignorancia
    el modo más grosero de hacerles frente.
  • La competencia frente a las importaciones de
    productos manufacturados en países donde los
    costes sociales resultan notoriamente más bajos.
  • La magnitud de los gastos generales que
    soportan ciertas estructuras productivas
    anquilosadas les incita a ocultar una parte de su
    actividad, para de ese modo disminuir la
    repercusión de esos costes.
  • En alguna ocasión se apunta a la lentitud de
    los procedimientos administrativos ,de modo que
    la actividad sumergida surge como contrapeso a la
    burocratización.
  • Tampoco cabe descartar la inadaptación de la
    legislación a las nuevas formas de trabajo.
  • La baja competitividad de empresas de sectores
    en declive con fuerte intensidad de mano de obra
    poco cualificada.
  • Cierto peso posee asimismo la aceptación
    cultural de la economía sumergida en determinados
    territorios o ámbitos geográficos y funcionales.
  • La rentabilidad social de esa forma de operar,
    cuyos inconvenientes son en buena parte
    contrarrestados por la generosa cobertura que el
    sistema ofrece (Fondo de Garantía Salarial,
    sistema de Seguridad Social).
  • La onerosidad de determinadas exigencias
    (formales o materiales) desde la perspectiva de
    la Seguridad Social o el sistema impositivo, bien
    sea ello una realidad o una percepción subjetiva.
  • La marginalidad o ilegalidad de ciertas
    actividades (prostitución, OID, etc.).
  • La necesidad de ocultar ciertas actividades,
    por resultar incompatibles con determinadas
    prestaciones sociales o generar obligaciones
    alternativas (abono de alimentos, cancelación de
    deudas, etc.) que se desea soslayar.

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Qué es el empleo irregular?
Manifestaciones mas comunes
  • Trabajador contratado pero no dado de alta en
    Seguridad Social.
  • Trabajador autónomo no dado de alta en Seguridad
    Social.
  • Trabajador perceptor de prestaciones
    (incompatibles con el trabajo) no dado de alta en
    Seguridad Social.
  • Trabajador extranjero sin permiso de trabajo
    contratado al que se le paga menos que al resto
    de trabajadores.

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Qué es el empleo irregular?
Consecuencias de dichas manifestaciones
  • Graves perjuicios para las empresas
  • Competencia desleal entre las empresas
    cumplidoras y las que no lo son.
  • Perdida de clientes y, por consiguiente,
    reducción de producción de las empresas
    cumplidoras.
  • Graves perjuicios para la sociedad
  • Disminuyen los recursos del Estado para el pago
    de pensiones, como consecuencia de
  • La ausencia de cotizaciones en los casos de falta
    de alta.
  • Los supuestos de infracotización.
  • Graves perjuicios para el trabajador (se atenta
    contra sus derechos básicos como tal)
  • No le es de aplicación las normas legales o
    convencionales sobre
  • Salarios
  • Jornadas
  • Prevención de Riesgos Laborales
  • Vacaciones, descansos, etc.
  • Quedan fuera del sistema de protección de la
    Seguridad Social
  • Contingencias comunes
  • AT y EP
  • Prestaciones

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Qué es el empleo irregular?
Otras manifestaciones de empleo irregular
  • Trabajadores de empresas ficticias.
  • Simulación de la relación laboral para la
    obtención indebida de prestaciones (o incrementos
    de bases para mejorar prestaciones).
  • Trabajadores dependientes dados de alta como
    trabajadores autónomos (Falsos autónomos).
  • Trabajadores autónomos dados de alta como
    trabajadores por cuenta ajena.
  • Trabajadores dependientes/autónomos dados de alta
    pero que no cotizan.
  • Trabajador contratado respecto del que no se
    declaran a la Seguridad Social el total de horas
    realmente trabajadas (contratos a tiempo parcial
    fraudulentos).
  • Perceptores de complementos salariales en B y,
    por tanto, no cotizados.
  • Perceptores de presuntos complementos
    extrasalariales (dietas, etc.) que no se
    corresponden con la realidad del trabajo
    realizado y que no cotizan a la Seguridad Social.
  • Vacaciones no cotizadas, y Bajas en vacaciones.
  • Horas extraordinarias retribuidas y no cotizadas.
  • Bajas retroactivas de los viernes.
  • Falsos becarios, etc.

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Qué es el empleo irregular?
Consecuencias de dichas manifestaciones
  • Graves perjuicios para el trabajador
  • Al excluir (de forma voluntaria o forzosa)
    elementos integrantes de su base de cotización,
    perciben a posteriori prestaciones de Seguridad
    Social en cuantías inferiores a las que le
    corresponderían por el salario real devengado.
  • Graves perjuicios para las empresas
  • Competencia desleal entre las empresas
    cumplidoras y las que no lo son.
  • Perdida de clientes y, por consiguiente,
    reducción de producción de las empresas
    cumplidoras.
  • Graves perjuicios para la sociedad
  • Disminuyen los recursos del Estado para el pago
    de pensiones, como consecuencia de
  • La ausencia de cotizaciones en los casos de falta
    de alta.
  • Los supuestos de infracotización ya señalados.

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Qué es el empleo irregular?
  • Otras consecuencias (Fuente Informe CES)
  • Favorece la desregulación del mercado de trabajo
    (ningún sentido tiene la la legislación laboral
    en unas empresas que no son tales o que no
    cumplen con la primera de las obligaciones el
    aseguramiento de sus trabajadores total o
    parcialmente).
  • Favorece la existencia de empresas sin
    continuidad.
  • Implica el diseño de políticas públicas erróneas
    (al no tener en cuenta este tipo de empresas).
  • Aumenta el nivel de consumo (las rentas no
    sometidas a tributación permiten una mayor
    alegría en el gasto).
  • Dificulta el ahorro de las empresas, lo que
    aumenta su dependencia de los fondos ajenos e
    incrementa el coste de gestión.
  • Amortigua la generación de conflictos sociales
    (en la medida en que hay participación económica)

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Qué es el empleo irregular?
  • Características diferenciales del trabajo
    irregular frente al trabajo declarado (Fuente
    Informe Ministerio Hacienda 1983 e Informe FOESSA
    1995)
  • Mayor proporción del empleo juvenil.
  • Menor nivel educativo y cualificación
    profesional.
  • Mayor rotación de mano de obra.
  • Mayor proporción de trabajadores a domicilio.
  • Menores salarios.
  • Los puestos de trabajo requieren preparación
    menor.
  • Relación inversa entre cualificación poseída y
    requerida por puesto de trabajo en el mercado
    regular e irregular.
  • Mayor índice de irregularidad entre mujeres que
    entre hombres.
  • Fuerte peso de la población inmigrante.
  • Mayor peso en el sector servicios que en el
    industrial.

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El Plan de Lucha contra el empleo irregular y el
fraude a la Seguridad Social
Murcia 13 de febrero de 2014
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Plan de Lucha contra el Empleo Irregular y el
Fraude a la Seguridad Social
  • Se aprueba por el Consejo de Ministros de 27 de
    abril de 2012, un Plan de lucha contra el empleo
    irregular y el fraude a la Seguridad Social para
    el periodo 2012-2013.
  • El Plan de medidas de lucha contra el fraude
    tiene como principal objetivo la acción contra
    comportamientos que atentan contra los derechos
    de los trabajadores y que afectan negativamente a
    la competitividad de las empresas que cumplen con
    sus obligaciones legales.
  • Es la respuesta a la necesidad de intensificar
    las actuaciones tendentes a afrontar determinadas
    conductas insolidarias e injustas que generan
    efectos muy negativos para la sociedad en
    general
  • el deterioro de los derechos laborales y sociales
    de los trabajadores
  • la reducción de los ingresos en los recursos
    económicos del sistema de la Seguridad Social
  • una injusta competencia desleal con respecto a
    las empresas, emprendedores y trabajadores
    autónomos, cumplidores de sus obligaciones
    legales.

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Plan de Lucha contra el Empleo Irregular y el
Fraude a la Seguridad Social
  • Objetivos del Plan
  • Garantizar los derechos sociales y laborales de
    los trabajadores.
  • Impulsar el afloramiento de la economía
    sumergida, con un efecto regularizador de las
    condiciones de trabajo y de generación de
    recursos económicos al Sistema de la Seguridad
    Social por el pago de cotizaciones sociales.
  • Corregir la obtención y el disfrute en fraude de
    ley de las prestaciones, particularmente en
    aquellos supuestos en los que se constituyen
    empresas ficticias para poder acceder a las
    prestaciones o en los casos donde se
    compatibiliza de manera irregular su percepción
    con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta
    propia.
  • Evitar la competencia desleal derivada de la
    ventaja competitiva que puede otorgar la
    actividad económica realizada al margen del
    ordenamiento jurídico.

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Medidas inminentes

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Mas medios para la ITSS
  • Desde la aprobación del Plan de lucha contra el
    empleo irregular y el fraude a la Seguridad
    Social en Abril de 2012, se ha incrementado en
    150 nuevos efectivos el número de Inspectores de
    Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores de
    Empleo.
  • En Murcia 4 Inspectores y 2 Subinspectores.
  • Control y seguimiento del empleo aflorado
  • Se realizan controles periódicos para comprobar
    que el empleo aflorado se mantiene a lo largo del
    tiempo.
  • Control en las altas de posibles trabajadores
    autónomos
  • Cruce de datos fiscales con los de la Seguridad
    Social para aflorar este tipo de economía
    sumergida.
  • Periódicamente cobran de sus clientes y estos
    ingresos figuran en su declaración de la Renta,
    porque son declarados por las empresas para las
    que trabaja para poder practicar la
    correspondiente deducción.
  • Control sobre el fraude en la percepción de
    prestaciones por desempleo con ocasión de
    despidos colectivos o suspensiones de contratos y
    reducciones de jornada
  • Cuando no se corresponden con la existencia real
    de las situaciones que lo motivan o no se cumplen
    los trámites.
  • Se incrementarán los controles coordinados por
    todos los órganos del Ministerio sobre este
    aspecto y se crean nuevas sanciones para
    perseguir estas situaciones

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Medidas estructurales

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Incremento de las campañas contra la economía
    irregular en todos los sectores
  • Especialmente en aquellos sectores en los que
    tiene mayor importancia hostelería,
    construcción, agricultura y servicios.
  • En Murcia se ha pasado de planificar 7.515
    actuaciones en 2012, a 9.236 actuaciones en 2014.
  • Plan integral de control de subcontratistas
  • Controlar el exceso de subcontratas, como caldo
    de cultivo del empleo irregular

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Mejora de la cooperación institucional
  • Se han firmado Convenios o Instrucciones
    Conjuntas con estos organismos del Estado
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Instituto Social de la Marina.
  • Consejo General del Notariado.
  • Colegio de Registradores de España
  • Fondo de Garantía Salarial.
  • Ministerio del Interior.
  • También se han firmado convenios con las
    Comunidades Autónomas para luchar contra el
    fraude.
  • En Murcia Plan contra la Economía Irregular de
    la Región de Murcia, presentado el día 31 de
    Julio de 2012 (ya se han adherido 25 municipios).

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Modificaciones legislativas

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Modificaciones en el Código Penal (Ley Orgánica
    7/2012, de 27 de diciembre)
  • Endurecimiento de las sanciones penales, que
    conllevarán pena de 1 a 5 años de pena de prisión
    para aquellos que defrauden a la Seguridad Social
    a partir de 50.000 euros (antes 120.000), lo que
    incrementa de forma relevante el carácter
    disuasorio de la sanción.
  • La introducción de un tipo penal agravado cuando
    la cuantía defraudada a la Seguridad Social
    supere los 120.000 euros o se realice la
    actividad delictiva a través de grupos o
    entramados empresariales o personas interpuestas.
    En estos casos la pena sería de 2 a 6 años de
    prisión y la prescripción se extendería a los 10
    años.
  • Tipificar como delito la obtención de
    prestaciones de Seguridad Social mediando
    simulación u ocultación de los hechos causando
    perjuicio con esta actitud fraudulenta a la
    Administración (pena de 6 meses a 3 años de
    prisión). Cuando la cantidad defraudada sea
    superior a 50.000 euros la pena pasará de 3 a 6
    años de prisión. Ello está permitiendo combatir
    penalmente de forma más eficaz el fenómeno de las
    empresas ficticias
  • Tipificación como delito contra los derechos de
    los trabajadores del empleo simultáneo de una
    pluralidad de trabajadores en situación irregular
    (Se aumentan las penas de prisión a 6 años,
    cuando hasta ahora el máximo es de 3 años).
  • La exigencia del pago de las cuotas defraudadas
    para la exención de la responsabilidad penal,
    incluso en los casos en que ésta haya prescrito.
  • Modificaciones de calado en el procedimiento, de
    forma que la existencia de un procedimiento penal
    por delito contra la Seguridad Social no
    paralizará el procedimiento administrativo para
    la liquidación y cobro de la deuda.

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P.L.C.E.I.F.S.S. MEDIDAS QUE INCLUYE EL PLAN
  • Modificaciones, entre otras normas, en el ET, la
    LGSS, la LOIT, y la LISOS (Ley 13/2012, de 26 de
    diciembre, de lucha contra el empleo irregular y
    el fraude a la Seguridad Social)
  • Se aumenta de 1 a 3 años el plazo para exigir
    responsabilidad solidaria al empresario principal
    por las obligaciones de Seguridad Social
    contraídas por la subcontratista.
  • Se refuerza el deber de colaboración entre
    Administraciones Públicas (Por ejemplo CC.AA, la
    AEAT, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
    Estado, los Colegios de Registradores y
    Notarios).
  • Se amplia el plazo máximo de las actuaciones de
    comprobación en la labor inspectora en casos de
    especial complejidad (de un máximo de 9 meses
    actualmente a otro de 18).
  • La tipificación como conducta muy grave a dar
    ocupación a los trabajadores afectados por la
    suspensión de contrato o reducción de jornada
    (sanción de 6.251 a 187.515 euros).
  • El incremento de la cuantía de las sanciones en
    situaciones de economía irregular o por dar
    ocupación como trabajadores a beneficiarios o
    solicitantes de prestaciones incompatibles con el
    trabajo, en proporción al número de trabajadores
    afectados (incremento de hasta el 50 cuando son
    5 o mas los afectados).

27
Otras medidas de lucha contra el fraude
  • El buzón de lucha contra el fraude
  • El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a
    través de la Dirección General de la Inspección
    de Trabajo y Seguridad Social, pone a disposición
    de todos los ciudadanos un "BUZÓN DE LUCHA CONTRA
    EL FRAUDE LABORAL" donde todo aquel conocedor de
    algún incumplimiento de la normativa ya
    sea laboral, de Seguridad Social o de Prevención
    de Riesgos, puede ponerlo en conocimiento de la
    Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS),
    de forma anónima.
  • El conocimiento de tales datos sirve de base para
    la planificación de la actuación de la ITSS.
  • La creación de la Unidad Especial
  • La Orden ESS/78/2014, de 20 de enero (BOE 30 de
    enero), por la que se crea la Unidad Especial de
    Colaboración y Apoyo a los Juzgados y Tribunales
    y a la Fiscalía General del Estado para la lucha
    contra el empleo irregular y el fraude a la
    Seguridad Social.
  • Remitirá a los Juzgados, a los Tribunales y al
    Ministerio Fiscal los informes que sean precisos,
    recabando e integrando, en su caso, la
    información obrante en el resto de las unidades
    que integran el Sistema de la Inspección de
    Trabajo y Seguridad Social.
  • Cuando se realicen por esta Unidad actuaciones de
    inspección directa sobre situaciones concretas,
    coincidentes con otras que se lleven a cabo sobre
    los mismos hechos y sujetos por otras unidades
    del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad
    Social, la Unidad Especial podrá ordenar el
    desarrollo de las mismas, atribuyéndose, si fuese
    necesario, su práctica en exclusiva.

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Resultados de las actuaciones

EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA EMPLEO AFLORADO ESPAÑA

TOTALES TOTALES INSPECCIONES 2012 INSPECCIONES 2013 EMPLEO AFLORADO 2012 EMPLEO AFLORADO 2013 INCREMENTO DEL EMPLEO AFLORADO2012/2013 INCREMENTO DEL EMPLEO AFLORADO2012/2013
TOTALES TOTALES 220.226 218.613 77.688 79.471 2,30 2,30
EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA EMPLEO AFLORADO MURCIA

TOTALES TOTALES INSPECCIONES 2012 INSPECCIONES 2013 EMPLEO AFLORADO 2012 EMPLEO AFLORADO 2013 DE INSPECCIONES CON IRREGULARIDAD2013 VARIACIÓN EMPLEO AFLORADO 2012-2013
TOTALES TOTALES 7.063 8.079 2.293 3.081 25,10 34,37
29
Resultados de las actuaciones
PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS ESPAÑA

TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2012 20.526 6.478
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2013 21.194 8.536
TOTALES TOTALES Variación 2012 - 2013 3,25 31,77
PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO EMPRESAS MURCIA

TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2012 605 176 176
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2013 581 364 364
TOTALES TOTALES Variación 2012-2013 -3,97 106,82 106,82
30
Resultados de las actuaciones
PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES ESPAÑA


TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2012 18.816 9.452
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2013 33.200 11.689
TOTALES TOTALES Variación 2012 - 2013 76,45 23,67
PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA PRESTACIONES POR DESEMPLEO TRABAJADORES MURCIA


TOTALES TOTALES Período Inspecciones Nº Infracciones Nº Infracciones
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2012 253 196 196
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2013 465 392 392
TOTALES TOTALES Variación 2012- 2013 83,69 100,00 100,00
31
Resultados de las actuaciones
EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA EMPRESAS FICTICIAS ESPAÑA


TOTALES TOTALES Período Actuaciones Nº Infracciones Altas ficticias anuladas
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2012 20.919 1.559 23.607
TOTALES TOTALES Enero-Diciembre2013 27.410 3.937 24.607
TOTALES TOTALES Variación 2012 - 2013 31,03 152,53 4,24
EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA EMPRESAS FICTICIAS MURCIA


TOTALES TOTALES Período Actuaciones Nº Infracciones Altas ficticias anuladas
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2012 2.976 7 2.586
TOTALES TOTALES Enero - Diciembre 2013 3.092 213 2.528
TOTALES TOTALES Variación 2012 -2013 3,90 2942,86 -2,24
32
Resultados de las actuaciones
EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS ESPAÑA


TOTALES TOTALES NATURALEZA DEL EXPEDIENTE NATURALEZA DEL EXPEDIENTE Enero - Diciembre2012 Enero - Diciembre2013
TOTALES TOTALES Derivación Responsabilidad Derivación Responsabilidad 487.047.811,04 450.386.942,33
TOTALES TOTALES Recaudación Inducida Recaudación Inducida 280.430.496,10 293.279.635,58
TOTALES TOTALES Total Actas de Liquidación Total Actas de Liquidación 219.252.019,71 264.103.506,47
TOTALES TOTALES Otros (propuestas de liquidación y minoración de morosidad,dev prestaciones S.S., estatales y autonomicas.) Otros (propuestas de liquidación y minoración de morosidad,dev prestaciones S.S., estatales y autonomicas.) 40.634.673,57 28.947.145,74
TOTALES TOTALES TOTAL TOTAL 1.027.365.000,42 1.036.717.230,12
EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS MURCIA


TOTALES TOTALES NATURALEZA DEL EXPEDIENTE NATURALEZA DEL EXPEDIENTE Enero - Diciembre 2012 Enero - Diciembre 2013
TOTALES TOTALES Derivación Responsabilidad Derivación Responsabilidad 25.554.785,05 17.922.733,12
TOTALES TOTALES Recaudación Inducida Recaudación Inducida 7.408.924,60 7.149.567,05
TOTALES TOTALES Total Actas de Liquidación Total Actas de Liquidación 4.128.663,33 2.685.420,25
TOTALES TOTALES Otros (propuestas de liquidación, minoración de morosidad, dev. prestaciones SS, estatales y autonómicas) Otros (propuestas de liquidación, minoración de morosidad, dev. prestaciones SS, estatales y autonómicas) 4.597.250,35 8.214.749,53
TOTALES TOTALES TOTAL TOTAL 41.689.623,33 35.972.469,95
33
Porcentaje de actuaciones con irregularidades
comprobadas por sectores (MURCIA)
34
Hay soluciones?
Murcia 13 de febrero de 2014
35
Medidas adoptadas en la UE tras el inicio de la
crisis
Incrementar la efectividad de las inspecciones
  • Las principales decisiones han consistido en
    focalizar las inspecciones en aquellos sectores
    más presentes en la economía sumergida
    (construcción e industria textil en Rumania
    hoteles y catering en Letonia y Portugal taxis,
    peluquería y construcción en Suecia autoescuelas
    en Eslovenia y limpieza en Noruega).
  • Los anuncios públicos de inspecciones también se
    han utilizado frecuentemente. Por ejemplo en
    Italia se lanzó en 2010 una plan de inspección
    coordinada en agricultura y construcción para la
    zona sur del país (Calabria, Campania, Puglia y
    Sicilia) en el que se detectaron 20.300
    trabajadores irregulares. En Estonia, se realizó
    una campaña entre marzo y abril de 2012 sobre 278
    compañías del sector de la construcción con 132
    inspecciones. Como resultado de estas
    actuaciones, se identificaron 780 mil euros de
    impuestos no declarados.
  • Otros dos tipos de medidas dirigidas a mejorar la
    efectividad de las inspecciones han consistido en
  • la obligación de informar de la contratación de
    nuevos trabajadores antes de que comiencen a
    trabajar (ya implantada en casi todos los países
    de la UE).
  • el uso de tarjetas de identidad por los
    trabajadores, con sus datos personales y los de
    su relación laboral -empresa, fecha de comienzo,
    tipo de contrato- que se ha introducido en
    Italia, Luxemburgo, Noruega, Suecia y República
    Checa, por ejemplo.

36
Medidas adoptadas en la UE tras el inicio de la
crisis
Cooperación y sanciones
  • Comprobación, cooperación e intercambio de datos
  • Muchos países europeos han incrementado sus
    políticas de comprobación e intercambio de
    información entre instituciones internas y con
    otras jurisdicciones. Por ejemplo, Finlandia a
    partir del 1 de enero de 2011 ha creado un ente
    especializado dentro del Ministerio de Finanzas
    (Unidad de información de economía gris, Harmaan
    talouden selvitysyksikkö) para investigar
    organizaciones y personas sospechosas de
    participar en trabajos no declarados. Los
    trabajos de esta unidad especializada se centran
    en la recopilación de información y la vigilancia
    del cumplimiento. Después de 1,5 años de
    funcionamiento y aunque cuenta con medios
    limitados, han realizado un total de 732
    auditoría e identificado 42 millones de
    salarios no declarados y 65 millones en ventas
    no declaradas.
  • Sanciones
  • Con carácter general se han endurecido las
    sanciones por incumplimientos. En Eslovaquia, en
    2010 por ejemplo, la sanción por no registrar un
    empleado se ha aumentado desde un máximo del
    equivalente a 16.600 euros hasta los 200.000
    euros.
  • Asimismo las sanciones se han endurecido de forma
    notable en la República Checa, Francia,
    Dinamarca, Holanda y Reino Unido.

37
Conclusiones
Posibles medidas de solución
  • El fracaso de medidas de amnistía laboral. El
    Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de
    medidas para la regularización y control del
    empleo sumergido estableció
  • Un plazo (hasta el 31/7/2011) durante el cual los
    empresarios podían voluntariamente regularizar la
    situación de los trabajadores que se encontraran
    ocupados por los mismos de manera irregular.
    Estas situaciones no podían ser objeto de
    sanciones administrativas por el incumplimiento
    de las obligaciones en relación con la
    declaración y el reconocimiento de los derechos
    de los trabajadores afectados, así como en
    materia de Seguridad Social, estableciéndose la
    posibilidad de aplazamiento de las deudas con la
    Seguridad Social en determinadas condiciones.
  • La posibilidad de utilizar cualquier modalidad
    contractual.
  • Transcurrido el plazo, endureció notablemente las
    sanciones en materia de economía irregular y
    amplió el plazo de exclusión (hasta dos años) en
    determinadas sanciones accesorias (ayudas de
    fomento del empleo, formación para el empleo y
    protección por desempleo).
  • Estableció nuevas obligaciones de control para
    los contratistas en los procesos de
    subcontratación de obras o servicios
    correspondientes a la propia actividad o que se
    presten de forma continuada en sus propios
    centros de trabajo.
  • Modificó el art. 49 de la Ley de Contratos del
    Sector Público extendiéndose la prohibición de
    contratar con las Administraciones Públicas a
    aquellas empresas que hayan incurrido en el
    incumplimiento tipificado como infracción grave,
    previsto en el artículo 22.2 LISOS (falta de alta
    en Seguridad Social).

38
Conclusiones
Posibles medidas de solución
  • MAYOR CONCIENCIA SOCIAL sobre el problema (que
    unos pocos defrauden mucho no justifica que
    muchos defrauden un poco).
  • Si la utilización de sistemas de empleo irregular
    no crea valor añadido dejará de ser utilizada. Es
    necesario encontrar soluciones que no hagan
    atractivo desde ninguno de sus aspectos al uso
    de medidas de empleo irregular.
  • Algunos estudios (Fundación Estudios Financieros)
    proponen que
  • Las medidas deberían basarse, por un lado, en la
    continuación de las reformas del mercado de
    trabajo, especialmente en lo que se refiere al
    emprendimiento, al uso de los contratos
    indefinidos y a la introducción de una mayor
    flexibilidad en la contratación.
  • Asimismo, habría que reforzar las figuras del
    empleo a tiempo parcial (para evitar los ajustes
    en número de trabajadores en lugar de en horas
    trabajadas) y la de aprendiz para reducir el
    elevado paro juvenil, además de focalizarse en
    minorar el elevado abandono escolar y potenciar
    el papel de la formación profesional como
    solución al desempleo entre los jóvenes.
  • También se debería revisar la regulación sobre
    salarios mínimos y las políticas activas de
    empleo.

39
Muchas gracias por su atención
Murcia, 13 de febrero de 2014 Facultad de
Ciencias del Trabajo Universidad de Murcia
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