Title: EL CHEQUE EN LA LEY DE TITULOS VALORES
1EL CHEQUE EN LA LEY DE TITULOS VALORES
- Universidad de San Martin de Porres
- Seminario de Títulos Valores
- Felipe Iannacone .
2FORMALIDADES
- Girado Los documentos que
- Bancos en forma de cheques
- (Sistema se emitan
- Financiero) contraviniendo
- Formularios éstas formalidades
- Impresos con No obligatoriedad
carecen de tal calidad - claves u otros de talonarios en
- signos de Cheques de Viajeros,
Características de formularios - identificación y Gerencia y
Giro definidas por cada Banco, - seguridad convenio entre éstos o BCR
3Contenido del cheque
INTERBANK
Lima, 25/08/2003
18, 200.00
Día Mes Año
N 01451056 2 D L 11
0110002224 0
PAGUESE A LA ORDEN DE PEDRO
MARTICORENA MUÑOZ
__________________________________________________
___
JBV
FIRMA
LA SUMA DE US 18,200.00
DOLARES AMERICANOS
JUAN BUENO VELA
_____________________DOI ______________________
_ 01451056 2 011 0110002224
Beneficiario del cheque
Orden de pagar una cantidad DETERMINADA de dinero
4BENEFICIARIO DEL CHEQUE
- A la orden, no a la orden (intransferible o no
negociable) y al portador. - Persona Jurídica no más de una salvo abono en
cuenta de los beneficiarios o que el
cobeneficiario sea un Banco. - Cláusula y su pago se entiende con todos.
- Cláusula y/o u o cualquiera de ellos o todos
juntos. - A falta de cláusulas, se requiere la concurrencia
de todos.
5BENEFICIARIO DEL CHEQUE
- Se permite la emisión a favor del propio emitente
señalando nombre o cláusula a mí mismo u otra
equivalente. - A la orden de persona determinada y al portador,
se entiende a dicha persona. - Cheque emitido a la orden del Banco girado, no es
negociable por éste. - Tampoco, el cheque transferido al Banco girado
para su pago una vez pagado por éste.
6CHEQUE POST DATADO
- Se considera no puesta la fecha post datada.
- Se tiene como fecha de emisión, el día de su
primera presentación a cobro.
Se anota en el cheque una fecha futura
Se emite el día de hoy
7PACTO DE INTERESES
Pueden acordarse intereses compensatorios y
moratorios que sólo se generarán desde
el protesto o constancia de su rechazo total o
parcial (monto no pagado).
En defecto de tal acuerdo, intereses legales
Art.181 LTV
8OBLIGATORIEDAD DEL CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES
- 6 meses constancia de falta de pago en 2
cheques. - 1 año rechazo por 10 veces en uno o más cheques.
Uno por día en el mismo cheque. - Notificación al Banco de inicio de proceso penal
por libramiento indebido o cualquier proceso
civil para el pago de cheque girado a su cargo,
rechazado por falta de fondos. - Titular de Cta. Cte. resulte incluido en relación
que publique la SBS (mensual en El Peruano). - Hechos que por disposición legal conlleven al
cierre de la Cta. Cte.
9OBLIGATORIEDAD DEL CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES
- La obligatoriedad se refiere a las Ctas. Ctes.
que operan con cheques. - Los Bancos podrán acordar con sus
cuentacorrientistas otras condiciones no menos
exigentes que las citadas. - Cta. Cte. con pluralidad de titulares a todos,
salvo posibilidad de emitir cheques
indistintamente, aplicándose sólo al autor.
10OBLIGATORIEDAD DEL CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES
- Además la SBS ordena la cancelación de tarjetas
de crédito cuando se haya cerrado una cuenta por
emitir cheques sin fondo.
11CHEQUES ESPECIALES
Cruzado
De Gerencia
Para Abono en Cuenta
Giro (nuevo)
Garantizado (nuevo)
Intransferible
Certificado
De viajero
De Pago Diferido (nuevo)
12Cheque cruzado
- Cruzamiento general
- Cruzamiento especial
- Responsabilidad del banco.
13INTERBANK
Lima, 23/08/2003
US
12,800.00
Día Mes Año
N 01451056 2 D L 11
0110002224 0
PAGUESE A LA ORDEN DE PEDRO
MARTICORENA MUÑOZ
__________________________________________________
___
JBV
FIRMA
LA SUMA DE Doce mil ochocientos y 00/100
DOLARES AMERICANOS
JUAN BUENO VELA
____________________ DOI__________________________
_ 01451056 2 011 0110002224
Ejemplo de Cruzamiento General
14INTERBANK
Lima, 23/08/2003
US
12,800.00
Día Mes Año
N 01451056 2 D L 11
0110002224 0
O
C N A B
PAGUESE A LA ORDEN DE PEDRO
MARTICORENA MUÑOZ
__________________________________________________
___
JBV
FIRMA
LA SUMA DE Doce mil ochocientos y 00/100
DOLARES AMERICANOS
JUAN BUENO VELA
____________________DOI___________________________
_ 01451056 2 011 0110002224
Ejemplo de Cruzamiento General
15Ejemplo de Cruzamiento General
INTERBANK
Lima, 23/08/2003
US
12,800.00
Día Mes Año
N 01451056 2 D L 11
0110002224 0
O
C N A B
PAGUESE A LA ORDEN DE PEDRO
MARTICORENA MUÑOZ
__________________________________________________
___
JBV
FIRMA
LA SUMA DE Doce mil ochocientos y 00/100
DOLARES AMERICANOS
JUAN BUENO VELA
____________________DOI___________________________
_ 01451056 2 011 0110002224
-Sólo se paga a un cliente del Banco -Sólo se
paga a otro Banco
16Ejemplo de Cruzamiento Especial
INTERBANK
Lima, 23/08/2003
US
12,800.00
Día Mes Año
N 01451056 2 D L 11
0110002224 0
PAGUESE A LA ORDEN DE PEDRO
MARTICORENA MUÑOZ
__________________________________________________
___
Banco de Crédito
JBV
FIRMA
LA SUMA DE Doce mil ochocientos y 00/100
DOLARES AMERICANOS
JUAN BUENO VELA
__________________________________________________
_ 01451056 2 011 0110002224
-Sólo se paga a un cliente del Banco si Banco
designado Banco Girado. -Sólo se paga al Banco
designado.
17CHEQUE CRUZADO
- Se considera cheque intransferible, si entre las
dos líneas paralelas se consigna la cláusula no
negociable u otra equivalente y no se señala
mención alguna a banco o denominación
equivalente. - Anula sus efectos cambiarios, la tarjadura del
cruzamiento o del nombre del banco designado. - El cruzamiento especial no puede transformarse en
general. Al contrario sí.
18CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA
- Prohibe el pago efectivo o por caja.
- El abono equivale al pago.
-
19CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA
- La tarjadura de la cláusula para abonar en
cuenta u otra equivalente anula sus efectos
cambiarios. - El Banco debe atender el pago no sólo en la Cta.
señalada sino también de la que sea titular o
cotitular el último tenedor. - El Banco sólo está obligado a acreditar el cheque
con quien tenga Cta. Cte. u otra Cta. con él,
salvo el endoso a otro Banco y posterior abono en
él. - Si el tenedor no tiene cuenta y el banco se
rehusa a abrirla, se negará el pago del cheque. -
20CHEQUE CERTIFICADO
- Mientras no se acredite en la Cta. cargada, la
suma tendrá la calidad legal de patrimonio de
afectación. - Estará destinada exclusivamente al pago del
cheque certificado, debiendo - - Excluirse de la masa concursada del emitente
y - - Separarse de la masa del Banco girado en los
- casos de procesos de insolvencia o liquidación
- de éste que fuesen declarados antes del pago
del - cheque.
- El cheque de Pago Diferido podrá certificarse
sólo durante el plazo de presentación para su
pago .
21CHEQUE CERTIFICADO
- El Banco asume responsabilidad solidaria durante
el plazo legal de presentación. - El emitente queda liberado de la responsabilidad
penal por libramiento indebido durante la
vigencia de la certificación. - Será responsable el representante del Banco
girado que certificó el cheque.
22CHEQUE DE GERENCIA
- Podrán ser emitidos también para su pago en
oficinas del exterior si consta expresa
indicación en el cheque. - Se permite pactar en contrario respecto de su
transmisibilidad. - No requiere protesto, ni la formalidad
sustitutoria para obtener mérito ejecutivo o
ejercer la acción cambiaria.
23CHEQUE GIRO
Nominativo No Negociables (no requiere
cláusula expresa) Se gira a cargo de la
propia Se cobra en una oficina del
Banco plaza distinta a la de su
emisión. Son pagaderos sólo en las plazas u
oficinas propias de la empresa emisora y/o en la
de sus corresponsales.
Cheque Giro
24CHEQUE GIRO
- Se utilizan con Si el beneficiario no lo
- frecuencia para presenta para su pago
- trasladar fondos la empresa emisora
- de una plaza a otra reembolsará su importe.
- a solicitud de los
- interesados.
- Deben llevar la cláusula No requiere de protesto
- cheque giro ni de formalidad
- o giro bancario sustitutoria.
Cheque Giro
25(No Transcript)
26CHEQUE GARANTIZADO
- El Banco autoriza girar a su cargo cheques con
provisión de fondos garantizados. - Es nominativo.
- Se emite en formatos especiales y papel de
seguridad.
27CHEQUE GARANTIZADO
- Debe contar con la denominación de cheque
garantizado. - Debe señalarse la cantidad máxima por la que es
emitido o cantidad impresa en el TV.
28CHEQUE GARANTIZADO
- La garantía de existencia de fondos es asumida
por el Banco girado, sin requerir de
certificación. - El Banco mantiene depósito constituido por el
emitente o lo autoriza a sobregirarse.
29CHEQUE GARANTIZADO
- La acción cambiaria directa se interpone contra
el emitente (obligado principal) y el
Banco(garante). - No se requiere de protesto ni formalidad
sustitutoria.
30CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
- Su pago está condicionado a que transcurra el
plazo señalado en el mismo título. - Dicho plazo no podrá exceder de 30 días de su
emisión. - Todo plazo mayor se reduce a 30 días.
31CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
- Debe señalar
- - Denominación de Cheque de pago Diferido
- - Fecha desde la que procede su pago, precedida
de la cláusula Páguese desde el...
32CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
- Puede ser negociado desde su emisión.
- El Banco girado rechazará el pago antes del
plazo, sin originar protesto o formalidad
sustitutoria, ni da lugar a responsabilidad o
sanción alguna para el emitente.
33CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
- Los Bancos podrán entregar talonarios distintos.
- Se podrán emitir estos cheques o los comunes
contra una misma Cta. Cte.
34ENDOSO DE CHEQUE AL PORTADOR
- Se precisa que la constancia del pago recibido
del Banco girado, puesta por el último tenedor en
el mismo documento, no tiene la calidad ni los
efectos del endoso. - El endoso hace al endosante responsable por la
acciòn de regreso.
35PAGO DEL CHEQUE
- Debe ser pagado en la misma unidad monetaria que
expresa su importe, sin necesidad de incluir la
cláusula especial. - Plazo de presentación, sea emitido dentro o fuera
del país, es de 30 días. - Si no hay revocación, ni solicitud de suspensión,
o haya caducado la suspensión, el Banco girado
puede pagar hasta un año de emitido, si hay
fondos disponibles.
36REVOCACION Y SUSPENSION DEL PAGO DEL CHEQUE
- El emitente puede revocar vencido el plazo.
- Dentro del plazo, el emitente, beneficiario,
último endosatario o tenedor legítimo puede
solicitar la suspensión del pago al Banco girado.
37SUSPENSION DEL PAGO DEL CHEQUE
- La solicitud debe ser por escrito, con carácter
de declaración jurada, indicando alguna de las
siguientes causas - - Desaparición de cualquier dato necesario.
- - Extravío del T-V
- - Sustracción del T-V
38SUSPENSION DEL PAGO DEL CHEQUE
- La suspensión esta supeditada a la interposición
de una demanda judicial por la misma causal
señalada en la solicitud. - La suspensión caduca (art. 98), si el Banco
girado no es notificado de la demanda o el
peticionario no le entrega copia de la misma,
dentro de los 15 siguientes días de presentada la
petición extrajudicial de suspensión, quedando
librerado por el pago que realice transcurrido el
plazo. - La solicitud falsa conlleva además
responsabilidad penal.
39EFECTOS POR MUERTE O INSOLVENCIA DEL EMITENTE
- Se precisa que la conclusión del contrato de Cta.
Cte. que opera por giro de cheques por quiebra,
interdicción o muerte del emitente, sólo ocurrirá
después de 60 días contados desde la fecha de
ocurrencia de tales hechos, comunicados al Banco.
40EFECTOS POR MUERTE O INSOLVENCIA DEL EMITENTE
- La declaratoria de insolvencia causa la
revocación de cheques emitidos hasta la fecha de
su publicación, aunque el plazo no haya vencido.
41PAGO PARCIAL
- A petición del Si el tenedor exige constancia
- tenedor pagará hasta de la falta de pago, el
Banco - donde alcancen los está obligado a pagar
- fondos. parcialmente y el tenedor
- está obligado a recibirlo.
-
- El Banco queda liberado Si el Banco deja
constancia - de realizar el pago parcial de la falta de pago
o el cheque - de cheque presentado a través es protestado por
dicha causal - de la Cámara de Compensación. No procederá su
pago o pago - parcial, aun cuando no haya vencido
el plazo.
42PAGO DE UN CHEQUE
- Nuevas causales para...
- Cuando se presente Cuando el cheque
- dentro de un plazo que es al portador
- y el emitente o último y quien exige su
- tenedor haya solicitado pago no se
identifica y - la suspensión del pago firma la
constancia de su cancelación
parcial o total.
No pago de un cheque
43CONSTANCIA DE PAGO
- El endoso hecho a favor del Banco se considera
como constancia de pago. - Es obligatoria en cheques al portador.
44Pacto de Truncamiento
45Previo servicios de canje y compensación
- Servicio.
- Hay Empresas de Servicios de Canje y Compensación
ESEC, que operan en el ámbito de los Sistemas
de Pago. - Las ESEC son sociedades anónimas dedicadas
exclusivamente a la prestación de servicios de
canje y compensación de cheques y de otros
instrumentos de pago compensables aprobados por
el BCRP, y que son cursados a través de las
empresas del sistema financiero. - Reglamento aprobado por Circular 013-2010-BCRP
pub. 5MAY2010
46PACTO DE TRUNCAMIENTO
- Acuerdo adoptado por los bancos, con el fin de
establecer procedimientos especiales o
sustitutorios de endoso en procuración,
utilizando medios electrónicos o mecánicos. - Sirve también para acordar delegaciones o
mandatos cuya finalidad es rechazar el pago de
cheques.
47PACTO DE TRUNCAMIENTO
- La constancia de rechazo surte los mismos efectos
que el protesto. - Así los bancos, previo acuerdo, agilizan el
tratamiento de los cheques en la Cámara de
Compensación, prescindiendo de la entrega física.