Title: Clase 8 LA SEGURIDAD SOCIAL
1Módulo III
Nociones de Seguridad Social
Clase 8
LA SEGURIDAD SOCIAL
Docente Dr. Alejandro Sicardi de Estrada
2MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
Índice Clase 8 (primera parte)
1. Lineamientos Generales
2. Los Sistemas de la Seguridad Social a fines
del Siglo XX
3. Las Contingencias Sociales. Los Subsistemas de
Seguridad Social
4. Breve descripción de los subsistemas de
seguridad social y de las contingencias que cubren
3MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
4MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Concepto de Seguridad Social
Conjunto de regulaciones legislativas que
aseguran al individuo o a grupos sociales, un
derecho a determinadas prestaciones que cubren
riesgos derivados de contingencias sociales,
cuyas consecuencias no pueden ser afrontadas por
los propios afectados.
5MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Los modelos de Seguridad Social
Seguros Sociales Origen Alemania. Von Bismark
(fines Siglo XIX)
- Seguro de enfermedad (1883)
- Seguro de accidente de trabajo (1884)
6MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Los modelos de Seguridad Social
Seguros Sociales - Características originarias
- Sectorial (trabajadores industriales)
- Financiación tripartita (enfermedad) o
Contributiva (sólo los patrones accidentes)
7MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Los modelos de Seguridad Social
Seguros Sociales Integral Gran Bretaña. Plan
Beveridge (1942) Características
- Seguro integral de alcance nacional (todos los
riesgos todas las personas).
- Sistematización del régimen cotizaciones
uniformes prestaciones uniformes.
- Financiamiento tripartito, con aportes del
Estado de creciente importancia.
8MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Principios de Seguridad Social
- Solidaridad esfuerzo económico de toda la
comunidad y posterior distribución a los miembros
que requieren prestaciones.
- Universalidad pretende la generalización de la
cobertura de todas las contingencias a toda la
población, independiente del desarrollo o no de
una actividad económica.
- Igualdad igual tratamiento frente a identidad
de situaciones a todas las personas.
9MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Principios de Seguridad Social
- Subsidiariedad el Estado sólo actúa en forma
subsidiaria.
- Integralidad la cobertura abarca desde la
concepción hasta el fallecimiento de la persona,
con efecto hacia sus derecho-habientes.
- Irrenunciabilidad por aplicación de la cláusula
operativa constitucional, no se admite la
renuncia de este tipo de derechos.
10MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Social a fines del
Siglo XX
11MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Socia a fines del
Siglo XX
Crecimiento y Crisis
Finalización de Segunda Guerra Mundial (1945)
Década de 1970
Desfinanciamiento
12MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Social a fines del
Siglo XX
Crecimiento y Crisis
Soluciones para enfrentar el desfinanciamiento
- Limitaciones referidas a los sujetos protegidos
y a la titularidad del goce de las prestaciones
a) Incremento de los aportes
evasión
b) Aumento de salarios (para incrementar los
aportes)
desocupación
restricción de
c) Elevación de la edad jubilatoria
egreso, pero sin mayores ingresos
13MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Social a fines del
Siglo XX
Crecimiento y Crisis
Soluciones para enfrentar el desfinanciamiento
- Transformación de los regímenes y de los entes
de gestión
a) Creación de regímenes de capitalización
crisis
financieras e inestabilidad
b) Entes privados de gestión
aumento del costo
del sistema
c) Sistemas complementarios
14MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las contingencias sociales. Los Subsistemas de
Seguridad Social
15MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las contingencias sociales.
Los Subsistemas de Seguridad
Social
Las contingencias sociales
Concepto
Eventos que provocan una necesidad económica, sea
por disminución o pérdida de los ingresos
habituales o por generación de gastos
adicionales.
16MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las contingencias sociales.
Los Subsistemas de Seguridad
Social
Las contingencias sociales
Biológicas
Patológicas
Económicas
17MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que cubren
18MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que
cubren
Sistema Único de Seguridad Social (SUSS)
1. Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones
(actual Sistema Integral Previsional Argentino
SIPA). Administrado por ANSES.
2. Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS).
Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) y
las Obras Sociales.
3. Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados (INSSJP PAMI).
19MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que
cubren
Sistema Único de Seguridad Social (SUSS)
4. Fondo Nacional de Empleo (FNE). Administrado
por ANSES.
5. Régimen de Asignaciones Familiares (AF).
Administrado por ANSES.
20MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que
cubren
Otros Subsistemas (No forman
parte del SUSS)
6. Régimen de Riesgos de Trabajo. Administrado
por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)
con el contralor de la Superintendencia de
Riesgos del Trabajo (SRT).
7. Sistema Integrado de Prestaciones por
Desempleo (SIPRED). Administrado por el Registro
Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores
(RENATRE).
21MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
CONTINGENCIAS SUBSISTEMAS MARCO LEGAL
Invalidez Vejez Muerte
Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones
(actual SIPA)
Ley 24.241
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados (PAMI)
Ley 19.032
Salud
Seguro Nacional de Salud Régimen Obras Sociales
Ley 23.661 Ley 23.660
Régimen de Riesgos del Trabajo
Accidentes Laborales
Ley 24.557
Fondo Nacional de Empleo (FNE)
Ley 24.013
Desempleo
Régimen Nacional de Trabajadores Rurales y
Empleadores (RENATRE)
Ley 25.191
Régimen de Asignaciones Familiares
Familia
Ley 24.714
22MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
El Subsistema Previsional
23MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
Índice Clase 8 (segunda parte)
1. Antecedentes
2. Unificación de los regímenes
3. La crisis del régimen
4. Agravamiento de la crisis
5. Creación del Sistema Integrado de Jubilaciones
y Pensiones (SIJP)
6. Creación del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA)
7. Prestaciones del SIPA
8. Regímenes especiales y diferenciales
Pensiones no contributivas
9. Regímenes provinciales y profesionales
24MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
25MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
Normativa de Sistemas Orgánicos de Previsión
Social
- Primera Ley Jubilatoria Argentina. Año 1867.
Prov. de Santa Fe. Agentes públicos del estado
provincial.
- Leyes jubilatorias para miembros de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, jueces.
Docentes. Empleados de la Administración Pública
Nacional. Entre años 1877 y 1893.
Financiamiento con cargo a rentas generales.
26MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
Normativa de Sistemas Orgánicos de Previsión
Social
- Ley 4349. Año 1904. Crea la Caja Nacional de
Jubilaciones y Pensiones para empleados y
funcionarios de la Administración Pública
Nacional, del Consejo Nacional de Educación, de
los Bancos de la Nación e Hipotecario, de los
Ferrocarriles del Estado y de la Justicia
Nacional.
Financiamiento de naturaleza contributiva.
27MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
Normativa de Sistemas Orgánicos de Previsión
Social
- Década de 1940. Atomización institucional en
sintonía con las teorías asociadas al paradigma
del Estado de bienestar social Constitución
Nacional de 1949 derecho al bienestar.
Periodismo (1939), Navegación (1939), Comercio
(1944), Industria (1946), autónomos (1954).
Financiamiento mediante capitalización de
carácter colectivo.
28MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Unificación de los regímenes
29MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Unificación de los regímenes
Etapa de transición
- Ley 14.370. Año 1954. Tendencia hacia la
unificación de los regímenes nacionales.
Transición del sistema de capitalización
colectivo al de reparto de solidaridad
intergeneracional.
- Para acceder al beneficio de jubilación se debía
contar con un mínimo de cinco (5) años con
aportes.
- El monto del haber variaba en función al promedio
de remuneraciones de los últimos doce (12) meses
con un tope máximo del 90 de dicho promedio.
30MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Unificación de los regímenes
Etapa de transición
- Ley 14.397. Año 1954. Régimen de Trabajadores
Autónomos.
- Preveía tres (3) categorías de trabajadores
autónomos a) independientes b) empresarios c)
profesionales.
- Sistema de incompatibilidad conforme al cual
quien accedía a los beneficios del Régimen
Autónomo no podía continuar en el ejercicio de
una actividad, ni dependiente ni autónoma.
31MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las crisis del régimen
32MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Causas de la crisis del régimen
A finales de la década del 50 el sistema
previsional deja de generar excedentes y comienza
a acumular déficit. Entre las causas de este
fenómeno se enumeran
- El Estado recurre a los fondos de las Cajas para
fines ajenos a los previsionales
- Regímenes profesionales estratificados que
manejan con excesiva permeabilidad el acceso a
los beneficios
- Exceso creciente en los gastos administrativos
por la pluralidad de organismos.
33MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Consecuencias de las causas de la crisis
Como consecuencia de las causas antes enunciadas
se produjo
- Un incremento del sector pasivo, que entre 1958
a 1968 duplicó la cantidad de afiliados, mientras
que el sector activo de la economía crecía en el
mismo lapso un quince por ciento (15)
- Creciente cantidad de reclamos judiciales
tendientes a conservar la proporcionalidad entre
los beneficios y el salario en actividad.
34MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Reforma del Régimen Previsional Años 60
A fines de los 60 se encara una reforma del
Régimen Previsional que consolida el criterio
unificador. Dicha reforma se traduce en
- Dictado de las Leyes 18.037 (régimen
dependiente) y 18.038 (régimen autónomo)
- Estas leyes establecen regímenes jubilatorios
generales con características de sistemas
orgánicos (Sistema Nacional de Previsión Social),
derogando una treintena de leyes y decretos y
unificando en tres Cajas las trece preexistentes,
salvo los regímenes de excepción (Fuerzas Armadas
y de Seguridad).
35MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Características de las leyes 18.037 y 18.038
- Para acceder a la jubilación ordinaria se
requería acreditar diez (10) años de servicios
con aportes y se aumentaron las edades
requeridas - Afirmaron como fundamento principal del sistema
previsional el del compromiso intergeneracional,
con base en la solidaridad de los activos en
beneficio de los pasivos - Afirmaron el criterio sustitutivo, esto es, la
concepción del haber jubilatorio como prestación
relacionada con las remuneraciones percibidas. - Ratificaron el principio constitucional de la
movilidad, aunque sustituyendo el 82 de la Ley
14.499 por un sistema de reajuste anual sobre la
base de coeficientes determinables en función de
la variación del nivel general de remuneraciones.
36MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Conclusiones de la reforma del Régimen
Previsional Años 60
- La legislación antes citada logró contener
transitoriamente la crisis del sistema
- Pero no consiguió transformarlo de manera
integral y estructural
- Esto último, sumado a los cambios no advertidos
a tiempo, preanunciaba una nueva crisis del
sistema.
37MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
38MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
Causas del agravamiento de la crisis
En los primeros años de la década del 80 el
sistema previsional atraviesa un agravamiento de
la crisis. Entre sus causas se enumeran
- Crisis de carácter financiero como consecuencia
del proceso inflacionario
- Se profundiza así el desfinanciamiento y se
ensancha la brecha entre salarios activos y
haberes pasivos, desvirtuando el criterio
sustitutivo.
- Crisis judicial, producto de reclamos. Se
decreta el estado de emergencia previsional
(Decreto Nº 2196/86).
39MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
Paliativos ante el agravamiento de la crisis
- Afectación de recursos tributarios del IVA por
las contribuciones patronales
- Sanción de impuestos complementarios de
financiamiento o derivación al régimen de
determinados producidos (pulsos telefónicos y
combustibles 30 del producido de
privatizaciones cesión por las provincias de
fondos coparticipables).
- Imposición de una formal aceptación por parte de
los beneficiarios al pago en cuotas de las
diferencias de haberes adeudados.
40MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
Paliativos ante el agravamiento de la crisis
- Instrumentación de mecanismos de renuncia al
derecho de diferencia de haberes
- Paralización de reclamos, juicios por diferencia
de haberes y aun de ejecución de sentencias
- Cancelación de obligaciones previsionales
pendientes de cobro hasta Abril de 1991 en un
plazo de dieciséis (16) años
- Cancelación de créditos de jubilados y
pensionados con el producido de la venta de
acciones de YPF.
41MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del Sistema Integrado de Jubilaciones
y Pensiones (SIJP)
42MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Fundamentos del mensaje de elevación del proyecto
de ley de creación del SIJP
- Alto endeudamiento del régimen vigente (us 200
millones al 04/91)
- Bajos niveles de haberes que percibía el sector
pasivo
- Falta de transparencia y confiabilidad en los
mecanismos de cálculo de haberes.
43MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Fundamentos del mensaje de elevación del proyecto
de ley de creación del SIJP
- Envejecimiento de la población con su secuela de
distorsión en la relación activos - pasivos
- Decrecimiento del empleo y tercerización de la
economía
44MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Fundamentos del mensaje de elevación del proyecto
de ley de creación del SIJP
- Falta de correlación entre aportes efectuados y
beneficios percibidos
- Ausencia total de garantías de que el sistema
generara recursos suficientes para afrontar sus
obligaciones
- Necesidad de recurrir a fuentes alternativas de
financiamiento.
45MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Ley 24241 SIJP
Sistema mixto coexistencia de un régimen
previsional público, basado en el sistema de
reparto gestionado por ANSES, y un régimen de
capitalización, basado en la capitalización de
aportes y administrado por las Administradoras de
Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP), bajo
fiscalización de la Superintendencia específica.
46MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Ley 24241 SIJP
- Entró en vigencia a mediados de 1994.
- Por Ley 26222 fue modificado el sistema
(03/2007) , permitiéndose la libre opción de los
trabajadores activos entre los regímenes de
reparto y capitalización.
47MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
6. Creación del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA)
48MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
6. Creación del SIPA
Ley 26.425. Fundamentos
- Régimen Previsional Público basado en los
principios de solidaridad y reparto
- Deja sin efecto el régimen de capitalización
que integraba el SIJP, pero sin derogar la Ley
24.241 en su conjunto
- A su respecto, el régimen de reparto puede
definirse como una especie de contrato social
intergeneracional por medio del cual los
trabajadores activos financian las prestaciones
de los pasivos.
49MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA)
50MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Básica Universal (PBU)
- Consiste en un cobertura uniforme para quienes
hayan alcanzado la edad exigida por la ley (60
mujeres, 65 hombres) y efectuado los aportes
correspondientes durante treinta (30) años, con
independencia de las remuneraciones o rentas
percibidas.
- Se otorga tanto a los afiliados que
permanecieron en el Régimen de Reparto como en el
Régimen de Capitalización.
- El monto actual de la PBU asciende a 494,38.-
51MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Compensatoria (PC)
- Tiene por objeto compensar los aportes
efectuados por los servicios prestados hasta el
30/06/94 (fecha previa a la entrada en vigencia
del derogado Régimen de Capitalización).
- El haber consiste en el equivalente al 1,5, por
cada año de servicio con aportes o fracción mayor
de 6 meses hasta un máximo de 35 años, calculado,
en el caso de los trabajadores dependientes sobre
el promedio mensual de las remuneraciones
percibidas, y en el caso de los autónomos sobre
el promedio mensual de los montos actualizados de
las rentas de referencia de los 120 meses
anteriores al cese.
52MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Adicional por Permanencia (PAP)
- Prestación destinada exclusivamente a quienes
optaron por el Régimen Previsional Público.
- El haber consiste en 1,5 del promedio de las
remuneraciones del trabajador dependiente o
rentas de referencia del afiliado autónomo por
cada año aportado al régimen previsional público
a partir del 01/07/94.
53MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Anual Complementaria (PAC)
- Prestación consistente en el pago de dos cuotas
en los meses de junio y diciembre de cada año,
equivalente al 50 de la prestación mensual.
54MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Retiro por Invalidez
- Beneficio que se paga mensualmente a aquellas
personas que se incapaciten física o
intelectualmente en forma total (más del 66) por
cualquier causa para el desempeño de cualquier
actividad compatible con sus aptitudes
profesionales, siempre que la incapacidad se
hubiere producido durante la relación laboral.
55MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Pensión por Fallecimiento
- Es una prestación que se paga mensualmente a los
derechohabientes (viuda/o, conviviente, hija/o
soltero hasta 18 años de edad que no gozare de
otro beneficio, hija/o incapacitado sin límite de
edad).
- El haber se calcula en función del ingreso base
que, en este caso, equivale al promedio mensual
de las remuneraciones y/o rentas de referencia
hasta cinco (5) años anteriores al mes en que se
produjo el fallecimiento.
56MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación por edad avanzada
Es un beneficio que se paga mensualmente y por
toda la vida a aquellas personas de 70 años o más
que, habiendo trabajado como autónomos o en
relación de dependencia, no cuenten con los años
de aportes exigidos para obtener una jubilación
(PBU, PC, PAP, PAC), y estén incorporados al
SIPA.
57MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
58MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Regímenes Especiales
Situaciones particulares plasmadas en diversos
cuerpos legislativos sobre la base de destacar la
actividad de ciertos sectores de trabajo en
consideración a la especial condición de futuros
beneficiarios.
Docentes Decreto 137/05. Investigadores,
docentes universitarios dedicación exclusiva
Decreto 160/05 Res Nº 21/09 (SSS). Poder
Judicial y Servicio Exterior Res Nº 135/07
(SSS).
59MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Regímenes Diferenciales
Los Regímenes Diferenciales son aquellos que
adoptan mecanismos de reducción de los requisitos
de tiempo de servicios con aporte y edad para el
acceso a la prestación jubilatoria, en razón del
desempeño de determinadas actividades que
implican un esfuerzo o desgaste excepcional que
determina un envejecimiento prematuro.
60MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Regímenes Diferenciales
Entre otras actividades, cuentan con Regímenes
Diferenciales transporte, siderurgia, minería,
industria de la carne, industria del vidrio,
portuarios de dragado y balizamiento, pesca,
generación eléctrica, petróleo, telefonía,
construcción, etc.
61MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Jubilación diferencial trabajadores de la
construcción. ley 26494
Fundamentos Los trabajadores de la construcción
están sometidos a condiciones que determinan su
envejecimiento prematuro Mayor esfuerzo
físico para realizar la tarea. Exposición a
inclemencias climáticas. Realización de
actividades con aire viciado o con exposición
a sustancias químicas. Imposibilidad de acceso a
la jubilación por invalidez dado que las
patologías propias de la actividad no alcanzan al
66 de incapacidad requerido por la ley. Por las
condiciones de la actividad los trabajadores de
la construcción deben rotar a empleos de otra
naturaleza, a los cuales se les restringe el
acceso por no superar los exámenes
preocupacionales.
62MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Jubilación diferencial trabajadores de la
construcción. ley 26494
Características Se accede al beneficio de
jubilación con 55 años de edad y 25 años de
servicios con aportes, de los cuales el 80 de
los últimos 15 años deben haberse cumplido en la
actividad de la construcción. La reducción del
requisito de edad para los trabajadores
constructores varones resulta progresiva, de
acuerdo al siguiente esquema
Año Edad
2009 60 años
2010 57 años
2011 56 años
2012 y siguientes 55 años
63MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Jubilación diferencial trabajadores de la
construcción. ley 26494
Características Este Régimen Diferencial se
autofinancia mediante una contribución adicional
a cargo de los empleadores, según el siguiente
detalle
Año Edad
2009 2
2010 3
2011 4
2012 y siguientes 5
A partir de 2010 los trabajadores varones que
alcancen la edad requerida y estén en condiciones
de jubilarse, podrán continuar en la actividad
hasta los 60 años, debiendo ingresar a su cargo
la contribución adicional.
64MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Prestaciones NO contributivas Concepto
Son aquellas para cuyo otorgamiento no se exige
cotización alguna, se encuentran a cargo del
Estado y son solventadas con rentas generales de
la Nación.
65MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Prestaciones NO contributivas Fundamento
Su otorgamiento responde al reconocimiento a
determinadas personas que hubieren efectuado
servicios importantes al país o lo hubieren
prestigiado a través del desarrollo de
actividades científicas, artísticas o deportivas
o directamente al deber del Estado de proveer
protección y asistencia a las personas.
66MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
67MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
Introducción
El régimen dado por la Constitución Nacional a la
Seguridad Social en general hace que sea de
competencia federal la legislación que sobre
aquella se dicte.
Por tal causa las atribuciones provinciales para
legislar sobre la materia han quedado
restringidas a las relaciones trabadas dentro de
sus límites y en ejercicio de facultades propias
(empleados públicos y profesionales CN art. 125).
68MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
Análisis General
En 1993 se suscribió entre el Estado Nacional y
las Provincias el denominado Pacto Federal para
el Empleo, la Producción y el Crecimiento por el
que se estableció la transferencia al SIJP de los
sistemas provinciales de previsión (con exclusión
de los profesionales) para aquellas
jurisdicciones que adhirieran al mismo.
En función de ello 10 Provincias adoptaron el
SIJP, mientras otras 13 no lo hicieron.
69MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
Procedencia de Regímenes Profesionales
El art. 125 CN (pueden conservar) plantea
dudas sobre la naturaleza originaria reservada a
las provincias de crear y conservar regímenes
previsionales propios.
Actualmente se registran 60 cajas profesionales,
distribuidas en 15 jurisdicciones que cuentan
con 600.000 afiliados y 55.000 jubilados, con una
recaudación de 1.000 millones anuales.
70MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
Muchas Gracias