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Clase 8 LA SEGURIDAD SOCIAL

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M dulo III Nociones de Seguridad Social Clase 8 LA SEGURIDAD SOCIAL – PowerPoint PPT presentation

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Title: Clase 8 LA SEGURIDAD SOCIAL


1
Módulo III
Nociones de Seguridad Social
Clase 8
LA SEGURIDAD SOCIAL
Docente Dr. Alejandro Sicardi de Estrada
2
MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
Índice Clase 8 (primera parte)
1. Lineamientos Generales
2. Los Sistemas de la Seguridad Social a fines
del Siglo XX
3. Las Contingencias Sociales. Los Subsistemas de
Seguridad Social
4. Breve descripción de los subsistemas de
seguridad social y de las contingencias que cubren
3
MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
4
MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Concepto de Seguridad Social
Conjunto de regulaciones legislativas que
aseguran al individuo o a grupos sociales, un
derecho a determinadas prestaciones que cubren
riesgos derivados de contingencias sociales,
cuyas consecuencias no pueden ser afrontadas por
los propios afectados.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Los modelos de Seguridad Social
Seguros Sociales Origen Alemania. Von Bismark
(fines Siglo XIX)
  • Seguro de enfermedad (1883)
  • Seguro de accidente de trabajo (1884)

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Los modelos de Seguridad Social
Seguros Sociales - Características originarias
  • Establecidos por ley
  • Obligatorios
  • Sectorial (trabajadores industriales)
  • Financiación tripartita (enfermedad) o
    Contributiva (sólo los patrones accidentes)

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Los modelos de Seguridad Social
Seguros Sociales Integral Gran Bretaña. Plan
Beveridge (1942) Características
  • Seguro integral de alcance nacional (todos los
    riesgos todas las personas).
  • Sistematización del régimen cotizaciones
    uniformes prestaciones uniformes.
  • Financiamiento tripartito, con aportes del
    Estado de creciente importancia.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Principios de Seguridad Social
  • Solidaridad esfuerzo económico de toda la
    comunidad y posterior distribución a los miembros
    que requieren prestaciones.
  • Universalidad pretende la generalización de la
    cobertura de todas las contingencias a toda la
    población, independiente del desarrollo o no de
    una actividad económica.
  • Igualdad igual tratamiento frente a identidad
    de situaciones a todas las personas.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Lineamientos Generales
Principios de Seguridad Social
  • Subsidiariedad el Estado sólo actúa en forma
    subsidiaria.
  • Integralidad la cobertura abarca desde la
    concepción hasta el fallecimiento de la persona,
    con efecto hacia sus derecho-habientes.
  • Irrenunciabilidad por aplicación de la cláusula
    operativa constitucional, no se admite la
    renuncia de este tipo de derechos.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Social a fines del
Siglo XX
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Socia a fines del
Siglo XX
Crecimiento y Crisis
Finalización de Segunda Guerra Mundial (1945)
Década de 1970
Desfinanciamiento
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Social a fines del
Siglo XX
Crecimiento y Crisis
Soluciones para enfrentar el desfinanciamiento
  • Limitaciones referidas a los sujetos protegidos
    y a la titularidad del goce de las prestaciones

a) Incremento de los aportes

evasión
b) Aumento de salarios (para incrementar los
aportes)

desocupación
restricción de
c) Elevación de la edad jubilatoria

egreso, pero sin mayores ingresos
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Los Sistemas de Seguridad Social a fines del
Siglo XX
Crecimiento y Crisis
Soluciones para enfrentar el desfinanciamiento
  • Transformación de los regímenes y de los entes
    de gestión

a) Creación de regímenes de capitalización

crisis
financieras e inestabilidad
b) Entes privados de gestión

aumento del costo
del sistema
c) Sistemas complementarios
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las contingencias sociales. Los Subsistemas de
Seguridad Social
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las contingencias sociales.
Los Subsistemas de Seguridad
Social
Las contingencias sociales
Concepto
Eventos que provocan una necesidad económica, sea
por disminución o pérdida de los ingresos
habituales o por generación de gastos
adicionales.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las contingencias sociales.
Los Subsistemas de Seguridad
Social
Las contingencias sociales






  • Maternidad

Biológicas
  • Vejez
  • Muerte
  • Salud

Patológicas
  • Accidentes de trabajo
  • Familia

Económicas
  • Desempleo

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que cubren
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que
cubren
Sistema Único de Seguridad Social (SUSS)
1. Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones
(actual Sistema Integral Previsional Argentino
SIPA). Administrado por ANSES.
2. Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS).
Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) y
las Obras Sociales.
3. Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados (INSSJP PAMI).
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que
cubren
Sistema Único de Seguridad Social (SUSS)
4. Fondo Nacional de Empleo (FNE). Administrado
por ANSES.
5. Régimen de Asignaciones Familiares (AF).
Administrado por ANSES.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Breve descripción de los Subsistemas de
Seguridad Social y de las contingencias que
cubren
Otros Subsistemas (No forman
parte del SUSS)
6. Régimen de Riesgos de Trabajo. Administrado
por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)
con el contralor de la Superintendencia de
Riesgos del Trabajo (SRT).
7. Sistema Integrado de Prestaciones por
Desempleo (SIPRED). Administrado por el Registro
Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores
(RENATRE).
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
CONTINGENCIAS SUBSISTEMAS MARCO LEGAL







Invalidez Vejez Muerte
Régimen Nacional de Jubilaciones y Pensiones
(actual SIPA)
Ley 24.241
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados (PAMI)
Ley 19.032
Salud
Seguro Nacional de Salud Régimen Obras Sociales
Ley 23.661 Ley 23.660
Régimen de Riesgos del Trabajo
Accidentes Laborales
Ley 24.557
Fondo Nacional de Empleo (FNE)
Ley 24.013
Desempleo
Régimen Nacional de Trabajadores Rurales y
Empleadores (RENATRE)
Ley 25.191
Régimen de Asignaciones Familiares
Familia
Ley 24.714
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
El Subsistema Previsional
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
Índice Clase 8 (segunda parte)
1. Antecedentes
2. Unificación de los regímenes
3. La crisis del régimen
4. Agravamiento de la crisis
5. Creación del Sistema Integrado de Jubilaciones
y Pensiones (SIJP)
6. Creación del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA)
7. Prestaciones del SIPA
8. Regímenes especiales y diferenciales
Pensiones no contributivas
9. Regímenes provinciales y profesionales
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
Normativa de Sistemas Orgánicos de Previsión
Social
  • Primera Ley Jubilatoria Argentina. Año 1867.
    Prov. de Santa Fe. Agentes públicos del estado
    provincial.
  • Leyes jubilatorias para miembros de la Corte
    Suprema de Justicia de la Nación, jueces.
    Docentes. Empleados de la Administración Pública
    Nacional. Entre años 1877 y 1893.

Financiamiento con cargo a rentas generales.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
Normativa de Sistemas Orgánicos de Previsión
Social
  • Ley 4349. Año 1904. Crea la Caja Nacional de
    Jubilaciones y Pensiones para empleados y
    funcionarios de la Administración Pública
    Nacional, del Consejo Nacional de Educación, de
    los Bancos de la Nación e Hipotecario, de los
    Ferrocarriles del Estado y de la Justicia
    Nacional.

Financiamiento de naturaleza contributiva.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
1. Antecedentes
Normativa de Sistemas Orgánicos de Previsión
Social
  • Década de 1940. Atomización institucional en
    sintonía con las teorías asociadas al paradigma
    del Estado de bienestar social Constitución
    Nacional de 1949 derecho al bienestar.
    Periodismo (1939), Navegación (1939), Comercio
    (1944), Industria (1946), autónomos (1954).

Financiamiento mediante capitalización de
carácter colectivo.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Unificación de los regímenes
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Unificación de los regímenes
Etapa de transición
  • Ley 14.370. Año 1954. Tendencia hacia la
    unificación de los regímenes nacionales.
    Transición del sistema de capitalización
    colectivo al de reparto de solidaridad
    intergeneracional.
  • Para acceder al beneficio de jubilación se debía
    contar con un mínimo de cinco (5) años con
    aportes.
  • El monto del haber variaba en función al promedio
    de remuneraciones de los últimos doce (12) meses
    con un tope máximo del 90 de dicho promedio.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
2. Unificación de los regímenes
Etapa de transición
  • Ley 14.397. Año 1954. Régimen de Trabajadores
    Autónomos.
  • Preveía tres (3) categorías de trabajadores
    autónomos a) independientes b) empresarios c)
    profesionales.
  • Sistema de incompatibilidad conforme al cual
    quien accedía a los beneficios del Régimen
    Autónomo no podía continuar en el ejercicio de
    una actividad, ni dependiente ni autónoma.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. Las crisis del régimen
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Causas de la crisis del régimen
A finales de la década del 50 el sistema
previsional deja de generar excedentes y comienza
a acumular déficit. Entre las causas de este
fenómeno se enumeran
  • El Estado recurre a los fondos de las Cajas para
    fines ajenos a los previsionales
  • Regímenes profesionales estratificados que
    manejan con excesiva permeabilidad el acceso a
    los beneficios
  • Exceso creciente en los gastos administrativos
    por la pluralidad de organismos.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Consecuencias de las causas de la crisis
Como consecuencia de las causas antes enunciadas
se produjo
  • Un incremento del sector pasivo, que entre 1958
    a 1968 duplicó la cantidad de afiliados, mientras
    que el sector activo de la economía crecía en el
    mismo lapso un quince por ciento (15)
  • Creciente cantidad de reclamos judiciales
    tendientes a conservar la proporcionalidad entre
    los beneficios y el salario en actividad.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Reforma del Régimen Previsional Años 60
A fines de los 60 se encara una reforma del
Régimen Previsional que consolida el criterio
unificador. Dicha reforma se traduce en
  • Dictado de las Leyes 18.037 (régimen
    dependiente) y 18.038 (régimen autónomo)
  • Estas leyes establecen regímenes jubilatorios
    generales con características de sistemas
    orgánicos (Sistema Nacional de Previsión Social),
    derogando una treintena de leyes y decretos y
    unificando en tres Cajas las trece preexistentes,
    salvo los regímenes de excepción (Fuerzas Armadas
    y de Seguridad).

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Características de las leyes 18.037 y 18.038
  • Para acceder a la jubilación ordinaria se
    requería acreditar diez (10) años de servicios
    con aportes y se aumentaron las edades
    requeridas
  • Afirmaron como fundamento principal del sistema
    previsional el del compromiso intergeneracional,
    con base en la solidaridad de los activos en
    beneficio de los pasivos
  • Afirmaron el criterio sustitutivo, esto es, la
    concepción del haber jubilatorio como prestación
    relacionada con las remuneraciones percibidas.
  • Ratificaron el principio constitucional de la
    movilidad, aunque sustituyendo el 82 de la Ley
    14.499 por un sistema de reajuste anual sobre la
    base de coeficientes determinables en función de
    la variación del nivel general de remuneraciones.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
3. La crisis del régimen
Conclusiones de la reforma del Régimen
Previsional Años 60
  • La legislación antes citada logró contener
    transitoriamente la crisis del sistema
  • Pero no consiguió transformarlo de manera
    integral y estructural
  • Esto último, sumado a los cambios no advertidos
    a tiempo, preanunciaba una nueva crisis del
    sistema.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
Causas del agravamiento de la crisis
En los primeros años de la década del 80 el
sistema previsional atraviesa un agravamiento de
la crisis. Entre sus causas se enumeran
  • Crisis de carácter financiero como consecuencia
    del proceso inflacionario
  • Se profundiza así el desfinanciamiento y se
    ensancha la brecha entre salarios activos y
    haberes pasivos, desvirtuando el criterio
    sustitutivo.
  • Crisis judicial, producto de reclamos. Se
    decreta el estado de emergencia previsional
    (Decreto Nº 2196/86).

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
Paliativos ante el agravamiento de la crisis
  • Afectación de recursos tributarios del IVA por
    las contribuciones patronales
  • Sanción de impuestos complementarios de
    financiamiento o derivación al régimen de
    determinados producidos (pulsos telefónicos y
    combustibles 30 del producido de
    privatizaciones cesión por las provincias de
    fondos coparticipables).
  • Imposición de una formal aceptación por parte de
    los beneficiarios al pago en cuotas de las
    diferencias de haberes adeudados.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
4. Agravamiento de la crisis
Paliativos ante el agravamiento de la crisis
  • Instrumentación de mecanismos de renuncia al
    derecho de diferencia de haberes
  • Paralización de reclamos, juicios por diferencia
    de haberes y aun de ejecución de sentencias
  • Cancelación de obligaciones previsionales
    pendientes de cobro hasta Abril de 1991 en un
    plazo de dieciséis (16) años
  • Cancelación de créditos de jubilados y
    pensionados con el producido de la venta de
    acciones de YPF.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del Sistema Integrado de Jubilaciones
y Pensiones (SIJP)
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Fundamentos del mensaje de elevación del proyecto
de ley de creación del SIJP
  • Alto endeudamiento del régimen vigente (us 200
    millones al 04/91)
  • Bajos niveles de haberes que percibía el sector
    pasivo
  • Falta de transparencia y confiabilidad en los
    mecanismos de cálculo de haberes.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Fundamentos del mensaje de elevación del proyecto
de ley de creación del SIJP
  • Envejecimiento de la población con su secuela de
    distorsión en la relación activos - pasivos
  • Decrecimiento del empleo y tercerización de la
    economía
  • Evasión y morosidad.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Fundamentos del mensaje de elevación del proyecto
de ley de creación del SIJP
  • Falta de correlación entre aportes efectuados y
    beneficios percibidos
  • Ausencia total de garantías de que el sistema
    generara recursos suficientes para afrontar sus
    obligaciones
  • Necesidad de recurrir a fuentes alternativas de
    financiamiento.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Ley 24241 SIJP
Sistema mixto coexistencia de un régimen
previsional público, basado en el sistema de
reparto gestionado por ANSES, y un régimen de
capitalización, basado en la capitalización de
aportes y administrado por las Administradoras de
Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP), bajo
fiscalización de la Superintendencia específica.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
5. Creación del SIJP
Ley 24241 SIJP
  • Entró en vigencia a mediados de 1994.
  • Por Ley 26222 fue modificado el sistema
    (03/2007) , permitiéndose la libre opción de los
    trabajadores activos entre los regímenes de
    reparto y capitalización.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
6. Creación del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA)
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
6. Creación del SIPA
Ley 26.425. Fundamentos
  • Régimen Previsional Público basado en los
    principios de solidaridad y reparto
  • Deja sin efecto el régimen de capitalización
    que integraba el SIJP, pero sin derogar la Ley
    24.241 en su conjunto
  • A su respecto, el régimen de reparto puede
    definirse como una especie de contrato social
    intergeneracional por medio del cual los
    trabajadores activos financian las prestaciones
    de los pasivos.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA)
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Básica Universal (PBU)
  • Consiste en un cobertura uniforme para quienes
    hayan alcanzado la edad exigida por la ley (60
    mujeres, 65 hombres) y efectuado los aportes
    correspondientes durante treinta (30) años, con
    independencia de las remuneraciones o rentas
    percibidas.
  • Se otorga tanto a los afiliados que
    permanecieron en el Régimen de Reparto como en el
    Régimen de Capitalización.
  • El monto actual de la PBU asciende a 494,38.-

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Compensatoria (PC)
  • Tiene por objeto compensar los aportes
    efectuados por los servicios prestados hasta el
    30/06/94 (fecha previa a la entrada en vigencia
    del derogado Régimen de Capitalización).
  • El haber consiste en el equivalente al 1,5, por
    cada año de servicio con aportes o fracción mayor
    de 6 meses hasta un máximo de 35 años, calculado,
    en el caso de los trabajadores dependientes sobre
    el promedio mensual de las remuneraciones
    percibidas, y en el caso de los autónomos sobre
    el promedio mensual de los montos actualizados de
    las rentas de referencia de los 120 meses
    anteriores al cese.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Adicional por Permanencia (PAP)
  • Prestación destinada exclusivamente a quienes
    optaron por el Régimen Previsional Público.
  • El haber consiste en 1,5 del promedio de las
    remuneraciones del trabajador dependiente o
    rentas de referencia del afiliado autónomo por
    cada año aportado al régimen previsional público
    a partir del 01/07/94.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación Anual Complementaria (PAC)
  • Prestación consistente en el pago de dos cuotas
    en los meses de junio y diciembre de cada año,
    equivalente al 50 de la prestación mensual.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Retiro por Invalidez
  • Beneficio que se paga mensualmente a aquellas
    personas que se incapaciten física o
    intelectualmente en forma total (más del 66) por
    cualquier causa para el desempeño de cualquier
    actividad compatible con sus aptitudes
    profesionales, siempre que la incapacidad se
    hubiere producido durante la relación laboral.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Pensión por Fallecimiento
  • Es una prestación que se paga mensualmente a los
    derechohabientes (viuda/o, conviviente, hija/o
    soltero hasta 18 años de edad que no gozare de
    otro beneficio, hija/o incapacitado sin límite de
    edad).
  • El haber se calcula en función del ingreso base
    que, en este caso, equivale al promedio mensual
    de las remuneraciones y/o rentas de referencia
    hasta cinco (5) años anteriores al mes en que se
    produjo el fallecimiento.

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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
7. Prestaciones del SIPA
Prestación por edad avanzada
Es un beneficio que se paga mensualmente y por
toda la vida a aquellas personas de 70 años o más
que, habiendo trabajado como autónomos o en
relación de dependencia, no cuenten con los años
de aportes exigidos para obtener una jubilación
(PBU, PC, PAP, PAC), y estén incorporados al
SIPA.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Regímenes Especiales
Situaciones particulares plasmadas en diversos
cuerpos legislativos sobre la base de destacar la
actividad de ciertos sectores de trabajo en
consideración a la especial condición de futuros
beneficiarios.
Docentes Decreto 137/05. Investigadores,
docentes universitarios dedicación exclusiva
Decreto 160/05 Res Nº 21/09 (SSS). Poder
Judicial y Servicio Exterior Res Nº 135/07
(SSS).
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Regímenes Diferenciales
Los Regímenes Diferenciales son aquellos que
adoptan mecanismos de reducción de los requisitos
de tiempo de servicios con aporte y edad para el
acceso a la prestación jubilatoria, en razón del
desempeño de determinadas actividades que
implican un esfuerzo o desgaste excepcional que
determina un envejecimiento prematuro.
60
MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Regímenes Diferenciales
Entre otras actividades, cuentan con Regímenes
Diferenciales transporte, siderurgia, minería,
industria de la carne, industria del vidrio,
portuarios de dragado y balizamiento, pesca,
generación eléctrica, petróleo, telefonía,
construcción, etc.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Jubilación diferencial trabajadores de la
construcción. ley 26494
Fundamentos Los trabajadores de la construcción
están sometidos a condiciones que determinan su
envejecimiento prematuro Mayor esfuerzo
físico para realizar la tarea. Exposición a
inclemencias climáticas. Realización de
actividades con aire viciado o con exposición
a sustancias químicas. Imposibilidad de acceso a
la jubilación por invalidez dado que las
patologías propias de la actividad no alcanzan al
66 de incapacidad requerido por la ley. Por las
condiciones de la actividad los trabajadores de
la construcción deben rotar a empleos de otra
naturaleza, a los cuales se les restringe el
acceso por no superar los exámenes
preocupacionales.
62
MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Jubilación diferencial trabajadores de la
construcción. ley 26494
Características Se accede al beneficio de
jubilación con 55 años de edad y 25 años de
servicios con aportes, de los cuales el 80 de
los últimos 15 años deben haberse cumplido en la
actividad de la construcción. La reducción del
requisito de edad para los trabajadores
constructores varones resulta progresiva, de
acuerdo al siguiente esquema
Año Edad
2009 60 años
2010 57 años
2011 56 años
2012 y siguientes 55 años
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Jubilación diferencial trabajadores de la
construcción. ley 26494
Características Este Régimen Diferencial se
autofinancia mediante una contribución adicional
a cargo de los empleadores, según el siguiente
detalle
Año Edad
2009 2
2010 3
2011 4
2012 y siguientes 5
A partir de 2010 los trabajadores varones que
alcancen la edad requerida y estén en condiciones
de jubilarse, podrán continuar en la actividad
hasta los 60 años, debiendo ingresar a su cargo
la contribución adicional.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Prestaciones NO contributivas Concepto
Son aquellas para cuyo otorgamiento no se exige
cotización alguna, se encuentran a cargo del
Estado y son solventadas con rentas generales de
la Nación.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
8. Regímenes Especiales y Diferenciales
Pensiones no contributivas
Prestaciones NO contributivas Fundamento
Su otorgamiento responde al reconocimiento a
determinadas personas que hubieren efectuado
servicios importantes al país o lo hubieren
prestigiado a través del desarrollo de
actividades científicas, artísticas o deportivas
o directamente al deber del Estado de proveer
protección y asistencia a las personas.
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
Introducción
El régimen dado por la Constitución Nacional a la
Seguridad Social en general hace que sea de
competencia federal la legislación que sobre
aquella se dicte.
Por tal causa las atribuciones provinciales para
legislar sobre la materia han quedado
restringidas a las relaciones trabadas dentro de
sus límites y en ejercicio de facultades propias
(empleados públicos y profesionales CN art. 125).
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MODULO III - CLASE 8 La Seguridad Social
9. Regímenes Provinciales y Profesionales
Análisis General
En 1993 se suscribió entre el Estado Nacional y
las Provincias el denominado Pacto Federal para
el Empleo, la Producción y el Crecimiento por el
que se estableció la transferencia al SIJP de los
sistemas provinciales de previsión (con exclusión
de los profesionales) para aquellas
jurisdicciones que adhirieran al mismo.
En función de ello 10 Provincias adoptaron el
SIJP, mientras otras 13 no lo hicieron.
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9. Regímenes Provinciales y Profesionales
Procedencia de Regímenes Profesionales
El art. 125 CN (pueden conservar) plantea
dudas sobre la naturaleza originaria reservada a
las provincias de crear y conservar regímenes
previsionales propios.
Actualmente se registran 60 cajas profesionales,
distribuidas en 15 jurisdicciones que cuentan
con 600.000 afiliados y 55.000 jubilados, con una
recaudación de 1.000 millones anuales.
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Muchas Gracias
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