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r gimen disciplinario de los servidores p blicos ley 734 de 2002 santiago trujillo echeverry docente -esap-4 - revocatoria a solitud del sancionado: 4.1. – PowerPoint PPT presentation

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1
RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS LEY 734 DE 2002 SANTIAGO TRUJILLO
ECHEVERRY DOCENTE -ESAP-
2
  • FORTALEZAS DE LA LEY
  • ESTA ENRIQUECIDO CON LA ESPERIENCIA ACUMULADA DE
    SIETE AÑOS DE LA LEY 200-95
  • ENRIQUECIDA POR JURISPRUDENCIAS DE LA CC QUE CON
    SUS PROFUNDAS REFLEXIONES CONFIRMO ALGUNAS DE SUS
    NORMAS, Y OTRAS VECES SACO DEL ORDENAMIENTO
    JURIDICO LAS QUE A SU JUICIO IBAN EN CONTRAVIA
    DEL MANDATO CONSTITUCIONAL
  • SE ELEVAN SIGNIFICATIVAMENTE LAS SANCIONES TANTO
    PRINCIPALES COMO ACCESORIAS

3
  • SE DISMINUYEN LOS TERMINOS PARA LA MAYORIA DE
    LAS ACTUACIONES
  • SE AMPLIA EL PLAZO QUE TIENE EL ESTADO PARA
    INVESTIGAR E IMPONER LA SANCION
  • NOTORIAMENTE SE AMPLIA EL NUMERO DE FALTAS
    GRAVISIMAS, SE PRIVILEGIA LABORALIDAD EN BUENA
    PARTE DE LOS DISCIPLINARIOS QUE ADELANTEN LAS
    OFICINAS DE C.I.D., ADEMAS SE INCLUYEN COMO
    DESTINATARIOS LOS PARTCULARS QUE EJERCEN
    FUNCIONES ADMINISTRATIVAS

4
  • SOMOS CONCIENTES QUE, SOLAMENTE CON NORMAS, NO
    ES COMO SE CORRIGEN Y DISCIPLINAN LAS CONDUCTAS
    DE QUIENES ESTAMOS AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD.
    MAS BIEN ESTAMOS CONVENCIDOS DE QUE SOLO CON EL
    COMPROMISO DE RESPETAR LOS CONVENIOS, ES DECIR EL
    ORDENAMIENTO QUE NOS RIGE DESDE LA CONSTITUCION
    POLITICA HASTA EL MANUAL DE FUNCIONES PASANDO POR
    LA APLICACON DE LA URBANIDAD Y LA DECENCIA EN EL
    TRATAMIENTO DE LOS ASUNTOS Y RECURSOS PUBLICOS.

5
PRINCIPIOS RECTORES 1 TITULARIDAD DE LA
POTESTAD DISCIPLINARIA EL ESTADO 2
TITULARIDAD DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA 2.1.
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN PODER
PREFERENTE 2.2. PERSONERÍAS DISTRITALES Y
MUNICIPALES 2.3. OFICINAS DE CONTROL INTERNO
DISCIPLINARIO 2.4. FUNCIONARIOS CON POTESTAD
DISCIPLINARIA 2.5. CONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURA FUNCIONARIOS JUDICIALES 3
LEGALIDAD COMPORTAMIENTOS CONSIDERADOS COMO
FALTAS (Tanto para empleados públicos como
privados). 4 ILICITUD SUSTANCIAL FALTA
ANTIJURÍDICA CUANDO AFECTE EL DEBER FUNCIONAL SIN
JUSTIFICACIÓN 5 DEBIDO PROCESO CUMPLIMIENTO
FORMAL Y MATERIAL DEL PROCESO
6
6 NORMAS PROCESALES CUMPLIMIENTO INMEDIATO 7
RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA TRATADO CON
EL DEBIDO RESPETO 8 PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
DUDA RAZONABLE SE RESOLVERÁ A FAVOR DEL
INVESTIGADO 9 GRATUIDAD ninguna actuación
genera erogación 10 EJECUTORIEDAD Quien reciba
fallo ejecutoriado no podrá ser sometido a nueva
investigación por lo mismo. 11 CELERIDAD 12
CULPABILIDAD SANCIONADOS A TÍTULO DE DOLO O DE
CULPA UNICAMENTE. 13 - FAVORABILIDAD LEY
PERMISIVA O FAVORABLE se aplicara de preferencia
a la restrictiva o desfavorable. 14 IGUALDAD
7
15 DERECHO A LA DEFENSA durante la actuación
disciplinaria el servidor publico tiene derecho a
la defensa material y asignación abogado. 16
PROPORCIONALIDAD SANCIÓN DEBE CORRESPONDER A LA
GRAVEDAD DE LA FALTA APLICACIÓN DE CRITERIOS
LEGALES 17 MOTIVACIÓN Toda decisión de fondo
debe motivarse 18 APLICACIÓN DE PRINCIPIOS E
INTEGRACIÓN NORMATIVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
TRATADOS INTERNACIONALES EN DERECHOS HUMANOS Y
OIT CÓDIGOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROCEDIMIENTO PENAL Y PROCEDIMIENTO CIVIL, NO
CONTRARIOS A LO DISCIPLINARIO
8
LEY DISCIPLINARIA 1 FALTA DISCIPLINARIA 1.1.
INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 1.2. EXTRALIMITACIÓN EN
EJERCICIO DE DERECHOS Y FUNCIONES 1.3. INCURRIR
EN PROHIBICIONES 1.4. VIOLACIÓN DEL RÉGIMEN DE
INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE
INTERESES 1.5. ninguna de las anteriores se
puede cometer sin estar amparado por cualquiera
de las causales de exclusión de RESPONSABILIDAD
amparada en el articulo 28 de Ley 734.
9
2 DESTINATARIOS DE LA LEY DISCIPLINARIA 2.1.
SERVIDORES PÚBLICOS, AÚN RETIRADOS 2.2.PARTICULARE
S 2.2.1. CUMPLAN LABOR DE INTERVENTORÍA 2.2.2.
EJERZAN FUNCIONES PÚBLICAS 2.2.3. PRESTEN
SERVICIOS PÚBLICOS A CARGO DEL ESTADO ART. 366 C.
P. 2.2.4. ADMINISTREN RECURSOS DEL ESTADO,
EXCEPTO LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA MIXTA (RÉGIMEN
PRIVADO) 2.3. INDÍGENAS QUE ADMINISTREN RECURSOS
DEL ESTADO 2.4. GERENTES COOPERATIVAS,
FUNDACIONES, CORPORACIONES Y ASOCIACIONES QUE SE
CREEN Y ORGANICEN POR EL ESTADO O CON SU
PARTICIPACIÓN MAYORITARIA
10
3 EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD 3.1. FUERZA
MAYOR O CASO FORTUITO 3.2. ESTRICTO CUMPLIMIENTO
DE UN DEBER CONSTITUCIONAL O LEGAL DE MAYOR
IMPORTANCIA QUE EL SACRIFICADO 3.3. EN
CUMPLIMIENTO DE UNA ORDEN LEGÍTIMA DE AUTORIDAD
COMPETENTE EMITIDA CON LAS FORMALIDADES
PLENAS 3.4. SALVAR UN DERECHO PROPIO O AJENO AL
CUAL DEBA CEDER EL CUMPLIMIENTO DEL DEBER 3.5.
POR INSUPERABLE COACCIÓN AJENA O MIEDO
INSUPERABLE 3.6. CON LA CONVICCIÓN ERRADA E
INVENCIBLE QUE SU CONDUCTA NO CONSTITUYE FALTA
DISCIPLINARIA 3.7. EN SITUACIÓN DE
INIMPUTABILIDAD
11
EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA 1
CAUSALES 1.1 MUERTE DEL DISCIPLINADO 1.2
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA 2
TÉRMINOS DE PRESCRIPCIÓN 2.1 - CINCO (5)
AÑOS 2.2. - DOCE (12) AÑOS FALTAS ESTABLECIDAS EN
EL ART. 48 NUM. 4, 5, 6, 7, 8, 9 Y 10 3
RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN INVESTIGACIÓN SE
PROSIGUE HASTA POR UN TÉRMINO DE DOS (2) AÑOS A
PARTIR DE PRESENTACIÓN PERSONAL DE SOLICITUD 4
PRESCRIPCIÓN SANCIÓN DISCIPLINARIA CINCO (5)
AÑOS A PARTIR DE LA EJECUTORIA DEL FALLO
12
DERECHOS ART. 33 (10) DEBERES ART. 34
(40) PROHIBICIONES ART. 35 (35) INHABILIDADES
ART. 36 Y S.S. CIRCUNSTANCIA CREADA POR LA
CONSTITUCIÓN O LA LEY QUE IMPIDEN O IMPOSIBILITAN
QUE UNA PERSONA SEA ELEGIDA O DESIGNADA PARA UN
CARGO PÚBLICO Y, EN ALGUNOS CASOS IMPIDEN QUE LA
PERSONA QUE YA VIENE VINCULADA AL SERVICIO
PÚBLICO CONTINÚE EN EL Y TIENE COMO OBJETO
PRIMORDIAL LA MORALIZACIÓN, IDONEIDAD, PROBIDAD,
IMPARCIALIDAD Y EFICACIA DE QUIENES VAN A
INGRESAR O YA ESTÁN DESEMPEÑANDO EMPLEOS
PÚBLICOS (C 558/94)
13
  • FALTAS Y SANCIONES
  • CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
  • 2.1.GRAVÍSIMAS
  • 2.2. GRAVES
  • 2.3. LEVES
  • 2. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD O
    LEVEDAD
  • 2.1. GRADO DE CULPABILIDAD
  • 2.2. NATURALEZA ESENCIAL DEL SERVICIO
  • 2.3. GRADO DE PERTURBACIÓN DEL SERVICIO
  • 2.4. JERARQUÍA Y MANDO QUE EL SERVIDOR PÚBLICO
    TENGA
  • 2.5. TRASCENDENCIA SOCIAL DE LA FALTA O PERJUICIO
    CAUSADO
  • 2.6. MODALIDADES Y CIRCUNSTANCIAS EN QUE SE
    COMETIÓ LA FALTA
  • 2.6. MOTIVOS DETERMINANTES
  • 2.7. CON INTERVENCIÓN DE OTRAS PERSONAS
    PARTICULARES O NO

14
3. CLASIFICACIÓN Y LÍMITE DE SANCIONES 3.1.DESTI
TUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL FALTAS GRAVÍSIMAS
DOLOSAS O REALIZADAS CON CULPA GRAVÍSIMA 3.2.
SUSPENSIÓN EN EL EJERCICIO DEL CARGO E
INHABILIDAD ESPECIAL FALTAS GRAVES DOLOSAS O
GRAVÍSIMAS CULPOSAS 3.3. SUSPENSIÓN FALTAS
GRAVES CULPOSAS 3.4. MULTA FALTAS LEVES
DOLOSAS 3.5. AMONESTACIÓN ESCRITA FALTAS LEVES
CULPOSAS CULPA GRAVÍSIMA IGNORANCIA SUPINA
DESATENCIÓN ELEMENTAL O VIOLACIÓN MANIFIESTA DE
REGLAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO CULPA GRAVE
INOBSERVANCIA DEL CUIDADO NECESARIO
15
4. DEFINICIÓN DE SANCIONES 4.1. DESTITUCIÓN E
INHABILIDAD GENERAL 4.1.1. TERMINACIÓN DE LA
RELACIÓN LABORAL 4.1.2.EXCLUSIÓN DEL ESCALAFÓN O
DE CARRERA 4.1.3. IMPOSIBILIDAD DE EJERCER
FUNCIÓN PÚBLICA EN CUALQUIER CARGO DURANTE EL
TIEMPO QUE DURE LA INHABILIDAD 4.2.
SUSPENSIÓN 4.2.1. SEPARACIÓN TEMPORAL DEL
CARGO 4.2.2. SI SE IMPONE INHABILIDAD ESPECIAL,
PROHIBICIÓN DE EJERCER FUNCIÓN PÚBLICA POR EL
TIEMPO SEÑALADO 4.3. MULTA SANCIÓN DE CARÁCTER
PECUNIARIO 4.4. AMONESTACIÓN ESCRITA LLAMADO DE
ATENCIÓN FORMAL, POR ESCRITO, DEBE REGISTARSE EN
LA HOJA DE VIDA
16
5. LÍMITE DE LAS SANCIONES 5.1. INHABILIDAD
GENERAL DIEZ (10)A VEINTE (20) AÑOS SI SE
AFECTA PATRIMONIO ECONÓMICO DEL ESTADO. SERÁ
PERMANENTE 5.2. INHABILIDAD ESPECIAL TREINTA
(30) DÍAS A DOCE (12) MESES 5.3. SUSPENSIÓN UN
(1) MES A DOCE (12) MESES DISCIPLINADO RETIRADO
DEL SERVICIO, SE CONVERTIRÁ EN SALARIOS SEGÚN EL
MONTO DE LO DEVENGADO AL MOMENTO DE LOS HECHOS,
SIN PERJUICIO DE LA INHABILIDAD ESPECIAL 5.4.
MULTA DIEZ (10) A CIENTO OCHENTA (180) DÍAS DEL
SALARIO BÁSICO DEVENGADO AL MOMENTO DE COMETER LA
FALTA 6. CRITERIO PARA GRADUACIÓN CUANTÍA MULTA
Y TÉRMINO DE DURACIÓN DE LA INHABILIDAD ART. 47
..(15)
17
  • DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
  • FALTAS GRAVÍSIMAS ART. 48 (63)
  • - DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO,
  • - CONTRACTUAL
  • - PRESUPUESTAL
  • - DE DERECHOS HUMANOS
  • 2 CAUSALES DE MALA CONDUCTA
  • FALTAS GRAVÍSIMAS COMETIDAS POR
  • 2.1. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
  • 2.2. MAGISTRADOS ALTAS CORTES
  • 2.3. FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN

18
  • RÉGIMEN DE LOS PARTICULARES
  • COMPRENDE
  • 1.1. SUJETOS DISCIPLINABLES
  • 1.2. INHABILIDADES
  • 1.3. IMPEDIMENTOS
  • 1.4. INCOMPATIBILIDADES
  • 1.5. CONFLICTO DE INTERESES
  • 1.6. FALTAS IMPUTABLES

19
2. SUJETOS DISCIPLINABLES 2.1. CUMPLAN LABORES
DE INTERVENTORÍA 2.2. EJERZAN FUNCIONES
PÚBLICAS 2.3. PRESTEN SERVICIOS PÚBLICOS A CARGO
DEL ESTADO CONTEMPLADOS EN EL ART. 366 C. P. 2.4.
ADMINISTREN RECURSOS DEL ESTADO, EXCEPTO EMPRESAS
DE ECONOMÍA MIXTA QUE SE RIJAN POR EL REGIMEN
PRIVADO 3 FALTAS GRAVÍSIMAS ART. 55 4
SANCIONES 4.1.MULTA DE DIEZ (10) A CIEN (100)
SMLMV 4.2. INHABILIDAD DE UNO (1) A VEINTE (20)
AÑOS
20
RÉGIMEN DE NOTARIOS EL MISMO DE LOS
PARTICULARES 1 ÓRGANO COMPETENTE
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y
REGISTRO PROCURADURÍA PODER PREFERENTE 2
SANCIONES 2.1. DESTITUCIÓN FALTAS GRAVÍSIMAS
CON DOLO O CULPA 2.2. SUSPENSIÓN FALTAS
GRAVES 2.3. MULTA FALTAS LEVES DOLOSAS DE DIEZ
(10) A CIENTO OCHENTA (180) DÍAS SALARIO BÁSICO
MENSUAL
21
LA ACCIÓN DISCIPLINARIA 1 NATURALEZA PÚBLICA 2
EJERCICIO 2.1. PROCURADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN 2.2. CONSEJOS SUPERIOR Y SECCIONALES DE LA
JUDICATURA 2.3. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y
REGISTRO 2.4. PERSONEROS DISTRITALES Y
MUNICIPALES 2.5. OFICINAS DE CONTROL INTERNO
DISCIPLINARIO 2.6. NOMINADORES Y SUPERIORES
JERÁRQUICOS INMEDIATOS SEGÚN LA LEY 3 SE
ADELANTE DE OFICIO O POR QUEJA ANÓMIMOS SEGÚN
ART. 38 LEY 190/95 Y 27 LEY 24/92
22
4 OBLIGATORIEDAD PARA FUNCIONARIO PÚBLICO
INICIARLA O PONER EN CONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD
COMPETENTE 5 EXONERACIÓN DEL DEBER DE FORMULAR
QUEJA 5.1. CONTRA SÍ MISMO 5.2. CONTRA CÓNYUGE,
COMPAÑERO (A) PERMANENTE 5.3. PARIENTE DENTRO DEL
CUARTO GRADO DE CONSANGUINIDAD, SEGUNDO DE
AFINIDAD O PRIMERO CIVIL 5.4. HECHOS CONOCIDOS
PERO QUE LAS ACTIVIDADES LE IMPONGAN LEGALMENTE
EL SECRETO PROFESIONAL
23
6 TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO 6.1.
HECHO ATRIBUIDO NO EXISTIÓ 6.2. CONDUCTA NO
PREVISTA COMO FALTA DISCIPLINARIA 6.3.
INVESTIGADO NO LA COMETIÓ 6.4. EXISTE CAUSAL DE
EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD 6.5. LA ACTUACIÓN NO
PODÍA INICIARSE O PROSEGUIRSE SE DECLARA EN
DECISIÓN MOTIVADA Y SE ORDENA ARCHIVO DEFINITIVO
24
SUJETOS PROCESALES 1 QUIENES SON 1.1.INVESTIGAD
O Y DEFENSOR 1.2. MINISTERIO PÚBLICO SI ES ANTE
EL CONSEJO SUPERIOR O SECCIONAL DE LA JUDICATURA
O CONGRESO DE LA REPÚBLICA O CUANDO EJERZA LA
SUPERVIGILANCIA ADMINISTRATIVA 2
FACULTADES 2.1. SOLICITAR, APORTAR Y
CONTROVERTIR PRUEBAS 2.2. INTERPONER RECURSOS DE
LEY 2.3.PRESENTAR SOLICITUDES 2.4. OBTENER COPIAS
DE LA ACTUACIÓN, EXCEPTO LO DE LEY
25
3 CALIDAD DE INVESTIGADO APERTURA DE
INVESTIGACIÓN O SE ORDENE SU VINCULACIÓN
NOTIFICACIÓN PERSONAL 4 DERECHOS DEL
INVESTIGADO 4.1. ACCEDER A LA INVESTIGACIÓN
4.2. DESIGNAR APODERADO 4.3. SER OÍDO EN VERSIÓN
LIBRE 4.4. SOLICITAR, APORTAR Y CONTROVERTIR
PRUEBAS 4.5. RENDIR DESCARGOS 4.6. IMPUGNAR Y
SUSTENTAR DECISIONES 4.7. OBTENER COPIAS DE LA
ACTUACIÓN 4.8. PRESENTAR ALEGATOS DE CONCLUSIÓN
26
LA ACTUACIÓN PROCESAL 1 RESERVA HASTA CUANDO
SE FORMULE PLIEGO DE CARGOS O SE ORDENE EL
ARCHIVO DEFINITIVO 2 REQUISITOS FORMALES
IDIOMA CASTELLANO, POR DUPLICADO, EN EL MEDIO MAS
IDÓNEO 3 MOTIVACIÓN TODAS LAS DECISIONES DEBEN
MOTIVARSE TÉRMINO DE DIEZ(10) DÍAS 4 .
NOTIFICACIONES 4.1. PERSONAL 4.2. POR
ESTADO 4.3. EN ESTRADOS 4.4. POR EDICTO 4.5. POR
CONDUCTA CONCLUYENTE
27
NOTIFICACIÓN PERSONAL 1 APERTURA DE INDAGACIÓN
PRELIMINAR 2 APERTURA DE INVESTIGACIÓN
DISCIPLINARIA 3 PLIEGO DE CARGOS 4 - FALLO
28
NOTIFICACIÓN POR ESTADO S/N C. DE P.
C. NOTIFICACIONES EN ESTRADO DECISIONES TOMADAS
EN AUDIENCIA PÚBLICA O EN DILIGENCIA DE CARÁCTER
VERBAL. SUJETOS PROCESALES DEBEN PRONUNCIARSE
INMEDIATAMENTE NOTIFICACIÓN POR EDICTO
DECISIONES QUE NO SE NOTIFICARON
PERSONALMENTE. SE ENVÍA CITACIÓN AL
DISCIPLINADO TRANSCURRIDOS OCHO (8) DÍAS Y NO SE
PRESENTA SE FIJA POR UN TÉRMINO DE TRES (3)
DÍAS NOTIFICACIÓN POR CONDUCTA CONCLUYENTE SIN
NOTIFICACIÓN DISCIPLINADO NO RECLAMA Y ACTÚA EN
DILIGENCIAS POSTERIORES
29
RECURSOS REPOSICIÓN HASTA 3 DIAS
HABILES DE LA DECISION APELACIÓN
QUEJA PROCEDE
CONTRA DECISION QUE RECHAZA
RECURSO
APELACION
30
REPOSICIÓN 1. DECISIÓN QUE DECLARE NULIDAD 2.
NEGACIÓN DE LA SOLICITUD DE COPIAS 3. NEGACIÓN DE
LA SOLICITUD DE PRUEBAS 4. FALLO DE ÚNICA
INSTANCIA OPORTUNIDAD PARA INTERPONER DESDE LA
FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA DECISIÓN HASTA EL
VENCIMIENTO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES A LA
ÚLTIMA NOTIFICACIÓN SUSTENTACIÓN POR ESCRITO
ANTE FUNCIONARIO QUE PROFIRIÓ DECISIÓN
31
APELACIÓN 1. NIEGA PRUEBAS SOLICITADAS EN
DESCARGOS 2. ORDENA ARCHIVO 3. FALLO DE PRIMERA
INSTANCIA SE CONCEDE EN EFECTO SUSPENSIVO
ORDENA ARCHIVO FALLO DE PRIMERA INSTANCIA EFECTO
DIFERIDO AUTO QUE NIEGA TOTALMENTE LA PRÁCTICA
DE PRUEBAS EFECTO DEVOLUTIVO NIEGA
PARCIALMENTE PRACTICA DE PRUEBAS
32
QUEJA CONTRA DECISIÓN QUE NIEGA RECURSO DE
APELACIÓN EJECUTORIA DE LAS DECISIONES 1. TRES
(3) DÍAS DESPUÉS DE LA ÚLTIMA NOTIFICACIÓN 2.
DECISIONES DICTADAS EN AUDIENCIA O DILIGENCIA
AL FINALIZAR LA MISMA, SI NO SON IMPUGNADAS 3.
DECISIONES QUE RESUELVEN RECURSOS DE APELACIÓN Y
QUEJA O CONTRA LAS CUALES NO PROCEDE RECURSO EL
MISMO DÍA DE SER SUSCRITAS
33
REVOCATORIA DIRECTA 1 PROCEDENCIA 1.1. DE
OFICIO 1.2. A SOLICITUD DE PARTE 2
QUIENES 2.1. PROCURADOR GENERAL DE LA
NACIÓN 2.2. POR QUIEN LO DICTÓ 3 CAUSALES 3.1.
INFRINJAN MANIFIESTAMENTE NORMAS
CONSTITUCIONALES, LEGALES O REGLAMENTARIAS 3.2.
VULNEREN O AMENACEN VULNERAR DERECHOS
FUNDAMENTALES
34
4 - REVOCATORIA A SOLITUD DEL SANCIONADO 4.1.
REVOCATORIA TOTAL O PARCIAL DEL FALLO 4.2.
SIEMPRE Y CUANDO NO HUBIERE INTERPUESTO LOS
RECURSOS ORDINARIOS 4.3. ANTES QUE EL
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PROFIERA SENTENCIA
DEFINITIVA 4.4. DEBE SER DECIDIDA DENTRO DE LOS
TRES (3) MESES SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN
35
PRUEBAS 1 NECESIDAD TODA DECISIÓN DEBE
FUNDARSE EN PRUEBAS LEGALMENTE PRODUCIDAS Y
APORTADAS AL PROCESO POR PETICIÓN DE SUJETO
PROCESAL O DE OFICIO 2 CARGA LE CORRESPONDE AL
ESTADO 3 MEDIOS DE PRUEBA 3.1. CONFESIÓN 3.2.
TESTIMONIO 3.3. INSPECCIÓN O VISITA ESPECIAL 3.4.
DOCUMENTOS
36
4 - OPORTUNIDAD PARA CONTROVERTIR LA PRUEBA A
PARTIR DEL MOMENTO EN QUE SE TENGA ACCESO A LA
INVESTIGACIÓN 5 INEXISTENCIA DE LA
PRUEBA 5.1. PRACTICADA SIN EL LLENO DE LAS
FORMALIDADES 5.2. CON DESCONOCIMIENTO DE LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES DEL INVESTIGADO 6
PRUEBA PARA SANCIONAR QUE OBRE EN EL PROCESO Y
CONDUZCA A LA CERTEZA SOBRE LA EXISTENCIA DE LA
FALTA Y LA RESPONSABILIDAD DEL INVESTIGADO
37
NULIDADES 1 CAUSALES 1.1. FALTA DE
COMPETENCIA PARA PROFERIR FALLO 1.2. VIOLACIÓN
DEL DERECHO DE DEFENSA 1.3. EXISTENCIA DE
IRREGULARIDADES SUSTANCIALES QUE AFECTEN EL
DEBIDO PROCESO 2. DECLARATORIA DE OFICIO O A
SOLICITUD DEL INTERESADO ANTES DEL FALLO
DEFINITIVO
38
  • PROCEDIMIENTO ORDINARIO
  • INDAGACIÓN PRELIMINAR
  • INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA
  • FALLO

39
  • INDAGACIÓN PRELIMINAR
  • PROCEDENCIA
  • 1.1. VERIFICAR LA OCURRENCIA DE LA CONDUCTA
  • 1.2. DETERMINAR SI ES CONSTITUTIVA DE FALTA
    DISCIPLINARIA
  • 1.3. IDENTIFICAR AL AUTOR
  • 1.4. DETERMINAR SI SE OBRÓ AL AMPARO DE CAUSAL DE
    EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
  • 2. TÉRMINO
  • SEIS (6) MESES

40
3. DECISIÓN 3.1. AUTO DE APERTURA DE
INVESTIGACIÓN 3.2. ARCHIVO DEFINITIVO 4.
HECHOS 4.1. HECHOS CONTEMPLADOS EN LA DENUNCIA,
QUEJA O INICIACIÓN OFICIOSA 4.2 HECHOS CONEXOS
41
  • INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA
  • PROCEDENCIA
  • IDENTIFICACIÓN DEL POSIBLE AUTOR O AUTORES
  • 2. FINALIDAD
  • 2.1. VERIFICAR LA OCURRENCIA DEL HECHO
  • 2.2. DETERMINAR SI ES CONSTITUTIVA DE FALTA
  • 2.3. ESCLARECER LOS MOTIVOS Y CIRCUNSTANCIAS DE
    TIEMPO, MODO Y LUGAR
  • 2.4.DETERMINAR EL PERJUICIO CAUSADO A LA ADMON
    PÚBLICA
  • 2.5. ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD DISCIPLIANRIA
    DEL INVESTIGADO

42
3. CONTENIDO DEL AUTO 3.1. IDENTIDAD DEL POSIBLE
AUTOR O AUTORES 3.2. RELACIÓN DE PRUEBAS 3.3.
ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS, CERTIFICACIÓN
LABORAL, CONSTANCIA DEL SUELDO, ÚLTIMA DIRECCIÓN
CONOCIDA 3.4. ORDEN DE COMUNICAR LA DECISIÓN 3.
NOTIFICACIÓN PERSONAL 4. TÉRMINO 4.1.SEIS (6)
MESES 4.2. NUMERALES 5,6,7,8,9,10 Y 11 ART. 48
DOCE (12) MESES
43
5. SUSPENSIÓN PROVISIONAL 5.1. FALTAS GRAVÍSIMAS
O GRAVES 5.2. DECISIÓN MOTIVADA 5.3. POSIBLE
INTERFERENCIA DEL AUTOR DE LA FALTA EN EL TRÁMITE
DE LA INVESTIGACIÓN PUEDE CONTINUAR COMETIENDO
LA FALTA O LA REITERA 5.4. TRES (3) MESES
PRORROGABLES TÉRMINO IGUAL 5.5. PROFERIDO FALLO
DE 1a O ÚNICA INSTANCIA PRÓRROGA POR TRES (3)
MESES 5.6. AUTO ES RESPONSABILIDAD PERSONAL DE
QUIEN LO DICTA 5.7. CONSULTADO 5.8. CUMPLIMIENTO
INMEDIATO
44
5.9 REINTEGRO 5.9.1. FALLO ABSOLUTORIO 5.9.2.
DECISIÓN DE ARCHIVO 5.9.3. TERMINACIÓN DEL
PROCESO 5.9.4. EXPIRE TÉRMINO DE SUSPENSIÓN SIN
FALLO 5.9.4. RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA
REMUNERACIÓN DEJADA DE PERCIBIR
45
  • EVALUACIÓN INVESTIGACIÓN
  • DECISIÓN DE CARGOS
  • 1.1. FALTA DEMOSTRADA OBJETIVAMENTE
  • 1.2. EXISTE PRUEBA QUE COMPROMETE INVESTIGADO

46
2. CONTENIDO 2.1. DESCRIPCIÓN Y DETERMINACIÓN DE
LA CONDUCTA INVESTIGADA TIEMPO, MODO Y
LUGAR 2.2.NORMAS PRESUNTAMENTE VIOLADAS Y
CONCEPTO DE VIOLACIÓN 2.3. IDENTIFICACIÓN DE
AUTOR O AUTORES 2.4. DENOMINACIÓN DEL CARGO O
FUNCIÓN DESMPEÑADA AL MOMENTO DE COMETER
FALTA 2.5. ANÁLISIS DE LAS PRUEBAS QUE
SUSTENTAN 2.6. MOTIVOS PARA DETERMNAR LA GRAVEDAD
O LEVEDAD DE LA FALTA 2.7. CULPABILIDAD 2.8
ANÁLISIS ARGUMENTOS DE SUJETOS PROCESALES
47
3. NOTIFICACIÓN 3.1. PERSONAL 3.2. EDICTO 4.
EFECTOS 3.2. NO SE PRESENTA DEFENSOR DE
OFICIO 3.3. SE NOTIFICA PERO NO PRESENTA
DESCARGOS SE CONTINUA PROCESO SIN PROBLEMA 5.
DESCARGOS 5.1.DIEZ (10) DÍAS A PARTIR DE
NOTIFICACIÓN 5.2. SE PUEDE APORTAR O PEDIR
PRUEBAS 6. TÉRMINO PROBATORIO NOVENTA (90) DÍAS
48
  • FALLO
  • TÉRMINO
  • VEINTE (20) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL
  • PERÍODO PROBATORIO
  • 2. CONTENIDO
  • 2.1. IDENTIFICACIÓN DEL DISCIPLINADO
  • 2.2. RESUMEN DE LOS HECHOS
  • 2.3. ESTUDIO DE PRUEBAS
  • 2.4. ANÁLISIS Y VALORACIÓN JURÍDICA DE CARGOS,
  • DESCARGOS Y ALEGACIONES PRESENTADAS
  • 2.5. CALIFICACIÓN DE LA FALTA
  • 2.6. ANÁLISIS CULPABILIDAD
  • 2.7. RAZONES DE LA DESICIÓN
  • 2.8. CRITERIOS PARA LA GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN

49
SEGUNDA INSTANCIA 1. RESUELVE 1.1 APELACIÓN
DE LOS SANCIONADOS 1.2. APELACIÓN QUEJOSO EN CASO
DE ABSOLUCIÓN 2. TÉRMINO CUARENTA Y CINCO (45)
DÍAS 3. COMPETENCIA SUPERIOR INMEDIATO 4.
ASUNTO ASPECTOS IMPUGNADOS Y LOS QUE RESULTEN
INESCINDIBLEMENTE VINCULADOS AL OBJETO DE LA
APELACIÓN
50
PROCESO VERBAL 1 APLICACIÓN 1.1. SORPENDIDO
EN EL MOMENTO DE LA FALTA 1.2. CON ELEMENTOS,
EFECTOS O INSTRUMENTOS PROVENIENTES DE LA
CONDUCTA 1.3. CONFESIÓN 1.4. FALTAS LEVES 1.5.
FALTAS GRAVÍSIMAS CONSAGRADAS EN LOS ART.48 NUM.
2, 4, 7, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 32, 33, 35, 36,
39, 46, 47, 48, 52, 54, 55, 56, 57, 58, 59 Y 62
51
2 COMPETENCIA 2.1. OFICINA CONTROL INTERNO
DISCIPLINARIO 2.2. PROCURADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN 2.3. PERSONERÍAS DISTRITALES Y
MUNICIPALES 3 PROCEDIMIENTO 3.1. AUDIENCIA
PARA RENDIR VERSIÓN SOBRE LOS HECHOS 3.2 .
PRACTICA DE PRUEBAS, TRES (3) O CINCO (5)
DÍAS 3.3. AUDIENCIA PARA FALLO VERBAL Y
MOTIVADO 3.4. NOTIFICADO EN ESTRADOS Y
EJECUTORIADA SI NO SE RECURRE 3.5. RECURSOS EN LA
MISMA AUDIENCIA Y SUSTENTAR DOS (2) DÍAS
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