DERECHO Y LEGISLACION AMBIENTAL II - PowerPoint PPT Presentation

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DERECHO Y LEGISLACION AMBIENTAL II

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Title: DERECHO Y LEGISLACION AMBIENTAL II


1
LEGISLACION
AMBIENTAL
2
CONSTITUCION POLITICA Y AMBIENTE
3
Artículo 2.- Toda persona tiene derecho1. A
la vida, a su identidad, a su integridad
moral ...2. A la igualdad ante la ley ...3. A
la libertad de conciencia y de religión ... 22.
A la paz, a la tranquilidad, al disfrute de su
tiempo libre y al descanso, así como gozar de un
ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de
su vida. ...///
4
...///  Artículo 66º.- Los recursos naturales
renovables y no renovables, son patrimonio de la
Nación. El Estado es soberano en su
aprovechamiento.Por Ley se fijan las condiciones
de su utilización y de su otorgamiento a
particulares. La concesión otorga a su titular un
derecho real.Artículo 67º.- El Estado determina
la política nacional del ambiente. Promueve el
uso sostenible de sus recursos naturales.Artícul
o 68º.- El Estado está obligado a promover la
conservación de la diversidad biológica y de las
áreas naturales protegidas.
...///
5
CONVENIOS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL
6
CONVENIO CITES Sobre comercio internacional de
especies amenazadas de fauna y flora silvestres
Ratificado por Res. Leg. N 21080 OBJETIVO
Establece una red para el control del comercio
internacional, regulando la importación,
exportación y reexportación de especies animales
y vegetales amenazadas, vivos o muertos, así como
sus partes y derivados, a través de un sistema de
permisos y certificados.
7
CONVENIO PARA LA CONSERVACIÓN Y MANEJO DE LA
VICUÑA
Aprobado por Decreto Ley Nº 22984 Los Gobiernos
signatarios convienen en que la conservación de
la vicuña constituye una alternativa de
producción económica en beneficio del poblador
andino y se comprometen a su aprovechamiento
gradual bajo estricto control del Estado. Se
prohiben la caza y la comercialización ilegales
de la vicuña, sus productos y derivados.
8
CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS
MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS
PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN
Resolución Leg. N 26234 OBJETIVO Minimizar la
generación de desechos peligrosos en términos de
cantidad y peligrosidad Reducir el movimiento de
desechos peligrosos (tóxicos, venenosos,
explosivos, corrosivos, inflamables, ecotóxicos e
infecciosos).
9
CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLOGICA
Ratificado por Res. Leg. N 26181 OBJETIVO La
conservación de la diversidad biológica, la
utilización sostenible de sus componentes, la
participación justa y equitativa en los
beneficios que se deriven de la utilización de
los recursos genéticos teniendo en cuenta todos
los derechos sobre esos recursos.
10
CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES,
2006
Resolución Legislativa Nº 29474 Ofrece un marco
para que los países productores y consumidores de
maderas tropicales cooperen y celebren
consultas Busca aumentar y diversificar el
comercio internacional de maderas tropicales y
mejorar las condiciones de los mercados Fomenta
y apoya la investigación para mejorar la
ordenación forestal Promueve el desarrollo de
políticas nacionales para proteger los bosques
tropicales y mantener el equilibrio ecológico.
11
PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA
BIOTECNOLOGÍA
Ratificado por Res. Leg. N 28710 OBJETIVO
Garantizar un nivel adecuado de protección de la
transferencia, manipulación y utilización seguras
de los organismos vivos modificados resultantes
de la biotecnología moderna que puedan tener
efectos adversos para la conservación y la
utilización sostenible de la diversidad
biológica, teniendo también en cuenta los riesgos
para la salud humana, y los movimientos
transfronterizos.
12
CONVENIO RAMSAR SOBRE LA PROTECCIÓN DE HUMEDALES
Ratificado por Res. Leg. N 25353 OBJETIVO La
conservación y el uso racional de los humedales a
través de la acción a nivel nacional y mediante
la cooperación internacional, a fin de contribuir
al logro de un desarrollo sostenible en todo el
mundo.
13
CONVENIO SOBRE CAMBIO CLIMATICO
Ratificado por Res. Leg. N 26185 OBJETIVO
Lograr la estabilización de las concentraciones
de gases de efecto invernadero en la atmosfera a
un nivel que impida interferencias antropógenas
peligrosas en el sistema climático para que los
ecosistemas se adapten naturalmente al cambio
climático.
14
CONVENIO DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION
Ratificado por Res. Leg. N 26536 OBJETIVO
Luchar contra la desertificación y mitigar los
efectos de la sequía. Estrategias para el aumento
de la productividad de las tierras, la
rehabilitación, la conservación y el
aprovechamiento de tierras y recursos hídricos,
para mejorar las condiciones de vida.
15
CONVENIO DE VIENAPARA LA PROTECCIÓN DE LA CAPA
DE OZONO
Ratificado por Res. Leg. N 24931 OBJETIVO
Alentar la investigación y la cooperación general
entre los países, así como el intercambio de
información para la protección de la capa de
ozono.
16
PROTOCOLO DE MONTREALSOBRE LAS SUSTANCIAS QUE
AGOTAN LA CAPA DE OZONO
Ratificado por Res. Leg. N 26178 OBJETIVO
Proteger la capa de ozono adoptando medidas
preventivas para controlar el consumo, producción
y comercio mundial de las sustancias que agotan
la capa de ozono.
17
PROTOCOLO DE KIOTO SOBRE GASES DE EFECTO
INVERNADERO
Ratificado por Res. Leg. N 27824 OBJETIVO
Reducir y/o limitar las emisiones de gases de
efecto invernadero, para promover el desarrollo
sostenible.
18
CUMBRE DEL CLIMA DE DURBAN Prolongar la vigencia
del Protocolo de Kyoto. De esta manera, 190
países se comprometen a formalizar una hoja de
ruta para reducir sus emisiones de gases
invernadero. El acuerdo, alcanzado también
incluye la puesta en marcha del Fondo Verde para
el Clima acordado en Cancún (México) que debe
ayudar a los países en desarrollo a hacer frente
a los estragos del cambio climático.
19
CONVENIO DE ROTTERDAM, sobre PICs
Ratificado por Res. Leg. N
28417 OBJETIVO Promover la responsabilidad
compartida en el comercio internacional de
ciertos productos químicos peligrosos, para
proteger la salud humana y el medio ambiente.
20
CONVENIO DE ESTOCOLMO, SOBRE COPs
Ratificado por Dec. Sup. N
067-2005-RE OBJETIVO Proteger la salud humana y
el medio ambiente frente a los contaminantes
orgánicos persistentes
21
CONVENIO 169 OIT, SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y
TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES
Ratificado por Res. Leg. Nº 26253 El Convenio se
APLICA a a. Los pueblos tribales cuyas
condiciones sociales, culturales y económicas les
distingan de otros sectores, y que estén regidos
total o parcialmente por sus propias costumbres o
tradiciones o por una legislación especial b.
Los pueblos considerados indígenas por el hecho
de descender de poblaciones que habitaban en el
país o en una región geográfica en la época de la
conquista o la colonización.
22
LEY GENERAL DEL AMBIENTE, Ley Nº 28611,
modificada por Dec. Leg. Nº 1055
23
LEY GENERAL DEL AMBIENTE
24
TITULO PRELIMINARI.- Derecho y deber
fundamentalII.- Derecho de acceso a la
informaciónIII.- Derecho a la participación en
la gestión ambientalIV.- Derecho de
acceso a la justicia ambientalV.- Principio de
sostenibilidadVI.- Principio de
prevenciónVII.- Principio precautorioVIII.- Pri
ncipio de internalización de costosIX.- Principio
de responsabilidad ambientalX.- Principio de
equidadXI.- Principio de gobernanza ambiental
DERECHOS
PRINCIPIOS
25
TÍTULO IPOLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE Y
GESTIÓN AMBIENTALI. ASPECTOS GENERALES 1 -
7II. POLITICA NACIONAL DEL AMBIENTE 8 -
12III. GESTION AMBIENTAL 13 - 40IV. ACCESO
A LA INFORMACION AMBIENTAL Y PARTICIPACION
CIUDADANA 41 - 51
26
TÍTULO IIDE LOS SUJETOS DE LA GESTION
AMBIENTALI. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO 52 -
55II. AUTORIDADES PUBLICAS 56 - 63III.
POBLACION Y AMBIENTE 64 - 72IV. EMPRESA Y
AMBIENTE 73 - 83
27
TÍTULO IIIINTEGRACION DE LA LEGISLACION
AMBIENTALI. APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS
RECURSOS NATURALES 84 - 96II. CONSERVACION DE
LA DIVERSIDAD BIOLOGICA 97 - 112III. CALIDAD
AMBIENTAL 113 - 122IV. CIENCIA, TECNOLOGIA Y
EDUCACION AMBIENTAL 123 - 129
28
TÍTULO IVRESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTALI.
FISCALIZACION Y CONTROL AMBIENTAL 130 -
134II. REGIMEN DE RESPONSABILIDAD POR DAÑO
AMBIENTAL 135 - 150III. MEDIOS PARA LA
RESOLUCION DE CONFLICTOS AMBIENTALES 151 - 154
29
DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIASY
FINALESPRIMERA Modificatoria de Ley
26834SEGUNDA ECAs y LMPsTERCERA Superposición
de funciones legalesCUARTA Derogatorias
QUINTA Registro de ANP
30
POLITICA NACIONAL DEL AMBIENTE, Dec. Sup. Nº
012-2009-MINAM
31
Política Nacional del Ambiente Es el conjunto de
lineamientos, objetivos, estrategias, metas,
programas e instrumentos de carácter publico, que
tiene como propósito definir y orientar el
accionar de las entidades del gobierno nacional,
regional y local y del sector privado y sociedad
civil.Es de cumplimiento obligatorio.
32
Principios de la Política Ambiental
33
EJES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL
EJE DE POLÍTICA 1 . Conservación y
aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales y de la diversidad biológica EJE DE
POLÍTICA 2 Gestión Integral de la calidad
ambiental EJE DE POLÍTICA 3 Gobernanza
ambiental EJE DE POLÍTICA 4 Compromisos y
oportunidades ambientales internacionales
34
Dec. Sup. N 017-2012-ED POLÍTICA NACIONAL DE
EDUCACIÓN AMBIENTAL
35
OBJETIVO GENERAL Desarrollar la educación y la
cultura ambiental orientadas a la formación de
una ciudadanía ambientalmente responsable y una
sociedad peruana sostenible, competitiva,
inclusiva y con identidad. OBJETIVOS
ESPECÍFICOS 1. Asegurar el enfoque ambiental en
los procesos y la institucio-nalidad educativa,
en sus diferentes etapas, niveles, modalida-des y
formas. 2. Desarrollar una cultura ambiental
apropiada en el quehacer público y privado
nacional. 3. Asegurar la interculturalidad y la
inclusión social en los procesos y recursos de la
educación y comunicación. 4. Formar una
ciudadanía ambiental informada, plenamente
comprometida en el ejercicio de sus deberes y
derechos ambientales y su participación en el
desarrollo sostenible. 5. Asegurar la
accesibilidad pública de la información
ambiental, así como la investigación en educación
y cultura ambiental.
36
PLAN NACIONAL DE ACCIÓN AMBIENTAL Dec. Sup. Nº
014-2011-MINAM
37
OBJETIVO GENERAL Mejorar la calidad de vida de
las personas, garantizando la existencia de
ecosistemas saludables, viables y funcionales en
el largo plazo y el desarrollo sostenible del
país, mediante la prevención, protección y
recuperación del ambiente y sus componentes, la
conservación y el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales, de una manera responsable
y congruente con el respeto de los derechos
fundamentales de la persona.
  • DIAGNÓSTICO SITUACIONAL
  • Agua
  • Residuos Sólidos
  • Aire
  • Bosques y Cambio Climático
  • Diversidad Biológica
  • Minería y Energía
  • Gobernanza Ambiental

38
MEDIDAS DE ECOEFICIENCIA PARA EL SECTOR
PUBLICO Dec. Sup. Nº 009-2009-MINAM
Son acciones que permiten la mejora continua del
servicio publico, mediante el uso de menores
recursos, así como la generación de menos
impactos negativos en el ambiente. El resultado
de la implementación de las medidas se reflejan
en los indicadores de desempeño, de economía de
los recursos y de minimización de residuos e
impactos ambientales.
39
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION
AMBIENTAL, Ley Nº 28245 y su Reglamento Dec. Sup.
Nº 008-2005-PCM
40
GESTIÓN AMBIENTAL Es un proceso permanente y
continuo, constituido por principios, normas
técnicas, procesos y actividades, orientado a
administrar los intereses, expectativas y
recursos relacionados con los objetivos de la
política ambiental, para una mejor calidad de
vida de la población, el desarrollo de las
actividades económicas y la conservación del
patrimonio ambiental y natural del país. El
SNGA Tiene a su cargo la integración funcional y
territorial de la política, normas e instrumentos
de gestión, las funciones públicas y relaciones
de coordinación de las instituciones del Estado y
de la sociedad civil, en materia ambiental. El
MINAM es el ente rector del SNGA.
41
(No Transcript)
42
(No Transcript)
43
MINAM
Vice Ministerios
44
ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL / LIMITES MÁXIMOS
PERMISIBLES
45
ESTANDAR DE CALIDAD AMBIENTAL
  • El ECA es obligatorio para el diseño de las
    normas legales y las políticas publicas.
  • Ninguna autoridad judicial o administrativa,
    podrá hacer uso de los ECAs, con el objeto de
    sancionar.
  • Es la medida que establece el nivel de
    concentración o del grado de elementos,
    sustancias o parámetros físicos, químicos y
    biológicos, presentes en el aire, agua o suelo,
    en su condición de cuerpo receptor, que no
    representa riesgo significativo para la salud de
    las personas ni al ambiente.

46
LIMITE MAXIMO PERMISIBLE
  • Es la medida de la concentración o del grado de
    elementos, sustancias o parámetros físicos,
    químicos y biológicos, que caracterizan a un
    efluente o una emisión, que al ser excedida causa
    daños a la salud, al bienestar humano y al
    ambiente.
  • Su cumplimiento es exigible legalmente por el
    MINAM.
  • Puede ser expresado en máximos, mínimos o rangos.

47
La medición de un ECA se realiza directamente en
los CUERPOS RECEPTORES, mientras que en un LMP se
da en los puntos de EMISIÓN Y VERTIMIENTO.
48
Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto
Ambiental, Ley Nº 27446, modificada por el Dec.
Leg. Nº 1078 Dec. Sup. Nº 019-2009-MINAM,
Reglamento de la Ley del SEIA
49
SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO
AMBIENTAL Art. 1
a) El Sistema Nacional de Evaluación del Impacto
Ambiental (SEIA), es un sistema único y
coordinado de identificación, prevención,
supervisión, control y corrección anticipada de
los impactos ambientales negativos derivados de
las acciones humanas expresadas por medio del
proyecto de inversión. b) Establece un proceso
uniforme que comprende los requerimientos,
etapas, y alcances de las evaluaciones del
impacto ambiental de proyectos de inversión. c)
Establece los mecanismos que aseguren la
participación ciudadana en el proceso de
evaluación de impacto ambiental.
50
AMBITO DE APLICACIÓN Art. 2
Están comprendidos en el ámbito de aplicación de
la Ley, las políticas, planes y programas de
nivel nacional, regional y local que puedan
originar implicaciones ambientales
significativas así como los proyectos de
inversión pública, privada o de capital mixto,
que impliquen actividades, construcciones, obras,
y otras actividades comerciales y de servicios
que puedan causar impacto ambientales negativos
significativos. El Reglamento señalará los
proyectos y actividades comerciales y de
servicios que se sujetarán a la presente
disposición.
51
(No Transcript)
52
OBLIGATORIEDAD DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
Art. 3
NO PODRÁ INICIARSE la ejecución de proyectos ni
actividades de servicios y comercio y ninguna
autoridad nacional, sectorial, regional o local
podrá aprobarlas, autorizarlas, permitirlas,
concederlas o habilitarlas si no cuentan
previamente con la CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
contenida en la Resolución expedida por la
autoridad competente.
53
CATEGORIZACIÓN DE PROYECTOS DE ACUERDO AL RIESGO
AMBIENTAL ART. 4
  1. Categoría I Declaración de Impacto Ambiental
    (DIA), incluye aquellos proyectos cuya ejecución
    no origina impactos ambientales negativos de
    carácter significativo.
  2. Categoría II Estudio de Impacto Ambiental
    Semidetallado (EIA-sd), incluye los proyectos
    cuya ejecución puede originar impactos
    ambientales moderados y cuyos efectos negativos
    pueden ser eliminados o minimizados mediante la
    adopción de medidas fácilmente aplicables.

54
c) Categoría III Estudio de Impacto Ambiental
Detallado (EIA-d), incluye aquellos proyectos
cuyas características, envergadura y/o
localización, pueden producir impactos
ambientales negativos significativos,
cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un
análisis profundo para revisar sus impactos y
proponer la estrategia de manejo ambiental
correspondiente. d). Evaluación Ambiental
Estratégica (EAE), para el caso de propuestas de
Política, Planes o Programas de desarrollo
sectorial, regional y local susceptibles de
originar implicaciones ambientales
significativas. La EAE dará lugar a la emisión de
un Informe Ambiental por el MINAM.
55
(No Transcript)
56
(No Transcript)
57
  • Clasificación
  • del
  • documento
  • ambiental

Certificación Ambiental
Evaluación de documento ambiental
  • EIA-sd
  • 40 días para evaluación.
  • 30 días para
  • Subsanación de observaciones
  • 30 días a partir de
  • la admisión a la
  • solicitud de
  • Clasificación. Este
  • proceso consta
  • de
  • - Evaluar, autorizar
  • o denegar.
  • - Emitir Certificación
  • Ambiental para
  • categoría I (DIA).
  • - Asigna categoría II (EIA-sd) y categoría III
    (EIA-d) cuando
  • corresponda y
  • aprueba TdR
  • EIA-sd
  • 20 días para la expedición de la resolución
    respectiva
  • EIA-d
  • 70 días para evaluación.
  • 30 días para subsanación de observaciones
  • EIA-d
  • 20 días para la expedición de la resolución
    respectiva

58
CREACIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACION
AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES LEY
Nº 29968
59
RECURSOS NATURALES, DIVERSIDAD BIOLOGICA Y ANP
60
APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE RR.NN., LEY Nº 26821
RECURSO NATURAL es todo componente de la
naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el
ser humano para satisfacer sus necesidades y que
tenga un valor actual o potencial de mercado.
Las aguas superficiales y subterráneas El
suelo subsuelo y las tierras por su capacidad
de uso mayor agrícolas, pecuarias, forestales
La diversidad biológica flora, fauna, protistos
recursos genéticos, y los ecosistemas Los
recursos hidrocarburíferos y energéticos,
eólicos, solares, geotérmicos y similares La
atmósfera y el espectro radioeléctrico Los
minerales El paisaje natural.
61
LEY DE RECURSOS HIDRICOS, N 29338, Reglamento
Dec. Sup Nº 001-2010-AG
62
DIVERSIDAD BIOLOGICA, Ley Nº 26839
Es la variabilidad de organismos vivos de
cualquier fuente, incluidos los ecosistemas
terrestres y marinos comprende la diversidad
dentro de cada especie.  Conservación Ex
Situ, es la conservación de componentes de la
diversidad biológica fuera de sus habitas
naturales (bancos de germoplasma, zoológicos,
centros de rescate, centros de custodia temporal,
zoocriaderos, áreas de manejo de fauna silvestre,
jardines botánicos, viveros y herbarios). Conser
vación In situ, es la conservación de los
ecosistemas y los hábitats naturales y el
mantenimiento y recuperación de poblaciones
viables de especies en sus entornos
naturales. Biotecnología, es toda aplicación
tecnológica que utilice sistemas organismos vivos
o sus derivados, para la creación o modificación
de productos o procesos.
63
La Estrategia Nacional sobre Diver. Biol. Dec.
Sup. Nº 102-2001-PCM
La Estrategia Nacional sobre Diversidad Biológica
(ENDB) es el principal instrumento de gestión de
la Diversidad Biológica
EL PERU PAIS MEGADIVERSO
Alta diversidad genética
Diversidad de especies
Diversidad de ecosistemas
Diversidad cultural
Diversidad y responsabilidad
64
AREAS NATURALES PROTEGIDAS (Ley N 26834)
Son los espacios continentales y/o marinos del
territorio nacional, expresamente reconocidos y
declarados como tales, incluyendo sus categorías
y zonificaciones, para conservar la diversidad
biológica y demás valores asociados de interés
cultural, paisajístico y científico, así como por
su contribución al desarrollo sostenible del
país. Son establecidas a PERPETUIDAD. La
sociedad civil tiene derecho a participar en la
identificación, delimitación y resguardo de las
ANP y la obligación de colaborar en la
consecución de sus fines.
65
ÁREAS DE USO INDIRECTO Son de protección
intangible, en las que no se permite la
extracción de recursos naturales y ningún tipo de
modificación del ambiente natural. Solo está
autorizada la investigación científica no
manipulativa y actividades turísticas,
recreativas, educativas y culturales Ø Parques
Nacionales Ø Santuarios Nacionales Ø Santuarios
Históricos ÁREAS DE USO DIRECTO Se permiten el
aprovechamiento de los recursos naturales,
prioritariamente por las poblaciones locales,
bajo los lineamientos de un Plan de Manejo
aprobado y supervisado Ø Reservas
Nacionales Ø Reservas Paisajísticas Ø Refugios
de Vida Silvestre Ø Reservas Comunales Ø Bosques
de Protección Ø Cotos de caza Ø Las Zonas
Reservadas
66
CONSOLIDADO DE ANP
CATEGORIA SUPERFICIE Ha NUMERO DEL TERRITORIO
TOTAL SINANPE 19,559,626.46 74 15.21
TOTAL ÁREAS DE CONSERVACIÓN REGIONAL 2,405,558.82 15 1.87
TOTAL ÁREAS DE CONSERVACIÓN PRIVADA 195 075.76 43 0.79
TOTAL SINANPEACR ACP 22,135,252.66 132 16.91
67
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