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Diapositiva 1

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Title: Diapositiva 1 Author: Colossus User Last modified by: Luffi Created Date: 8/23/2002 6:28:46 PM Document presentation format: Presentaci n en pantalla (4:3) – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
UNIVERSIDAD DE ORIENTE.NUCLEO BOLIVAR.ESCUELA
DE CS. DE LA SALUD.DEPARTAMENTO DE
ENFERMERIA.ASIGNATURA ETICA DE ENFERMERIA.
UNIDAD II. LEGISLACION Y ENFERMERIA PROF.
LILY ARREAZA
2
  • Objetivo
  • Estimara la magnitud de responder por los actos
    profesionales y sus consecuencias en la parte
    legal.
  • Contenido
  • Nociones generales sobre la justicia y derecho.
  • Ética y derecho.
  • Los derechos del hombre y su tutela en los
    ordenamientos
  • constitucionales.
  • La Ley como salvaguarda del derecho.
  • La transgresión de la ley.
  • La Ley del Ejercicio Profesional de Enfermería.
  • El Código Deontológico Venezolano de Enfermería.
  • Comités éticos y la participación de Enfermería.

3
NOCIONES GENERALES SOBRE JUSTICIA Y DERECHO
Justicia
Del latín, Iustitia es la concepción que cada
época y civilización tiene acerca de la equidad y
de la búsqueda del bien común. Es un valor
determinado por la sociedad. Nació de la
necesidad de mantener la armonía entre sus
integrantes. La Justicia no es el dar o
repartir cosas a la humanidad, sino el saber
decidir a quien le pertenece esa cosa por
derecho. La Justicia es ética, equidad y
honestidad. Es la voluntad constante de dar a
cada uno lo que es suyo. Es aquel referente de
rectitud que gobierna la conducta y nos constriñe
a respetar los derechos de los demás.
4
Derecho
La palabra derecho deriva de la voz latina
"directum", que significa "lo que está conforme a
la regla, a la ley, a la norma", "lo que no se
desvía ni a un lado ni otro." Conjunto de leyes,
reglamentos y demás resoluciones, de carácter
permanente y obligatorio, creadas por el Estado
para la conservación del orden social Es el
conjunto de normas que regulan la convivencia
social y permiten resolver los conflictos
interpersonales.
5
DERECHO HISTORICO
DERECHO NATURAL
DERECHO POSITIVO
6
Proporcionalidad
Igualdad
Alteridad
7
Elementos de la Justicia
8
DERECHOS DEL HOMBRE Y SU TUTELA EN LOS
ORDENAMIENTOS CONSTITUCIONALES.
Son derechos de los que es titular el hombre por
el hecho de participar de la naturaleza humana,
cualquiera que sea su raza, edad, sexo, religión
o circunstancia. Se les llama también Derechos
Humanos.
Imprescriptibles No se adquieren ni se pierden
por el transcurso del tiempo
Características
Universales Son poseídos por todos los hombres
Inalienables No transferibles a otro Titular.
Irrenunciables No se puede renunciar a los
derechos
9
Toda persona tiene derecho A la vida. A la
integridad personal -física, psíquica y moral. A
la libertad personal. A la libertad de
expresión. A la protección de la libertad de
conciencia y de religión. A reunirse libremente
y a asociarse. A la identidad y la nacionalidad.
A la propiedad privada. A circular y a residir
en el territorio de un Estado.
A recibir protección y asistencia durante el
embarazo y parto. A una alimentación, vestido y
vivienda adecuadas. A la educación pública y
gratuita en todos  los niveles de enseñanza. A
un medio ambiente sano y equilibrado. A la
protección de su salud, seguridad e intereses 
económicos y a una información adecuada y veraz 
en relación al consumo y uso de bienes y
servicios A vivir en paz. Al desarrollo humano
económico y social sostenible.
A un juicio justo en un plazo razonable ante un
tribunal objetivo, independiente e imparcial y a
la doble instancia judicial. A la presunción de
inocencia. A la defensa. A no ser discriminado.
A trabajar. A la salud. A la cultura. A la
protección y asistencia familiar
10
LEY COMO SALVAGUARDA DEL DERECHO
LEY Del latín lex, legis es una norma jurídica
dictada por el legislador. Es decir, un precepto
establecido por la autoridad competente, en que
se manda o prohíbe algo en consonancia con la
justicia. Las leyes son delimitadoras del libre
albedrío de las personas dentro de la sociedad.
Se puede decir que la ley es el control externo
que existe para la conducta humana, en pocas
palabras, las normas que rigen nuestra conducta
social. Constituye una de las fuentes del
Derecho SALVAGUARDA Significa defender,
proteger, amparar. Medidas de protección.

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CARACTERÍSTICAS DE LA LEY.
  • Justicia
  • Es la razón de ser de la ley
  • Carácter de permanencia
  • Temporal prefijadas
  • Publicadas
  • Cualquier persona pueda tener acceso a
  • la norma.
  • Generalidad
  • Deben ser acatados por todos.
  • Tender al bien común
  • Deben favorecer armónicamente
  • A los individuos.
  • Establecidas por el Orden Público
  • Ejerce Función Legislativa

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PAPEL DE ENFERMERIA EN LA SALVAGUARDIA DE LOS
DERECHOS HUMANOS
En la puesta en práctica del quehacer del
profesional de enfermería necesita tener una
visión integral del ser humano para poder prestar
sus servicios a todas las personas Defendiendo la
vida, Respetando los valores, la Dignidad, la
Autonomía y la Individualidad de los pacientes.
Defendiendo y protegiendo los derechos del
paciente protegiendo la No Discriminación de las
personas por razones de nacionalidad, raza,
religión, edad, sexo, opinión policita, condición
social y el respeto a los derechos humanos
13
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PACIENTES.
14
DERECHOS Hace referencia a lo que podemos
exigir. Garantías.
DEBERES hace referencia a las actividades, actos
y circunstancias que implican una determinada
obligación moral o ética
15
DERECHOS DE LOS PACIENTES
  • El usuario tiene derecho a recibir una atención
    sanitaria integral de sus problemas de salud,
    dentro de un funcionamiento eficiente de los
    recursos sanitarios disponibles.
  • 2. El usuario tiene derecho al respeto a su
    personalidad, dignidad humana e intimidad, sin
    que pueda ser discriminado por razones de tipo
    social, económico, moral e ideológico.
  • 3. El usuario tiene derecho a la confidencialidad
    de toda información con su proceso, incluso el
    secreto de su estancia en centros y
    establecimientos sanitarios, salvo por exigencias
    legales que lo hagan imprescindible.
  • 4. El usuario tiene derecho a recibir información
    completa y continuada, verbal y escrita, de todo
    lo relativo a su proceso, incluyendo
    diagnósticos, alternativas de tratamiento y sus
    riesgos y pronóstico, que será facilitada en un
    lenguaje comprensible. En caso de que el paciente
    no quiera o no pueda manifiestamente recibir
    dicha información, ésta deberá proporcionarse a
    los familiares o personas legalmente responsables.

16
DERECHOS DE LOS PACIENTES
5. El usuario tiene derecho a la libre
determinación entre las opciones que le presente
el responsable médico de su caso, siendo preciso
su consentimiento expreso previo a cualquier
actuación, excepto en los siguientes casos
Cuando la urgencia no permita demoras. Cuando el
no seguir tratamiento suponga un riesgo para la
salud pública. Cuando no esté capacitado para
tomar decisiones, en cuyo caso el derecho
corresponderá a sus familiares o personas
legalmente responsables. 6. El usuario tendrá
derecho a negarse al tratamiento, excepto en los
casos señalados en el punto 5, debiendo para ello
solicitar el alta voluntaria, en las condiciones
que señala el punto 6 del apartado de
Deberes. 7. El usuario tendrá derecho a que se
le asigne un médico cuyo nombre deberá conocer y
que será su interlocutor válido con el equipo
asistencial. En caso de ausencia. Otro
facultativo del equipo asumirá la
responsabilidad. 8. El usuario tiene derecho a
que quede constancia por escrito de todo su
proceso esta información y las pruebas
realizadas constituyen la Historia Clínica.
17
DERECHOS DE LOS PACIENTES
9. El usuario tiene derecho a que no se realicen
en su persona investigaciones, experimentos o
ensayos clínicos sin una información sobre
métodos, riesgos y fines. Será imprescindible la
autorización por escrito del paciente y la
aceptación por parte del médico, de los
principios básicos y normas que establecen la
Declaración de Helsinki. Las actividades docentes
requerirán así mismo, consentimiento expreso del
paciente. 10. El usuario tiene derecho al
correcto funcionamiento de los servicios
asistenciales y aceptables de habitabilidad,
higiene, alimentación, seguridad y respeto a su
intimidad. 11. El usuario tendrá derecho en caso
de hospitalización a que ésta incida lo menos
posible en sus relaciones sociales y personales.
Para ello, el Hospital facilitará un régimen de
visitas lo más amplio posible, el acceso a los
medios y sistemas de comunicación y de cultura y
la posibilidad de actividades de que fomenten las
relaciones sociales y el entretenimiento del
ocio. 12. El usuario tiene derecho a recibir
cuanta información desee sobre los aspectos de
las actividades asistenciales, que afecten a su
proceso y situación personales.
18
DERECHOS DE LOS PACIENTES
13. El usuario tiene derecho a conocer los cauces
formales para presentar reclamaciones, quejas,
sugerencias y en general, para comunicarse con la
administración de las Instituciones. Tiene
derecho, así mismo a recibir una respuesta por
escrito. 14. El usuario tiene derecho a causar
ALTA VOLUNTARIA en todo momento tras firmar el
documento correspondiente, exceptuando los casos
recogidos en el Art. 5 de los Derechos. 15. El
usuario tiene derecho a agotar las posibilidades
razonables de superación de su enfermedad. El
hospital proporcionará la ayuda necesaria para su
preparación ante la muerte en los aspectos
materiales y espirituales. 16. El usuario tiene
derecho a que las instituciones Sanitarias le
proporcione Una asistencia técnica correcta con
personal cualificado. Un aprovechamiento máximo
de los medios disponibles. Una asistencia con los
mínimos riesgos, dolor y molestias psíquicas y
físicas.
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DEBERES DE LOS PACIENTES
1.      El usuario tiene el deber de colaborar en
el cumplimiento de las normas e instrucciones
establecidas en las Instituciones Sanitarias.
2.      El usuario tiene el deber de tratar con
el máximo respeto al personal de las
Instituciones Sanitarias, los otros enfermos y
acompañantes. 3.      El usuario tiene el deber
de solicitar información sobre las normas de
funcionamiento de la Institución y los canales de
comunicación (quejas, sugerencias, reclamaciones
y preguntas). Debe conocer el nombre del médico. 
4.      El usuario tiene el deber de cuidar las
instalaciones y de colaborar en el mantenimiento
de la habitabilidad de las Instituciones
Sanitarias. 5.      El usuario tiene el deber de
firmar el documento de Alta Voluntaria, en los
casos de no aceptación de los métodos de
tratamiento. 6.      El usuario tiene el deber
de responsabilizarse del uso adecuado de las
prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario,
fundamentalmente en lo que se refiere a la
utilización de servicios, procedimientos de baja
laboral o incapacidad permanente y prestaciones
farmacéuticas y sociales. 7.      El usuario
tiene el deber de utilizar las vías de
reclamación y sugerencias. 8.      El usuario
tiene el deber de exigir que se cumplan sus
derechos.
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DERECHOS DEL MORIBUNDO
  • -El derecho a saber que va a morir.
  • 2. -El derecho a rehusar un tratamiento.
  • 3. -El derecho a expresar su propia fe.
  • 4. -El derecho a mantener la conciencia lo más
    cerca posible de la frontera de la muerte
    evitando el dolor.
  • 5. -Morir sin el estrépito frenético de una
    tecnología puesta en juego para otorgar al
    moribundo algunas horas suplementarias de vida
    biológica.
  • 6. -Morir manteniendo con las personas cercanas
    contactos humanos, sencillos y enriquecedores.

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TRANSGRESION DE LA LEY
Transgresión o Trasgresión Violación de un
precepto, de una ley o de un estatuto. El
incumplimiento de la ley trae aparejada una
sanción.
INFRACCIÓN DE LAS NORMAS
RESPONSABILIDAD
R. Civil
R. Penal
R. Administrativa
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En nombre de la justicia se cometen en ocasiones
la mayor de las injusticias.
Todos somos iguales ante la ley, pero no ante los
encargados de aplicarla
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