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DICTAMEN PRESUPUESTAL

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Con el Prop sito de emitir una opini n sobre los Estados del Ejercicio ... Contadur a Mayor de Hacienda, cuyo cargo ser a examinar y glosar las cuentas de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: DICTAMEN PRESUPUESTAL


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  • DICTAMEN PRESUPUESTAL

C.P.C. RAMÓN MARTÍNEZ LIÑÁN
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INTRODUCCION
  • Con el Propósito de emitir una opinión sobre los
    Estados del Ejercicio Presupuestario de una
    entidad, con base en el Boletín 4040 Otras
    Opiniones del Auditor, de las Normas de
    Auditoría Generalmente Aceptadas. El auditor
    externo debe aplicar los procedimientos
    específicos, que considere necesarios para
    verificar el cumplimiento a la normatividad
    gubernamental.
  • La base de su revisión para este tipo de
    auditoría será la información reportada en la
    Cuenta Pública, la cual habrá de estar conciliada
    con los Estados Financieros dictaminados.

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ANTECEDENTES
  • En el siglo XVI, se instaló el Tribunal Mayor de
    Cuentas de la Nueva España, que tenía el fin de
    revisar la Hacienda Real y la inspección del 20
    del botín de los conquistadores. (Quinto real)
  • El Tribunal Mayor de Cuentas subsistió con
    posterioridad a la Guerra de Independencia, sin
    embargo, desapareció una vez que la toma anual
    de cuentas al gobiernoconforme a la
    Constitución de 1824 pasó a ser facultad del
    Congreso General.
  • Establecida la Contaduría Mayor de Hacienda, cuyo
    cargo sería examinar y glosar las cuentas de
    gastos y de crédito público que anualmente
    presentaba el Secretario de Hacienda al Congreso.
  • En 1843, en la Constitución se incluyó la
    creación de la Comisión Inspectora de la Cámara
    de Diputados, misma que da origen a la actual
    Comisión de Vigilancia.

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MARCO LEGAL
  • ARTÍCULO 37 de la Ley Orgánica de la
    Administración Pública Federal.-
  • A la Secretaría de la Función Pública
    corresponde el despacho de
  • I. Organizar y coordinar el sistema de control y
    evaluación gubernamental. Inspeccionar el
    ejercicio del gasto público federal, y su
    congruencia con los presupuestos de egresos
  • IV. Establecer las bases generales para la
    realización de auditorías en las dependencias y
    entidades de la Administración Pública Federal,
    así como realizar las auditorías que se requieran
    a las dependencias y entidades en sustitución o
    apoyo de sus propios órganos de control
  • X. Designar a los auditores externos de las
    entidades, así como normar y controlar su
    desempeño.
  • Artículo 307del Reglamento de la Ley Federal de
    Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
  • Las auditorías al gasto público federal podrán
    ser de tipo financiero, operacional, de resultado
    de programas y de legalidad, las cuales podrán
    ser efectuadas por la Función Pública, por sí o a
    través de los órganos internos de control o por
    los auditores que ésta designe.
  • Estas auditorías se realizarán de conformidad con
    lo dispuesto por la Función Pública.

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OBJETIVOS DE AUDITORIA
  • Comprobar los recursos presupuestarios obtenidos
    y por obtener y los gastos presupuestarios
    ejercidos y los comprometidos devengados no
    pagados correspondientes a su ejercicio fiscal,
    además que hayan sido cuantificados, ejercidos y
    registrados sobre la base de flujo de efectivo.
  • Verificar los gastos presupuestarios
    comprometidos devengados y no pagados al cierre
    del ejercicio fiscal y que correspondan a eventos
    ocurridos en dicho ejercicio, además que se
    encuentren soportados con la documentación
    comprobatoria.
  • Verificar que los recursos y gastos
    presupuestarios, sean presentados y revelados
    adecuadamente en los capítulos y partidas
    correspondientes, según lo regula la normatividad
    gubernamental

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CONTROL INTERNO
  • El estudio y evaluación del control interno
    deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en el
    boletín 3050 Estudio y evaluación del control
    interno, emitido por la Comisión de Normas y
    Procedimientos del Instituto Mexicano de
    Contadores Públicos.
  • El auditor debe evaluar el cumplimiento de los
    objetivos indicados en dicho Boletín respecto de
  • Existencia de factores que aseguren un
    ambiente de control.
  • Existencia de un sistema contable que
    permita identificar, reunir, analizar,
  • clasificar, registrar y producir
    información cuantitativa de las operaciones.
  • Existencia de procedimientos relativos a
    autorización, procesamiento y
  • clasificación de transacciones,
    salvaguarda física de documentación
  • soporte y de verificación y evaluación,
    incluyendo los aplicables a la
  • actualización de cifras y a los controles
    relativos a la tecnología de la
  • información.

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CONTROL INTERNO
  • Para efectos del estudio y evaluación del control
    interno en una revisión de estados
    presupuestales, de manera enunciativa y no
    limitativa, se incluyen los aspectos claves
    siguientes
  • a) Existencia de un presupuesto anual autorizado
  • b) Existencia de políticas, bases y lineamientos
    presupuestales
  • c) Existencia de un sistema de registro
    presupuestal
  • d) Existencia de un sistema de autorizaciones y
    control presupuestal
  • e) Procedimientos de registro, control y reporte
    presupuestal

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  • En la revisión del ejercicio presupuestal se
    aplican procedimientos específicos a los
    capítulos, conceptos y partidas presupuestadas.
  • A los servicios personales capítulo 1000.
  • A los materiales y suministros capítulo 2000.
  • A los servicios generales capítulo 3000.
  • A las adefas o pasivos circulantes.

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CONCILIACIÓN DE CIFRAS FINANClERAS Y
PRESUPUESTARIAS.
  • Para que el auditor este en posibilidades de
    emitir una opinión sobre el estado del ejercicio
    del presupuesto de una Entidad, con base en flujo
    de efectivo, es porque habrá efectuado una
    auditoría de los Estados Financieros Básicos de
    acuerdo con las Normas y Procedimientos de
    Auditoria, y habrá aplicado aquellos
    procedimientos de auditoria adicionales que, a su
    juicio, fueron necesarios en su revisión.
  • Por lo anterior, se deberá obtener de la Entidad
    una conciliación de las cifras financieras con
    las cifras presupuestarias, que permita
    establecer el enlace de la información financiera
    con las cifras presupuestarias preparadas
    conforme a la normatividad gubernamental.

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(No Transcript)
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(No Transcript)
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(No Transcript)
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DICTAMEN PRESUPUESTAL
  • Si por razones ajenas al auditor, originadas por
    situaciones operativas o bien por limitaciones
    impuestas por la administración del ente
    auditado, el auditor no pudiere aplicar todos los
    procedimientos de auditoría que considere
    necesarios, entonces esta situación
    representaría limitaciones en el alcance del
    examen.
  • Cuando se presentan limitaciones en el alcance
    del examen, el auditor deberá utilizar su
    criterio profesional para evaluar si estas
    restricciones son de tal importancia que deberá
    expresar una salvedad o una abstención de
    opinión, mismas que se describirán en un párrafo
    por separado dentro del dictamen.
  • Cuando existan desviaciones en la aplicación de
    la normatividad presupuestal, el auditor deberá
    identificar de forma precisa en que consisten las
    desviaciones, cuantificar su efecto y de acuerdo
    a su criterio revelar su impacto en el dictamen,
    ya sea con salvedad (es) o con una opinión
    negativa.

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MODELO DE DICTAMEN PRESUPUESTAL
  • A la Secretaría de la Función Pública
  • A la Junta de Gobierno del Hospital de
    Enfermedades del Aviar
  • Hemos examinado el estado de situación financiera
    del Hospital de las Enfermedades del Aviar, al 31
    de diciembre de 2007, y el estado de resultados,
    de variaciones en el patrimonio y de cambios en
    la situación financiera que le son relativos, por
    el año que terminó en esa fecha. Nuestro dictamen
    correspondiente lo emitimos con fecha 15 de marzo
    de 2008, conteniendo una opinión sin salvedades.
  • En relación con el examen antes indicado, también
    revisamos los estados analítico de ingresos
    presupuestales, del ejercicio presupuestal del
    gasto y de flujo de efectivo que se acompañan,
    por el año que terminó al 31 de diciembre de
    2007, los cuales fueron preparados bajo la
    responsabilidad de la administración del
    Hospital. Nuestra responsabilidad consiste en
    expresar una opinión sobre los mismos, con base
    en nuestra auditoría.

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MODELO DE DICTAMEN PRESUPUESTAL
  • Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las
    normas de auditoría generalmente aceptadas, las
    cuales requieren que la auditoría sea planeada y
    realizada de tal manera, que permita obtener una
    seguridad razonable de que los estados analítico
    de ingresos presupuestales, del ejercicio
    presupuestal del gasto y de flujo de efectivo a
    los que arriba nos referimos, no contienen
    errores importantes, y de que están preparados de
    acuerdo con la normatividad gubernamental
    aplicable. La auditoría consiste en el examen con
    base en pruebas selectivas, de la evidencia que
    soporta las cifras y revelaciones de los estados
    presupuestales. Asimismo, incluye la evaluación
    de las bases específicas de contabilidad
    presupuestal utilizadas por el Hospital, así como
    de la presentación de dichos estados.
    Consideramos que nuestro examen proporciona una
    base razonable para sustentar nuestra opinión.

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MODELO DE DICTAMEN PRESUPUESTAL
  • En nuestra opinión, los estados analítico de
    ingresos presupuestales, del ejercicio
    presupuestal del gasto y de flujo de efectivo que
    se acompañan, presentan razonablemente, en todos
    los aspectos importantes, el resultado del
    ejercicio presupuestal y las variaciones con
    respecto al presupuesto autorizado al Hospital de
    las Enfermedades del Aviar, por el año que
    terminó el 31 de diciembre de 2007, de
    conformidad con los bases específicas
    presupuestales señaladas anteriormente.
  • De la Fonte, Chelentario, S.C.
  • Adrián Chelentario
  • Contador Público Certificado
  • México, D.F.,
  • 25 de abril de 2008

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  • TÉRMINOS DE REFERENCIA

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NORMAS DE CALIDAD RELATIVAS AL TRABAJO DE LA
FIRMA DE AUDITORES EXTERNOS
  • El boletín 3020, Control de Calidad de la
    Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría
    y Normas para Atestiguar del IMCP, define el
    control de calidad como el conjunto de reglas o
    principios que aseguran que los servicios
    profesionales independientes prestados por la
    firma, cumplen con las normas dictadas por la
    profesión y que racionalmente se encuentran
    enlazadas entre sí. Asímísmo, establece que las
    políticas y procedimientos de control de calidad
    se deben diseñar e implantar para asegurar que
    todos los trabajos que realiza la firma se
    conducen de acuerdo con las normas de auditoría
    generalmente aceptadas y lineamientos del Código
    de Ética Profesional emitidos por el IMCP

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MECANISMOS DE COORDINACIÓN
  • A) CON LOS ENTES PÚBLICOS
  • Cronograma de entrega de información
  • Directorios de Servidores Públicos y personal de
    las Firmas de Auditores Externos.
  • Reuniones de trabajo.
  • B) CON LOS ORGANOS INTERNOS DE CONTROL
  • Llevar a cabo reuniones de trabajo con el OIC,
  • Al inicio de la auditoría para comentar y
    complementar, en su caso, los procedimientos
    establecidos en sus respectivos programas de
    trabajo.
  • Durante el desarrollo, comentar asuntos diversos
    y en su caso problemática.
  • Exponer los avances y resultados de los informes
    y/o dictámenes previos, solicitando por escrito
    la presencia del Titular del Área de Auditoría
    Interna (O.I.C.).
  • Evaluar el O.I.C. si las observaciones
    preliminares determinadas por la auditoría
    externa y cuentan con los elementos requeridos.
  • Evaluar si las observaciones definitivas
    determinadas por la auditoría externa, cuentan
    con los elementos necesarios para su alta en el
    SIP.

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GASTOS DE VIAJE
  • Son los importes ejercidos por erogaciones
    correspondientes a hospedaje, alimentación y
    transporte.
  • Para el caso de entes públicos que tienen
    sucursales u oficinas foráneas a las cuales sea
    necesario efectuar revisiones, éstas se
    realizarán con el personal de las
    representaciones con que cuente la firma de
    auditores externos en las localidades en donde se
    encuentren sólo se podrán incluir en su programa
    de visitas foráneas, gastos de viaje
    correspondientes a la supervisión de este tipo de
    trabajos.
  • El ente público será responsable de verificar la
    comprobación de los gastos generados por la firma
    de auditores externos en la Carta de Conclusión
    de la Auditoría.
  • La firma de auditores externos pondrá a
    disposición de la DGAE, en caso de que ésta lo
    requiera la documentación soporte de la
    comprobación de los gastos.

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AVISOS POR LIMITACIONES O RETRASOS EN EL
DESARROLLO DE LA AUDITORIA
  • Cualquier situación que retrase o limite el
    desarrollo de la auditoría, la firma de auditores
    externos lo notificará por escrito a la DGAE y su
    efecto en el dictamen.
  • Cualquier desfasamiento que no sea notificado
    será imputable a la firma de auditores externos.
  • Los dictámenes de estados financieros y el
    dictamen e informe presupuestal, la DGAE podrá
    ampliar los plazos de entrega , siempre y cuando
    los entes públicos en coordinación con las
    firmas de auditores externos efectúen la
    solicitud por escrito, con firma de ambos.
  • Los plazos para la entrega de informes y
    dictámenes que determinen autoridades distintas a
    la SFP será necesario cumplir con los requisitos
    que establezcan, remitiendo a la DGAE la
    autorización emitida, con anticipación a la fecha
    límite de entrega.

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CONTRATACION DE TRABAJOS ADICIONALES
  • Son servicios, cualquiera que sea el nombre con
    el que se les denomine, para cualquier propósito
    que se les requiera y que pretenda contratar el
    ente público con las firma de auditores externos
    incluidas en el Listado de Firmas de Auditores
    Externos emitidos por la DGAE.

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REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
  • Los trabajos adicionales se pueden dar en tres
    vertientes
  • Por obligatoriedad
  • Por requerimientos de terceros
  • Por necesidades del ente público
  • Antes de iniciar algún procedimiento para la
    contratación de cualquier trabajo adicional, es
    necesario contar con el pronunciamiento de la
    DGAE.

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REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
  • Para que la DGAE cuente con elementos de juicio,
    será necesario que el ente público proporcione
    por escrito lo siguiente
  • 1. POR OBLIGATORIEDAD
  • Fundamento normativo
  • Justificación y/o motivación
  • Ficha técnica que deberá contener
  • Descripción detallada del servicio.
  • Fecha límite obligatoria por norma para entregar
    el resultado del trabajo.
  • Periodo en que se debe realizar el trabajo
    adicional (inicio y término)
  • Especificar si el trabajo adicional es por una
    sola vez, o se requerirá para cada ejercicio
    subsecuente.
  • En su caso, otros aspectos de importancia.

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REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
  • 2. POR REQUERIMIENTOS DE TERCEROS
  • Fundamento normativo
  • Fundamento técnico
  • Justificación y/o motivación
  • Ficha técnica

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REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
  • 3. POR NECESIDADES DEL ENTE PÚBLICO
  • Fundamento normativo (en su caso)
  • Fundamento técnico
  • Justificación y/o motivación (costo beneficio que
    obtendrá el ente público y señalar el período de
    inicio en que se obtendrán los beneficios)
  • Pronunciamiento de la administración del ente
    público, de que el trabajo solicitado no es
    factible realizarlo con su personal y precisar
    las causas.
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