Title: DICTAMEN PRESUPUESTAL
1C.P.C. RAMÓN MARTÍNEZ LIÑÁN
2INTRODUCCION
- Con el Propósito de emitir una opinión sobre los
Estados del Ejercicio Presupuestario de una
entidad, con base en el Boletín 4040 Otras
Opiniones del Auditor, de las Normas de
Auditoría Generalmente Aceptadas. El auditor
externo debe aplicar los procedimientos
específicos, que considere necesarios para
verificar el cumplimiento a la normatividad
gubernamental. - La base de su revisión para este tipo de
auditoría será la información reportada en la
Cuenta Pública, la cual habrá de estar conciliada
con los Estados Financieros dictaminados.
3ANTECEDENTES
- En el siglo XVI, se instaló el Tribunal Mayor de
Cuentas de la Nueva España, que tenía el fin de
revisar la Hacienda Real y la inspección del 20
del botín de los conquistadores. (Quinto real) - El Tribunal Mayor de Cuentas subsistió con
posterioridad a la Guerra de Independencia, sin
embargo, desapareció una vez que la toma anual
de cuentas al gobiernoconforme a la
Constitución de 1824 pasó a ser facultad del
Congreso General. - Establecida la Contaduría Mayor de Hacienda, cuyo
cargo sería examinar y glosar las cuentas de
gastos y de crédito público que anualmente
presentaba el Secretario de Hacienda al Congreso.
- En 1843, en la Constitución se incluyó la
creación de la Comisión Inspectora de la Cámara
de Diputados, misma que da origen a la actual
Comisión de Vigilancia.
4MARCO LEGAL
- ARTÍCULO 37 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.- - A la Secretaría de la Función Pública
corresponde el despacho de - I. Organizar y coordinar el sistema de control y
evaluación gubernamental. Inspeccionar el
ejercicio del gasto público federal, y su
congruencia con los presupuestos de egresos - IV. Establecer las bases generales para la
realización de auditorías en las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal,
así como realizar las auditorías que se requieran
a las dependencias y entidades en sustitución o
apoyo de sus propios órganos de control - X. Designar a los auditores externos de las
entidades, así como normar y controlar su
desempeño. - Artículo 307del Reglamento de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. - Las auditorías al gasto público federal podrán
ser de tipo financiero, operacional, de resultado
de programas y de legalidad, las cuales podrán
ser efectuadas por la Función Pública, por sí o a
través de los órganos internos de control o por
los auditores que ésta designe. - Estas auditorías se realizarán de conformidad con
lo dispuesto por la Función Pública.
5OBJETIVOS DE AUDITORIA
- Comprobar los recursos presupuestarios obtenidos
y por obtener y los gastos presupuestarios
ejercidos y los comprometidos devengados no
pagados correspondientes a su ejercicio fiscal,
además que hayan sido cuantificados, ejercidos y
registrados sobre la base de flujo de efectivo. - Verificar los gastos presupuestarios
comprometidos devengados y no pagados al cierre
del ejercicio fiscal y que correspondan a eventos
ocurridos en dicho ejercicio, además que se
encuentren soportados con la documentación
comprobatoria. - Verificar que los recursos y gastos
presupuestarios, sean presentados y revelados
adecuadamente en los capítulos y partidas
correspondientes, según lo regula la normatividad
gubernamental
6CONTROL INTERNO
- El estudio y evaluación del control interno
deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en el
boletín 3050 Estudio y evaluación del control
interno, emitido por la Comisión de Normas y
Procedimientos del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos. - El auditor debe evaluar el cumplimiento de los
objetivos indicados en dicho Boletín respecto de
- Existencia de factores que aseguren un
ambiente de control. - Existencia de un sistema contable que
permita identificar, reunir, analizar, - clasificar, registrar y producir
información cuantitativa de las operaciones. - Existencia de procedimientos relativos a
autorización, procesamiento y - clasificación de transacciones,
salvaguarda física de documentación - soporte y de verificación y evaluación,
incluyendo los aplicables a la - actualización de cifras y a los controles
relativos a la tecnología de la - información.
7CONTROL INTERNO
- Para efectos del estudio y evaluación del control
interno en una revisión de estados
presupuestales, de manera enunciativa y no
limitativa, se incluyen los aspectos claves
siguientes - a) Existencia de un presupuesto anual autorizado
- b) Existencia de políticas, bases y lineamientos
presupuestales - c) Existencia de un sistema de registro
presupuestal - d) Existencia de un sistema de autorizaciones y
control presupuestal - e) Procedimientos de registro, control y reporte
presupuestal
8- En la revisión del ejercicio presupuestal se
aplican procedimientos específicos a los
capítulos, conceptos y partidas presupuestadas. - A los servicios personales capítulo 1000.
- A los materiales y suministros capítulo 2000.
- A los servicios generales capítulo 3000.
- A las adefas o pasivos circulantes.
9CONCILIACIÓN DE CIFRAS FINANClERAS Y
PRESUPUESTARIAS.
- Para que el auditor este en posibilidades de
emitir una opinión sobre el estado del ejercicio
del presupuesto de una Entidad, con base en flujo
de efectivo, es porque habrá efectuado una
auditoría de los Estados Financieros Básicos de
acuerdo con las Normas y Procedimientos de
Auditoria, y habrá aplicado aquellos
procedimientos de auditoria adicionales que, a su
juicio, fueron necesarios en su revisión. - Por lo anterior, se deberá obtener de la Entidad
una conciliación de las cifras financieras con
las cifras presupuestarias, que permita
establecer el enlace de la información financiera
con las cifras presupuestarias preparadas
conforme a la normatividad gubernamental.
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13DICTAMEN PRESUPUESTAL
- Si por razones ajenas al auditor, originadas por
situaciones operativas o bien por limitaciones
impuestas por la administración del ente
auditado, el auditor no pudiere aplicar todos los
procedimientos de auditoría que considere
necesarios, entonces esta situación
representaría limitaciones en el alcance del
examen. - Cuando se presentan limitaciones en el alcance
del examen, el auditor deberá utilizar su
criterio profesional para evaluar si estas
restricciones son de tal importancia que deberá
expresar una salvedad o una abstención de
opinión, mismas que se describirán en un párrafo
por separado dentro del dictamen. - Cuando existan desviaciones en la aplicación de
la normatividad presupuestal, el auditor deberá
identificar de forma precisa en que consisten las
desviaciones, cuantificar su efecto y de acuerdo
a su criterio revelar su impacto en el dictamen,
ya sea con salvedad (es) o con una opinión
negativa.
14MODELO DE DICTAMEN PRESUPUESTAL
- A la Secretaría de la Función Pública
- A la Junta de Gobierno del Hospital de
Enfermedades del Aviar - Hemos examinado el estado de situación financiera
del Hospital de las Enfermedades del Aviar, al 31
de diciembre de 2007, y el estado de resultados,
de variaciones en el patrimonio y de cambios en
la situación financiera que le son relativos, por
el año que terminó en esa fecha. Nuestro dictamen
correspondiente lo emitimos con fecha 15 de marzo
de 2008, conteniendo una opinión sin salvedades. - En relación con el examen antes indicado, también
revisamos los estados analítico de ingresos
presupuestales, del ejercicio presupuestal del
gasto y de flujo de efectivo que se acompañan,
por el año que terminó al 31 de diciembre de
2007, los cuales fueron preparados bajo la
responsabilidad de la administración del
Hospital. Nuestra responsabilidad consiste en
expresar una opinión sobre los mismos, con base
en nuestra auditoría.
15MODELO DE DICTAMEN PRESUPUESTAL
- Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las
normas de auditoría generalmente aceptadas, las
cuales requieren que la auditoría sea planeada y
realizada de tal manera, que permita obtener una
seguridad razonable de que los estados analítico
de ingresos presupuestales, del ejercicio
presupuestal del gasto y de flujo de efectivo a
los que arriba nos referimos, no contienen
errores importantes, y de que están preparados de
acuerdo con la normatividad gubernamental
aplicable. La auditoría consiste en el examen con
base en pruebas selectivas, de la evidencia que
soporta las cifras y revelaciones de los estados
presupuestales. Asimismo, incluye la evaluación
de las bases específicas de contabilidad
presupuestal utilizadas por el Hospital, así como
de la presentación de dichos estados.
Consideramos que nuestro examen proporciona una
base razonable para sustentar nuestra opinión.
16MODELO DE DICTAMEN PRESUPUESTAL
- En nuestra opinión, los estados analítico de
ingresos presupuestales, del ejercicio
presupuestal del gasto y de flujo de efectivo que
se acompañan, presentan razonablemente, en todos
los aspectos importantes, el resultado del
ejercicio presupuestal y las variaciones con
respecto al presupuesto autorizado al Hospital de
las Enfermedades del Aviar, por el año que
terminó el 31 de diciembre de 2007, de
conformidad con los bases específicas
presupuestales señaladas anteriormente. - De la Fonte, Chelentario, S.C.
- Adrián Chelentario
- Contador Público Certificado
- México, D.F.,
- 25 de abril de 2008
17 18NORMAS DE CALIDAD RELATIVAS AL TRABAJO DE LA
FIRMA DE AUDITORES EXTERNOS
- El boletín 3020, Control de Calidad de la
Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría
y Normas para Atestiguar del IMCP, define el
control de calidad como el conjunto de reglas o
principios que aseguran que los servicios
profesionales independientes prestados por la
firma, cumplen con las normas dictadas por la
profesión y que racionalmente se encuentran
enlazadas entre sí. Asímísmo, establece que las
políticas y procedimientos de control de calidad
se deben diseñar e implantar para asegurar que
todos los trabajos que realiza la firma se
conducen de acuerdo con las normas de auditoría
generalmente aceptadas y lineamientos del Código
de Ética Profesional emitidos por el IMCP
19MECANISMOS DE COORDINACIÓN
- A) CON LOS ENTES PÚBLICOS
- Cronograma de entrega de información
- Directorios de Servidores Públicos y personal de
las Firmas de Auditores Externos. - Reuniones de trabajo.
- B) CON LOS ORGANOS INTERNOS DE CONTROL
- Llevar a cabo reuniones de trabajo con el OIC,
- Al inicio de la auditoría para comentar y
complementar, en su caso, los procedimientos
establecidos en sus respectivos programas de
trabajo. - Durante el desarrollo, comentar asuntos diversos
y en su caso problemática. - Exponer los avances y resultados de los informes
y/o dictámenes previos, solicitando por escrito
la presencia del Titular del Área de Auditoría
Interna (O.I.C.). - Evaluar el O.I.C. si las observaciones
preliminares determinadas por la auditoría
externa y cuentan con los elementos requeridos. - Evaluar si las observaciones definitivas
determinadas por la auditoría externa, cuentan
con los elementos necesarios para su alta en el
SIP.
20GASTOS DE VIAJE
- Son los importes ejercidos por erogaciones
correspondientes a hospedaje, alimentación y
transporte. -
- Para el caso de entes públicos que tienen
sucursales u oficinas foráneas a las cuales sea
necesario efectuar revisiones, éstas se
realizarán con el personal de las
representaciones con que cuente la firma de
auditores externos en las localidades en donde se
encuentren sólo se podrán incluir en su programa
de visitas foráneas, gastos de viaje
correspondientes a la supervisión de este tipo de
trabajos. -
- El ente público será responsable de verificar la
comprobación de los gastos generados por la firma
de auditores externos en la Carta de Conclusión
de la Auditoría. -
- La firma de auditores externos pondrá a
disposición de la DGAE, en caso de que ésta lo
requiera la documentación soporte de la
comprobación de los gastos.
21AVISOS POR LIMITACIONES O RETRASOS EN EL
DESARROLLO DE LA AUDITORIA
- Cualquier situación que retrase o limite el
desarrollo de la auditoría, la firma de auditores
externos lo notificará por escrito a la DGAE y su
efecto en el dictamen. - Cualquier desfasamiento que no sea notificado
será imputable a la firma de auditores externos. - Los dictámenes de estados financieros y el
dictamen e informe presupuestal, la DGAE podrá
ampliar los plazos de entrega , siempre y cuando
los entes públicos en coordinación con las
firmas de auditores externos efectúen la
solicitud por escrito, con firma de ambos. - Los plazos para la entrega de informes y
dictámenes que determinen autoridades distintas a
la SFP será necesario cumplir con los requisitos
que establezcan, remitiendo a la DGAE la
autorización emitida, con anticipación a la fecha
límite de entrega.
22CONTRATACION DE TRABAJOS ADICIONALES
- Son servicios, cualquiera que sea el nombre con
el que se les denomine, para cualquier propósito
que se les requiera y que pretenda contratar el
ente público con las firma de auditores externos
incluidas en el Listado de Firmas de Auditores
Externos emitidos por la DGAE.
23REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
- Los trabajos adicionales se pueden dar en tres
vertientes - Por obligatoriedad
- Por requerimientos de terceros
- Por necesidades del ente público
- Antes de iniciar algún procedimiento para la
contratación de cualquier trabajo adicional, es
necesario contar con el pronunciamiento de la
DGAE.
24REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
- Para que la DGAE cuente con elementos de juicio,
será necesario que el ente público proporcione
por escrito lo siguiente - 1. POR OBLIGATORIEDAD
- Fundamento normativo
- Justificación y/o motivación
- Ficha técnica que deberá contener
- Descripción detallada del servicio.
- Fecha límite obligatoria por norma para entregar
el resultado del trabajo. - Periodo en que se debe realizar el trabajo
adicional (inicio y término) - Especificar si el trabajo adicional es por una
sola vez, o se requerirá para cada ejercicio
subsecuente. - En su caso, otros aspectos de importancia.
25REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
- 2. POR REQUERIMIENTOS DE TERCEROS
- Fundamento normativo
- Fundamento técnico
- Justificación y/o motivación
- Ficha técnica
26REQUISITOS PARA CONTRATAR TRABAJOS ADICIONALES
- 3. POR NECESIDADES DEL ENTE PÚBLICO
- Fundamento normativo (en su caso)
- Fundamento técnico
- Justificación y/o motivación (costo beneficio que
obtendrá el ente público y señalar el período de
inicio en que se obtendrán los beneficios) - Pronunciamiento de la administración del ente
público, de que el trabajo solicitado no es
factible realizarlo con su personal y precisar
las causas.