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Presentaci

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A tal efecto, formar equipos de fiscales especializados, con capacidad para ... realizado ante Jueces Penales de Sentencia, siempre que haya habido una condena. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Presentaci


1
Fiscalía General del Estado República del
Paraguay
2
UBICACIÓN INSTITUCIONAL
CONSTITUCIÓN NACIONAL
ESTADO PARAGUAYO
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Consejo de la Magistratura
Ministerio Público
Justicia Electoral
Corte Suprema de Justicia
3
Fiscalías Regionales y Zonales
REGIONES (10 ) Fiscalías Regionales
(13) Fiscalías Zonales (33)
ALTO PARAGUAY
Z. Fuerte Olimpo

R. 10
R. Filadelfia
BOQUERÓN

CONCEPCIÓN
AMAMBAY
R. 06
R.Pedro

J.Caballero
Z. Horqueta
Z. Horqueta
R 08
Concepción
Z. Yby Yaú
Z. Capitán Bado
Z. Santa Rosa del Aguaray
PDTE. HAYES

R. San Pedro
Z. Salto del Guairá
CANINDEYÚ
Z. Pdte. Hayes
SAN PEDRO
CANINDEYÚ
Z. Curuguaty
Z. Chore

Z. San Estanislao
Unidades Fiscales (131) Asunción (13) Central
(30) Interior (90)
ALTO PARANA
Hernandarias
Z. Lambaré
CAAGUAZU

Z. San Alberto
Z. Mbutuy
Z. Ñemby
Z. Caaguazú

Z. M.R. Alonso


R. 01

Z. Luque

CORDILLERA
Z Vaqueria.
Z. Limpio
Caacupé
R.Asunción

R. Ciudad del Este

R. Coronel Oviedo
Z. San Lorenzo
R. 02
R. 03
R. 05

Z. Santa Rita

Z. J. A. Saldivar
R.Villarica
CENTRAL
Z. Capiata
R. Paraguari
Z. S. J. Nepomuceno
GUAIRA

R. Caazapá
Z. Yuty
Z. Quiindy
PARAGUARÍ
Z. Alberdi
Z. Edelira
R. 07
CAAZAPÁ
R. 09
R. S. J. Bautista

R.Pilar
ITAPÚA
MISIONES
Z. San Pedro del Paraná
Z. Ayolas
R.Encarnación
Z. San Ignacio
ÑEEMBUCÚ

R. 04
Z. Santa Rosa
4
POLÍTICAS INSTITUCIONALES PRIORITARIAS
  • La Lucha contra la Corrupción
  • Art. 44 Ley Nº 1562/00 CORRUPCIÓN. El
    Ministerio Público velará, especialmente, por
    controlar y prevenir la corrupción de los
    funcionarios públicos. A tal efecto, formará
    equipos de fiscales especializados, con capacidad
    para coordinar las acciones preventivas,
    administrativas, judiciales y llevar a cabo
    investigaciones penales. Asimismo, desarrollará
    permanentemente la participación social en el
    control de la corrupción.
  • Es el desafío fundamental del proceso de
    transición democrática
  • Abarca todas las formas de cohecho (Activo y
    Pasivo)
  • Ocasiona enormes perjuicios al patrimonio público
  • OBJETIVO
  • Incrementar los limitados recursos con los que
    cuenta el Ministerio Público para superar
    definitivamente la dolorosa desproporción de
    medios existente en comparación con los enemigos
    de la ley.

5
Corrupción
  • La corrupción involucra muchas y muy distintas
    conductas. Ellas abarcan todas las formas de
    cohecho -activo y pasivo, de empleados públicos,
    de parlamentarios, de funcionarios
    internacionales, de fiscales, jueces y otros
    magistrados-, el tráfico de influencias, el
    blanqueo de dinero procedente de delitos de
    corrupción y los delitos económicos relacionados
    con la corrupción. En esas conductas aparecen,
    las más de las veces, personas del sector privado
    junto con los funcionarios del Estado.

6
Corrupción
  • La experiencia de los últimos años ha mostrado,
    en efecto, los enormes perjuicios causados al
    patrimonio público por acciones originadas en el
    sector privado. El actual debilitamiento del
    sistema financiero es precisamente el resultado
    de una serie de maquinaciones nacidas en un
    sector del empresariado, que ha logrado
    beneficios muy grandes mediante acciones
    fraudulentas. Sorprende un tanto la inacción de
    los órganos de control, que sólo intervienen
    cuando el daño ya se ha producido, y lo único que
    pueden hacer es recoger los destrozos.

7
DIFICULTADES
  • Falta de cobertura de todo el territorio nacional
    en forma efectiva
  • Falta de infraestructura edilicia
  • Falta de un organismo técnico de investigación
    que coadyuve la labor de los Agentes Fiscales
  • Insuficiencia de las bases de datos sobre
    personas y bienes registrables

8
H. P. relacionados a la corrupción
  • Cohecho pasivo, Art. 300 C.P.
  • Cohecho pasivo agravado, Art. 310 C.P.
  • Soborno, Art. 302 C.P.
  • Soborno agravado, Art. 303 C.P.
  • Prevaricato, Art. 305 C.P.
  • Exacción, Art. 312 C.P.
  • Cobro indebido de honorarios, Art 313

9
Ley 2523/ 04
  • Enriquecimiento ilícito, Art. 3
  • Prohibiciones posteriores al cargo, Art. 4
  • Tráfico de influencia, Art. 7
  • Administración en provecho propio Art. 8

10
Formas de recuperar activos
  • Negociaciones relacionadas con el Juicio
    Abreviado, la suspensión de la condena o del
    procedimiento
  • Comiso
  • Privación de beneficios o Comiso especial
  • 1) c.e. del valor sustitutivo
  • 2) c.e. extensivo

11
  • Acción Civil para reparar el daño
  • Legitimación activa
  • - Víctima, herederos o representantes
    legales
  • - Procurador General de la República si
    es perjudicado el patrimonio del Estado
  • Procedimiento
  • - Es un proceso sumario realizado ante
    Jueces Penales de Sentencia, siempre que haya
    habido una condena.-

12
  • Ejecución de sentencias extranjeras
  • Código Procesal Civil
  • - Art. 532.- Procedencia. Las sentencias
    dictadas por los tribunales extranjeros tendrá
    fuerza ejecutoria en los términos de los tratados
    celebrados con el país de que provengan.
  • Cuando no hubiere tratados, serán ejecutables si
    concurren los siguientes requisitos
  • a) que la sentencia, con autoridad de cosa
    juzgada en el Estado en que fue pronunciada,
    emane de tribunal competente en el orden
    internacional y sea consecuencia del ejercicio de
    una acción personal, o de una acción real sobre
    un bien muebles, si éste ha sido trasladado a la
    República durante o después del juicio tramitado
    en el extranjero
  • b) que no se halle pendiente ante un tribunal
    paraguayo una litis por el mismo objeto y entre
    las mismas partes
  • c) que la parte condenada, domiciliada en la
    República, hubiere sido legalmente citada y
    representada en el juicio, o declarada rebelde
    conforme a la ley del país donde se sustanció el
    proceso
  • d) que la obligación que hubiere constituido el
    objeto del juicio sea válida según nuestras
    leyes
  • e) que la sentencia no contenga disposiciones
    contrarias al orden público interno
  • f) que la sentencia reúna los requisitos
    necesarios para se considerada como tal en el
    lugar en que hubiere sido dictada, y las
    condiciones de autenticidad exigidas por la ley
    nacional y
  • g) que la sentencia no sea incompatible con otra
    pronunciada con anterioridad o simultáneamente,
    por un tribunal paraguayo.

13
  • Accionar directamente ante el fuero civil
  • - Daños
  • - Acción de reivindicación
  • - Enriquecimiento sin causa

14
GRACIAS POR SU ATENCION
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