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RESPONSABILIDAD LEGAL EN ENFERMERНA

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responsabilidad legal en enfermer a andr s nieto conesa pediatra. licenciado en derecho. la realidad hay m s errores que da os hay m s da os que denuncias hay ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: RESPONSABILIDAD LEGAL EN ENFERMERНA


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RESPONSABILIDAD LEGAL EN ENFERMERÍA
ANDRÉS NIETO CONESA
PEDIATRA. LICENCIADO EN DERECHO.
2
LA REALIDAD
  • HAY MÁS ERRORES QUE DAÑOS
  • HAY MÁS DAÑOS QUE DENUNCIAS
  • HAY MÁS DENUNCIAS QUE CONDENAS

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EVOLUCIÓN EN EL CONCEPTO DE SALUDDel
paternalismo a la autonomía
  • SALUD FISICA, PSÍQUICA Y SOCIAL
  • C.E. DE 1978 .Derecho a la protección de la
    salud derecho a la vida, a la integridad física,
    a la intimidad, al honor y a la propia imagen, a
    la libertad ideológica, religiosa y de
    conciencia.
  • Ley General de Sanidad de 1986. Derecho a
    información, libre decisión del paciente, respeto
    a la autonomía personal.
  • Convenios y Tratados internacionales
  • Proyecto de ley sobre consentimiento e
    información al paciente

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QUÉ SIGNIFICA SER RESPONSABLE?
  • CUMPLIR LOS DEBERES Y OBLIGACIONES ASIGNADOS
  • ASUMIR LAS CONSECUENCIAS Y RESULTADOS DE LAS
    ACCIONES PERSONALES
  • A VECES, ASUMIR LAS CONSECUENCIAS DE LOS ACTOS
    REALIZADOS POR TERCEROS (IN ELIGENDO, IN
    VIGILANDO)

5
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LA PROFESIÓN DE ATS
  • INTERVENCIÓN DIRECTA SOBRE LAS PERSONAS
  • PROFESIÓN DE RIESGO
  • CUIDADOS Y VIGILANCIA DEL PACIENTE. EVOLUCIÓN.
  • CUMPLIMIENTO DE ÓRDENES FACULTATIVAS
  • COMPETENCIAS DIRECTAS EN ALGUNOS TEMAS
    SANITARIOS PREVENCIÓN, EDUCACIÓN PARA LA SALUD,
    MEDIOS DIAGNÓSTICOS, VACUNACIONES...
  • MANEJO DE HISTORIAS CLÍNICAS Y DATOS
    CONFIDENCIALES
  • ESPECIALIDADES MATRONAS, PERFUSIONISTAS,
    INTRUMENTISTAS, RADIOLOGÍA, MEDICINA NUCLEAR,
    TRASPLANTES, UCI, PEDIATRÍA, ONCOLOGÍA,
    RADIOTERAPIA, EMERGENCIAS...

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Y SOBRE TODO ES UNA PROFESIÓN MUY HUMANA(MUY DE
DARSE PARA EL OTRO)En un reciente estudio sobre
el paciente del futuro, el profesional de
enfermería es calificado de buen profesional.Es
un profesional que el paciente siente como más
cercano
7
ES ÉTICO Y LEGAL EXIGIR RESPONSABILIDADES?
ART. 15. C.E TODOS TIENEN DERECHO A LA VIDA,
A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL, A NO SER
SOMETIDOS A TORTURA, NI A PENAS O TRATOS
INHUMANOS O DEGRADANTES
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RESPONSABILIDAD ANTE QUIÉN?
  • ANTE DIOS Y LA CONCIENCIA
  • ANTE LA LEY Y LAS PERSONAS
  • JUSTICIA
  • SOCIEDAD, ADMINISTRACIÓN, ESTADO.
  • PACIENTE Y/O FAMILIARES

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TIPOS DE RESPONSABILIDAD
  • ÉTICA-MORAL-RELIGIOSA
  • ADMINISTRATIVA
  • CIVIL
  • PENAL
  • CONTRACTUAL
  • EXTRACONTRACTUAL
  • SUBJETIVA (POR CULPA)
  • OBJETIVA (SIN CULPA)
  • PERSONAL
  • SOLIDARIA
  • SUBSIDIARIA

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DIAGRAMA DE LA RESPONSABILIDAD
CAUSA
ERROR NEGLIGENCIA FUERZA MAYOR IMPREVISIBILIDAD CA
SO FORTUITO
EFECTO
ACTUACIÓN PROFESIONAL
(R. CIVIL)
DAÑO
REPARACIÓN DEL DAÑO
RESPONSABILIDAD
DEMANDA
SENTENCIA
PENA
(R. PENAL)
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DIFERENCIAS ENTRE RESPONSABILIDAD Y CULPA
Y DICE USTED QUE MI TRATAMIENTO CON ARSÉNICO
PARA EL INSOMNIO DE SU SEÑORA HA FUNCIONADO?
De parte del Dr. Pérez que me quite usted la
escayola, porque me aprieta un poquico.
ATS
ATS
MALA PRAXIS
NEGLIGENCIA, INTRUSISMO
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TÉRMINOS RAROS
  • LEX ARTIS (ad hoc) Conjunto de reglas y
    preceptos para hacer bien las cosas, con adecuada
    técnica y diligencia (en el caso concreto)
  • MALPRAXIS No cumplir adecuadamente con las
    reglas y preceptos de la profesión. Obtener un
    resultado perjudicial diferente a la mayoría de
    profesionales en las mismas circunstancias.

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TÉRMINOS RAROS
  • CULPA CIVIL ( daño, negligencia, relación de
    causalidad)
  • DOLO CIVIL (hay maquinación o engaño) p.e
    ocultar riesgos para que el enfermo no se vaya a
    otro profesional
  • DOLO PENAL (hay intencionalidad de dañar)
  • IMPERICIA (incapacidad técnica para el ejercicio
    de la profesión, ignorancia en el acto que se
    realiza)
  • IMPRUDENCIA temeraria y simple (actuar sin
    cordura, discernimiento, sensatez o buen juicio)
  • NEGLIGENCIA (falta de malicia, daño, no cuidados
    debidos, actuando de forma lícita)

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CLASES DE OBLIGACIONES
  • OBLIGACIÓN DE MEDIOS
  • RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
  • OBLIGACIÓN DE RESULTADOS
  • RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL

A
B
OBLIGACIÓN DE REPARAR
OBLIGACIÓN DECUMPLIR
CONTRATO
INCUMPLIMIENTO
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ITER DE LA EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD
RECLAMACIÓN.QUEJA RECLAMACIÓN ECONÓMICO
ADMINISTRATIVA PRESENTACIÓN DE
DENUNCIA INTERPOSICIÓN DE DEMANDA JUDICIAL VÍA
CIVIL O QUERELLA CRIMINAL VÍA PENAL ADMISIÓN A
TRÁMITE INSTRUCCIÓN DEL CASO IMPUTACIÓN VISTA
ORAL. PRUEBAS . PERITOS. TESTIGOS. SENTENCIA.
ABSOLUCIÓN. ACUSACIÓN. CONDENA
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QUIÉN PAGA EL DAÑO?
  • LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA?
  • EL PROFESIONAL DE ENFERMERÍA?
  • LA COMPAÑÍA ASEGURADORA?
  • EL PACIENTE ?

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POR QUÉ SE ES RESPONSABLE DE UN DAÑO?
.-POR NO ADECUAR LA PRÁCTICA PROFESIONAL A LA
LEX ARTIS DE LA PROFESIÓN ( IMPERICIA) .-POR
DESEMPEÑAR UNA ACTIVIDAD DE RIESGO .-POR ACTUAR
CON RESULTADO DE DAÑO .-POR NO ACTUAR (OMISIÓN)
CON O SIN RESULTADO DE DAÑO. .-POR ACTUAR CON
IMPRUDENCIA O NEGLIGENCIA
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EXIGIR RESPONSABILIDAD PARA QUÉ?
  • RESARCIR AL AFECTADO POR LOS DAÑOS CAUSADOS
  • EJEMPLARIZACIÓN SOCIAL
  • MEDIO DE REHABILITACIÓN DEL CONDENADO ( Haz
    memoria)

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CÓMO SE RESARCE EL DAÑO?
  • RESPONSABILIDAD CIVIL.
  • RESTITUTIO AD INTEGRUM
  • PECUNIARIA (VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL Y
    COMPENSACIÓN POR DAÑO MORAL)
  • RESPONSABILIDAD PENAL
  • PRIVACIÓN DE LIBERTAD (PRISIÓN O ARRESTO
    DOMICILIARIO)
  • PECUNIARIA (MULTA)
  • INHABILITACIÓN (TEMPORAL O DEFINITIVA)

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1995-1997
ANESTESIA CIRUGÍA OBSTETRICIA TRAUMATOLOGÍA URGENC
IAS UCI
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EJEMPLOS EJEMPLARIZANTES
  • INDEMNIZACION DE 250.000 PTAS POR ROTURA DE HIMEN
    A UNA PACIENTE
  • PIDEN INDEMNIZACION DE 60 MILLONES A UNA
    ENFERMERA POR TRANSFUNDIR SANGRE CON VIH.
  • CONDENAN A ATS POR DAR YOGOURTH A NIÑO ALERGICO A
    LA LECHE.
  • PREPARACIÓN DE BIBERÓN CON CLORURO DE BENZALCONIO
    (ARMIL) EN LUGAR DE SUERO GLUCOSADO PARA UN R.
    NACIDO
  • LAVADO DE OJO CON ARMIL EN LUGAR DE SUERO
    FISIOLÓGICO.
  • ATS QUE NO ANOTA EN EVOLUCION QUE DEBE TOMARSE
    T/A CADA DOS HORAS.
  • ANTEBRAZO ESCAYOLADO EN NIÑO, CON DOLOR. ATS DE
    URG. HOSPITALARIAS RECETA CALMANTE Y DICE QUE
    VAYA A SU TRAUMATÓLOGO.
  • PARTO DE NALGAS ATENDIDO SÓLO POR COMADRONA.
  • INYECTABLE DE CLORANFENICOL-ESTREPTOMICINA SIN
    HACER PRUEBA ALERGICA COMO RECOMENDÓ EL MÉDICO.

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NO TODO ES TAN NEGRO
  • A VECES HAY RONDANDO UN ÁNGEL DE LA GUARDA
    SANITARIO
  • EL CUERPO HUMANO AGUANTA LO QUE LE ECHEN
  • EXISTEN ABOGADOS CON POCA PERICIA
  • HAY TODAVÍA JUECES CON SENTIDO COMÚN
  • EXISTEN PERSONAS QUE COMPRENDEN LO COMPLEJA QUE
    ES LA PROFESIÓN SANITARIA

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DENUNCIAS MÁS FRECUENTES
  • LESIONES AL FETO O RECIÉN NACIDO (SUFRIMIENTO
    FETO-NEONATAL)
  • LESIONES DE NERVIOS MEDIANO O CIÁTICO POR MALA
    TÉCNICA DE EXTRACCIÓN DE SANGRE O INYECTABLE EN
    NALGA.
  • CUERPOS EXTRAÑOS EN UN PACIENTE TRAS UNA
    INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA.
  • CAMBIOS O ERRORES EN MEDICACIÓN

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EL CÓDIGO CIVIL
RESPONSABILIDAD CIVIL
  • ART. 1902 el que por acción u omisión causa daño
    a otro, interviniendo culpa o negligencia, está
    obligado a reparar el daño causado

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RESPONSABILIDAD PENAL
Para que alguien sea imputado por un delito o
falta es preciso una imputación objetiva (
conducta y resultado) y una imputación
subjetiva (actuación dolosa o imprudente)
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CARACTERÍSTICAS DEL DELITO
  • C.P. art. 10 Son delitos o faltas las acciones
    y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la
    ley...
  • C.P. art 5 ..no hay pena sin dolo o
    imprudencia..
  • C.P. art. 19 toda persona responsable
    criminalmente de un delito o falta lo es también
    civilmente
  • DEBE ESTAR TIPIFICADO EN EL CÓDIGO PENAL. El
    derecho penal es un derecho de mínimos, poco
    intervencionista.
  • Infracción penal grave (delito)
  • Infracción penal leve (falta)

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ELEMENTOS DEL DELITO
  • ACCIÓN (OMISIÓN)
  • SUJETO ACTIVO
  • SUJETO PASIVO
  • BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

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DIFERENCIAS ENTRE DOLO Y CULPA
  • DOLO DIRECTO
  • DOLO EVENTUAL
  • (el resultado dañoso es previsto y aceptado por
    el sujeto, incluso buscado)
  • CULPA CONSCIENTE O CON PREVISIÓN
  • CULPA INCONSCIENTE O SIN PREVISIÓN
  • (se prevé resultado dañoso pero no es querido por
    el sujeto)

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CAUSAS DE EXENCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
  • ESTADO DE NECESIDAD
  • CUMPLIMIENTO DE UN DEBER JURÍDICO O EJERCICIO
    LEGÍTIMO DE UN DERECHO, OFICIO O CARGO.
  • MIEDO INSUPERABLE
  • TRANSTORNO MENTAL TRANSITORIO
  • ERROR INVENCIBLE

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CONCURRENCIA DE CIRCUNSTANCIAS EN EL DELITO
  • CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
  • ESTADO DE NECESIDAD
  • TRANSTORNO MENTAL TRANSITORIO
  • CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
  • PREMEDITACIÓN Y ALEVOSÍA
  • ENSAÑAMIENTO
  • PRECIO O RECOMPENSA
  • REINCIDENCIA
  • PARENTESCO

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ALGUNOS DELITOS EN EL C. PENAL DE 1995
  • VIOLACIÓN DEL SECRETO PROFESIONAL
  • OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO
  • ABANDONO O DENEGACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA
  • INTRUSISMO
  • EUTANASIA
  • LESIONES AL FETO
  • SUPOSICIÓN DE PARTO
  • MANIPULACIÓN GENÉTICA

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OTROS DELITOS
  • HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA GRAVE
  • HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA PROFESIONAL(Prisión de
    1-4 años, inhabilitación de 3-6 años)
  • HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA LEVE
  • DELITO DE LESIONES
  • DELITO DE COACCIÓN
  • DELITOS CONTRA EL HONOR, LA INTIMIDAD Y LA PROPIA
    IMAGEN
  • DELITO DE ABORTO
  • INDUCCIÓN Y COOPERACIÓN AL SUICIDIO

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VIOLACIÓN DEL SECRETO PROFESIONAL (C.P. art.
199.2)
  • el profesional que, con incumplimiento de su
    obligación de sigilo o reserva, divulgue los
    secretos de otra persona será castigado con la
    pena de prisión de uno a cuatro años, multa de
    doce a veinticuatro meses e inhabilitación
    especial para dicha profesión por tiempo de dos a
    seis años

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CARACTERÍSTICAS DEL DELITO DE REVELACIÓN DE
SECRETO
  • EL SECRETO PROFESIONAL ES COMPARTIDO
  • EL ESTUDIANTE O EN PRÁCTICAS SE RIGE POR EL ART.
    199.1 EL QUE REVELASE SECRETOS AJENOS, DE LOS
    QUE TENGA CONOCIMIENTO POR RAZÓN DE SU OFICIO..
  • ES UN DELITO DOLOSO. POR IMPRUDENCIA NO SE
    CASTIGA PENALMENTE
  • NO PUNIBLE EN CIERTOS SUPUESTOS
  • CONSENTIMIENTO DEL SUJETO
  • OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR
  • ESTADO DE NECESIDAD
  • DEFENSA ANTE ACUSACIÓN DE HOMICIDIO O LESIONES
  • EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO ES EL HONOR, LA
    INTIMIDAD Y LA PROPIA IMAGEN

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OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO (C.P. art.195)
  • El que no socorriere a una persona en peligro
    manifiesto y grave cuando pudiera hacerlo sin
    riesgo propio ni de tercero, será castigado con
    la pena de multa de tres a doce meses
  • En las mismas penas incurrirá el que, impedido
    de prestar socorro, no demande con urgencia el
    auxilio ajeno

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CARACTERÍSTICAS DE LA OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO
  • ES UN DELITO DE OMISIÓN PURA
  • SOCORRER ES UN DEBER JURÍDICO DERIVADO DEL
    PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD HUMANA, NO ES CARIDAD.
  • ES UN DELITO COMÚN. SUJETO ACTIVO PUEDE SER
    CUALQUIERA.
  • SUJETO PASIVO ES LA PERSONA DESAMPARADA, QUE
    NECESITA ASISTENCIA
  • EL PELIGRO HA DE SER MANIFIESTO Y GRAVE
  • EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO ES LA VIDA, LA SALUD,
    LA INTEGRIDAD FÍSICA, LA HONESTIDAD, LA LIBERTAD,
  • EL DELITO SE CONSUMA CON LA PROPIA OMISIÓN, NO ES
    NECESARIO QUE SE PRODUZCA NINGÚN RESULTADO.
  • SE COMETE TAMBIÉN POR NO SOLICITAR AUXILIO AJENO
    (OMISIÓN DE PETICIÓN DE SOCORRO)
  • EL SOCORRO SE PRESTARÁ SIN RIESGO PROPIO O PARA
    TERCEROS.
  • EXISTE UN DEBER MAYOR CUANDO LA PERSONA ES UN
    PROFESIONAL SANITARIO, OBLIGADO POR SU CARGO Y
    SOBRE TODO SI ES FUNCIONARIO PÚBLICO. EL ATS ES
    UN GARANTE DE LA SALUD DEL ENFERMO. LAS COMPAÑÍAS
    ASEGURADORAS NO SE HACEN CARGO.

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DENEGACIÓN O ABANDONO DE ASISTENCIA SANITARIA
(C.P. art.196)
  • el profesional que, estando obligado a ello,
    denegare asistencia sanitaria o abandonare los
    servicios sanitarios, cuando de la denegación o
    abandono se derive riesgo grave para las
    personas, será castigado con las penas del
    artículo precedente en su mitad superior y con la
    de inhabilitación especial para empleo o cargo
    público, profesión u oficio por tiempo de seis
    meses a tres años

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EUTANASIA
  • CONCEPTO Acción de procurar la muerte a quién
    sufriendo una enfermedad terminal la solicita
    para poner fin a sus sufrimientos.
  • ELEMENTOS sujeto activo, sujeto pasivo, acción
    u omisión, bien jurídico (libertad, autonomía,
    vida humana)
  • Testamento vital, encarnizamiento terapéutico...
  • Cacotanasia, distanasia, ortotanasia...
  • Eutanasia activa y pasiva

39
EUTANASIA (C.P- ART. 143.4)
  • El que causare o cooperare activamente con actos
    necesarios y directos a la muerte de otro, por
    petición expresa, seria e inequívoca de éste, en
    el caso de que la víctima sufriera una enfermedad
    grave que conduciría necesariamente a su muerte o
    que produjera graves padecimientos permanentes y
    difíciles de soportar, será castigado con la pena
    inferior en uno o dos grados a las señaladas en
    los números 2 y 3 de este artículo.

40
INTRUSISMO (C.P. ART. 403)
  • El que ejerciere actos propios de una profesión
    sin poseer el correspondiente título académico
    expedido o reconocido en España de acuerdo con la
    legislación vigente, incurrirá en la pena de
    multa de seis a doce meses. Si la actividad
    profesional desarrollada exigiera un título
    oficial que acredite la capacitación necesaria y
    habilite legalmente para su ejercicio, y no se
    estuviere en posesión de dicho título, se
    impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.
    Si el culpable, además, se atribuyere
    públicamente la cualidad de profesional amparada
    por el título referido, se le impondrá la pena de
    prisión de seis meses a dos años.

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CARACTERÍSTICAS DEL DELITO DE INTRUSISMO
  • SÓLO ES POSIBLE EN LA FORMA DOLOSA, NO POR
    IMPRUDENCIA
  • PUEDE CONCURRIR CON OTROS DELITOS( HOMICIDIO
    IMPRUDENTE, LESIONES, LESIONES AL FETO...)
  • EL SUJETO PASIVO ES LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
    (ES UNA ESTAFA A LA FE PUBLICA ADMINISTRATIVA)
  • NO SE REQUIERE LA HABITUALIDAD
  • ES DIFÍCIL DETERMINAR LOS ACTOS QUE SON PROPIOS
    DE UNA PROFESIÓN (SE ACUDE A OTRAS LEYES NO
    PENALES)

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CÓMO CUBRIRSE LAS ESPALDAS
.- ACTUACIÓN ÉTICA, ADECUADA A LA LEX
ARTIS(COMPETENCIA,PERICIA) .- FORMACIÓN
CONTINUADA. RECICLAJE .- SENTIDO COMÚN .- ANOTAR
INCIDENCIAS EN HOJA DE EVOLUCIÓN .- AVISAR AL
FACULTATIVO EN CASO DE DUDA .- NO DESCUIDAR LA
VIGILANCIA DEL PACIENTE .- INFORMAR Y SOLICITAR
EL CONSENTIMIENTO DEL PACIENTE .- MÁXIMA
DILIGENCIA EN EL COMETIDO DE SUS FUNCIONES .-
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL .- ASISTENCIA
LETRADA Y DEFENSA EN JUICIO .- SEGURO DE
INHABILITACIÓN PROFESIONAL
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DEMANDAS
  • DEMANDA POR LA VÍA CIVIL
  • RESPONSABILIDAD CIVIL (INDEMNIZACIÓN ECONÓMICA)
  • DEMANDA POR LA VÍA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
  • DEMANDA POR LA VÍA PENAL
  • RESPONSABILIDAD PENAL (MULTA, ARRESTO
    DOMICILIARIO, PRISIÓN, DESTIERRO, INHABILITACIÓN,
    SEPARACIÓN DEL SERVICIO..)
  • RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA (INDEMNIZACIÓN)

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EL QUE ROMPE PAGA LOS PLATOS ROTOS
  • SI EXISTE CULPA...... SIEMPRE.
  • SI NO EXISTE CULPA....... DEPENDE.
  • DE QUE SE LE HAYA INFORMADO AL PACIENTE DE LOS
    RIESGOS,ALTERNATIVAS, BENEFICIOS...)
    (CONSENTIMIENTO INFORMADO)
  • DE QUE HAYA CAUSAS DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
    PENAL
  • DOCTRINA DE LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA (TODO
    DAÑO CAUSADO DEBE SER RESARCIDO)

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LA ENFERMERÍA, UNA PROFESIÓN DE EXCELENCIA
ACTITUDES
APTITUDES
EL QUE DISFRUTÓ APRENDIENDO UNA PROFESIÓN,
LA EJERCERÁ DISFRUTANDO
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