Title: Sin ttulo de diapositiva
1XVII CONGRESO INTERNACIONAL DE LA FEDERACIÓN
IBEROAMERICANA DE ASOCIACIONES FINANCIERAS HACIA
UN NUEVO SISTEMA FINANCIERO LATINOAMERICANO 5
de noviembre de 2003
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
República de Colombia
2- CONTENIDO
- 1. Sistemas financieros y modelos de
regulación y supervisión en América Latina. - 2. Breve descripción del modelo financiero
colombiano. - 3. Esquemas de regulación y supervisión.
- 4. Basilea II.
- 5. Liberalización de los servicios financieros.
3 1. Sistemas financieros y modelos de regulación
y supervisión en América Latina Características
generales de la Regulación Financiera
Lationamericana
- A partir de los 90 (en algunos países a partir de
mediados de los 80) - Regulación prudencial, dirigida al
establecimiento de normas de solvencia, liquidez
y sana administración. - Tendencia a la disminución de encajes, aunque aún
se mantienen altos según estándares
internacionales. - Libertad de los intermediarios para fijar tasas
de interés. - Libertad de los intermediarios para fijar el
destino del crédito. - Supervisión dirigida a hacer cumplir parámetros
prudenciales de solvencia, liquidez y sana
administración. - Enfasis en definición y control de indicadores
financieros. Mayor responsabilidad de auditores
internos y externos de los intermediarios
financieros.
- Antes de los 90
- Regulación represiva, dirigida a gravar,
subsidiar y determinar el destino y las
condiciones de las transacciones financieras. - Altos encajes mínimos legales.
- Control de tasas de interés.
- Topes de cartera.
- Supervisión dirigida a hacer cumplir las
regulaciones represivas del sistema financiero.
4- 1. Sistemas financieros y modelos de regulación
y supervisión en América Latina - Las reformas financieras que tuvieron lugar en
la región a finales de los ochenta y comienzos de
los noventa permitieron la implantación de
modelos de banca universal o de grupos
financieros.
5- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
- Antes de la vigencia de la Ley 45 de 1990
- Presentaba una estructura oligipólica bajo el
esquema de banca especializada. (segmentación
excesiva) - Era poco competitivo e ineficiente.
- Con altos márgenes de intermediación y altos
costos operacionales.
6- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
- ...antes de la Ley 45 de 1990
- Muy concentrado y poco profundo. Limitada
diversidad de operaciones. - Excesivamente regulado.
- Con rígidas barreras de entrada.
- Limitaciones a la inversión extranjera
7- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
- La Ley 45 de 1990
- Cambia del esquema de banca especializada por el
de matriz filial y expande las actividades de
los intermediarios financieros tradicionales
hacia nuevas operaciones financieras no
bancarias. - Permite la inversión extranjera en el sistema al
100. - Permite que conglomerados financieros, a través
de un intrincado esquema de matrices y filiales,
desarrollen todo tipo de actividades financieras.
8- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
- Otros desarrollos legislativos
- Ley 9 de 1991 permite a los establecimientos de
crédito ser intermediarios del mercado cambiario. - La ley 35 de 1993 dicta normas generales y señala
los criterios y objetivos para el Gobierno
Nacional a la hora de regular cada una de las
actividades del mercado financiero, bursátil y
seguros. - Faculta al Gobierno para autorizar operaciones
nuevas a los establecimientos de crédito.
9- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
- Otros desarrollos legislativos
-
- Ley 510 de 1999. Se hacen algunos cambios con
respecto al funcionamiento del sistema y se crean
mecanismos para afrontar en forma más efectiva
crisis financieras. - Ley 546 de 1999. Crea el sistema de financiación
de vivienda UVR. Se da un plazo de tres años a
las corporaciones de ahorro y vivienda para
convertirse en bancos. - La ley 795 de 2003 que actualizó la legislación,
creo nuevos instrumentos de resolución de
entidades y estableció un régimen sancionatorio
para el sector.
10- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
- Los cambios introducidos en las diferentes
reformas y las operaciones autorizadas a través
de decreto han hecho que se pierda la distinción
entre los agentes del sistema financiero y que
diferentes agentes realicen operaciones
semejantes. - Por ejemplo, los establecimientos de crédito
realizan operaciones muy similares con excepción
de la cuenta corriente y el leasing que están
autorizados sólo para determinados agentes.
11- 2. Esquema del sistema financiero colombiano
-
-
- En el caso de carteras colectivas, estas pueden
ser administradas por sociedades fiduciarias,
sociedades administradas por AFPs, compañías de
seguros, sociedades comisionistas de bolsa y
sociedades administradoras de inversión. -
- Las AFPs se están convirtiendo en los
principales inversionistas institucionales en el
mercado de valores.
12 En los últimos años, se observa una clara
tendencia del sector financiero, a colocar
recursos en el mercado de valores, disminuyendo
la colocación de cartera.
13- 3. Esquemas de Regulación y Supervisión
- Enfoques
- Institucional o sectorial
- Funcional
- Basada en objetivos
- En América Latina estos enfoques se dan a través
de uno o varios reguladores y supervisores. En
algunos casos este papel lo cumple el Banco
Central y en otros casos entidades adscritas al
sector hacienda.
14- 3. Esquemas de Regulación y Supervisión
- Enfoque colombiano
- Regulación
- El Gobierno Nacional tiene facultades de
intervención sobre servicios financieros y
seguros. - La Sala General de la Superintendencia de
Valores regula el mercado público de valores. - Las Superintendencias expiden regulación
técnica -
- Este esquema en ocasiones puede generar
arbitrajes regulatorios
15- 3. Esquemas de Regulación y Supervisión
- Enfoque colombiano
- Supervisión
- La Superintendencia Bancaria se enfoca hacia la
supervisión institucional. - La Superintendencia de Valores emplea la
supervisión por actividad. - Esta diferencia de enfoques ha generado
también algún grado de arbitraje en materias de
supervisión.
16- 3. Esquemas de Regulación y Supervisión
- Regulación y Supervisión a través de diversos
supervisores y reguladores - Los diferentes negocios financieros exigen de
autoridades que efectúen análisis sectorizados. - La supervisión requiere de un contacto directo
con los diferentes intermediarios lo cual le
permite acceder a información y a la facultad de
descubrir conductas impropias. - La existencia de diversas entidades garantiza la
independencia de las agencias y conlleva a un
factor de competencia en el diseño y ejecución
de las políticas de la entidad.
17- 3. Esquemas de Supervisión y Regulación
- Regulación y supervisión ejercidas por una única
autoridad - Tendencia que se viene presentando a nivel
mundial para facilitar la supervisión de los
conglomerados financieros. - Casos Reino Unido, Japón y los países
escandinavos. -
- Se empieza a debatir la conveniencia de su
implantación en América Latina - Ver documento de Edgardo Demaestri y Federico
Guerrero del BID The Rationale for Integrating
Financial Supervision in Latin America and the
Caribbean
18- 3. Esquemas de Supervisión y Regulación
- Regulación y supervisión ejercidas por una única
autoridad - Ventajas
- Supervisión consolidada del grupo financiero
- Vigilancia y control a las operaciones
internacionales del grupo. - La estructura de supervisión y regulación replica
la estructura de conglomerados de las vigiladas - Se evita el arbitraje entre agencias reguladoras
y supervisoras - Hay identidad de objetivos
- Genera economías de escala
- Hace más eficiente y eficaz la supervisión
19- 3. Esquemas de Supervisión y Regulación
- Regulación y supervisión ejercidas por una única
autoridad - Desventajas
- Punto de vista único del regulador-supervisor que
lo hace excesivamente poderoso - Revisión de gran cantidad de información.
- No permite que se reflejen las particularidades y
especialidades de los diferentes operadores.
20- 3. Esquemas de Supervisión y Regulación
- Regulación y supervisión ejercidas por una única
autoridad - Un ejemplo de supervisión integrada- Experiencia
de los países escandinavos - Apropiada para sistemas financieros pequeños
- Consulta las restricciones presupuestales de
países en desarrollo - Conveniente para supervisión de conglomerados en
los que la mayor parte de las operaciones se
concentran en un banco - La supervisión integrada se adapta bien cuando el
sector financiero es objeto de cambios e
innovación acelerados (liberalización)
21- 3. Esquemas de Supervisión y Regulación
- Regulación y supervisión ejercidas por una única
autoridad - La discusión sobre el megasupervisor debe darse
en los países latinoamericanos teniendo en cuenta
la relación costo-beneficio de la implantación de
dicho esquema y los profundos cambios que se
están dando en los modelos y estructuras de los
sistemas financieros
22- 4. Basilea II
- Dentro del actual ordenamiento económico
mundial, la definición sobre los modelos de los
sistemas financieros necesariamente debe
enmarcarse dentro del contexto de la
globalización y consultando los parámetros
internacionales de regulación y supervisión.
23- 4. Basilea II
- Los pilares fundamentales
- Pilar I Medición de requerimientos de capital
sensible a riesgos. -
- Pilar II Examen de la supervisión sobre capital
adecuado. - Pilar III Disciplina de mercado.
24- 4. Basilea II
- Pilar I
- Mantiene la definición de relación de solvencia,
tanto en el nivel mínimo del 8, como en la
definición de patrimonio técnico. - Da un tratamiento diferente al riesgo crediticio
y adiciona el riesgo operacional a la relación de
solvencia, proponiendo diferentes alternativas
para su cálculo a través de sofisticados modelos
de riesgo.
25- 4. Basilea II
- Pilar II
- Propende por el desarrollo de buenas prácticas
de supervisión bancaria que aseguraren el
cumplimiento de los requerimientos establecidos
en el pilar I y motiven a las entidades
financieras a utilizar mejores técnicas de
gestión de riesgos, tales como el establecimiento
de límites de concentración y la medición del
riesgo residual generado por operaciones con
derivados, titularizaciones, etc.
26- 4. Basilea II
- Pilar III
- Enfatiza en la importancia de la divulgación de
información relevante al público en general, en
especial el perfil de riesgo y el grado de
capitalización de las entidades. - Es responsabilidad del supervisor determinar la
información que debe ser divulgada al público.
27- 4. Basilea II
- Las recomendaciones del Comité de Basilea han
sido reconocido por más 130 países, el Fondo
Monetario Internacional y el Banco Mundial, como
buena práctica internacional - Aunque Basilea II no es obligatoria para todos
los países, y hasta ahora es un documento de
referencia, su aplicación será cuestión de
tiempo. - Podrá ser implementado por los países miembros
del G-10 hasta el último trimestre de 2006, de lo
contrario serán intervenidos por el supervisor.
La implementación del pilar I podría postergarse
más allá de esta fecha.
28- 4. Basilea II
- En Estados Unidos se aplicará solamente a los
bancos internacionalmente activos, aunque se
espera que otros más lo apliquen voluntariamente.
- En ese país se ha calculado que entidades con
cartera poco riesgosa podrán reducir su capital
en un 30 aproximadamente, mientras que otras
tendrán que aumentarlo hasta un 40.
29- 4. Basilea II
- Aunque no es de obligatoria aplicación para
países no industrializados, Colombia, con la
implementación del nuevo Sistema de
Administración del Riesgo Crediticio SARC, ha
dado un gran paso en esta dirección, bajo el
principio de encargar a las entidades para que
desarrollen metodologías que les permitan
prevenir futuras pérdidas originadas en el riesgo
crediticio y constituyan las provisiones
correspondientes.
30- 4. Basilea II
- Los supervisores del área se han apoyado
en los conceptos de Basilea II y el modelo de
riesgo de crédito ha servido de base para algunas
regulaciones locales. - En México las circulares 1480 y 1514 para banca
de desarrollo, regulan la clasificación de la
cartera y las reservas asociadas a cada clase. - En Chile la normativa 7-10 regula la constitución
de provisiones y la estimación de la pérdida
esperada.
31- 4. Basilea II
- En Argentina, las comunicaciones A3360 y A3747
del 2002 regulan la clasificación y el
provisionamiento. - En España la norma 9 de 1999 para la dotación de
fondos anticíclicos, ha adoptado la metodología
de Basilea II para el cálculo de los componentes
del IBR (probabilidad de default severidad en
las pérdidas)
32- 4. Basilea II
- Otros países de la región con gran presencia de
bancos internacionales en sus sistemas,
necesariamente deberán avanzar hacia Basilea II.
- En Europa, salvo en España, la normativa sigue
sin cambiar. Cada país decidirá cómo adecuará su
regulación. - La discusión de las estructuras y modelos de los
sistemas financieros latinoamericanos tienen que
prever necesariamente las recomendaciones de
Basilea y de otros actores como IOSCO y IAIS.
33- 5. Liberalización de servicios financieros
- Es un fenómeno creciente que impacta enormemente
los mercados locales, pues supone la total
apertura del sector a la inversión extranjera y
la prestación transfronteriza de servicios
financieros. - En mercados globales los consumidores acceden
fácilmente a entidades financieras con tecnología
de punta que agudizan la competencia en la
prestación de los servicios.
34- 5. Liberalización de servicios financieros
- Promueve la competencia y aumenta la eficiencia
sectorial, lo cual representa costos más bajos,
mejor calidad y mayor diversidad de los servicios
prestados. - Mejora la intermediación financiera y las
oportunidades de inversión, al tiempo que induce
la utilización de mejores mecanismos para la
gestión del riesgo y para hacer frente a
externalidades negativas
35- 5. Liberalización de servicios financieros
- Tiene efectos positivos sobre la intervención
regulatoria y la supervisión del sector. - Induce a los gobiernos a mejorar la gestión
macroeconómica, facilitando el crecimiento. Los
países con sectores financieros abiertos son
proclives a un mayor y más rápido crecimiento el
éxito económico de Hong Kong (China) y Singapur,
se ha facilitado en alto grado porque sus
sectores financieros se han orientado
internacionalmente.
36- 5. Liberalización de servicios financieros
- En nuestro continente, México y Chile cuentan con
las experiencias más representativas al haber
suscrito TLC con varias naciones, entre ellas las
de la U.E. y EE.UU. - A raíz de la crisis de principios de la década
pasada, en México se produjo una gran inyección
de capital extranjero al sector, lo que aunado a
la liberalización, cambió significativamente su
estructura, mejoró su competitividad y lo hizo
más diversificado y profundo.
37- 5. Liberalización de servicios financieros
- Chile suscribe en junio de 2003 el TLC con EE.UU.
bajo la política de regionalismo abierto y la
perspectiva de convertirse en plataforma para
las actividades transnacionales y la prestación
de servicios financieros en América Latina.
38- 5. Liberalización de servicios financieros
- El TLC no marca un cambio muy significativo en el
sector financiero Chileno porque, en general, se
mantienen las actuales condiciones regulatorias
de la actividad financiera. - El TLC permite el establecimiento en Chile de
sucursales de entidades financieras de EE.UU con
capital local y el comercio transfronterizo de
servicios financieros entre los dos países.
39- 5. Liberalización de servicios financieros
-
- Otros acuerdos de integración de gran
envergadura, como el ALCA y el que se negocia en
el seno de la CAN, también podrán repercutir en
el panorama financiero de nuestro continente, en
la medida en que reducirán las barreras y
restricciones para la prestación de servicios
financieros, ampliarán los actuales mercados
significativamente, e incrementarán el número de
agentes que en ellos participan, lo que
igualmente se reflejará en la competitividad y
eficiencia de los mismos.
40- 5. Liberalización de servicios financieros
- Los países latinoamericanos, incluído Colombia,
no pueden ser ajenos a la dinámica global de
comercio de servicios financieros, pues podrían
verse excluidos de los mercados internacionales. - Para Colombia la negociación de un TLC con EE.UU
representa un avance esencial en este sentido y
representa importantes retos para el sector
financiero colombiano en términos de
competitividad y eficiencia.
41- 5. Liberalización de servicios financieros
- Conclusiones
- La negociación de acuerdos como el TLC con
Estados Unidos, ALCA y CAN necesariamente
producirá impactos en la estructura y el modelo
financiero de los países latinoamericanos
42Ministerio de Hacienda y Crédito
Público República de Colombia