Ponencia CSN - PowerPoint PPT Presentation

1 / 33
About This Presentation
Title:

Ponencia CSN

Description:

Directivas del Consejo fijan objetivos para normas nacionales: ... De facto el Consejo de Seguridad Nuclear es el primer Organismo creado dentro ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:90
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 34
Provided by: mit93
Category:
Tags: csn | consejo | ponencia

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Ponencia CSN


1
MESA DE DIALOGO SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA ENERGÍA
NUCLEAR EN ESPAÑA
LA SEGURIDAD NUCLEAR EN LA OPERACIÓN DE LAS
CENTRALES NUCLEARES ESPAÑOLAS.SITUACIÓN ACTUAL Y
PERSPECTIVA.
RÉGIMEN NORMATIVO APLICABLE AL ÁMBITO NUCLEAR.
  • LUIS IGLESIAS MARTÍN
  • Secretario General del Consejo de Seguridad
    Nuclear

2
INDICE
  • 1. INTRODUCCIÓN
  • 2. PIRÁMIDE DE LA NORMATIVA NUCLEAR EN ESPAÑA
  • 3. RETOS FUTUROS
  • 4. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
  • 5. CONCLUSIONES GENERALES

3
INTRODUCCIÓN
SEGURIDAD
  • Industrial
  • Económica
  • Aérea
  • Vial
  • Marítima
  • Nuclear

Sectores fuertemente tecnificados Sectores
intereses económicos Sectores riesgos Sectores
estables Sectores cuestionados
DEFENSA DE LA SOCIEDAD Y/O PROTECCIÓN DEL MEDIO
AMBIENTE
DEBATE POLÍTICO
DEBATE ENERGÉTICO
4
PILARES DE LA SEGURIDAD
Los tres aspectos están fuertemente
interrelacionados, cualquier modificación en uno
de ellos afecta al resto, por ello es necesario
proceder de manera prudente antes de llevar a
cabo reajustes.
5
INSTALACIONES NUCLEARES A MEDIO PLAZO
CENTRALES NUCLEARES José Cabrera 1, Almaraz,
Ascó, Vandellós II, Trillo, Santa María de
Garoña, Cofrentes.
INSTALACIONES DEL CICLO DEL COMBUSTIBLE
Fábrica de elementos combustibles de Juzbado y
Planta Quercus (parada). INSTALACIONERS EN FASE
DE DESMANTELAMIENTO Y CLAUSURA Central Nuclear
de Vandellós I, Planta de concentrado de uranio y
Reactores de investigación Argos y
Arbi. INSTALACIONES ASOCIADAS A LA GESTIÓN DE
RESIDUOS Y DEL COMBUSTIBLE IRRADIADO Centro de
almacenamiento de residuos El Cabril,
Almacenamiento temporal de combustible irradiado
en CC.NN (piscinas y contenedores), Almacén
temporal centralizado (ATC) CENTROS DE
INVESTIGACIÓN Ciemat y otros centros avanzados
de investigación de desarrollo. 1 La Central
nuclear José Cabrera tiene previsto su cese
definitivo de explotación el 30 de abril de 2006,
según orden Ministerial ECO/2757 de 14 de octubre
de 2002.
6
CONTEXTO INTERNACIONAL
  • Modelo de regulación nuclear español se apoya en
    componentes internacionales
  • Principales
  • Unión europea
  • Organismo internacional de energía atómica
    (OIEA)
  • Convenios internacionales
  • Agencia de energía nuclear (NEA) de la OCDE
  • Acuerdos bilaterales con organismos reguladores.
    Concepto de Normativa del país de origen del
    diseño de la instalación
  • Asociaciones de reguladores nucleares de ámbito
    internacional INRA, WENRA, FORI
  • Organizaciones especializadas (bases
    científicas) ICRP

7
MARCO LEGISLATIVO Y REGULADOR
ZONA VINCULANTE
CONSTITUCION Y TRATADOS INTERNACIONALES
ZONA NO VINCULANTE
INSTRUMENTOS DEL CSN (REQUIREN COBERTURA JURIDICA)
LEYES (LEN, LCSN)
REGLAMENTOS
REALES DECRETOS (Ej. RINR,RPSRI)
NORMATIVA VINCULANTE
CARÁCTER GENERAL
ORDENES MINISTERIALES
INSTRUCCIONES
INSTRUCCIONES TECNICAS
AUTORIZACIONES
ACTOS VINCULANTES PARA CADA TITULAR
INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS
CIRCULARES
RECOMENDACIONES (OIEA,...)
ACTOS NO VINCULANTES
GUIAS DE SEGURIDAD / NORMAS INDUSTRIALES
8
NORMAS CONSTITUCIONALES, TRATADOS O ACUERDOS
INTERNACIONALES RATIFICADOS POR ESPAÑA Y OTRAS
NORMAS INTERNACIONALES
  • CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
  • UNIÓN EUROPEA
  • Tratados constitutivos CECA, CE y EURATOM.
  • Reglamentos del Consejo o de la Comisión
    Salvaguardias, movimiento intracomunitario de
    sustancias radiactivas, contaminación radioactiva
    en alimentos, importación de alimentos,
    comunicación en caso de emergencias (ECURIE,
    EURDEP)
  • Directivas del Consejo fijan objetivos para
    normas nacionales
  • Protección Sanitaria de los Trabajadores y la
    Población
  • Evaluación de impacto ambiental
  • Pronta notificación de accidentes
  • Información a la población sobre emergencias
  • Protección Reguladora de los trabajadores
    externos
  • Traslado de residuos radiactivos entre
    estados
  • Normas básicas de protección radiológica
  • Fuentes radiactivas alta intensidad y
    fuentes huérfanas
  • Residuos de aparatos eléctricos y
    electrónicos
  • Acceso del público a la información
    medioambiental

9
TRATADOS O ACUERDOS INTERNACIONALESRATIFICADOS
POR ESPAÑA Y OTRAS NORMAS INTERNACIONALES
  • OIEA
  • Convenciones internacionales Seguridad nuclear,
    seguridad en residuos y combustibles irradiado,
    seguridad física, notificación emergencias,
    asistencia mutua en emergencias
  • Normativa Principios y Fundamentos, Requisitos,

SISTEMA DE PARTICIPACIÓN
CSS
NUSSC
RASSC
WASSC
TRANSSC
Programa NUSS
Programa RASS
Programa RADWASS
Programa TRASS
PROTECCIÓN RADIOLÓGICA
SEGURIDAD
RESIDUOS
TRANSPORTE
10
TRATADOS O ACUERDOS INTERNACIONALES RATIFICADOS
POR ESPAÑA Y OTRAS NORMAS INTERNACIONALES
  • OTROS CONVENIOS INTERNACIONALES
  • Londres (1985) prohibición vertidos residuos al
    mar
  • Convenio Oslo-París (Ospar) Control descargas al
    Atlántico norte
  • Convención Basilea (1992) Movimiento
    transfronterizo mercancías peligrosas
  • Tratado de No Proliferación (1968) aplicación de
    sistema de salvaguardias por OIEA (1974, 1998)
  • Convenios de responsabilidad civil en materia de
    energía nuclear y daños nucleares (Londres-Viena)
  • SISTEMA DE PARTICIPACIÓN
  • OCDE-NEA
  • Programas y grupos trabajo específicos de apoyo a
    reguladores normativa y prácticas reguladoras
    CNRA, CRPPH,
  • Promoción investigación en seguridad nuclear
  • Relaciones Bilaterales. CSN con 20 organismos
    reguladores
  • Intercambio prácticas reguladoras

VOLVER A PIRAMIDE NORMATIVA
11
LEYES Y DISPOSICIONES CON RANGO DE LEY
  • LEYES BÁSICAS
  • Ley de Energía Nuclear (Ley 25/1964)
  • Ley de Creación del CSN (Ley 15/1980)
  • Ley del Sector Eléctrico (Ley 54/1997)
  • Ley de Tasas (Ley 14/1999)
  • Ley del derecho de acceso a la información
    ambiental
  • (Ley 38/1995)
  • DECRETOS LEGISLATIVOS Y DECRETOS-LEYES
  • Real Decreto Legislativo de Evaluación de
    Impacto Ambiental (RDL 1302/1986)

VOLVER A PIRAMIDE NORMATIVA
12
NORMAS DE RANGO REGLAMENTARIO
  • REGLAMENTOS
  • ?Estatuto del CSN (RD 1157/1982)
  • Reglamento de Instalaciones Nucleares y
    Radiactivas (RD 1836/1999)
  • Reglamento de Protección Sanitaria contra
    Radiaciones Ionizantes (RD 783/2001)
  • Reglamento de Cobertura de Riesgos Nucleares
    (Decreto 2177/1967)
  • Real Decreto sobre Protección Física de
    Materiales Nucleares (RD 158/1995)
  • Real Decreto sobre Protección Operacional de
    Trabajadores Externos con Riesgo de Exposición a
    Radiaciones Ionizantes por intervención en zona
    controlada (RD 413/1997)
  • Real Decreto sobre el Plan de Básico de
    Emergencia Nuclear (RD 1546/2004)
  • Real Decreto por el que se autoriza la
    constitución de ENRESA (RD 1522/1994). Modificado
    por la Ley del Impulso a la Productividad.
  • Real Decreto sobre el control de fuentes
    radiactivas encapsuladas de alta actividad y
    fuente huérfanas (RD 229/2006).

13
NORMAS DE RANGO REGLAMENTARIO (Continuación)
  • INSTRUCCIONES DEL CONSEJO
  • Son disposiciones generales o reglamentarias
    dictadas por el CSN en virtud de habilitación
    legal directa, emitidas con carácter vinculante,
    dirigidas a un colectivo o número indeterminado
    de sujetos, y que tienen por objeto materias
    técnicas relacionadas con el ejercicio de sus
    propias competencias sobre seguridad nuclear y
    protección radiológica. Se publican en el Boletín
    Oficial del Estado.
  • www.csn.es /Reglamentación y normativa.
    /Normativa CSN

VOLVER A PIRAMIDE NORMATIVA
14
ACTOS Y DECISIONES VINCULANTES DE LA
ADMINISTRACIÓN.
  • AUTORIZACIONES
  • Reconocimiento oficial del objetivo propuesto por
    el titular de la misma y faculta para proceder de
    acuerdo con el tipo de autorización solicitado.
    De acuerdo con la ley sobre Energía Nuclear
    25/196 el titular de una autorización de una
    instalación (el explotador) es el responsable de
    la misma y de los daños que pudiera causar.
  • Concedidas el Ministerio de Industria Turismo y
    Comercio, previo informe del CSN preceptivo y,
    además, vinculante cuando tenga carácter negativo
    o denegatorio y, asimismo en las condiciones que
    establezca.
  • Acuerdo con el vigente Reglamento de
    Instalaciones Nucleares y Radiactivas.

15
ACTOS Y DECISIONES VINCULANTES DE LA
ADMINISTRACIÓN. (Cont.)
  • INSTRUCCIONES TÉCNICAS DEL CSN
  • Actos administrativos con efectos vinculantes,
    para el titular o titulares afectados.
  • Carácter Técnico.
  • INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS DEL CSN
  • Actos administrativos que obligan a un titular
    concreto.
  • Refuerzan, desarrollan o complementan los límites
    y condiciones de la Autorización de Explotación
    concedida a un Titular

VOLVER A PIRAMIDE NORMATIVA
16
RETOS FUTUROS
  • El marco legal actual ha sido suficiente para la
    construcción y explotación de las instalaciones
    nucleares existentes en España (que han operado
    más de 12 millones de horas, sin accidentes con
    liberación de actividad al exterior o daño al
    núcleo del reactor y con muy pocos incidentes
    relevantes). Sin embargo, puede ser necesario
    introducir mejoras debido a
  • Demandas sociales
  • Evolución del ciclo de vida de las
    instalaciones.
  • Avance tecnológico. Actividades de ID.
  • Contexto internacional.

17
DEMANDAS SOCIALES
  • La actual sensibilidad social demanda un mayor
    grado de información y participación, por lo que
    deben completarse los desarrollos legales y
    normativos sobre
  • Transparencia en las actuaciones
  • Participación de instituciones, asociaciones y
    público en la toma de
  • decisiones
  • Cauces para las denuncias de los trabajadores

18
EVOLUCIÓN DEL CICLO DE VIDA DE LAS INSTALACIONES
  • El ciclo de vida de las instalaciones puede
    contemplar aspectos tales como el alargamiento de
    vida y el desmantelamiento, que demandan
    actuaciones específicas.
  • En desmantelamiento existe una buena experiencia
    previa que se aprovechará en el desarrollo
    normativo y en su aplicación futura.
  • Resulta necesario completar las actividades de la
    última fase del ciclo del combustible nuclear.
  • El Reglamento de Instalaciones Nucleares y
    Radiactivas da cobertura suficiente para la
    autorización de las instalaciones de
    almacenamiento de combustible (ATI, ATC,...)
  • Sin embargo, los criterios de seguridad
    aplicables a ese tipo de instalaciones
    requerirían un desarrollo normativo específico,
    así como las interfases entre las distintas
    etapas del combustible irradiado y las
    responsabilidades de los distintos titulares.

19
AVANCE TECNOLÓGICO. ACTIVIDADES DE ID
  • Los resultados de la ID en Seguridad Nuclear y
    en Protección Radiológica realimentan la
    normativa reguladora.
  • Las actividades de ID requieren el uso de nuevas
    instalaciones cuyas características, en algunos
    casos, no encajan en lo reglamentado y pueden
    hacer necesario el desarrollo de nuevos tipos y
    normas.
  • Este fue el caso del ITER, que finalmente no se
    instalará en España, y puede ser el caso de los
    laboratorios o instalaciones necesarios para
    analizar los fenómenos de transmutación o
    realizar otros estudios relativos a residuos o
    al comportamiento del combustible irradiado.

20
CONTEXTO INTERNACIONAL
  • En el contexto internacional, existen tendencias
    que pueden inducir cambios en el sistema
    normativo español
  • Armonización de prácticas reguladoras en el
    marco europeo
  • Desarrollos comunes de estándares y requisitos
    aplicables a instalaciones futuras. Seguridad
    global.

21
CONTEXTO INTERNACIONAL. ARMONIZACIÓN DE PRÁCTICAS
REGULADORAS
  • Asociación de reguladores nucleares de la Europa
    occidental (WENRA) formada por los máximos
    responsables de 17 autoridades reguladoras
    europeas de los países nucleares de la Unión
    Europea junto con Bulgaria, Rumania y Suiza.
  • Persigue establecer una armonización efectiva de
    la seguridad nuclear y su regulación en una serie
    de temas seleccionados.
  • Para proporcionar a las Instituciones Europeas la
    capacidad de examinar, de forma independiente, la
    seguridad nuclear en los países candidatos.

22
CONTEXTO INTERNACIONAL. SEGURIDAD GLOBAL
  • Tendencia internacional a fijar requisitos de
    seguridad comunes a los nuevos diseños y a
    realizar evaluaciones comunes por parte de los
    organismos reguladores, de manera que se aseguren
    niveles de seguridad equivalentes para las nuevas
    instalaciones y se simplifiquen los procesos de
    licenciamiento.
  • Esta tendencia obliga a mantener permanentemente
    actualizados los conocimientos y las capacidades
    reguladoras y puede requerir la introducción de
    cambios o nuevos desarrollos en la normativa
    actual.

23
CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR Y ADMINISTRACIÓN
INDEPENDIENTE
  • De facto el Consejo de Seguridad Nuclear es el
    primer Organismo creado dentro del concepto de
    Administración Independiente, como Ente de
    Derecho Público, independiente de la
    Administración del Estado, con personalidad
    jurídica y patrimonio propio e independiente de
    los del Estado y, como único organismo competente
    en materia de seguridad nuclear y protección
    radiológica.
  • Otros
  • ? Comisión Nacional del Mercado de Valores
    (CNMV)
  • ? Comisión del Mercado de las
    Telecomunicaciones (CMT)
  • ? Comisión Nacional de la Energía (CNE)
  • ? Tribunal de Defensa de la Competencia
  • ? Banco de España
  • ? Ente Público Radio Televisión Española

24
CREACIÓN DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR Y
MARCO DE REFERENCIA
  • A iniciativa del Congreso de los Diputados con
    atribuciones por encima de las recogidas en el
    Proyecto de Ley aprobado por el Gobierno.
  • - Administración independiente
  • - Ente de derecho público
  • - Independiente de la Administración Central
    del Estado
  • Inspirado en el modelo de la Nuclear Regulatory
    Commission (NRC) norteamericana, y en general, de
    la experiencia de los Estados Unidos de América
    en cuanto a control de la energía nuclear.
  • Organismo independiente de las Administraciones
    Públicas y los titulares de las instalaciones,
    que rinde cuentas ante el Parlamento de la
    Nación. Cualificado técnicamente para que sus
    propuestas y decisiones sean rigurosas y
    desarrollar su actividad con eficacia, eficiencia
    y transparencia, de modo que merezca la confianza
    de la sociedad española y constituya un referente
    en el ámbito internacional.

25
RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
  • NORMATIVA ESPECÍFICA
  • Ley 15/1980, de creación del Consejo de Seguridad
    Nuclear
  • R.D. 1157/1982, por el que se aprueba el Estatuto
    del CSN
  • OTRA NORMATIVA
  • Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria,
    aprobado por RD Legislativo 1091/1988
  • Ley 6/1997,de Organización y Funcionamiento de la
    Administración General del Estado (aplicación
    supletoria)
  • Texto Refundido de la Ley de Contratos de las
    Administraciones Públicas aprobado por RD
    Legislativo 2/2000
  • Ley 33/2003, de Patrimonio de las
    Administraciones Públicas
  • Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
    Administraciones Públicas y del Procedimiento
    Administrativo Común.

26
INDEPENDENCIA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
  • Garantías de independencia
  • - Funcionales . Sin directrices
    gubernamentales
  • . Excluído del recurso de alzada y
    revisión de oficio
  • . Legitimado recurso contencioso-adminis
    trativo
  • - Recursos Humanos
  • . Órgano rector - Reconocida
    competencia
  • - Designación y mandato
  • - Renovación
  • - Cese
  • - Incompatibilidades
  • . Personal -
    Carácter funcionarial
  • - Relación puestos de trabajo
  • - Financieros . Elaboración y aprobación
    Anteproyecto Presupuesto Anual
  • . Tasas

27
INDEPENDENCIA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
  • Garantías de independencia
  • - Organizativos
  • . Órgano colegiado
  • . Capacidad de autorganización
  • - Competenciales
  • . Vinculadas - Potestad Reglamentaria .
    Proponer reglamentaciones
  • . Emitir Instrucciones, Circulares
  • - Potestad Sancionadora .
    Apertura exps. sancionadores
  • . Informe preceptivo de
    calificación
  • - Potestad Autorizatoria . Informe
    preceptivo
  • . Autónomas - Potestad de supervisión y
    control . Inspección
  • . Vigilancia radiol.
    Ambiental
  • . Control dosimétrico
  • . Licencias de personal
  • . UTPR

28
TRANSPARENCIA Y COMUNICACIÓN CON EL PÚBLICO
  • Transparencia que implica entre otros conceptos
    los siguientes
  • Suministrar en el momento oportuno información
    válida y verificable.
  • Mantener una comunicación con las
    administraciones públicas, titulares y agentes
    sociales que les permita conocer y comprender las
    decisiones del organismo y sus fundamentos.
  • Acercar el CSN a la sociedad para facilitar el
    uso de los servicios que presta la organización.
  • Recabar información, opiniones y sugerencias de
    los distintos interlocutores, sobre las
    actividades del CSN.

29
TRANSPARENCIA Y COMUNICACIÓN CON EL PÚBLICO.
Continuación
  • El régimen jurídico de aplicación al CSN en
    materia de transparencia se circunscribe en lo
    que a su normativa específica se refiere, LCSN y
    ECSN, a los aspectos que a continuación se
    detallan.
  • Información a la opinión publica, sobre materias
    de su competencia con la extensión y la
    periodicidad que el Consejo determine, sin
    perjuicio de la publicidad de sus actuaciones
    administrativas en los términos legalmente
    establecidos.
  • Elevar anualmente al Congreso de los Diputados y
    al Senado un informe sobre el desarrollo de sus
    actividades.

30
EFICACIA
  • Eficacia que implica entre otros el concepto
    siguiente
  • Analizar de forma permanente los procesos,
    procedimientos y estructuras organizativas, para
    evitar la tendencia a la rutina.
  • La Ley del CSN contempla algunas herramientas
    útiles
  • Contratar personal nacional o extranjero .
  • Mantener relaciones oficiales con otros
    organismos

31
CONCLUSIONES/POSIBLES MODIFICACIONES DEL RÉGIMEN
JURÍDICO DEL CSN
  • En relación con el elemento personal de
    independencia, se podrían analizar los límites
    cuantitativos de renovación de los titulares del
    Consejo y la capacidad para llevar a cabo una
    política de personal independientes.
  • Por lo que atañe al aspecto organizativo y de
    eficacia, se considera importante potenciar
    explícitamente el funcionamiento colegiado del
    órgano rector y recoger las recomendaciones
    internacionales sobre órganos técnicos asesores
    de carácter independiente con función de apoyo en
    la toma de decisiones colegiadas, con una misión
    asesora en temas científico y técnico.
  • Asimismo, la existencia de un Comité Consultivo
    de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica
    como foro de intercambio de información entre el
    CSN y los distintos sectores políticos, sociales
    e industriales concernidos, podría contribuir a
    de incrementar la transparencia y la eficacia.

32
CONCLUSIONES GENERALES
  • La seguridad nuclear debe permanecer al margen
    del debate sobre el futuro de la energía nuclear
    en el panorama energético y debe estar separada
    de las actividades de promoción y de detracción
    de la misma.
  • La seguridad nuclear descansa en un modelo
    regulador y legislativo sólido y experimentado,
    el cual ha sido suficiente para la construcción y
    explotación de las instalaciones nucleares
    existentes en España.
  • El modelo regulador es dinámico por lo que es
    preciso introducir las soluciones derivadas tanto
    de los sucesos acontecidos en los últimos años
    como de los retos futuros.
  • Resulta necesario incluir y definir la
    participación de instituciones, asociaciones y el
    público en el modelo regulador para atender que
    la seguridad sea percibida y valorada por la
    sociedad.
  • En el contexto internacional se persigue
    establecer una armonización efectiva de la
    seguridad nuclear y su regulación en Europa para
    conseguir la seguridad global.

33
(No Transcript)
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com