Title: Sin ttulo de diapositiva
1REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. RD
39/1997 DE 17 DE ENERO
Aspectos relacionados con la Gestión de la
Prevención.
2Integración de la actividad preventiva (Cap. I.
Art. 1)
La prevención de riesgos laborales, como
actuación a desarrollar en el seno de la empresa,
deberá integrarse en el conjunto de sus
actividades y decisiones, tanto en los procesos
técnicos, en la organización del trabajo y en las
condiciones en que éste se preste como en la
línea jerárquica de la empresa, incluidos todos
los niveles de la misma.
3SERVICIOS DE PREVENCIÓN
Conjunto de medios humanos y materiales
necesarios para realizar las actividades
preventivas para
- Garantizar la seguridad y la salud de los
- trabajadores/as.
- Asesorar y asistir al empresario, a los
- trabajadores/as y a sus representantes
Evaluación de los riesgos y planificación de la
actividad preventiva.
Planes y programas de actuación preventiva.
Determinar prioridades y analizar la eficacia de
la actuación preventiva.
Información a los trabajadores/as.
Primeros auxilios y planes de emergencia.
Vigilancia de la salud (específica).
Carácter interdisciplinario.
Medios y recursos técnicos según tamaño de la
empresa, tipo de riesgos, centros de trabajo, etc.
4CONSTITUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
- Deben constituir Servicio de Prevención propio
- Empresas con más de 500 trabajadores.
- Empresas con 250-500 trabajadores
- comprendidas en las actividades del Anexo I.
- Por decisión de la Autoridad Laboral previo
- informe de la Inspección de Trabajo o los
- Órganos Técnicos de las Comunidades
- Autónomas.
- Uno o varios trabajadores designados por el
- propio empresario. Según tamaño de la empresa.
5CONSTITUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
- En empresas de menos de 6 trabajadores,
- el propio empresario regula la prevención.
Los Servicios de Prevención Propios deben ser
AUDITADOS. Es decir, deben ser evaluados por una
entidad externa debidamente autorizada.
- Con una o varias entidad/es especializada/s,
- ajena/s, con prestación de servicio total o
- parcial.
- Mutua. (En la Comisión de Control y
- Seguimiento de la Gestión participan
- representantes empresariales y de los
- trabajadores).
6CONSULTA Y PARTICIPACIÓN
- Delegados/as de prevención (funciones
- específicas en prevención).
- Comités de Seguridad y Salud/Comité Intercentros
- (si existen varios centros de trabajo)
- En empresas con más de 50 trabajadores.
- Paritario. Incluye
- Delegados de Prevención
- Delegados Sindicales, con voz pero sin voto.
- Otros responsables técnicos, con voz pero
- sin voto.
- Otros trabajadores cualificados, técnicos
- externos, etc. según se precise-, con voz
- pero sin voto.
- Reuniones trimestrales o a solicitud de una
- de las partes.
7CONSULTA Y PARTICIPACIÓN
- Normas de funcionamiento propias (reglamento
- interno).
- Participar en la puesta en práctica de planes
- y programas de prevención (planificación,
- organización del trabajo, formación).
- Promover iniciativas de prevención y/o
- propuestas de mejora.
- Conocer riesgos, visitar los lugares de trabajo.
- Conocer documentos, informes de la actividad
- preventiva y del Servicio de Prevención.
- Conocer resultados de daños a la salud.
- Conocer la memoria/programa anual de los
- Servicios de Prevención.