COMPROMISOS AMBIENTALES DE LAS E'S'P' - PowerPoint PPT Presentation

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COMPROMISOS AMBIENTALES DE LAS E'S'P'

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... un efecto incremental en el CMLP y la tarifa a cobrar. ... TRj: Valor mensual a cobrar por tipo de vertimiento. Trj: Tarifa regional correspondiente a j ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: COMPROMISOS AMBIENTALES DE LAS E'S'P'


1
COMPROMISOS AMBIENTALES DE LAS E.S.P.
  • Facultad de Recursos Hídricos y Gestión Ambiental
  • Administración de Servicios Públicos Domiciliarios

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Compromisos de las E.S.P. en materia ambiental
  • Protección de abastecimientos - CONCESIONES y
    TASAS DE USO
  • Pago por contaminación - TASAS RETRIBUTIVAS
  • Tasas Compensatorias
  • Ahorro y uso eficiente del agua
  • Inversión en cuencas hidrográficas
  • Proyectos de aprovechamiento hidroeléctrico

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CONCESIONES DE AGUAS
  • Clasificación de las aguas de dominio público y
    privado.
  • Aguas de dominio público Ríos, lagos, lagunas,
    ciénagas, pantanos, agua en la atmósfera, aguas
    lluvias, entre otras.
  • Las aguas de dominio público son bienes
    inalienables e imprescriptibles del Estado.
  • Se requiere de concesión, expedida por la
    autoridad ambiental correspondiente, para el
    aprovechamiento de las aguas.
  • Municipios y acueductos veredales Arts. 54 y 55
    Decreto 1541 de 1978 capítulos III y IV.

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TASA DE USO
  • Destinada al pago de la protección y renovación
    del recurso hídrico (Art. 43, Ley 99/1993)
  • Todas las personas naturales o jurídicas,
    públicas o privadas, que utilicen el recurso
    hídrico, estarían obligadas a pagar tasas de uso.
  • Los recursos estarán administrados por la
    autoridad ambiental correspondiente en cada
    región.
  • Las ESP deberán involucrar este costo dentro del
    CMO, y por consiguiente ocasionará un efecto
    incremental en el CMLP y la tarifa a cobrar.

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TASA RETRIBUTIVA el que contamina paga
  • Busca igualar el costo marginal del daño
    ambiental con el costo de la descontaminación.
  • Costo marginal del daño ambiental costo que
    representa el utilizar un cuerpo de agua como
    basurero
  • Busca incentivar la implementación de tecnologías
    limpias y acciones de erradicación de
    contaminantes en los cuerpos de agua.
  • Las ESP de Alcantarillado actúan como
    recaudadores de las Tasas Retributivas cobradas
    al sector residencial.
  • La implementación de la tasa retributiva ha sido
    lenta y con reacciones en contra, por los costos
    que representa para las ESP y su reflejo en las
    tarifas de alcantarillado (entre un 2 y un 25
    de incremento)

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TASA RETRIBUTIVA (2)
  • Fórmula de cálculo (Decreto 901/1997 MMA)
  • TRj Trj x Ccj x T
  • j Sustancia contaminante
  • TRj Valor mensual a cobrar por tipo de
    vertimiento
  • Trj Tarifa regional correspondiente a j
  • Ccj Carga contaminante diaria de sustancias
  • Para cada cuenca se debe concertar la meta de
    descontaminación y el monto de tarifa a cobrar
    por tipo de vertimiento

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ESP y tasas retributivas
  • Las ESP presentan altas deudas con la entidad
    ambiental por concepto de las TR.
  • Algunas empresas han realizado acuerdos de pago
    con las autoridades ambientales, afectando las
    utilidades y la suficiencia financiera.
  • La aplicación de las TR para las ESP ha tenido
    serias dificultades de orden regulatorio,
    económico y práctico.
  • Así mismo, el traslado de estos costos a los
    usuarios en las condiciones anteriormente
    mencionadas, significarían un alto incremento
    tarifario

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TASA COMPENSATORIA
  • Tasa que PODRÁ fijarse para compensar los gastos
    de mantenimiento y renovabilidad de los recursos
    naturales renovables (Art. 42 Ley 99/93, 2
    párrafo)
  • Las tasas compensatorias son diferentes a las
    tasas retributivas, y su aplicación es
    discrecional de las CAR.
  • Su aplicación no está reglamentada.

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Inversión en cuencas hidrográficas
  • Todo proyecto que involucre en su ejecución el
    uso del agua, tomada directamente de fuentes
    naturales, bien sea para consumo humano,
    recreación, riego o cualquier otra actividad
    industrial o agropecuaria, deberá destinar no
    menos de un 1 del total de la inversión para la
    recuperación, preservación y vigilancia de la
    cuenca hidrográfica que alimenta la respectiva
    fuente hídrica. El propietario del proyecto
    deberá invertir este 1 en las obras y acciones
    de recuperación, preservación y conservación de
    la cuenca que se determinen en la licencia
    ambiental del proyecto.

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Ahorro y uso eficiente del agua
  • Regido por la Ley 373/1997
  • Busca promover mecanismos para racionalizar la
    demanda del recurso hídrico industrial, comercial
    y residencial
  • TECNOLOGÍAS APROPIADAS
  • CULTURA CIUDADANA

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SECTOR ELÉCTRICO
  • En proyectos de generación hidroeléctrica, la
    empresa generadora deberá destinar el 1 de los
    ingresos del proyecto a programas de protección
    de cuencas abastecedoras y mitigación de impactos
    ambientales
  • Los recursos se destinarán a la autoridad
    ambiental competente.

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Fuentes de Consulta
  • Ley 99/1993, arts, 42, 43 y 44.
  • Decreto 1541/1978, capítulos III y IV, Arts. 54 y
    55.
  • Decreto 901/1997.
  • Resolución 273 de 1997 Minambiente.
  • Resolución 372 de 1998 Minambiente.
  • Sentencia C-495 Corte Constitucional
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