Title: Derecho Real de Dominio
1Derecho Real de Dominio
- La propiedad es una condición necesaria para la
existencia de la libertad. - Es el derecho real por excelencia
- - Modelo perfecto respecto del
cual los otros derechos se califican
como limitados - - Es el más amplio derecho de
señorÃo que se puede tener sobre una
cosa. -
- art. 2506 El dominio es el derecho real en
virtud del cual una cosa se encuentra sometida a
la voluntad y acción de una persona.
2Propiedad y Dominio
Corte Suprema Interpreta en sentido amplio el
art. 14 y 17 comprensivo de todo derecho
patrimonial El art. 17 protege a todo aquello
que forma el patrimonio del habitante, trátese de
derechos reales o de derechos personales, de
bienes materiales o inmateriales (Horta c.
Harguindeguy) También ha dicho que la palabra
propiedad comprende todos los intereses
apreciables que un hombre puede poseer fuera de
si mismo, fuera de su vida y de su libertad
(Mango c. Traba)
- Código ivil
- Sinónimo de derecho real (2503)
- Sinónimo de dominio (2510, 2523, 2543)
- Sentido técnico (2503)
3Propiedad y Dominio
- Código Civil
- Sinónimo de derecho real (2351)
- Sinónimo de dominio (2510, 2523, 2543)
- Sentido técnico (2503)
4Propiedad y Doctrina Social de la Iglesia
- Por qué una Doctrina Social de la Iglesia?
- Qué es la Doctrina Social de la Iglesia?
- Qué dice la Iglesia sobre la propiedad?
- Los gozos y las esperanzas, las tristezas y las
angustias de los hombres de nuestro tiempo, sobre
todo de los pobres y de cuantos sufren, son a la
vez gozos y esperanzas, tristezas y angustias de
los discÃpulos de Cristo. (Gaudium et Spes) - la preocupación social de la Iglesia, orientada
al desarrollo auténtico del hombre y de la
sociedad que respete y promueva en toda su
dimensión a la persona humana (Sollicitudo rei
socialis nº 1 J.Pablo II).
5Propiedad y Doctrina Social de la Iglesia
- Rerum Novarum de Leon XIII (sobre la llamada
cuestión social) - Doctrina Social Corpus de perenne validez a la
vez siempre - - constante porque se mantiene idéntico
en sus principios de reflexión y en sus
fundamentales directrices de acción y sobre todo
en su unión vital con el Evangelio (SRS nº 3) - - renovado dado que está sometida a las
necesarias y oportunas adaptaciones sugeridas por
la variación de las condiciones históricas y el
flujo de los acontecimientos. (SRS nº 3)
6Propiedad y Doctrina Social de la Iglesia
- La propiedad privada es un derecho natural del
hombre (R.N. nº 16) Poseer bienes en privado no
solo es lÃcito sino incluso necesario en
absoluto. Es necesario para la vida humana. Es
lógico que el hombre trabaje, haga producir a la
tierra y por medio de su trabajo haga suyo los
bienes. Es justo que el fruto del trabajo sea de
aquellos que pusieron el trabajo (RN nº 8). - Y la solidaridad de la familia hace justo y
necesario que el padre de familia provea al
sustento se sus hijos e igualmente se deduce que
quiera adquirir y disponer para sus hijos,....
algo con que puedan defenderse honestamente, en
el curso de la vida (RN 9) - Por otra parte de no existir propiedad privada
quitado el estÃmulo al ingenio y la habilidad de
los individuos, necesariamente vendrÃan a secarse
las mismas fuentes de las riquezas, y esa
igualdad no serÃa ciertamente otra cosa que una
general situación, por igual miserable y abyecta,
de todos los hombres sin excepción. - La propiedad privada asegura a cada uno una zona
de autonomÃa absolutamente necesaria para la
autonomÃa personal y familiar y deben ser
considerados como una ampliación de la libertad
humana. GS 71
7Caracteres del dominio
- Abstracción Tiene una existencia distinta e
independiente de sus facultades - Indeterminación O plenitud comprende la
generalidad de los poderes de goce y disposición
del bien. Solo puede determinarse negativamente. - Elasticidad
8Caracteres del dominio C. Civ.
- EXCLUSIVO
- En cuanto al sujeto (2508)
- En cuanto al tÃtulo (2509)
- En cuanto a terceros 2516/17
- PERPETUO 2510
- expropiación y requisición 2511 y 2512
- dominio revocable y fiduciario
- propiedad intelectual
-
- ABSOLUTO 2513 (nota)
- da derecho a la substancia de la cosa
- Presunción de plenitud art. 2523.
9Facultades del dueño
- Poseer la cosa ius possidendi
- usar, servirse, (ius utendi)
- gozarla, (ius fruendi)
- Disponer, (ius abutendi) (2513 2514)
- disposición material destruir?
- disposición jurÃdica (2515)
- Facultad de exclusión (2516- 2517)
- el ius usus inocui. cualquiera puede
utilizar a su discreción la posesión ajena con
tal que no lo haga en daño del poseedor -
- Código Suizo Cualquiera tiene libre acceso a los
bosques y pastizales de otro, y puede apropiarse
bayas, setas y otros frutos menudos silvestres,
conforme al uso local, al menos que la autoridad
competente lo haya prohibido, en interés de las
cercas o defensas especiales con relación a
ciertos fundos. La legislación cantonal puede
determinar la medida en la cual está permitido
penetrar en el fundo de otro para la caza o la
pesca.
10Extensión del dominio
- Extensión perpendicular sobre y debajo del suelo
(art. 2518) - Presunciones en cuento a construcciones (art.
2519 y 2521) - Propiedad de los accesorios (2520)
- Propiedad de los frutos naturales y civiles (2522)
11Clasificación del dominio
- Pleno o perfecto Cuando es perpetuo y la cosa no
esta gravada con ningún derecho real hacia
otras personas (art. 2507) - Presunción de perfección y plenitud
(art. 2523) - Menos pleno o imperfecto Cuando debe resolverse
al fin de cierto tiempo o al advenimiento de una
condición o si la cosa siendo un inmueble es
gravado respecto a terceros con un derecho real
(art. 2507) -
- Dominio desmembrado (2507 in fine 2.661 in fine
- Dominio fiduciario (2662)
- Dominio revocable o resoluble (2663)
- Condición resolutoria explicita
- Condición resolutoria implÃcita
- Plazo resolutorio explicito
Nota al 2507 Dominio eminente, internacional,
natural