Title: MASTER DE DERECHO URBANISTICO EN CANARIAS
1MASTER DE DERECHO URBANISTICO EN CANARIAS
- CATEGORIZACION DEL SUELO RUSTICO
- ADOLFO JIMÉNEZ
2CATEGORIZACIÓN
- COMPLEMENTA SU CLASIFICACIÓN, DIVIENDO CADA CLASE
DE SUELO EN DIFERENTES CATEGORÍAS Y DETERMIANDO,
JUNTO CON LA CLASIFICACIÓN, SU RÉGIMEN JURÍDICO.
3CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- A) PRESENCIA DE VALORES NATURALES, ECOLÓGICOS,
PAISAJÍSTICOS O CULTURALES QUE REQUIERAN SER
PROTEGIDOS.
4CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- B) PRESENCIA REAL O POTENCIAL DE VALORES
ECONÓMICOS MEDIANTE LA EXPLOTACIÓN AGRARIA,
PECUARIA, FORESTAL, HIDROLÓGICA O EXTRACTIVA.
5CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- C) NECESIDAD DE PROTECCIÓN DESISTEMAS GENERALES O
LOCALES DE COMUNICACIÓN O INFRAESTRUCTURAS,
SISTEMA GENERAL DE USOS PÚBLICOS COMUNITARIOS,
SISTEMA LOCAL DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS,
EXISTENTES O PREVISTAS.
6CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- D) EXISTENCIA DE FORMAS TRADICIONALES DE
POBLAMIENTO RURAL QUE DEBAN SER CONSERVADAS Y
ORDENADAS.
7CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- E) NECESIDAD DE PRESERVACIÓN DEL MODELO
TERRITORIAL INSULAR Y SUS PECULIARIDADES.
8CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- F) NECESIDAD DE PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA INSULAR
Y SU SOSTENIBILIDAD.
9CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
- G) INADECUACIÓN OBJETIVA DE LOS TERRENOS PARA
SERVIR DE SOPORTE A APROVECHAMIENTOS URBANOS POR
RAZONES ECONÓMICAS, GEOTÉCNICAS O MORFOLÓGICAS.
10CATEGORÍAS PRIMARIAS
- CONFORMAN EL PRIMER NIVEL DE DIVISIÓN DE CADA
CLASE DE SUELO - SON LAS ESTABLECIDAS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS
LEYES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ESPACIOS
NATURALES DE CANARIAS.
11CATEGORIAS PRIMARIAS
- EL TRLOTCAN LAS DIVIDE EN GRUPOS
- A) DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
- B) DE PROTECCIÓN ECONÓMICA
- C) CON FORMAS TRADICIONALES DE POBLAMENTO RURAL
- D) DE PROTECCIÓN TERRITORIAL.
12DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
- 1) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN NATURAL,
- 2) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA.
- 3) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN CULTURAL.
- 4) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN DE ENTORNOS.
- 5) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN COSTERA.
131) DE PROTECCION NATURAL
- PARA LA PRESERVACIÓN DE VALORES NATURALES O
ECOLÓGICOS.
14CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- CUANDO LOS VALORES NATURALES O ECOLÓGICOS TENGAN
ENTIDAD SUFICIENTE COMO PARA JUSTIFICAR LA
EXCLUSIÓN DE CUALESQUIERA ACTOS O USOS DISTINTOS
DE LOS DIRIGIDOS A LA PRESERVACIÓN DE LA
INTEGRIDAD DE LOS CORRESPONDIENTES ESPACIOS O
ECOSISTEMAS,
152) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA
- PARA LA CONSERVACIÓN DEL VALOR PAISAJÍSTICO,
NATURAL O ANTROPIZADO, Y DE LAS CARACTERÍSTICAS
FISIOGRÁFICAS DE LOS TERRENOS.
16CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- CUANDO LOS VALORES PAISAJÍSTICOS Y LAS
CARACTERÍSTICAS FISIOGRÁFICAS CONCURRENTES EN LOS
TERRENOS TENGAN ENTIDAD BASTANTE COMO PARA
JUSTIFICAR EL ESTABLECIMIENTO DE UN ESPECÍFICO
RÉGIMEN QUE GARANTICEN LA PRESERVACIÓN DE
CONCRETOS PAISAJES O DETERMINADAS
CARACTERÍSTICAS.
173) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN CULTURAL
- PARA LA PRESERVACIÓN DE YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS
Y DE EDIFICIOS, CONJUNTOS O INFRAESTRUCTURAS DE
VALOR HISTÓRICO, ARTÍSTICO O ETNOGRÁFICO ASÍ COMO
SU ENTORNO INMEDIATO.
18CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- CUANDO LOS VALORES HISTÓRICOS, ARTÍSTICOS O
ETNOGRÁFICOS QUE SE HAGAN PRESENTES EN LOS
TERRENOS JUSTIFIQUEN LA PERTINENCIA DE UN RÉGIMEN
QUE GARANTICE LA PRESERVACIÓN DE LOS BIENES EN
QUE DICHOS VALORES SE CONCRETEN O PLASMEN, CON
INCLUSIÓN, EN SU CASO Y DE FORMA INSEPARABLE DE
AQUELLOS BIENES, DE SUS CORRESPONDIENTES
ENTORNOS, DEBIDAMENTE DELIMITADOS
194) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN DE ENTORNOS,
- PARA LA PRESERVACIÓN DE PERSPECTIVAS O PROCESOS
ECOLÓGICOS, DIFERENCIANDO LOS ENTORNOS DE
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS, DE NÚCLEOS DE
POBLACIÓN Y DE ITINERARIOS.
20CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- CUANDO LA PRESERVACIÓN DE LOS PROCESOS ECOLÓGICOS
EN ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Y LA DE
PERSPECTIVAS PROPIAS DE ITINERARIOS Y DE NÚCLEOS
DE POBLACIÓN HAGAN ACONSEJABLE, PARA SU PLENA
EFECTIVIDAD, LA DELIMITACIÓN DE ENTORNOS
ADECUADOS Y SUFICIENTES.
215) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN COSTERA
- PARA LA ORDENACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO
TERRESTRE Y DE LAS ZONAS DE SERVIDUMBRE DE
TRÁNSITO Y PROTECCIÓN CUANDO NO SEAN CLASIFICADOS
COMO URBANO O URBANIZABLE. LA ADSCRIPCIÓN A ESTA
CATEGORÍA ESPECÍFICA SERÁ COMPATIBLE CON
CUALQUIERA OTRA DE LAS ENUMERADAS EN ESTE
ARTÍCULO.
22CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- DEBERÁN ADSCRIBIRSE
- SUELOS RÚSICOS QUE ESTÉN INCLUIDOS EN ZONAS DE
DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE O QUE
PERTENEZCAN A LAS ZONAS DE SERVIDUMBRE DE
TRÁNSITO Y PROTECCIÓN. - TERRENOS COLINDANTES QUE SEA CONVENIENE SOMETER A
UN RÉGIMEN ESPECÍFICO DE PROTECCIÓN PARA LA
MEJOR ORDENACIÓN DEL ESPACIO LITORAL.
23DE PROTECCION ECONÓMICA
- CUANDO LOS TERRENOS PRECISEN DE PROTECCIÓN DE SUS
VALORES ECONÓMICOS, POR SER IDÓNEOS, AL MENOS
POTENCIALMENTE, PARA APROVECHAMIENTOS AGRARIOS,
PECUARIOS, FORESTALES, HIDROLÓGICOS O EXTRACTIVOS
Y PARA EL ESTABLECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS.
24CATEGORIAS DE PROTECCIÓN ECONÓMICA
- 1) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA, PARA LA
ORDENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO O DEL POTENCIAL
AGRÍCOLA, GANADERO Y PISCÍCOLA.2) SUELO RÚSTICO
DE PROTECCIÓN FORESTAL, PARA LA ORDENACIÓN DE LOS
APROVECHAMIENTOS DE ESTE CARÁCTER O EL FOMENTO DE
LA REPOBLACIÓN CON TAL FIN. 3) SUELO
RÚSTICO DE PROTECCIÓN HIDROLÓGICA, PARA LA
PROTECCIÓN DE LAS CUENCAS, EVITAR LOS PROCESOS
EROSIVOS E INCREMENTAR Y RACIONALIZAR EL USO DE
LOS RECURSOS HÍDRICOS, TANTO EN EL SUELO COMO EN
EL SUBSUELO.4) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN
MINERA, PARA LA ORDENACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE
RECURSOS MINERALES.5) SUELO RÚSTICO DE
PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS, PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE PROTECCIÓN Y DE
RESERVA QUE GARANTICEN LA FUNCIONALIDAD DE
INFRAESTRUCTURAS VIARIAS, DE TELECOMUNICACIONES,
ENERGÉTICAS, HIDROLÓGICAS, DE ABASTECIMIENTO,
SANEAMIENTO Y ANÁLOGAS.
251) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA
- PARA LA ORDENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO O DEL
POTENCIAL AGRÍCOLA, GANADERO Y PISCÍCOLA.
26CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- PROCEDERÁ LA ADSCRIPCIÓN A ESTA CATEGORÍA CUANDO
EN LOS TERRENOS CONCURRA ALGUNA DE LAS
CIRCUNSTANCIAS SIGUIENTES - 1) VALOR AGROLÓGICO, PRODUCTIVIDAD AGRARIA,
EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA EXISTENTE O POTENCIAL. - 2) CARACTERÍSTICAS QUE ACONSEJEN EL MANTENIMIENTO
DEL POTENCIAL PRODUCTIVO PRIMARIO ENDÓGENO. - 3) VINCULACIÓN A ACTIVIDADES DE PASTOREO O A
EXPLOTACIONES GANADERAS.
272) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN FORESTAL,
- PARA LA ORDENACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE
ESTE CARÁCTER O EL FOMENTO DE LA REPOBLACIÓN CON
TAL FIN.
28CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- PROCEDERÁ LA ADSCRIPCIÓN A ESTA CATEGORÍA CUANDO
LOS TERRENOS TENGAN YA DESTINO FORESTAL O ÉSTE
VENGA DETERMINADO O SEA PROCEDENTE DE ACUERDO CON
LA LEGISLACIÓN SECTORIAL APLICABLE O LAS MEDIDAS
ADMINISTRATIVAS APROBADAS AL AMPARO DE LA MISMA.
293) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN HIDROLÓGICA,
- PARA LA PROTECCIÓN DE LAS CUENCAS, EVITAR LOS
PROCESOS EROSIVOS E INCREMENTAR Y RACIONALIZAR EL
USO DE LOS RECURSOS HÍDRICOS, TANTO EN EL SUELO
COMO EN EL SUBSUELO.
30CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- PROCEDERÁ LA ADSCRIPCIÓN A ESTA CATEGORÍA DE LOS
TERRENOS QUE TENGAN LA CONDICIÓN DE CAUCE, ÁLVEO
O RIBERA O FORMEN PARTE DE ACUÍFEROS Y, EN SU
CASO, SUS RESPECTIVAS LÁMINAS DE AGUA, ASÍ COMO
LOS COLINDANTES CON ELLOS QUE SEAN PRECISOS PARA
LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS
HIDROLÓGICOS, TODO ELLO DE ACUERDO CON LA
LEGISLACIÓN REGULADORA DE LAS AGUAS.
314) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN MINERA
- PARA LA ORDENACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE RECURSOS
MINERALES.
32CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- LOS TERRENOS QUE FORMEN PARTE DE EXPLOTACIONES
MINERAS YA EXISTENTES O ESTÉN REGISTRADOS DE
ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN MINERA O CUANDO LA
EXISTENCIA EN ELLOS DE RECURSOS SUSCEPTIBLES DE
INVESTIGACIÓN Y, EN SU CASO, EXPLOTACIÓN TENGA LA
SUFICIENTE IMPORTANCIA ECONÓMICA COMO PARA
JUSTIFICAR AQUELLA ADSCRIPCIÓN.
335) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
- PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE PROTECCIÓN Y
DE RESERVA QUE GARANTICEN LA FUNCIONALIDAD DE
INFRAESTRUCTURAS VIARIAS, DE TELECOMUNICACIONES,
ENERGÉTICAS, HIDROLÓGICAS, DE ABASTECIMIENTO,
SANEAMIENTO Y ANÁLOGAS. ESTA CATEGORÍA SERÁ
COMPATIBLE CON CUALQUIER OTRA DE LAS PREVISTAS EN
ESTE ARTÍCULO.
34CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN (I)
- CUANDO LA PRESERVACIÓN DE LA FUNCIONALIDAD DE LAS
CORRESPONDIENTES INFRAESTRUCTURAS O LA PREVISIÓN
DE NECESIDADES FUTURAS DE AMPLIACIÓN DE ÉSTAS
DEMANDEN O HAGAN ACONSEJABLE LA SUJECIÓN DE
DETERMINADOS TERRENOS COLINDANTES CON TALES
INFRAESTRUCTURAS A UN RÉGIMEN IDÓNEO PARA
CONSEGUIR TALES FINALIDADES.
35CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN (II)
- 1) HIDRÁULICAS, EN LAS QUE SE ENTENDERÁN
INCLUIDAS, EN TODO CASO, LOS EMBALSES Y LAS
PRESAS LAS INSTALACIONES ASOCIADAS A POZOS Y
GALERÍAS LAS BALSAS Y LOS ESTANQUES, CUANDO SE
CONSIDERE NECESARIA SU PROTECCIÓN LAS PLANTAS
POTABILIZADORAS LAS GRANDES CONDUCCIONES DE
AGUA, ESPECIALMENTE ENTRE CUENCAS, Y SUS
INSTALACIONES ASOCIADAS PARA BOMBEO, DISTRIBUCIÓN
Y OTRAS. - 2) TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO Y MARÍTIMO.
- 3) GENERACIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE
ENERGÍA. - 4) TELECOMUNICACIONES.
- 5) INSTALACIONES MILITARES.
36C) CON FORMAS TRADICIONALES DE PROBLAMIENTO RURAL
- CUANDO EN LOS TERRENOS EXISTAN FORMAS
TRADICIONALES DE POBLAMIENTO RURAL Y DE ACUERDO
CON LOS CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y
DELIMITACIÓN QUE PARA CADA COMARCA ESTABLEZCA EL
PLANEAMIENTO INSULAR.
371) SUELO RÚSTICO DE ASENTAMIENTO RURAL
- REFERIDA A ENTIDADES DE POBLACIÓN EXISTENTES CON
MAYOR O MENOR GRADO DE CONCENTRACIÓN,
GENERALMENTE SIN VINCULACIÓN ACTUAL CON
ACTIVIDADES PRIMARIAS, CUYAS CARACTERÍSTICAS NO
JUSTIFIQUEN SU CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO COMO
SUELO URBANO, DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS QUE
ESTABLEZCAN LAS NORMAS TÉCNICAS DEL PLANEAMIENTO
URBANÍSTICO.
382) SUELO RÚSTICO DE ASENTAMIENTO AGRÍCOLA
- REFERIDA A ÁREAS DE EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA EN
LAS QUE HAYA TENIDO LUGAR UN PROCESO DE
EDIFICACIÓN RESIDENCIAL RELACIONADO CON DICHA
EXPLOTACIÓN, PARA LA ORDENACIÓN, CON LA DEBIDA
PROPORCIÓN, ENTRE LA EDIFICACIÓN Y LA ACTIVIDAD
AGROPECUARIA CORRESPONDIENTE.
39D) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN TERRITORIAL
- PARA LA PRESERVACIÓN DEL MODELO TERRITORIAL, SUS
PECULIARIDADES ESENCIALES Y ESPECÍFICAS Y EL
VALOR DEL MEDIO RURAL NO OCUPADO, ASÍ COMO LA
SALVAGUARDA DEL ECOSISTEMA INSULAR Y SU CAPACIDAD
DE SUSTENTACIÓN DE DESARROLLO URBANÍSTICO.
40CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
- A) UTILIZACIÓN SOSTENIBLE DEL SUELO, EN TANTO QUE
RECURSO ESCASO Y NO RENOVABLE, EXPRESADO
CONCRETAMENTE EN1) LA PRESERVACIÓN DEL MODELO
TERRITORIAL, SUS PECULIARIDADES ESENCIALES Y
ESPECÍFICAS Y EL VALOR DEL MEDIO RURAL NO
OCUPADO.2) LA PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA INSULAR
Y SU CAPACIDAD DE SUSTENTACIÓN DE DESARROLLO
URBANÍSTICO B) INADECUACIÓN OBJETIVA DE LOS
TERRENOS PARA SERVIR DE SOPORTE A APROVECHAMIENTO
URBANO POR RAZONES ECONÓMICAS, GEOTÉCNICAS O
MORFOLÓGICAS.