MASTER DE DERECHO URBANISTICO EN CANARIAS - PowerPoint PPT Presentation

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MASTER DE DERECHO URBANISTICO EN CANARIAS

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COMPLEMENTA SU CLASIFICACI N, DIVIENDO CADA CLASE DE SUELO EN DIFERENTES ... Y, EN SU CASO, SUS RESPECTIVAS L MINAS DE AGUA, AS COMO LOS COLINDANTES CON ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: MASTER DE DERECHO URBANISTICO EN CANARIAS


1
MASTER DE DERECHO URBANISTICO EN CANARIAS
  • CATEGORIZACION DEL SUELO RUSTICO
  • ADOLFO JIMÉNEZ

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CATEGORIZACIÓN
  • COMPLEMENTA SU CLASIFICACIÓN, DIVIENDO CADA CLASE
    DE SUELO EN DIFERENTES CATEGORÍAS Y DETERMIANDO,
    JUNTO CON LA CLASIFICACIÓN, SU RÉGIMEN JURÍDICO.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • A) PRESENCIA DE VALORES NATURALES, ECOLÓGICOS,
    PAISAJÍSTICOS O CULTURALES QUE REQUIERAN SER
    PROTEGIDOS.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • B) PRESENCIA REAL O POTENCIAL DE VALORES
    ECONÓMICOS MEDIANTE LA EXPLOTACIÓN AGRARIA,
    PECUARIA, FORESTAL, HIDROLÓGICA O EXTRACTIVA.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • C) NECESIDAD DE PROTECCIÓN DESISTEMAS GENERALES O
    LOCALES DE COMUNICACIÓN O INFRAESTRUCTURAS,
    SISTEMA GENERAL DE USOS PÚBLICOS COMUNITARIOS,
    SISTEMA LOCAL DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS,
    EXISTENTES O PREVISTAS.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • D) EXISTENCIA DE FORMAS TRADICIONALES DE
    POBLAMIENTO RURAL QUE DEBAN SER CONSERVADAS Y
    ORDENADAS.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • E) NECESIDAD DE PRESERVACIÓN DEL MODELO
    TERRITORIAL INSULAR Y SUS PECULIARIDADES.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • F) NECESIDAD DE PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA INSULAR
    Y SU SOSTENIBILIDAD.

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CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN
  • G) INADECUACIÓN OBJETIVA DE LOS TERRENOS PARA
    SERVIR DE SOPORTE A APROVECHAMIENTOS URBANOS POR
    RAZONES ECONÓMICAS, GEOTÉCNICAS O MORFOLÓGICAS.

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CATEGORÍAS PRIMARIAS
  • CONFORMAN EL PRIMER NIVEL DE DIVISIÓN DE CADA
    CLASE DE SUELO
  • SON LAS ESTABLECIDAS EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS
    LEYES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y ESPACIOS
    NATURALES DE CANARIAS.

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CATEGORIAS PRIMARIAS
  • EL TRLOTCAN LAS DIVIDE EN GRUPOS
  • A) DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
  • B) DE PROTECCIÓN ECONÓMICA
  • C) CON FORMAS TRADICIONALES DE POBLAMENTO RURAL
  • D) DE PROTECCIÓN TERRITORIAL.

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DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
  • 1) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN NATURAL,
  • 2) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA.
  • 3) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN CULTURAL.
  • 4) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN DE ENTORNOS.
  • 5) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN COSTERA.

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1) DE PROTECCION NATURAL
  • PARA LA PRESERVACIÓN DE VALORES NATURALES O
    ECOLÓGICOS.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • CUANDO LOS VALORES NATURALES O ECOLÓGICOS TENGAN
    ENTIDAD SUFICIENTE COMO PARA JUSTIFICAR LA
    EXCLUSIÓN DE CUALESQUIERA ACTOS O USOS DISTINTOS
    DE LOS DIRIGIDOS A LA PRESERVACIÓN DE LA
    INTEGRIDAD DE LOS CORRESPONDIENTES ESPACIOS O
    ECOSISTEMAS,

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2) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA
  • PARA LA CONSERVACIÓN DEL VALOR PAISAJÍSTICO,
    NATURAL O ANTROPIZADO, Y DE LAS CARACTERÍSTICAS
    FISIOGRÁFICAS DE LOS TERRENOS.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • CUANDO LOS VALORES PAISAJÍSTICOS Y LAS
    CARACTERÍSTICAS FISIOGRÁFICAS CONCURRENTES EN LOS
    TERRENOS TENGAN ENTIDAD BASTANTE COMO PARA
    JUSTIFICAR EL ESTABLECIMIENTO DE UN ESPECÍFICO
    RÉGIMEN QUE GARANTICEN LA PRESERVACIÓN DE
    CONCRETOS PAISAJES O DETERMINADAS
    CARACTERÍSTICAS.

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3) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN CULTURAL
  • PARA LA PRESERVACIÓN DE YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS
    Y DE EDIFICIOS, CONJUNTOS O INFRAESTRUCTURAS DE
    VALOR HISTÓRICO, ARTÍSTICO O ETNOGRÁFICO ASÍ COMO
    SU ENTORNO INMEDIATO.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • CUANDO LOS VALORES HISTÓRICOS, ARTÍSTICOS O
    ETNOGRÁFICOS QUE SE HAGAN PRESENTES EN LOS
    TERRENOS JUSTIFIQUEN LA PERTINENCIA DE UN RÉGIMEN
    QUE GARANTICE LA PRESERVACIÓN DE LOS BIENES EN
    QUE DICHOS VALORES SE CONCRETEN O PLASMEN, CON
    INCLUSIÓN, EN SU CASO Y DE FORMA INSEPARABLE DE
    AQUELLOS BIENES, DE SUS CORRESPONDIENTES
    ENTORNOS, DEBIDAMENTE DELIMITADOS

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4) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN DE ENTORNOS,
  • PARA LA PRESERVACIÓN DE PERSPECTIVAS O PROCESOS
    ECOLÓGICOS, DIFERENCIANDO LOS ENTORNOS DE
    ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS, DE NÚCLEOS DE
    POBLACIÓN Y DE ITINERARIOS.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • CUANDO LA PRESERVACIÓN DE LOS PROCESOS ECOLÓGICOS
    EN ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Y LA DE
    PERSPECTIVAS PROPIAS DE ITINERARIOS Y DE NÚCLEOS
    DE POBLACIÓN HAGAN ACONSEJABLE, PARA SU PLENA
    EFECTIVIDAD, LA DELIMITACIÓN DE ENTORNOS
    ADECUADOS Y SUFICIENTES.

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5) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN COSTERA
  • PARA LA ORDENACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO
    TERRESTRE Y DE LAS ZONAS DE SERVIDUMBRE DE
    TRÁNSITO Y PROTECCIÓN CUANDO NO SEAN CLASIFICADOS
    COMO URBANO O URBANIZABLE. LA ADSCRIPCIÓN A ESTA
    CATEGORÍA ESPECÍFICA SERÁ COMPATIBLE CON
    CUALQUIERA OTRA DE LAS ENUMERADAS EN ESTE
    ARTÍCULO.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • DEBERÁN ADSCRIBIRSE
  • SUELOS RÚSICOS QUE ESTÉN INCLUIDOS EN ZONAS DE
    DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE O QUE
    PERTENEZCAN A LAS ZONAS DE SERVIDUMBRE DE
    TRÁNSITO Y PROTECCIÓN.
  • TERRENOS COLINDANTES QUE SEA CONVENIENE SOMETER A
    UN RÉGIMEN ESPECÍFICO DE PROTECCIÓN PARA LA
    MEJOR ORDENACIÓN DEL ESPACIO LITORAL.

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DE PROTECCION ECONÓMICA
  • CUANDO LOS TERRENOS PRECISEN DE PROTECCIÓN DE SUS
    VALORES ECONÓMICOS, POR SER IDÓNEOS, AL MENOS
    POTENCIALMENTE, PARA APROVECHAMIENTOS AGRARIOS,
    PECUARIOS, FORESTALES, HIDROLÓGICOS O EXTRACTIVOS
    Y PARA EL ESTABLECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS.

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CATEGORIAS DE PROTECCIÓN ECONÓMICA
  • 1) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA, PARA LA
    ORDENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO O DEL POTENCIAL
    AGRÍCOLA, GANADERO Y PISCÍCOLA.2) SUELO RÚSTICO
    DE PROTECCIÓN FORESTAL, PARA LA ORDENACIÓN DE LOS
    APROVECHAMIENTOS DE ESTE CARÁCTER O EL FOMENTO DE
    LA REPOBLACIÓN CON TAL FIN. 3) SUELO
    RÚSTICO DE PROTECCIÓN HIDROLÓGICA, PARA LA
    PROTECCIÓN DE LAS CUENCAS, EVITAR LOS PROCESOS
    EROSIVOS E INCREMENTAR Y RACIONALIZAR EL USO DE
    LOS RECURSOS HÍDRICOS, TANTO EN EL SUELO COMO EN
    EL SUBSUELO.4) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN
    MINERA, PARA LA ORDENACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE
    RECURSOS MINERALES.5) SUELO RÚSTICO DE
    PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS, PARA EL
    ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE PROTECCIÓN Y DE
    RESERVA QUE GARANTICEN LA FUNCIONALIDAD DE
    INFRAESTRUCTURAS VIARIAS, DE TELECOMUNICACIONES,
    ENERGÉTICAS, HIDROLÓGICAS, DE ABASTECIMIENTO,
    SANEAMIENTO Y ANÁLOGAS.

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1) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN AGRARIA
  • PARA LA ORDENACIÓN DEL APROVECHAMIENTO O DEL
    POTENCIAL AGRÍCOLA, GANADERO Y PISCÍCOLA.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • PROCEDERÁ LA ADSCRIPCIÓN A ESTA CATEGORÍA CUANDO
    EN LOS TERRENOS CONCURRA ALGUNA DE LAS
    CIRCUNSTANCIAS SIGUIENTES
  • 1) VALOR AGROLÓGICO, PRODUCTIVIDAD AGRARIA,
    EXPLOTACIÓN AGRÍCOLA EXISTENTE O POTENCIAL.
  • 2) CARACTERÍSTICAS QUE ACONSEJEN EL MANTENIMIENTO
    DEL POTENCIAL PRODUCTIVO PRIMARIO ENDÓGENO.
  • 3) VINCULACIÓN A ACTIVIDADES DE PASTOREO O A
    EXPLOTACIONES GANADERAS.

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2) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN FORESTAL,
  • PARA LA ORDENACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS DE
    ESTE CARÁCTER O EL FOMENTO DE LA REPOBLACIÓN CON
    TAL FIN.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • PROCEDERÁ LA ADSCRIPCIÓN A ESTA CATEGORÍA CUANDO
    LOS TERRENOS TENGAN YA DESTINO FORESTAL O ÉSTE
    VENGA DETERMINADO O SEA PROCEDENTE DE ACUERDO CON
    LA LEGISLACIÓN SECTORIAL APLICABLE O LAS MEDIDAS
    ADMINISTRATIVAS APROBADAS AL AMPARO DE LA MISMA.

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3) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN HIDROLÓGICA,
  • PARA LA PROTECCIÓN DE LAS CUENCAS, EVITAR LOS
    PROCESOS EROSIVOS E INCREMENTAR Y RACIONALIZAR EL
    USO DE LOS RECURSOS HÍDRICOS, TANTO EN EL SUELO
    COMO EN EL SUBSUELO.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • PROCEDERÁ LA ADSCRIPCIÓN A ESTA CATEGORÍA DE LOS
    TERRENOS QUE TENGAN LA CONDICIÓN DE CAUCE, ÁLVEO
    O RIBERA O FORMEN PARTE DE ACUÍFEROS Y, EN SU
    CASO, SUS RESPECTIVAS LÁMINAS DE AGUA, ASÍ COMO
    LOS COLINDANTES CON ELLOS QUE SEAN PRECISOS PARA
    LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS
    HIDROLÓGICOS, TODO ELLO DE ACUERDO CON LA
    LEGISLACIÓN REGULADORA DE LAS AGUAS.

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4) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN MINERA
  • PARA LA ORDENACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE RECURSOS
    MINERALES.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • LOS TERRENOS QUE FORMEN PARTE DE EXPLOTACIONES
    MINERAS YA EXISTENTES O ESTÉN REGISTRADOS DE
    ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN MINERA O CUANDO LA
    EXISTENCIA EN ELLOS DE RECURSOS SUSCEPTIBLES DE
    INVESTIGACIÓN Y, EN SU CASO, EXPLOTACIÓN TENGA LA
    SUFICIENTE IMPORTANCIA ECONÓMICA COMO PARA
    JUSTIFICAR AQUELLA ADSCRIPCIÓN.

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5) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
  • PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE PROTECCIÓN Y
    DE RESERVA QUE GARANTICEN LA FUNCIONALIDAD DE
    INFRAESTRUCTURAS VIARIAS, DE TELECOMUNICACIONES,
    ENERGÉTICAS, HIDROLÓGICAS, DE ABASTECIMIENTO,
    SANEAMIENTO Y ANÁLOGAS. ESTA CATEGORÍA SERÁ
    COMPATIBLE CON CUALQUIER OTRA DE LAS PREVISTAS EN
    ESTE ARTÍCULO.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN (I)
  • CUANDO LA PRESERVACIÓN DE LA FUNCIONALIDAD DE LAS
    CORRESPONDIENTES INFRAESTRUCTURAS O LA PREVISIÓN
    DE NECESIDADES FUTURAS DE AMPLIACIÓN DE ÉSTAS
    DEMANDEN O HAGAN ACONSEJABLE LA SUJECIÓN DE
    DETERMINADOS TERRENOS COLINDANTES CON TALES
    INFRAESTRUCTURAS A UN RÉGIMEN IDÓNEO PARA
    CONSEGUIR TALES FINALIDADES.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN (II)
  • 1) HIDRÁULICAS, EN LAS QUE SE ENTENDERÁN
    INCLUIDAS, EN TODO CASO, LOS EMBALSES Y LAS
    PRESAS LAS INSTALACIONES ASOCIADAS A POZOS Y
    GALERÍAS LAS BALSAS Y LOS ESTANQUES, CUANDO SE
    CONSIDERE NECESARIA SU PROTECCIÓN LAS PLANTAS
    POTABILIZADORAS LAS GRANDES CONDUCCIONES DE
    AGUA, ESPECIALMENTE ENTRE CUENCAS, Y SUS
    INSTALACIONES ASOCIADAS PARA BOMBEO, DISTRIBUCIÓN
    Y OTRAS.
  • 2) TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO Y MARÍTIMO.
  • 3) GENERACIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE
    ENERGÍA.
  • 4) TELECOMUNICACIONES.
  • 5) INSTALACIONES MILITARES.

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C) CON FORMAS TRADICIONALES DE PROBLAMIENTO RURAL
  • CUANDO EN LOS TERRENOS EXISTAN FORMAS
    TRADICIONALES DE POBLAMIENTO RURAL Y DE ACUERDO
    CON LOS CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y
    DELIMITACIÓN QUE PARA CADA COMARCA ESTABLEZCA EL
    PLANEAMIENTO INSULAR.

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1) SUELO RÚSTICO DE ASENTAMIENTO RURAL
  • REFERIDA A ENTIDADES DE POBLACIÓN EXISTENTES CON
    MAYOR O MENOR GRADO DE CONCENTRACIÓN,
    GENERALMENTE SIN VINCULACIÓN ACTUAL CON
    ACTIVIDADES PRIMARIAS, CUYAS CARACTERÍSTICAS NO
    JUSTIFIQUEN SU CLASIFICACIÓN Y TRATAMIENTO COMO
    SUELO URBANO, DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS QUE
    ESTABLEZCAN LAS NORMAS TÉCNICAS DEL PLANEAMIENTO
    URBANÍSTICO.

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2) SUELO RÚSTICO DE ASENTAMIENTO AGRÍCOLA
  • REFERIDA A ÁREAS DE EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA EN
    LAS QUE HAYA TENIDO LUGAR UN PROCESO DE
    EDIFICACIÓN RESIDENCIAL RELACIONADO CON DICHA
    EXPLOTACIÓN, PARA LA ORDENACIÓN, CON LA DEBIDA
    PROPORCIÓN, ENTRE LA EDIFICACIÓN Y LA ACTIVIDAD
    AGROPECUARIA CORRESPONDIENTE.

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D) SUELO RÚSTICO DE PROTECCIÓN TERRITORIAL
  • PARA LA PRESERVACIÓN DEL MODELO TERRITORIAL, SUS
    PECULIARIDADES ESENCIALES Y ESPECÍFICAS Y EL
    VALOR DEL MEDIO RURAL NO OCUPADO, ASÍ COMO LA
    SALVAGUARDA DEL ECOSISTEMA INSULAR Y SU CAPACIDAD
    DE SUSTENTACIÓN DE DESARROLLO URBANÍSTICO.

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CRITERIOS PARA SU CATEGORIZACIÓN
  • A) UTILIZACIÓN SOSTENIBLE DEL SUELO, EN TANTO QUE
    RECURSO ESCASO Y NO RENOVABLE, EXPRESADO
    CONCRETAMENTE EN1) LA PRESERVACIÓN DEL MODELO
    TERRITORIAL, SUS PECULIARIDADES ESENCIALES Y
    ESPECÍFICAS Y EL VALOR DEL MEDIO RURAL NO
    OCUPADO.2) LA PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA INSULAR
    Y SU CAPACIDAD DE SUSTENTACIÓN DE DESARROLLO
    URBANÍSTICO B) INADECUACIÓN OBJETIVA DE LOS
    TERRENOS PARA SERVIR DE SOPORTE A APROVECHAMIENTO
    URBANO POR RAZONES ECONÓMICAS, GEOTÉCNICAS O
    MORFOLÓGICAS.
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