U'N'T' COLECTIVO TRABAJADORES EN REVOLUCION' - PowerPoint PPT Presentation

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U'N'T' COLECTIVO TRABAJADORES EN REVOLUCION'

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LIBERALIZACION DEL CONTROL DE LA MONEDA, PRECIOS Y SALARIOS. ... PRIMA POR ALTURA O CONTAMINATES. PRIMA POR TIEMPO DE VIAJE. PRIMA POR ESTUDIO. PRIMA POR MUERTE. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: U'N'T' COLECTIVO TRABAJADORES EN REVOLUCION'


1
U.N.T. - COLECTIVOTRABAJADORES EN REVOLUCION.
  • UNA APROXIMACION
  • AL ESTUDIO DEL SALARIO

CARACAS, MARZO 2007
2
NIVELES DE EXISTENCIA.
  • VIVIR CON PLENITUD.
  • VIVIR ACEPTABLEMENTE.
  • SUBSISTIR.
  • SOBREVIVIR.

3
CARACTERISTICAS DE LA PRODUCCION CAPITALISTA.
  • AFAN DE LUCRO.
  • MAXIMA GANANCIA.
  • INTERESES INDIVIDUALES O GRUPAL.
  • DESIGUALDAD ENTRE SECTORES ECONOMOMICOS O RAMAS
    DE ACTIVIDAD.
  • ANARQUIA DEL MERCADO.
  • SOBREPRODUCCION DE MERCANCIAS.
  • SUBCONSUMO POR ESCASA CAPACIDAD DE COMPRA.

4
DEFORMACIONES ESTRUCTURALES DE LA ECONOMIA.
  • INCREMENTO DE LA EXPLOTACION DEL TRABAJO.
  • DESVALORIZACION DEL SALARIO.
  • INSEGURIDAD SOCIAL.
  • FLEXIBILIZACION DE LAS RELACIONES LABORALES.
  • DESARROLLO DE LAS MAQUILAS.
  • LIBERALIZACION DEL CONTROL DE LA MONEDA, PRECIOS
    Y SALARIOS.
  • SAQUEO DEL PATRIMONIO PUBLICO A TRAVES DE LAS
    PRIVATIZACIONES Y CORRUPCION.
  • EXCLUSIÓN SOCIAL.
  • POBREZA.
  • BLOQUE DOMINANTE CON SIGNOS PARASITARIOS Y
    RENTISTAS.

5
CARACTERISTICAS DEL TRABAJO.
  • ALIENADO.
  • EXPLOTADO.
  • TRABAJO MANUAL VS INTELECTUAL.
  • LIMITACION DE CAPACIDADES.
  • NO SATISFACE LAS NECESIDADES.

6
DEFINICION DE SALARIO
  • Se entiende por salario la remuneración provecho
    o ventaja, cualquiera fuere su denominación o
    método de cálculo siempre que pueda evaluarse en
    efectivo que corresponda al trabajador por la
    prestación de su servicio y, entre otros,
    comprende las comisiones, primas,
    gratificaciones, participación en los beneficios
    o utilidades, sobresueldo, bono vacacional, así
    como recargos por días feriados, horas extras,
    trabajo nocturno, alimentación y vivienda.
  • LOT art 133.

7
SALARIO JUSTO
  • El salario deber ser justamente remunerador y
    suficiente para el sustento del trabajador y de
    su familia. Los aumentos y ajustes que se la
    hagan serán preferentemente objeto de acuerdo.

8
SALARIO MINIMO
  • Una Comisión Tripartita Nacional revisará los
    salarios mínimos, por lo menos una vez al año y
    tomando como referencia, entre otras variables,
    el costo de la canasta alimentaria. La comisión
    tendrá un plazo de treinta (30) días contados a
    partir de su instalación en el transcurso del mes
    de enero de cada año, para adoptar la
    recomendación.
  • Artículo 167 LOT

9
EJECUTIVO NACIONAL
  • De conformidad con el artículo 167 de esta Ley,
    el Ejecutivo Nacional fijará los salarios mínimos
    propuestos mediante Resolución del Ministerio del
    Ramo.

10
PRIMAS DE CARÁCTER SOCIAL
  • Lo dispuesto en el artículo precedente no excluye
    la posibilidad de que se otorguen primas de
    carácter social por concepto de antigüedad,
    asiduidad, responsabilidades familiares, economía
    de materias primas y otras circunstancias
    semejantes, siempre que esas primas sean
    generales para todos los trabajadores que se
    encuentren en condiciones análogas.
  • Artículo 136 LOT.

11
PARTICIPACION EN BENEFICIOS
  • Las empresas deberán distribuir entre todos sus
    trabajadores por lo menos el quince por ciento
    (15) de los beneficios líquidos que hubieren
    obtenido al fin de su ejercicio anual. A este
    fin, se entenderá por beneficios líquidos la suma
    de los enriquecimientos netos gravables y de los
    exonerados conforme a la Ley de Impuesto Sobre la
    Renta.

12
BENEFICIOS SOCIALES DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO.
  • Se entienden como beneficios sociales de carácter
    no remunerativo
  • Los servicios de comedores, provisión de comidas
    y alimentos y de guarderías infantiles.
  • Los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y
    odontológicos.
  • Las provisiones de ropa de trabajo.
  • Las provisiones de útiles escolares y de
    juguetes.
  • El otorgamiento de besa o pago de cursos de
    capacitación o de especialización.
  • El pago de gastos funerarios.
  • Los beneficios sociales no serán considerados
    como salario, salvo que en convenciones colectiva
    o contratos individuales de trabajo, se hubiera
    estipulado lo contrario.

13
CONCEPTOS RELACIONADOS CON EL INGRESO MENSUAL DE
LOS TRABAJADORES.
  • SALARIO BASICO.
  • PASOS EN LA ESCALA.
  • PRIMA POR AÑOS DE ANTIGUEDAD.
  • PROFESIONALIZACION.
  • HORAS EXTRAS.
  • TRANSPORTE.
  • CESTA TICKET.
  • TARJETA DE ALIMENTACION.
  • COMISARIATO.
  • BONO NOCTURNO.
  • BONO POR FRONTERAS.
  • CAJA DE AHORRO.

14
CONCEPTOS RELACIONADOS CON EL INGRESO ANUAL O
ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES.
  • BONO VACACIONAL.
  • AGUINALDO
  • UTILIDAD.
  • EVALUACION.
  • POR CONTRATO COLECTIVO.
  • BONO DE PRODUCCION.
  • BONO POR ACCIDENTE.

15
CONCEPTOS RELACIONADOS CON EL INGRESO POR RAZONES
DIVERSAS.
  • PRIMAS POR HIJO.
  • PRIMA POR BECAS.
  • PRIMA POR MATRIMONIO.
  • PRIMA POR LENTES.
  • PRIMA POR GASTOS MEDICOS.
  • PRIMA POR GASTOS ODONTOLOGICOS.
  • PRIMA POR GASTOS DE MEDICINAS.
  • PRIMA POR UTILES ESCOLARES.
  • PRIMA POR ALTURA O CONTAMINATES.
  • PRIMA POR TIEMPO DE VIAJE.
  • PRIMA POR ESTUDIO.
  • PRIMA POR MUERTE.

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CONCEPTOS RELACIONADOS CON LOS DESCUENTOS
REALIZADOS A LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS.
  • SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO.
  • POLITICA HABITACIONAL.
  • PARO FORZOSO.
  • ASOCIACION GREMIAL O SINDICAL.
  • CAJA DE AHORRO.
  • H.C.M.

17
SALARIO MINIMOAños 1995-2006
18
TRATAMIENTO DEL INGRESO DE LOS TRABAJADORES
JUBILADOS.
  • Asignación de un 100 o de un máximo del 80
    promediado por los últimos 24 meses según el
    sector o institución).
  • Eliminación del pago del Cesta Ticket.
  • Eliminación de los descuentos de ley.
  • Eliminación de algunas primas, bonos u otros
    conceptos. (Ej antigüedad, transporte,)
  • Retardo en el pago de las prestaciones.
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