Title: Tema 2
1Tema 2
- FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO (EN ESPECIAL
DEL DTSS) - A) CONCEPTO Y PRESENTACIÓN DE LAS FUENTES DEL
DERECHO DE TRABAJO - B) NORMAS INTERNACIONALES Y SUPRANACIONALES.
- C) LA CONSITUCIÓN ESPAÑOLA.
- D) LAS LEYES NACIONALES.
- E) LOS REGLAMENTOS
- F) EL PODER NORMATIVO DE LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS. - G) LOS CONVENIOS COLECTIVOS.
- H) LA COSTUMBRE.
- LA JURISPRUDENCIA
- LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
2A. CONCEPTO Y PRESENTACIÓN DE LAS FUENTES DEL
DERECHO DEL TRABAJO
- DERECHO EN CADA ESTADO ÚNICO Y PLURAL
- DERECHO UN SISTEMA DE NORMAS gt SUBSISTEMAS
NORMATIVOS - Los aspectos generales de las fuentes del derecho
se regulan de forma uniforme (en razón de la
seguridad jurídica) - variaciones y modulaciones en cada rama del
derecho (en razón del aspecto de la justicia que
se concreta en cada rama del derecho) - SINGULARIDADES del derecho del trabajo en fuentes
- 1. EL DERECHO DEL TRABAJO POSEE FUENTES DEL
DERECHO ESPECÍFICAS (CONVENIO COLECTIVO) - en otros casos, fuentes generales aparecen de una
forma especial (costumbre laboral) - 2. EXISTENCIA DE CRITERIOS ESPECIALES DE
APLICACIÓN DE LAS FUENTES DEL DERECHO. (P. e. El
principio de norma favorable al trabajador)
3- FUENTES DEL DERECHO.
- TEORÍA DE LAS FUENTES gt TIPOLOGÍA DE LAS NORMAS
DESDE EL PUNTO DE VISTA FORMAL( TAMBIÉN DE LOS
PODERES NORMATIVOS) - Fuente (En general) "Lugar de donde mana algo,
especialmente un liquido" (fig.) "Principio o
fundamento de una cosa" - En Derecho Fuentes gt 2 acepciones
4ESQUEMA DE FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
5Pirámide de Kelsen. Clasificación jerárquica de
las normas
CONSTITUCIÓN NORMAS INTERNACIONALES LEYES REGLA
MENTOS CONVENIOS COLECTIVOS COSTUMBRE PRINCIPIO
S GENERALES DEL DERECHO
(Nota jerarquía normativa es un principio
informador del Derecho no el único ( P.e.
competencia, posterioridad, especialidad,...)
6CONSTITUCIÓN
- CONST. LEY SUPREMA (NORMA DE MAYOR RANGO)
- CONST. NORMA DE NORMAS (ESTABLECE CUADRO DE
FUENTES) - CONST. RECOGE VALORES Y PRINCIPIOS MAS
IMPORTANTES - CONCEPTO NORMA QUE ORGANIZA JURIDICA Y
POLÍTICAMENTE LA SOCIEDAD - PREVALECÍA Y VINCULACIÓN A LOS PODERES PÚBLICOS (
ART. 9.3 Y 9.1 DE LA CONST.) - AL PRINCIPIO LAS CONST. LIBERTADES POLÍTICAS E
IGUALDAD FORMAL ( LO QUE NECESITABA LA BURGUESÍA) - DESPUÉS, gt SE RECOGEN DERECHOS NO SOLO FORMALES
(p.e. Educación) , gt EXIGEN ACTUACIÓN DEL
ESTADO - CAMBIO
- DEL ESTADO ABSTENCIONISTA (ESTADO GENDARME) gt
ESTADO (INTERVENCIONISTA) DE BIENESTAR - EN TÉRMINOS JURÍDICOS
- ANTESgt POR MEDIO DE LA CONST. SE GARANTIZA EL
ESTADO DE DERECHO - AHORAgt SE INTENTA CONSEGUIR EL ESTADO
SOCIAL DE DERECHO.
7- CONSTITUCIÓN DE 1978
-
- MODELO LABORAL DE LA CONSTITUCIÓN
- MODELO Laboral gt MÍNIMO, ABIERTO PERMANENTE
- A. ESTADO SOCIAL DE DERECHO Art. 1.1
- desarrollo art. 9.2 Promoción de la justicia
Social - conformar la realidad de acuerdo con los valores
de libertad, igualdad y participación - CLAVES SOLIDARIDAD. (Tratamiento desigual de
situaciones desiguales) - B MEDIOS DE ACTUACIÓN
- 1. GARANTIZAR MEDIOS DE SUBSISTENCIA (ART. 35.1
a través del trabajo, 41 y 50 de las rentas
sustitutorias) - 2. COMPENSACIÓN DE SITUACIONES DE DEBILIDAD (
art. 28.2 trabajadores, 39.4 niños, 41
desempleados,...) - Ámbito Laboral (art. 1.1) justifica legislación
(p.e. STC 3/1983, de 24.01) -
- -de condiciones mínimas de trabajo y empleo
(Normas Salario mínimo) - -de instituciones del derecho colectivo
(Distinto tratamiento huelga/cierre patronal)
8- CONSTITUCIÓN DE 1978
- c. Modelo Constitucional. de relaciones
colectivas - 1.- EL MODELO CONSTITUCIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL
PARTE DE UN CONCEPTO DIALECTO DE LAS RELACIONES
LABORALES - CONFLICTO)gt SE ACEPTA Y SE CONTEMPLA COMO
NECESARIO - CONSECUENCIA DE LOS INTERÉS CONTRAPUESTOS
- PARA REPRESENTAR Y DEFENDER ESTOS INTERESES
Contrapuestos (Sindicatos y organizaciones
empresariales) - Aceptación de los medios de presión colectivos,
Medidas de conflicto colectivo (huelga...) - 2.- Autonomía COLECTIVAgt Poder autónomo para la
regulación de los intereses contrapuestos - AUTONOMÍAltgt HETERONOMÍA
- 3.- INTERVENCIÓN DEL ESTADO )gt ASEGURAMIENTO
PROMOCIONAL - establecimiento de mínimos para conseguir
objetivos específicos ?P.e no discriminación
sexual etc.
9CONSTITUCIÓN DE 1978 D. Modelo Económico y
profesional (Relaciones individuales de
trabajo) modelo económico 1. carácter social de
la propiedad privada ( art 33) 2. toda riqueza
subordinada al interes general ( art.
128.1) 3. Libertad de empresa en ECONOMÍA
MERCADO Libertad de empresa gt A. LIBERTAD DE
CREACIÓN DE EMPRESAS (LIBERTAD DE INDUSTRIA) B.
LIBERTAD DE DESARROLLO gt PODER DE DIRECCIÓN DEL
EMPRESARIO LÍMITE INTERÉS ECONÓMICO
GENERAL Modelo de relaciones individuales 1.
Libertad de empresa gtPODER DE DIRECCIÓN DEL
EMPRESARIO 2. Derecho al empleo (p.v.
Individual) 3. Derechos profesionales del
Trabajador (art. 35.2) libertad de oficio y
profesión,... 4. Derechos fundamentales del
trabajador (ciudadano) en empresa Estado?realizar
una política orientada al pleno empleo gt
garantizar la formación profesional y
readaptación profesional gtpromover formas
participación del trabajador en la empresa
(129.2) gt fomentar entidades cooperativas
(129.2) gtfacilitar el acceso de los
trabajadores a la propiedad de los medios de
producción (129.2)
10 CONSTITUCIÓN DE 1978 Clasificación de derechos
- Constitución de 1978 al regular los derechos
subjetivos distingue 3 tipos de derechos - a.- Derechos fundamentales y libertades
públicas - b.- Derechos y libertades de los ciudadanos
- c.- Principios rectores de la política
socioeconómica -
- ? no distinto nivel jurídicogt único para todo el
texto const. - Clasificación )gt No distinción por importancia
derechos fundamentales no mas importantes que los
derechos ciudadanos, p.e. - Si por protección necesaria
- Para el constituyente algunos derechos requieren
mayor protección que otros
11- DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS.
- UBICACIÓN Título Segundo, 2º Capítulo 1 Sección,
del art. 15 al 29 art. 14 Principio de igualdad
y prohibición de no discriminación tambiéngt
entrada y criterio de interpretación del resto de
dº - Garantías y características (art. 53)
- 1.- Eficacia directa.
- 2.- Prioridad interpretativa
- 3.- Reserva de ley. De Ley orgánica (P.e.. LOSL)
- 4.- Vinculantes para los poderes públicos.
- 5.-Recurso de inconstitucionalidad (cuestión de
inconstitucionalidad) - 6.- Recurso de amparo. Protección jurisdiccional
mediante recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional - 7.- Procedimiento especial y sumario (para la
jurisdicción social, L.P.L art 174 181 - 8.- Procedimiento de reforma constitucional más
severo - Derechos fundamentales en el ámbito laboral
- A. Específicos
- Derecho de huelga (art. 28.1)
- Libertad sindical (art. 28.2)
- Derecho al trabajo y al acceso a los beneficios
de la seguridad social para los penados(art.
25.2) - B. Generales pero también en el ámbito laboral
principio de igualdad, libertad de expresión,
... - DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS CIUDADANOS.
12PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIOECONÓMICA
- UBICACIÓN Titulo 1, Capitulo 3 entero.gt
Extrasistemáticos, Título 7 128. art. y 129 - Garantías y características (art. 53.3)
- 1.- Const. art. 53.3 )gt el reconocimiento, el
respeto y la protección de esos principios
informara la legislación, la práctica judicial y
la actuación de los poderes públicos - (Para poder ser alegados deben de estar
desarrollados por la ley - 2.- Recurso de inconstitucionalidad (cuestión de
inconstitucionalidad) - DERECHOS ESPECÍFICOS LABORALES
- 40.1 art. política orientada al pleno empleo
- 40.2 art. - formación profesional y readaptación
profesional - b.- Seguridad e higiene en el trabajo.
- c.- descanso necesario limitando las horas de
trabajo, las vacaciones retribuidas y las
promoción de centros adecuados. - 41. art. a.- Sistema Publico de Seguridad
Social. - b.- libertad en la protección complementaria
- 42. art. protección de los derechos económicos
de los emigrantes - 43. art.. derecho a la salud
- 49. art. protección especial para los disminuidos
- 50. art. protección especial para tercera edad.
- 129. 1 art. Participación de los interesados en
la gestión de la Seguridad Social - 129.2 art. a.- Poderes públicos impulsaran las
diferentes formas de participación de los
trabajadores en la empresa(se admiten todas desde
la a mera información) - 129.2 art. b. -promoción de las entidades
cooperativas.
13LA NORMA LABORAL INTERNACIONAL. (INTRODUCCIÓN)
- Derecho interno / derecho internacional
- Derecho interno gt cuando todo se acaba dentro de
un estado gtDERECHO ESTATAL - Derecho internacional gt cuando no todo se acaba
en el territorio de un estado DERECHO ENTRE
ESTADOS - PRIVADO gt sobre las relaciones entre los
particulares - DERECHO
- PUBLICOgt Sobre la actuación estatal o sobre
las relaciones entre el estado y los
particulares. -
- Privado gtaplicación del Dº en los
contratos internacionales - (Elección de la legislación
aplicable) - Derecho internacional
- Públicogt Creación de normas
internacionales - Cuando la norma se establece por un
acuerdo entre estado o de una organización
internacional - O.I.T ( Organización Internacional del Trabajo)
- CEE ( Comunidad Económica Europea) Unión
Europea - Otras ONU ( Organización de Naciones
UnidasTratados Bilaterales
14ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
- 3.1 FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA
- POR QUÉ? ACUERDO ENTRE EMPRESARIOS, TRABAJADORES
Y ESTADOS. - LAS RAZONES SON DISTINTAS EN CADA CASO
- (No aislamiento , ideológicas y de tipo
coyuntura, evitar el dunping social) - CONSTITUCIÓN gt TRATADO DE PAZ DE VERSALLES
(1919) XIII Sección (modificado en 1944, 1982) - Organismo dependiente de la Sociedad de
Nacionesgt 1ª Crisis - Declaración de Filadelfia (1944)
- 2ª Crisis salida de USA (1979)
- Organismo dependiente de ONU, con su propia
personalidad jurídica -
- (ESPAÑAgt ENTRO EN 1919. En el Franquismo
expulsada 1941, luego aceptada 1956) - QUÉ ES? gt ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL SOBRE EL TRABAJO - A. PROBLEMAS QUE OCASIONA LA INMIGRACIÓN
- Campo de actuación
- B. DE LA UNIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE
CONDICIONES DE TRABAJO
15ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
- ESTRUCTURA
- REPRESENTACIÓN TRIPARTITA
- (REPRESENTANTES DEL GOBIERNO, DE LA PATRONAL Y DE
LOS TRABAJADORES DE CADA ESTADO) - TRES ÓRGANOS
- A. CONFERENCIA GENERAL
ÓRGANO LEGISLATIVO (de alguna manera) - B. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN ÓRGANO
EJECUTIVO - C. SECRETARIA GENERAL
ÓRGANO ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO. - A. CONFERENCIA GENERAL gt Asamblea de
todos los estados miembros - Representación tripartita. (4 del Gobierno, 2 de
la patronal 2 de las organizaciones de
trabajadores) - - Órgano de discusión y aprobación de las normas
. - B. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Compuesto por 56 miembros 28 de los Gobiernos,
14 de los empresarios y 14 de los trabajadores - De los 28 de los gobiernos, 10 son fijos
(corresponden a los países más grandes) - Prepara las Conferencias, hace cumplir decisiones
y controla la Secretaría - C. SECRETARIA GENERALgtBurocracia de la OIT,
compuesto de funcionarios internacionales. - Director general
16CONVENIOS OIT
- Dos cosas a la vez, una doble realidad
- Norma de al OIT, acuerdo tomado en el seno de
esta organización - Tratado internacional , acuerdo entre estados
- Objetivo gtno es aplicar directamente el convenio
en países miembros - sí gtque el estado adopte medios
adecuados para realizar los objetivos del
convenio - (estado elige libremente los medios)
- Características?
- 1.- Normas adaptadas a una realidad múltiple
- 2.- Legislación de mínimos. (Mínimo común
denominador) - 3.- Legislación para ser desarrollada
- 4.- No está por encima de la soberanía de los
estados. - Convenio de la OITgt Aceptado por 2 tercios en la
Conferencia ratificado por 2 estados miembros - EFECTOS JURÍDICOSgt para que tenga efectos
jurídicos dentro de un estadogt Ratificación - Ratificacióngt acto por el manifiesta la voluntad
de obligarse. - Dos razones para no efecto directo
- 1. Soberanía del estado 2. situaciones no
homogéneas
17- EFICACIA JURÍDICA DE LOS CONVENIOS DE LA OIT EN
ESPAÑA - Const.gtSolo se mencionan los tratados
internacionales - Constgt Art. 96 gt.Los tratados internacionales
válidamente celebrados, una vez publicados
oficialmente en España - Art. 1.5 C.C. Tras la ratificación y publicación
el texto del tratado internacional se convierte
en derecho interno.(BOEgt(aforismo iura novit
curia) - RANGO JURÍDICO
- Const.gt95.1 art. gtlos tratados internacionales
deben de estar de acuerdo con la constitución - Constgt96.1 art. gtPara la derogación,
modificación o suspensión de un tratado
internacional debe realizarse de acuerdo con las
normas del propio tratado o de acuerdo con el
Derecho Internacional - ConsecuenciagtDe acuerdo con la Constitución pero
por encima de las leyes - RECOMENDACIONES
- el procedimiento es idéntico pero no necesita la
ratificación - Funciones gt Complementos de los Convenios
- Como anticipo de un Convenio
18Unión Europea ( introducción)
- Intentos de unificación europea a través del
acercamiento económico. - Aproximación progresiva por espiral de intereses
gt expansión de competencias, territorios,... - CARACTERISTICAS
- 1. Nacidas por acuerdo entre estados
- 2. En temas limitados
- 3. Utilizan poderes Estado en esos temas.
- Organismos SUPRANACIONALES (/ Internacionales
0gt por debajo soberanía del estado) - SUPRANACIONALES gt Cesión de poderes en temas
limitados (cesión del ejercicio de la soberanía) - Estado gt salida de CEE ( 1 caso parcial
Groenlandia) - gt no avanzar más integración.
- Const. Esp. art. 93 Atribución a organismo
internacional por medio de ley orgánica del
ejercicio de competencias derivadas de la
constitución - Definición Organismos supranacionales parciales
de tendencia unificadora europea. - Por qué gt 1. Coyuntural (para garantizar la paz)
- 2. Necesidad Unidad Económica
- 3. Unidad Política como desideratum
- Evolución Teórica 1 Territorio de librecambio gt
2. Unión aduanera gt 3. Mercado único gt 4.
Unidad Económica gt 5. Unidad Política - Medios Unidad económica
- Mercado interior Único gt Libre
intercambio de bienes, servicios y capital - Políticas comunes
19Derecho comunitario.
- a.- Derecho originario. Tratados fundadores y los
tratados modificadores y los de adhesión. - 1.a. Tratado de París de 18.o4.1951. C.E.C.A.
- Comunidad Europea del Carbón y el Acero
(en vigor desde 10.08.1952) - 2.a. Tratado de Roma de 25.03.1957. Euratom
- Comunidad Europea de Energía Nuclear
(en vigor desde 01.01.1958) - 3.a. Tratado de Roma de 25.03.1957.. C.E.E.
- Comunidad Económica europea(En vigor
desde 01.01.1958) - Tratados que modifican los originarios
- Acta Unica (1987), Tratado de Maastricht (de
07.02.1992) de la Unión Europea , Tratado de
Lisboa por el que se modifican el Tratado de la
Unión Europea y el Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de
diciembre de 2007 - Tratados de adhesión República de Bulgaria y de
Rumanía a la Unión Europea (2005), - b.- Derecho derivado. Las normas creadas por las
instituciones de la CEE(derecho constitucional) - 1.-Tratados internacionales que firme la CE con
terceros países - 2.- NORMAS INTERNAS 5 tipos Reglamento,
Directiva, Decisiones, Recomendaciones y
Dictámenes. - c.- Derecho complementario
- Sentencias del Tribunal Europeo Principios
Generales del Derecho Comunitario Costumbre
comunitaria y, finalmente, los principios de
derecho internacional. - TODO "ACQUIS COMMUNAUTAIRE"
20TIPOS DE NORMAS DEL DERECHO DERIVADO(NORMAS
INTERNAS)
Además, Declaraciones de intención y Resoluciones
21POLÍTICA SOCIAL DE LA UNIÓN EUROPEA
- 1.-LIBRE CIRCULACIÓN DE LOS TRABAJADORES.
- 2.- SEGURIDAD SOCIAL
- 3.- POLÍTICA SOCIAL(SENTIDO ESTRICTO)
- 4.- FONDOS
- 1.-LIBRE CIRCULACIÓN DE LOS TRABAJADORES.
- NORMAS -TRATADO C.E.E. art. 48/51. (En los
otros dos Tratados fundacionales art. 69 art - Significado Prohibición de discriminación de los
Trabajadores de los estados miembros en empleo,
retribución y otras condiciones de trabajo, en
razón de la nacionalidad - CONDICIONES
- 1.- Derecho para nacionales de estados C.E.E..
(familiares de ciudadanos de Unión Europea) - 2.- Ser trabajador por cuenta ajena
- 3.- desplazarse a causa del trabajo.
- CONSECUENCIAS DE LA LIBRE CIRCULACIÓN.
- a.- derecho de entrada y residencia en otro
estado miembro . - b.- Derecho de acceso al empleo en iguales
circunstancias. - c.- Derecho a la igualdad de trato en las
condiciones de trabajo. - EXCEPCIONES
- 1.- (48.4 art.). Empleos de la Administración
Pública ( autoridad pública) - 2.- (48.3) en razón de seguridad y salud pública.
22POLÍTICA SOCIAL (en sentido estricto)
- 1.- Acercamiento de la legislación laboral y en
general los sistemas de condiciones de trabajo - Instrumentos
- a.- La comisión impulsará la cooperación entre
los estados miembros en los temas sociales
(T.C.E.E. art. 118) - b.- Armonización de legislaciones -T.CE.E art.
118 a-(por medio de directivas, alrededor 20 ) - Áreas en que se ha incidido
- 1.- Principio de no discriminación por sexo en el
trabajo(T.C.E.E.. art. 119 ) - 2.-Ante el cambio en la titularidad de la
propiedad de al empresa, garantizar los derechos
de los trabajadores. - 3.- Protección especial en caso de despido
colectivo - 4.- Protección de los trabajadores en caso de
insolvencia empresarial. - 5. Seguridad y salud de los trabajadores
- 6. Mejora de las condiciones de trabajo y empleo
por medio de recomendaciones. - c.- Impulso a la negociación en te los actores
sociales a nivel Europeo( T.C.E.E. art. 118 B) - 2.- PROGRAMAS DE ACTUACIÓN PARA SECTORES MÁS
DESPROTEGIDOS ( MINUSVALIDOS, JÓVENES
DESEMPLEADOS, MUJERES...) PARA FACILITAR SU
PROCESO DE INSERCIÓN EN LE MERCADO DE TRABAJO - (C.E.S.) (Comité Económico Social debe de dar su
opinión antes de tomar cualquier tipo decisión en
estos temas ).
23LEY (Clases de leyes, normas con fuerza de ley)
-
- En sentido lato cualquier norma jurídica del
estado (CC. art. 1) - Dos aspectos
- En sentido estricto Norma emanada del poder
legislativo. - 7 características Generalidad, racionalidad,
imperatividad (coactividad) (CC 6.1),
Inderogabilidad (CC 2.2), irretroactividad,
publicidad y adaptación a la realidad social (CC
3.1) -
- Leyes ámbito laboral (ESPECIALIDADES)
- 1. no anular autonomía laboral
- Heteronomía ltgt Autonomía
- (mínimos generales) ltgt (Condiciones de trabajo y
empleo, especialmente sectorial) - 2. C.E.S. (Comité Económico Social Const. art.
131.2) - Órgano consultivo gtemisión dictámenes en
legislación laboral y social - CLASES
- Ley Orgánica (LOLS)
- En cuanto al PROCEDIMIENTO
-
- Ley ordinaria (LET(1980) LISOS, LPRL,...Ley
35/2010 - (de pleno, de comisiones legislativas)
-
24OTRAS NORMAS con fuerza de ley
- OTRAS NORMAS con fuerza de ley
- Texto articulado (RD-Leg. 521/1990, de 27 de
abril (TALPL) - Real DECRETO LEGISLATIVO.
- Texto refundido (TRLET (RD Leg. 1/1995),
TRLPL (RDLeg. 2/1995) - Consecuencia de una ley delegante Ley delegada
- Real DECRETO LEY gt Sin delegación previa
- " caso de extraordinaria y urgente necesidad"
(Const. 86) Justificación - Normas Ejecutivo PROVISIONALES con fuerza de
ley (RD Ley 10/2010) -
- CONDICIONES
- 1. Necesita ser convalidado a posteriori
- Cortes gt convalidación o derogación (plazo 30
días) - Puede ser tramitado como ley por procedimiento de
urgencia. - 2. No pueden AFECTAR instituciones básicas del
estado, a los derechos, deberes y libertades e
los ciudadanos Título 1, al régimen de las CCAA,
ni al derecho electoral. - No afectar a los derechos constitucionales gt
llevado al extremo impediría RDL - no regulación de los derechos por RD ley
- no regulación en contra del contenido
esencial - (STC 3/1988, de
21 de enero)
25REGLAMENTOS
- REGLAMENTOS ?Poder ejecutivo gt norma jurídicas.
disposiciones de carácter general emanadas del
gobierno - Const. 97 art. (El gobierno ...ejerce la
potestad reglamentaria e acuerdo con la
constitución y las leyes) - CLASES
- A. Según el órgano emisor DECRETO, ORDEN
MINISTERIAL - B. SEGÚN LAS RELACIONES CON LA LEY
- 1. Ejecutivos o en desarrollo de una ley.
- (Alonso Oleagt siempre decretos)
- 2. Autónomos o independientes
- Pueden ser ordenes ministeriales
- 3. Contra legem. gt nulos
- (STS 15.12.1987, anulación D. 2347/1985, en
desarrollo del art. 57 del ET, no respetar
reserva material de ley, sanciones y derechos de
los trabajadores) - RESERVA MATERIAL DE LEY la asignación a la ley
producto de la Const., no modificable por ley - RESERVA FORMAL DE LEY la ley regula una
determinada materia, esa asignación a la ley es
modificable mediante una norma de igual rango,
posibilitando la utilización de reglamentos. - POSIBLE DESLEGALIZACIÓN
- No existe reserva a favor de reglamento. /STC
18/1982, DE 4 DE MAYO. - Actividad Reglamentaria supeditada a la ley gt
PRIMACÍA DE LA LEY
26LA NORMATIVA SECTORIAL ESTATAL
- IMPOSIBILIDAD norma general gt regular todos los
trabajos y empleos. - Diferentes circunstancias laborales gtdiferentes
regulaciones específicas - (diferentes sectores y actividades económicas,
profesiones, condiciones de trabajo, empleo
geográficas,...) - Contrato Individual gt tampoco por desequilibrio
de fuerzas. - NECESIDAD DE NORMAS SECTORIALES (espacio
económico/profesional rasgos comunes) - CLASIFICACIONES DE NORMAS
HETERONOMÍA AUTONOMÍA
UN TERCERO (ESTADO) REGULA PARTES SE AUTOREGULAN
Pueden existir normas estatales de tipo
sectorial (normas sobre seguridad e higiene en
las minas del carbón)
27CAPACIDAD NORMATIVA DE LAS CCAA EN MATERIA
LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
- CONST. gt novedad autonomía territorial (CCAA)
- Concreción Articulación entre competencias CCAA
y competencias Estado. - art. 148 Competencias POSIBLES para CCAA
(según su Estatuto de autonomía) - art. 149 Competencias EXCLUSIVAS del Estado
- Ámbito Laboral
- Const. 149.1.7. ("El Estado tiene competencia
exclusiva....) - ....en LEGISLACIÓN LABORAL, sin perjuicio de su
ejecución por los órganos de las comunidades
autónomas" - Qué se entiende por LEGISLACIÓN LABORAL?
- 1. LEGISLACIÓN Cualquier tipo de regulación
- (ley en sentido lato, también reglamentos)
- STC 33/1981, de 5 de noviembre 18/1982, de 4
de mayo 35/1982, de 14 de junio - 2. LABORAL en sentido restrictivo, no como
referencia amplia al mundo del trabajo. - Relación que media entre el trabajador
asalariado y el empresario para quien trabaja - STC 35/1982, de 14 de junio, 360/1993
- 3. COMPETENCIAS DE EJECUCIÓN pueden ser de las
CCAA - Para ello pueden adoptar normas para organizar
los servicios y de ejecución de sus
competencias.(P.e. Ley 9/1981, de 20 de
septiembre del Parlamento Vasco, sobre creación
del Consejo de Relaciones Laborales - Si son asumidas por CCAA el estado no puede
obviarlas. - STC 195/1996 (declaró inconstitucional varios
art.s de la LISOS que habían sido modificados por
la Ley 1371996, por vulnerar las competencias
estatutarias de ejecución de la CA País Vasco)
28- SEGURIDAD SOCIAL
- Const. 149.1.7. ("El Estado tiene competencia
exclusiva....) - LEGISLACION BÁSICA y régimen económico de la
seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución
por CCAA - Precisiones
- 1. Estado sólo competencia exclusiva Legislación
BÁSICA - 2. Legislación de desarrollo posible para CCAA
- 3. sin ruptura del régimen económico de la SS
- CA País Vasco gt Estatuto de Autonomía (SS)
- Art. 18.2 gt a .- desarrollo legislativo y
ejecución de la legislación estado - b. gestión del régimen económico de la SS
- Competencia en materia laboral de la CCAA muy
débil. - Indirectamente al utilizar competencias propias
pueden afectar a temas laborales - Competencia sobre cooperativas de CA País Vasco
(Estatuto art. 10.23) - Ley 4/1993, cooperativas de Euskadi gt
- conflictos socios trabajadores y Cooperativas de
índole laboral gt jurisdicción social - Estatuto gt Art. 10.12 Asistencia Social
- --------------------------------------------------
- - Procedimientos extraordinarios de atribución de
competencias
29CONVENIOS COLECTIVOS
- Def. "contrato negociado y celebrado por
representantes de trabajadores y empresarios para
al regulación de las condiciones de trabajo"
(Alonso Olea) - Acuerdo escrito y normativo realizado entre al
representación de los trabajadores y los
empresarios sobre las condiciones de trabajo y
empleo - Notas distintivas
- 1. CONTRATO entre empresarios y trabajadores,
- Origen Acuerdo de voluntades
- 2. Contrato COLECTIVO
- 3. Finalidad regula condiciones de trabajo
- 4 Eficacia normativa ( EN NUESTRO DERECHO)
EFICACIA JURIDICA CONST. ART. 37.1 La ley
garantizará...la fuerza vinculante de los
convenios colectivos Posibles sistemas de
eficacia para convenios colectivos a. como
pacto. b. como contrato privado c. como norma
jurídica TRLET Convenio como norma jurídica
(art. 82.3)
30- CLASES DE CONVENIOS COLECTIVOS
- A. Según ámbito espacial (geográfico) aplicación
de franja, de empresa. provincial, De CCAA,
estatal,... - B. Convenio MARCO
- Sindicatos/Org. Empresariales representativos
CCAA /Estado Pactan - Estructura Negociación colectiva
- reglas concurrencia entre convenios / ámbito
- Principios de complementaridad (materias no
negociables para convenios de ámbito inferior) - Ejem. Convenio General de Químicas, Textil,
Convenio Básico de Conservas vegetales, - También sobre materias concretas Acuerdo
Interprofesional de cobertura de Vacíos, acuerdo
clasificación profesional de la I. Metal,... - En el ámbito del País Vasco señalar el Acuerdo
Interconfederal sobre el Empleo de 15.01.1999 -
- C. ESTATUTARIOS/EXTRAESTATUTARIOS
- Convenios Colectivos Estatutarios
- ? Requisitos ET (Título 3) (P.e escritos,
publicidad B. Oficial, por mayoría absoluta
representantes trabajadores,... - EFECTOS Norma jurídica Eficacia General
-
- Convenios colectivos EXTRAESTATUTARIOS
- ? No algún requisito ET. Legalidad si (art.
37.2 Const.)
31OTRAS FUENTES DEL DERECHO.
- COSTUMBRE LABORAL
- Fuente de derecho más antigua.
- def. Norma creada e impuesta por el uso
social, por consenso social. - Const. gt Silencio. Escasa importancia
- CC. art. 1.3 Costumbre fuente de derecho
- Supletoria (en defecto de ley, norma
escrita) - No contra ley.
- No Iura novit curia (se debe probar)
- Laboral E.T. Art. 3.1 Fuente Derecho laboral
- Características especiales LOCAL y
PROFESIONAL. - E.T. Art. 3.4 Carácter supletorio.
- Sólo en defecto de ley, convenio, y contrato.
- Clases
- a. autónomas
- b. de recepción o remisión expresa. (Ejem. ET
art. 20.2, 29.1, 49.1.d) - Valor jurídico el de la norma de recepción
32JURISPRUDENCIA LABORAL Jurisprudencia / No
Fuente de derecho, no norma jurídica Jurisprudenci
a Juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (Const.
art. 117.3) Interés práctico gt norma producto
semi-elaborado Jurisprudencia adaptación de la
norma a un caso concreto. A. CC art. 1.6
Jurisprudencia gt "complementará el
ordenamiento" Fuente indirecta doctrina legal
de 2 Sent. TS sobre idéntico
asunto Infracción de doctrina legal gt recurso
de casación/suplica B. Principio de igualdad y
libre apreciación del juez/Tribunal C. Art. 1.7
Jueces/tribunales deber de resolver de acuerdo a
sistema de fuentes D. T. Const. Sentencias
normativas / interpretaciones normativas E.
Sentencias en recurso de unificación de doctrina
(fijar doctrina en discrepancia de
tribunales) Sentencias en conflicto colectivo
declarativas/ normativas (sobre demandas
individuales)
33PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.
- Principios generales del derecho gt 2 Acepciones
- A. Principios universales por encima del
ordenamiento Derecho natural - (teoría del mínimo común denominador de todas las
legislaciones reflejo de la ley divina o de la
racionalidad del mundo según las diversas
concepciones ideológicas) - B. Criterio generales de las normas de un
ordenamiento, - Principios abstractos y comunes del
ordenamiento, - LEC art. 1692.5 gt Recurso por Infracción de
ley vulneración de principios generales
contenidos en leyes o sentencias. - CC art. 1.4 PGD en defecto de ley y costumbre, (
ultima ratio para juez, Art.1.7 CC) - sin perjuicio de su carácter informador del
ordenamiento. -
- Derecho sistema de normas, No amalgama gt
coherencia - gt Principios informadores (dan forma al
ordenamiento) - 4 más característicos 1. Competencia. 2.
Modernidad. 3. Principio de jerarquía. 4.
Principio de especialidad. - Derecho idea de justicia en ordenamiento
Principios comunes. - Diferentes ramas del derecho / modulaciones de
justicia / principios propios - PRINCIPIOS ESPECÍFICOS DEL DERECHO DEL TRABAJO
- Carácter tuitivo del trabajador ( pro
operario, fabor laboratoris) - Autodefensa Colectiva ( autonomía colectiva)