Title: SEGURIDAD SOCIAL CHILE PENSIONES
1SEGURIDAD SOCIAL CHILEPENSIONES
- Hugo Cifuentes Lillo
- 2014
2Seg. Social Contingencias y Prestaciones
-
- VIS PensionesSALUD Atención médica y
subsidios por enfermedades y accidentes comunes y
del trabajo - DESEMPLEO seguro de cesantía FAMILIA
asignaciones familiares y maternalesMUERTE
asignación por muerte.
3Pensiones aspectos claves
- Prestación Renta sustitutiva
- Cobertura Universalización. Identificación de
los cotizantes, beneficiarios y situación de la
familia. - Financiamiento
- - Capitalización/Reparto, -
Contributivo/no contributivo. - Gestión pública, privada y mixta.
4 PENSION Concepto y tipos
- PRESTACION MONETARIA MENSUAL, CAUSADA POR VEJEZ,
INVALIDEZ O SOBREVIVENCIA. ES UNA RENTA
SUSTITUTIVA. - VEJEZ edad (común y anticipada), retiro,
jubilación y trabajos pesados. - INVALIDEZ incapacidad permanente, total o
parcial, definitiva o transitoria. - SOBREVIVENCIA muerte del jefe de hogar viudez,
montepío y orfandad.
5La pensión un derecho
- La Constitución garantiza el derecho a la
seguridad social El Estado crea, organiza,
regula, orienta y controla el sistema de
pensiones. - La acción del Estado se dirige a garantizar el
acceso de todos al goce de prestaciones básicas
uniformes.
6Pensiones y Sistemas de pilares
- Pilar Mínimo básico
- (Asistencial / no Contributivo)
- Pilar Contributivo
- Pilar Voluntario
7Pensiones Régimen Financiero
- Contributivas - Reparto,
- - Capitalización, y
- - Mixtas
- No Contributivas
- Asistenciales/solidarias
8Seguridad Social Contributiva
- El empleador y/o el trabajador efectúan aportes y
cotizaciones - Remuneración imponible
- El empleador debe retener, declarar y enterar
cotizaciones de los trabajadores - El empleador debe entregar información a las
entidades de previsión. - Vínculo laboral y cumplimiento de obligaciones
previsionales.
9FinanciamientoCAPITALIZACIÓN - REPARTO
- En esencia, en los sistemas de pensiones de
- reparto, es la colectividad quien asume el
- riesgo.
- En los sistemas de capitalización, son las
- propias personas individual o colectivamente, las
que asumen el riesgo o cobertura del estado de
necesidad causado por la contingencia social.
10Regímenes de reparto
- Distribución intergeneracional de los ingresos
(cotizaciones), se traducen en pensiones para los
beneficiarios actuales. - Equilibrio en el ejercicio financiero anual
ingresos con total de gastos por pensiones a
pagar, incluidos costos administrativos y
ciertas reservas de eventualidades. - El afiliado al cotizar cumple con obligación
legal, lo cual, junto al cumplimiento de otros
requisitos permitirá acceder a pensión. - Reg. de reparto simple y con capitales de
cobertura.
11Régimen de Capitalización, RCI
- Se caracteriza por la formación de un capital
(SALDO) integrado por las cotizaciones y demás
ingresos, incrementados por rentabilidad
obtenida con el correr del tiempo, a objeto de
financiar pensiones y otras prestaciones
asociadas. - Capitalización individual y colectiva.
- En los RCI, el afiliado tiene la titularidad de
los recursos que componen el saldo de su cuenta
de capitalización individual, CCI.
12COTIZACIONES
- En los regímenes contributivos, la cotización es
la fuente de ingresos fundamental o única del
régimen. - La cotización es el aporte, obligatorio o no, de
afiliados y empleadores, para financiar el
régimen. - La regla todo trabajador se debe afiliar y
cotizar. - Cotizantes voluntarios.
13COTIZACIONES
- Trabajador Se hace cargo de toda o parte de la
cotización. - Empleador Debe cotizar por sus trabajadores?.
- El empleador y su cotización.
- Independientes
14AFILIACIÓN Y COTIZACIÓN
- Afiliación Acto independiente de la cotización?
- Cotizaciones retroactivas
- Lagunas
- Densidad
15Cuantía de la Pensión
- En los RCI, el monto de la pensión relaciona
cuantía de las remuneraciones imponibles, tasa de
reemplazo y saldo disponible en las CCI. - En los regímenes de reparto, el monto de la
pensión, relaciona remuneración imponibles y
prestación definida. - Reajustabilidad y actualización
16RETENER, DECLARAR Y ENTERARCOTIZACIONES
- 1.- Descuentos a las remuneraciones obligatorias
APV, APVC y Cuenta - 2 - 2.- Oportunidad del descuento, declaración y
entero. (Reforma) - 3.- Acceso a recursos de instituciones públicas o
privadas. - 4.- Declaración y pago oportuno.
- 5.- Entero por medios electrónicos.
- 6.- Sanciones por declaración y pago fuera de
plazo Recargos, Multas y Apremios.
17RETENCIÓN DECLARAR Y ENTERAR COTIZACIONES (2)
- 7.- Retención de dineros ajenos.
- 8.- Plazos para reclamar el entero de
imposiciones. - 9.- Prescripción e inembargabilidad.
- 10.- Incumplimiento en pago de cotizaciones y
término de la relación laboral. - 11.- Responsabilidad subsidiaria y solidaria.
- 12.- Quiebra.
- 13.- Privilegio deudas previsionales.
- 14.- Solidaridad y contratistas.
18Administración, Gestión y Control
- Por entidades públicas, privadas y mixtas
- Rol del Estado
- Control y fiscalización del sistema.
19Rol de los actores sociales
- Participación social en la definición de las
políticas de seguridad social. - Participación en la gestión.
- Experiencia vigente Comisión de Usuarios del
Sistema de Pensiones.
20PENSIÓN POR INVALIDEZ (1)
- Invalidez, e irrecuperabilidad
- Parcial, total y gran invalidez.
- Declaración de invalidez.
21PENSIÓN POR INVALIDEZ (2)
- Invalidez Pérdida de capacidad general y/o
especifica para el trabajo. - Declaración de invalidez y término de la relación
laboral. - Cuantía de la pensión.
22PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA (1)
- Concepto Prestación mensual temporal o vitalicia
a favor de las cargas de familia. - Beneficiarios cónyuge, hijos cargas de familia,
padre o madre de hijos no matrimoniales que vivan
a expensas. - Situación de los fondos de no existir titulares
masa hereditaria. - Prestaciones por muerte cuota mortuoria y
asignación por fallecimiento. -
23PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA (2)
- Compatibilidad de pensiones
- Cuantía de la pensión del beneficiario.
- Cuantía de la pensión con más de un beneficiario.
- Concurrencia de beneficiarios.
- Pérdida de la calidad de titular de pensión de
sobrevivencia.
24Excepciones de cotizar en Chile
- Extranjeros que pueden exceptuarse de los
regímenes de pensiones y salud - Técnicos y profesionales
- Trabajador dependiente empresas.
- Afiliado a un régimen que contemple prestaciones
por vejez, invalidez, muerte y enfermedad en el
extranjero. - Riesgos del trabajo y Cesantía.
- Declaración de mantener su régimen nacional en el
contrato de trabajo. - Oportunidad para hacer efectiva la excepción.
- Fuente Ley 18.156, de 1982.
25CONVENIOS DE SEG. SOCIAL.
- Pactos suscritos por los Estados comprometidos
que permiten a los trabajadores migrantes
mantener la protección de la seguridad social. - Dichos convenios incorporan principios como la
igualdad de trato, la totalización de períodos de
seguro, la exportación de pensiones, la
mantención de afiliación, la suma períodos de
seguro, los buenos oficios.
26CAMPO DE APLICACIÓN
- Cobertura personas que estén o hayan estado
sujetas a la legislación de uno o varios Estados
Parte, incluidos familiares y derecho habientes. - Prestaciones incorporadas pensiones por vejez,
invalidez y supervivencia, y prestaciones
económicas derivadas de los riesgos del trabajo.
27REGLAS ESPECIALES
- Prestaciones médicas
- Regímenes contributivos y otros exceptuados
- Regímenes no contributivos
- Ampliación a otros regímenes
28DETERMINACIÓN DE LEGISLACIÓN APLICABLE
- Territorialidad de la ley de seguridad social
lugar de residencia - Excepciones
- Traslados temporales
- Funcionarios diplomáticos y públicos
- Seguro voluntario
29IGUALDAD DE TRATO Y TOTALIZACIÓN DE PERIODOS
- Las personas se sujetan a la Ley del Eº en que
prestan servicios, con excepciones. - Para acceder a prestaciones que requieran
acreditar tiempo de afiliación o computable,
pueden sumar los reunidos en otros Eº partes. - Trabajador residente en un tercer Eº Parte y pago
de prestaciones en el extranjero. - Revalorización de pensiones.
30PENSIONES (1)
- Períodos de seguro, cotización o empleo en uno
cualquiera de los Estados Parte, se considerarán
para pensiones VIS - Cumplimiento de requisitos en un sólo país.
- Totalización de períodos y prorrata temporis.
- Calidad de imponente activo, períodos mínimos de
afiliación, etc.
31PENSIONES (2)
- Base de cálculo de la prorrata.
- Pensión y calidad de activo.
- Períodos inferiores a un año.
- Períodos de seguro voluntario, totalización y
superposición.
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32CONVENIOS BILATERALES Y MULTILATERALES
- Norma más favorable
- Registro de convenios vigentes y normas más
favorables - CMISS
33REGÍMENES BASADOS EN CAPITALIZACIÓN
- Pensión se financia con el saldo en AFP.
- La totalización de períodos y prorrata temporis
se aplica para pensión mínima. - Calidad de aportante voluntario y de cumplir ley
del país de acogida. - Transferencia de fondos.
34ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES
-
- Las prestaciones correspondientes se
determinarán de acuerdo con la legislación del
Estado Parte a la que el trabajador se hallase
sujeto en la fecha de producirse el accidente o
contraerse la enfermedad.
35VIGENCIA EN EL TIEMPO DEL CONVENIO Y PRESTACIONES
- Se concede cobertura por contingencias acaecidas
con anterioridad y se puede revisar denegaciones
previas. - Se considera períodos de seguros previos a la
vigencia del convenio - Fecha de pago de prestaciones periódicas.
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36COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA
- Reconocimientos médicos
- Intercambio de información
- Solicitudes de documentos
- Exenciones
37COMITÉ TÉCNICO ADMINISTRATIVO
- Integrado por representante de cada Estado
- Facilita la aplicación del Convenio
- Resuelve cuestiones administrativas o de
interpretación - Promueve y desarrolla colaboración entre Estados
- Fomento de uso de nuevas tecnologías, etc.
38ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
- Acuerdo de Aplicación Reglamento
- Conferencia de las Partes
- Solución de controversias
- Firma, ratificación, aceptación, aprobación y
adhesión, vigencia - Enmiendas, denuncia e idiomas
- Depositario
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