Title: Tema 0
1Tema 0
- ORDENAMIENTO JURÍDICO Y PODERES EN UN ESTADO DE
DERECHO - a) APROXIMACIÓN AL DERECHO
- b) EL ESTADO DE DERECHO LA SEPARACIÓN DE
PODERES. - c) APROXIMACIÓN AL DERECHO DE TRABAJO
2- Derecho / derecho
- Derecho Objetivo y Derecho subjetivo
Conjunto de normas Sistema jurídico Oredenamiento
jurídico
Libertad individual facultad o inmunidad para
hacer algo sin ingerencia externa
Eusk Zuzenbidea ?? Eskubidea
Francés. Droit ?? droit Ingles Law
?? Right Italiano
Diritto ?? Diritti Latin ? ius, iuris ?
justicia, jurisprudencia, jurisdicicón,.. A
pesar de idéntica referencia dos conceptos
distintos
3a. APROXIMACIÓN AL DERECHO
- 4 visiones del derecho 4 aspectos del derecho
como racionalización - A. Procedimiento para resolver los conflictos
derivados de intereses contrapuestos (desde el
punto de vista de la finalidad, del para qué, el
dª como racionalización de la vida social) - B. Instrumento de legitimación del poder,
mediante la limitación del poder (ceder hoy para
asegurar el mañana) (visión desde la función
social el dª como racionalización del poder) - C. Medio para la determinación del
comportamiento humano (en cuanto código
simbólico, contenido pedagógico instrumental el
dº como racionalización de la conducta humana) - D. Derecho conjunto de normas jurídicas
(visión estructural, como se organiza el
derecho), el derecho como racionalización
formal -
4Enfoques sobre el Derecho
- 4 enfoques sobre el Derecho
- Enfoque estructural ? normativismo jurídico fin
descripción del derecho, Dº como lenguaje - Enfoque sociológico ? fin funcionalidad del Dº
Dº como realidad social y comportamiento humano,
el D regla de juego - Enfoque valorativo ? enfoque crítico, Fin
Justicia o corrección de las normas, el Dº como
desideratum - Enfoque técnico-estratégico ? visión instrumental
del derecho Fin resolución de problemas
concretos, el D como argumentación
5NORMA JURIDICA Qué es?
- NORMA JURIDICA MANDATO SANCIÓN (COACCIÓN)
- Norma toda regla de Derecho en tanto tiene
fuerza obligatoria - todo precepto jurídico con eficacia general
impuesto por una fuerza social con poder de
organización (De Castro) - Fuentes del Dª / Fuentes de las obligaciones
(ley, contrato , cuasi-contrato y actos ilícitos
culposos o negligentes CC art 1089) - Norma / contrato (fuerza de ley entre las
partes CC art 1091) - (norma) Efecto erga omes ?? efectos inter partes
(contrato) - Consecuencias
- 1) En la naturaleza gtla conexión entre dos
sucesos responde al principio de causalidad. - A la naturaleza le corresponde el ser
- En el derecho gt no existe una conexión natural
entre dos hechos , la imputación entre dos hechos
la crean los hombres - Al derecho le corresponde el deber ser.
- 2. Normas no son directamente aplicables ?para
interpretar el significado se necesita la
participación de todos. - 3. Derecho / Realidad, El derecho no es
descriptivo, sino prescriptivo - Por ejemplo, aunque se prohíba jurídicamente un
comportamiento existen otras fórmulas para
conseguirlo - Por ejemplo, La existencia de una conducta
prohibida posible, pero tampoco anula la norma
6ORDENAMIENTO JURÍDICO
- Ordenamiento jurídico Conjunto sistemático de
normas jurídicas (de un determinado páis). - Dº / No es un todo amorfo, sino un sistema que
implica principios generales de todo el conjunto,
reglas que resuelven la colisión entre las
normas, de interpretación, de resolver las
antinomias etc. - Principios formales del OJ
- - Cronológico o de modernidad (lex posterior
derogat legi priori) - - Jerarquía (Lex superior derogat legi
inferiori) - - Especialidad (Lex specialis derogat legi
generali) - Dº Sistema autosuficiente ? normas sobre
producción de normas// fundamento norma gt otra
normas? Constitución (Sentido de Kelsen) poder
que instaura el sistema. - Justificación de una norma en otra anterior
(justificación interna) pero al final se pone en
relación norma jurídica con poder (con lo
externo) - Dº ? horror vacui ? sistema para integrar las
lagunas o vacíos legales (analogía, normas
generales,..) un juez no puede ampararse en la
ausencia de norma para no resolver un caso - Estado Dº ? NO gt Dº no estatal (Dº canónico,
internacional,.. - tendencia al monopolio (tª soberanista, nada por
encima del estado) - OJO gt caso Pinochet, legislación USA, situación
Irak,Extraterritorialidad del Dº - Def. Estado de M. Weber (Estado monopolio de la
violencia legítima en un territorio) - Estado gt ante sus propios tribunales estado
privilegia su propio Dº
7Estado de Derecho
- ESTADO DE DERECHO estado sometido al Derecho
- Concreciones
- PRINCIPIO DE LEGALIDAD (imperio de la ley)
- (autoridad sometida a la ley. ordenes sólo por
norma, conocida previamente ? limitación de la
arbitrariedad y garantiza seguridad jurídica - IGUALDAD ANTE LA LEY
- (condición de ciudadanos como iguales sin
distinción de estatus, ni privilegios abolición
de la esclavitud y del sistema feudal) - DIVISIÓN DE PODERES
- poderes políticos se limitan y controlan entre
sí - RECONOCIMIENTO DE DERECHOS SUBJETIVOS
(ASPECTOS DE LA INDIVIDUALIDAD EN LOS QUE EL
EST. NO PUEDE INCIDIR o debe respetar) - (LIBERTE, IGUALITE)
- Racionalización del poder (político) ? sometido a
limites y controles
8- ESTADO SOCIAL DE DERECHO
- ADEMÁS JUSTICIA MATERIAL (FRATERNITE) DERECHOS
SOCIALES - RECONOCIENDO DESIGUALDAD SOCIALgt ACTUACIÓN DEL
ESTADO PARA CONSEGUIR MÍNIMA IGUALDAD - ALGUNOS BIENES (educación. trabajo, sanidad,...)
incluso CONDICIÓN para la igualdad formal. - (CONST. ART. 9.2)
- Corresponde a los poderes públicos promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en que se integra
sean reales y efectivas remover los obstáculos
que impidan o dificulten su plenitud y facilitar
la participación de todos los ciudadanos en la
vida política, económica, cultural y social
9Organización de los poderes
- 1. Poder legislativo ? capacidad de normar con
rango de ley ? Art. 66.1 y 2 CE Cortes Geenrales
(parlamento y Senado) potestad legislativa - 2. Poder ejecutivo ? capacidad de ejecutar y
desarrollar las normas. En la práctica conlleva
la capacidad normativa (reglamentaria, art. 97
CE) implica tanto la dirección (Gobierno) como
la gestión (administración laboral) Jefe del
estado / Jefe de Gobierno - 3. Poder judicial ? aplicación del derecho en
caso de conflicto por órganos especializados de
la administración (art 117 CE), Jueces y
Magistrados integrantes del poder judicial,
independientes, inamovibles, responsables y
sometidos únicamente al imperio de la Ley. - T.C. órgano judicial especializado para
interpretación de la Const., pero no parte del
Poder judicial