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Universidad Alas Peruanas Facultad de Derecho y Ciencias Pol ticas Curso: Derecho Procesal Penal I Docente: Abog. Rosa Teresa Jave Uculmana Semestre: VI – PowerPoint PPT presentation

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Title: Universidad Alas Peruanas Facultad de Derecho y Ciencias Pol


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Universidad Alas PeruanasFacultad de Derecho y
Ciencias Políticas
  • Curso Derecho Procesal Penal I
  • Docente
  • Abog. Rosa Teresa Jave Uculmana
  • Semestre VI
  • Semana 3
  • Diapositiva 3
  • Tema Los Sistemas Procesales.
  • Agosto, 2010

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INTRODUCCION
  • En la historia del Derecho Procesal, encontramos
    dos grandes modelos de Sistemas Procesales
    ACUSATORIO y el INQUISITIVO.
  • Con el transcurso del tiempo, sufrieron notables
    modificaciones. De la integración de éstos, se ha
    derivado otro Sistema Procesal denominado MIXTO.

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  • El Código de Procedimientos Penales
  • El Proceso Penal Ordinario
  • Etapa de la Instrucción es Inquisitivo
  • Etapa del Juicio Oral es Acusatorio
  • El Código Procesal Penal de 1991
  • Tiene el modelo Acusatorio.
  • El Código Procesal Penal 2004
  • Tiene el modelo Acusatorio
    Garantista.

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SISTEMA ACUSATORIO
  • La acción penal fue de carácter privado, porque
    correspondía primeramente al ofendido.
  • Luego la acción penal fue ejercida por la
    sociedad.
  • La libertad personal del acusado es respetada
    hasta el instante que se dicte sentencia
    condenatoria.
  • Igualdad absoluta de derechos de los sujetos
    procesales, entre acusador y acusado.
  • Predomina la Libertad ambulatoria, es decir la
    libertad personal del acusado es respetada hasta
    el instante en que se dicte sentencia
    condenatoria.

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SISTEMA INQUISITIVO
  • Se concentra el poder en manos de una persona es
    decir la acción penal era facultad del Príncipe y
    no requiere la intervención del acusador para que
    el Estado proceda.
  • Durante el curso del Proceso, el acusado es
    segregado de la sociedad mediante la institución
    denominada prisión preventiva.
  • La prueba, en cuanto a su ubicación, recepción y
    valoración es, facultad exclusiva del Juez.
  • La dirección del proceso está exclusivamente a
    cargo del Juez.
  • El Juez no está sujeto a recusación.

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SISTEMA MIXTO
  • Hubo una separación en la función de acusar e
    investigar.
  • La prueba se valora libremente.
  • La persecución penal está en manos del Ministerio
    Público.
  • El imputado goza de derechos, el in dubio pro reo
    le favorece para que el Estado sea el que tenga
    la carga de la prueba y mientras tanto el
    imputado es considerado inocente.
  • El proceso tiene 2 fases. Se aplicaba el Sistema
    Inquisitivo para la etapa de la Instrucción y el
    Sistema Acusatorio para el Juicio Oral.

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  • La instrucción era reservada y el Juicio Oral era
    público.
  • Libre convicción o sana critica al momento de la
    valoración de las pruebas.
  • El fallo del tribunal es recurrible, algunos
    ordenamientos sólo permiten la casación, otros en
    cambio, admiten la apelación, el recurso de
    revisión también lo utilizan algunas
    legislaciones.

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SISTEMA ACUSATORIO GARANTISTA
  • Hay división de poderes.
  • Aparecen claramente diferenciadas las funciones
    del juez, del fiscal.
  • El Ministerio Público tiene a su cargo la
    denuncia, la investigación del delito y la
    acusación.
  • La defensa se ocupa de buscar la absolución o la
    atenuación de la pena del imputado.

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  • Al juez, como tercero imparcial, le toca sólo
    decidir o juzgar.
  • Otorgamiento al Ministerio Publico de facultades
    derivadas del principio de oportunidad.

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SISTEMA ADVERSARIAL
  • El Ministerio Público como la defensa del acusado
    tienen igualdad de condiciones ubicándose en un
    plano horizontal (Principio de Igualdad de
    Armas).
  • La carga de la prueba es directamente a los
    sujetos procesales.
  • El Juez penal está prohibido de realizar una
    prueba, salvo excepción.

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GRACIAS.Atentamente. Dra. Rosa Teresa Jave
Uculmana
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