Agenda de Probidad, Transparencia, Eficiencia, Calidad de la Pol - PowerPoint PPT Presentation

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Agenda de Probidad, Transparencia, Eficiencia, Calidad de la Pol

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A fines de noviembre de 2006, la Presidenta de la Rep blica aprob la 'Agenda de ... (3) suprimir de sus deberes la contabilidad general de la Naci n; y ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Agenda de Probidad, Transparencia, Eficiencia, Calidad de la Pol


1
Agenda de Probidad, Transparencia,Eficiencia,
Calidad de la Política y Modernización del Estado
  • Secretaria Ejecutiva
  • Presidencia de la República

2
INTRODUCCION
  • A fines de noviembre de 2006, la Presidenta de la
    República aprobó la Agenda de Probidad,
    Transparencia, Eficiencia y Modernización del
    Estado, elaborada a partir del Informe de
    Expertos sobre medidas para favorecer la probidad
    y eficiencia de la gestión pública (23.11.06).
  • Las propuestas de dicha agenda profundizan el
    trabajo de la Comisión Nacional de Ética Pública
    (1994), y el Acuerdo Político-Legislativo para la
    Modernización del Estado, la Transparencia y la
    Promoción del Crecimiento (2003).

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INTRODUCCION
  • Las medidas tienen por finalidad transparentar
    la información pública, combatir las
    irregularidades y faltas a la probidad
    administrativa, perfeccionar los mecanismos de
    control y los sistemas de contratación, todo lo
    cual se inserta en el proceso de consolidación de
    nuestro sistema democrático.
  • Las principales propuestas de la agenda,
    agrupándolas en cuatro áreas
  • (1) Transparencia,
  • (2) Probidad,
  • (3) Calidad de la Política, y
  • (4) Modernización del Estado.

4
Transparencia
  • Cumplimiento del Instructivo Presidencial N 008
    (04.12.06).
  • Este instructivo exigió que los organismos de la
    Administración Pública publicaran en sus sitios
    web las adquisiciones y contrataciones de bienes
    y servicios, el personal de planta, a contrata y
    a honorarios, las transferencias de fondos que
    realicen a personas jurídicas, la normativa
    vigente y los actos y resoluciones que tengan
    efectos sobre terceros. Se trata de un conjunto
    de acciones en pos de la transparencia activa,
    esto es, de proporcionar información sin
    necesidad de requerimiento alguno.

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Transparencia
  • Aprobación del Proyecto de Ley de Transparencia
    de la Función Pública y de Acceso a la
    Información de la Administración del Estado
    (Boletín 3773-06).
  • Esta iniciativa complementa el principio de
    publicidad administrativa, reconocido en el art.
    8 de la Constitución y en los arts. 13 y 14 de
    la Ley de Bases Generales de la Administración
    del Estado (LOCBGAE). Además, se propone la
    creación del Instituto de Promoción de la
    Transparencia, órgano autónomo cuyas funciones
    principales serán velar por la aplicación de la
    normativa de acceso a la información, sancionando
    a quienes obstruyan el derecho de acceso a la
    información pública.

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Transparencia
  • Publicidad de la Declaración de Patrimonio y de
    Intereses (Reforma al art. 8 de la Constitución)
    (Boletín 4716-07)
  • Los ciudadanos deben tener acceso a las
    declaraciones de patrimonio e intereses de las
    autoridades. Con esta reforma constitucional se
    perfeccionará el régimen de declaraciones
    establecido en las leyes N 19.653 y 20.088,
    superando la interpretación restrictiva del
    Tribunal Constitucional en materia de publicidad
    de las declaraciones (Sentencia Rol 460,
    06.12.2005).

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Probidad
  • Aprobación del Proyecto de Ley de Lobby (Boletín
    3407-07)
  • Para garantizar el derecho de petición y la
    igualdad de oportunidades de representación, el
    proyecto exige registrar y publicar los actos
    mediante los cuales los particulares pretenden
    ejercer influencia en la toma de decisiones
    públicas, y establece un Registro en el que se
    deben inscribir las personas que realicen
    actividades de lobby, sujetándolas a una serie de
    requisitos e inhabilidades.

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Probidad
  • Indicación a Moción sobre Protección de la
    Denuncia Responsable (Boletín 4722-06)
  • Los funcionarios públicos y municipales están
    obligados a denunciar los hechos irregulares y
    faltas a la probidad administrativa de que tomen
    conocimiento en el ejercicio de su cargo (DFL N
    29, 2005, del Ministerio de Hacienda Ley N
    18.883 art. 175 CPP). Para que ello sea
    efectivo, se propone un sistema de protección al
    funcionario que, de buena fe y a través de los
    canales regulares, denuncie estos hechos, de
    manera que actúe sin temor a represalias.

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Probidad
  • Ampliación de las restricciones para el revolving
    door en la Ley de Bases Generales de la
    Administración del Estado (Boletín 4186-07)
  • El proyecto amplía las restricciones fijadas en
    el art. 56 de la LOCBGAE, en tres direcciones
  • (1) prohibiendo a los directivos y profesionales
    de entidades fiscalizadoras y otros órganos que
    tomen decisiones de políticas públicas que
    directamente afecten a sectores determinados de
    la actividad empresarial, desempeñarse en
    actividades que impliquen una relación laboral
    con entidades del sector privado sujetas a la
    fiscalización del organismo respectivo durante el
    período de un año, contado desde la fecha del
    cese en las funciones

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Probidad
  • Ampliación de las restricciones para el revolving
    door en la Ley de Bases Generales de la
    Administración del Estado (Boletín 4186-07)
  • (2) estableciendo una compensación monetaria
    durante el tiempo de vigencia de la prohibición
    o mediante una asignación especial que anticipe
    dicho pago y
  • (3) determinando que la regulación del
    post-empleo se extienda por un período de dos
    años para el caso de ex altos funcionarios
    públicos que deseen desempeñarse como lobbystas.
    Para dotar de eficacia a la normativa se
    establecen sanciones a quienes incurran en
    incompatibilidad inhabilidad perpetua para
    ejercer cargos públicos y restitución de la
    compensación.

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Probidad
  • Perfeccionamiento de los sistemas de compras y
    contratación pública (Boletín 3937-06)
  • Se modifica la Ley de Compras Públicas, N
    19.886, transformándola en una ley marco de la
    contratación pública, extendiéndose su aplicación
    actual a áreas como la ejecución de acciones de
    apoyo, la ejecución de obras, las concesiones de
    obras públicas, de bienes nacionales de uso
    público y de bienes municipales, así como a la
    contratación de estudios, asesorías y
    consultorías relacionados con proyectos de
    inversión.
  • En la misma línea, la propuesta regula las
    incompatibilidades de intereses en las compras
    públicas, exigiendo a los funcionarios a quienes
    les corresponde adjudicar contrataciones o
    supervisar en cada entidad el sistema de compras,
    presentar declaraciones de intereses y de
    patrimonio.

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Probidad
  • Inhabilidades Parlamentarias (Reforma
    Constitucional a los arts. 58 y 60) (Boletín
    4716-07)
  • Los conflictos de intereses deben estar
    claramente regulados, debiendo los parlamentarios
    inhibirse de intervenir en los asuntos en que
    tengan intereses. La reforma presentada postula
    que, por ejemplo, los parlamentarios no
    participen en sociedades que se vinculen o
    relacionen con órganos que puedan ser objeto del
    ejercicio de atribuciones exclusivas de las
    cámaras del Congreso. Además, se propone que sea
    causal de cesación en el cargo (previa acusación
    ante el Tribunal Constitucional), que un diputado
    o senador promueva o vote asuntos en el Congreso
    que interesen directa o personalmente a ellos o a
    sus parientes más cercanos.

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Calidad de la Política
  • Reformas a la Ley de Gasto Electoral, N 19.884
    (Boletín 4724-06)
  • El sistema político requiere de una legislación
    que asegure a los electores los más altos niveles
    de transparencia respecto del origen del
    financiamiento y destino de los fondos gastados
    en las campañas políticas. De manera
    complementaria, el Estado debe fortalecer las
    atribuciones de los organismos encargados de
    fiscalizar y sancionar a quienes infrinjan la
    normativa electoral (se crea la Subdirección de
    Control de Gasto Electoral en el Servicio
    Electoral). Además se propone tipificar delitos
    en caso de infracciones a la Ley de Gasto
    Electoral. Otro objetivo del proyecto es prohibir
    los aportes privados de personas jurídicas, en el
    entendido que son los ciudadanos quienes ejercen
    el derecho de sufragio.

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Calidad de la Política
  • Prohibiciones a la Intervención Electoral del
    Estado (Boletín 4716-07 y 4724-06)
  • Se propone incorporar modificaciones al sistema
    de urgencias legislativas y a la presentación de
    proyectos de reforma constitucional en períodos
    electorales, de modo que las campañas políticas
    no se vean afectadas por la agenda parlamentaria
    en curso. Al mismo tiempo, se prohíben los avisos
    publicitarios del Gobierno y la realización de
    colectas con fines de campaña en servicios
    públicos durante la vigencia del período de
    campañas electorales.

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Calidad de la Política
  • Regulación de las Primarias (Boletín 4716-07)
  • Con el objeto de desalentar el clientelismo
    político y de evitar conflictos al interior de
    los partidos y coaliciones sobre los mecanismos
    utilizados para seleccionar a sus
    (pre)candidatos, se propone regular la
    realización de primarias en los partidos.
    Considérese que se trata de una materia no
    regulada y, por tanto, exenta de controles.

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Modernización del Estado
  • Alta Dirección Pública
  • Con la finalidad de avanzar en la transparencia y
    profesionalización de los servicios públicos y de
    agilizar los procesos de selección de
    funcionarios, se amplía la cobertura y
    perfecciona la institucionalidad que sustenta al
    Sistema de Alta Dirección Pública,. En efecto, se
    encuentra en tramitación parlamentaria un
    proyecto de ley que generaliza el Sistema de Alta
    Dirección Pública (modificando la Ley del Nuevo
    Trato, Nº 19.882) a la inmensa mayoría de los
    servicios públicos, aumentando el total de cargos
    que tendrán la calidad de altos directivos
    públicos.

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Modernización del Estado
  • Alta Dirección Pública
  • Para perfeccionar el sistema se propone
  • (i) fortalecer el rol corporativo del Consejo de
    Alta Dirección Pública, separándose los roles de
    la Dirección Nacional del Servicio Civil y del
    Consejo de Alta Dirección Pública, y
    estableciéndose un nuevo tratamiento de las
    dietas de los consejeros
  • (ii) reforzar las funciones del Consejo de Alta
    Dirección Pública en materia de revisión y
    aprobación de perfiles de selección, de
    participación en los Comités de Selección de
    segundo nivel jerárquico y de su participación en
    el establecimiento de los convenios de desempeño
    de altos directivos públicos.

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Modernización del Estado
  • Alta Dirección Pública
  • Para perfeccionar el sistema se propone
  • (iii) establecer la obligación de informar
    anualmente al Senado, por parte del Consejo,
    respecto del avance de la implementación del
    Sistema de Alta Dirección Pública y, del mismo
    modo, se establece la obligación al Director
    Nacional del Servicio Civil de informar
    semestralmente al Consejo respecto del avance de
    la política de personal de la administración
    civil del Estado y
  • (iv) perfeccionar el proceso de selección de
    altos directivos públicos, incorporando plazos
    que aseguren la aplicación del sistema.

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Modernización del Estado
  • Modernización de la Contraloría General de la
    República (Boletín 4716-07)
  • El proyecto de reforma constitucional que el
    Gobierno presentó el 04.12.2006 propone
  • (1) elevar a rango constitucional su función de
    auditoría externa (que le permite, v. gr.,
    fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre
    administración financiera, examinar los estados
    financieros y verificar la correcta inversión de
    los recursos)
  • (2)añadir nuevos sujetos controlados las
    empresas del Estado que no estén constituidas
    como sociedades anónimas o que no se rijan por
    las normas de dichas sociedades (pues quedan
    sujetas al control de las Superintendencias
    respectivas) y las personas jurídicas sin fines
    de lucro que reciben fondos fiscales, pero sólo
    respecto de esos fondos
  • (3) suprimir de sus deberes la contabilidad
    general de la Nación y
  • (4) eliminar su rol como Tribunal de Cuentas, de
    manera que en los juicios de cuentas se limite a
    representar el interés fiscal. En forma paralela
    a la tramitación de esta reforma constitucional,
    y conforme a sus lineamientos, se empezará a
    elaborar un anteproyecto de nueva Ley Orgánica
    Constitucional de la Contraloría General de la
    República, que considerará el proyecto de
    modernización que ha estado llevando a cabo la
    propia Contraloría y las experiencias comparadas
    más relevantes.

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Modernización del Estado
  • Modernización de la Contraloría General de la
    República (Boletín 4716-07)
  • (3)suprimir de sus deberes la contabilidad
    general de la Nación y
  • (4) eliminar su rol como Tribunal de Cuentas, de
    manera que en los juicios de cuentas se limite a
    representar el interés fiscal.
  • En forma paralela a la tramitación de esta
    reforma constitucional, y conforme a sus
    lineamientos, se empezará a elaborar un
    anteproyecto de nueva Ley Orgánica Constitucional
    de la Contraloría General de la República.

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Modernización del Estado
  • Sistema de Auditoría General de Gobierno (Boletín
    3937-06)
  • El proyecto otorga rango de ley al Consejo de
    Auditoría Interna General de Gobierno (creado
    como Comisión Asesora mediante el D.S. Nº 12, de
    1997, SEGPRES), encargándosele al Consejo velar
    por el respeto, aplicación y cumplimiento de las
    normas que regulan la organización y
    funcionamiento de los servicios públicos desde la
    perspectiva de la auditoría interna.
  • Para ello, el proyecto consagra legalmente la
    figura de los auditores ministeriales (por
    Ministerio) e institucionales (por servicio
    público). Respecto de los primeros se ha
    presentado una indicación para que sean
    seleccionados mediante el Sistema de Alta
    Dirección Pública. La misma indicación pasa a
    exigir que sea obligatorio crear, en cada
    Ministerio, un Comité de Auditoría Ministerial,
    además de introducir otros perfeccionamientos al
    sistema que fortalecerá el control interno de la
    Administración Pública.

22
Modernización del Estado
  • Agencia de Calidad de las Políticas Públicas.
  • Se propondrá la creación de un órgano encargado
    de controlar y evaluar el impacto de las
    políticas y programas públicos. Los resultados de
    las mediciones que realice la Agencia de Calidad
    de las Políticas Públicas estarán a disposición
    del público, y serán elaborados con objetividad e
    independencia.

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Paralelo en materia de Contratación Pública
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Paralelo en materia de Contratación Pública
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Paralelo en materia de Contratación Pública
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