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Comisi

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Comisi n para la Asistencia Integral y Protecci n al Migrante, Refugiado y ... acompa a a efectuarse los estudios (m dicos, ps quicos) y tr mites que sean necesarios; ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Comisi


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Comisión para la Asistencia Integral y
Protección al Migrante, Refugiado y Peticionante
de Refugio
Buenos Aires, Septiembre de 2008
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Creación
La Comisión fue creada mediante las Resoluciones
DGN Nº 1071/07 (18 de julio de 2007) DGN Nº
2049/07 (27 de diciembre de 2007) DGN Nº
489/08 (14 de abril de 2008)
Comisión para la Asistencia Integral y Protección
al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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Objetivos
  • Relevar las bases de datos y estadísticas
    existentes sobre refugiados y solicitantes de
    refugio
  • Establecer canales de comunicación fluidos con
    todos los actores involucrados en la protección
  • social y jurídica de los refugiados y
    solicitantes de refugio, sean éstos organismos
    gubernamentales,
  • agencias de las Naciones Unidas, organizaciones
    de la sociedad civil, universidades o institutos
    de
  • investigación especializada
  • Realizar un diagnóstico integral y continuo de la
    situación jurídica y social de los solicitantes
    de
  • refugio y refugiados
  • Identificar, dentro del universo de solicitantes
    de refugio y refugiados, a los grupos
    vulnerables
  • que requieran una protección especial (niños,
    niñas y adolescentes no acompañados o separados
  • de sus familias, hogares monoparentales y/o
    encabezados por niños, niñas o adolescentes,
  • ancianos, discapacitados físicos y mentales,
    víctimas de tortura u otros tratos o penas
    crueles,
  • inhumanos y degradantes, niños reclutados
    forzosamente y mujeres víctimas de cualquier tipo
    de
  • abuso físico, emocional o sexual)

Comisión para la Asistencia Integral y Protección
al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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  • Diseñar o promover el diseño, en coordinación con
    todos los demás actores involucrados en la
    temática específica y las comisiones y programas
    que funcionan en la órbita de la Defensoría
    General de la Nación, políticas públicas que
    propendan a la autosuficiencia e integración
    plena de todos los refugiados y solicitantes de
    refugio, y de protección especial para los grupos
    más vulnerables
  • Colaborar en la articulación de una red cada vez
    más amplia y omnicomprensiva de prestaciones
    sociales para atender los problemas específicos
    de refugiados y solicitantes de refugio
  • Incorporar una mirada de protección de derechos
    humanos, profesional, interdisciplinaria y de
    género en el abordaje de las problemáticas que
    afectan a refugiados y solicitantes de refugio
  • Participar activamente en la reglamentación de la
    Ley General de Reconocimiento y Protección al
    Refugiado (26.165), en miras a propender al
    establecimiento de protocolos de actuación
    formales e institucionalizados de protección que
    permitan trascender el voluntarismo en el
    tratamiento de las problemáticas que se susciten

Comisión para la Asistencia Integral y Protección
al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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  • Garantizar la defensa de los derechos humanos de
    los solicitantes de asilo en los procedimientos
    de reconocimiento de la condición de refugiado,
    en especial cuando se trata de niños, niñas y
    adolescentes no acompañados o separados de sus
    familias
  • Brindar asistencia técnica en la materia a todos
    los integrantes del Ministerio Público de la
    Defensa que así lo requieran para el mejor
    cumplimiento de sus funciones
  • Facilitar una actuación coordinada y coherente de
    todos los integrantes del Ministerio Público de
    la Defensa que estén llamados a intervenir en
    casos que involucren a refugiados y solicitantes
    de refugio
  • Promover la capacitación en la materia de todos
    los integrantes del Ministerio Público de la
    Defensa
  • Contribuir a la mayor difusión de la situación de
    los refugiados y solicitantes de refugio, en
    miras a alentar en la población receptora
    actitudes de comprensión, integración y
    solidaridad.

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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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Programas
  • Representación legal y protección de niños, niñas
    y adolescentes no acompañados o separados de sus
    familias solicitantes de refugio
  • Acompañamiento de niños, niñas y adolescentes no
    acompañados o separados de sus familias
    solicitantes de refugio

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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
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Programa de Representación Legal y Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes no Acompañados o
Separados de sus Familias Solicitantes de Refugio
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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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Estado de situación
  • Los primeros casos se registraron en el año
    1999
  • Desde entonces, su número se ha ido
    incrementando considerablemente (ver tabla)
  • Se estima que la tendencia en alza ha de
    acentuarse en los años venideros
  • En lo que va del año han ingresado a nuestro
    país 46 niños, niñas y adolescentes
  • Actualmente viven en nuestro país 125 niños,
    niñas y adolescentes menores de 21 años.

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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por nacionalidad
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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por sexo
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Refugio
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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por edades
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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por vías de ingreso al
país (2007)
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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por medios de
transporte empleados (2007)
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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por condición de
ingreso (2007)
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Niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias por idioma (2007)
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Mapa de ciudades de origen, tránsito y destino y
rutas aéreas, marítimas y terrestres empleadas
por niños, niñas y adolescentes no acompañados o
separados de sus familias que solicitan el asilo
en la República Argentina Hacer doble click
durante la presentación sobre el hipervínculo
para visualizar el mapa
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Mapa de la designación de tutores para niños,
niñas y adolescentes no acompañados o separados
de sus familias solicitantes de refugio en el
derecho comparado Hacer doble click durante la
presentación sobre el hipervínculo para
visualizar el mapa
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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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Procedimiento actual en casos de niños, niñas y
adolescentes
CEPARE o Delegación DNM
Defensor de Menores e Incapaces (en Buenos Aires)
Juez federal (en el interior)
FCCAM
Juez de familia
Protección social y jurídica
Medidas de precautorias (tutela o protección)
Designación de tutor
Aceptación de la tutela
Representación legal y búsqueda de soluciones
duraderas
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Dificultades detectadas
  • Carencia de un sistema centralizado y unificado
    de información
  • Ausencia de criterio uniforme en materia de
    edad y capacidad civil
  • Demora en la designación de los tutores
  • Falta de representación legal efectiva por
    parte de los tutores públicos
  • Posible fraude a la ley (estrategia de
    supervivencia) en edad
  • Inadecuación de las medidas ordenadas en sede
    judicial
  • Falta de acompañamiento a los niños, niñas y
    adolescentes
  • Problemas en la detección temprana y
    tratamiento de patologías físicas y mentales
  • Insuficiencia de la asistencia económica
  • Problemas en el ejercicio de la venta
    ambulante.

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Intervenciones de la Comisión
  • A través de la Res. 489/08 se ha asumido la
    tutela de todos los niños, niñas y adolescentes
    refugiados y solicitantes de refugio
    (representación legal y búsqueda de soluciones
    transitorias y duraderas)
  • Se ha organizado, junto a ACNUR, un taller de
    capacitación para tutores públicos y su personal,
    con la presencia de UNICEF, SENAF, FCCAM y Myrar
  • Se han relevado la totalidad de los expedientes
    de 2007 y 2008 y se han estudiado los problemas
    en la designación y actuación de los tutores
  • Se ha intervenido, junto a la SENAF, en el
    establecimiento de un procedimiento especial en
    la reglamentación de la ley 26.165 (Ver
    siguiente)
  • Se ha suscripto un Convenio de Cooperación con
    SEDRONAR para la atención de refugiados y
    solicitantes de refugio en situación de
    drogadependencia
  • Se ha obtenido por parte de RENAPER el
    establecimiento de un procedimiento especial para
    la expedición del documento nacional de identidad
    de refugiados, que garantice máxima celeridad y
    gratuidad
  • Se ha intervenido en casos de detención de
    refugiados por contravenciones o delitos

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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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  • Se han relevado las cuatro causas por tráfico
    ilícito de migrantes existentes (eritreos,
    indios, bengalíes y senegaleses)
  • Se ha iniciado una encuesta individual completa
    para relevar el estado de situación de los
    derechos humanos de los refugiados y solicitantes
    de refugio
  • Se ha solicitado al Cuerpo Médico Forense de la
    Justicia Nacional la realización de medidas
    especiales en casos de refugiados y solicitantes
    de refugio
  • Se han efectuado acercamientos al Centro de Salud
    Mental Nº 3 Arturo Ameghino y al Hospital
    Psicoasistencial Borda para la atención de los
    problemas de salud mental
  • Se ha solicitado al Hospital Muñiz la detección
    temprana y tratamiento de patologías de salud
  • Se ha efectuado un acuerdo con el CESAC Nº 11 y
    el Hospital Ramos Mejía para la atención primaria
    de salud de los jóvenes refugiados
  • Se han relevado los problemas específicos que
    enfrentan los refugiados y solicitantes de
    refugio en los procesos penales y de extradición
  • Se ha trabajado en la remoción de los obstáculos
    en los procesos de naturalización

Comisión para la Asistencia Integral y Protección
al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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  • Se ha solicitado el otorgamiento de becas al
    Programa Nacional de Inclusión Educativa y al
    Programa de Becas de la Ciudad de Buenos Aires
  • Se ha solicitado, por intermedio de la Dirección
    de Grupos Vulnerables de la Secretaría de
    Derechos Humanos, la asignación de un subsidio
    especial con fines alimentarios
  • Se ha participado de actividades académicas y de
    reuniones con militantes y organizaciones
  • Se ha redactado el informe sobre la situación de
    los niños, niñas y adolescentes para su inclusión
    en el informe del Estado Argentino sobre el
    cumplimiento de las recomendaciones del Comité
    sobre los Derecho del Niño.
  • Se está elaborando un Protocolo de Actuación para
    Menores no Acompañados en colaboración con ACNUR,
    FCCAM, Myrar, SENAF, UNICEF, GCBA, CICR y
    CEPARE/CONARE
  • Se emitieron credenciales a cada uno de los
    menores donde obra un teléfono celular de
    emergencia las 24 horas los 365 días del año

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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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Procedimiento propuesto por la Comisión
Datos de registro Expedición de precaria Entrega
de formulario
CEPARE o Delegación DNM
Notificación dentro de las 24 horas
Defensor de Menores e Incapaces (en Buenos Aires)
Juez federal (en el interior)
FCCAM
Comisión
Presentación dentro de las 24 horas
Juez de familia
Protección social y jurídica
Medidas de precautorias (tutela o protección)
Entrevista Suscripción formulario de
inicio Notificación al CEPARE
Designación de tutor
Equipo Interdisciplinario de Acompañantes
Aceptación de la tutela
Dentro de los 5 días
Representación legal y búsqueda de soluciones
duraderas
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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
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Procedimiento propuesto por la Comisión
Con presencia del tutor, bajo pena de nulidad
Entrevista de la Secretaría Ejecutiva de la Cepare
El tutor puede solicitar la producción de prueba
documental, pericial y testimonial
Período probatorio
La denegatoria deberá ser fundada
Informe de la Secretaría Ejecutiva
El tutor formula sus observaciones (alegatos)
En caso de denegatoria, el tutor puede interponer
recurso jerárquico y, eventualmente, revisión
jurisdiccional del acto administrativo
Decisión de la CONARE
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Desafíos pendientes
  • Puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional
    de Refugiados (CONARE) como instancia de
    planificación de políticas públicas para
    refugiados
  • Asunción por parte del estado de sus obligaciones
    en materia de asistencia para refugiados y
    solicitantes de refugio
  • Establecimiento de un sistema de información
    unificado
  • Implementación efectiva del protocolo de
    actuación
  • Reglamentación de la ley 26.165

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Programa de Acompañamiento de Niños, Niñas y
Adolescentes no Acompañados o Separados de sus
Familias que Solicitan el Refugio en la República
Argentina
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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
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Estado de situación
  • Los niños, niñas y adolescentes que llegan a
    nuestro país como polizones en barcos se
    encuentran solos
  • La FCCAM, debido al volumen de personas que
    recibe a diario, aún con toda su buena voluntad,
    no se encuentra en condiciones de efectuar un
    seguimiento de la evolución de cada uno de los
    niños, niñas y adolescentes
  • Los tutores públicos, del mismo modo, y dada la
    gran cantidad de otros niños, niñas y
    adolescentes sujetos a su tutela, tampoco pueden
    brindar una contención mayor a la que brindan en
    la actualidad
  • La falta de un seguimiento adecuado y
    personalizado ha dado lugar a dificultades en la
    integración al país, aceptación de las pautas de
    conducta, violencia y problemas con la ley
  • Reunir en una misma casa o centro de recepción
    a solicitantes de refugio se emparenta con
    modelos de institucionalización propios de otros
    países y que la República Argentina rechaza y que
    no ha arrojado resultados positivos en la práctica

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Refugio
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Intervención de la Comisión
  • Se ha creado, en el ámbito de la Comisión y para
    ejercer funciones en la Ciudad de Buenos Aires
    (donde residen el 95 de los niños, niñas o
    adolescentes), un equipo interdisciplinario de
    acompañamiento
  • El Equipo está integrado por un staff permanente
    de
  • dos psicólogos
  • un biólogo
  • una antropóloga
  • una estudiante de trabajo social
  • un abogado
  • un estudiante de abogaciía
  • La intervención del operador es clave en los
    primeros treinta días (desde el desembarco) y
    durante el primer año

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al Migrante, Refugiado y Peticionante de
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  • No bien la Comisión tiene conocimiento de la
    presencia de un niño, niña o adolescente envía un
    operador a su encuentro, quien
  • Releva toda la información sobre su país de
    origen
  • Le explica en forma pormenorizada el rol y las
    posibilidades de asistencia de cada uno de los
    actores
  • Lo acompaña a efectuarse los estudios (médicos,
    psíquicos) y trámites que sean necesarios
  • Lo visita en su lugar de hospedaje y mantiene
    comunicación a diario
  • Actúa como referente (hermano mayor) del niño,
    niña o adolescente en el país
  • Facilita su integración progresiva, brindando su
    saber y entender en pos de la realización del
    interés superior del niño
  • Sirve de enlace con los tutores públicos,
    defensores de menores e incapaces y otras
    autoridades.

Comisión para la Asistencia Integral y Protección
al Migrante, Refugiado y Peticionante de
Refugio
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Integrantes de la Comisión Dr.
Ernesto Fernández Núñez, Psicólogo Social
(Cotitular) Marcos Ezequiel
Filardi, Abogado (Cotitular y Tutor Ad-Hoc)
Lic. Glenda Crinigan, Psicóloga forense
y logoterapeuta
Lic. Pablo Vuillermoz, Biólogo
Lic. Andra Parvu, Antropóloga social
Joaquín Lantarón, estudiante de abogacía
María Clara Santilli, estudiante de
trabajo social. Información de
contacto Horario Lunes a Viernes de 900 a
1800 horas. Dirección Talcahuano 624, Piso 1º,
Ciudad de Buenos Aires Teléfonos 4371-0330/0930.
Celular 153196-3904 Correos electrónicos
tutorderefugiados_at_hotmail.com

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