Title: El Sistema Nacional de Inversin Pblica
1El Sistema Nacional de Inversión Pública
- Dirección General de Programación Multianual del
Sector Público
2INTRODUCCION
3Los Sistemas Administrativos
Los Sistemas Administrativos Nacionales son
sistemas de gestión que actúan como normas de
calidad
Sistemas de Gestión
Reglas para certificar Conductas
Ciudadano
Estado
Servicio Público
... a fin de garantizar la calidad del servicio
4El Sistema Nacional de Inversión Pública
5Marco Normativo actual
- Ley Nº 27293, modificada por las Leyes N 28522 y
28802 y por el Decreto Legislativo N1005. - Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº
102-2007-EF, modificado por DS N185-2007-EF y DS
N 038-2009-EF. - Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº
002-2009-EF/68.01, modificada por RD N
003-2009-EF/68.01 y RD N 004-2009-EF/68.01. - RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM
Nº 314-2007-EF/15.
6PRINCIPALES CONCEPTOS
7Proyecto de Inversión Pública
Toda intervención limitada en el tiempo
Que utiliza total o parcialmente recursos públicos
Con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar
la capacidad productora de bienes o servicios de
una Entidad
Cuyos beneficios se generen durante la vida útil
del proyecto
Debe constituir la solución a un problema
vinculado a los fines y competencias de una
Entidad, pudiendo ejecutarse en más de un
ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de
ejecución de los estudios de preinversión.
8NO SON PIPs
- Las intervenciones que constituyen gastos de
operación y mantenimiento. - La reposición de activos que
- (i) se realice en el marco de las inversiones
programadas de un proyecto declarado viable - (ii) esté asociada a la operatividad de las
instalaciones físicas para el funcionamiento de
la entidad o - (iii) no implique ampliación de capacidad para la
provisión de servicios.
En general, la reposición de activos es el
reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación
ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido
daños por factores imprevisibles que afectan la
continuidad de sus operaciones
OJO
9Gastos de Operación y Mantenimiento
- Gastos de Mantenimiento Financian el conjunto de
actividades operaciones y procesos requeridos
para que la infraestructura, maquinaria, equipos
y procesos regulares de la Entidad conserven su
condición adecuada de operación. - Gastos de Operación Son aquellos que financian
el conjunto de actividades, operaciones y
procesos necesarios que aseguran la provisión
adecuada y continua de bienes y servicios de la
Entidad.
10Recursos Públicos
- Se consideran Recursos Públicos a
- Todos los recursos financieros y no financieros
- de propiedad del Estado o que administran las
Entidades del Sector Público. - Los recursos financieros comprenden todas las
fuentes de financiamiento. - Incluye a los recursos provenientes de
cooperación técnica no reembolsable (donaciones y
transferencias). - Incluye a todos los que puedan ser recaudados,
captados o incorporados por las Entidades sujetas
a las normas del SNIP.
11Nueva Directiva General del SNIP
- Vigente desde el 10.02.2009
12Principales Cambios
- Atribuciones y Responsabilidades de los órganos
del SNIP - Gobiernos Locales en el SNIP
- Registro de Convenios SNIP
- Fase de Preinversión
- Fase de Inversión
13I. Atribuciones y Responsabilidades de los
órganos del SNIP
14Órgano Resolutivo
- RECORDAR
- Designa al órgano que realizará las funciones de
OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local,
debiendo ser distinto a los órganos encargados de
la formulación y/o ejecución de los proyectos. - Designa al Responsable de la OPI, siendo de su
responsabilidad que la persona cumpla con el
Anexo SNIP 14 - Perfil Profesional del
Responsable de OPI.
Esta designación no requiere Resolución ni
documento adicional. Solamente requiere el
Formato SNIP 02 firmado por el OR.
15Órgano Resolutivo
- Delega la facultad para evaluar y declarar la
viabilidad a la máxima autoridad de las Entidades
y Empresas de su Sector/GR/GL, previa opinión
favorable de su OPI. - La entidad que recibe delegación debe
- Tener un equipo de por lo menos 02 profesionales
especializados en la materia de la delegación. - Experiencia mínima de 02 años en evaluación de
proyectos, en SNIP. - No ser UE, salvo para conglomerados.
16Órgano Resolutivo
- La función de registrar a las UF de la Entidad o
Empresa - Realizar las evaluaciones y registros de los
cambios que pudieran producirse durante la Fase
de Inversión.
17Oficina de Programación e Inversiones OPI
- RECORDAR
- Es el órgano técnico del SNIP en cada Sector,
Gobierno Regional y Gobierno Local. - En el nivel Regional o Local, sus FUNCIONES están
relacionadas al ámbito institucional del Gobierno
Regional o Gobierno Local, en el marco de sus
competencias, establecidas por la normatividad de
la materia.
18Oficina de Programación e Inversiones OPI
- Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de
los PIP o Programas de Inversión que no se
financien con endeudamiento, que sean de su
competencia y formulados por sus UFs. - Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de
preinversión de los proyectos y Programas de
Inversión financiados con endeudamiento.
Para PIP gt S/.10 millones, la OPI puede autorizar
el salto de Perfil a Factibilidad siempre que
en el Perfil se haya identificado, sustentado y
definido la alternativa a ser analizada en el
estudio de Factibilidad
19Oficina de Programación e Inversiones OPI
- Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de
los PIP o Programas de Inversión que se financien
con endeudamiento interno, siempre que el monto
de inversión del PIP no supere los S/.10
millones. - Para los PIP o Programas de Inversión que no se
financien con endeudamiento, aprueba expresamente
los TdR de - perfil gt 30 UIT ( de S/.106 500)
- prefactibilidad gt 60UIT ( de S/. 213 000)
- factibilidad gt 120UIT ( de S/. 426 000)
La aprobación expresa de la OPI es requisito
previo a la elaboración o contratación del
estudio.
20Oficina de Programación e Inversiones OPI
- Suscribir los Informes Técnicos de evaluación,
así como los formatos que correspondan. - Visar los Resúmenes Ejecutivos de los estudios de
preinversión. - Velar por la aplicación de las recomendaciones
que formule la DGPM, así como, cumplir con los
lineamientos que dicha Dirección emita. - La persona designada como Responsable de una OPI
NO puede formar parte directa o indirectamente de
una UF ni de una UE.
21Oficina de Programación e Inversiones OPI
- Las nuevas UF que registre la OPI deben tener
- Experiencia en los proyectos que debe formular.
- Por lo menos 1 año de experiencia en proyectos,
en SNIP.
- Es responsable por mantener actualizada la
información registrada en el BP. - Registra, actualiza y cancela el registro de las
UF, en el BP.
22Oficina de Programación e Inversiones OPI
- Opinión técnica sobre PIP en cualquier fase del
Ciclo del Proyecto. - Opinión favorable sobre cualquier cambio de la
información de un estudio o registro en el BP
para PIPs que evalúa. La OPI podrá solicitar la
información necesaria.
23Oficina de Programación e Inversiones OPI
- Desactiva PIP duplicados por UF de su ámbito.
- Si PIPs duplicados son de UF de distintas OPIs,
las OPI involucradas determinan al menos
eficiente y lo comunican a la DGPM para que
desactive.
- Puede cambiar en un PIP viable, la UE por otra UE
de su ámbito, directamente en el BP. - Puede cambiar la fte. financ. salvo que original
sea deuda
24Unidad Formuladora - UF
- Elabora, suscribe y registra los estudios de
preinversión. - Poner a disposición de DGPM u OPI toda la
información del PIP, en caso sea solicitada. - Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden formular
proyectos que se enmarquen en las competencias de
su nivel de Gobierno. - Realizar las coordinaciones y consultas
necesarias con la entidad respectiva para evitar
la duplicación de proyectos.
25Unidad Formuladora - UF
- RECORDAR Cuando los gastos de OM están a cargo
de una entidad distinta a la que pertenece la UF
del PIP, debe solicitar la opinión favorable de
dicha entidad antes de remitir el Perfil para su
evaluación
independientemente del nivel de estudio con el
que se pueda declarar la viabilidad
26Unidad Ejecutora - UE
- Cualquier órgano o dependencia de las Entidades,
con capacidad legal para ejecutar Proyectos de
Inversión Pública de acuerdo a la normatividad
presupuestal vigente. - Es la responsable de la fase de inversión, aun
cuando alguna de las acciones que se realizan en
esta fase, sea realizada directamente por otro
órgano o dependencia de la Entidad. - Está a cargo de la evaluación ex post del
proyecto.
27Unidad Ejecutora - UE
- Debe ceñirse a la viabilidad para la elaboración
de Estudios Definitivos o Expedientes Técnicos y
ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien
los apruebe y del responsable de la UE. - Elabora y suscribe el Formato SNIP -15,
informando sobre la consistencia entre el ED o ET
detallado y el estudio de preinversión por el que
se otorgó la viabilidad. - Elabora el Informe de Cierre del PIP.
- Informa al órgano que declaró viabilidad, toda
modificación en fase de inversión.
28II. GOBIERNOS LOCALES EN el SNIP
29Gobiernos Locales en el SNIP
- Los ya incorporados.
- Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo
del Concejo Municipal), siempre y cuando cumplan
con - Tener acceso a Internet
- Compromiso del CM de apoyar fortalecimiento
capacidades en su Gobierno Local - Tener en su Ppto. Inst. para proyectos, un monto
no menor a S/. 4000,000.00.
Ya no se pide tener 2 profesionales con
experiencia en PIPs
30Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)
- La incorporación es irreversible.
- Se consideran PIP nuevos
- Aquellos que a la fecha de su Acuerdo de Concejo
- No se encuentran en ejecución.
- No cuentan con un estudio definitivo o expediente
técnico vigente. - La elaboración de dicho estudio no está sometida
a un contrato suscrito o no está en proceso de
elaboración por administración directa a dicha
fecha.
31Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)
- Si el Estudio Definitivo o Expediente Técnico
está en elaboración por administración directa,
deberá ser aprobado en el plazo máximo de 1 año
calendario contado desde la fecha del acuerdo de
Concejo Municipal de incorporación al SNIP. - Si el ET no se aprueba en el plazo antes
señalado, el proyecto deberá evaluarse en el
marco del SNIP.
32Gobiernos Locales en el SNIP
- Aquellos que concertar una operación de
endeudamiento externo para un PIP. - Los Gobiernos Locales que sean incorporados por
Resolución de la DGPM. -
Los Gobiernos Locales en el SNIP deben tener OPI
ó haber encargado la evaluación de sus proyectos
(Convenio Anexo SNIP 11).
33Los PIPs y el Ppto. Participativo para Gobiernos
Locales
Los PIPs priorizados en el Ppto. Participativo y
considerados en los Pptos. Institucionales con
denominaciones genéricas, de acuerdo a la Tabla
de Proyectos y a la Estructura Funcional
Programática de Proyectos, (Dva. para la
Programación, Formulación y Aprobación del
Presupuesto de los Gobiernos Locales)
En la fase de ejecución presupuestaria y una vez
declarado viable cada PIP, se deberá efectuar
modificaciones presupuestarias en el nivel
funcional programático, a fin de transferir el
presupuesto del proyecto genérico y habilitarlo
al proyecto (denominación específica) registrado
en el Banco de Proyectos del SNIP
La DNPP proporciona la codif. presupuestal
correspondiente. http//dnpp.mef.gob.pe/appsdnpp/s
gp/sgpindex.jsp
34III. REGISTRO DE CONVENIOS SNIP
35Convenio SNIP 11
- OBJETO GL sujeto al SNIP encarga la evaluación
de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR. - GL encargante al incorporarse informa a DGPM que
no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.
Si se encarga a otro GL, debe ser colindante al
encargante o estar en su mismo departamento.
36Convenio SNIP 11
- Funciones que se encargan
- Evaluación del PIP y Verificación de viabilidad
- Registros en el BP relacionados
- En general todas las que deba hacer una OPI
- La OPI encargada registra Convenio en el BP
OJO La DGPM remite la clave de acceso al BP a la
OPI encargada
37Convenio SNIP 12
- OBJETO GL sujeto al SNIP formula, evalúa y
declara viable PIPs de GL no sujeto.
OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en
el BP
Cuando UF registra PIP del GL no sujeto, en el
BP, debe dejar constancia del Convenio en la
Ficha de Registro del PIP
38Convenio SNIP 13
- OBJETO GN ó GR pueden formular PIPs de
competencia municipal exclusiva, siempre que
firmen este Convenio con el GL respectivo
Debe indicarse expresamente el PIP objeto del
Convenio
La UF que formula PIP de competencia municipal
exclusiva, registra Convenio en el BP
39CICLO DEL PROYECTO
40Ciclo del Proyecto
Idea
Preinversión
Postinversión
Inversión
Perfil
Estudios Definitivos/ Expediente Técnico
Operación y Mantenimiento
Pre factibilidad
Fin
Evaluación Ex post
Factibilidad
Ejecución
Retroalimentación
La declaración de viabilidad es un requisito
para pasar de la fase de preinversión a la fase
de inversión.
41IV. FASE DE PREINVERSIÓN
42Recordatorios
- En esta fase se elaboran Perfil, Prefactibilidad
y Factibilidad. - La elaboración del perfil es obligatoria.
- En cada estudio de preinv. se busca mejorar la
calidad de la información proveniente del estudio
anterior a fin de reducir el riesgo en la
decisión de inversión. - El órgano responsable de la evaluación del PIP,
podrá recomendar estudios adicionales a los
requeridos para dar la viabilidad, dependiendo de
las características o de la complejidad del
proyecto.
43Recordatorios
- Deben tener estudios de preinversión y contar con
declaración de viabilidad los proyectos
ejecutados por terceros con sus propios recursos,
cuando luego de su ejecución, una Entidad Pública
sujeta al SNIP deba asumir los gastos adicionales
de operación y mantenimiento.
44Formulación de Estudios de Preinversión
- RECORDAR Los estudios de preinv. se elaboran
según Contenidos Mínimos, parámetros,
metodologías y normas técnicas que se dispongan.
La responsabilidad por la formulación de los PIP
es siempre de una Entidad del Sector Público
sujeta a las normas del SNIP.
Los PIP registrados en el BP antes del
10.02.2009, mantienen la clasificación funcional
programática en la que hubieren sido registrados.
Los PIP que se formulen y registren en el Banco
de Proyectos a partir del 10.02.2009 se registran
según nuevo Clasificador Funcional Programático
45Evaluación de Estudios de Preinversión
- Los Informes Técnicos de evaluación seguirán las
Pautas para la Elaboración de Informes Técnicos
(Anexo SNIP-10). - Los Informes Técnicos deben ser puestos en
conocimiento de la UF que elaboró el estudio.
Deben recoger los aspectos desarrollados en el
Protocolo de Evaluación.
La responsabilidad por la evaluación de los PIP
es siempre de una Entidad del Sector Público
sujeta a las normas del SNIP
46PIP Menor
- Hasta S/. 1 200 000.
- Nuevo Perfil Simplificado (Formato SNIP 04)
- Nueva Ficha de Evaluación (Formato SNIP 06)
- Plazo de evaluación 10 días hábiles
- No aplica Protocolo de Evaluación
- Se copia a UF y DGPM Formatos de Evaluación y de
Viabilidad. - Si durante la evaluación de un PIP mayor se
vuelve PIP Menor, la OPI puede evaluarlo como PIP
Menor o mayor.
Ya no existe el PIP Menor de Equipamiento
47Evaluación de Proyectos mayores
- Se utiliza el Protocolo de Evaluación
- Cuando se declara la viabilidad de un PIP ya sea
con Perfil, Prefactibilidad o Factibilidad) se
remite copia a DGPM de - Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad)
- Informe Técnico
- Protocolo de Evaluación
- Plazo 05 días hábiles
48Declaración de Viabilidad
- La viabilidad de un proyecto es requisito previo
a la fase de inversión. Se aplica a un PIP que a
través de estudios de preinv. evidenció ser
socialmente rentable, sostenible y compatible con
los Lineamientos de Política.
La DGPM cautela que las declaraciones de
viabilidad reúnan los requisitos de validez
técnica y legal, dispone las acciones respectivas
según cada PIP, y las sustenta y registra en la
Ficha de Registro del PIP en el BP.
49Declaración de Viabilidad
- Solo podrá otorgarse si
- La intervención es un PIP, de acuerdo a las
definiciones establecidas. - No se trata de un PIP fraccionado.
- La UF tiene las competencias legales para
formular el PIP. - La OPI tiene la competencia legal para declarar
la viabilidad del PIP. - Los PIP no están sobredimensionados respecto a la
demanda prevista y los beneficios del proyecto no
están sobreestimados
50Declaración de Viabilidad
- Para que la OPI declare la viabilidad de un PIP,
debe contar como mínimo con - Perfil Simplificado hasta S/.1200,000
- Perfil (An. 5A) de S/.1200,000 a S/.6000,000
- Perfil An. 5B Prefactibilidad de S/.6000,000
a S/.10000,000 - Perfil (y Prefactibilidad) Factibilidad Más de
S/.10000,000. OPI puede autorizar salto. - DGPM autoriza excepciones de niveles superiores
de estudio. Plazo 10dh
51PIPs de Electrificación Rural
- Se declaran viable con Perfil
- El Perfil debe elaborarse según contenidos
mínimos señalados en RD 008-2007-EF/68.01 - Se aplica a todos los niveles de gobierno.
- No tiene fecha de término
- Se aplica a PIP mayores a S/.1200,000
52Plazos para la evaluación de los Estudios de
Preinversión
Expresados en días hábiles
53PIPs Desactivados en el BP
- Ya no se desactivan automáticamente si pasa 1 año
sin movimiento (art. 29.3 anterior Dva.) - Solo se desactivan si se aprueba el estudio y
pasan 3 años sin pasar al siguiente nivel o etapa.
Si hay PIPs desactivados por estos motivos, la
OPI los reactiva directamente en el BP.
54V. FASE DE INVERSIÓN
55Fase de Inversión
- Un PIP ingresa en la fase de inversión luego de
ser declarado viable. - La fase de inversión comprende
- La elaboración del estudio definitivo o
expediente técnico detallado, u otro documento
equivalente, y - la ejecución del PIP.
- La fase de inversión culmina con el registro del
Informe de Cierre del PIP (Formato SNIP 14)
56Expediente Técnico - ET
- Las disposiciones de la Directiva para los
estudios definitivos o expedientes técnicos
detallados son de aplicación a los demás
documentos equivalentes. - La OPI recibe el Formato SNIP 15 y registra
monto de inv., plazo y modalidad de ejec. y
fórmula polinómica, antes de que sea aprobado por
órgano competente. - Se realiza directamente en el BP.
- Plazo máximo 03 días hábiles.
El Formato SNIP 15 es llenado por la UE y ésta
lo remite a la OPI Institucional para su registro
57Expediente Técnico - ET
- En los ET de PIP ejecutados por Adm. Directa,
deberán establecerse las fórmulas de reajuste de
precios. - Este requisito no es de aplicación para los ET
de los PIP cuya ejecución se inició antes del 10
de febrero de 2009. - En los ET de PIP que se ejecuten mediante
contratación pública, se aplica la normativa de
contrataciones del Estado.
El BP ha habilitado un campo para el registro de
la fórmula de reajuste.
58Ejecución del PIP
- La ejecución de un PIP sólo deberá iniciarse si
OPI recibió el Formato SNIP 15 y registró lo
señalado en el numeral 23.4 de la Dva. Gral. en
el Banco de Proyectos.
59Informe de Cierre
- Lo elabora la UE cuando
- PIP ha sido totalmente ejecutado y liquidado
- Cuando ya no corresponde continuar con la
ejecución del PIP - La OPI institucional registra el Informe de
Cierre en el BP.
Registro no implica aceptación ni conformidad de
la OPI sobre el contenido del mismo.
60Modificaciones Fase de Inversión
61Modificaciones Fase de Inversión
Ámbito de Influencia Zona geográfica afectada
por el problema central sobre el cual interviene
un PIP.
62Modificaciones Fase de Inversión
63Modificaciones Fase de Inversión Acción I
- OPI Institucional registra variaciones en el BP.
- Plazo para registro 03 días hábiles.
- Si OPI detecta cambios cuando va a opinar sobre
ET, plazo corre desde opinión. - La OPI debe registrar el sustento de las
variaciones. - La OPI es responsable por la información que
registra, sin perjuicio de la responsabilidad de
la UE.
Si UE ejecuta modificación antes de su registro,
se registra en "cambios del PIP en la Fase de
Inversión según Acción III", sin perjuicio de la
responsabilidad de la UE. (Ver Anexo SNIP 17)
En caso la UE sea un GL no sujeto al SNIP, los
registros a cargo de la OPI Institucional son
asumidas por el órgano que declaro la viabilidad
del PIP.
64Modificaciones Fase de Inversión
La UE bajo responsabilidad, debe informar sobre
los cambios que requieran VV, con un plazo mínimo
de 20dh
65Modificaciones Fase de Inversión Acción II
- La Verificación de Viabilidad la realiza el
órgano que declaró la viabilidad del PIP o el que
resulte competente en el momento en que se
produzcan los cambios que dan origen a esta
acción. - El Informe de Verificación de Viabilidad (IVV)
está conformado por - Formato SNIP 16.
- Información sustentatoria de modificaciones.
- El IVV se remite al OR con recomendaciones.
- OPI remite a DGPM copia del IVV en 05 dh.
- DGPM lo registra en el BP en 05dh, salvo que
emita recomendaciones.
66Modificaciones Fase de Inversión
OJO Si el PIP no registra ejecución, es decir
cuenta con ET, la OPI que declaró viabilidad,
podrá solicitar a la DGPM el retiro de
viabilidad, luego de lo cual la UF actualiza el
estudio de preinversión, para nueva evaluación.
(Ver Anexo SNIP 17)
67Modificaciones Fase de Inversión Acción III
- OPI o DGPM informan al OCI para que analice
causas de modificaciones o posibles deficiencias
de estudios de preinversión.
Si PIP está en ejecución por Adm. Directa
Informe de Cierre
- Decide Órgano Resolutivo.
- Si continua ejecución, OPI Institucional registra
cambios en BP como cambios del PIP en la Fase de
Ejecución según Acción III.
Si PIP está en ejecución por contrata
No aplica a PIP en ejecución por Adm. Directa,
antes del 10.02.2009. En estos caso se aplica lo
dispuesto para ejecución por contrata.
68FASE DE POSTINVERSIÓN
69Fase de Postinversión
- Un PIP se encuentra en la fase de postinversión
una vez que ha culminado totalmente la ejecución
del PIP. - Comprende la operación y mantenimiento del PIP
ejecutado, así como la evaluación ex post. - La Entidad a cargo de la O y M del PIP, ejecuta
las actividades, operaciones y procesos
necesarios para su producción de acuerdo a lo
previsto en el estudio que sustentó su
declaración de viabilidad. - El OR correspondiente debe velar por que el PIP
cuente con un mantenimiento adecuado.
70OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA GENERAL DEL
SNIP
71Empresas que pertenecen a más de un GR o GL
- Toda referencia hecha a las OPI, se entiende
hecha a la oficina, área u órgano de la empresa,
encargada de realizar la evaluación de los PIP. - Dicha oficina, área u órgano deberá ser designada
por acuerdo del órgano donde estén representados
los propietarios o administradores de la empresa,
debiendo ser una oficina, área u órgano de la
empresa distinta de la UF.
72Programas de Inversión
- Conjunto de PIP y/o Conglomerados que se
complementan, tienen un objetivo común. - Puede contener componentes de estudios, proyectos
piloto, administración o alguna otra intervención
relacionada directamente a la consecución del
objetivo del Programa
Los GR y GL solo pueden formular Programas que se
enmarquen en sus competencias.
73Conglomerados
- Ser de pequeña escala
- Ser similares en cuanto a diseño, tamaño o costo
unitario - Enmarcarse en las Políticas establecidas en el
Plan Estratégico del Sector, Gobierno Regional o
Gobierno Local - Las intervenciones a realizar estén orientadas a
lograr el mismo objetivo - Los criterios para la identificación y aprobación
de cada PIP se puedan estandarizar - Corresponder a una misma función y programa, de
acuerdo al Clasificador Funcional Programático
(Anexo SNIP-01).
74Evaluación de PIPs de un Conglomerado
- Para Conglomerados con endeudamiento, el MEF ha
delegado facultades para evaluar y declarar la
viabilidad de los PIPs, a los Jefes de las UE de
los pliegos GN, GR y GL. - Para Conglomerados sin endeudamiento, el OR puede
delegar, previa opinión favorable de su OPI, la
facultad para evaluar y declarar la viabilidad a
favor de las UE de las Entidades y Empresas bajo
su ámbito y bajo responsabilidad del Titular o de
la máxima autoridad de la Entidad o Empresa a la
cual pertenece la UE.
Puede ser una delegación general como la del MEF
75OTRAS DISPOSICIONES VINCULADAS AL SNIP
76Contrataciones del Estado
- Expediente de Contratación
- Cuando se trate de PIPs, la Entidad es
responsable de - Que los proyectos estén viables, en el marco del
SNIP - Tomar las previsiones para que se respeten los
parámetros de la viabilidad, incl. costos,
cronograma, diseño u otros. - Cuando el PIP contenga obras, se adjuntará
- El ET respectivo
- La declaratoria de viabilidad
- Cuando el PIP se vaya ejecutar por concurso
oferta - El estudio de preinversión que sustentó
viabilidad - El IT de viabilidad
- Cuando el PIP se vaya a ejecutar por llave en
mano e incl. la elaboración del ET, también se
adjuntan dichos dctos.
77Contrataciones del Estado
- Valor Referencial
- Cuando se trate de proyectos de inversión, se
establece de acuerdo al monto de inversión del
estudio de preinversión que sustenta la
declaración de viabilidad. (Ver art. 27 LCE
DLeg. 1017) - En la ejecución de obras bajo la modalidad de
concurso oferta, se determina según (Ver art.
14 Rglto LCE) - el objeto de la obra
- El alcance previsto en los estudios de
preinversión que dieron lugar a la viabilidad del
PIP, - el resultado del estudio de las posibilidades de
precios de mercado
78Contrataciones del Estado
- Las entidades preferentemente contratarán por
paquete la elaboración de est. preinv. y ET,
debiendo preverse en los TdRs que los resultados
de cada nivel de estudio sean considerados en los
niveles siguientes. - UF y UE en coordinación con órgano encargado de
contrataciones sustentarán la convocatoria del
proceso, por paquete o en forma separada.
79Ley Ppto. 2009
- Usos del Canon y Regalía Minera
- Los GR y GL pueden utilizar hasta un 20 para
mantenimiento de la infraestructura generada por
los proyectos de impacto regional y local. - Los GR y GL pueden usar hasta el 5 para la
elaboración de perfiles de PIP en sus PDC. - Las entidades que no reciban canon, sobrecanon o
regalía minera o que reciban anualmente MENOS de
S/.1 millón de nuevos soles, pueden usar hasta el
5 del Grupo Genérico Gasto 5. Inversiones, para
elaborar perfiles.
Para ello, pueden autorizar habilitaciones para
gastos corrientes con cargo a anulaciones
presupuestarias, vinculadas a gastos para
proyectos.
80Ley Ppto. 2009
- Usos del Canon y Regalía Minera
- Los GR y GL pueden estos recursos en el
financiamiento o cofinanciamiento de PIPs para
brindar servicios públicos de acceso universal,
que generen beneficios a la comunidad, y se
enmarquen en las competencias de su nivel de
gobierno, - infraestructura para comisarías,
- postas médicas y hospitales,
- escuelas y
- establecimientos penales,
- Asimismo, podrán utilizar estos recursos para el
cofinanciamiento de proyectos de competencia de
otros niveles de gobierno en infraestructura vial
Los PIPs no podrán considerar intervenciones con
fines empresariales o que puedan ser realizados
por el sector privado.
81DU 051-2009
- Los GR pueden firmar convenios de cooperación
para cofinanciar PIPs de infraestructura de otros
GRs, GLs o entidades del GN. - Los PIP pueden estar relacionados con la
seguridad y defensa nacional. PIP deben ser
formulados y evaluados por el sector Defensa. - Los PIP deben beneficiar a las poblaciones de los
GR firmantes.
82Ley Ppto. 2009
- Usos del Canon y Regalía Minera
- Las universidades pueden financiar y cofinanciar
investigaciones de ciencia aplicada,
preferentemente, en - salud pública y prevención de enfermedades
endémicas - sanidad agropecuaria
- preservación de la biodiversidad y el ecosistema
en la zona geográfica de actividades económicas
extractivas - uso eficiente de energías renovables y
- procesos productivos.
- Pueden usar hasta el 30 para financiar PIPs
vinculados directamente con los fines de las
universidades pública y que no contemplen
intervenciones con fines empresariales. - No podrán usarse para el pago de remuneraciones
ni retribuciones.
83Prefactibilidad y Factibilidad
Se financian con cargo a Gastos de Inversión
Por excepción, se utiliza proyecto con
denominación genérica
Estudios de Preinversión
- cadena del gasto 2.6.8.1.1.1 (gastos para
proyectos).
84Coejecución y Cofinanciamiento
Mediante la COEJECUCIÓN, más de una Entidad va a
participar en la ejecución de diferentes
componentes o metas en un solo Proyecto de
Inversión Pública. Mediante el COFINANCIAMIENTO
una Entidad transfiere a otra recursos para la
ejecución de un Proyecto de Inversión Pública.
85- CONTACTOS
- Área Legal
- Sheilah Miranda smiranda_at_mef.gob.pe
- Karla Gaviño
- kgavino_at_mef.gob.pe
- Mariana Montoya
- mmontoya_at_mef.gob.pe
86http//mef.gob.pe/DGPM
Muchas Gracias.