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El Sistema Nacional de Inversin Pblica

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Si PIPs duplicados son de UF de distintas OPIs, las OPI involucradas determinan ... Si hay PIPs desactivados por estos motivos, la OPI los reactiva directamente ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El Sistema Nacional de Inversin Pblica


1
El Sistema Nacional de Inversión Pública
  • Dirección General de Programación Multianual del
    Sector Público

2
INTRODUCCION
3
Los Sistemas Administrativos
Los Sistemas Administrativos Nacionales son
sistemas de gestión que actúan como normas de
calidad
Sistemas de Gestión
Reglas para certificar Conductas
Ciudadano
Estado
Servicio Público
... a fin de garantizar la calidad del servicio
4
El Sistema Nacional de Inversión Pública
5
Marco Normativo actual
  • Ley Nº 27293, modificada por las Leyes N 28522 y
    28802 y por el Decreto Legislativo N1005.
  • Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº
    102-2007-EF, modificado por DS N185-2007-EF y DS
    N 038-2009-EF.
  • Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº
    002-2009-EF/68.01, modificada por RD N
    003-2009-EF/68.01 y RD N 004-2009-EF/68.01.
  • RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM
    Nº 314-2007-EF/15.

6
PRINCIPALES CONCEPTOS
7
Proyecto de Inversión Pública
Toda intervención limitada en el tiempo
Que utiliza total o parcialmente recursos públicos
Con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar
la capacidad productora de bienes o servicios de
una Entidad
Cuyos beneficios se generen durante la vida útil
del proyecto
Debe constituir la solución a un problema
vinculado a los fines y competencias de una
Entidad, pudiendo ejecutarse en más de un
ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de
ejecución de los estudios de preinversión.
8
NO SON PIPs
  • Las intervenciones que constituyen gastos de
    operación y mantenimiento.
  • La reposición de activos que
  • (i) se realice en el marco de las inversiones
    programadas de un proyecto declarado viable
  • (ii) esté asociada a la operatividad de las
    instalaciones físicas para el funcionamiento de
    la entidad o
  • (iii) no implique ampliación de capacidad para la
    provisión de servicios.

En general, la reposición de activos es el
reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación
ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido
daños por factores imprevisibles que afectan la
continuidad de sus operaciones
OJO
9
Gastos de Operación y Mantenimiento
  • Gastos de Mantenimiento Financian el conjunto de
    actividades operaciones y procesos requeridos
    para que la infraestructura, maquinaria, equipos
    y procesos regulares de la Entidad conserven su
    condición adecuada de operación.
  • Gastos de Operación Son aquellos que financian
    el conjunto de actividades, operaciones y
    procesos necesarios que aseguran la provisión
    adecuada y continua de bienes y servicios de la
    Entidad.

10
Recursos Públicos
  • Se consideran Recursos Públicos a
  • Todos los recursos financieros y no financieros
  • de propiedad del Estado o que administran las
    Entidades del Sector Público.
  • Los recursos financieros comprenden todas las
    fuentes de financiamiento.
  • Incluye a los recursos provenientes de
    cooperación técnica no reembolsable (donaciones y
    transferencias).
  • Incluye a todos los que puedan ser recaudados,
    captados o incorporados por las Entidades sujetas
    a las normas del SNIP.

11
Nueva Directiva General del SNIP
  • Vigente desde el 10.02.2009

12
Principales Cambios
  • Atribuciones y Responsabilidades de los órganos
    del SNIP
  • Gobiernos Locales en el SNIP
  • Registro de Convenios SNIP
  • Fase de Preinversión
  • Fase de Inversión

13
I. Atribuciones y Responsabilidades de los
órganos del SNIP
14
Órgano Resolutivo
  • RECORDAR
  • Designa al órgano que realizará las funciones de
    OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local,
    debiendo ser distinto a los órganos encargados de
    la formulación y/o ejecución de los proyectos.
  • Designa al Responsable de la OPI, siendo de su
    responsabilidad que la persona cumpla con el
    Anexo SNIP 14 - Perfil Profesional del
    Responsable de OPI.

Esta designación no requiere Resolución ni
documento adicional. Solamente requiere el
Formato SNIP 02 firmado por el OR.
15
Órgano Resolutivo
  • Delega la facultad para evaluar y declarar la
    viabilidad a la máxima autoridad de las Entidades
    y Empresas de su Sector/GR/GL, previa opinión
    favorable de su OPI.
  • La entidad que recibe delegación debe
  • Tener un equipo de por lo menos 02 profesionales
    especializados en la materia de la delegación.
  • Experiencia mínima de 02 años en evaluación de
    proyectos, en SNIP. 
  • No ser UE, salvo para conglomerados.

16
Órgano Resolutivo
  • Esta delegación incluye
  • La función de registrar a las UF de la Entidad o
    Empresa
  • Realizar las evaluaciones y registros de los
    cambios que pudieran producirse durante la Fase
    de Inversión.

17
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • RECORDAR
  • Es el órgano técnico del SNIP en cada Sector,
    Gobierno Regional y Gobierno Local.
  • En el nivel Regional o Local, sus FUNCIONES están
    relacionadas al ámbito institucional del Gobierno
    Regional o Gobierno Local, en el marco de sus
    competencias, establecidas por la normatividad de
    la materia.

18
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de
    los PIP o Programas de Inversión que no se
    financien con endeudamiento, que sean de su
    competencia y formulados por sus UFs.
  • Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de
    preinversión de los proyectos y Programas de
    Inversión financiados con endeudamiento.

Para PIP gt S/.10 millones, la OPI puede autorizar
el salto de Perfil a Factibilidad siempre que
en el Perfil se haya identificado, sustentado y
definido la alternativa a ser analizada en el
estudio de Factibilidad
19
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de
    los PIP o Programas de Inversión que se financien
    con endeudamiento interno, siempre que el monto
    de inversión del PIP no supere los S/.10
    millones.
  • Para los PIP o Programas de Inversión que no se
    financien con endeudamiento, aprueba expresamente
    los TdR de
  • perfil gt 30 UIT ( de S/.106 500)
  • prefactibilidad gt 60UIT ( de S/. 213 000)
  • factibilidad gt 120UIT ( de S/. 426 000)

La aprobación expresa de la OPI es requisito
previo a la elaboración o contratación del
estudio.
20
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • Suscribir los Informes Técnicos de evaluación,
    así como los formatos que correspondan.
  • Visar los Resúmenes Ejecutivos de los estudios de
    preinversión.
  • Velar por la aplicación de las recomendaciones
    que formule la DGPM, así como, cumplir con los
    lineamientos que dicha Dirección emita.
  • La persona designada como Responsable de una OPI
    NO puede formar parte directa o indirectamente de
    una UF ni de una UE.

21
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • Las nuevas UF que registre la OPI deben tener
  • Experiencia en los proyectos que debe formular.
  • Por lo menos 1 año de experiencia en proyectos,
    en SNIP.
  • Es responsable por mantener actualizada la
    información registrada en el BP.
  • Registra, actualiza y cancela el registro de las
    UF, en el BP.

22
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • Opinión técnica sobre PIP en cualquier fase del
    Ciclo del Proyecto.
  • Opinión favorable sobre cualquier cambio de la
    información de un estudio o registro en el BP
    para PIPs que evalúa. La OPI podrá solicitar la
    información necesaria.

23
Oficina de Programación e Inversiones OPI
  • Desactiva PIP duplicados por UF de su ámbito.
  • Si PIPs duplicados son de UF de distintas OPIs,
    las OPI involucradas determinan al menos
    eficiente y lo comunican a la DGPM para que
    desactive.
  • Puede cambiar en un PIP viable, la UE por otra UE
    de su ámbito, directamente en el BP.
  • Puede cambiar la fte. financ. salvo que original
    sea deuda

24
Unidad Formuladora - UF
  • Elabora, suscribe y registra los estudios de
    preinversión.
  • Poner a disposición de DGPM u OPI toda la
    información del PIP, en caso sea solicitada.
  • Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden formular
    proyectos que se enmarquen en las competencias de
    su nivel de Gobierno.
  • Realizar las coordinaciones y consultas
    necesarias con la entidad respectiva para evitar
    la duplicación de proyectos.

25
Unidad Formuladora - UF
  • RECORDAR Cuando los gastos de OM están a cargo
    de una entidad distinta a la que pertenece la UF
    del PIP, debe solicitar la opinión favorable de
    dicha entidad antes de remitir el Perfil para su
    evaluación

independientemente del nivel de estudio con el
que se pueda declarar la viabilidad
26
Unidad Ejecutora - UE
  • Cualquier órgano o dependencia de las Entidades,
    con capacidad legal para ejecutar Proyectos de
    Inversión Pública de acuerdo a la normatividad
    presupuestal vigente.
  • Es la responsable de la fase de inversión, aun
    cuando alguna de las acciones que se realizan en
    esta fase, sea realizada directamente por otro
    órgano o dependencia de la Entidad.
  • Está a cargo de la evaluación ex post del
    proyecto.

27
Unidad Ejecutora - UE
  • Debe ceñirse a la viabilidad para la elaboración
    de Estudios Definitivos o Expedientes Técnicos y
    ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien
    los apruebe y del responsable de la UE.
  • Elabora y suscribe el Formato SNIP -15,
    informando sobre la consistencia entre el ED o ET
    detallado y el estudio de preinversión por el que
    se otorgó la viabilidad.
  • Elabora el Informe de Cierre del PIP.
  • Informa al órgano que declaró viabilidad, toda
    modificación en fase de inversión.

28
II. GOBIERNOS LOCALES EN el SNIP
29
Gobiernos Locales en el SNIP
  • Los ya incorporados.
  • Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo
    del Concejo Municipal), siempre y cuando cumplan
    con
  • Tener acceso a Internet
  • Compromiso del CM de apoyar fortalecimiento
    capacidades en su Gobierno Local
  • Tener en su Ppto. Inst. para proyectos, un monto
    no menor a S/. 4000,000.00.

Ya no se pide tener 2 profesionales con
experiencia en PIPs
30
Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)
  • La incorporación es irreversible.
  • Se consideran PIP nuevos
  • Aquellos que a la fecha de su Acuerdo de Concejo
  • No se encuentran en ejecución.
  • No cuentan con un estudio definitivo o expediente
    técnico vigente.
  • La elaboración de dicho estudio no está sometida
    a un contrato suscrito o no está en proceso de
    elaboración por administración directa a dicha
    fecha.

31
Gobiernos Locales en el SNIP (voluntarios)
  • Si el Estudio Definitivo o Expediente Técnico
    está en elaboración por administración directa,
    deberá ser aprobado en el plazo máximo de 1 año
    calendario contado desde la fecha del acuerdo de
    Concejo Municipal de incorporación al SNIP.
  • Si el ET no se aprueba en el plazo antes
    señalado, el proyecto deberá evaluarse en el
    marco del SNIP.

32
Gobiernos Locales en el SNIP
  • Aquellos que concertar una operación de
    endeudamiento externo para un PIP.
  • Los Gobiernos Locales que sean incorporados por
    Resolución de la DGPM.

Los Gobiernos Locales en el SNIP deben tener OPI
ó haber encargado la evaluación de sus proyectos
(Convenio Anexo SNIP 11).
33
Los PIPs y el Ppto. Participativo para Gobiernos
Locales
Los PIPs priorizados en el Ppto. Participativo y
considerados en los Pptos. Institucionales con
denominaciones genéricas, de acuerdo a la Tabla
de Proyectos y a la Estructura Funcional
Programática de Proyectos, (Dva. para la
Programación, Formulación y Aprobación del
Presupuesto de los Gobiernos Locales)
En la fase de ejecución presupuestaria y una vez
declarado viable cada PIP, se deberá efectuar
modificaciones presupuestarias en el nivel
funcional programático, a fin de transferir el
presupuesto del proyecto genérico y habilitarlo
al proyecto (denominación específica) registrado
en el Banco de Proyectos del SNIP
La DNPP proporciona la codif. presupuestal
correspondiente. http//dnpp.mef.gob.pe/appsdnpp/s
gp/sgpindex.jsp
34
III. REGISTRO DE CONVENIOS SNIP
35
Convenio SNIP 11
  • OBJETO GL sujeto al SNIP encarga la evaluación
    de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR.
  • GL encargante al incorporarse informa a DGPM que
    no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.

Si se encarga a otro GL, debe ser colindante al
encargante o estar en su mismo departamento.
36
Convenio SNIP 11
  • Funciones que se encargan
  • Evaluación del PIP y Verificación de viabilidad
  • Registros en el BP relacionados
  • En general todas las que deba hacer una OPI
  • La OPI encargada registra Convenio en el BP

OJO La DGPM remite la clave de acceso al BP a la
OPI encargada
37
Convenio SNIP 12
  • OBJETO GL sujeto al SNIP formula, evalúa y
    declara viable PIPs de GL no sujeto.

OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en
el BP
Cuando UF registra PIP del GL no sujeto, en el
BP, debe dejar constancia del Convenio en la
Ficha de Registro del PIP
38
Convenio SNIP 13
  • OBJETO GN ó GR pueden formular PIPs de
    competencia municipal exclusiva, siempre que
    firmen este Convenio con el GL respectivo

Debe indicarse expresamente el PIP objeto del
Convenio
La UF que formula PIP de competencia municipal
exclusiva, registra Convenio en el BP
39
CICLO DEL PROYECTO
  • FASES Y PROCEDIMIENTOS

40
Ciclo del Proyecto
Idea
Preinversión
Postinversión
Inversión
Perfil
Estudios Definitivos/ Expediente Técnico
Operación y Mantenimiento

Pre factibilidad
Fin
Evaluación Ex post
Factibilidad
Ejecución
Retroalimentación
La declaración de viabilidad es un requisito
para pasar de la fase de preinversión a la fase
de inversión.
41
IV. FASE DE PREINVERSIÓN
42
Recordatorios
  • En esta fase se elaboran Perfil, Prefactibilidad
    y Factibilidad.
  • La elaboración del perfil es obligatoria.
  • En cada estudio de preinv. se busca mejorar la
    calidad de la información proveniente del estudio
    anterior a fin de reducir el riesgo en la
    decisión de inversión.
  • El órgano responsable de la evaluación del PIP,
    podrá recomendar estudios adicionales a los
    requeridos para dar la viabilidad, dependiendo de
    las características o de la complejidad del
    proyecto.

43
Recordatorios
  • Deben tener estudios de preinversión y contar con
    declaración de viabilidad los proyectos
    ejecutados por terceros con sus propios recursos,
    cuando luego de su ejecución, una Entidad Pública
    sujeta al SNIP deba asumir los gastos adicionales
    de operación y mantenimiento.

44
Formulación de Estudios de Preinversión
  • RECORDAR Los estudios de preinv. se elaboran
    según Contenidos Mínimos, parámetros,
    metodologías y normas técnicas que se dispongan.

La responsabilidad por la formulación de los PIP
es siempre de una Entidad del Sector Público
sujeta a las normas del SNIP.
Los PIP registrados en el BP antes del
10.02.2009, mantienen la clasificación funcional
programática en la que hubieren sido registrados.
Los PIP que se formulen y registren en el Banco
de Proyectos a partir del 10.02.2009 se registran
según nuevo Clasificador Funcional Programático
45
Evaluación de Estudios de Preinversión
  • Los Informes Técnicos de evaluación seguirán las
    Pautas para la Elaboración de Informes Técnicos
    (Anexo SNIP-10).
  • Los Informes Técnicos deben ser puestos en
    conocimiento de la UF que elaboró el estudio.

Deben recoger los aspectos desarrollados en el
Protocolo de Evaluación.
La responsabilidad por la evaluación de los PIP
es siempre de una Entidad del Sector Público
sujeta a las normas del SNIP
46
PIP Menor
  • Hasta S/. 1 200 000.
  • Nuevo Perfil Simplificado (Formato SNIP 04)
  • Nueva Ficha de Evaluación (Formato SNIP 06)
  • Plazo de evaluación 10 días hábiles
  • No aplica Protocolo de Evaluación
  • Se copia a UF y DGPM Formatos de Evaluación y de
    Viabilidad.
  • Si durante la evaluación de un PIP mayor se
    vuelve PIP Menor, la OPI puede evaluarlo como PIP
    Menor o mayor.

Ya no existe el PIP Menor de Equipamiento
47
Evaluación de Proyectos mayores
  • Se utiliza el Protocolo de Evaluación
  • Cuando se declara la viabilidad de un PIP ya sea
    con Perfil, Prefactibilidad o Factibilidad) se
    remite copia a DGPM de
  • Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad)
  • Informe Técnico
  • Protocolo de Evaluación
  • Plazo 05 días hábiles

48
Declaración de Viabilidad
  • La viabilidad de un proyecto es requisito previo
    a la fase de inversión. Se aplica a un PIP que a
    través de estudios de preinv. evidenció ser
    socialmente rentable, sostenible y compatible con
    los Lineamientos de Política.

La DGPM cautela que las declaraciones de
viabilidad reúnan los requisitos de validez
técnica y legal, dispone las acciones respectivas
según cada PIP, y las sustenta y registra en la
Ficha de Registro del PIP en el BP.
49
Declaración de Viabilidad
  • Solo podrá otorgarse si
  • La intervención es un PIP, de acuerdo a las
    definiciones establecidas.
  • No se trata de un PIP fraccionado.
  • La UF tiene las competencias legales para
    formular el PIP.
  • La OPI tiene la competencia legal para declarar
    la viabilidad del PIP.
  • Los PIP no están sobredimensionados respecto a la
    demanda prevista y los beneficios del proyecto no
    están sobreestimados

50
Declaración de Viabilidad
  • Para que la OPI declare la viabilidad de un PIP,
    debe contar como mínimo con
  • Perfil Simplificado hasta S/.1200,000
  • Perfil (An. 5A) de S/.1200,000 a S/.6000,000
  • Perfil An. 5B Prefactibilidad de S/.6000,000
    a S/.10000,000
  • Perfil (y Prefactibilidad) Factibilidad Más de
    S/.10000,000. OPI puede autorizar salto.
  • DGPM autoriza excepciones de niveles superiores
    de estudio. Plazo 10dh

51
PIPs de Electrificación Rural
  • Se declaran viable con Perfil
  • El Perfil debe elaborarse según contenidos
    mínimos señalados en RD 008-2007-EF/68.01
  • Se aplica a todos los niveles de gobierno.
  • No tiene fecha de término
  • Se aplica a PIP mayores a S/.1200,000

52
Plazos para la evaluación de los Estudios de
Preinversión
Expresados en días hábiles
53
PIPs Desactivados en el BP
  • Ya no se desactivan automáticamente si pasa 1 año
    sin movimiento (art. 29.3 anterior Dva.)
  • Solo se desactivan si se aprueba el estudio y
    pasan 3 años sin pasar al siguiente nivel o etapa.

Si hay PIPs desactivados por estos motivos, la
OPI los reactiva directamente en el BP.
54
V. FASE DE INVERSIÓN
55
Fase de Inversión
  • Un PIP ingresa en la fase de inversión luego de
    ser declarado viable.
  • La fase de inversión comprende
  • La elaboración del estudio definitivo o
    expediente técnico detallado, u otro documento
    equivalente, y
  • la ejecución del PIP.
  • La fase de inversión culmina con el registro del
    Informe de Cierre del PIP (Formato SNIP 14)

56
Expediente Técnico - ET
  • Las disposiciones de la Directiva para los
    estudios definitivos o expedientes técnicos
    detallados son de aplicación a los demás
    documentos equivalentes.
  • La OPI recibe el Formato SNIP 15 y registra
    monto de inv., plazo y modalidad de ejec. y
    fórmula polinómica, antes de que sea aprobado por
    órgano competente.
  • Se realiza directamente en el BP.
  • Plazo máximo 03 días hábiles.

El Formato SNIP 15 es llenado por la UE y ésta
lo remite a la OPI Institucional para su registro
57
Expediente Técnico - ET
  • En los ET de PIP ejecutados por Adm. Directa,
    deberán establecerse las fórmulas de reajuste de
    precios.
  • Este requisito no es de aplicación para los ET
    de los PIP cuya ejecución se inició antes del 10
    de febrero de 2009.
  • En los ET de PIP que se ejecuten mediante
    contratación pública, se aplica la normativa de
    contrataciones del Estado.

El BP ha habilitado un campo para el registro de
la fórmula de reajuste.
58
Ejecución del PIP
  • La ejecución de un PIP sólo deberá iniciarse si
    OPI recibió el Formato SNIP 15 y registró lo
    señalado en el numeral 23.4 de la Dva. Gral. en
    el Banco de Proyectos.

59
Informe de Cierre
  • Lo elabora la UE cuando
  • PIP ha sido totalmente ejecutado y liquidado
  • Cuando ya no corresponde continuar con la
    ejecución del PIP
  • La OPI institucional registra el Informe de
    Cierre en el BP.

Registro no implica aceptación ni conformidad de
la OPI sobre el contenido del mismo.
60
Modificaciones Fase de Inversión
61
Modificaciones Fase de Inversión
Ámbito de Influencia Zona geográfica afectada
por el problema central sobre el cual interviene
un PIP.
62
Modificaciones Fase de Inversión
63
Modificaciones Fase de Inversión Acción I
  • OPI Institucional registra variaciones en el BP.
  • Plazo para registro 03 días hábiles.
  • Si OPI detecta cambios cuando va a opinar sobre
    ET, plazo corre desde opinión.
  • La OPI debe registrar el sustento de las
    variaciones.
  • La OPI es responsable por la información que
    registra, sin perjuicio de la responsabilidad de
    la UE.

Si UE ejecuta modificación antes de su registro,
se registra en "cambios del PIP en la Fase de
Inversión según Acción III", sin perjuicio de la
responsabilidad de la UE. (Ver Anexo SNIP 17)
En caso la UE sea un GL no sujeto al SNIP, los
registros a cargo de la OPI Institucional son
asumidas por el órgano que declaro la viabilidad
del PIP.
64
Modificaciones Fase de Inversión
La UE bajo responsabilidad, debe informar sobre
los cambios que requieran VV, con un plazo mínimo
de 20dh
65
Modificaciones Fase de Inversión Acción II
  • La Verificación de Viabilidad la realiza el
    órgano que declaró la viabilidad del PIP o el que
    resulte competente en el momento en que se
    produzcan los cambios que dan origen a esta
    acción.
  • El Informe de Verificación de Viabilidad (IVV)
    está conformado por
  • Formato SNIP 16.
  • Información sustentatoria de modificaciones.
  • El IVV se remite al OR con recomendaciones.
  • OPI remite a DGPM copia del IVV en 05 dh.
  • DGPM lo registra en el BP en 05dh, salvo que
    emita recomendaciones.

66
Modificaciones Fase de Inversión
OJO Si el PIP no registra ejecución, es decir
cuenta con ET, la OPI que declaró viabilidad,
podrá solicitar a la DGPM el retiro de
viabilidad, luego de lo cual la UF actualiza el
estudio de preinversión, para nueva evaluación.
(Ver Anexo SNIP 17)
67
Modificaciones Fase de Inversión Acción III
  • OPI o DGPM informan al OCI para que analice
    causas de modificaciones o posibles deficiencias
    de estudios de preinversión.

Si PIP está en ejecución por Adm. Directa

Informe de Cierre
  • Decide Órgano Resolutivo.
  • Si continua ejecución, OPI Institucional registra
    cambios en BP como cambios del PIP en la Fase de
    Ejecución según Acción III.

Si PIP está en ejecución por contrata
No aplica a PIP en ejecución por Adm. Directa,
antes del 10.02.2009. En estos caso se aplica lo
dispuesto para ejecución por contrata.
68
FASE DE POSTINVERSIÓN
69
Fase de Postinversión
  • Un PIP se encuentra en la fase de postinversión
    una vez que ha culminado totalmente la ejecución
    del PIP.
  • Comprende la operación y mantenimiento del PIP
    ejecutado, así como la evaluación ex post.
  • La Entidad a cargo de la O y M del PIP, ejecuta
    las actividades, operaciones y procesos
    necesarios para su producción de acuerdo a lo
    previsto en el estudio que sustentó su
    declaración de viabilidad.
  • El OR correspondiente debe velar por que el PIP
    cuente con un mantenimiento adecuado.

70
OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA GENERAL DEL
SNIP
71
Empresas que pertenecen a más de un GR o GL
  • Toda referencia hecha a las OPI, se entiende
    hecha a la oficina, área u órgano de la empresa,
    encargada de realizar la evaluación de los PIP.
  • Dicha oficina, área u órgano deberá ser designada
    por acuerdo del órgano donde estén representados
    los propietarios o administradores de la empresa,
    debiendo ser una oficina, área u órgano de la
    empresa distinta de la UF.

72
Programas de Inversión
  • Conjunto de PIP y/o Conglomerados que se
    complementan, tienen un objetivo común.
  • Puede contener componentes de estudios, proyectos
    piloto, administración o alguna otra intervención
    relacionada directamente a la consecución del
    objetivo del Programa

Los GR y GL solo pueden formular Programas que se
enmarquen en sus competencias.
73
Conglomerados
  • Ser de pequeña escala
  • Ser similares en cuanto a diseño, tamaño o costo
    unitario
  • Enmarcarse en las Políticas establecidas en el
    Plan Estratégico del Sector, Gobierno Regional o
    Gobierno Local
  • Las intervenciones a realizar estén orientadas a
    lograr el mismo objetivo
  • Los criterios para la identificación y aprobación
    de cada PIP se puedan estandarizar
  • Corresponder a una misma función y programa, de
    acuerdo al Clasificador Funcional Programático
    (Anexo SNIP-01).

74
Evaluación de PIPs de un Conglomerado
  • Para Conglomerados con endeudamiento, el MEF ha
    delegado facultades para evaluar y declarar la
    viabilidad de los PIPs, a los Jefes de las UE de
    los pliegos GN, GR y GL.
  • Para Conglomerados sin endeudamiento, el OR puede
    delegar, previa opinión favorable de su OPI, la
    facultad para evaluar y declarar la viabilidad a
    favor de las UE de las Entidades y Empresas bajo
    su ámbito y bajo responsabilidad del Titular o de
    la máxima autoridad de la Entidad o Empresa a la
    cual pertenece la UE.

Puede ser una delegación general como la del MEF
75
OTRAS DISPOSICIONES VINCULADAS AL SNIP
76
Contrataciones del Estado
  • Expediente de Contratación
  • Cuando se trate de PIPs, la Entidad es
    responsable de
  • Que los proyectos estén viables, en el marco del
    SNIP
  • Tomar las previsiones para que se respeten los
    parámetros de la viabilidad, incl. costos,
    cronograma, diseño u otros.
  • Cuando el PIP contenga obras, se adjuntará
  • El ET respectivo
  • La declaratoria de viabilidad
  • Cuando el PIP se vaya ejecutar por concurso
    oferta
  • El estudio de preinversión que sustentó
    viabilidad
  • El IT de viabilidad
  • Cuando el PIP se vaya a ejecutar por llave en
    mano e incl. la elaboración del ET, también se
    adjuntan dichos dctos.

77
Contrataciones del Estado
  • Valor Referencial
  • Cuando se trate de proyectos de inversión, se
    establece de acuerdo al monto de inversión del
    estudio de preinversión que sustenta la
    declaración de viabilidad. (Ver art. 27 LCE
    DLeg. 1017)
  • En la ejecución de obras bajo la modalidad de
    concurso oferta, se determina según (Ver art.
    14 Rglto LCE)
  • el objeto de la obra
  • El alcance previsto en los estudios de
    preinversión que dieron lugar a la viabilidad del
    PIP,
  • el resultado del estudio de las posibilidades de
    precios de mercado

78
Contrataciones del Estado
  • Las entidades preferentemente contratarán por
    paquete la elaboración de est. preinv. y ET,
    debiendo preverse en los TdRs que los resultados
    de cada nivel de estudio sean considerados en los
    niveles siguientes.
  • UF y UE en coordinación con órgano encargado de
    contrataciones sustentarán la convocatoria del
    proceso, por paquete o en forma separada.

79
Ley Ppto. 2009
  • Usos del Canon y Regalía Minera
  • Los GR y GL pueden utilizar hasta un 20 para
    mantenimiento de la infraestructura generada por
    los proyectos de impacto regional y local.
  • Los GR y GL pueden usar hasta el 5 para la
    elaboración de perfiles de PIP en sus PDC.
  • Las entidades que no reciban canon, sobrecanon o
    regalía minera o que reciban anualmente MENOS de
    S/.1 millón de nuevos soles, pueden usar hasta el
    5 del Grupo Genérico Gasto 5. Inversiones, para
    elaborar perfiles.

Para ello, pueden autorizar habilitaciones para
gastos corrientes con cargo a anulaciones
presupuestarias, vinculadas a gastos para
proyectos.
80
Ley Ppto. 2009
  • Usos del Canon y Regalía Minera
  • Los GR y GL pueden estos recursos en el
    financiamiento o cofinanciamiento de PIPs para
    brindar servicios públicos de acceso universal,
    que generen beneficios a la comunidad, y se
    enmarquen en las competencias de su nivel de
    gobierno,
  • infraestructura para comisarías,
  • postas médicas y hospitales,
  • escuelas y
  • establecimientos penales,
  • Asimismo, podrán utilizar estos recursos para el
    cofinanciamiento de proyectos de competencia de
    otros niveles de gobierno en infraestructura vial

Los PIPs no podrán considerar intervenciones con
fines empresariales o que puedan ser realizados
por el sector privado.
81
DU 051-2009
  • Los GR pueden firmar convenios de cooperación
    para cofinanciar PIPs de infraestructura de otros
    GRs, GLs o entidades del GN.
  • Los PIP pueden estar relacionados con la
    seguridad y defensa nacional. PIP deben ser
    formulados y evaluados por el sector Defensa.
  • Los PIP deben beneficiar a las poblaciones de los
    GR firmantes.

82
Ley Ppto. 2009
  • Usos del Canon y Regalía Minera
  • Las universidades pueden financiar y cofinanciar
    investigaciones de ciencia aplicada,
    preferentemente, en
  • salud pública y prevención de enfermedades
    endémicas
  • sanidad agropecuaria
  • preservación de la biodiversidad y el ecosistema
    en la zona geográfica de actividades económicas
    extractivas
  • uso eficiente de energías renovables y
  • procesos productivos.
  • Pueden usar hasta el 30 para financiar PIPs
    vinculados directamente con los fines de las
    universidades pública y que no contemplen
    intervenciones con fines empresariales.
  • No podrán usarse para el pago de remuneraciones
    ni retribuciones.

83
Prefactibilidad y Factibilidad
Se financian con cargo a Gastos de Inversión
Por excepción, se utiliza proyecto con
denominación genérica
Estudios de Preinversión
  • cadena del gasto 2.6.8.1.1.1 (gastos para
    proyectos).

84
Coejecución y Cofinanciamiento
Mediante la COEJECUCIÓN, más de una Entidad va a
participar en la ejecución de diferentes
componentes o metas en un solo Proyecto de
Inversión Pública. Mediante el COFINANCIAMIENTO
una Entidad transfiere a otra recursos para la
ejecución de un Proyecto de Inversión Pública.
85
  • CONTACTOS
  • Área Legal
  • Sheilah Miranda smiranda_at_mef.gob.pe
  • Karla Gaviño
  • kgavino_at_mef.gob.pe
  • Mariana Montoya
  • mmontoya_at_mef.gob.pe

86
http//mef.gob.pe/DGPM
Muchas Gracias.
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